¿Qué preguntas tienes sobre el cambio de licencia de conducción?
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El Ministerio de Transporte fijó nuevos plazos para el cambio de la licencia de conducción. Es necesario tener en cuenta las licencias que NO deben cambiarse, gracias al Decreto Ley Antitrámites. Si tu documento es de categorías 2, 3, A o B NO debes cambiarlo y vence en el año 2022. La única restricción es si eres mayor de 60 años.
si mis multas son de la ciudad de bogota y vivo en la cuidad de cucuta donde puedo hacer los acuerdos de pago
El gobierno response
Urna de Cristal
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Buen día,</div>
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Nos permitimos informarle que el recaudo de los comparendos, es competencia de los organismos de tránsito, quienes dependen de las Alcaldías.</div>
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Es de resaltar que según la Ley 769 de 2002-“Código Nacional de Tránsito”, con el propósito de contribuir con los municipios autorizó a la Federación Colombiana de Municipios para implementar y mantener actualizado un Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito-“SIMIT” que existirá en todos los organismos de tránsito a nivel nacional.</div>
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Como puede observar, son los Organismo de Tránsito, los que tienen la competencia, motivo por el cual le sugerimos comunicarse con la entidad de tránsito que impuso la sanción (Bogotá) o donde figura el cobro del comparendo, con el fin de pactar con ellos el acuerdo de pago, igualmente ellos le informarán si es necesario que se dirija a la ciudada de Bogotá o quizas pueda adelantar dicho proceso desde su ciudad de residencia.</div>
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Buen día,</div>
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Nos permitimos informarle que el recaudo de los comparendos, es competencia de los organismos de tránsito, quienes dependen de las Alcaldías.</div>
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Es de resaltar que según la Ley 769 de 2002-“Código Nacional de Tránsito”, con el propósito de contribuir con los municipios autorizó a la Federación Colombiana de Municipios para implementar y mantener actualizado un Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito-“SIMIT” que existirá en todos los organismos de tránsito a nivel nacional.</div>
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Como puede observar, son los Organismo de Tránsito, los que tienen la competencia, motivo por el cual le sugerimos comunicarse con la entidad de tránsito que impuso la sanción (Bogotá) o donde figura el cobro del comparendo, con el fin de pactar con ellos el acuerdo de pago, igualmente ellos le informarán si es necesario que se dirija a la ciudada de Bogotá o quizas pueda adelantar dicho proceso desde su ciudad de residencia.</div>
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