Si las gestoras no contratan las IPS, quien verifica derechos del usuario para la atención?

Enviado por Oscar Correa el Lun, 23/12/2013 - 18:32
Si las gestoras no contratan las IPS, quien verifica derechos del usuario para la atención?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenas tardes sr. Correa.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Las EPS que se conviertan en Gestores de Salud solo podr&aacute;n hacerlo si se encuentran al d&iacute;a en sus obligaciones para con su red de prestadores. Adem&aacute;s, deber&aacute;n contar con una red de prestadores suficiente e integral en su mayor&iacute;a conformada por instituciones prestadores ubicadas dentro del &Aacute;reas de Gesti&oacute;n Sanitaria donde van a operar, por lo que se prev&eacute; que antes que disminuir las entidades que conforman sus redes actuales, deber&aacute;n aumentarlas.&nbsp;</p>
<p>El paso de EPS a Gestores de Servicios de Salud es mucho m&aacute;s que un cambio de nombre. Los nuevos Gestores de Servicios de Salud, a diferencia de las EPS, no manejar&aacute;n el dinero y deber&aacute;n contar con un capital y una reserva en dinero depositada en Salud M&iacute;a para responder por sus deudas; deber&aacute;n operar en &Aacute;reas de Gesti&oacute;n Sanitaria y en todos los municipios que la conforman; deber&aacute;n afiliar sin distingo personas de los reg&iacute;menes subsidiado y contributivo; y recibir&aacute;n su remuneraci&oacute;n en funci&oacute;n del desempe&ntilde;o en la atenci&oacute;n a las personas y en los resultados en salud que logren para lo cual deber&aacute;n poner especial &eacute;nfasis en la gesti&oacute;n integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de promover la salud y prevenir las enfermedades y sus complicaciones. Quienes no hagan lo anterior ser&aacute;n castigados financieramente debiendo contar con capital y reservas en dinero mayores debido a su deficiente gesti&oacute;n del riesgo.</p>
<p>Los Gestores de Servicios de Salud que operen en una &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria, estar&aacute;n autorizados para hacerlo por un determinado tiempo, el cual podr&aacute; ser prorrogado en funci&oacute;n de la evaluaci&oacute;n que se haga de su desempe&ntilde;o.&nbsp;</p>
<p>En el mismo sentido, debe se&ntilde;alarse que dentro de cada &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria existir&aacute; una Comisi&oacute;n, la cual tendr&aacute; dentro de sus funciones monitorear y evaluar la suficiencia, integralidad, calidad y desempe&ntilde;o de las Redes de Prestaci&oacute;n de Servicios&nbsp; y el desempe&ntilde;o de los Gestores de Servicios de Salud.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesi&oacute;n plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>
<p>Cordial saludo</p>
<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>
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