El ISS en 2003 condonó el traslado de régimen permitiendo volver al ISS, porqué ahora Colpensiones qita régimen transici
El ISS en 2003 condonó el traslado de régimen permitiendo volver al ISS, porqué ahora Colpensiones qita régimen transici
Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>
<p>Agradecemos la pregunta formulada, por usted, pero para dar respuesta requerimos que por favor nos contextualice la msma, para tener los elementos necesarios a fin de dar una orientación o direccionamiento adecuado a la misma, por tal razón permitanos sugerirle volver a realizar la inquietud completando la misma.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p><br />
Grupo de Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
<p>Agradecemos la pregunta formulada, por usted, pero para dar respuesta requerimos que por favor nos contextualice la msma, para tener los elementos necesarios a fin de dar una orientación o direccionamiento adecuado a la misma, por tal razón permitanos sugerirle volver a realizar la inquietud completando la misma.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p><br />
Grupo de Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
PENSIONADO PERTENECEN AL REGIMEN SUBSIDIADO O CONTRIBUTIVO? UN AFILIADO CUANTO DEBE APORTAR A SALUD PARA SER CONTRIBUT?
PENSIONADO PERTENECEN AL REGIMEN SUBSIDIADO O CONTRIBUTIVO? UN AFILIADO CUANTO DEBE APORTAR A SALUD PARA SER CONTRIBUT?
Respuesta
<p>Respetado(a) Ciudadano(a)</p>
<p>Atento saludo,</p>
<p>En el entendido de su pregunta nos gustaría que nos precisará la misma, si es una estadistica la requerida y desde cuando, lo mismo creemos entender que en la segunda parte dela pregunta, la que refiere al aporte en salud para ser contributivo, en principio debemos manifestarle que el porcentaje que debe de aportar será del 4% del IBC (Ingreso Base de Cotización),.</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Trabajo</p>
<p>Atento saludo,</p>
<p>En el entendido de su pregunta nos gustaría que nos precisará la misma, si es una estadistica la requerida y desde cuando, lo mismo creemos entender que en la segunda parte dela pregunta, la que refiere al aporte en salud para ser contributivo, en principio debemos manifestarle que el porcentaje que debe de aportar será del 4% del IBC (Ingreso Base de Cotización),.</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Trabajo</p>
Es cierto que el CHIKUNGUNYA nació para ocultar el problema de la vacuna del papiloma?
Registrada:
Código:
5535
Es cierto que el CHIKUNGUNYA nació para ocultar el problema de la vacuna del papiloma?
Registrada:
Código:
5535
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le invitamos a consultar información sobre el origen, diagnóstico, síntomas y tratamiento de esta enfermedad en el enlace http://www.minsalud.gov.co/salud/publica/PET/Paginas/chikunguna.aspx, donde también podrá acceder a otros documentos técnicos y enlaces sobre este tema.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le invitamos a consultar información sobre el origen, diagnóstico, síntomas y tratamiento de esta enfermedad en el enlace http://www.minsalud.gov.co/salud/publica/PET/Paginas/chikunguna.aspx, donde también podrá acceder a otros documentos técnicos y enlaces sobre este tema.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
1 CUANDO UNO HACE UNA PROPUESTA PARA UN ACUERDO DE PAGO EN CUANTO TIEMPO LE DEBEN DAR RESPUESTA.
Registrada:
Código:
5534
1 CUANDO UNO HACE UNA PROPUESTA PARA UN ACUERDO DE PAGO EN CUANTO TIEMPO LE DEBEN DAR RESPUESTA.
Registrada:
Código:
5534
Respuesta
<p>En el procedo de Administración de Cartera, Facilidades de Pago PR-CA-0272, se indica:</p>
<p>“11. Proyección de la facilidad de pago y comunicación de viabilidad Dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de la solicitud o del complemento de documentos y condiciones, se deben proyectar las cuotas a pactar de acuerdo con la solicitud del deudor, preparar y remitir comunicación al solicitante sobre la viabilidad de la facilidad solicitada y requiriendo el perfeccionamiento de las garantías. Enviar comunicación mediante Gestión Documental (Procedimiento PR-FI-0159 Notificaciones) teniendo en cuenta los requisitos especificados en el numeral 8.5 Salidas.”</p>
<p>“11. Proyección de la facilidad de pago y comunicación de viabilidad Dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de la solicitud o del complemento de documentos y condiciones, se deben proyectar las cuotas a pactar de acuerdo con la solicitud del deudor, preparar y remitir comunicación al solicitante sobre la viabilidad de la facilidad solicitada y requiriendo el perfeccionamiento de las garantías. Enviar comunicación mediante Gestión Documental (Procedimiento PR-FI-0159 Notificaciones) teniendo en cuenta los requisitos especificados en el numeral 8.5 Salidas.”</p>
que control hay las entidades como el sena , y red empleo, para verificar que mayores de 45 años consigan empleo?
que control hay las entidades como el sena , y red empleo, para verificar que mayores de 45 años consigan empleo?
Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>
<p>Atento Saludo,</p>
<p>En principio debemos manifestarle que estas entidades realizan su gestíon y deben presentar los resultados a la Ciudadanía en la Rendición de Cuentas anualmente, para lo cual lo invito a que consulte en cada una de las entidades, a através de su página web, los resultados alcanzados en el segmento manifestado por usted; no obstante lo anterior puede en el caso de red empleo, consultar la pagina de la Unidad de servicio público de empleo <a href="mailto:contacto@serviciodeempleo.gov.co" style="color: white; text-decoration: none; outline: 0px; font-family: Arial, sans-serif; line-height: 19px; text-align: center; background-color: rgb(219, 23, 34);">contacto@serviciodeempleo.gov.co</a><span style="color: rgb(255, 255, 255); font-family: Arial, sans-serif; line-height: 19px; text-align: center; background-color: rgb(219, 23, 34);"> </span></p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Trabajo</p>
<p> </p>
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<p>Atento Saludo,</p>
<p>En principio debemos manifestarle que estas entidades realizan su gestíon y deben presentar los resultados a la Ciudadanía en la Rendición de Cuentas anualmente, para lo cual lo invito a que consulte en cada una de las entidades, a através de su página web, los resultados alcanzados en el segmento manifestado por usted; no obstante lo anterior puede en el caso de red empleo, consultar la pagina de la Unidad de servicio público de empleo <a href="mailto:contacto@serviciodeempleo.gov.co" style="color: white; text-decoration: none; outline: 0px; font-family: Arial, sans-serif; line-height: 19px; text-align: center; background-color: rgb(219, 23, 34);">contacto@serviciodeempleo.gov.co</a><span style="color: rgb(255, 255, 255); font-family: Arial, sans-serif; line-height: 19px; text-align: center; background-color: rgb(219, 23, 34);"> </span></p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Trabajo</p>
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<p> </p>
Soy estudiante en valledupar, y nací en la jagua de ibirico y he tenido muchos problemas económicos.. que ayudas tengo??
Soy estudiante en valledupar, y nací en la jagua de ibirico y he tenido muchos problemas económicos.. que ayudas tengo??
Respuesta
<div>
Estimado ciudadano,</div>
<div>
</div>
<div>
La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil créditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional está dirigido únicamente al grupo de jóvenes de último grado de bachillerato o de educación media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:</div>
<div>
</div>
<div>
1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educación media - Icfes Saber 11°</div>
<div>
2. Grupo familiar clasificado en el Sisbén de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>
<div>
</div>
<div>
Área Puntaje menor a</div>
<div>
14 ciudades principales 57.21</div>
<div>
Otra cabecera 56.32</div>
<div>
Rural 40.75</div>
<div>
</div>
<div>
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015</div>
<div>
</div>
<div>
Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación que puede visitar en www.icetex.gov.co</div>
<div>
</div>
<div>
Cordialmente,</div>
<div>
</div>
<div>
Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano,</div>
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La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil créditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional está dirigido únicamente al grupo de jóvenes de último grado de bachillerato o de educación media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:</div>
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1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educación media - Icfes Saber 11°</div>
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2. Grupo familiar clasificado en el Sisbén de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>
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Área Puntaje menor a</div>
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14 ciudades principales 57.21</div>
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Otra cabecera 56.32</div>
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Rural 40.75</div>
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3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015</div>
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Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación que puede visitar en www.icetex.gov.co</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Los estudiantes que acabamos de salir de cursar 11 nos encontramos sin trabajo apesar de que cursamos mas cursos
Los estudiantes que acabamos de salir de cursar 11 nos encontramos sin trabajo apesar de que cursamos mas cursos
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>El compromiso del Gobierno Nacional es reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo formal, digno, productivo y de calidad.</p>
<p>El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página <a href="http://www.redempleo.gov.co/" target="_blank">www.redempleo.gov.co</a>, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funciona por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es <u>sne.sena.edu.co.</u></p>
<p>Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
<p>El compromiso del Gobierno Nacional es reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo formal, digno, productivo y de calidad.</p>
<p>El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página <a href="http://www.redempleo.gov.co/" target="_blank">www.redempleo.gov.co</a>, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funciona por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es <u>sne.sena.edu.co.</u></p>
<p>Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
Por qué no se implementa medida retroactiva para el subsidio fhech, los banco prometieron este subsidio yno han cumplido
Por qué no se implementa medida retroactiva para el subsidio fhech, los banco prometieron este subsidio yno han cumplido
Respuesta
<p>ya se respondio.</p>
Por qué no se implementa medida retroactiva para el subsidio fhech, los banco prometieron este subsidio y han cumplido
Por qué no se implementa medida retroactiva para el subsidio fhech, los banco prometieron este subsidio y han cumplido
Respuesta
<p><i style="color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; line-height: 21.2999992370605px; text-align: justify;">Cordial saludo.</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que éste es un canal dedicado para responder preguntas relacionadas al modelo para arrendatarios de compra de vivienda sin cuota inicial pero para nosotros responderle todas sus inquietudes es de vital importancia y para ello hemos dispuesto otros medios como es el Asesor Virtual el cual lo ubica en la página </i><a href="http://www.fna.gov.co/" style="line-height: 21.2999992370605px; font-weight: inherit; color: rgb(0, 104, 207); cursor: pointer;" target="_blank"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">www.fna.gov.co</i></a><i style="line-height: 21.2999992370605px;"> ubique la opción asesor en línea, dele click a esa opción y encontrara en la parte de abajo 7 casillas donde debe ingresar sus datos personales y con esto podrá preguntar a nuestros asesores virtuales que estarán esperando por usted. Que tenga un buen día.</i></p>
<div>
</div>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que éste es un canal dedicado para responder preguntas relacionadas al modelo para arrendatarios de compra de vivienda sin cuota inicial pero para nosotros responderle todas sus inquietudes es de vital importancia y para ello hemos dispuesto otros medios como es el Asesor Virtual el cual lo ubica en la página </i><a href="http://www.fna.gov.co/" style="line-height: 21.2999992370605px; font-weight: inherit; color: rgb(0, 104, 207); cursor: pointer;" target="_blank"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">www.fna.gov.co</i></a><i style="line-height: 21.2999992370605px;"> ubique la opción asesor en línea, dele click a esa opción y encontrara en la parte de abajo 7 casillas donde debe ingresar sus datos personales y con esto podrá preguntar a nuestros asesores virtuales que estarán esperando por usted. Que tenga un buen día.</i></p>
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Por que las EPS, Se niegan a pagar las licencias de Maternidad si la cotizante no estuvo afiliada los 9 meses de embaraz
Por que las EPS, Se niegan a pagar las licencias de Maternidad si la cotizante no estuvo afiliada los 9 meses de embaraz
Respuesta
<p>Buenos días sra. Andrea:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en ese caso debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad responsable de vigilar el cumplimiento de las funciones de las EPS y y demás entidades aseguradoras y prestadoras de servicios de salud.</p>
<p>Puede hacerlo por la página web <a href="http://www.supewrsalud.gov.co/">www.supersalud.gov.co</a> en el link Atención en línea (http://www.supersalud.gov.co/Supersalud/Default.aspx?tabid=286), o a través de la línea telefónica 4837000 desde Bogotá ó 018000 513700 desde cualquier parte del país. También puede dirigirse al punto de atención presencial, ubicado en la Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Business Center, Local 10 en Bogotá.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en ese caso debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad responsable de vigilar el cumplimiento de las funciones de las EPS y y demás entidades aseguradoras y prestadoras de servicios de salud.</p>
<p>Puede hacerlo por la página web <a href="http://www.supewrsalud.gov.co/">www.supersalud.gov.co</a> en el link Atención en línea (http://www.supersalud.gov.co/Supersalud/Default.aspx?tabid=286), o a través de la línea telefónica 4837000 desde Bogotá ó 018000 513700 desde cualquier parte del país. También puede dirigirse al punto de atención presencial, ubicado en la Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Business Center, Local 10 en Bogotá.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Cuando ajustara tramite de planilla pago de mi madre con cc 25271488 a la EPS Saludcoop, le suspendieron la salud
Cuando ajustara tramite de planilla pago de mi madre con cc 25271488 a la EPS Saludcoop, le suspendieron la salud
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Garcés:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en el Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF) la señora NANCY GENARA MUÑOZ DE GARCES aparece como cotizante activo a la EPS Saludcoop ( http://ruafsvr2.sispro.gov.co/RUAF/Cliente/WebPublico/Consultas/D04AfiliacionesPersonaRUAF.aspx). </p>
<p>Por lo tanto, si le suspendieron el servicio debe dirigirse, en primera instancia, a la Oficina de Atención al Usuario de la EPS para que le verifiquen su situación y le indiquen el procedimiento a seguir. También puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control a las EPS. Puede hacerlo por la página web <a href="http://www.supewrsalud.gov.co/">www.supersalud.gov.co</a> en el link Atención en línea, o a través de la línea telefónica 4837000 desde Bogotá ó 018000 513700 desde cualquier parte del país.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en el Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF) la señora NANCY GENARA MUÑOZ DE GARCES aparece como cotizante activo a la EPS Saludcoop ( http://ruafsvr2.sispro.gov.co/RUAF/Cliente/WebPublico/Consultas/D04AfiliacionesPersonaRUAF.aspx). </p>
<p>Por lo tanto, si le suspendieron el servicio debe dirigirse, en primera instancia, a la Oficina de Atención al Usuario de la EPS para que le verifiquen su situación y le indiquen el procedimiento a seguir. También puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control a las EPS. Puede hacerlo por la página web <a href="http://www.supewrsalud.gov.co/">www.supersalud.gov.co</a> en el link Atención en línea, o a través de la línea telefónica 4837000 desde Bogotá ó 018000 513700 desde cualquier parte del país.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Porque la cobertura Frech y Frech II no son retroactivas, el lapso que se acaba y vuelven a otorgar muchos pagamos mas.
Porque la cobertura Frech y Frech II no son retroactivas, el lapso que se acaba y vuelven a otorgar muchos pagamos mas.
Respuesta
<p>buen día,</p>
<p> </p>
<p>En atención a su inquietud nos permitimos informarle que dado a que los cupos que son determinados conjuntamente entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se agotan por la gran cantidad de solicitudes de credito para compra de vivienda nueva o de leasing habitacional antes las entidades bancarias dentro de cada rago establecido en cada uno de los programas de cobertura a la Tasa Frech. El Gobierno Nacional a traves de estos dos Ministerios tiene que realizar las busqueda de nuevos recursos cuya aprobación conlleva un gran trabajo al interior de estas entidades, las cuales ponen en conocimiento de la sociedad en general de la existencia de nuevos cupos y/o recursos para este programa a traves de los respectivos actos administrativos que reglamenten. Lo anterior quiere decir que luego del agotamiento de los cupos o recursos del programa y hasta que no se tenga la certeza de nuevos recursos los cuales se representan con el nuevo acto administrativo que amplie la cantidad de cupos del programa no se puede otorgar este beneficio a los hogares a quienes les desembolsen sus creditos de vivienda nueva dentro de ese tiempo.</p>
<p>Igualmente usted debe tener en cuenta que en el artículo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el artículo 1° del Decreto 1544 de 2014, se estableció que las coberturas a la tasa de interés solo cubrirán aquellos créditos que sean desembolsados en las nueva fecha <strong><u>a partir del 14 de Agosto de 2014 y hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del número de coberturas establecidas</u></strong> por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA. </p>
<p> </p>
<p>En atención a su inquietud nos permitimos informarle que dado a que los cupos que son determinados conjuntamente entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se agotan por la gran cantidad de solicitudes de credito para compra de vivienda nueva o de leasing habitacional antes las entidades bancarias dentro de cada rago establecido en cada uno de los programas de cobertura a la Tasa Frech. El Gobierno Nacional a traves de estos dos Ministerios tiene que realizar las busqueda de nuevos recursos cuya aprobación conlleva un gran trabajo al interior de estas entidades, las cuales ponen en conocimiento de la sociedad en general de la existencia de nuevos cupos y/o recursos para este programa a traves de los respectivos actos administrativos que reglamenten. Lo anterior quiere decir que luego del agotamiento de los cupos o recursos del programa y hasta que no se tenga la certeza de nuevos recursos los cuales se representan con el nuevo acto administrativo que amplie la cantidad de cupos del programa no se puede otorgar este beneficio a los hogares a quienes les desembolsen sus creditos de vivienda nueva dentro de ese tiempo.</p>
<p>Igualmente usted debe tener en cuenta que en el artículo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el artículo 1° del Decreto 1544 de 2014, se estableció que las coberturas a la tasa de interés solo cubrirán aquellos créditos que sean desembolsados en las nueva fecha <strong><u>a partir del 14 de Agosto de 2014 y hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del número de coberturas establecidas</u></strong> por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA. </p>
yo me postule a las casa gratis en villavicencio y quiero saber cundo sale el listado espero una pronta respuesta
yo me postule a las casa gratis en villavicencio y quiero saber cundo sale el listado espero una pronta respuesta
Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">Cordial saludo.</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>
como obtener el certificado de ingresos y retenciones 2013 para mi declaración de renta de la fiduprevisora ??
como obtener el certificado de ingresos y retenciones 2013 para mi declaración de renta de la fiduprevisora ??
Respuesta
<p>Buenos días,</p>
<p>El formulario de Ingresos y Retenciones lo debe solicitar a la empresa en la cual labora.</p>
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<p>El formulario de Ingresos y Retenciones lo debe solicitar a la empresa en la cual labora.</p>
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Mi esposo tiene 49 anos esta pensionado por invalidez y tenemos un hijo menor de edad puede solocitar el incremento
Mi esposo tiene 49 anos esta pensionado por invalidez y tenemos un hijo menor de edad puede solocitar el incremento
Respuesta
<p><strong>Respetado (a) Ciudadano (a):</strong></p>
<p>El decreto 758 de 1990 por medio del cual aprobó el Acuerdo número 049 de febrero 1 de 1990, emanado del Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, establece:</p>
<p><strong>ARTÍCULO 21. INCREMENTOS DE LAS PENSIONES DE INVALIDEZ POR RIESGO COMUN Y VEJEZ.</strong> Las pensiones mensuales de invalidez y de vejez se incrementarán así:</p>
<p>a) En un siete por ciento (7%) sobre la pensión mínima legal, por cada uno de los hijos o hijas menores de 16 años o de dieciocho (18) años si son estudiantes o por cada uno de los hijos inválidos no pensionados de cualquier edad, siempre que dependan económicamente del beneficiario y,</p>
<p>b) En un catorce por ciento (14%) sobre la pensión mínima legal, por el cónyuge o compañero o compañera del beneficiario que dependa económicamente de éste y no disfrute de una pensión.</p>
<p>Los incrementos mensuales de las pensiones de invalidez y de vejez por estos conceptos, no podrán exceder del cuarenta y dos por ciento (42%) de la pensión mínima legal.</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Tención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>El decreto 758 de 1990 por medio del cual aprobó el Acuerdo número 049 de febrero 1 de 1990, emanado del Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, establece:</p>
<p><strong>ARTÍCULO 21. INCREMENTOS DE LAS PENSIONES DE INVALIDEZ POR RIESGO COMUN Y VEJEZ.</strong> Las pensiones mensuales de invalidez y de vejez se incrementarán así:</p>
<p>a) En un siete por ciento (7%) sobre la pensión mínima legal, por cada uno de los hijos o hijas menores de 16 años o de dieciocho (18) años si son estudiantes o por cada uno de los hijos inválidos no pensionados de cualquier edad, siempre que dependan económicamente del beneficiario y,</p>
<p>b) En un catorce por ciento (14%) sobre la pensión mínima legal, por el cónyuge o compañero o compañera del beneficiario que dependa económicamente de éste y no disfrute de una pensión.</p>
<p>Los incrementos mensuales de las pensiones de invalidez y de vejez por estos conceptos, no podrán exceder del cuarenta y dos por ciento (42%) de la pensión mínima legal.</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Tención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
Pq de los impuestos se pagan pensiónes de 30 millones, cuando el smlv es muchísimo menor.
Registrada:
Código:
5520
Pq de los impuestos se pagan pensiónes de 30 millones, cuando el smlv es muchísimo menor.
Registrada:
Código:
5520
Respuesta
<p><strong>Respetado (a) Ciudadano (a):</strong></p>
<p>Agradecemos su comunicación y el interés en manifestarnos sus inquietudes, de esta manera se retroalimenta la percepción que los ciudadanos tienen del funcionamiento del estado, lo cual permite adelantar acciones para mejorar la calidad de nuestra labor institucional. En atención a lo manifestado por usted nos permitimos hacer las siguientes precisiones: Las normas o leyes siempre se redactan o elaboran pensando en el bien común y el interés general de todos los ciudadanos favoreciendo las clases menos privilegiadas.</p>
<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, las diferentes propuestas deben ser presentadas al órgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
<p>Agradecemos su comunicación y el interés en manifestarnos sus inquietudes, de esta manera se retroalimenta la percepción que los ciudadanos tienen del funcionamiento del estado, lo cual permite adelantar acciones para mejorar la calidad de nuestra labor institucional. En atención a lo manifestado por usted nos permitimos hacer las siguientes precisiones: Las normas o leyes siempre se redactan o elaboran pensando en el bien común y el interés general de todos los ciudadanos favoreciendo las clases menos privilegiadas.</p>
<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, las diferentes propuestas deben ser presentadas al órgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
Porque una persona gana 25 veces mas que los demás, saben que es injusticia. Porque lo permiten?
Registrada:
Código:
5519
Porque una persona gana 25 veces mas que los demás, saben que es injusticia. Porque lo permiten?
Registrada:
Código:
5519
Respuesta
<p><strong>Respetado (a) Ciudadano (a):</strong></p>
<p>Agradecemos su comunicación y el interés en manifestarnos sus inquietudes, de esta manera se retroalimenta la percepción que los ciudadanos tienen del funcionamiento del estado, lo cual permite adelantar acciones para mejorar la calidad de nuestra labor institucional. En atención a lo manifestado por usted nos permitimos hacer las siguientes precisiones: Las normas o leyes siempre se redactan o elaboran pensando en el bien común y el interés general de todos los ciudadanos favoreciendo las clases menos privilegiadas.</p>
<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, las diferentes propuestas deben ser presentadas al órgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
<p>Agradecemos su comunicación y el interés en manifestarnos sus inquietudes, de esta manera se retroalimenta la percepción que los ciudadanos tienen del funcionamiento del estado, lo cual permite adelantar acciones para mejorar la calidad de nuestra labor institucional. En atención a lo manifestado por usted nos permitimos hacer las siguientes precisiones: Las normas o leyes siempre se redactan o elaboran pensando en el bien común y el interés general de todos los ciudadanos favoreciendo las clases menos privilegiadas.</p>
<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, las diferentes propuestas deben ser presentadas al órgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
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<p><strong>Respetado (a) Ciudadano (a):</strong></p>
<p>Agradecemos su comunicación y el interés en manifestarnos sus inquietudes, de esta manera se retroalimenta la percepción que los ciudadanos tienen del funcionamiento del estado, lo cual permite adelantar acciones para mejorar la calidad de nuestra labor institucional. En atención a lo manifestado por usted nos permitimos hacer las siguientes precisiones: Las normas o leyes siempre se redactan o elaboran pensando en el bien común y el interés general de todos los ciudadanos favoreciendo las clases menos privilegiadas.</p>
<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, las diferentes propuestas deben ser presentadas al órgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
<p>Agradecemos su comunicación y el interés en manifestarnos sus inquietudes, de esta manera se retroalimenta la percepción que los ciudadanos tienen del funcionamiento del estado, lo cual permite adelantar acciones para mejorar la calidad de nuestra labor institucional. En atención a lo manifestado por usted nos permitimos hacer las siguientes precisiones: Las normas o leyes siempre se redactan o elaboran pensando en el bien común y el interés general de todos los ciudadanos favoreciendo las clases menos privilegiadas.</p>
<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, las diferentes propuestas deben ser presentadas al órgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
persona q su patrimonio supera la base, tiene dinero en banco,no ingresos mensuales, dependiente de terceros q formul
persona q su patrimonio supera la base, tiene dinero en banco,no ingresos mensuales, dependiente de terceros q formul
Respuesta
<p>El formulario 110 si el contribuyente tiene la obligación de llevar libros de contabilidad y no se clasifica como empleado.</p>
<p>El formulario 210 si para efectos fiscales se clasifica como empleado.</p>
<p>El formulario 230 si para efectos fiscales se clasifica como empleados y puede y desea utilizar el sistema IMAS.</p>
<p>El formulario 240 si para efectos fiscales se clasifica como trabajador por cuenta propia y puede y desea utilizar el sistema IMAS.</p>
<p>El formulario 210 si para efectos fiscales se clasifica como empleado.</p>
<p>El formulario 230 si para efectos fiscales se clasifica como empleados y puede y desea utilizar el sistema IMAS.</p>
<p>El formulario 240 si para efectos fiscales se clasifica como trabajador por cuenta propia y puede y desea utilizar el sistema IMAS.</p>
Cuándo es la próxima junta de remisos inscritos en el Distrito Militar N° 15 Por favor, y en dónde. Gracias.
Cuándo es la próxima junta de remisos inscritos en el Distrito Militar N° 15 Por favor, y en dónde. Gracias.
Respuesta
<p>Cordial Saludo</p>
<p> </p>
<p>Gracias por comunicarse con la Urna de Cristal, la Jefatura de Reclutamiento de permite informar lo siguiente:</p>
<p>Las juntas de remisos para bachilleres en la actualidad no se encuentran programadas y para regulares en el distrito militar 51 esta calendada para el 24 de octubre a las 06:00 horas, es importante resaltar que las personas que vayan a asistir a dicha junta se deben acercar al distrito 8 días antes, para realizar el proceso de pre inscripción allegando fotocopia de la cedula al 150% ampliada.</p>
<p> </p>
<p>Gracias por participar</p>
<p> </p>
<p>Gracias por comunicarse con la Urna de Cristal, la Jefatura de Reclutamiento de permite informar lo siguiente:</p>
<p>Las juntas de remisos para bachilleres en la actualidad no se encuentran programadas y para regulares en el distrito militar 51 esta calendada para el 24 de octubre a las 06:00 horas, es importante resaltar que las personas que vayan a asistir a dicha junta se deben acercar al distrito 8 días antes, para realizar el proceso de pre inscripción allegando fotocopia de la cedula al 150% ampliada.</p>
<p> </p>
<p>Gracias por participar</p>
Amo mi presidente santo, y creo en el como hago para que el vea mi problematica, ya que perdi mi empleo y no tengo casa
Amo mi presidente santo, y creo en el como hago para que el vea mi problematica, ya que perdi mi empleo y no tengo casa
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes María Elena</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relación a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">El Gobierno definió los requisitos para beneficiarse de los diferentes subsidios a los cuales pueden postularse los colombianos. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Adicional a lo anterior el Gobierno presentó el Modelo Financiero TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), un modelo de ahorro que permite a los arrendatarios acceder a una casa propia sin pagar una cuota inicial. Se trata de pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. Para mayor información te invitamos a que visites la página <a href="http://www.fnd.gov.co">www.fnd.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Gobierno Nacional creo la Agencia Nacional de Empleo, cuyo primer objetivo es ampliar el servicio de empleo, que sea más transparente, reduzca los tiempos de la búsqueda laboral, los costos para el trabajador y entregue más productividad. La nueva agencia incluye además mayor asesoría y capacitación para el trabajador que pierda el empleo.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo a través del portal Red Empleo, el Gobierno Nacional proporciona alternativas para registrar la experiencia laborar y académica, como también de conocer las ofertas de empleo disponibles. Para mayor información te invitamos a que visites <a href="http://www.redempleo.gov.co/ServicioPublicoEmpleo.aspx">http://www.redempleo.gov.co/ServicioPublicoEmpleo.aspx</a>.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relación a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">El Gobierno definió los requisitos para beneficiarse de los diferentes subsidios a los cuales pueden postularse los colombianos. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Adicional a lo anterior el Gobierno presentó el Modelo Financiero TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), un modelo de ahorro que permite a los arrendatarios acceder a una casa propia sin pagar una cuota inicial. Se trata de pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. Para mayor información te invitamos a que visites la página <a href="http://www.fnd.gov.co">www.fnd.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Gobierno Nacional creo la Agencia Nacional de Empleo, cuyo primer objetivo es ampliar el servicio de empleo, que sea más transparente, reduzca los tiempos de la búsqueda laboral, los costos para el trabajador y entregue más productividad. La nueva agencia incluye además mayor asesoría y capacitación para el trabajador que pierda el empleo.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo a través del portal Red Empleo, el Gobierno Nacional proporciona alternativas para registrar la experiencia laborar y académica, como también de conocer las ofertas de empleo disponibles. Para mayor información te invitamos a que visites <a href="http://www.redempleo.gov.co/ServicioPublicoEmpleo.aspx">http://www.redempleo.gov.co/ServicioPublicoEmpleo.aspx</a>.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
Porque si soy madre cabeza de hogar, nunca he tenido la posibilidad de recibir vivienda del gobierno y otros que no si??
Porque si soy madre cabeza de hogar, nunca he tenido la posibilidad de recibir vivienda del gobierno y otros que no si??
Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">Cordial saludo.</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>
cual es el apoyo financiero para el microempresario reportado en datacredito par seguir con su microempresa
cual es el apoyo financiero para el microempresario reportado en datacredito par seguir con su microempresa
Respuesta
<p>Buenos días doña Yamileth,</p>
<p>De acuerdo con su pregunta, le informamos que existen diferentes fuentes de apoyo financiero denominadas Entidades Orientadas al Crédito Microempresarial - EOCM que pueden tener mayor flexibilidad en cuanto al perfil de los clientes debido a que conocen a los micro empresarios y sus necesidades. Las puede encontrar en la siguiente página de Internet de Bancoldex: <a href="http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/entidades-orientadas-al-Credito-Microempresarial-eoCM.aspx">http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/entidades-orientadas-al-Credito-Microempresarial-eoCM.aspx</a> </p>
<p> </p>
<p>Es así que lo invitamos a visitar dichas entidades para que exponga su caso. Igualmente, le informamos los pasos que debe tener en cuenta para obtener un crédito con recursos de Bancoldex, en el siguiente enlace: <a href="http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/Como-acceder-a-un-credito-con-recursos-Bancoldex.aspx">http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/Como-acceder-a-un-credito-con-recursos-Bancoldex.aspx</a></p>
<p>Cordialmente,</p>
<p><strong><em>Dirección Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Mipyme</em></strong></p>
<p><strong><em>Calle 28 No. 13ª-15 Piso 4</em></strong></p>
<p><strong><em>Teléfono: 6067676 Ex 1352</em></strong></p>
<p><strong><em>Bogotá, Colombia</em></strong></p>
<p>De acuerdo con su pregunta, le informamos que existen diferentes fuentes de apoyo financiero denominadas Entidades Orientadas al Crédito Microempresarial - EOCM que pueden tener mayor flexibilidad en cuanto al perfil de los clientes debido a que conocen a los micro empresarios y sus necesidades. Las puede encontrar en la siguiente página de Internet de Bancoldex: <a href="http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/entidades-orientadas-al-Credito-Microempresarial-eoCM.aspx">http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/entidades-orientadas-al-Credito-Microempresarial-eoCM.aspx</a> </p>
<p> </p>
<p>Es así que lo invitamos a visitar dichas entidades para que exponga su caso. Igualmente, le informamos los pasos que debe tener en cuenta para obtener un crédito con recursos de Bancoldex, en el siguiente enlace: <a href="http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/Como-acceder-a-un-credito-con-recursos-Bancoldex.aspx">http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/Como-acceder-a-un-credito-con-recursos-Bancoldex.aspx</a></p>
<p>Cordialmente,</p>
<p><strong><em>Dirección Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Mipyme</em></strong></p>
<p><strong><em>Calle 28 No. 13ª-15 Piso 4</em></strong></p>
<p><strong><em>Teléfono: 6067676 Ex 1352</em></strong></p>
<p><strong><em>Bogotá, Colombia</em></strong></p>
nuevanente pido imfornacion sobre los proyectos presentados del pacto agrario en boavita boyaca fueron aprovados? cuando
nuevanente pido imfornacion sobre los proyectos presentados del pacto agrario en boavita boyaca fueron aprovados? cuando
Respuesta
<p>Bogotá D.C. 23 de septiembre de 2014 (@minagricultura) - Vamos a darle el “estartazo” que necesita la economía campesina, acelerando la ejecución del Pacto Agrario, señaló el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Aurelio Iragorri Valencia. Para ello se puso en marcha un plan de choque, con el que al finalizar este año, el billón de pesos que asignó el Gobierno Nacional para cofinanciar proyectos de vivienda, empleo rural temporal, productividad, acceso a tierras, riego y drenaje, le llegue a las regiones del país, indicó el jefe de la cartera agropecuaria. Una de las primeras acciones, para responder a los 4.780 proyectos que se presentaron al Pacto Agrario, fue expedir el Decreto 1567 de 2014, con el cual se dictan los lineamientos generales para la cofinanciación de los mismos y, se marca una hoja de ruta para garantizar un proceso eficiente y transparente en la asignación de los recursos, dijo Iragorri Valencia. Según dio a conocer el Ministro, el mayor número de proyectos presentados corresponde a los relacionados con productividad, tanto a nivel municipal como departamental, que fueron el 82% del total. El paso siguiente, es la calificación técnica y económica de todos los proyectos para determinar su viabilidad, la cual realizará una firma especializada a partir de esta semana; cuyos resultados estarán listos en el mes de noviembre y con los que iniciará la primera fase de ejecución del Pacto Agrario, informó. “Una vez estén estas calificaciones, vamos a abrir una fiducia en la que colocaremos los recursos para asegurar la ejecución presupuestal y no perderlos”, agregó el Ministro. El funcionario explicó que a través de esta fiducia, se irán haciendo desembolsos a las regiones en la medida que vayan realizando las obras, mediante cuentas controladas, pues serán estas las encargadas de adelantar los proyectos. “La ejecución del proyecto depende de la velocidad con que en las regiones contraten las obras o maquinarias que contenga cada plan”, destacó el Ministro Iragorri. Finalmente, el titular de la cartera agropecuaria en aras de la trasparencia hizo un llamado para que la ejecución de los proyectos del Pacto, tenga una interventoría social a través de los líderes de las regiones, juntas de acción comunal y organizaciones campesinas. “hacemos un llamado a que se realicen “veedurías campesinas” a través de las asociaciones, juntas de acción comunal y organizaciones campesinos con el fin de que los recursos del pacto lleguen directamente a los que más lo necesitan” afirmó el Ministro.</p>
Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">Cordial saludo.</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>
Hola tengo 50 años, no puedo pensionarme porque no cumplo con el tiempo. Debo seguir pagando pensiones? hay normas?
Hola tengo 50 años, no puedo pensionarme porque no cumplo con el tiempo. Debo seguir pagando pensiones? hay normas?
Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>
<p>La ley 100 de 1993, establece los requisitos para obtener la pensión:</p>
<p>ARTÍCULO 33. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSIÓN DE VEJEZ.<Artículo modificado por el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#9">9</a> de la Ley 797 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:> Para tener el derecho a la Pensión de Vejez, el afiliado deberá reunir las siguientes condiciones:</p>
<p>1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre.</p>
<p>A partir del 1o. de enero del año 2014 la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre.</p>
<p>2. Haber cotizado un mínimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo.</p>
<p>A partir del 1o. de enero del año 2005 el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1o.de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015. (……)</p>
<p>ARTÍCULO 36. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN. La edad para acceder a la pensión de vejez, continuará en cincuenta y cinco (55) años para las mujeres y sesenta (60) para los hombres, hasta el año 2014*, fecha en la cual la edad se incrementará en dos años, es decir, será de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.</p>
<p>La edad para acceder a la pensión de vejez, el tiempo de servicio o el número de semanas cotizadas, y el monto de la pensión de vejez de las personas que al momento de entrar en vigencia el Sistema tengan treinta y cinco (35) o más años de edad si son mujeres o cuarenta (40) o más años de edad si son hombres, o quince (15) o mas años de servicios cotizados, será la establecida en el régimen anterior al cual se encuentren afiliados. Las demás condiciones y requisitos aplicables a estas personas para acceder a la pensión de vejez, se regirán por las disposiciones contenidas en la presente Ley. (…..)</p>
<p>Es bueno que usted conozca que existe un programa el cual es el de Beneficios Económicos Periódicos (BEPs) para las personas cuyos aportes no sean suficientes para alcanzar una pensión.</p>
<p>Para conocer más de este programa usted puede abrir la página <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego ingresar al link preguntas frecuentes – Beps y tener más información.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
<p>La ley 100 de 1993, establece los requisitos para obtener la pensión:</p>
<p>ARTÍCULO 33. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSIÓN DE VEJEZ.<Artículo modificado por el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#9">9</a> de la Ley 797 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:> Para tener el derecho a la Pensión de Vejez, el afiliado deberá reunir las siguientes condiciones:</p>
<p>1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre.</p>
<p>A partir del 1o. de enero del año 2014 la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre.</p>
<p>2. Haber cotizado un mínimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo.</p>
<p>A partir del 1o. de enero del año 2005 el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1o.de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015. (……)</p>
<p>ARTÍCULO 36. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN. La edad para acceder a la pensión de vejez, continuará en cincuenta y cinco (55) años para las mujeres y sesenta (60) para los hombres, hasta el año 2014*, fecha en la cual la edad se incrementará en dos años, es decir, será de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.</p>
<p>La edad para acceder a la pensión de vejez, el tiempo de servicio o el número de semanas cotizadas, y el monto de la pensión de vejez de las personas que al momento de entrar en vigencia el Sistema tengan treinta y cinco (35) o más años de edad si son mujeres o cuarenta (40) o más años de edad si son hombres, o quince (15) o mas años de servicios cotizados, será la establecida en el régimen anterior al cual se encuentren afiliados. Las demás condiciones y requisitos aplicables a estas personas para acceder a la pensión de vejez, se regirán por las disposiciones contenidas en la presente Ley. (…..)</p>
<p>Es bueno que usted conozca que existe un programa el cual es el de Beneficios Económicos Periódicos (BEPs) para las personas cuyos aportes no sean suficientes para alcanzar una pensión.</p>
<p>Para conocer más de este programa usted puede abrir la página <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego ingresar al link preguntas frecuentes – Beps y tener más información.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
porque no responde las preguntas sobre las licencias de transito cateforia 04 , color gris para quienes manejamos partic
porque no responde las preguntas sobre las licencias de transito cateforia 04 , color gris para quienes manejamos partic
Respuesta
<div>
Buen día,</div>
<div>
</div>
<div>
Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, la cual tiene vigencia de tres (3) años a partir de su fecha de expedición. Una vez su licencia encuentre vencida, deberá realizar el proceso de renovación.</div>
<div>
</div>
<div>
El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
<div>
</div>
<div>
Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
<div>
</div>
<div>
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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</div>
<div>
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, la cual tiene vigencia de tres (3) años a partir de su fecha de expedición. Una vez su licencia encuentre vencida, deberá realizar el proceso de renovación.</div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
hace 15 años me pase a un fondo privado de pension me puedo devolver a colpensiones ? tengo 56 años. y 35 años cotizando
hace 15 años me pase a un fondo privado de pension me puedo devolver a colpensiones ? tengo 56 años. y 35 años cotizando
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a)</p>
<p>El artículo 13 de la ley 100 de 1993 literal e, modificado por el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#2">2</a> de la Ley 797 de 2003, establece:</p>
<p>ARTÍCULO 13. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES. El Sistema General de Pensiones tendrá las siguientes características:</p>
<p>e. El nuevo texto es el siguiente:> Los afiliados al Sistema General de Pensiones podrán escoger el régimen de pensiones que prefieran. Una vez efectuada la selección inicial, estos sólo podrán trasladarse de régimen por una sola vez cada cinco (5) años, contados a partir de la selección inicial. Después de un (1) año de la vigencia de la presente ley, el afiliado no podrá trasladarse de régimen cuando le faltaren diez (10) años o menos para cumplir la edad para tener derecho a la pensión de vejez;</p>
<p>En este momento las edades para adquirir el derecho a la pensión son 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio de l Trabajo</p>
<p>El artículo 13 de la ley 100 de 1993 literal e, modificado por el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#2">2</a> de la Ley 797 de 2003, establece:</p>
<p>ARTÍCULO 13. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES. El Sistema General de Pensiones tendrá las siguientes características:</p>
<p>e. El nuevo texto es el siguiente:> Los afiliados al Sistema General de Pensiones podrán escoger el régimen de pensiones que prefieran. Una vez efectuada la selección inicial, estos sólo podrán trasladarse de régimen por una sola vez cada cinco (5) años, contados a partir de la selección inicial. Después de un (1) año de la vigencia de la presente ley, el afiliado no podrá trasladarse de régimen cuando le faltaren diez (10) años o menos para cumplir la edad para tener derecho a la pensión de vejez;</p>
<p>En este momento las edades para adquirir el derecho a la pensión son 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio de l Trabajo</p>
si mis ingresos brutos son 35 millones pero por consignaciones en mi cuenta bancaria tengo 7 millones debo declarar
si mis ingresos brutos son 35 millones pero por consignaciones en mi cuenta bancaria tengo 7 millones debo declarar
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p><em>Si se incumple con las condiciones de:1) haber tenido en el periodo fiscal ingresos inferiores a $37.577.000, Que su patrimonio bruto al 31 de diciembre sea inferior a 120.785.000;3) haber realizado compras y consumos y consumos con tarjeta de crédito inferiores a $120.785.000;4) haber tenido durante el periodo fiscal consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras inferiores a $120.785.000; 5) no ser responsable del IVA, estará obligado a presentar declaración de renta.</em></p>
<p><em>Si se incumple con las condiciones de:1) haber tenido en el periodo fiscal ingresos inferiores a $37.577.000, Que su patrimonio bruto al 31 de diciembre sea inferior a 120.785.000;3) haber realizado compras y consumos y consumos con tarjeta de crédito inferiores a $120.785.000;4) haber tenido durante el periodo fiscal consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras inferiores a $120.785.000; 5) no ser responsable del IVA, estará obligado a presentar declaración de renta.</em></p>
Necesito saber que norma autoriza el pago de la prima de servicios a todos los empleados públicos del país.
Necesito saber que norma autoriza el pago de la prima de servicios a todos los empleados públicos del país.
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a)</p>
<p>La pregunta formulada por usted es muy general, ya que se debe determinar que nivel tiene el empleado público, ya que puede ser de orden nacional, departamental o municipal, sin embargo nos permitimos mencionarle como normas los decretos 1042 de 1978, 1045 de 1978 y 1919 de 2002, entre otros.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
<p>La pregunta formulada por usted es muy general, ya que se debe determinar que nivel tiene el empleado público, ya que puede ser de orden nacional, departamental o municipal, sin embargo nos permitimos mencionarle como normas los decretos 1042 de 1978, 1045 de 1978 y 1919 de 2002, entre otros.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
Columnistas hablan de un hueco fiscal de 12.5 billones de pesos. Es cierto? Mejor desmentir
Registrada:
Código:
5502
Columnistas hablan de un hueco fiscal de 12.5 billones de pesos. Es cierto? Mejor desmentir
Registrada:
Código:
5502
Respuesta
<p>Desde hace quince años el Gobierno Nacional ha venido implementando una serie de instrumentos tendientes a garantizar la sostenibilidad fiscal y unas finanzas públicas sanas. El último desarrollo normativo en la materia es la Ley 1473 de 2011, ampliamente conocida como Regla Fiscal. Esta disposición obliga al Gobierno a mantener una senda decreciente de déficit fiscal estructural con metas puntuales para los años 2014, 2018 y 2022. Dada esta nueva arquitectura institucional, el Gobierno se ve obligado, cuando desaparece algún tributo o se contrae alguna renta, a encontrar una fuente sustituta o a reducir el gasto público.</p>
<p>En el año 2015 desaparecerá el impuesto al patrimonio y la tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros –GMF- se reducirá de 4 por mil a 2 por mil, tal y como lo estipulan las Leyes 1370 de 2009 y 1694 de 2013, respectivamente. Tales hechos contraen las fuentes de financiamiento del PGN 2015. En consecuencia, se hace necesario mantener estos impuestos para respetar simultáneamente los compromisos de gasto e inversión social de y la meta de déficit contenida en la Regla Fiscal. De acuerdo con estimaciones del equipo técnico del Ministerio la disminución del recaudo alcanzaría $12,5 billones en 2015.</p>
<p>En el año 2015 desaparecerá el impuesto al patrimonio y la tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros –GMF- se reducirá de 4 por mil a 2 por mil, tal y como lo estipulan las Leyes 1370 de 2009 y 1694 de 2013, respectivamente. Tales hechos contraen las fuentes de financiamiento del PGN 2015. En consecuencia, se hace necesario mantener estos impuestos para respetar simultáneamente los compromisos de gasto e inversión social de y la meta de déficit contenida en la Regla Fiscal. De acuerdo con estimaciones del equipo técnico del Ministerio la disminución del recaudo alcanzaría $12,5 billones en 2015.</p>
¿Qué sucede con la página del ejercito para averiguar la situación militar de los hombres mayores de 18 años?
¿Qué sucede con la página del ejercito para averiguar la situación militar de los hombres mayores de 18 años?
Respuesta
<p><em>Cordial Saludo </em></p>
<p><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente: </em></p>
<p>En atención a su inquietud me permito informarle que en la actualidad el nuevo sistema en línea se encuentra en periodo de verificación de errores y adecuación para cada proceso de definición de situación militar.</p>
<p> </p>
<p><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente: </em></p>
<p>En atención a su inquietud me permito informarle que en la actualidad el nuevo sistema en línea se encuentra en periodo de verificación de errores y adecuación para cada proceso de definición de situación militar.</p>
<p> </p>
Si una persona segun colpensiones tiene el 55.8de incapacidad,x invalides pero esta persona le hacen falta unas semanas
Si una persona segun colpensiones tiene el 55.8de incapacidad,x invalides pero esta persona le hacen falta unas semanas
Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>
<p>La ley 100 de 1993, establece:</p>
<p><strong>ARTÍCULO 38. ESTADO DE INVALIDEZ.</strong> Para los efectos del presente capítulo se considera inválida la persona que por cualquier causa de origen no profesional, no provocada intencionalmente, hubiere perdido el 50% o más de su capacidad laboral.</p>
<p><strong>ARTÍCULO 39. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSIÓN DE INVALIDEZ.</strong> <Artículo modificado por el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0860_2003.html#1">1</a> de la Ley 860 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:> Tendrá derecho a la pensión de invalidez el afiliado al sistema que conforme a lo dispuesto en el artículo anterior sea declarado inválido y acredite las siguientes condiciones:</p>
<p>1.Invalidez causada por enfermedad: Que haya cotizado cincuenta (50) semanas dentro de los últimos tres (3) años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración</p>
<p>2. Invalidez causada por accidente: Que haya cotizado cincuenta (50) semanas dentro de los últimos tres (3) años inmediatamente anteriores al hecho causante de la misma,</p>
<p>PARÁGRAFO 1o. Los menores de veinte (20) años de edad sólo deberán acreditar que han cotizado veintiséis (26) semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria.</p>
<p>PARÁGRAFO 2o. Cuando el afiliado haya cotizado por lo menos el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de vejez, solo se requerirá que haya cotizado 25 semanas en los últimos tres (3) años.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
<p>La ley 100 de 1993, establece:</p>
<p><strong>ARTÍCULO 38. ESTADO DE INVALIDEZ.</strong> Para los efectos del presente capítulo se considera inválida la persona que por cualquier causa de origen no profesional, no provocada intencionalmente, hubiere perdido el 50% o más de su capacidad laboral.</p>
<p><strong>ARTÍCULO 39. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSIÓN DE INVALIDEZ.</strong> <Artículo modificado por el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0860_2003.html#1">1</a> de la Ley 860 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:> Tendrá derecho a la pensión de invalidez el afiliado al sistema que conforme a lo dispuesto en el artículo anterior sea declarado inválido y acredite las siguientes condiciones:</p>
<p>1.Invalidez causada por enfermedad: Que haya cotizado cincuenta (50) semanas dentro de los últimos tres (3) años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración</p>
<p>2. Invalidez causada por accidente: Que haya cotizado cincuenta (50) semanas dentro de los últimos tres (3) años inmediatamente anteriores al hecho causante de la misma,</p>
<p>PARÁGRAFO 1o. Los menores de veinte (20) años de edad sólo deberán acreditar que han cotizado veintiséis (26) semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria.</p>
<p>PARÁGRAFO 2o. Cuando el afiliado haya cotizado por lo menos el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de vejez, solo se requerirá que haya cotizado 25 semanas en los últimos tres (3) años.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
desde 7 de febrero de 2010, presente solicitud de pensión, por cumplir 55 años de edad, en régimen de transición, y nada
desde 7 de febrero de 2010, presente solicitud de pensión, por cumplir 55 años de edad, en régimen de transición, y nada
Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>
<p>El Plan de Acción presentado por Colpensiones y a la vez aceptado por la Corte Constitucional para Corregir el Atraso Estructural del Régimen de Prima Media, es el reconocimiento expreso de la existencia de fallas estructurales, fallas que se gestaron a lo largo de varias décadas, que afectan el efectivo funcionamiento y administración del sistema de seguridad social en pensiones y que se evidencian en las diferentes esferas.</p>
<p>Para efectos de reconocimiento de pensión en dicho auto se estableció unos grupos de prioridades determinados así: GRUPO CON PRIORIDAD 1, GRUPO CON PRIORIDAD 2,GRUPO CON PRIORIDAD 3. Las restantes peticiones pensionales o sentencias judiciales que sean producto del proceso de transición del ISS en liquidación a Colpensiones que no hagan parte de alguno de los grupos prioritarios deberán ser respondidas y satisfechas, respectivamente, en la fecha límite asumida por Colpensiones.</p>
<p>Es importante que Usted conozca el Plan de Acción 2013 de Colpensiones donde encontrará toda la información necesaria y requerida con el fin de satisfacer en gran parte su cuestionamiento y así mismo saber en que grupo de prioridad se encuentra su solicitud; para lo cual debe ingresar a la página <a href="http://www.colpensiones.gov.co/">www.colpensiones.gov.co</a> al link nuestra entidad – Plan de Acción 2013. El décimo cuarto informe mensual de cumplimiento a los autos 110 y 320 de 2013 y 130 de 2014 fue presentado a la Honorable Corte Constitucionalen septiembre de 2014.</p>
<p>La Administradora Colombiana de Pensiones tiene hasta el próximo 31 de diciembre de 2014 para ponerse al día con el régimen de prima media. Y a partir del primero de enero de 2015, todas las solicitudes de pensión de los colombianos serán resueltas en los términos en los que establece la ley. La Corte Constitucional en un nuevo auto número 259 de 2014 otorgó este plazo a COLPENSIONES, solicitado durante la última audiencia pública que se llevó a cabo para evaluar la forma como la Entidad venía cumpliendo las determinaciones del Alto Tribunal.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>El Plan de Acción presentado por Colpensiones y a la vez aceptado por la Corte Constitucional para Corregir el Atraso Estructural del Régimen de Prima Media, es el reconocimiento expreso de la existencia de fallas estructurales, fallas que se gestaron a lo largo de varias décadas, que afectan el efectivo funcionamiento y administración del sistema de seguridad social en pensiones y que se evidencian en las diferentes esferas.</p>
<p>Para efectos de reconocimiento de pensión en dicho auto se estableció unos grupos de prioridades determinados así: GRUPO CON PRIORIDAD 1, GRUPO CON PRIORIDAD 2,GRUPO CON PRIORIDAD 3. Las restantes peticiones pensionales o sentencias judiciales que sean producto del proceso de transición del ISS en liquidación a Colpensiones que no hagan parte de alguno de los grupos prioritarios deberán ser respondidas y satisfechas, respectivamente, en la fecha límite asumida por Colpensiones.</p>
<p>Es importante que Usted conozca el Plan de Acción 2013 de Colpensiones donde encontrará toda la información necesaria y requerida con el fin de satisfacer en gran parte su cuestionamiento y así mismo saber en que grupo de prioridad se encuentra su solicitud; para lo cual debe ingresar a la página <a href="http://www.colpensiones.gov.co/">www.colpensiones.gov.co</a> al link nuestra entidad – Plan de Acción 2013. El décimo cuarto informe mensual de cumplimiento a los autos 110 y 320 de 2013 y 130 de 2014 fue presentado a la Honorable Corte Constitucionalen septiembre de 2014.</p>
<p>La Administradora Colombiana de Pensiones tiene hasta el próximo 31 de diciembre de 2014 para ponerse al día con el régimen de prima media. Y a partir del primero de enero de 2015, todas las solicitudes de pensión de los colombianos serán resueltas en los términos en los que establece la ley. La Corte Constitucional en un nuevo auto número 259 de 2014 otorgó este plazo a COLPENSIONES, solicitado durante la última audiencia pública que se llevó a cabo para evaluar la forma como la Entidad venía cumpliendo las determinaciones del Alto Tribunal.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p> </p>
Q gestión y prog realiza el gobierno para a quellos funcionarios publicos x edad no pueden traba y les fal tiempo pens
Q gestión y prog realiza el gobierno para a quellos funcionarios publicos x edad no pueden traba y les fal tiempo pens
Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>
<p>Es bueno que usted conozca que existe un programa el cual es el de Beneficios Económicos Periódicos (BEPs) para las personas cuyos aportes no sean suficientes para alcanzar una pensión.</p>
<p>Los requisitos para ingresar al programa BEPs, son los siguientes:</p>
<p style="margin-left:81pt;">1. Ciudadanos colombianos, mayores de 18 años.</p>
<p style="margin-left:81pt;">2. Ciudadanos que pertenecen a los niveles I, II y III del SISBEN.</p>
<p style="margin-left:81pt;">3. Personas indígenas residentes en resguardos, deberán presentar el listado censal</p>
<p>Los requisitos para ser beneficiarios del mecanismo de beneficios económicos periódicos son los siguientes:</p>
<p><strong>1-Edad.</strong> Haber cumplido si es mujer 57 años de edad, o si es hombre 62 años de edad.</p>
<p><strong>2-Fondos insuficientes. </strong>Que los fondos obtenidos producto de los aportes obligatorios, más los aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorio, y otros autorizados por el Gobierno Nacional para el mismo propósito, no sean suficientes para obtener una pensión mínima.</p>
<p><strong>3-Ahorro.</strong> Que el monto anual del ahorro sea inferior al aporte mínimo mensual señalado para el Sistema General de Pensiones</p>
<p>Para conocer más de este programa usted puede abrir la página <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego ingresar al link preguntas frecuentes – Beps y tener más información.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
<p>Es bueno que usted conozca que existe un programa el cual es el de Beneficios Económicos Periódicos (BEPs) para las personas cuyos aportes no sean suficientes para alcanzar una pensión.</p>
<p>Los requisitos para ingresar al programa BEPs, son los siguientes:</p>
<p style="margin-left:81pt;">1. Ciudadanos colombianos, mayores de 18 años.</p>
<p style="margin-left:81pt;">2. Ciudadanos que pertenecen a los niveles I, II y III del SISBEN.</p>
<p style="margin-left:81pt;">3. Personas indígenas residentes en resguardos, deberán presentar el listado censal</p>
<p>Los requisitos para ser beneficiarios del mecanismo de beneficios económicos periódicos son los siguientes:</p>
<p><strong>1-Edad.</strong> Haber cumplido si es mujer 57 años de edad, o si es hombre 62 años de edad.</p>
<p><strong>2-Fondos insuficientes. </strong>Que los fondos obtenidos producto de los aportes obligatorios, más los aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorio, y otros autorizados por el Gobierno Nacional para el mismo propósito, no sean suficientes para obtener una pensión mínima.</p>
<p><strong>3-Ahorro.</strong> Que el monto anual del ahorro sea inferior al aporte mínimo mensual señalado para el Sistema General de Pensiones</p>
<p>Para conocer más de este programa usted puede abrir la página <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego ingresar al link preguntas frecuentes – Beps y tener más información.</p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano<br />
Ministerio del Trabajo</p>
Quisiera saber sobre los resultados de los proyectos a travez del CMDR programa pacto agrario municipio fundacion Magd.
Quisiera saber sobre los resultados de los proyectos a travez del CMDR programa pacto agrario municipio fundacion Magd.
Respuesta
<p>Bogotá D.C. 23 de septiembre de 2014 (@minagricultura) - Vamos a darle el “estartazo” que necesita la economía campesina, acelerando la ejecución del Pacto Agrario, señaló el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Aurelio Iragorri Valencia. Para ello se puso en marcha un plan de choque, con el que al finalizar este año, el billón de pesos que asignó el Gobierno Nacional para cofinanciar proyectos de vivienda, empleo rural temporal, productividad, acceso a tierras, riego y drenaje, le llegue a las regiones del país, indicó el jefe de la cartera agropecuaria. Una de las primeras acciones, para responder a los 4.780 proyectos que se presentaron al Pacto Agrario, fue expedir el Decreto 1567 de 2014, con el cual se dictan los lineamientos generales para la cofinanciación de los mismos y, se marca una hoja de ruta para garantizar un proceso eficiente y transparente en la asignación de los recursos, dijo Iragorri Valencia. Según dio a conocer el Ministro, el mayor número de proyectos presentados corresponde a los relacionados con productividad, tanto a nivel municipal como departamental, que fueron el 82% del total. El paso siguiente, es la calificación técnica y económica de todos los proyectos para determinar su viabilidad, la cual realizará una firma especializada a partir de esta semana; cuyos resultados estarán listos en el mes de noviembre y con los que iniciará la primera fase de ejecución del Pacto Agrario, informó. “Una vez estén estas calificaciones, vamos a abrir una fiducia en la que colocaremos los recursos para asegurar la ejecución presupuestal y no perderlos”, agregó el Ministro. El funcionario explicó que a través de esta fiducia, se irán haciendo desembolsos a las regiones en la medida que vayan realizando las obras, mediante cuentas controladas, pues serán estas las encargadas de adelantar los proyectos. “La ejecución del proyecto depende de la velocidad con que en las regiones contraten las obras o maquinarias que contenga cada plan”, destacó el Ministro Iragorri. Finalmente, el titular de la cartera agropecuaria en aras de la trasparencia hizo un llamado para que la ejecución de los proyectos del Pacto, tenga una interventoría social a través de los líderes de las regiones, juntas de acción comunal y organizaciones campesinas. “hacemos un llamado a que se realicen “veedurías campesinas” a través de las asociaciones, juntas de acción comunal y organizaciones campesinos con el fin de que los recursos del pacto lleguen directamente a los que más lo necesitan” afirmó el Ministro.</p>
Q paso con el proyecto de pension retroactiva alguien le faltaba tiempo de cotizacion lo pensionaban y descontaban ?
Q paso con el proyecto de pension retroactiva alguien le faltaba tiempo de cotizacion lo pensionaban y descontaban ?
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<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p><strong>El programa de subsidio al aporte en pensión </strong>está destinado a subsidiar los aportes al régimen general de pensiones de los trabajadores asalariados, independientes o desempleados del sector rural y urbano, tales como artistas, deportistas, madres comunitarias, personas con discapacidad y concejales. Va dirigido a aquellas personas que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte; en este sentido, y de acuerdo con el grupo poblacional al que pertenece el beneficiario, el Fondo de Solidaridad Pensional, a través del CONSORCIO COLOMBIA MAYOR, subsidia una parte del total del aporte, estando obligado el beneficiario a cancelar oportunamente la porción del aporte que le corresponde. Los requisitos para afiliarse dependiendo del grupo poblacional al que pertenezca, sin embargo es obligatorio cumplir con lo siguiente:<br />
<br />
• Ser mayor de 35 años y menor de 55 años si se encuentran afiliados a Colpensiones o menores de 58 años si se encuentran afiliados a los fondos de pensiones siempre y cuando no tengan un capital suficiente para financiar una pensión mínima y contar con doscientas cincuenta (250) semanas como mínimo, previas al otorgamiento del subsidio, independientemente del régimen al que pertenezcan.</p>
<p><br />
• Ser mayores de 55 años si se encuentran afiliados a Colpensiones o de 58 si se encuentran afiliados a los fondos de pensiones, siempre y cuando no tengan un capital suficiente para financiar una pensión mínima y contar con quinientas (500) semanas como mínimo, previas al otorgamiento del subsidio, independientemente del régimen al que pertenezcan.</p>
<p><br />
• Si usted es madre comunitaria debe presentar certificado del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que acredite la calidad de madre comunitaria. Además de estar afiliado al sistema de seguridad social en salud (cotizante del régimen contributivo o beneficiarios del mismo ó afiliado al régimen subsidiado). Finalmente debe ser menor de 65 años.</p>
<p> <br />
• <u>Si usted es discapacitado debe tener 500 semanas cotizadas o su equivalente al tiempo de servicio, estar afiliado al sistema de seguridad social en salud (cotizante del régimen contributivo o beneficiarios del mismo ó afiliado al régimen subsidiado). Ser menor de 65 años, estar en los niveles I ó II del Sisbén y certificar la pérdida de la capacidad laboral, igual o superior al 50%, </u> (lo subrayado es nuestro).</p>
<p> <br />
Para mayor información CONSORCIO COLOMBIA MAYOR en Bogotá al teléfono 7444334.</p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p><strong>El programa de subsidio al aporte en pensión </strong>está destinado a subsidiar los aportes al régimen general de pensiones de los trabajadores asalariados, independientes o desempleados del sector rural y urbano, tales como artistas, deportistas, madres comunitarias, personas con discapacidad y concejales. Va dirigido a aquellas personas que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte; en este sentido, y de acuerdo con el grupo poblacional al que pertenece el beneficiario, el Fondo de Solidaridad Pensional, a través del CONSORCIO COLOMBIA MAYOR, subsidia una parte del total del aporte, estando obligado el beneficiario a cancelar oportunamente la porción del aporte que le corresponde. Los requisitos para afiliarse dependiendo del grupo poblacional al que pertenezca, sin embargo es obligatorio cumplir con lo siguiente:<br />
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• Ser mayor de 35 años y menor de 55 años si se encuentran afiliados a Colpensiones o menores de 58 años si se encuentran afiliados a los fondos de pensiones siempre y cuando no tengan un capital suficiente para financiar una pensión mínima y contar con doscientas cincuenta (250) semanas como mínimo, previas al otorgamiento del subsidio, independientemente del régimen al que pertenezcan.</p>
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• Ser mayores de 55 años si se encuentran afiliados a Colpensiones o de 58 si se encuentran afiliados a los fondos de pensiones, siempre y cuando no tengan un capital suficiente para financiar una pensión mínima y contar con quinientas (500) semanas como mínimo, previas al otorgamiento del subsidio, independientemente del régimen al que pertenezcan.</p>
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• Si usted es madre comunitaria debe presentar certificado del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que acredite la calidad de madre comunitaria. Además de estar afiliado al sistema de seguridad social en salud (cotizante del régimen contributivo o beneficiarios del mismo ó afiliado al régimen subsidiado). Finalmente debe ser menor de 65 años.</p>
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• <u>Si usted es discapacitado debe tener 500 semanas cotizadas o su equivalente al tiempo de servicio, estar afiliado al sistema de seguridad social en salud (cotizante del régimen contributivo o beneficiarios del mismo ó afiliado al régimen subsidiado). Ser menor de 65 años, estar en los niveles I ó II del Sisbén y certificar la pérdida de la capacidad laboral, igual o superior al 50%, </u> (lo subrayado es nuestro).</p>
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Para mayor información CONSORCIO COLOMBIA MAYOR en Bogotá al teléfono 7444334.</p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
PREGUNTA PARA MINHACIENDA ¿HAY O NO UN HUECO FISCAL DE 12,5 BILLONES? http://bit.ly/1s3WBRv Gracias
Registrada:
Código:
5494
PREGUNTA PARA MINHACIENDA ¿HAY O NO UN HUECO FISCAL DE 12,5 BILLONES? http://bit.ly/1s3WBRv Gracias
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<p>Desde hace quince años el Gobierno Nacional ha venido implementando una serie de instrumentos tendientes a garantizar la sostenibilidad fiscal y unas finanzas públicas sanas. El último desarrollo normativo en la materia es la Ley 1473 de 2011, ampliamente conocida como Regla Fiscal. Esta disposición obliga al Gobierno a mantener una senda decreciente de déficit fiscal estructural con metas puntuales para los años 2014, 2018 y 2022. Dada esta nueva arquitectura institucional, el Gobierno se ve obligado, cuando desaparece algún tributo o se contrae alguna renta, a encontrar una fuente sustituta o a reducir el gasto público.</p>
<p>En el año 2015 desaparecerá el impuesto al patrimonio y la tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros –GMF- se reducirá de 4 por mil a 2 por mil, tal y como lo estipulan las Leyes 1370 de 2009 y 1694 de 2013, respectivamente. Tales hechos contraen las fuentes de financiamiento del PGN 2015. En consecuencia, se hace necesario mantener estos impuestos para respetar simultáneamente los compromisos de gasto e inversión social de y la meta de déficit contenida en la Regla Fiscal. De acuerdo con estimaciones del equipo técnico del Ministerio la disminución del recaudo alcanzaría $12,5 billones en 2015.</p>
<p>En el año 2015 desaparecerá el impuesto al patrimonio y la tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros –GMF- se reducirá de 4 por mil a 2 por mil, tal y como lo estipulan las Leyes 1370 de 2009 y 1694 de 2013, respectivamente. Tales hechos contraen las fuentes de financiamiento del PGN 2015. En consecuencia, se hace necesario mantener estos impuestos para respetar simultáneamente los compromisos de gasto e inversión social de y la meta de déficit contenida en la Regla Fiscal. De acuerdo con estimaciones del equipo técnico del Ministerio la disminución del recaudo alcanzaría $12,5 billones en 2015.</p>
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<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">Cordial saludo.</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>
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<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">Cordial saludo.</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>