Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Se&ntilde;or</p>

<p><strong>LUIS ANGEL BARRERA DAZA</strong></p>

<p>Preguntas Urna de Cristal Despacho del Viceministro de Educaci&oacute;n Superior</p>

<p>Presente</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>En atenci&oacute;n a sus consultas, mediante las cuales solicita informaci&oacute;n sobre: &ldquo;<em>&iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Municipio De Colombia Terminaron Un Postgrado?, &iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Municipio De Colombia Terminaron Un Pregrado?, &iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Departamento De Colombia Terminaron Un Postgrado?, &iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Departamento De Colombia Terminaron Un Pregrado?, &iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Distrito De Colombia Terminaron Un Postgrado?, &iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Distrito De Colombia Terminaron Un Pregrado?&rdquo;. </em>Al respecto, inform&oacute; que con base en la informaci&oacute;n existente en esta Direcci&oacute;n, se remite archivo en Excel a su correo electr&oacute;nico, el cual cuenta con las estad&iacute;sticas, por usted solicitadas.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior</p>

<p><strong>Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</strong></p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or</p>

<p><strong>LUIS ANGEL BARRERA DAZA</strong></p>

<p>Preguntas Urna de Cristal Despacho del Viceministro de Educaci&oacute;n Superior</p>

<p>Presente</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>En atenci&oacute;n a sus consultas, mediante las cuales solicita informaci&oacute;n sobre: &ldquo;<em>&iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Municipio De Colombia Terminaron Un Postgrado?, &iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Municipio De Colombia Terminaron Un Pregrado?, &iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Departamento De Colombia Terminaron Un Postgrado?, &iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Departamento De Colombia Terminaron Un Pregrado?, &iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Distrito De Colombia Terminaron Un Postgrado?, &iquest;Cu&aacute;ntas Personas Residentes En Cada Distrito De Colombia Terminaron Un Pregrado?&rdquo;. </em>Al respecto, inform&oacute; que con base en la informaci&oacute;n existente en esta Direcci&oacute;n, se remite archivo en Excel a su correo electr&oacute;nico, el cual cuenta con las estad&iacute;sticas, por usted solicitadas.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior</p>

<p><strong>Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</strong></p>

Respuesta
<p>De acuerdo con lo previsto en los t&eacute;rminos de referencia definitivos, una vez seleccionados los proyectos, los proponentes tienen un per&iacute;odo de comercializaci&oacute;n que oscila entre 5 y 7 meses, per&iacute;odo en el cual ser&aacute;n instaladas las salas de venta de los proyectos seleccionados.</p>

<p><strong>Las familias interesadas podr&aacute;n saber sobre los proyectos que hacen parte del VIPA.</strong></p>

<p>Los proyectos que sean seleccionados en el marco del Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores ser&aacute;n publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;, LINK <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a> (<a href="http://www.fidubogota.com/portal/page?_pageid=1753,168391634&amp;_dad=portal&amp;_schema=PORTAL">http://www.fidubogota.com/portal/page?_pageid=1753,168391634&amp;_dad=portal&amp;_schema=PORTAL</a>) para que cualquier persona interesada pueda verificar los listados de proyectos, el constructor y su ubicaci&oacute;n.</p>

<p>Los requisitos para aplicar al programa estan contemplados en el decreto 1432 de 2013.</p>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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&nbsp;</div>

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Toda la informaci&oacute;n que el Ministerio de Transporte tiene de los Centros de Reconocimiento - CRC- se encuentra en el Registro Unico Nacional de Tr&aacute;nsito.&nbsp;</div>

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Por lo anterior ingrese a la p&aacute;gina web www.runt.com.co en el bot&oacute;n: &quot;Directorio de actores&quot;, y filtrar por CRC y ciudad de interes.</div>

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La informaci&oacute;n all&iacute; consignada fue proporcionada directamente por cada uno de los CRC.&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
<p>Nos permitimos se&ntilde;alar que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio como autoridad administrativa emite conceptos de car&aacute;cter general dentro de las funciones asignadas por el Decreto Ley 3571 de 2011<u>,&nbsp;</u>sin pronunciarse sobre asuntos de car&aacute;cter particular y concreto.</p>

<p>En relaci&oacute;n a su inquietud &quot;<span style="color: rgb(51, 51, 51); font-family: Lucida, 'Lucida Grande', 'Trebuchet MS', Tahoma, Verdana, sans-serif;">VIPA aplica para una madre , su hijo mayor de edad y su hija menor de edad ?&quot;, si aplica este nucleo familiar para solicitar el Subsidio Familiar de Vivienda, pfrevio cumplimiento de lo estipulado en el decreto 1432 de 2013</span></p>

<p>Es importante aclarar que de acuerdo al Decreto 2190 de 2009, <em>&ldquo;El Subsidio Familiar de Vivienda de que trata este Decreto es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restituci&oacute;n, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de inter&eacute;s social&rdquo;.&nbsp;</em></p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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La licencia que usted requiere para conducir una ambulancia con placas oficiales, depende del tipo de servicio que sea la ambulancia. Con una licencia B1 podr&aacute; conducir ambulancia de servicio particular, con una licencia C1 podr&aacute; conducir tanto ambulancia de servicio publico como particular.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Actualmente colombia solo tiene convenio con Estados Unidos para conducir en Colombia con licencia americana. Si usted no reside en Estados unidos y tiene una licencia de un pa&iacute;s diferente, una vez usted resida o venga de vacaciones a colombia y desee conducir vehiculo, deber&aacute; realizar el tramite para renovar la licencia de conducci&oacute;n colombiana.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud.&nbsp;</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

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Respuesta
<p>Hasta el 31 de diciembre de 2013, se establecio lo siguiente: Para viviendas cuyo valor, de acuerdo con el aval&uacute;o del establecimiento de cr&eacute;dito, sea mayor a ciento treinta y cinco salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (135 SMMLV) y hasta doscientos treinta y cinco salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (235 SMMLV), se asignar&aacute; un total de (10.508) coberturas para los cr&eacute;ditos y contratos de leasing habitacional que al cumplir con las condiciones exigidas se desembolse o inicien de acuerdo con las fechas previstas en el numeral 2 el art&iacute;culo 4 del Decreto 701 de 2013.</p>

<p>&middot;Para viviendas cuyo valor, de acuerdo con el aval&uacute;o del establecimiento de cr&eacute;dito, sea mayor a doscientos treinta y cinco salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (235 SMMLV) y hasta trescientos treinta y cinco salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (335 SMMLV), se asignar&aacute; un total de (8.759) coberturas para los cr&eacute;ditos y contratos de leasing habitacional que al cumplir con las condiciones exigidas se desembolse o inicien de acuerdo con las fechas previstas en el numeral 2 el art&iacute;culo 4 del Decreto 701 de 2013.</p>

<p>Mediante la Resoluci&oacute;n 0015 del 3 de enero de 2014, se realiz&oacute; la ampliaci&oacute;n de unos cupos:</p>

<p>Para viviendas cuyo valor, de acuerdo con el aval&uacute;o del establecimiento de cr&eacute;dito, sea mayor a ciento treinta y cinco salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (135 SMMLV) y hasta doscientos treinta y cinco salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (235 SMMLV), se asignar&aacute; un total de (9231) coberturas para los cr&eacute;ditos y contratos de leasing habitacional que al cumplir con las condiciones exigidas se desembolse o inicien de acuerdo con las fechas previstas en el numeral 2 el art&iacute;culo 4 del Decreto 701 de 2013.</p>

<p>&middot;Para viviendas cuyo valor, de acuerdo con el aval&uacute;o del establecimiento de cr&eacute;dito, sea mayor a doscientos treinta y cinco salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (235 SMMLV) y hasta trescientos treinta y cinco salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (335 SMMLV), se asignar&aacute; un total de (13840) coberturas para los cr&eacute;ditos y contratos de leasing habitacional que al cumplir con las condiciones exigidas se desembolse o inicien de acuerdo con las fechas previstas en el numeral 2 el art&iacute;culo 4 del Decreto 701 de 2013.</p>

<p>Por lo anterior le sugerimos acercarse a la entidad financiera dond present&oacute; su solicitud de cr&eacute;dito hipotecario a fin de que le brinden mayor informaic&oacute;n al respecto.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>El financiamiento de la educaci&oacute;n superior p&uacute;blica en Colombia se da a trav&eacute;s de mecanismos dirigidos a la oferta y de subsidios a la demanda.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>En el caso de la oferta, el esquema de financiaci&oacute;n que le aplica a las universidades oficiales del orden nacional y territorial est&aacute; consignado en la Ley 30 de 1992. En su art&iacute;culo 86 establece que: <em>&ldquo;Los presupuestos de las universidades nacionales, departamentales y municipales estar&aacute;n constituidos por aportes del Presupuesto Nacional para funcionamiento e inversi&oacute;n, por los aportes de los entes territoriales y por los recursos y rentas propias de cada instituci&oacute;n. Las universidades estatales u oficiales recibir&aacute;n anualmente aportes de los presupuestos nacional y de las entidades territoriales, que signifiquen siempre un incremento en pesos constantes, tomando como base los presupuestos de rentas y gastos, vigentes a partir de 1993.&rdquo;</em></p>

<p>&nbsp;</p>

<p>De otra parte, en cuanto al financiamiento de la demanda, el Gobierno Nacional desarrolla estrategias de financiamiento para garantizar el ingreso de los egresados a la Educaci&oacute;n Media y la permanencia de los estudiantes en la educaci&oacute;n superior, a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos y subsidios educativos para pregrado y posgrado. Es importante tener en cuenta que por disposici&oacute;n legal los recursos fiscales de la Naci&oacute;n destinados a becas o a cr&eacute;ditos educativos universitarios en Colombia deben ser girados exclusivamente al Instituto Colombiano de Cr&eacute;dito Educativo y Estudios T&eacute;cnicos en el Exterior (ICETEX) y a &eacute;l corresponde su administraci&oacute;n; &eacute;sta es la &uacute;nica entidad autorizada y con plenas competencias para ofrecer cr&eacute;ditos educativos.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;De acuerdo a lo anterior, actualmente no hay alguna Ley que reglamente la gratuidad en el sistema de Educaci&oacute;n Superior, sin embargo, desde el Gobierno Nacional se han desarrollado diversas estrategias para garantizar el acceso y permanencia de los estudiantes en la educaci&oacute;n superior,&nbsp;fortaleciendo los presupuestos de las instituciones de educaci&oacute;n superior p&uacute;blicas, para que generen m&aacute;s cupos de bajo costo en sus instituciones y fortalezcan la calidad de sus programas.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Subdirecci&oacute;n de Apoyo a las IES</p>

<p>Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Los recursos de gratuidad son asignados por el Gobierno Nacional a los establecimientos educativos oficiales, con el prop&oacute;sito de que estos puedan prestar el servicio normalmente, sin tener que realizar ning&uacute;n cobro a los padres de familia, independientemente de la jornada en que los estudiantes sean atendidos. El fin &uacute;ltimo que persigue la gratuidad es garantizar la asistencia de los estudiantes a los planteles educativos, y de esta manera eliminar las barreras de acceso a la educaci&oacute;n cuyo origen sea la falta de recursos econ&oacute;micos de los hogares.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Oficia de Planeaci&oacute;n y Finanzas</p>

<p>Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,</p>

<p>Teniendo en cuenta que su solicitud no nos es clara, atentamente solicitamos aclararla y remitirla al correo correspondencia@minvivienda.gov.co junto con sus datos personales a fin de verificar en nuestros modulos de consulta y brindarle una respuesta respecto a su inquietud. Igualmente usted puede comunicarse con nuestro Call Center 5953525 Opci&oacute;n 1 - 8 en Bogot&aacute; o a la L&iacute;nea Gratuita Nacional 018000952525 Opci&oacute;n 1 - 8 o a nuestro conmutador (1)3323434 Ext. 3016 donde con gusto tambien le atenderemos.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo</p>

<p>Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Debe acercarse al Organismo de Transito donde le expidieron su licencia para que revisen en sus archivos, pues es all&iacute; donde &nbsp;tienen todos los antecedentes de su expedici&oacute;n.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud.&nbsp;</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

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&nbsp;</div>

<div>

Debe determinar si su licencia extraviada se encuentra vigente o no, para saber si debe realizar tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n o duplicado. Recuerde que las licencias de servicio particular (categoria antigua 4, 5 y 6) tienen vigencia de 3 a&ntilde;os a aprtir de su fecha de expedici&oacute;n.</div>

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&nbsp;</div>

<div>

Gracias a la nueva ficha t&eacute;cnica de licencia de conducci&oacute;n determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio p&uacute;blico a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema autom&aacute;ticamente le imprimir&aacute; sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio p&uacute;blico con vigencia de 3 a&ntilde;os y la licencia de servicio particular por 10 a&ntilde;os contados a partir de la fecha de renovaci&oacute;n, o las vigencias que correspondan de acuerdo a la edad y lo estipulado en el decreto 019 de 2012.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

<div>

&nbsp;</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Gracias a la nueva ficha t&eacute;cnica de licencia de conducci&oacute;n determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio p&uacute;blico a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema autom&aacute;ticamente le imprimir&aacute; sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio p&uacute;blico con vigencia de 3 a&ntilde;os y la licencia de servicio particular por 10 a&ntilde;os contados a partir de la fecha de renovaci&oacute;n, o las vigencias que correspondan de acuerdo a la edad y lo estipulado en el decreto 019 de 2012.</div>

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&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p>Respetado Ciudadano,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Respecto a su consulta sobre los costos de la evaluaci&oacute;n SABER 11&deg; hay que se&ntilde;alar que estos no est&aacute;n incluidos dentro de la gratuidad, porque el montaje de la prueba es un proceso muy grande y complejo, que requiere de la inversi&oacute;n de varios recursos. Por lo cual, el Estado en cabeza del Ministerio de Educaci&oacute;n y el ICFES, asumen un porcentaje de este proceso, y el otro tanto por los estudiantes.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Para esta prueba los costos para el estudiante, son facturados dependiendo de las caracter&iacute;sticas de la instituci&oacute;n donde estudie. Dadas las caracter&iacute;sticas log&iacute;sticas y t&eacute;cnicas de esta evaluaci&oacute;n donde el control es ineludible para garantizar resultados confiables para cada uno de los estudiantes, es necesario &nbsp;adelantar el cobro, &nbsp;porque la aplicaci&oacute;n de esta prueba es censal y controlada, es decir para todos los estudiantes del pa&iacute;s hay personas contratadas encargadas para el seguimiento, control y vigilancia del proceso evaluativo. Por lo cual es prudente de los rectores adelantar acciones con anticipaci&oacute;n para garantizar el recaudo y el registro de todos los estudiantes del establecimiento educativo. Asimismo, por ninguna raz&oacute;n se puede excluir a un estudiante de la presentaci&oacute;n de alguna prueba de evaluaci&oacute;n externa.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Espero haber dado respuesta a su inquietud.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p><strong>M&Oacute;NICA FIGUEROA DORADO</strong></p>

<p>Directora de Calidad para la Educaci&oacute;n Preescolar, B&aacute;sica y Media</p>

<p>Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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&nbsp;</div>

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Las licencias de conduci&oacute;n de motos corresponden a servicio particular, de acuerdo al decreto 019 de 2002 &eacute;sta tendr&aacute; validez hasta el 9 de enro de 2022, o diez a&ntilde;os a partir de la expedici&oacute;n de su licencia si la tramit&oacute; despu&eacute;s de la expedici&oacute;n de la norma en menci&oacute;n.</div>

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&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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&nbsp;</div>

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Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico vencida y que s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de &quot;Pico y Pase&quot; el cual inici&oacute; en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deber&aacute;n renovar su licencia teniendo en cuenta el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, siendo &eacute;sta la fecha l&iacute;mite para realizar el proceso, &nbsp;si su cedula termina en cuatro, el mes de abril es el palzo m&aacute;ximo para que realice el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n, sin embrago puede hacerlo en cualquier momento y evitar dejar el tr&aacute;mite para &uacute;ltima hora. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Debe renovar la licencia por cambio del documento de identificaci&oacute;n ya que la tarjeta de identidad expira al cumplir la mayor&iacute;a de edad. Recuerde que para realizar este tr&aacute;mite no requiere examen m&eacute;dico y debe dirigirse directamente al organismo de tr&aacute;nsito de su ciudad.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial. &nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Los establecimientos privados de preescolar, b&aacute;sica y media no pueden hacer cobros con destino a las asociaciones de padres de familia, ni estas pueden hacerlo con destino a los colegios, seg&uacute;n lo establece el Decreto 1286 de 2005.&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>El art&iacute;culo 14 del mencionado Decreto dispone:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 14. <em>Prohibiciones para los establecimientos educativos.</em> Les <u>est&aacute; prohibido</u> a los directivos, docentes, administrativos y propietarios de los establecimientos educativos:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>(&hellip;) c) Recaudar dineros o especies con destino a la asociaci&oacute;n de padres de familia o cuyo cobro corresponda a esta (&hellip;)&rdquo;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>En este caso por tanto, es la secretar&iacute;a de educaci&oacute;n de Norte de Santander la entidad responsable de ejercer la inspecci&oacute;n y vigilancia sobre los establecimientos educativos de la ciudad de Pamplona e incluso sobre las asociaciones, tal como dispone el art&iacute;culo 15 del mencionado decreto:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Art&iacute;culo 15. <em>Inspecci&oacute;n y vigilancia.</em> <strong><u>Las secretar&iacute;as de educaci&oacute;n</u></strong> de los departamentos, distritos y municipios, certificados <strong><u>ejercer&aacute;n la inspecci&oacute;n y vigilancia sobre las asociaciones de padres de familia de su jurisdicci&oacute;n</u></strong>, con el fin de que cumplan la Constituci&oacute;n, la ley y sus propios estatutos, y con tal fin deber&aacute;n mantener informaci&oacute;n actualizada sobre la existencia de estas organizaciones. (..)&rdquo;.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Direcci&oacute;n de Calidad para la Educaci&oacute;n Preescolar, B&aacute;sica y Media</p>

<p>Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Su licencia categoria 02 de moto corresponde a servicio particular. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedici&oacute;n fue anterior a 2012, o de 10 a&ntilde;os contados a partir de la fecha de expedici&oacute;n si se realiz&oacute; posterior a enero de 2012. Por tanto su licencia categoria 02 se encuentran vigente y en este momento no es necesario que realice renovaci&oacute;n. Su licencia tiene vigencia hasta enero de 2022 seg&uacute;n decreto 019 de 2012.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Por otro lado, su licencia para servicio p&uacute;blico se encuentra vencida y debe renovarla cuanto antes. Recuerde que solo debera realizar el pago por la renovac&oacute;n de la licencia de vehiculo.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Gracias a la nueva ficha t&eacute;cnica de licencia de conducci&oacute;n determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio p&uacute;blico a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema autom&aacute;ticamente le imprimir&aacute; sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio p&uacute;blico con vigencia de 3 a&ntilde;os y la licencia de servicio particular por 10 a&ntilde;os contados a partir de la fecha de renovaci&oacute;n, igualmente la licencia de moto por 10 a&ntilde;os, e sdecir hasta 2022, o las vigencias que correspondan de acuerdo a la edad y lo estipulado en el decreto 019 de 2012.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Nos permitimos informarle que el recaudo de los comparendos, es competencia de los organismos de tr&aacute;nsito, quienes dependen de las Alcald&iacute;as.</div>

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<div>

Es de resaltar que seg&uacute;n la Ley 769 de 2002-&ldquo;C&oacute;digo Nacional de Tr&aacute;nsito&rdquo;, con el prop&oacute;sito de contribuir con los municipios autoriz&oacute; a la Federaci&oacute;n Colombiana de Municipios para implementar y mantener actualizado un Sistema Integrado de Informaci&oacute;n sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tr&aacute;nsito-&ldquo;SIMIT&rdquo; que existir&aacute; en todos los organismos de tr&aacute;nsito a nivel nacional.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Como puede observar, &nbsp;son los &nbsp;Organismo de Tr&aacute;nsito, los que tienen la competencia, motivo por el cual le sugerimos comunicarse con la entidad de tr&aacute;nsito que impuso la sanci&oacute;n (Bogot&aacute;) o donde figura el cobro del comparendo, con el fin de pactar con ellos el acuerdo de pago, &nbsp;igualmente ellos le informar&aacute;n si es necesario que se dirija a la ciudada de Bogot&aacute; o quizas pueda adelantar dicho proceso desde su ciudad de residencia.</div>

<div>

&nbsp;</div>

Respuesta
<div>

Estimado ciudadano,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

El decreto 4807 del 2012 en su art&iacute;culo 2, define la gratuidad como &quot;...la exenci&oacute;n del pago de derechos acad&eacute;micos y servicios complementarios. En consecuencia, las instituciones educativas estatales no podr&aacute;n realizar ning&uacute;n cobro por derechos acad&eacute;micos o servicios complementarios.&quot;, en este sentido no se podr&aacute;n realizar los cobros por usted mencionados, ya que todas las actividades que guarden relaci&oacute;n con el Proyecto Educativo Institucional deben ser asumidos con recursos de gratuidad.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Por otra parte, La entidad territorial conforme al numeral 6.2.1 del art&iacute;culo 6 de la Ley 715, tiene como competencia dirigir, planificar; y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, b&aacute;sica, media en sus distintas modalidades, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los t&eacute;rminos de finidos por la Ley y El articulo 18 del Decreto 4791 de 2008 determina que &ldquo;&hellip;Respecto del Fondo de Servicios Educativos, corresponde a las entidades territoriales certificadas en educaci&oacute;n ejercer el control interno, brindar asesor&iacute;a y apoyo administrativo, contractual, financiero, presupuestal y contable de acuerdo con las normas vigentes.&rdquo;, esto significa que es la secretaria de educaci&oacute;n de la entidad territorial certificada en educaci&oacute;n, quien debe ejercer el control respectivo, raz&oacute;n por la cual se debe acudir a ella para elevar las quejas y reclamos que los ciudadanos consideren pertinentes.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Cordialmente,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Subdirecci&oacute;n de Monitoreo y Control</div>

<div>

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</div>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Cordial saludo,<br />

<br />

En el art&iacute;culo 3 del decreto 4807 de 2011 se plantea que la gratuidad educativa se entiende como la exenci&oacute;n del pago de derechos acad&eacute;micos y servicios complementarios. En consecuencia, las instituciones educativas estatales no podran realizar ning&uacute;n cobro por derechos acad&eacute;micos o servicios complementarios.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Subdirecci&oacute;n de Permanencia<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Los j&oacute;venes colombianos que deseen ingresar a la educaci&oacute;n superior, en el nivel t&eacute;cnico profesional, pueden acceder entre otros a los siguientes beneficios fomentados por el gobierno nacional:<br />

<br />

Beneficios educativos:<br />

<br />

&bull; Oferta pertinente dise&ntilde;ada entre las Instituciones de educaci&oacute;n superior, los gobiernos departamentales y municipales y los representantes del sector productivo: gremios y empresarios, con lo cual acceden a programas pertinentes, ajustados a las competencias requeridas por el mercado laboral y conforme a las apuestas productivas de sus regiones&nbsp; con lo cual los estudiantes acceden a una educaci&oacute;n de calidad que les permita posicionarse en su ejercicio profesional.<br />

&bull; Articulaci&oacute;n con la educaci&oacute;n media, los estudiantes que optan por un programa t&eacute;cnico profesional tienen el beneficio de cursar sus dos primeros semestres de la educaci&oacute;n superior, mientras cursan en contra jornada los a&ntilde;os 10 y 11 en sus instituciones educativas, las cuales tienen convenios con Instituciones de Educaci&oacute;n superior o el SENA tanto para acceder a los programas como para recibir est&iacute;mulos financieros del gobierno territorial como becas y subsidios, gratuidad en los programas del SENA o programas del Gobierno Nacional como el Fondo de Fomento a la Educaci&oacute;n media FEM, con estos beneficios los estudiantes pueden ingresar a la educaci&oacute;n superior, fortalecer sus competencias as&iacute; como su orientaci&oacute;n socio ocupacional.<br />

<br />

Beneficios financieros:<br />

<br />

&bull; El Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional, a trav&eacute;s del Icetex ha creado el fondo Acces, un fondo con acceso preferente para programas t&eacute;cnico profesionales y tecnol&oacute;gicos.<br />

&bull; El ministerio de Educaci&oacute;n Nacional, en asocio con otras carteras ha creado fondos en administraci&oacute;n acceso preferente para programas t&eacute;cnico profesionales y tecnol&oacute;gicos para estudiar programas de talla mundial, relacionados con el desarrollo rural y agropecuario y las industrias culturales y creativas, la mayor&iacute;a de estos fondos corresponden a cr&eacute;ditos 100% condenables para estudiantes de estos niveles.<br />

<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Direcci&oacute;n de Fomento de la Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>De manera atenta le informo que esta informaci&oacute;n puede ser consulta en el</p>

<p>siguiente link <a href="http://menweb.mineducacion.gov.co/seguimiento/estadisticas/glosario.html">http://menweb.mineducacion.gov.co/seguimiento/estadisticas/glosario.html</a> del Ministerio, en el cual se encuentra la definici&oacute;n de Cobertura Bruta y Neta y la formular para calcular cada una de estas tasas en los diferentes niveles y la edad que se toma para cada uno de ellos, adicionalmente si requieren otra definici&oacute;n correspondiente a las estad&iacute;sticas la pueden consultar en este mismo Link.</p>

<p><strong>Tasa de cobertura bruta:</strong>&nbsp;Es la relaci&oacute;n porcentual entre los alumnos matriculados en un nivel de ense&ntilde;anza espec&iacute;fico, independiente de la edad que estos tengan&nbsp; y el total de poblaci&oacute;n en&nbsp; el rango de edad te&oacute;rico correspondiente a dicho nivel. Su c&aacute;lculo se realiza de la siguiente manera para cada nivel educativo.</p>

<p>La tasa de cobertura bruta da cuenta de la capacidad del sistema educativo para matricular alumnos en un nivel educativo espec&iacute;fico. Es factible que en el c&aacute;lculo de este indicador se obtengan resultados de cobertura mayores a 100% dado que el numerador incluye alumnos en extraedad. Una tasa cercana o superior a 100% indica que, en teor&iacute;a, el pa&iacute;s cuenta con la capacidad pata atender a toda su poblaci&oacute;n en edad escolar, aunque no indica que proporci&oacute;n de esta poblaci&oacute;n ya se encuentra matriculada</p>

<p>Las fuentes de informaci&oacute;n para el c&aacute;lculo del indicador son el Sistema Nacional de Informaci&oacute;n de Matr&iacute;cula del Ministerio de Educaci&oacute;n y las proyecciones de poblaci&oacute;n oficializadas por el Departamento Administrativo Nacional de Estad&iacute;stica &ndash; DANE.</p>

<p><strong>Tasa de Cobertura Neta (TCN):&nbsp;</strong>Es la relaci&oacute;n entre los estudiantes matriculados en un nivel educativo que tienen la edad te&oacute;rica correspondiente al nivel y el total de la poblaci&oacute;n en ese rango de edad. Su c&aacute;lculo se realiza de la siguiente manera para cada nivel educativo:</p>

<p>El&nbsp; incremento progresivo de la tasa de cobertura neta&nbsp; es un indicador de una buena cobertura de la poblaci&oacute;n en edad escolar y de una disminuci&oacute;n de la proporci&oacute;n de ingresos tard&iacute;os y de las tasas de extraedad. Las fuentes de informaci&oacute;n para el c&aacute;lculo del indicador son el Sistema Nacional de Informaci&oacute;n de Matr&iacute;cula del Ministerio de Educaci&oacute;n y las proyecciones de poblaci&oacute;n oficializadas por el Departamento Administrativo Nacional de Estad&iacute;stica &ndash; DANE.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Elsy Janeth Osorio Guzm&aacute;n</p>

<p>Directora de cobertura y Equidad<br />

<br />

&nbsp;</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Las personas que deben renovar su licencia es porque conducen en colombia y actualmente tiene el documento vencido. Si usted vive fuera del pais y su licencia esta vencida, no tendra que renovarla ni ser&aacute; sancionado sino conduce en colombia.&nbsp;</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Por el momento este tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n solo se puede realizar en Colombia. La raz&oacute;n por la cual no es posible hacerlo en el exterior, es porque requiere la validaci&oacute;n de la valoraci&oacute;n m&eacute;dica en un Centro de Reconocimiento habilitado por el Ministerio de Transporte y su presencia ante el Organismo de Tr&aacute;nsito.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud.&nbsp;</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Debe renovar la licencia por cambio del documento de identificaci&oacute;n ya que la tarjeta de identidad expira al cumplir la mayor&iacute;a de edad. Recuerde que para realizar este tr&aacute;mite no requiere examen m&eacute;dico y debe dirigirse al organismo de tr&aacute;nsito de su ciudad.</div>

<div>

Si no es esta su pregunta, le agradezco hacer claridad a la misma.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
<div>

Estimado ciudadano,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

En el documento CONPES 170 DE 2014, se asignaron $572.517 millones por concepto de Gratuidad para todos los estudiantes de las instituciones educativas estatales financiadas por el Sistema General de Participaciones, matriculados entre los grados transici&oacute;n y und&eacute;cimo, en consonancia con el Decreto 4807 de 2011 &ldquo;Por el cual se establecen las condiciones de aplicaci&oacute;n de la gratuidad educativa para los estudiantes de educaci&oacute;n preescolar, primaria, secundaria y media de las instituciones educativas estatales y se dictan otras disposiciones para su implementaci&oacute;n.&rdquo;.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Los recursos que reciben los establecimientos educativos estatales del SGP por concepto de gratuidad, solo pueden utilizarse en los conceptos de gastos indicados en los art&iacute;culos 11 del Decreto 4791 de 2008 y 9&deg; del Decreto 4807 de 2011, siempre que guarden estricta relaci&oacute;n con el Proyecto Educativo Institucional y con sujeci&oacute;n al programa general de compras aprobado por el consejo directivo para los &iacute;tem que lo requieran de conformidad con las normas vigentes.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Por otra parte, en lo referente a los recursos para la educaci&oacute;n, el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional, en virtud del numeral 5.13 del art&iacute;culo 5 de la Ley 715 de 2001, transfiere los recursos para educaci&oacute;n del Sistema General de Participaciones, a las entidades territoriales certificadas con el fin de garantizar la adecuada prestaci&oacute;n del servicio educativo. En orden de prioridad, estos deben ser destinados para el pago de personal docente y administrativo de las instituciones educativas, construcci&oacute;n de la infraestructura, mantenimiento, pago de servicios p&uacute;blicos y funcionamiento de las instituciones educativas.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Adicional a la asignaci&oacute;n para prestaci&oacute;n del servicio transferida a las entidades certificadas, la Naci&oacute;n asigna y transfiere directamente a municipios no certificados, recursos para Calidad Educativa, para apoyar subsidiariamente la prestaci&oacute;n del servicio, los cuales pueden ser utilizados para atender proyectos de construcci&oacute;n, adecuaci&oacute;n, mantenimiento y dotaci&oacute;n, as&iacute; como, el pago de servicios p&uacute;blicos y funcionamiento de los establecimientos educativos.&nbsp;</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Cordialdialmente,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Subdirecci&ograve;n de Monitoreo y Control</div>

<div>

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

As&iacute; es! Gracias a la nueva ficha t&eacute;cnica de licencia de conducci&oacute;n determinada por el Ministerio de Transporte, en este momento al expedir por primera vez la licencia o al renovar una de servicio p&uacute;blico a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema autom&aacute;ticamente le imprimir&aacute; sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio p&uacute;blico con vigencia de 3 a&ntilde;os y la licencia de servicio particular por 10 a&ntilde;os, contados a partir de la fecha de renovaci&oacute;n.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

<div>

&nbsp;</div>

Respuesta
<p><strong>Estoy desempleado a donde me dirijo para iniciar el tr&aacute;mite para recibir el subsidio de desempleo.</strong></p>

<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Para iniciar los tr&aacute;mites del Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante, usted debe dirigirse a la Caja de Compensaci&oacute;n Familiar del lugar de su residencia.</p>

<p>Sin embargo le comento que el tema por usted solicitado se encuentra regulado en la Ley 1636 de 2013 que es la Ley de Protecci&oacute;n al Cesante. Los&nbsp; Requisitos para acceder a los beneficios est&aacute;n consagrados en el art&iacute;culo 13 de la citada Ley</p>

<p>El gobierno nacional expidi&oacute; el decreto 2113 del 27 de septiembre de 2013 por el cual se reglamentan los art&iacute;culos 2, 6 y 29 de la Ley 1636 de 2013; posteriormente se expidi&oacute; el decreto 2852 de 2013 por el cual se reglamenta el Servicio P&uacute;blico de Empleo y el r&eacute;gimen de prestaciones del Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante, y se dictan otras disposiciones. Por &uacute;ltimo se expidi&oacute; el decreto 135 del 31 de enero de 2014 por el cual se desarrolla el esquema de ahorro de cesant&iacute;as, se establece el beneficio econ&oacute;mico proporcional al ahorro en el Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante y se dictan otras disposiciones.</p>

<p>Por lo anterior lo invito muy cordialmente a consultar la mencionada ley y los decretos con el fin de resolver sus interrogantes.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>GRUPO DE ATENCION AL CIUDADANO</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Carlos</p>

<p class="rtejustify">En caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas. Por otra parte y guardando relaci&oacute;n con las vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Estimado ciudadano,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

La gratuidad educativa se entiende como la exenci&oacute;n del pago de derechos acad&eacute;micos y servicios complementarios. En consecuencia, las instituciones educativas estatales no podr&aacute;n realizar ning&uacute;n cobro por derechos acad&eacute;micos o servicios complementarios.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Dado lo anterior, los trabajos que deben realizar los estudiantes para sus labores acad&eacute;micas, no pueden considerarse, como cobros por parte del establecimiento educativo y por tanto no est&aacute;n cubiertos por la gratuidad.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Por otra parte, La entidad territorial conforme al numeral 6.2.1 del art&iacute;culo 6 de la Ley 715, tiene como competencia dirigir, planificar; y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, b&aacute;sica, media en sus distintas modalidades, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los t&eacute;rminos de finidos por la Ley y El articulo 18 del Decreto 4791 de 2008 determina que &ldquo;&hellip;Respecto del Fondo de Servicios Educativos, corresponde a las entidades territoriales certificadas en educaci&oacute;n ejercer el control interno, brindar asesor&iacute;a y apoyo administrativo, contractual, financiero, presupuestal y contable de acuerdo con las normas vigentes.&rdquo;, esto significa que es la secretaria de educaci&oacute;n de la entidad territorial certificada en educaci&oacute;n, quien debe ejercer el control respectivo.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Cordialmente,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Subdirecci&ograve;n de Monitoreo y Control</div>

<div>

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Teniendo en cuenta la situaci&oacute;n presentada durante el mes de enero para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, dado que muchos ciudadanos a pesar de los 3 plazos que se dieron a nivel nacional, desde &nbsp;enero de 2012, para ponerse al d&iacute;a con este tr&aacute;mite y dado que no lo realizaron y lo dejaron para &uacute;ltima hora, el Ministerio de Transporte formul&oacute; una propuesta a los Organismos de Tr&aacute;nsito y centros de reconocimiento, &nbsp;de asignaci&oacute;n de turnos basada en los dos &uacute;ltimos n&uacute;meros de la c&eacute;dula de ciudadan&iacute;a que facilitar&aacute; el proceso de renovaci&oacute;n en los pr&oacute;ximos meses.&nbsp;</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

El per&iacute;odo de renovaci&oacute;n, denominado &ldquo;Pico y Pase&rdquo;, es de diez meses: de febrero a noviembre. Con el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, el ciudadano puede saber cu&aacute;l es su fecha l&iacute;mite para adelantar la renovaci&oacute;n. Comenzando por febrero (mes 2) deber&aacute;n acudir los ciudadanos que sus c&eacute;dulas terminan en 2 y as&iacute; sucesivamente. Para los meses de octubre (mes 10) corresponden las c&eacute;dulas que terminan en 0 y el mes de noviembre (mes 11) las que terminan en 1.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud.&nbsp;</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Tatiana</p>

<p class="rtejustify">En caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas. Por otra parte y guardando relaci&oacute;n con las vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Su licencia categoria 4 es para servicio p&uacute;blico y tiene vigencia de tres a&ntilde;os a partir de la fecha de expedici&oacute;n de la licencia.</div>

<div>

Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico &nbsp;que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo p&uacute;blico ni particular.&nbsp;</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Gracias a la nueva ficha t&eacute;cnica de licencia de conducci&oacute;n determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio p&uacute;blico a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema autom&aacute;ticamente le imprimir&aacute; sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio p&uacute;blico con vigencia de 3 a&ntilde;os y la licencia de servicio particular por 10 a&ntilde;os, contados a partir de la fecha de renovaci&oacute;n.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

<div>

&nbsp;</div>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Cordial saludo,<br />

<br />

A trav&eacute;s del decreto 4807 de 2011, se reglamenta la gratuidad educativa para todos los estudiantes de los establecimientos educativos estatales matriculados entre los grados transici&oacute;n y undecimo. Para la asignaci&oacute;n de los recursos de gratuidad estan excluidos los estudiantes de ciclos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de educaci&oacute;n de adultos, los estudiantes de ciclos complementario de las escuelas normales superiores, grados 12 y 13, as&iacute; como los atendidos a trav&eacute;s de alguna modalidad de contrataci&oacute;n del servicio educativo.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Subdirecci&oacute;n de Permanencia<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Se desarrolla el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores&rdquo;, el cual va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta dos (2)&nbsp; salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes. &nbsp;</p>

<p>Las familias que se quieran postular deber&aacute;n presentarse a las salas de ventas de los proyectos que se construir&aacute;n en el marco de este programa y cumplir con los siguientes requisitos:&nbsp;</p>

<p style="margin-left:7.1pt;">&middot;&nbsp; Tener ingresos totales mensuales no superiores a dos (2) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

<p style="margin-left:7.1pt;">&middot;&nbsp; No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.</p>

<p style="margin-left:7.1pt;">&middot;&nbsp; No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda efectivamente aplicado, ni de la cobertura de tasa de inter&eacute;s, salvo cuando el beneficiario haya perdido la vivienda por imposibilidad de pago del cr&eacute;dito con el cual la adquiri&oacute;, o cuando la vivienda haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastres naturales, calamidades p&uacute;blicas, emergencias, o atentados terroristas.</p>

<p style="margin-left:7.1pt;">&middot;&nbsp; Contar con un ahorro por un monto equivalente al 5% del valor de la vivienda, es decir, aproximadamente dos (2) millones de pesos.</p>

<p style="margin-left:7.1pt;">&middot;&nbsp; Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la vivienda.</p>

<p style="margin-left:7.1pt;">&middot;&nbsp; No haber sido inhabilitados por haber presentado documentos o informaci&oacute;n falsa con el objeto de que le fuera adjudicado un subsidio.</p>

<p style="margin-left:7.1pt;">El Decreto que reglamenta este programa es el No. 1432 del 5 de julio de 2013</p>

Respuesta
<p>De acuerdo con lo previsto en los t&eacute;rminos de referencia definitivos, una vez seleccionados los proyectos, los proponentes tienen un per&iacute;odo de comercializaci&oacute;n que oscila entre 5 y 7 meses, per&iacute;odo en el cual ser&aacute;n instaladas las salas de venta de los proyectos seleccionados.</p>

<p><strong>&iquest;Las familias interesadas c&oacute;mo podr&aacute;n saber que el proyecto hace parte del VIPA?&nbsp;</strong></p>

<p>Los proyectos que sean seleccionados en el marco del Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores ser&aacute;n publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;, LINK <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a> (<a href="http://www.fidubogota.com/portal/page?_pageid=1753,168391634&amp;_dad=portal&amp;_schema=PORTAL">http://www.fidubogota.com/portal/page?_pageid=1753,168391634&amp;_dad=portal&amp;_schema=PORTAL</a>) para que cualquier persona interesada pueda verificar los listados de proyectos, el constructor y su ubicaci&oacute;n.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/rad20142010105881">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/rad20142010105881</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&Aacute;rea de Gesti&oacute;n de Servicio al Ciudadano - DPS</p>

<p>Subdirecci&oacute;n General</p>

Respuesta
Las artes desempeñan un papel muy importante en la visibilización del conflicto colombiano, no solo al interior del país, sino en el extranjero. Vale la pena mencionar que el objetivo de hacer visible la problemática social que vive nuestra nación es que los demás países puedan volverse sensibles, solidarios, que puedan entender la dimensión de los problemas sociales colombianos y apoyen el desarrollo de programas y planes que ofrezcan soluciones y alternativas especiales. Las artes, desde sus diferentes manifestaciones, se han movido para provocar tal sensibilidad y generar alternativas que redunden en soluciones y salidas al conflicto colombiano. Algunos ejemplos de esto los vemos desde la música, la literatura, el teatro, las artes visuales y la danza. Con la música, el Ministerio de Cultura, a través del Plan Nacional de Música para la Convivencia, se ha propuesto una estrategia de internacionalización de los procesos musicales para contrarrestar, no solo los efectos e impactos del conflicto armado colombiano, sino para fortalecer las alternativas de educación, participación, y producción en el campo musical. Este trabajo se implementa mediante un amplio portafolio de estímulos, especialmente en circulación nacional e internacional y, a través de procesos de intercambio y cooperación en el campo de la música que identifican las realidades y procesos culturales de Colombia y sus alternativas de construcción social y musical, particularmente programas como Iberorquestas e Ibermusicas, en los que Colombia desempeña un papel activo y, en algunos casos, protagónico respecto de iniciativas de trabajo cooperado y de trabajo integrado. Desde la literatura, se contribuyó en esa visibilización este año, con su participación en el Salón del Libro de Paris (21 al 24 de marzo), con el propósito de promover, a través de las Ferias Internacionales del Libro, los diversos programas liderados por el Ministerio en torno a la escritura creativa, primera infancia, las bibliotecas públicas y sector editorial. Muchas de las obras expuestas en la colección Semilla, dan cuenta de la problemática social y del conflicto armado en Colombia. Desde el teatro, el material o la producción simbólica que se ha hecho alrededor del conflicto en Colombia, ha sido muy importante. Los grupos de teatro han recogido, sistematizado y han generado una memoria simbólica desde las obras que han realizado, tanto a nivel de dramaturgia, como a nivel de puesta en escena....la respuesta completa le llegará a su email: alexandragiraldo11@hotmail.com