SI ME DESEMBOLSAN EL CRÉDITO DE VIVIENDA A FINALES DEL MES DE AGOSTO O A PRINCIPIOS DE SEPTIEMBRE ME CUBRE EL BENEFICIO
SI ME DESEMBOLSAN EL CRÉDITO DE VIVIENDA A FINALES DEL MES DE AGOSTO O A PRINCIPIOS DE SEPTIEMBRE ME CUBRE EL BENEFICIO
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el artículo 3º del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p>1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p>2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p>3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p>4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p>Igualmente usted debe tener en cuenta que en el artículo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el artículo 1° del Decreto 1544 de 2014, se estableció que las coberturas a la tasa de interés solo cubrirán aquellos créditos que sean desembolsados en las nueva fecha <strong><u>a partir del 14 de Agosto de 2014 y hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del número de coberturas establecidas</u></strong> por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA. </p>
<p>1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p>2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p>3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p>4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p>Igualmente usted debe tener en cuenta que en el artículo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el artículo 1° del Decreto 1544 de 2014, se estableció que las coberturas a la tasa de interés solo cubrirán aquellos créditos que sean desembolsados en las nueva fecha <strong><u>a partir del 14 de Agosto de 2014 y hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del número de coberturas establecidas</u></strong> por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA. </p>
Porqué el ministro no quiere escuchar ni reunirse con la mesa nacional por el derecho a la salud?
Registrada:
Código:
5455
Porqué el ministro no quiere escuchar ni reunirse con la mesa nacional por el derecho a la salud?
Registrada:
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5455
Respuesta
<p>Buenos días sra. Violeta:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el Ministro de Salud y Protección Social se ha reunido con la organización Pacientes Colombia que solicitó un espacio de diálogo para analizar varios temas que afectan a los usuarios. Posteriormente se ha venido avanzando en los temas acordados con dicha entidad.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el Ministro de Salud y Protección Social se ha reunido con la organización Pacientes Colombia que solicitó un espacio de diálogo para analizar varios temas que afectan a los usuarios. Posteriormente se ha venido avanzando en los temas acordados con dicha entidad.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Violeta:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las leyes estatutarias son un tipo de Ley previsto por la Constitución para regular los derechos fundamentales y sus mecanismos de protección. Estas leyes requieren mayor consenso dentro del Congreso para su aprobación y tienen control previo de la Corte Constitucional antes de empezar a regir. Su objetivo es desarrollar el derecho y no los arreglos institucionales específicos para la prestación de servicios.</p>
<p>Por esta razón, la Ley estatutaria no contempla temas como las deudas de las EPS. Por el contrario, se refiere a los aspectos más abstractos del derecho como sus principios y los mecanismos para definir su alcance.</p>
<p>Lo anterior no obsta para que el gobierno nacional utilice otros mecanismos regulatorios con los que cuenta para enfrentar el problema de las deudas de las EPS y otros aspectos del flujo de recursos y la sostenibilidad financiera del sistema. Es así como el Ministerio de Salud y Protección Social está trabajando en acciones para solucionar los temas operativos a través de decretos como el de Habilitación Financiera para las EPS.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las leyes estatutarias son un tipo de Ley previsto por la Constitución para regular los derechos fundamentales y sus mecanismos de protección. Estas leyes requieren mayor consenso dentro del Congreso para su aprobación y tienen control previo de la Corte Constitucional antes de empezar a regir. Su objetivo es desarrollar el derecho y no los arreglos institucionales específicos para la prestación de servicios.</p>
<p>Por esta razón, la Ley estatutaria no contempla temas como las deudas de las EPS. Por el contrario, se refiere a los aspectos más abstractos del derecho como sus principios y los mecanismos para definir su alcance.</p>
<p>Lo anterior no obsta para que el gobierno nacional utilice otros mecanismos regulatorios con los que cuenta para enfrentar el problema de las deudas de las EPS y otros aspectos del flujo de recursos y la sostenibilidad financiera del sistema. Es así como el Ministerio de Salud y Protección Social está trabajando en acciones para solucionar los temas operativos a través de decretos como el de Habilitación Financiera para las EPS.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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¿El premio va a ser entregarle a los dueños de Saludcoop la EPS saneada con recursos del Estado?
Registrada:
Código:
5453
¿El premio va a ser entregarle a los dueños de Saludcoop la EPS saneada con recursos del Estado?
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5453
Respuesta
<p>Buenos dias sra Violeta:</p>
<p>Atentamente le informamos que su pregunta fue remitida a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad que está adelantando el proceso de intervención a la EPS Saludcoop, con el fin de que le dé la respuesta correspondiente.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que su pregunta fue remitida a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad que está adelantando el proceso de intervención a la EPS Saludcoop, con el fin de que le dé la respuesta correspondiente.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Le aclaramos q Colombia le exige la liquidación de saludcoop, y q el gobierno asuma los afiliados y las IPS
Le aclaramos q Colombia le exige la liquidación de saludcoop, y q el gobierno asuma los afiliados y las IPS
Respuesta
<p>Buenos días sra. Violeta:</p>
<p>Atentamente le informamos que su pregunta fue remitida a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad que está llevando a cabo el proceso de intevención a la EPS Saludcoop, para que le dé la respuesta correspondiente.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>Atentamente le informamos que su pregunta fue remitida a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad que está llevando a cabo el proceso de intevención a la EPS Saludcoop, para que le dé la respuesta correspondiente.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Ministro, la salud ya era un derecho fundamental, desde el decreto T760-2008 y en su reforma, ud se dedica a limitarlo
Ministro, la salud ya era un derecho fundamental, desde el decreto T760-2008 y en su reforma, ud se dedica a limitarlo
Respuesta
<p>Buenos días sra. Violeta:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley Ordinaria No. 210 de 2013, “por medio de la cual se redefine el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones”, fue archivado, debido a que las normas vigentes (artículo 190 de la Ley 5a de 1992 y artículo 162 de la Constitución Política) establecen que “ningún proyecto podrá ser considerado en más de dos legislaturas”.</p>
<p>De otra parte, la Ley Estatutaria declarada exequible por la Corte Constitucional consagra la salud como un derecho fundamental, mantiene la tutela como un mecanismo al servicio de los ciudadanos y prohíbe negar servicios a los pacientes por razones económicas.</p>
<p>Con esta declaratoria de exequibilidad y la próxima sanción de esta Ley, los colombianos ahora podrán acceder a los servicios de salud con mejor calidad, oportunidad, continuidad y equidad.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley Ordinaria No. 210 de 2013, “por medio de la cual se redefine el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones”, fue archivado, debido a que las normas vigentes (artículo 190 de la Ley 5a de 1992 y artículo 162 de la Constitución Política) establecen que “ningún proyecto podrá ser considerado en más de dos legislaturas”.</p>
<p>De otra parte, la Ley Estatutaria declarada exequible por la Corte Constitucional consagra la salud como un derecho fundamental, mantiene la tutela como un mecanismo al servicio de los ciudadanos y prohíbe negar servicios a los pacientes por razones económicas.</p>
<p>Con esta declaratoria de exequibilidad y la próxima sanción de esta Ley, los colombianos ahora podrán acceder a los servicios de salud con mejor calidad, oportunidad, continuidad y equidad.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Llevo mas de 3 meses tratando de conseguir una cita para la entrega de documentos y me ha sido imposible conseguirla que
Llevo mas de 3 meses tratando de conseguir una cita para la entrega de documentos y me ha sido imposible conseguirla que
Respuesta
<p style="margin-left: 49.65pt;"><em>Cordial Saludo </em></p>
<p style="margin-left: 49.65pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>Me permito comunicarle que debe acercarse al comando del distrito militar y solicitar la cita para la liquidación, allí mismo le informaran fecha y hora de asignación.</p>
<p>Lo anterior teniendo en cuenta que en la actualidad el nuevo sistema en línea se encuentra en periodo de verificación de errores y adecuación para cada proceso de definición de situación militar, una vez se restablezca el servicio podrá ingresar al portal web <a href="http://www.libretamilitar.mil.co/">www.libretamilitar.mil.co</a>.</p>
<p style="margin-left: 49.65pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>Me permito comunicarle que debe acercarse al comando del distrito militar y solicitar la cita para la liquidación, allí mismo le informaran fecha y hora de asignación.</p>
<p>Lo anterior teniendo en cuenta que en la actualidad el nuevo sistema en línea se encuentra en periodo de verificación de errores y adecuación para cada proceso de definición de situación militar, una vez se restablezca el servicio podrá ingresar al portal web <a href="http://www.libretamilitar.mil.co/">www.libretamilitar.mil.co</a>.</p>
Q hacer si Caprecom con tutela demora 8 días las órdenes y afecta el tratamiento de una enfermedad por falta de drogas.
Q hacer si Caprecom con tutela demora 8 días las órdenes y afecta el tratamiento de una enfermedad por falta de drogas.
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en caso de demora o negación de servicios, procedimientos, medicamentos o incumplimiento de los deberes por parte de las EPS, se debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud.</p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano<br />
En Bogotá: (57-1) 483 7000<br />
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />
<br />
Atención Personalizada</p>
<p>Oficina de Atención al Usuario</p>
<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Bussines Center, Local 10 en Bogotá.<br />
Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>
<p>Página web: <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en caso de demora o negación de servicios, procedimientos, medicamentos o incumplimiento de los deberes por parte de las EPS, se debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud.</p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano<br />
En Bogotá: (57-1) 483 7000<br />
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />
<br />
Atención Personalizada</p>
<p>Oficina de Atención al Usuario</p>
<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Bussines Center, Local 10 en Bogotá.<br />
Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>
<p>Página web: <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
la eps, tiene contratacion con la ips y ellos las citas especializadas, segun notiene agenda y que dejemos los telefono
la eps, tiene contratacion con la ips y ellos las citas especializadas, segun notiene agenda y que dejemos los telefono
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Olga Lucía:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que en caso de demora en la asignación de citas o negación de servicios, procedimientos, medicamentos o incumplimiento de los deberes por parte de las EPS e IPS, se debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud. </p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano<br />
En Bogotá: (57-1) 483 7000<br />
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />
<br />
Atención Personalizada</p>
<p>Oficina de Atención al Usuario</p>
<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Bussines Center, Local 10 en Bogotá<br />
Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>
<p>Página web: <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que en caso de demora en la asignación de citas o negación de servicios, procedimientos, medicamentos o incumplimiento de los deberes por parte de las EPS e IPS, se debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud. </p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano<br />
En Bogotá: (57-1) 483 7000<br />
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />
<br />
Atención Personalizada</p>
<p>Oficina de Atención al Usuario</p>
<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Bussines Center, Local 10 en Bogotá<br />
Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>
<p>Página web: <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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porque es tan demorado asignar una cita médica en salucoop los asesores cuelgan el tel en el call center y no hay agenda
porque es tan demorado asignar una cita médica en salucoop los asesores cuelgan el tel en el call center y no hay agenda
Respuesta
<p>Buenas tardes sra Patricia:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en caso de negación de servicios, procedimientos, medicamentos o incumplimiento de los deberes por parte de la EPS, usted puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud. </p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano:<br />
En Bogotá: (57-1) 483 7000<br />
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />
<br />
Atención Personalizada</p>
<p>Oficina de Atención al Usuario</p>
<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Business Center, Local 10 en Bogotá.</p>
<p>Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>
<p>Página web: <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en caso de negación de servicios, procedimientos, medicamentos o incumplimiento de los deberes por parte de la EPS, usted puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud. </p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano:<br />
En Bogotá: (57-1) 483 7000<br />
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />
<br />
Atención Personalizada</p>
<p>Oficina de Atención al Usuario</p>
<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Business Center, Local 10 en Bogotá.</p>
<p>Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>
<p>Página web: <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Porque no hacer que el ingreso base de cotizacion a la salud sea el minimo para todos los estratos y subir a la pension?
Porque no hacer que el ingreso base de cotizacion a la salud sea el minimo para todos los estratos y subir a la pension?
Respuesta
<p>Buenos días sr. González:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en el Sistema General de Seguridad Social Integral y en observancia del principio de sostenibilidad financiera, el reconocimiento de las prestaciones económicas se efectúa teniendo en cuenta el Ingreso Base de Cotización (IBC) de cada afiliado, esto es, los ingresos percibidos. Esto debido a que en este Sistema los cálculos de provisión para el pago de dichas prestaciones que deben ser reconocidas a los afiliados, se realiza con base en el IBC y no sobre otros valores.</p>
<p>De otra parte, la cotización a salud es independiente de la cotización a pensiones, pero las dos deben efectuarse sobre la misma base, toda vez que con la primera se financia la prestación del Plan Obligatorio de Salud, mientras que con la cotización a pensiones se financia el reconocimiento de las prestaciones en el Sistema General de Pensiones a los afiliados al mismo (pensión de vejez, invalidez y sobreviviente).</p>
<p>Por esta razón no es viable establecer la cotización en salud sobre un salario mínimo para todos los estratos y aspirar a una pensión superior.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en el Sistema General de Seguridad Social Integral y en observancia del principio de sostenibilidad financiera, el reconocimiento de las prestaciones económicas se efectúa teniendo en cuenta el Ingreso Base de Cotización (IBC) de cada afiliado, esto es, los ingresos percibidos. Esto debido a que en este Sistema los cálculos de provisión para el pago de dichas prestaciones que deben ser reconocidas a los afiliados, se realiza con base en el IBC y no sobre otros valores.</p>
<p>De otra parte, la cotización a salud es independiente de la cotización a pensiones, pero las dos deben efectuarse sobre la misma base, toda vez que con la primera se financia la prestación del Plan Obligatorio de Salud, mientras que con la cotización a pensiones se financia el reconocimiento de las prestaciones en el Sistema General de Pensiones a los afiliados al mismo (pensión de vejez, invalidez y sobreviviente).</p>
<p>Por esta razón no es viable establecer la cotización en salud sobre un salario mínimo para todos los estratos y aspirar a una pensión superior.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
si a mis padres le dieron el subsidio hace 8 años. yo ahora que tengo mi esposo y hijos puedo ser beneficiario de este?
si a mis padres le dieron el subsidio hace 8 años. yo ahora que tengo mi esposo y hijos puedo ser beneficiario de este?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que de acuerdo al Decreto 2190 de 2009 en su Artículo 4 Inciso 2 ha establecido como postulantes: “<strong>Las personas que formen parte de hogares beneficiarios del subsidio podrán postular nuevamente a éste cuando en el futuro conformen un nuevo hogar</strong>, siempre y cuando cumplan con las condiciones exigidas para ello, para lo cual se deberá demostrar la conformación de un nuevo hogar diferente al que fuera beneficiario del subsidio y <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior </strong>con la presentación de los siguientes documentos ante la Caja de Compensación, y el diligenciamiento del respectivo formulario establecido para tal efecto .</p>
<p>1. Presentación del formato de conformación de nuevo hogar debidamente diligenciado, en el cual se debe relacionar, los miembros del nuevo hogar conformado, registrando nombres, apellidos y documentos de identidad Anexo 11 pagina 1. Nota: En la presentación del formato de nuevo hogar <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior</strong>.</p>
<p>2. Fotocopia de los documentos de identidad de los miembros mayores y menores de edad que conforman el nuevo hogar.</p>
<p>3. Documento que acredite la disolución de la sociedad conyugal o de la sociedad patrimonial. (Escritura Pública o sentencia judicial).</p>
<p>4. Registro civil de matrimonio o prueba marital de hecho de conformidad con el artículo segundo de la Ley 979 de 2005, como son:</p>
<p>· Escritura Pública ante notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes.</p>
<p>· Acta de conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro legalmente constituido.</p>
<p>· Sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba, consagrados en código del procedimiento civil, con conocimiento de los jueces de familia de primera instancia, según sea el caso.</p>
<p>5. Certificado de libertad y tradición del inmueble en el cual se aplicó el subsidio familiar de vivienda, donde conste que el beneficiario que conforma el nuevo hogar no ostenta la propiedad.</p>
<p>Luego de haber realizado el trámite anteriormente descrito a través de la caja de compensación y si el hogar que usted encabeza desea postularse a un subsidio familiar de vivienda, quedaría libre de hacerlo en las convocatorias que adelante cualquier entidad otorgante del Subsidio Familiar de Vivienda</p>
<p>1. Presentación del formato de conformación de nuevo hogar debidamente diligenciado, en el cual se debe relacionar, los miembros del nuevo hogar conformado, registrando nombres, apellidos y documentos de identidad Anexo 11 pagina 1. Nota: En la presentación del formato de nuevo hogar <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior</strong>.</p>
<p>2. Fotocopia de los documentos de identidad de los miembros mayores y menores de edad que conforman el nuevo hogar.</p>
<p>3. Documento que acredite la disolución de la sociedad conyugal o de la sociedad patrimonial. (Escritura Pública o sentencia judicial).</p>
<p>4. Registro civil de matrimonio o prueba marital de hecho de conformidad con el artículo segundo de la Ley 979 de 2005, como son:</p>
<p>· Escritura Pública ante notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes.</p>
<p>· Acta de conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro legalmente constituido.</p>
<p>· Sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba, consagrados en código del procedimiento civil, con conocimiento de los jueces de familia de primera instancia, según sea el caso.</p>
<p>5. Certificado de libertad y tradición del inmueble en el cual se aplicó el subsidio familiar de vivienda, donde conste que el beneficiario que conforma el nuevo hogar no ostenta la propiedad.</p>
<p>Luego de haber realizado el trámite anteriormente descrito a través de la caja de compensación y si el hogar que usted encabeza desea postularse a un subsidio familiar de vivienda, quedaría libre de hacerlo en las convocatorias que adelante cualquier entidad otorgante del Subsidio Familiar de Vivienda</p>
Si en urgencia se acude a medicina prepagada,es imperativo seguir con ésta a pesar de preferir que manejo siga con EPS?
Si en urgencia se acude a medicina prepagada,es imperativo seguir con ésta a pesar de preferir que manejo siga con EPS?
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Martha Cecilia:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que esto depende de las cláusulas pactadas con la entidad de medicina prepagada con la que usted suscribió el contrato. Es decir, si la atención de urgencias está incluida en el contrato, esta será asumida por dicha empresa. De lo contrario, será pagada por la EPS a la cual se encuentre afiliada.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que esto depende de las cláusulas pactadas con la entidad de medicina prepagada con la que usted suscribió el contrato. Es decir, si la atención de urgencias está incluida en el contrato, esta será asumida por dicha empresa. De lo contrario, será pagada por la EPS a la cual se encuentre afiliada.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Tengo hijos mellizos y no ha sido posible obtener la libreta militar, por que en DIM 51 siempre dicen que hay incorporac
Tengo hijos mellizos y no ha sido posible obtener la libreta militar, por que en DIM 51 siempre dicen que hay incorporac
Respuesta
<p style="margin-left: 49.65pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 49.65pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Al respecto le indico que por orden del Jefe de Reclutamiento y Control Reservas de Ejército Nacional, el horario de atención en los distritos militares es de 08:00 a 16:00 horas jornada continua, por favor acérquese al distrito para definir la situación militar de sus hijos.</p>
<p style="margin-left: 49.65pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Al respecto le indico que por orden del Jefe de Reclutamiento y Control Reservas de Ejército Nacional, el horario de atención en los distritos militares es de 08:00 a 16:00 horas jornada continua, por favor acérquese al distrito para definir la situación militar de sus hijos.</p>
Por que hay que pagar cuota moderadora para cualquier solicitud si se paga mensualmente el POS?
Registrada:
Código:
5442
Por que hay que pagar cuota moderadora para cualquier solicitud si se paga mensualmente el POS?
Registrada:
Código:
5442
Respuesta
<p>Buenos días sr. Mosquera:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el objetivo del cobro de las cuotas moderadoras es regular la utilización y estimular el buen uso del servicio de salud, promoviendo en los afiliados la inscripción en los programas de atención integral desarrollados por las EPS. Es decir, fueron establecidas para evitar la demanda innecesaria de servicios.</p>
<p>Así está contemplado en la Ley 100 de 1993 (http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/LEY%200100%20DE%201993.pdf#search=Ley%2520100) en su artículo 187, y en el Acuerdo 260 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/ACUERDO%20260%20DE%202004.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/ACUERDO%20260%20DE%202004.pdf</a>).</p>
<p>Sin embargo, la cuota moderadora no se paga siempre. Por ejemplo, cuando una persona tiene prescripciones regulares de un programa especial de atención integral para una enfermedad, en el cual debe seguir un plan rutinario de actividades de control, no se le cobran cuotas moderadoras. Es el caso de los pacientes con hipertensión, asma o diabetes, que deben acudir a controles frecuentes.</p>
<p>Tampoco se pagan en los casos de atención de urgencias (a no ser que no sea una verdadera urgencia, a juicio del profesional que atienda el caso).</p>
<p>De igual manera, no se cobran cuotas moderadoras a los afiliados al Régimen Subsidiado en ningún caso, ni a los menores de 18 años con diagnóstico confirmado de cáncer; los niños, niñas y adolescentes del Sisben 1 y 2 con discapacidades certificadas por el médico; todas las mujeres víctimas de violencia física o sexual certificadas por las autoridades competentes y las víctimas del conflicto armado interno, entre otras, tal como está contemplado en la circular 16 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%200016%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%200016%20de%202014.pdf</a>).</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el objetivo del cobro de las cuotas moderadoras es regular la utilización y estimular el buen uso del servicio de salud, promoviendo en los afiliados la inscripción en los programas de atención integral desarrollados por las EPS. Es decir, fueron establecidas para evitar la demanda innecesaria de servicios.</p>
<p>Así está contemplado en la Ley 100 de 1993 (http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/LEY%200100%20DE%201993.pdf#search=Ley%2520100) en su artículo 187, y en el Acuerdo 260 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/ACUERDO%20260%20DE%202004.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/ACUERDO%20260%20DE%202004.pdf</a>).</p>
<p>Sin embargo, la cuota moderadora no se paga siempre. Por ejemplo, cuando una persona tiene prescripciones regulares de un programa especial de atención integral para una enfermedad, en el cual debe seguir un plan rutinario de actividades de control, no se le cobran cuotas moderadoras. Es el caso de los pacientes con hipertensión, asma o diabetes, que deben acudir a controles frecuentes.</p>
<p>Tampoco se pagan en los casos de atención de urgencias (a no ser que no sea una verdadera urgencia, a juicio del profesional que atienda el caso).</p>
<p>De igual manera, no se cobran cuotas moderadoras a los afiliados al Régimen Subsidiado en ningún caso, ni a los menores de 18 años con diagnóstico confirmado de cáncer; los niños, niñas y adolescentes del Sisben 1 y 2 con discapacidades certificadas por el médico; todas las mujeres víctimas de violencia física o sexual certificadas por las autoridades competentes y las víctimas del conflicto armado interno, entre otras, tal como está contemplado en la circular 16 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%200016%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%200016%20de%202014.pdf</a>).</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Que paso con la directriz presidencial de hacerle contrato laboral a los prestadores de servicios? Assbasalud no cumple
Que paso con la directriz presidencial de hacerle contrato laboral a los prestadores de servicios? Assbasalud no cumple
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>La pregunta por Usted manifestada la reglamentó el artículo 63 de la ley 1429 de 2010 y el Decreto 2025 de 2011 en el cual se estableció sanciones pecuniarias de doble vía a Cooperativas, preccooperativas y terceros contratantes que intervengan en la intermediación laboral en modalidad de trabajadores en misión. Tipifica las conductas objeto de sanción, en que incurren las CTA ,y pre-CTA y las instituciones privadas o públicas contratantes. Sanciona al servidor público responsable que contrate con las CTA y pre-CTA, donde se configura la intermediación laboral.</p>
<p> </p>
<p>Por lo anterior usted puede denunciar a la empresa mencionada ante el Ministerio de Trabajo para lo cual debe informar el nombre de la empresa y su ubicación. Esto lo puede hacer a través del sistema PQRSD: Debe ingresar a la página <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a>, luego al link atención a la ciudadanía y posteriormente a PQRD (peticiones, quejas, reclamos y denuncias) o directamente a través del siguiente enlace: <a href="http://pqrd.mintrabajo.gov.co/index.php?/Tickets/Submit">http://pqrd.mintrabajo.gov.co/index.php?/Tickets/Submit</a>, y continuar los pasos que allí se señalan, usted podrá enviarnos su petición, consultando su inquietud en particular y podrá anexar los documentos soporte de su caso si lo considera necesario para una orientación más puntual. Una vez recibida su petición se generara un ID de la misma, por medio de la cual usted podrá hacer el respectivo seguimiento en nuestro sistema de PQRSD y el seguimiento y la respuesta a su petición será enviada al correo electrónico registrado por usted.</p>
<p> </p>
<p>Es de anotar que si la empresa es de carácter público la entidad competente es la Procuraduría General de la Nación.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo. </p>
<p>La pregunta por Usted manifestada la reglamentó el artículo 63 de la ley 1429 de 2010 y el Decreto 2025 de 2011 en el cual se estableció sanciones pecuniarias de doble vía a Cooperativas, preccooperativas y terceros contratantes que intervengan en la intermediación laboral en modalidad de trabajadores en misión. Tipifica las conductas objeto de sanción, en que incurren las CTA ,y pre-CTA y las instituciones privadas o públicas contratantes. Sanciona al servidor público responsable que contrate con las CTA y pre-CTA, donde se configura la intermediación laboral.</p>
<p> </p>
<p>Por lo anterior usted puede denunciar a la empresa mencionada ante el Ministerio de Trabajo para lo cual debe informar el nombre de la empresa y su ubicación. Esto lo puede hacer a través del sistema PQRSD: Debe ingresar a la página <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a>, luego al link atención a la ciudadanía y posteriormente a PQRD (peticiones, quejas, reclamos y denuncias) o directamente a través del siguiente enlace: <a href="http://pqrd.mintrabajo.gov.co/index.php?/Tickets/Submit">http://pqrd.mintrabajo.gov.co/index.php?/Tickets/Submit</a>, y continuar los pasos que allí se señalan, usted podrá enviarnos su petición, consultando su inquietud en particular y podrá anexar los documentos soporte de su caso si lo considera necesario para una orientación más puntual. Una vez recibida su petición se generara un ID de la misma, por medio de la cual usted podrá hacer el respectivo seguimiento en nuestro sistema de PQRSD y el seguimiento y la respuesta a su petición será enviada al correo electrónico registrado por usted.</p>
<p> </p>
<p>Es de anotar que si la empresa es de carácter público la entidad competente es la Procuraduría General de la Nación.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo. </p>
tengo ahorro programado por 2.2000.0000 davivienda me presto 24.600.000 para comrpar casa en villaolimpica
tengo ahorro programado por 2.2000.0000 davivienda me presto 24.600.000 para comrpar casa en villaolimpica
Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 20.8266677856445px; margin: 0px 0px 1.35em; font-size: 15px; font-family: Calibri, sans-serif; color: rgb(68, 68, 68); text-align: justify;"><i style="line-height: 20.8266677856445px;">Cordial saludo.</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 20.8266677856445px; margin: 0px 0px 1.35em; font-size: 15px; font-family: Calibri, sans-serif; color: rgb(68, 68, 68); text-align: justify;"><i style="line-height: 20.8266677856445px;">A su pregunta el FNA le responde que éste es un canal dedicado para responder preguntas relacionadas al modelo para arrendatarios de compra de vivienda sin cuota inicial pero para nosotros responderle todas sus inquietudes es de vital importancia y para ello hemos dispuesto otros medios como es el Asesor Virtual el cual lo ubica en la página <a href="http://www.fna.gov.co/" style="line-height: 20.8266677856445px; font-weight: inherit; color: blue; cursor: pointer;" target="_blank">www.fna.gov.co</a> ubique la opción asesor en línea, dele click a esa opción y encontrara en la parte de abajo 7 casillas donde debe ingresar sus datos personales y con esto podrá preguntar a nuestros asesores virtuales que estarán esperando por usted. Que tenga un buen día.</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 20.8266677856445px; margin: 0px 0px 1.35em; font-size: 15px; font-family: Calibri, sans-serif; color: rgb(68, 68, 68); text-align: justify;"><i style="line-height: 20.8266677856445px;">A su pregunta el FNA le responde que éste es un canal dedicado para responder preguntas relacionadas al modelo para arrendatarios de compra de vivienda sin cuota inicial pero para nosotros responderle todas sus inquietudes es de vital importancia y para ello hemos dispuesto otros medios como es el Asesor Virtual el cual lo ubica en la página <a href="http://www.fna.gov.co/" style="line-height: 20.8266677856445px; font-weight: inherit; color: blue; cursor: pointer;" target="_blank">www.fna.gov.co</a> ubique la opción asesor en línea, dele click a esa opción y encontrara en la parte de abajo 7 casillas donde debe ingresar sus datos personales y con esto podrá preguntar a nuestros asesores virtuales que estarán esperando por usted. Que tenga un buen día.</i></p>
si se esta cumpliendo sobre la rebaja de medicamentos?, porque en puerto boyaca, las citas son demoradas ?
si se esta cumpliendo sobre la rebaja de medicamentos?, porque en puerto boyaca, las citas son demoradas ?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Córdoba:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que en caso de demora en el otorgamiento de citas por parte de las IPS o EPS o de negación de servicios, procedimientos o medicamentos, se debe acudir en primera instancia a la Secretaría de Salud de su municipio o departamento. También puede presentar el reclamo ante la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud. </p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano<br />
En Bogotá: (57-1) 483 7000<br />
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />
</p>
<p>Página web: <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que en caso de demora en el otorgamiento de citas por parte de las IPS o EPS o de negación de servicios, procedimientos o medicamentos, se debe acudir en primera instancia a la Secretaría de Salud de su municipio o departamento. También puede presentar el reclamo ante la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud. </p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano<br />
En Bogotá: (57-1) 483 7000<br />
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />
</p>
<p>Página web: <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
¿Por qué el Decreto Nacional 1164 del 25/06/2014 no beneficia a los jovenes que no estudian como lo anunció el gobierno?
¿Por qué el Decreto Nacional 1164 del 25/06/2014 no beneficia a los jovenes que no estudian como lo anunció el gobierno?
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Decreto 1164 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf</a>) y la circular 044 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf</a>), establecen que para verificar la condición de beneficiarios de los hijos de 18 a 25 años de un cotizante del Régimen Contributivo que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad, las Entidades Promotoras de Salud NO podrán exigirle al interesado la certificación de estudios. Para acreditar tal condición es suficiente la declaración suscrita por los padres.</p>
<p>En consecuencia, si las EPS exigen el certificado de estudios como condición para la afiliación de los beneficiarios, esta irregularidad puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), con el fin de que esta realice las investigaciones y aplique las sanciones a que haya lugar. </p>
<p>Vale la pena aclarar que si estas personas, independientemente de que sean estudiantes, están trabajando con el sector público o privado mediante cualquier modalidad de vinculación, o son trabajadores independientes con capacidad de pago, deben estar afiliadas al Régimen Contributivo en calidad de cotizantes. Esto será verificado por las EPS y por las entidades de inspección, vigilancia y control.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Decreto 1164 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf</a>) y la circular 044 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf</a>), establecen que para verificar la condición de beneficiarios de los hijos de 18 a 25 años de un cotizante del Régimen Contributivo que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad, las Entidades Promotoras de Salud NO podrán exigirle al interesado la certificación de estudios. Para acreditar tal condición es suficiente la declaración suscrita por los padres.</p>
<p>En consecuencia, si las EPS exigen el certificado de estudios como condición para la afiliación de los beneficiarios, esta irregularidad puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), con el fin de que esta realice las investigaciones y aplique las sanciones a que haya lugar. </p>
<p>Vale la pena aclarar que si estas personas, independientemente de que sean estudiantes, están trabajando con el sector público o privado mediante cualquier modalidad de vinculación, o son trabajadores independientes con capacidad de pago, deben estar afiliadas al Régimen Contributivo en calidad de cotizantes. Esto será verificado por las EPS y por las entidades de inspección, vigilancia y control.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Como esta el gobierno dando a conocer las nuevas leyes y derechos a los ciudadanos en temas de salud?
Como esta el gobierno dando a conocer las nuevas leyes y derechos a los ciudadanos en temas de salud?
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. María:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Ministerio de Salud y Protección Social publica la normatividad en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Norm_acuerdos.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Norm_acuerdos.aspx</a>. En <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> se divulgan boletines de prensa sobre normativa relevante para la ciudadanía, los cuales también se ponen a disposición de medios de comunicación. En la página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, en el enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/Lists/FAQ/Tematica.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Lists/FAQ/Tematica.aspx</a>, los ciudadanos pueden consultar las preguntas más frecuentes sobre los temas que maneja esta entidad y en el enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/CAS/Paginas/deberes-derechos-salud.aspx">http://www.minsalud.gov.co/salud/CAS/Paginas/deberes-derechos-salud.aspx</a> se encuentra la Carta de Derechos y Deberes de los pacientes en el Sistema de Seguridad Social en Salud.</p>
<p>Adicionalmente, se realizan ruedas de prensa para informar sobre nueva normatividad de interés general y se realizan socializaciones entre los actores directamente implicados con la normatividad. También se realizan campañas de comunicación masiva en radio y televisión sobre derechos de las personas y sobre promoción y prevención en salud (como los comerciales sobre vacunación, prevención del Dengue y otras enfermedades). Por redes sociales (twitter, Facebook y Youtube) se hacen publicaciones sobre la normatividad existente y sobre derechos y deberes de los ciudadanos, y en las Ferias de Servicio al Ciudadano que se realizan todos los años en distintas ciudades se orienta a las personas sobre los programas del Ministerio y sobre sus derechos y deberes en el Sistema de Seguridad Social.</p>
<p>De otra parte, le informamos que las Entidades Promotoras de Salud tienen el deber de informar a sus usuarios cuáles son los derechos y deberes en atención en salud. Por lo tanto, si su EPS no lo hecho, puede solicitárselo a través de los canales de comunicación establecidos por la misma.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Ministerio de Salud y Protección Social publica la normatividad en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Norm_acuerdos.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Norm_acuerdos.aspx</a>. En <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> se divulgan boletines de prensa sobre normativa relevante para la ciudadanía, los cuales también se ponen a disposición de medios de comunicación. En la página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, en el enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/Lists/FAQ/Tematica.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Lists/FAQ/Tematica.aspx</a>, los ciudadanos pueden consultar las preguntas más frecuentes sobre los temas que maneja esta entidad y en el enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/CAS/Paginas/deberes-derechos-salud.aspx">http://www.minsalud.gov.co/salud/CAS/Paginas/deberes-derechos-salud.aspx</a> se encuentra la Carta de Derechos y Deberes de los pacientes en el Sistema de Seguridad Social en Salud.</p>
<p>Adicionalmente, se realizan ruedas de prensa para informar sobre nueva normatividad de interés general y se realizan socializaciones entre los actores directamente implicados con la normatividad. También se realizan campañas de comunicación masiva en radio y televisión sobre derechos de las personas y sobre promoción y prevención en salud (como los comerciales sobre vacunación, prevención del Dengue y otras enfermedades). Por redes sociales (twitter, Facebook y Youtube) se hacen publicaciones sobre la normatividad existente y sobre derechos y deberes de los ciudadanos, y en las Ferias de Servicio al Ciudadano que se realizan todos los años en distintas ciudades se orienta a las personas sobre los programas del Ministerio y sobre sus derechos y deberes en el Sistema de Seguridad Social.</p>
<p>De otra parte, le informamos que las Entidades Promotoras de Salud tienen el deber de informar a sus usuarios cuáles son los derechos y deberes en atención en salud. Por lo tanto, si su EPS no lo hecho, puede solicitárselo a través de los canales de comunicación establecidos por la misma.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
como se va resolver la situación de los usuarios de Saludcoop, citas para exámenes y especialistas a dos meses y mas inj
como se va resolver la situación de los usuarios de Saludcoop, citas para exámenes y especialistas a dos meses y mas inj
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Yamile:</p>
<p>En atención a su pregunta, atentamente le informo que esta fue enviada a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la intevención a Saludcoop, con el fin de que le den la respuesta correspondiente.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En atención a su pregunta, atentamente le informo que esta fue enviada a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la intevención a Saludcoop, con el fin de que le den la respuesta correspondiente.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Porque el gobierno no tiene un sistema único nacional de información de usuario del servicio de salud?
¿Porque el gobierno no tiene un sistema único nacional de información de usuario del servicio de salud?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Acosta:</p>
<p>En respuesta a su preguntas, atentamente le informamos que el Ministerio de Salud y Protección Social cuenta a través del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA), con la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA), que contiene la información reportada sobre afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Esta es administrada por el Consorcio SAYP y tiene dispuesta una consulta pública en la página web <a href="http://www.fosyga.gov.co">www.fosyga.gov.co</a>, en la cual utilizando la opción Menú Afiliación, Afiliados BDUA y digitando el número de identificación, puede encontrar esta información:</p>
<p align="center"><em>INFORMACIÓN ACTUAL DEL AFILIADO</em></p>
<table align="center" border="1" cellpadding="0" cellspacing="1" width="89%">
<tbody>
<tr>
<td>
<p> Tipo de Identificación</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Número de identificación</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Nombres</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Apellidos</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Fecha de Nacimiento</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Departamento</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Municipio</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<div>
</div>
<p align="center"><em>DATOS DE AFILIACIÓN</em></p>
<table align="left" border="1" cellpadding="0" cellspacing="1" width="91%">
<tbody>
<tr>
<td>
<p align="center"><strong>ESTADO</strong></p>
</td>
<td>
<p align="center"><strong>ENTIDAD</strong></p>
</td>
<td>
<p align="center"><strong>REGIMEN</strong></p>
</td>
<td>
<p align="center"><strong>FECHA AFILIACION </strong></p>
</td>
<td>
<p align="center"><strong>TIPO AFILIADO</strong></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p> </p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su preguntas, atentamente le informamos que el Ministerio de Salud y Protección Social cuenta a través del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA), con la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA), que contiene la información reportada sobre afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Esta es administrada por el Consorcio SAYP y tiene dispuesta una consulta pública en la página web <a href="http://www.fosyga.gov.co">www.fosyga.gov.co</a>, en la cual utilizando la opción Menú Afiliación, Afiliados BDUA y digitando el número de identificación, puede encontrar esta información:</p>
<p align="center"><em>INFORMACIÓN ACTUAL DEL AFILIADO</em></p>
<table align="center" border="1" cellpadding="0" cellspacing="1" width="89%">
<tbody>
<tr>
<td>
<p> Tipo de Identificación</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Número de identificación</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Nombres</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Apellidos</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Fecha de Nacimiento</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Departamento</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>Municipio</p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<div>
</div>
<p align="center"><em>DATOS DE AFILIACIÓN</em></p>
<table align="left" border="1" cellpadding="0" cellspacing="1" width="91%">
<tbody>
<tr>
<td>
<p align="center"><strong>ESTADO</strong></p>
</td>
<td>
<p align="center"><strong>ENTIDAD</strong></p>
</td>
<td>
<p align="center"><strong>REGIMEN</strong></p>
</td>
<td>
<p align="center"><strong>FECHA AFILIACION </strong></p>
</td>
<td>
<p align="center"><strong>TIPO AFILIADO</strong></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p> </p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
<td>
<p> </p>
</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
Es legal que la entidad financiera ofrezca una tasa de crédito hipotecario y ésta se incremente por acceder a la FRECH?
Es legal que la entidad financiera ofrezca una tasa de crédito hipotecario y ésta se incremente por acceder a la FRECH?
Respuesta
<p>Las tasas de interés para las diferentes modalidades de crédito se fijan de acuerdo con las condiciones de mercado y teniendo en consideración el perfil de riesgo de cada cliente. En el caso de los créditos de vivienda, los bancos pueden fijar sus tasas libremente, sin que estas excedan la tasa máxima remuneratoria calculada por el Banco de la República. Por otra parte, el beneficio de cobertura de tasa de interés, que se ha ofrecido a través de los programas FRECH, contribuye a disminuir los costos de financiamiento del crédito. En este sentido, la tasa de interés final para el cliente resulta menor a la que tendría que pagar si no tuviese el beneficio ofrecido por el programa. </p>
¿Cuándo van a incluir la homeopatía, demás medicinas alternativas a Sisben y EPS? Remedios con químicos son dañosos.
¿Cuándo van a incluir la homeopatía, demás medicinas alternativas a Sisben y EPS? Remedios con químicos son dañosos.
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Luz:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el artículo 31 de la resolución 5521 de 2013 (http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resolución%205521%20de%202013.PDF), mediante la cual se define, aclara y actualiza el Plan Obligatorio de Salud, señala sobre MEDICINA Y TERAPIAS ALTERNATIVAS Y COMPLEMENTARIAS, que las EPS podrán incluir la utilización de medicinas y terapias alternativas y complementarias por parte de los prestadores que hagan parte de su red de servicios, siempre y cuando éstas se encuentren autorizadas y reglamentadas debidamente para su ejercicio de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente sobre la materia. Por lo anterior, se encuentran incluidas en el POS siempre y cuando el prestador cumpla la normatividad que existe para su ejercicio profesional.</p>
<p>En lo correspondiente a tecnologías en salud que no se encuentren descritas explícitamente en los listados de anexos del POS, (Medicamentos, procedimientos y Laboratorio Clínico) el artículo 132 de esta resolución señala sobre el RECONOCIMIENTO DE TECNOLOGÍAS NO INCLUIDAS EN EL POS, que en el evento en que se prescriban tecnologías en salud, tratamientos, o servicios que sean alternativas a las cubiertas en el POS, cuyo costo por evento o per cápita sea menor o igual al costo por evento o per cápita de lo incluido en el POS, dichas tecnologías, tratamientos o servicios serán suministrados con cargo a la Unidad de Pago por Capitación, siempre y cuando cumplan con los estándares de calidad y habilitación vigentes y se encuentren, de ser el caso, debidamente certificadas por el INVIMA o la respectiva autoridad competente.</p>
<p>Por último, en lo correspondiente a dispositivos médicos, el artículo 58 señala que en desarrollo del principio de integralidad establecido en el numeral 1 del artículo 3 de la resolución 5521 de 2013, las EPS deben garantizar los insumos, suministros y materiales, incluyendo el material de sutura, osteosíntesis y de curación, y en general, los dispositivos médicos o quirúrgicos, sin excepción, necesarios e insustituibles para la realización o utilización de las tecnologías en salud cubiertas en el Plan Obligatorio de Salud, en el campo de la atención de urgencias, atención ambulatoria o atención con internación, salvo que exista excepción expresa para ellas en dicha norma.</p>
<p>Agradecemos su particicipacion.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el artículo 31 de la resolución 5521 de 2013 (http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resolución%205521%20de%202013.PDF), mediante la cual se define, aclara y actualiza el Plan Obligatorio de Salud, señala sobre MEDICINA Y TERAPIAS ALTERNATIVAS Y COMPLEMENTARIAS, que las EPS podrán incluir la utilización de medicinas y terapias alternativas y complementarias por parte de los prestadores que hagan parte de su red de servicios, siempre y cuando éstas se encuentren autorizadas y reglamentadas debidamente para su ejercicio de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente sobre la materia. Por lo anterior, se encuentran incluidas en el POS siempre y cuando el prestador cumpla la normatividad que existe para su ejercicio profesional.</p>
<p>En lo correspondiente a tecnologías en salud que no se encuentren descritas explícitamente en los listados de anexos del POS, (Medicamentos, procedimientos y Laboratorio Clínico) el artículo 132 de esta resolución señala sobre el RECONOCIMIENTO DE TECNOLOGÍAS NO INCLUIDAS EN EL POS, que en el evento en que se prescriban tecnologías en salud, tratamientos, o servicios que sean alternativas a las cubiertas en el POS, cuyo costo por evento o per cápita sea menor o igual al costo por evento o per cápita de lo incluido en el POS, dichas tecnologías, tratamientos o servicios serán suministrados con cargo a la Unidad de Pago por Capitación, siempre y cuando cumplan con los estándares de calidad y habilitación vigentes y se encuentren, de ser el caso, debidamente certificadas por el INVIMA o la respectiva autoridad competente.</p>
<p>Por último, en lo correspondiente a dispositivos médicos, el artículo 58 señala que en desarrollo del principio de integralidad establecido en el numeral 1 del artículo 3 de la resolución 5521 de 2013, las EPS deben garantizar los insumos, suministros y materiales, incluyendo el material de sutura, osteosíntesis y de curación, y en general, los dispositivos médicos o quirúrgicos, sin excepción, necesarios e insustituibles para la realización o utilización de las tecnologías en salud cubiertas en el Plan Obligatorio de Salud, en el campo de la atención de urgencias, atención ambulatoria o atención con internación, salvo que exista excepción expresa para ellas en dicha norma.</p>
<p>Agradecemos su particicipacion.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
no cree que esto es obligar a las victimas a perdonar? que triste debe ser ver los asesinos de tu padre x TV en politica
no cree que esto es obligar a las victimas a perdonar? que triste debe ser ver los asesinos de tu padre x TV en politica
Respuesta
<p>Respetado señor:</p>
<p>ÁLVARO DÍAZ</p>
<p>Bogotá D.C.</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo:</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, le informamos que el perdón constituye una decisión individual de cada víctima y cada ciudadano frente a la cual el Estado no puede tomar ninguna decisión. Sin embargo, detrás de esta pregunta parece haber referencias a cuál va a ser el tratamiento penal de quienes dejen las armas y cómo va a funcionar su participación en política.</p>
<p>En cuanto a lo primero, la declaración de principios para abordar el punto 5 contempla un compromiso claro del Gobierno y de las FARC de contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas (incluyendo el derecho a la justicia), y hace especial énfasis en la importancia del reconocimiento de responsabilidad como puerta de entrada de esta discusión. Cuál va a ser el tratamiento penal de los miembros de la guerrilla dependerá en últimas de lo que ellos estén dispuestos a hacer en materia de satisfacción de los derechos de sus víctimas. Entre más se comprometan con el esclarecimiento pleno de la verdad, la reparación, el reconocimiento de responsabilidad y la no repetición, más opciones se abrirán en materia de tratamiento penal especial. El Marco Jurídico para la Paz ya abre unas alternativas jurídicas, pero eso todo está condicionado al fin del conflicto y al compromiso con las víctimas. </p>
<p>En cuanto a lo segundo es importante señalar que el centro de este proceso de conversaciones es lograr que las FARC, y eventualmente el ELN, se transformen en movimientos políticos. Sin embargo, quién podrá participar y quién no podrá hacerlo dependerá de las leyes estatutarias que desarrollen el Marco Jurídico para la Paz. El espacio que finalmente puedan tener las guerrillas en el escenario político dependerá de sus propios gestos, y en particular, de la decisión definitiva de dejar las armas y de contribuir a la satisfacción efectiva de los derechos de las víctimas.</p>
<p>Agradecemos su participación y los invitamos a utilizar nuestros siguientes canales para la recepción de peticiones, sugerencias, quejas o reclamos de competencia de la Presidencia de la República: página web <a href="http://www.presidencia.gov.co/">www.presidencia.gov.co</a> parte inferior “Servicios a la Ciudadanía” Links: Escríbale al Presidente o PSQR, igualmente a través de la línea nacional gratuita 01 8000 913666 o en la Calle 7 No. 6-54.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p><strong>Presidencia de la República</strong></p>
<p>ÁLVARO DÍAZ</p>
<p>Bogotá D.C.</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo:</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, le informamos que el perdón constituye una decisión individual de cada víctima y cada ciudadano frente a la cual el Estado no puede tomar ninguna decisión. Sin embargo, detrás de esta pregunta parece haber referencias a cuál va a ser el tratamiento penal de quienes dejen las armas y cómo va a funcionar su participación en política.</p>
<p>En cuanto a lo primero, la declaración de principios para abordar el punto 5 contempla un compromiso claro del Gobierno y de las FARC de contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas (incluyendo el derecho a la justicia), y hace especial énfasis en la importancia del reconocimiento de responsabilidad como puerta de entrada de esta discusión. Cuál va a ser el tratamiento penal de los miembros de la guerrilla dependerá en últimas de lo que ellos estén dispuestos a hacer en materia de satisfacción de los derechos de sus víctimas. Entre más se comprometan con el esclarecimiento pleno de la verdad, la reparación, el reconocimiento de responsabilidad y la no repetición, más opciones se abrirán en materia de tratamiento penal especial. El Marco Jurídico para la Paz ya abre unas alternativas jurídicas, pero eso todo está condicionado al fin del conflicto y al compromiso con las víctimas. </p>
<p>En cuanto a lo segundo es importante señalar que el centro de este proceso de conversaciones es lograr que las FARC, y eventualmente el ELN, se transformen en movimientos políticos. Sin embargo, quién podrá participar y quién no podrá hacerlo dependerá de las leyes estatutarias que desarrollen el Marco Jurídico para la Paz. El espacio que finalmente puedan tener las guerrillas en el escenario político dependerá de sus propios gestos, y en particular, de la decisión definitiva de dejar las armas y de contribuir a la satisfacción efectiva de los derechos de las víctimas.</p>
<p>Agradecemos su participación y los invitamos a utilizar nuestros siguientes canales para la recepción de peticiones, sugerencias, quejas o reclamos de competencia de la Presidencia de la República: página web <a href="http://www.presidencia.gov.co/">www.presidencia.gov.co</a> parte inferior “Servicios a la Ciudadanía” Links: Escríbale al Presidente o PSQR, igualmente a través de la línea nacional gratuita 01 8000 913666 o en la Calle 7 No. 6-54.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p><strong>Presidencia de la República</strong></p>
que tipos de beneficios da el gobierno al instalar sistemas de energia renovable en viviendas?
Registrada:
Código:
4864
que tipos de beneficios da el gobierno al instalar sistemas de energia renovable en viviendas?
Registrada:
Código:
4864
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le podemos informar que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a desarrollado los planes de acción sectorial y en cuanto al tema de desarrollo territorial y vivienda ha diseñado unas estrategias las cuales entre otras son:</p>
<p>-Estructurar e implementar intervenciones integrales de movilidad y desarrollo urbano que se articulen con el ordenamiento territorial, apoyando y promocionando soluciones de transporte público masivo y no motorizado, sostenibles en términos operacionales, ambientales y financieros, articulados con medidas de administración de la demanda y uso del suelo.</p>
<p>-Incorporar parámetros de sostenibilidad ambiental, urbana y de gestión del riesgo en el desarrollo de Ciudades, mediante el desarrollo de programas de renovación urbana, Mejoramiento Integral de Barrios, Espacio público, temas de movilidad eficiente y manejo adecuado de residuos, así como en la producción Insumos, la prestación de los servicios públicos domiciliarios, y en la construcción de las edificaciones.</p>
<p>-Fortalecimiento de la oferta y demanda de vivienda: Desarrollar instrumentos para el diseño, construcción y financiación de viviendas y edificaciones ambientalmente sostenibles.</p>
<p>-Implementar el plan de acción 2010‐2015 del Programa de Uso Racional y Eficiente de Energía - sector residencial (PROURE).</p>
<div>
Implementar el plan de acción 2010‐2015 del Programa de Uso Racional y Eficiente de Energía - sector residencial (PROURE)</div>
<div>
22.</div>
<div>
-Promover la eficiencia energética y las energías renovables en las viviendas.</div>
<div>
-Cambio en los patrones insostenibles de producción y consumo</div>
<p>-Estructurar e implementar intervenciones integrales de movilidad y desarrollo urbano que se articulen con el ordenamiento territorial, apoyando y promocionando soluciones de transporte público masivo y no motorizado, sostenibles en términos operacionales, ambientales y financieros, articulados con medidas de administración de la demanda y uso del suelo.</p>
<p>-Incorporar parámetros de sostenibilidad ambiental, urbana y de gestión del riesgo en el desarrollo de Ciudades, mediante el desarrollo de programas de renovación urbana, Mejoramiento Integral de Barrios, Espacio público, temas de movilidad eficiente y manejo adecuado de residuos, así como en la producción Insumos, la prestación de los servicios públicos domiciliarios, y en la construcción de las edificaciones.</p>
<p>-Fortalecimiento de la oferta y demanda de vivienda: Desarrollar instrumentos para el diseño, construcción y financiación de viviendas y edificaciones ambientalmente sostenibles.</p>
<p>-Implementar el plan de acción 2010‐2015 del Programa de Uso Racional y Eficiente de Energía - sector residencial (PROURE).</p>
<div>
Implementar el plan de acción 2010‐2015 del Programa de Uso Racional y Eficiente de Energía - sector residencial (PROURE)</div>
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22.</div>
<div>
-Promover la eficiencia energética y las energías renovables en las viviendas.</div>
<div>
-Cambio en los patrones insostenibles de producción y consumo</div>
Muchos paises otorgan visas y ofrecen programas economicos para estudiantes, excepto para Colombianos. Esto cambiará?
Muchos paises otorgan visas y ofrecen programas economicos para estudiantes, excepto para Colombianos. Esto cambiará?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>
<p> </p>
<p>El Gobierno Nacional seguirá trabajando para fortalecer los acuerdos bilaterales con respecto a los objetivos de educación. En la agenda se incluirá el tema de formación para el Bilinguismo, ya que es una de los cinco pilares de la política educativa entre 2014 y 2018.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que para las oportunidades de movilidad internacional cada país tiene unos requerimientos de visado particulares que este es otro frente en el que el gobierno busca fortalecer los acuerdos de cooperación.</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Proyecto de Fortalecimiento al Desarrollo de Competencias en Lenguas Extranjeras</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional </p>
<p> </p>
<p>El Gobierno Nacional seguirá trabajando para fortalecer los acuerdos bilaterales con respecto a los objetivos de educación. En la agenda se incluirá el tema de formación para el Bilinguismo, ya que es una de los cinco pilares de la política educativa entre 2014 y 2018.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que para las oportunidades de movilidad internacional cada país tiene unos requerimientos de visado particulares que este es otro frente en el que el gobierno busca fortalecer los acuerdos de cooperación.</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Proyecto de Fortalecimiento al Desarrollo de Competencias en Lenguas Extranjeras</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional </p>
Señor Presidente solicitamos investigar Mariana Garces Mincultura, desvío de dineros conflicto intereses.
Señor Presidente solicitamos investigar Mariana Garces Mincultura, desvío de dineros conflicto intereses.
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Ruth</p>
<p class="rtejustify">Actualmente en Colombia se encuentran diferentes organismos de control, inspección y vigilancia que velan por el cumplimiento de los derechos constitucionales.</p>
<p class="rtejustify">Para ello encontramos las siguientes entidades de control:</p>
<p class="rtejustify"><strong>- Fiscalía General de la Nación</strong>: La Fiscalía General de la Nación ejerce la acción penal y elabora y ejecuta la política criminal del Estado; garantiza la tutela judicial efectiva de los derechos de los intervinientes en el proceso penal; genera confianza y seguridad jurídica en la sociedad mediante la búsqueda de la verdad, la justicia y la reparación. Para mayor información podrás ingresar en: <a href="http://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/noticias-seccionales/">http://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/noticias-seccionales/</a> </p>
<p class="rtejustify"><strong>- Contraloría General de la República</strong>: La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas. Para mayor información podrás ingresar en <a href="http://www.contraloriagen.gov.co/web/guest/denuncias">http://www.contraloriagen.gov.co/web/guest/denuncias</a></p>
<p class="rtejustify"><strong>- Procuraduría General de la Nación</strong>: Ejerce el control disciplinario del servidor público, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público. Para mayor información podrás ingresar en: <a href="http://www.procuraduria.gov.co/servicios_atencionalciu_quejas.asp">http://www.procuraduria.gov.co/servicios_atencionalciu_quejas.asp</a></p>
<p class="rtejustify">Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Actualmente en Colombia se encuentran diferentes organismos de control, inspección y vigilancia que velan por el cumplimiento de los derechos constitucionales.</p>
<p class="rtejustify">Para ello encontramos las siguientes entidades de control:</p>
<p class="rtejustify"><strong>- Fiscalía General de la Nación</strong>: La Fiscalía General de la Nación ejerce la acción penal y elabora y ejecuta la política criminal del Estado; garantiza la tutela judicial efectiva de los derechos de los intervinientes en el proceso penal; genera confianza y seguridad jurídica en la sociedad mediante la búsqueda de la verdad, la justicia y la reparación. Para mayor información podrás ingresar en: <a href="http://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/noticias-seccionales/">http://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/noticias-seccionales/</a> </p>
<p class="rtejustify"><strong>- Contraloría General de la República</strong>: La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas. Para mayor información podrás ingresar en <a href="http://www.contraloriagen.gov.co/web/guest/denuncias">http://www.contraloriagen.gov.co/web/guest/denuncias</a></p>
<p class="rtejustify"><strong>- Procuraduría General de la Nación</strong>: Ejerce el control disciplinario del servidor público, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público. Para mayor información podrás ingresar en: <a href="http://www.procuraduria.gov.co/servicios_atencionalciu_quejas.asp">http://www.procuraduria.gov.co/servicios_atencionalciu_quejas.asp</a></p>
<p class="rtejustify">Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
que recurso brinda el gobierno para los perros callejeros en cada municipio y como es el manejo de estos?
que recurso brinda el gobierno para los perros callejeros en cada municipio y como es el manejo de estos?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días Nicolas</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte, el manejo y administración de recursos y políticas de salubridad pública son planteados y ejecutados por cada Departamento o Municipio del país. En este caso, por ejemplo en la ciudad de Bogotá D.C., actualmente se encuentra la Secretaría Distrital de Salud, entidad rectora de salud en Bogotá, responsable de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la salud de toda la población, a través de la implementación de un modelo de atención integral, equitativa, universal, participativa, centrada en el ser humano, la responsabilidad social y la sostenibilidad ambiental. Es necesario mencionar que la referida Secretaria posee dentro de su institución el programa de recolección canina selectiva y humanitaria en vía pública, donde son definidos políticas y planteamientos de salubridad pública y que guardan relación con el manejo adecuado de esta situación</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta lo anterior, es necesario verificar los programas dispuestos en cada Departamento o Municipio y de esta forma determinar cuál es el plan estratégico para el manejo de esta situación particular.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal </p>
<p> </p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte, el manejo y administración de recursos y políticas de salubridad pública son planteados y ejecutados por cada Departamento o Municipio del país. En este caso, por ejemplo en la ciudad de Bogotá D.C., actualmente se encuentra la Secretaría Distrital de Salud, entidad rectora de salud en Bogotá, responsable de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la salud de toda la población, a través de la implementación de un modelo de atención integral, equitativa, universal, participativa, centrada en el ser humano, la responsabilidad social y la sostenibilidad ambiental. Es necesario mencionar que la referida Secretaria posee dentro de su institución el programa de recolección canina selectiva y humanitaria en vía pública, donde son definidos políticas y planteamientos de salubridad pública y que guardan relación con el manejo adecuado de esta situación</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta lo anterior, es necesario verificar los programas dispuestos en cada Departamento o Municipio y de esta forma determinar cuál es el plan estratégico para el manejo de esta situación particular.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal </p>
<p> </p>
Quiero estructurar un Mod. Educativo diferente, ¿Q debo hacer como primer paso, ya q no cuento con respaldo económico?
Quiero estructurar un Mod. Educativo diferente, ¿Q debo hacer como primer paso, ya q no cuento con respaldo económico?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>
<p> </p>
<p>Los Modelos Educativos Flexibles tienen el propósito de ofrecer caminos alternativos para que comunidades diversas y vulnerables puedan acceder a la educación formal. Su valor social radica en su capacidad de adaptación a las características de sus destinatarios de forma pertinente.</p>
<p> </p>
<p>En el diseño de un MEF se debe contemplar y desarrollar de manera clara y precisa, al menos, los siguientes componentes: 1. Descripción del problema a resolver con su implementación. 2. Definición de los objetivos, señalando los propósitos de formación que lo guían. 3. Delimitación de la población a beneficiar, precisando sus necesidades. 4. Presentación del enfoque conceptual, marco teórico o marco de referencia, incluidos los planteamientos y perspectivas pedagógicas, didácticas y de aprendizaje que dan soporte al modelo. 5. Desarrollo de lo concerniente a currículo, plan de estudios, malla curricular, metodología (didáctica) para el proceso enseñanza-aprendizaje, organización y secuenciación de contenidos, evaluación y promoción de los estudiantes, articulación del MEF con el Proyecto Educativo Institucional, entre otros. 6. Descripción de los materiales a emplear en la implementación del modelo: guías para estudiantes, manuales para docentes, biblioteca, laboratorios, apoyo psicosocial, muebles, equipos, y demás elementos a emplear en el proceso enseñanza aprendizaje, según se requiera. 7. Descripción de perfiles de formación académica y de experiencia, al igual que a la definición de funciones a realizar por cada una de las personas que participan en la implementación del MEF, en especial del docente o el tutor. 8. Descripción del proceso necesario para articular el MEF al PEI de la institución educativa que lo implementará.</p>
<p> </p>
<p>Finalmente, se precisa que el MEF debe estar alineado con las políticas y normatividad vigente, además de guardar coherencia con los referentes nacionales de calidad educativa, como los Estándares y las Orientaciones Pedagógicas de las áreas del conocimiento.</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Dirección de Calidad de Preescolar, Básica y Media</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
<p> </p>
<p>Los Modelos Educativos Flexibles tienen el propósito de ofrecer caminos alternativos para que comunidades diversas y vulnerables puedan acceder a la educación formal. Su valor social radica en su capacidad de adaptación a las características de sus destinatarios de forma pertinente.</p>
<p> </p>
<p>En el diseño de un MEF se debe contemplar y desarrollar de manera clara y precisa, al menos, los siguientes componentes: 1. Descripción del problema a resolver con su implementación. 2. Definición de los objetivos, señalando los propósitos de formación que lo guían. 3. Delimitación de la población a beneficiar, precisando sus necesidades. 4. Presentación del enfoque conceptual, marco teórico o marco de referencia, incluidos los planteamientos y perspectivas pedagógicas, didácticas y de aprendizaje que dan soporte al modelo. 5. Desarrollo de lo concerniente a currículo, plan de estudios, malla curricular, metodología (didáctica) para el proceso enseñanza-aprendizaje, organización y secuenciación de contenidos, evaluación y promoción de los estudiantes, articulación del MEF con el Proyecto Educativo Institucional, entre otros. 6. Descripción de los materiales a emplear en la implementación del modelo: guías para estudiantes, manuales para docentes, biblioteca, laboratorios, apoyo psicosocial, muebles, equipos, y demás elementos a emplear en el proceso enseñanza aprendizaje, según se requiera. 7. Descripción de perfiles de formación académica y de experiencia, al igual que a la definición de funciones a realizar por cada una de las personas que participan en la implementación del MEF, en especial del docente o el tutor. 8. Descripción del proceso necesario para articular el MEF al PEI de la institución educativa que lo implementará.</p>
<p> </p>
<p>Finalmente, se precisa que el MEF debe estar alineado con las políticas y normatividad vigente, además de guardar coherencia con los referentes nacionales de calidad educativa, como los Estándares y las Orientaciones Pedagógicas de las áreas del conocimiento.</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Dirección de Calidad de Preescolar, Básica y Media</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
Respuesta
<div class="rtejustify">
Cordial saludo.</div>
<div class="rtejustify">
</div>
<div class="rtejustify">
A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</div>
<div>
</div>
Cordial saludo.</div>
<div class="rtejustify">
</div>
<div class="rtejustify">
A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</div>
<div>
</div>
el decreto1164 de 2014, es diferente a lo que el presidente dijo públicamente, ilusiono a mucha gente, todo un engaño.
el decreto1164 de 2014, es diferente a lo que el presidente dijo públicamente, ilusiono a mucha gente, todo un engaño.
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su comentario, atentamente le informamos que el Decreto 1164 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf</a>) y la circular 044 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf</a>), establecen que para verificar la condición de beneficiarios de los hijos de 18 a 25 años de un cotizante del Régimen Contributivo que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad, las Entidades Promotoras de Salud NO podrán exigirle al interesado la certificación de estudios. Para acreditar tal condición es suficiente la declaración suscrita por los padres.</p>
<p>En consecuencia, si las EPS exigen el certificado de estudios como condición para la afiliación de los beneficiarios, esta irregularidad puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), con el fin de que esta realice las investigaciones y aplique las sanciones a que haya lugar. </p>
<p>Vale la pena aclarar que si estas personas, independientemente de que sean estudiantes, están trabajando con el sector público o privado mediante cualquier modalidad de vinculación, o son trabajadores independientes con capacidad de pago, deben estar afiliadas al Régimen Contributivo como cotizantes. Esto será verificado por las EPS y por las entidades de inspección, vigilancia y control.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su comentario, atentamente le informamos que el Decreto 1164 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf</a>) y la circular 044 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf</a>), establecen que para verificar la condición de beneficiarios de los hijos de 18 a 25 años de un cotizante del Régimen Contributivo que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad, las Entidades Promotoras de Salud NO podrán exigirle al interesado la certificación de estudios. Para acreditar tal condición es suficiente la declaración suscrita por los padres.</p>
<p>En consecuencia, si las EPS exigen el certificado de estudios como condición para la afiliación de los beneficiarios, esta irregularidad puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), con el fin de que esta realice las investigaciones y aplique las sanciones a que haya lugar. </p>
<p>Vale la pena aclarar que si estas personas, independientemente de que sean estudiantes, están trabajando con el sector público o privado mediante cualquier modalidad de vinculación, o son trabajadores independientes con capacidad de pago, deben estar afiliadas al Régimen Contributivo como cotizantes. Esto será verificado por las EPS y por las entidades de inspección, vigilancia y control.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Han considerado autorizar el uso de lluvia artificial en zonas complicadas. Es solo yoduro de plata y hielo seco
Han considerado autorizar el uso de lluvia artificial en zonas complicadas. Es solo yoduro de plata y hielo seco
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Juan</p>
<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu propuesta e intervención, tu opinión es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir país. En este caso tu propuesta será enviada a la entidad correspondiente y posteriormente estudiada por el Gobierno Nacional.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu propuesta e intervención, tu opinión es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir país. En este caso tu propuesta será enviada a la entidad correspondiente y posteriormente estudiada por el Gobierno Nacional.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
¿Porqué tanto presupuesto a invertir para tan poca agua? No hay proporción. Les doy más agua x menos inversión
¿Porqué tanto presupuesto a invertir para tan poca agua? No hay proporción. Les doy más agua x menos inversión
Respuesta
<p>Buen día, al respecto nos permitimos informarle que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a traves del Ministerio de Agua y Saneamiento Básico liudera los planes Departamentales de Agua "Programa Agua para la Prosperidad", estos son un conjunto de estrategias de planeación y cooperación interinstitucional formuladas y ejecutadas con el objeto de lograr la armonización integral de los recursos y la implementación de esquemas eficientes y sostenibles en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico, teniendo en cuenta las características locales, la capacidad institucional de las entidades territoriales y personas prestadoras de los servicios públicos y la implementación efectiva de esquemas de regionalización.</p>
<p>Con el Programa Agua para la Prosperidad se han beneficiado cerca de 3.6 Millones de personas, además el crecimiento en la ejecución de recursos pasarón de $343.000 Millones en el 2012 a $641.000 millones en el 2013. El ahorro de más de % 65 mil millones en costos administrativos por la renegociación del contrato de fiducia, lo cual permitió a los departamentos invertir mayores recursos en infraestructira sectorial. En 2013 se eliminaron las gerencias asesoras de los planes Departamentales de Agia, pasando de destinar en el año 2010, 71 mil millones de pesos en estructuras operativas, a destinar en el año 2013 cinco mil millones de pesos para este componente.</p>
<p>Con el Programa Agua para la Prosperidad se han beneficiado cerca de 3.6 Millones de personas, además el crecimiento en la ejecución de recursos pasarón de $343.000 Millones en el 2012 a $641.000 millones en el 2013. El ahorro de más de % 65 mil millones en costos administrativos por la renegociación del contrato de fiducia, lo cual permitió a los departamentos invertir mayores recursos en infraestructira sectorial. En 2013 se eliminaron las gerencias asesoras de los planes Departamentales de Agia, pasando de destinar en el año 2010, 71 mil millones de pesos en estructuras operativas, a destinar en el año 2013 cinco mil millones de pesos para este componente.</p>
¿A donde se deben dirigir los ganaderos costeños para obtener las ayudas ofrecidas para mitigar la sequia?
¿A donde se deben dirigir los ganaderos costeños para obtener las ayudas ofrecidas para mitigar la sequia?
Respuesta
<p>Abecé de las medidas de MinAgricultura para mitigar los efectos de la sequía El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, viene ejecutando acciones para apoyar a quienes se han visto afectados por esta situación climática, e implementará otras con el fin de aminorar los efectos que se generen en el sector agropecuario, forestal y pesquero, brindando a los productores herramientas para reducir sus impactos económicos y de afectación en la seguridad alimentaria de sus familias. Evaluación e impacto • Gremios como la Federación de Productores de Arroz (Fedearroz), la Federación Nacional de Cultivadores de Cereales y Leguminosas (Fenalce), la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegan) y la Federación Nacional de Cafeteros (Fedecafé), realizan evaluaciones en las regiones para estimar el impacto del presente periodo seco. Alimentación para ganado • Actualmente se está ejecutando el programa para subsidiar la compra y transporte de alimentos para ganado por valor de 3.450 millones de pesos. • Con este rubro se espera adquirir aproximadamente 2.314 toneladas de alimento para beneficiar a zonas de Córdoba, Cesar, Arauca, Sucre, Guajira, Atlántico, Bolívar, Magdalena, Caldas, Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Huila, Nariño, Casanare y los Santanderes. • Así mismo, se presentará propuesta para ampliar la red y el tiempo de funcionamiento de las bodegas para el suministro de alimento bovino a bajo costo. • Los productores interesados en el subsidio, se pueden acercar a las 50 bodegas ubicadas en los departamentos objeto de esta medida.</p>
obligatoriamente se debe pagar en 10 o 15 años? o se puede abonar a capital para reducir el pago total de la vivienda?
obligatoriamente se debe pagar en 10 o 15 años? o se puede abonar a capital para reducir el pago total de la vivienda?
Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 20.8266677856445px; margin: 0px 0px 1.35em; font-size: 15px; font-family: Calibri, sans-serif; color: rgb(68, 68, 68); text-align: justify;"><i style="line-height: 20.8266677856445px;">Cordial saludo.</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 20.8266677856445px; margin: 0px 0px 1.35em; font-size: 15px; font-family: Calibri, sans-serif; color: rgb(68, 68, 68); text-align: justify;"><i style="line-height: 20.8266677856445px;">A su pregunta el FNA le responde que éste es un canal dedicado para responder preguntas relacionadas al modelo para arrendatarios de compra de vivienda sin cuota inicial pero para nosotros responderle todas sus inquietudes es de vital importancia y para ello hemos dispuesto otros medios como es el Asesor Virtual el cual lo ubica en la página <a href="http://www.fna.gov.co/" style="line-height: 20.8266677856445px; font-weight: inherit; color: blue; cursor: pointer;" target="_blank">www.fna.gov.co</a> ubique la opción asesor en línea, dele click a esa opción y encontrara en la parte de abajo 7 casillas donde debe ingresar sus datos personales y con esto podrá preguntar a nuestros asesores virtuales que estarán esperando por usted. Que tenga un buen día.</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 20.8266677856445px; margin: 0px 0px 1.35em; font-size: 15px; font-family: Calibri, sans-serif; color: rgb(68, 68, 68); text-align: justify;"><i style="line-height: 20.8266677856445px;">A su pregunta el FNA le responde que éste es un canal dedicado para responder preguntas relacionadas al modelo para arrendatarios de compra de vivienda sin cuota inicial pero para nosotros responderle todas sus inquietudes es de vital importancia y para ello hemos dispuesto otros medios como es el Asesor Virtual el cual lo ubica en la página <a href="http://www.fna.gov.co/" style="line-height: 20.8266677856445px; font-weight: inherit; color: blue; cursor: pointer;" target="_blank">www.fna.gov.co</a> ubique la opción asesor en línea, dele click a esa opción y encontrara en la parte de abajo 7 casillas donde debe ingresar sus datos personales y con esto podrá preguntar a nuestros asesores virtuales que estarán esperando por usted. Que tenga un buen día.</i></p>
Cuantas petroleras han sido sancionadas por malgastar el agua potable, llenando pozos para sacar crudo? solo el pueblo
Cuantas petroleras han sido sancionadas por malgastar el agua potable, llenando pozos para sacar crudo? solo el pueblo
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Carlos</p>
<p class="rtejustify"> Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>, o bien directamente ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA a través de www.anla.gov.co.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal </p>
<p> </p>
<p class="rtejustify"> Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>, o bien directamente ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA a través de www.anla.gov.co.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
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<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal </p>
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En la deducción en salud es de 2000000 y propagada 4000000 para un total de 6000000 me puedo deducir todo.
En la deducción en salud es de 2000000 y propagada 4000000 para un total de 6000000 me puedo deducir todo.
Respuesta
<p>En la determinación del impuesto de renta, podrá deducirse el total de los aportes obligatorios de salud pagados durante el periodo fiscal.</p>
<p>Respecto de los pagos por medicina prepagada del contribuyente, solo podrá deducirse una suma equivalente a 16 UVT mensual.</p>
<p>Respecto de los pagos por medicina prepagada del contribuyente, solo podrá deducirse una suma equivalente a 16 UVT mensual.</p>
Que se esta haciendo para recolectar a gran escala el agua de lluvia en todos el pais?
Registrada:
Código:
5245
Que se esta haciendo para recolectar a gran escala el agua de lluvia en todos el pais?
Registrada:
Código:
5245
Respuesta
<p>Buen día, al respecto le informamos que actualmente el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a traves del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico viene desarrollando una serie de tareas las cuales son:</p>
<p>-Integración de políticas ambientales y políticas energéticas,.</p>
<p>-Mejorar la sostenibilidad financiera, social y ambiental de la prestación de servicios de abastecimiento de agua y saneamiento básico.</p>
<div>
-Avanzar en la integración de las políticas ambientales y sociales mediante: i) mecanismos para hacer frente a disparidades territoriales; ii) revisión del enfoque sobre la fijación de tarifas y la concesión de subsidios para servicios de energía y agua, y iii) la focalización del apoyo financiero en las familias afectadas por los aumentos en los precios de la energía y el agua a raíz de la reforma de las tarifas.</div>
<div>
-Integrar un componente de ecoinnovación dentro de la estrategia nacional de innovación e incluir un conjunto equilibrado de medidas de oferta y demanda; promover las alianzas público-privadas para el desarrollo y la difusión de tecnología.</div>
<div>
Así mismo es necesario familiarizar al usuario común de aspectos básicos en la gestión de aguas, incluyendo problemáticas que los relacionan a ellos con el tratamiento, se sugieren campañas, foros y discusiones abiertas a todos los niveles.</div>
<p>-Integración de políticas ambientales y políticas energéticas,.</p>
<p>-Mejorar la sostenibilidad financiera, social y ambiental de la prestación de servicios de abastecimiento de agua y saneamiento básico.</p>
<div>
-Avanzar en la integración de las políticas ambientales y sociales mediante: i) mecanismos para hacer frente a disparidades territoriales; ii) revisión del enfoque sobre la fijación de tarifas y la concesión de subsidios para servicios de energía y agua, y iii) la focalización del apoyo financiero en las familias afectadas por los aumentos en los precios de la energía y el agua a raíz de la reforma de las tarifas.</div>
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-Integrar un componente de ecoinnovación dentro de la estrategia nacional de innovación e incluir un conjunto equilibrado de medidas de oferta y demanda; promover las alianzas público-privadas para el desarrollo y la difusión de tecnología.</div>
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Así mismo es necesario familiarizar al usuario común de aspectos básicos en la gestión de aguas, incluyendo problemáticas que los relacionan a ellos con el tratamiento, se sugieren campañas, foros y discusiones abiertas a todos los niveles.</div>
Tienen alguna fecha para ofrecer nuevamente cupos de tasas de interes a compras de vivienda no vis (Fresch III)
Tienen alguna fecha para ofrecer nuevamente cupos de tasas de interes a compras de vivienda no vis (Fresch III)
Respuesta
<p style="margin-left:35.4pt;">En el momento el Gobierno Nacional no tiene previsto destinar recursos adicionales para el programa FRECH III. Las últimas coberturas disponibles fueron otorgadas en el mes de septiembre, lo que dio por finalizado el programa. </p>