Respuestas del Gobierno

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Su licencia C1 corresponde a servicio particular y tiene una vigencia de 3 a&ntilde;os a partir de la fecha de expedici&oacute;n, de acuerdo a los datos suministrados por usted, su licencia se encontraria vigente hasta el 19 de noviembre de 2015. Por tanto en este momento no debe realizar renovaci&oacute;n de su licencia.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Pedro</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>

<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Examen m&eacute;dico:</li>

<li class="rtejustify">

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Carolina</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>

<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">En caso que debas renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Examen m&eacute;dico.</li>

<li class="rtejustify">

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito.</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

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&nbsp;</div>

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Su licencia es categor&iacute;a 04, la cual corresponde a una licencia para conducir veh&iacute;culo p&uacute;blico, si esta se encuentra vencida, debe realizar el proceso de renovaci&oacute;n. Todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas.&nbsp;</div>

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&nbsp;</div>

<div>

El nuevo documento que se le expedir&aacute; le va a reflejar los tipos de veh&iacute;culos que puede conducir. &nbsp;Este es uno de los cambios m&aacute;s importantes que se implementaron con la nueva ficha t&eacute;cnica, y es que ahora usted solo portar&aacute; un documento que le indicar&aacute; los tipos de veh&iacute;culos, es decir, particular y p&uacute;blico con su respectiva vigencia (el p&uacute;blico para 3 a&ntilde;os y el particular para 10 a&ntilde;os, si usted es menor de 60 a&ntilde;os).</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico vencida y que s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de &quot;Pico y Pase&quot; el cual inici&oacute; en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deber&aacute;n renovar su licencia teniendo en cuenta el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, siendo &eacute;sta la fecha l&iacute;mite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>

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&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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&nbsp;</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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&nbsp;</div>

<div>

Su licencia es categor&iacute;a C1, la cual corresponde a una licencia para conducir veh&iacute;culo p&uacute;blico, seguramente se encuentra vencida dado que tiene viegncia de 3 a&ntilde;os. Todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas.&nbsp;</div>

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&nbsp;</div>

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El nuevo documento que se le expedir&aacute; le va a reflejar los tipos de veh&iacute;culos que puede conducir. &nbsp;Este es uno de los cambios m&aacute;s importantes que se implementaron con la nueva ficha t&eacute;cnica, y es que ahora usted solo portar&aacute; un documento que le indicar&aacute; los tipos de veh&iacute;culos, es decir, particular y p&uacute;blico con su respectiva vigencia (el p&uacute;blico para 3 a&ntilde;os y el particular para 10 a&ntilde;os, si usted es menor de 60 a&ntilde;os).</div>

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&nbsp;</div>

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Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico vencida y que s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de &quot;Pico y Pase&quot; el cual inici&oacute; en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deber&aacute;n renovar su licencia teniendo en cuenta el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, siendo &eacute;sta la fecha l&iacute;mite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Su licencia es categor&iacute;a C2, la cual corresponde a una licencia para conducir veh&iacute;culo p&uacute;blico, la cual estar&aacute; vigente hasta agosto 22 de 2014. Una vez su licencia no se encuentre viegnte, deber&aacute; realizar el proceso de renovaci&oacute;n, ya que todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas.&nbsp;</div>

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El nuevo documento que se le expedir&aacute; le va a reflejar los tipos de veh&iacute;culos que puede conducir. &nbsp;Este es uno de los cambios m&aacute;s importantes que se implementaron con la nueva ficha t&eacute;cnica, y es que ahora usted solo portar&aacute; un documento que le indicar&aacute; los tipos de veh&iacute;culos, es decir, particular y p&uacute;blico con su respectiva vigencia (el p&uacute;blico para 3 a&ntilde;os y el particular para 10 a&ntilde;os, si usted es menor de 60 a&ntilde;os).</div>

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&nbsp;</div>

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Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico vencida y que s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de &quot;Pico y Pase&quot; el cual inici&oacute; en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deber&aacute;n renovar su licencia teniendo en cuenta el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, siendo &eacute;sta la fecha l&iacute;mite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>

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&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Debe verificar la categoria de su licencia. Si es servicio p&uacute;blico (categorias 4, 5 6, C1, C2, o C3) ya se encuentra vencida y deber&aacute; realizar tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n, por el contrario, si su licencia es de servicio particular (categoria 3,B1, B2, B3) &nbsp;no debe realizar renovaci&oacute;n dado que el documento se encuentra vigente.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, ta y como lo indicas.</p>

<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">En caso que debas renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Examen m&eacute;dico.</li>

<li class="rtejustify">

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito.</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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&nbsp;</div>

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La licencia para conducir vehiculo particular son las marcadas con categoria 3, B1 , B2 . B3. Las licencias cuya categoria es 4, actualmente c1, son para conducir vehiculos de servicio p&uacute;blico y esta licencia se vence cada tres a&ntilde;os si su titular tiene entre 18 y 60 a&ntilde;os. La vigencia &nbsp;de las licencias de conduci&ograve;n establecida en tres a&ntilde;os para conducir vehiculos de servicio p&uacute;blico, fue estipulada por el articulo 22 de ley 769 de 2002.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Jos&eacute;</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>

<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">En caso que debas renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Examen m&eacute;dico.</li>

<li class="rtejustify">

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito.</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

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Una vez si la sanci&oacute;n queda en firme o no, debe revisar si est&aacute; o no en la obligaci&oacute;n de renovarla.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Patricia</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en este caso la licencia no se encuentra vencida, por lo tanto no debe ser renovada inmediatamente.</p>

<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Su licencia es categor&iacute;a 04, la cual corresponde a una licencia para conducir veh&iacute;culo p&uacute;blico, como &eacute;sta se encuentra vencida, debe realizar el proceso de renovaci&oacute;n. Todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas.&nbsp;</div>

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<div>

El nuevo documento que se le expedir&aacute; le va a reflejar los tipos de veh&iacute;culos que puede conducir. &nbsp;Este es uno de los cambios m&aacute;s importantes que se implementaron con la nueva ficha t&eacute;cnica, y es que ahora usted solo portar&aacute; un documento que le indicar&aacute; los tipos de veh&iacute;culos, es decir, particular y p&uacute;blico con su respectiva vigencia (el p&uacute;blico para 3 a&ntilde;os y el particular para 10 a&ntilde;os, si usted es menor de 60 a&ntilde;os).</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico vencida y que s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de &quot;Pico y Pase&quot; el cual inici&oacute; en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deber&aacute;n renovar su licencia teniendo en cuenta el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, siendo &eacute;sta la fecha l&iacute;mite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Victor</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas. En caso contrario no es necesario.</p>

<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">En caso que debas renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Examen m&eacute;dico.</li>

<li class="rtejustify">

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito.</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Con el objetivo de buscar mayor agilidad y simplificar el proceso de renovaci&oacute;n de licencias de conducci&oacute;n, el Ministerio de Transporte con los organismos de Transito, implement&oacute; la medida &ldquo;Pico y Pase&rdquo; la cual inici&oacute; en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deber&aacute;n renovar su licencia teniendo en cuenta el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, siendo &eacute;sta la fecha l&iacute;mite para realizar el proceso.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

En febrero (mes 2) deber&aacute;n acudir los ciudadanos que sus c&eacute;dulas terminan en 2, en marzo quienes terminen en 3 y as&iacute; sucesivamente hasta noviembre, mes que le corresponde al n&uacute;mero 1 y en octubre deber&aacute;n ir quienes su c&eacute;dula termine en 0.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>

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&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Su licencia es categor&iacute;a 05, la cual corresponde a una licencia para conducir veh&iacute;culo p&uacute;blico y tiene una vigencia de 3 a&ntilde;os a partir de su expedici&oacute;n. Como su licencia se expidio en1997, se encuentra vencida y debe realizar el proceso de renovaci&oacute;n. Todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas.&nbsp;</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

El nuevo documento que se le expedir&aacute; le va a reflejar los tipos de veh&iacute;culos que puede conducir. &nbsp;Este es uno de los cambios m&aacute;s importantes que se implementaron con la nueva ficha t&eacute;cnica, y es que ahora usted solo portar&aacute; un documento que le indicar&aacute; los tipos de veh&iacute;culos, es decir, particular y p&uacute;blico con su respectiva vigencia (el p&uacute;blico para 3 a&ntilde;os y el particular para 10 a&ntilde;os, si usted es menor de 60 a&ntilde;os).</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico vencida y que s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de &quot;Pico y Pase&quot; el cual inici&oacute; en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deber&aacute;n renovar su licencia teniendo en cuenta el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, siendo &eacute;sta la fecha l&iacute;mite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

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&nbsp;</div>

<div>

Su licencia es categor&iacute;a C1, la cual corresponde a una licencia para conducir veh&iacute;culo p&uacute;blico, si esta se encuentra vencida, debe realizar el proceso de renovaci&oacute;n. Todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas.&nbsp;</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

El nuevo documento que se le expedir&aacute; le va a reflejar los tipos de veh&iacute;culos que puede conducir. &nbsp;Este es uno de los cambios m&aacute;s importantes que se implementaron con la nueva ficha t&eacute;cnica, y es que ahora usted solo portar&aacute; un documento que le indicar&aacute; los tipos de veh&iacute;culos, es decir, particular y p&uacute;blico con su respectiva vigencia (el p&uacute;blico para 3 a&ntilde;os y el particular para 10 a&ntilde;os, si usted es menor de 60 a&ntilde;os).</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico vencida y que s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de &quot;Pico y Pase&quot; el cual inici&oacute; en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deber&aacute;n renovar su licencia teniendo en cuenta el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, siendo &eacute;sta la fecha l&iacute;mite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Carolina</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>

<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">En caso que debas renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Examen m&eacute;dico.</li>

<li class="rtejustify">

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito.</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Edison</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>

<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">En caso que debas renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Examen m&eacute;dico.</li>

<li class="rtejustify">

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito.</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Su licencia es categor&iacute;a C1, la cual corresponde a una licencia para conducir veh&iacute;culo p&uacute;blico, si esta se encuentra vencida, debe realizar el proceso de renovaci&oacute;n. Todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas.&nbsp;</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

El nuevo documento que se le expedir&aacute; le va a reflejar los tipos de veh&iacute;culos que puede conducir. &nbsp;Este es uno de los cambios m&aacute;s importantes que se implementaron con la nueva ficha t&eacute;cnica, y es que ahora usted solo portar&aacute; un documento que le indicar&aacute; los tipos de veh&iacute;culos, es decir, particular y p&uacute;blico con su respectiva vigencia (el p&uacute;blico para 3 a&ntilde;os y el particular para 10 a&ntilde;os, si usted es menor de 60 a&ntilde;os).</div>

<div>

&nbsp;</div>

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Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico vencida y que s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de &quot;Pico y Pase&quot; el cual inici&oacute; en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deber&aacute;n renovar su licencia teniendo en cuenta el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, siendo &eacute;sta la fecha l&iacute;mite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>

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&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Jos&eacute; Manuel</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>

<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">En caso que debas renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Examen m&eacute;dico.</li>

<li class="rtejustify">

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito.</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Si, debe tr&aacute;mitar un cambio de licencia por cambio de documento de identificaci&oacute;n. Recuerde que para realizar este tr&aacute;mite no requiere examen medico y debe dirigirse al organismo de tr&aacute;nsito de su ciudad.</div>

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&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Jos&eacute;</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en este caso que la licencia no se encuentre vencida, no es necesario renovarla. Sin embargo podr&aacute;s sustituir el documento. Es importante verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>

<p class="rtejustify">Recuerda que si tu licencia es para conducir servicio p&uacute;blico, la renovaci&oacute;n es cada 3 a&ntilde;os, pues esta no fue modificada con el Decreto 019 de 2012.</p>

<p class="rtejustify">En caso que debas renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Examen m&eacute;dico.</li>

<li class="rtejustify">

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito.</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

El alcohol en la sangre en cualquier proporci&oacute;n, altera la capacidad de reacci&oacute;n del sistema nervioso de todas las personas.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Si al momento de realizar la prueba de alcoholemia, &eacute;sta da resultado positivo, ser&aacute; sancionado seg&uacute;n la norma.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Su licencia es categor&iacute;a 4, la cual corresponde a una licencia para conducir veh&iacute;culo p&uacute;blico, si esta se encuentra vencida, debe realizar el proceso de renovaci&oacute;n. Todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas. El nuevo documento que se le expedir&aacute; le va a reflejar los tipos de veh&iacute;culos que puede conducir. &nbsp;Este es uno de los cambios m&aacute;s importantes que se implementaron con la nueva ficha t&eacute;cnica, y es que ahora usted solo portar&aacute; un documento que le indicar&aacute; los tipos de veh&iacute;culos, es decir, particular y p&uacute;blico con su respectiva vigencia (el p&uacute;blico para 3 a&ntilde;os y el particular para 10 a&ntilde;os, si usted es menor de 60 a&ntilde;os).</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico vencida y que s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de &quot;Pico y Pase&quot; para realizar la renovaci&oacute;n de su licencia. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>De acuerdo al art&iacute;culo 69 de la Constituci&oacute;n Nacional y la Ley 30 de 1992, las instituciones de educaci&oacute;n superior -IES- son aut&oacute;nomas. Lo anterior se traduce en que las IES son las responsables de darse sus estatutos y regirse por ellos; entre ellos los mecanismos de Admisi&oacute;n y Selecci&oacute;n de sus estudiantes.</p>

<p><br />

Cordialmente,<br />

<br />

Direcci&oacute;n de Fomento de la Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes, de la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su pregunta ser&aacute; enviada a la direcci&oacute;n de correo electr&oacute;nico indicado por usted al momento de su consulta.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&Aacute;rea de Gesti&oacute;n de Servicio al Ciudadano - DPS</p>

<p>Subdirecci&oacute;n General</p>

Respuesta
<div>

<div aria-labelledby="ctl00_PlaceHolderMain_ctl01_ctl01_label" id="ctl00_PlaceHolderMain_ctl01_ctl01__ControlWrapper_RichImageField">

El Gobierno Nacional pone a su disposici&oacute;n&nbsp;136 mil cupos de subsidio para familias interesadas en adquirir vivienda nueva de inter&eacute;s prioritario (VIP)&nbsp;y de inter&eacute;s social (VIS).&nbsp;</div>

</div>

<div>

<div aria-labelledby="ctl00_PlaceHolderMain_ctl01_ctl05_label" id="ctl00_PlaceHolderMain_ctl01_ctl05__ControlWrapper_RichHtmlField">

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Hoy&nbsp;en todas las entidades bancarias del pa&iacute;s, est&aacute;n disponibles los recursos que el Gobierno Nacional destin&oacute; para que las familias de clase media que quieran comprar vivienda nueva entre 80 millones y 198&nbsp;millones 500 mil pesos, puedan acceder al beneficio del subsidio a la tasa de inter&eacute;s.​</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Al subsidio a la tasa de inter&eacute;s pueden acceder todas las personas, no importa que ya tengan vivienda propia, excepto aquellas que ya fueron beneficiarias de este subsidio de primera y segunda generaci&oacute;n, cobijados por los decretos 1143 de 2009 y 1190 de 2012.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Con el subsidio a la tasa de inter&eacute;s el Gobierno Nacional le ayuda a los colombianos a pagar hasta el 30% de la cuota mensual de su cr&eacute;dito hipotecario.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

A&uacute;n hay cupos disponibles en los dos rangos, as&iacute; que los hogares interesados solo deben solicitar el subsidio en el banco que vayan a financiar la compra de su&nbsp; vivienda y realizar el tr&aacute;mite normal para la aprobaci&oacute;n de un cr&eacute;dito. El subsidio se har&aacute; efectivo a partir del desembolso del mismo, siempre y cuando la vivienda sea nueva y est&eacute; en el rango de precios fijados para tal fin.​​</div>

<p>&nbsp;</p>

</div>

</div>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jorge</p>

<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu comentario e intervenci&oacute;n, tu opini&oacute;n es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir pa&iacute;s. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Mojica:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que a trav&eacute;s del minisitio SISPRO (Sistema Integral de Informaci&oacute;n de la Protecci&oacute;n Social) puede ingresar al link Sismed (Sistema de Informaci&oacute;n de Precios de Medicamentos) donde encuentra normatividad sobre precios de medicamentos, listado CUM (c&oacute;digo &uacute;nico de medicamentos), preguntas frecuentes sobre este tema y los n&uacute;meros de contacto de la mesa de ayuda.</p>

<p>La direcci&oacute;n es http://www.sispro.gov.co/recursosapp/</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la resoluci&oacute;n 5521 de 2013, que contiene el nuevo POS, est&aacute; vigente desde el 1o. de enero de 2014. Por lo tanto, desde esa fecha las EPS y los prestadores de servicios de salud deben dar cumplimiento a la misma.</p>

<p>Dicha resoluci&oacute;n se puede consultar en http://www.minsalud.gov.co/Normatividad/Resoluci&oacute;n%205521%20de%202013.PDF.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Al momento de realizar el examen en el CRC, se le pregunta al ciudadano qu&eacute; tr&aacute;mite va a adelantar, si es refrendaci&oacute;n, recategorizaci&oacute;n o expedici&oacute;n nueva de licencia. Esta informaci&oacute;n va asociada al examen m&eacute;dico y as&iacute; mismo queda cargada en el sistema. Si desea ser evaluada nuevamente por los medicos del CRC, debido a que sus condiciones fisicas cambiaron, debe cancelar nuevamente el valor del &eacute;xamen y especificar el tipo de tr&aacute;mite que va a realizar.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud.&nbsp;</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as Jos&eacute;</p>

<p>Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>

<p>Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p>As&iacute; mismo, di debes renovar o sustituir tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li>

Examen m&eacute;dico:</li>

<li>

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito</li>

</ul>

<p>Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p>Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p>En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p>En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu comentario e intervenci&oacute;n. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sr. Naraina.</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>

<p>Si se refiere al medicamento Lonazep, este corresponde al principio activo Clonazepam, que s&iacute; est&aacute; inlcuido en el POS en concentraci&oacute;n de 0.5 mg, 2.0 mg y 2.5 mg/mL.</p>

<p>Si se trata del medicamento Lonazet,&nbsp; equivale al principio activo Oxcarbazepina, que no est&aacute; incluido en el POS.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes;</p>

<p>Le sugerimos consultar en la p&aacute;gina web <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>, el radicado n&uacute;mero 20124200520531 de 2012, donde se encuentra el resumen de las sanciones aplicables, dependiento del nivel de alcohol en la sangre.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Apreciado ciudadano:</p>

<p>En respuesta a su solicitud le informamos que&nbsp;</p>

<p>Respecto de los mecanismos de financiaci&oacute;n de vivienda, el Gobierno Nacional mediante el Decreto No. 701 de 12 de abril de 2013 ofrece coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n de vivienda nueva a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional. Las condiciones de acceso para acceder a la cobertura son las establecidas en la norma mencionada, para:</p>

<p style="margin-left:21.3pt;">a.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que inicien a parir del 6 de mayo de 2013 y hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas establecidas por el Gobierno Nacional.</p>

<p style="margin-left:21.3pt;">b.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Compra de vivienda nueva cuyo valor de acuerdo con el aval&uacute;o del establecimiento de cr&eacute;dito sea mayor a 135 SMMLV y hasta 335 SMMLV.</p>

<p style="margin-left:21.3pt;">c.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario a cualquier t&iacute;tulo de las coberturas establecidas en el Decreto 701 de 2013 o de aquellas otorgadas en los Decretos 1143 de 2009 y 1190 de 2012.</p>

<p>En cuanto al tr&aacute;mite para acceder a la cobertura a la tasa de inter&eacute;s, el art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 701 de 2013 establece que los potenciales beneficiarios deber&aacute;n manifestar por escrito al establecimiento de cr&eacute;dito, su intenci&oacute;n de recibirla, antes del desembolso del cr&eacute;dito o de la suscripci&oacute;n del respectivo contrato de leasing habitacional.</p>

<p>Sobre los aspectos espec&iacute;ficos de las condiciones de acceso y tr&aacute;mite para acceder a la cobertura de la tasa de inter&eacute;s puede ser consultado el Decreto 701 de 2013.</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Correa.</p>

<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>

<p>Las EPS que se conviertan en Gestores de Salud solo podr&aacute;n hacerlo si se encuentran al d&iacute;a en sus obligaciones para con su red de prestadores. Adem&aacute;s, deber&aacute;n contar con una red de prestadores suficiente e integral en su mayor&iacute;a conformada por instituciones prestadores ubicadas dentro del &Aacute;reas de Gesti&oacute;n Sanitaria donde van a operar, por lo que se prev&eacute; que antes que disminuir las entidades que conforman sus redes actuales, deber&aacute;n aumentarlas.&nbsp;</p>

<p>El paso de EPS a Gestores de Servicios de Salud es mucho m&aacute;s que un cambio de nombre. Los nuevos Gestores de Servicios de Salud, a diferencia de las EPS, no manejar&aacute;n el dinero y deber&aacute;n contar con un capital y una reserva en dinero depositada en Salud M&iacute;a para responder por sus deudas; deber&aacute;n operar en &Aacute;reas de Gesti&oacute;n Sanitaria y en todos los municipios que la conforman; deber&aacute;n afiliar sin distingo personas de los reg&iacute;menes subsidiado y contributivo; y recibir&aacute;n su remuneraci&oacute;n en funci&oacute;n del desempe&ntilde;o en la atenci&oacute;n a las personas y en los resultados en salud que logren para lo cual deber&aacute;n poner especial &eacute;nfasis en la gesti&oacute;n integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de promover la salud y prevenir las enfermedades y sus complicaciones. Quienes no hagan lo anterior ser&aacute;n castigados financieramente debiendo contar con capital y reservas en dinero mayores debido a su deficiente gesti&oacute;n del riesgo.</p>

<p>Los Gestores de Servicios de Salud que operen en una &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria, estar&aacute;n autorizados para hacerlo por un determinado tiempo, el cual podr&aacute; ser prorrogado en funci&oacute;n de la evaluaci&oacute;n que se haga de su desempe&ntilde;o.&nbsp;</p>

<p>En el mismo sentido, debe se&ntilde;alarse que dentro de cada &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria existir&aacute; una Comisi&oacute;n, la cual tendr&aacute; dentro de sus funciones monitorear y evaluar la suficiencia, integralidad, calidad y desempe&ntilde;o de las Redes de Prestaci&oacute;n de Servicios&nbsp; y el desempe&ntilde;o de los Gestores de Servicios de Salud.</p>

<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesi&oacute;n plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>