Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El subsidio de sostenimiento aplica para los estudiantes registrados en el Sisb&eacute;n dentro de los puntos de corte establecidos para ello y el desembolso se genera luego de culminada la legalizaci&oacute;n o renovaci&oacute;n del cr&eacute;dito.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o p=""></o></span></p>

<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>

<p><span>&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>

<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>

<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Eduardo</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n te sugerimos nos ampl&iacute;es la informaci&oacute;n de tal forma que podamos proporcionar una respuesta directa o bien brindar orientaci&oacute;n si es del caso.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a se&ntilde;or G&oacute;mez,</p>

<p>En atenci&oacute;n a sus preguntas sobre inversi&oacute;nes en turismo e industria, le informamos que puede obtener las respuesta en los siguientes elaces:</p>

<p>1.&nbsp;http://es.slideshare.net/damarismontealegre/respuesta-proyectos-inversion-turismo-sr-gomez-2015, informaci&oacute;n sobre proyectos de turismo respuesta preparada por&nbsp;<strong>Mar&iacute;a C. Mora&nbsp;</strong>Directora Negocios Especiales PA Fontur&nbsp;<strong>Fiducoldex&nbsp;</strong><strong>Tel&eacute;fono: 3275500</strong> Ext. 1202&nbsp;<strong>Email:</strong> <a href="mailto:Maria.Mora@fiducoldex.com.co">Maria.Mora@fiducoldex.com.co</a></p>

<p>&nbsp;</p>

<p>2. &nbsp;http://es.slideshare.net/damarismontealegre/respuesta-direccion-mipymes-sr-gomez-2015-50218273, respuesta preparada por &nbsp;<strong>Anibal Ramirez Cuellar</strong></p>

<p>Direcci&oacute;n de Micro, Peque&ntilde;a y Mediana Empresa,&nbsp;<a href="mailto:aramirezc@mincit.gov.co">aramirezc@mincit.gov.co</a>,&nbsp;(571) 6067676 Ext. 1489.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p><strong>LUZ ANGELA MU&Ntilde;OZ OVIEDO</strong></p>

<p><em>Asesor ( e )</em></p>

<p><em>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</em></p>

<p><u><a href="mailto:lamunoz@mincit.gov.co">lamunoz@mincit.gov.co</a></u></p>

<p>Mincomercio</p>

<p>Calle 28 # 13A &ndash; 15&nbsp;&nbsp; Piso 1</p>

<p>6067676 ext. 1537</p>

<p><strong>Bogot&aacute;, Colombia</strong></p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Se dio respuesta al peticionario con el OFI15-0022410-DCP-3200 del lunes 31 de agosto de 2015, el cual fue enviado al correo electronico <a href="mailto:ccgm899@hotmail.com">ccgm899@hotmail.com</a> el dia 3 de septiembre de 2015.</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or Chavez, buenos d&iacute;as. Reciba un cordial saludo.</p>

<p>El Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE) es un plan que se compone de diversas l&iacute;neas de acci&oacute;n o medidas. Desde el sector Comercio, Industria y Turismo, el PIPE est&aacute; pensado para apoyar a la industria colombiana con l&iacute;neas de cr&eacute;dito, beneficios tributarios, simplificaci&oacute;n de tr&aacute;mites y procedimientos y ajustes institucionales para la facilitaci&oacute;n del comercio. Las medidas que componen el PIPE son medidas expeditas dise&ntilde;adas por el Gobierno Nacional a partir de la informaci&oacute;n suministrada por empresarios colombianos en encuentros peri&oacute;dicos sostenidos con el Presidente de la Rep&uacute;blica, con la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, y con los l&iacute;deres de las 14 entidades adscritas que conforman el sector. Dependiendo del tipo de empresa que usted lidera y de las necesidades del sector de su empresa, una u otra medida del PIPE le ser&iacute;a &uacute;til.</p>

<p>Como se menciona antes, este Plan incluye elementos desde desgravaciones arancelarias para bienes de capital y materias primas, hasta convocatorias de diferentes entidades del sector con el fin de aumentar productividad y competitividad a trav&eacute;s de la innovaci&oacute;n, as&iacute; como l&iacute;neas de cr&eacute;dito de Banc&oacute;ldex y medidas de facilitaci&oacute;n y agilizaci&oacute;n del comercio. Lo invitamos a conocer con mayor profundidad este Plan, incluidas nuestras convocatorias que ya han sido abiertas, consultando la siguiente p&aacute;gina web: <a href="http://www.mincit.gov.co/emprendimiento/publicaciones.php?id=6901">http://www.mincit.gov.co/emprendimiento/publicaciones.php?id=6901</a> . Estaremos atentos a responder cualquier otra inquietud que tenga al respecto.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p><strong>Santiago Wills Valderrama</strong></p>

<p><em>Asesor</em></p>

<p><em>Viceministerio de Comercio Exterior</em></p>

<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>

<p><u><a href="mailto:swills@mincit.gov.co">swills@mincit.gov.co</a></u></p>

<p>Calle 28 No. 13&ordf;-15, Piso 7</p>

<p>Tel: 6067676 Ext. 1450</p>

<p><strong>Bogot&aacute;, Colombia</strong></p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>

<p><span>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.<o p=""></o></span></p>

<p><span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:<o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas"><span>http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</span></a><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/vipa"><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></a><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya"><span>http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</span></a><span><o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jairo</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. En este caso el equipo de Urna de Cristal brinda un espacio mediante el cual la ciudadan&iacute;a puede se&ntilde;alar propuestas, realizando igualmente aportes sobre los temas promovidos por parte de Urna de Cristal. En este sentido, te invitamos que formules tu propuesta en <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El programa Ser Pilo Paga esta dirigido a personas de escasos recursos que tengan un buen rendimiento academico. La invitamos a conocer la linea de credito del ICETEX T&uacute; Eliges, alli posiblemente una linea de credito se ajuste a sus caracteristicas.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>

<p>Para el reconocimiento de los derechos pensionales se deber&aacute;n cumplir los requisitos de edad y tiempo de cotizaci&oacute;n, los cuales var&iacute;an de acuerdo a la norma aplicable. Por tal raz&oacute;n, es importante que usted conozca lo siguiente: El art&iacute;culo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003, establece que una persona afiliada al R&eacute;gimen de Prima Media &ndash; RPM, tendr&aacute; derecho a la Pensi&oacute;n de Vejez siempre y cuando re&uacute;na los siguientes requisitos: (...) Haber cumplido cincuenta y cinco (55) a&ntilde;os de edad si es mujer o sesenta (60) a&ntilde;os si es hombre. A partir del 1&deg;. de enero del a&ntilde;o 2014 la edad se increment&oacute; a cincuenta y siete (57) a&ntilde;os para la mujer, y sesenta y dos (62) a&ntilde;os para el hombre. Para el a&ntilde;o 2015 se exige un m&iacute;nimo de 1.300 semanas cotizadas.</p>

<p>Es decir para pensionarse por el r&eacute;gimen de prima media que en la actualidad lo maneja COLPENSIONES, se exige dos requisitos: 1) Edad: Haber cumplido 57 a&ntilde;os si es mujer o 62 a&ntilde;os si es hombre. 2) Haber cotizado 1300 semanas.</p>

<p>En cuanto al otro r&eacute;gimen existen cosas importantes para tener en cuenta en los de Fondos de Pensiones y Cesant&iacute;a (AFP) en un r&eacute;gimen de ahorro individual (RAI):</p>

<p>1. En las AFP los aportes de los afiliados constituyen una cuenta de ahorro individual pensional.<br />

2. En el RAI el monto de la pensi&oacute;n de vejez depende del capital ahorrado.<br />

3. En el RAI, cuando el monto de su cuenta supera la cuant&iacute;a exigida para cubrir el 75% del promedio de los 10 &uacute;ltimos a&ntilde;os (cuota exigida por ley), el cotizante puede pedir que lo pensionen con lo legal y reclamar el excedente de su cuenta de ahorro individual para administrarla a su gusto.<br />

4 En el RAI su cuenta es &uacute;nicamente suya y heredable. Esto significa que si usted muere antes de tener el derecho de pensi&oacute;n, este dinero constituir&iacute;a algo similar a un seguro de vida para su familia.<br />

5. En el RAI los afiliados pueden realizar aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorias para incrementar el monto de su pensi&oacute;n y anticiparla.<br />

Por &uacute;ltimo se debe tener en cuenta lo establecido en la ley 797 de 2003</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o p=""></o></span></p>

<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>

<p><span>&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>

<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>

<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Claudia:</p>

<p>En atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente transcribimos la respuesta dada por la Direcci&oacute;n de Prestaci&oacute;n de Servicios y Atenci&oacute;n Primaria:</p>

<p><em>En el marco de las competencias establecidas en el art&iacute;culo 43 de la ley 715 de 2001, corresponde al Departamento del Valle del Cauca organizar y gestionar la prestaci&oacute;n de servicios de salud en su jurisdicci&oacute;n. En concordancia con lo anterior, el art&iacute;culo 156 de la Ley 1450 de 2011 se&ntilde;ala la responsabilidad dela entidad territorial departamental en la elaboraci&oacute;n y desarrollo del Programa Territorial de Reorganizaci&oacute;n, Redise&ntilde;o y Modernizaci&oacute;n de Redes de Empresas Sociales del Estado. En virtud de lo se&ntilde;alado, es el Departamento del Valle del Cauca el competente, como parte del Estado y en desarrollo de sus competencias constitucional y legalmente establecidas, para definir medidas en torno a los requerimientos y situaci&oacute;n de las Empresas Sociales del Estado del orden departamental de su jurisdicci&oacute;n.&nbsp; </em></p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes Donaldo</p>

<p>Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano</p>

<p>Por otra parte, y teniendo en cuanto la consulta formulada, el Equipo de Urna de Cristal se permite brindar orientaci&oacute;n al respecto. Actualmente en Colombia se encuentran diferentes organismos de control, inspecci&oacute;n y vigilancia que velan por el cumplimiento de los derechos constitucionales y a los cuales podr&aacute; acudir en caso de ser necesario.</p>

<p>Para ello encontramos las siguientes entidades de control:</p>

<p class="rteindent1">- Fiscal&iacute;a General de la Naci&oacute;n</p>

<p class="rteindent1">- Contralor&iacute;a General de la Rep&uacute;blica</p>

<p class="rteindent1">- Procuradur&iacute;a General de la Naci&oacute;n</p>

<p class="rteindent1">- Departamento Administrativo de la Funci&oacute;n P&uacute;blica</p>

<p class="rteindent1">- Contadur&iacute;a General de la Naci&oacute;n</p>

<p class="rteindent1">- Comisi&oacute;n Nacional del Servicio Civil</p>

<p class="rteindent1">- Oficina de Control Interno de cada entidad.</p>

<p>Por otra parte, en caso que desee acudir ante la justicia y se encuentra involucrada alguna entidad p&uacute;blica, deber&aacute; hacerlo a trav&eacute;s de la Jurisdicci&oacute;n de lo Contencioso Administrativo, y de esta forma iniciar el proceso tal y como lo dispone la ley por medio de alguna de las acciones previstas en la misma.</p>

<p>Con relaci&oacute;n En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 28 del Decreto 2190 de 2009.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del T&iacute;tulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

<p>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>En primer lugar agradecerle por la propuesta presentada. Es muy loable de parte suya proponer que las personas que tienen 60 a&ntilde;os y no tienen trabajo puedan pensionarse.</p>

<p>Sin embargo le informamos que la ley 100 de 1993, establece:</p>

<p><strong>ART&Iacute;CULO 33. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSI&Oacute;N DE VEJEZ.</strong> &lt;Art&iacute;culo modificado por el art&iacute;culo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#9">9</a> de la Ley 797 de 2003.&nbsp;</p>

<p>De conformidad con el art&iacute;culo 125 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selecci&oacute;n por m&eacute;rito.&nbsp;</p>

<p>Usted puede ingresar para mayo informaci&oacute;n en la p&aacute;gina de la Comisi&oacute;n Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>

<p>Otra alternativa que en ning&uacute;n caso es pensi&oacute;n y se hace efectiva solo una vez es la indemnizaci&oacute;n sustitutiva de la pensi&oacute;n de vejez o devoluci&oacute;n de saldos que se encuentran consagradas en la ley 100 de 1993 y que dice:</p>

<p><strong>ART&Iacute;CULO 37. INDEMNIZACI&Oacute;N SUSTITUTIVA DE LA PENSI&Oacute;N DE VEJEZ.</strong> Las personas que habiendo cumplido la edad para obtener la pensi&oacute;n de vejez no hayan cotizado el m&iacute;nimo de semanas exigidas, y declaren su imposibilidad de continuar cotizando, tendr&aacute;n derecho a recibir, en sustituci&oacute;n, una indemnizaci&oacute;n equivalente a un salario base de liquidaci&oacute;n promedio semanal multiplicado por el n&uacute;mero de semanas cotizadas; al resultado as&iacute; obtenido se le aplica el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales haya cotizado el afiliado</p>

<p><strong>ART&Iacute;CULO 66. DEVOLUCI&Oacute;N DE SALDOS.</strong> Quienes a las edades previstas en el art&iacute;culo anterior no hayan cotizado el n&uacute;mero m&iacute;nimo de semanas exigidas, y no hayan acumulado el capital necesario para financiar una pensi&oacute;n por lo menos igual al salario m&iacute;nimo, tendr&aacute;n derecho a la devoluci&oacute;n del capital acumulado en su cuenta de ahorro individual, incluidos los rendimientos financieros y el valor del bono pensional, si a &eacute;ste hubiere lugar, o a continuar cotizando hasta alcanzar el derecho.</p>

<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, este tipo de propuesta debe ser presentada al &oacute;rgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y C&oacute;digos en todos los ramos de la Legislaci&oacute;n.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Es importante tener en cuenta que los programas vigentes actualmente en el Fondo Nacional de Vivienda son para la compra de vivienda nueva unicamente.</p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>

<p><span>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.<o p=""></o></span></p>

<p><span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:<o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas"><span>http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</span></a><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/vipa"><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></a><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya"><span>http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</span></a><span><o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, es importante aclarar que si su postulaci&oacute;n se encuentra en el estado de &ldquo;Habilitado&rdquo;, en el evento en que el oferente del proyecto de vivienda presente un listado con un n&uacute;mero de hogares superior al n&uacute;mero de viviendas a ejecutar en el proyecto seleccionado y el n&uacute;mero de hogares que cumpla las condiciones se&ntilde;aladas en el Decreto 1432 de 2013, supere el n&uacute;mero de viviendas mencionado, las entidades otorgantes del subsidio es decir Fonvivienda y/o las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar priorizar&aacute;n en la asignaci&oacute;n, a los hogares que habiendo cumplido las condiciones requeridas, cuenten con un mayor ahorro.</p>

<p>Si una vez verificado el mayor ahorro, se presenta empate entre uno o varios hogares, se asignar&aacute;n los subsidios de acuerdo con el orden de radicaci&oacute;n de las postulaciones ante el oferente del proyecto. Este orden deber&aacute; ser indicado por este &uacute;ltimo, indicando a la entidad otorgante la fecha y hora de radicaci&oacute;n del formulario de postulaci&oacute;n.</p>

<p>De otra parte en el decreto enunciado, se establece que los hogares deber&aacute;n mantener las condiciones y requisitos para el acceso al Subsidio Familiar de Vivienda, desde la entrega del formulario y los documentos soporte al oferente, hasta el momento de la asignaci&oacute;n del subsidio.</p>

<p>En consecuencia, ser&aacute; responsabilidad de los hogares informar al oferente de los proyectos cualquier hecho que modifique de alguna manera las condiciones que le permiten ser beneficiario del programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores- VIPA. En todo caso, todos los miembros del hogar indicados en el formulario de postulaci&oacute;n, ser&aacute;n beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda, para todos los efectos.</p>

<p>De la misma forma, seg&uacute;n lo prescribe el art&iacute;culo 22 del Decreto 1432 de 2013, Fonvivienda o las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar, tendr&aacute;n la facultad de revisar en cualquier momento la consistencia y/o veracidad de la informaci&oacute;n suministrada en el listado aportado por el hogar postulante. Si se determina que existe imprecisi&oacute;n o falta de veracidad en los datos entregados en el formulario o en los documentos que lo acompa&ntilde;an, o en las condiciones o requisitos del hogar, se solicitar&aacute; al hogar y/o al oferente que dentro de los quince (15) d&iacute;as h&aacute;biles siguientes emita las aclaraciones del caso.</p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>

<p><span>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.<o p=""></o></span></p>

<p><span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:<o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas"><span>http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</span></a><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/vipa"><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></a><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya"><span>http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</span></a><span><o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La convocatoria para pregrado correspondiente al segundo semestre de 2015, estuvo habilitada entre el 25 de mayo y el 3 de agosto de 2015. El Icetex cuenta a partir del segundo semestre de 2015 con cinco modalidades de cr&eacute;dito para Pregrado, en las cuales el estudiante de acuerdo con sus condiciones socioecon&oacute;micas y de m&eacute;rito acad&eacute;mico selecciona la l&iacute;nea de cr&eacute;dito que m&aacute;s le beneficie, de igual forma debe validar si cumple los requisitos para aplicar con deudor solidario o a trav&eacute;s del fondo de garantias. Para mayor informaci&oacute;n puede consultar la p&aacute;gina web www.icetex.gov.co, link Cr&eacute;dito Educativo.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La convocaroria para pregrado correspondiente al segundo semestre de 2015, estuvo habilitada entre el 25 de mayo y el 3 de agosto de 2015.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>El Gobierno en su b&uacute;squeda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una pol&iacute;tica Nacional de Emprendimiento, que&nbsp; con la articulaci&oacute;n de esfuerzos de las personas p&uacute;blicas y privadas que integran la Red Nacional y las&nbsp; Redes Regionales&nbsp; para el Emprendimiento, se avanza en el fomento al emprendimiento, es as&iacute; como a trav&eacute;s de programas y estrategias del Fondo Emprender del SENA, Innpulsa Colombia, Emprende Cultura, Colombia Joven Emprende, entre otras,&nbsp; apoya proyectos de emprendimiento empresarial,&nbsp; financiando las&nbsp; ideas de negocio, generando innovaci&oacute;n, la creaci&oacute;n de empresa y Pymes.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Le informamos que el programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; es a trav&eacute;s de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar que los bachilleres, t&eacute;cnicos, tecn&oacute;logos y universitarios podr&aacute;n postularse para aspirar a ingresar al programa &quot;40 Mil Primeros Empleos&quot; del Ministerio del Trabajo.</p>

<p>Las inscripciones, ya est&aacute;n en marcha en el departamento del Valle del Cauca y&nbsp; ser&aacute;n abiertas progresivamente en otras regiones del pa&iacute;s. A partir de mayo estar&aacute;n abiertas en Bogot&aacute;, mientras que en Medell&iacute;n y Barranquilla se abrir&aacute;n en el mes de junio. As&iacute; mismo, en Julio se har&aacute; la apertura de las inscripciones en todo el territorio nacional.</p>

<p>Al programa &quot;40 Mil Primeros Empleos&quot; pueden aplicar todos los j&oacute;venes bachilleres, t&eacute;cnicos, tecn&oacute;logos y profesionales entre los 18 y 28 a&ntilde;os, que actualmente no se encuentren estudiando, est&eacute;n buscando empleo y no tengan experiencia formal relacionada con su &aacute;rea de estudio.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Los j&oacute;venes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operar&aacute;n el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin L&iacute;mites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a>&nbsp;para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>

<p>Para una mayor informaci&oacute;n, usted puede ingresar a la p&aacute;gina del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego al link 40.000 empleos.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

Respuesta
<p>Bogot&aacute;, D.C., junio de 2015</p>

<p>Apreciado ciudadano</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>En atenci&oacute;n a su solicitud citada en el asunto, el Programa J&oacute;venes en Acci&oacute;n -JeA- del Departamento para la Prosperidad Social -DPS-, se permite informar:</p>

<p>Para verificar el estado de su registro al programa JeA es importante contar con m&aacute;s informaci&oacute;n (Nombres y apellidos, n&uacute;mero y tipo de documento tarjeta de identidad y/o c&eacute;dula de ciudadan&iacute;a, municipio, correo electr&oacute;nico y direcci&oacute;n de correspondencia, con el fin de verificar en el sistema); por lo tanto lo invitamos a solicitar informaci&oacute;n a trav&eacute;s de los siguientes canales de atenci&oacute;n al ciudadano:</p>

<ul>

<li>

Nuestra p&aacute;gina web: www.jovenesenaccion.co</li>

<li>

La l&iacute;nea gratuita de servicio al ciudadano del DPS: 018000951100, en Bogot&aacute; al 5954410</li>

<li>

Redes sociales: Facebook (DPS J&oacute;venes en Acci&oacute;n) o Twitter (@DPSjovenes)</li>

<li>

De manera presencial en las Direcciones Regionales del DPS y puntos de atenci&oacute;n en cada ciudad. Consulte la direcci&oacute;n de su ciudad en la p&aacute;gina web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a>.</li>

</ul>

<p>Recuerde que los programas y servicios ofrecidos por el DPS son completamente gratuitos y no requieren intermediarios.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p><strong>Juan Paulo Ortiz Vallejo</strong></p>

<p><strong>Coordinador Nacional Grupo de Trabajo</strong></p>

<p><strong>J&oacute;venes en Acci&oacute;n</strong></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Este tipo de requisitos de aplicaci&oacute;n se conoce&aacute;n cuando se ance la convocatoria de Ser Pilo Paga, se tiene planeado para finales de agosto e inicio de septiembre.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Para consultar los&nbsp;resultados de las pruebas Saber 11&deg;, &nbsp;debe tener a la mano el c&oacute;digo de registro a la prueba y el numero de identificaci&oacute;n&nbsp;personal.Pude consultar su resultado ingresando a la pagina: www.icfesinteractivo.gov.co<br />

Si el error persiste, debe comunicarse con el Icfes por el numero de fax ciudadano&nbsp;(57+1) 4841410 y&nbsp;remitir&nbsp;los datos o a trabez de&nbsp;atenci&oacute;n&nbsp;al ciudadano por via web al siguiente link:&nbsp;http://www.icfes.gov.co/ciudadano/15-lista-completa-de-canales/29-atencion-web<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Preescolar, B&aacute;sica y Media<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Si habla del apoyo de sostenimiento que entrega el Programa Ser Pilo Paga a todos los beneficiarios, debe actualizar sus datos y renovar su credito condonable en la pagina web del ICETEX, entregar los documentos pertinentes a la IES y despues de que la Universidad renueve debe esperar de 10 a 15 dias habiles para recibir el giro. El plazo de la actualizacion esta abierto desde mayo y vence 21 de agosto.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto le informamos que actualmente de acuerdo a la Resoluci&oacute;n 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicion&oacute; 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase&nbsp; para cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1&ordm; de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas que defina FONVIVIENDA.</p>

<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resoluci&oacute;n 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>

<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea de hasta setenta (70) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP&nbsp; se asignara un total de treinta mil (30.000) coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>

<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea mayor a setenta (70) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y hasta (135) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIS&nbsp; se asignara un total de cien&nbsp; mil (100.000) coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>

<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminaci&oacute;n anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase,&nbsp; se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Cap&iacute;tulo 1 del T&iacute;tulo 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015.</p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o p=""></o></span></p>

<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>

<p><span>&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>

<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>

<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p>Bogot&aacute;, D.C., junio de 2015</p>

<p>Apreciada ciudadana</p>

<p>En atenci&oacute;n a su solicitud, el Programa J&oacute;venes en Acci&oacute;n -JeA- del Departamento para la Prosperidad Social -DPS-, se permite manifestar:</p>

<p>Respecto a su solicitud de la joven Kelly Jhoana Padilla Bernal es pertinente aclarar que se refiere a datos personales y semiprivados de los ciudadanos que la Entidad atiende, los mismos deben tratarse en el marco que establece la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.</p>

<p>De este modo, de acuerdo a la normatividad vigente, la informaci&oacute;n solo podr&aacute; suministrarse a las siguientes personas:</p>

<p><em>&quot;a) A los Titulares, sus causahabientes o sus representantes legales; b) A las entidades p&uacute;blicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial; c) A los terceros autorizados por el Titular o por la ley&quot;.</em></p>

<p>En concordancia con lo anterior no es posible otorgar informaci&oacute;n alguna, y en aplicaci&oacute;n de los principios de acceso y circulaci&oacute;n restringida(1)&nbsp;y de confidencialidad acerca de la vinculaci&oacute;n o acreditaci&oacute;n de terceros al programa J&oacute;venes en Acci&oacute;n.</p>

<p>Adicionalmente JeA invita a los j&oacute;venes a solicitar informaci&oacute;n a trav&eacute;s de los siguientes canales de atenci&oacute;n al ciudadano:</p>

<ul>

<li>

De manera presencial en las Direcciones Regionales del DPS y puntos de atenci&oacute;n en cada ciudad. Consulte la direcci&oacute;n de su ciudad en la p&aacute;gina web www.dps.gov.co.</li>

<li>

Nuestra p&aacute;gina web: www.jovenesenaccion.co</li>

<li>

La l&iacute;nea gratuita de servicio al ciudadano del DPS: 018000951100, en Bogot&aacute; al 5954410.</li>

</ul>

<p>Recuerde que los programas y servicios ofrecidos por el DPS son completamente gratuitos y no requieren intermediarios.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p><strong>Juan Paulo Ortiz Vallejo</strong></p>

<p><strong>Coordinador Nacional Grupo de Trabajo-J&oacute;venes en Acci&oacute;n</strong></p>

<div>

<div id="ftn1">

<p><strong>(1)Principio de acceso y circulaci&oacute;n restringida</strong>: El Tratamiento se sujeta a los l&iacute;mites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constituci&oacute;n. En este sentido, el Tratamiento s&oacute;lo podr&aacute; hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la presente ley. Los datos personales, salvo la informaci&oacute;n p&uacute;blica, no podr&aacute;n estar disponibles en Internet u otros medios de divulgaci&oacute;n o comunicaci&oacute;n masiva, salvo que el acceso sea t&eacute;cnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido s&oacute;lo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la presente ley. Ley 1581 de 2012, art&iacute;culo 4 literal f.</p>

</div>

</div>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el art&iacute;culo 3 del Decreto 2391 de 2013&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el art&iacute;culo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto le informamos que actualmente de acuerdo a la Resoluci&oacute;n 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicion&oacute; 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase&nbsp; para cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1&ordm; de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas que defina FONVIVIENDA.</p>

<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resoluci&oacute;n 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>

<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea de hasta setenta (70) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP&nbsp; se asignara un total de treinta mil (30.000) coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>

<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea mayor a setenta (70) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y hasta (135) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIS&nbsp; se asignara un total de cien&nbsp; mil (100.000) coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>

<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminaci&oacute;n anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase,&nbsp; se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Cap&iacute;tulo 1 del T&iacute;tulo 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,</p>

<p>Al respecto le informamos que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el <strong>subsidio a la tasa de inter&eacute;s</strong> para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>

<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podr&aacute;n hacer realidad el sue&ntilde;o de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>

<p>Con la implementaci&oacute;n de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de inter&eacute;s</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (87 &ndash; 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>

<p>El acceso a este subsidio es a trav&eacute;s de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>.&nbsp;</p>

<p>En el marco del Plan de Impulso para la Productividad y el Empleo, Pipe, en su segunda fase, tambi&eacute;n se aumentar&aacute;n 30 mil cupos para el programa <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/nuevo-programa-vivienda-subsidio" target="_blank"><strong>Mi Casa Ya</strong></a>, dirigido a hogares que devengan entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos, por lo que este programa, lanzado en marzo de este a&ntilde;o, llegar&aacute; no a 100 mil, sino a 130 mil hogares.</p>

<p>Es importante estar al pendiente de la reglamentaci&oacute;n del subsidio a la tasa de interes para la compra de vivienda nueva superior a 135 SMLMV la cual estar&aacute; a cargo del Ministerio de Hacienda y C&eacute;dito P&uacute;blico. En lo relacionado al programa de Mi Casa Ya, este programa inicia el 1 de septiembre de 2015 y aplica en la ciudad de Manizalez.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Lo estudiantes con los mejores puntajes en las pruebas Saber Pro pueden solicitar la condonaci&oacute;n si cumplen los siguientes requisitos: que el estudiante se grad&uacute;e del programa acad&eacute;mico, el estudiante debe encontrarse en el decil superior de los Mejores Saber Pro establecido por el Icfes, haber presentado las pruebas a partir del segundo semestre de 2011,<br />

tener cr&eacute;dito vigente con el ICETEX para pregrado y estar al d&iacute;a en las cuotas de pago del mismo. Deben estar registrados en el Sisb&eacute;n dentro de los puntos de corte establecidos por el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Desde el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional se hacen grandes esfuerzos por atender las necesidades de los colombianos en temas de educaci&oacute;n; en este sentido me permito informarle que en articulaci&oacute;n con el Instituto Colombiano de Cr&eacute;dito Educativo y Estudios T&eacute;cnicos en el Exterior (ICETEX) cuenta con un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n, la m&aacute;s recientes denominada &ldquo;T&uacute; Eliges&rdquo;<br />

Dicha l&iacute;nea fue lanzada el 21 de Mayo por El Presidente de la Rep&uacute;blica Juan Manuel Santos, en compa&ntilde;&iacute;a de la Ministra de Educaci&oacute;n Gina Parody y del Presidente del ICETEX Fernando Rodr&iacute;guez, ,mediante esta nueva l&iacute;nea de cr&eacute;dito s&eacute; cubre la totalidad de la matr&iacute;cula y ofrece cinco nuevas modalidades de pago. La iniciativa fue pensada para aquellas familias con hijos que obtuvieron un puntaje superior a 310 en las pruebas Saber 11, pero que no cumplen con el punto de corte del SISBEN.<br />

Es importante resaltar que las nuevas l&iacute;neas de cr&eacute;dito T&uacute; eliges c&oacute;mo hacer realidad tus sue&ntilde;os, que presentan grandes beneficios y facilidad para obtener un cr&eacute;dito y lograr acceder a la educaci&oacute;n, son l&iacute;neas de cr&eacute;dito a largo plazo para financiar programas en el nivel t&eacute;cnico profesional, tecnol&oacute;gico, de ciclo complementario de Escuelas Normales Superiores o profesionales universitarios.&nbsp; Esta l&iacute;nea le presta a un estudiante para que pague cuando sea profesional, o para que mientras estudia pueda pagar un porcentaje del cr&eacute;dito. En este sentido se es posible elegir entre las siguientes opciones:<br />

<br />

&bull; T&uacute; eliges si pagar el 0% durante tu carrera. Esta l&iacute;nea va dirigida a j&oacute;venes estrato 1, 2 y 3.<br />

<br />

&bull; T&uacute; eliges si pagar el 10% durante tu carrera. Esta l&iacute;nea va dirigida a j&oacute;venes estrato 1, 2 y 3.<br />

<br />

&bull; T&uacute; eliges si pagar el 25% durante tu carrera. Esta l&iacute;nea va dirigida a j&oacute;venes estrato 1, 2 y 3.<br />

<br />

&bull; T&uacute; eliges si pagar el 50% durante tu carrera.<br />

<br />

&bull; T&uacute; eliges si pagar el 100% durante tu carrera.<br />

<br />

Es importante tener en cuenta que las personas que cumplan punto de corte del SISBEN establecido por el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional obtendr&aacute;n adicionalmente los siguientes beneficios:<br />

<br />

1. Condonaci&oacute;n del 25% del cr&eacute;dito como requisito &uacute;nico su graduaci&oacute;n.<br />

2. Subsidio de sostenimiento<br />

3. Subsidio a la tasa.<br />

<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 28 del Decreto 2190 de 2009.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del T&iacute;tulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

<p>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>De conformidad con el art&iacute;culo 125 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selecci&oacute;n por m&eacute;rito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisi&oacute;n de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades p&uacute;blicas.</p>

<p>Usted puede ingresar para mayo informaci&oacute;n en la p&aacute;gina de la Comisi&oacute;n Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>

<p>Ahora bien, tambi&eacute;n la persona en b&uacute;squeda de empleo debe acudir a&nbsp; las Agencias P&uacute;blicas o Privadas de Gesti&oacute;n y Colocaci&oacute;n de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio P&uacute;blico de Empleo, cuya ubicaci&oacute;n podr&aacute; ser consultada accediendo al siguiente enlace:&nbsp; <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>

<p>Comedidamente damos respuesta a su Petici&oacute;n; en principio nos gustar&iacute;a tener un poco m&aacute;s de informaci&oacute;n sobre la solicitud allegada, para poder brindarle una respuesta adecuada a su inquietud,</p>

<p>En principio logramos entender que el tema corresponde al Departamento de la Prosperidad Social.</p>

<p>Quedamos atentos,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>