Estoy desempleado a donde me dirijo para iniciar el tramite para recibir el subsidio de desempleo,

Enviado por ALEJANDRO DAVILA el Lun, 03/02/2014 - 15:45

¿Qué le quieres preguntar al gobierno sobre los compromisos con el sector agrícola?

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El año pasado, teniendo en cuenta la caída del ingreso de los caficultores por la menor producción y la baja del precio del café, el Gobierno Nacional decidió continuar apoyando a los productores de café con el mejoramiento de sus ingresos por medio de la Protección del Ingreso Cafetero – PIC.

¿En qué consiste exactamente?

 

Estoy desempleado a donde me dirijo para iniciar el tramite para recibir el subsidio de desempleo,
El gobierno response
Urna de Cristal
<p><strong>Estoy desempleado a donde me dirijo para iniciar el tr&aacute;mite para recibir el subsidio de desempleo.</strong></p>
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Para iniciar los tr&aacute;mites del Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante, usted debe dirigirse a la Caja de Compensaci&oacute;n Familiar del lugar de su residencia.</p>
<p>Sin embargo le comento que el tema por usted solicitado se encuentra regulado en la Ley 1636 de 2013 que es la Ley de Protecci&oacute;n al Cesante. Los&nbsp; Requisitos para acceder a los beneficios est&aacute;n consagrados en el art&iacute;culo 13 de la citada Ley</p>
<p>El gobierno nacional expidi&oacute; el decreto 2113 del 27 de septiembre de 2013 por el cual se reglamentan los art&iacute;culos 2, 6 y 29 de la Ley 1636 de 2013; posteriormente se expidi&oacute; el decreto 2852 de 2013 por el cual se reglamenta el Servicio P&uacute;blico de Empleo y el r&eacute;gimen de prestaciones del Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante, y se dictan otras disposiciones. Por &uacute;ltimo se expidi&oacute; el decreto 135 del 31 de enero de 2014 por el cual se desarrolla el esquema de ahorro de cesant&iacute;as, se establece el beneficio econ&oacute;mico proporcional al ahorro en el Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante y se dictan otras disposiciones.</p>
<p>Por lo anterior lo invito muy cordialmente a consultar la mencionada ley y los decretos con el fin de resolver sus interrogantes.</p>
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<p>Atentamente,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>
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<p>GRUPO DE ATENCION AL CIUDADANO</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>

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