Déjale preguntas al Gobierno sobre la gestión en salud
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Este domingo 7 de septiembre desde las 8:00 p.m. el Ministerio de Salud responde tus preguntas en vivo sobre los retos en Salud, por Canal Institucional. Participa con tus preguntas, opiniones y comentarios.
¿Por qué el Decreto Nacional 1164 del 25/06/2014 no beneficia a los jovenes que no estudian como lo anunció el gobierno?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Decreto 1164 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf</a>) y la circular 044 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf</a>), establecen que para verificar la condición de beneficiarios de los hijos de 18 a 25 años de un cotizante del Régimen Contributivo que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad, las Entidades Promotoras de Salud NO podrán exigirle al interesado la certificación de estudios. Para acreditar tal condición es suficiente la declaración suscrita por los padres.</p>
<p>En consecuencia, si las EPS exigen el certificado de estudios como condición para la afiliación de los beneficiarios, esta irregularidad puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), con el fin de que esta realice las investigaciones y aplique las sanciones a que haya lugar. </p>
<p>Vale la pena aclarar que si estas personas, independientemente de que sean estudiantes, están trabajando con el sector público o privado mediante cualquier modalidad de vinculación, o son trabajadores independientes con capacidad de pago, deben estar afiliadas al Régimen Contributivo en calidad de cotizantes. Esto será verificado por las EPS y por las entidades de inspección, vigilancia y control.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Decreto 1164 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf</a>) y la circular 044 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf</a>), establecen que para verificar la condición de beneficiarios de los hijos de 18 a 25 años de un cotizante del Régimen Contributivo que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad, las Entidades Promotoras de Salud NO podrán exigirle al interesado la certificación de estudios. Para acreditar tal condición es suficiente la declaración suscrita por los padres.</p>
<p>En consecuencia, si las EPS exigen el certificado de estudios como condición para la afiliación de los beneficiarios, esta irregularidad puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), con el fin de que esta realice las investigaciones y aplique las sanciones a que haya lugar. </p>
<p>Vale la pena aclarar que si estas personas, independientemente de que sean estudiantes, están trabajando con el sector público o privado mediante cualquier modalidad de vinculación, o son trabajadores independientes con capacidad de pago, deben estar afiliadas al Régimen Contributivo en calidad de cotizantes. Esto será verificado por las EPS y por las entidades de inspección, vigilancia y control.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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