¿Cuando se hará el giro del subsidio de sostenimiento otorgado por el Icetex? Este no esta cumpliendo su objetivo.
¿Cuando se hará el giro del subsidio de sostenimiento otorgado por el Icetex? Este no esta cumpliendo su objetivo.
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
El subsidio de sostenimiento aplica para los estudiantes registrados en el Sisbén dentro de los puntos de corte establecidos para ello y el desembolso se genera luego de culminada la legalización o renovación del crédito.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
El subsidio de sostenimiento aplica para los estudiantes registrados en el Sisbén dentro de los puntos de corte establecidos para ello y el desembolso se genera luego de culminada la legalización o renovación del crédito.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Soy desplazada y madre de una niña con autismo, cómo hago para tener mi vivienda con enfoque diferencial?
Soy desplazada y madre de una niña con autismo, cómo hago para tener mi vivienda con enfoque diferencial?
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
tengo una multa hecho en el año 2012 asciende 1066000 pero no tengo todo el dinero quiero saber si habrán descuentos.
tengo una multa hecho en el año 2012 asciende 1066000 pero no tengo todo el dinero quiero saber si habrán descuentos.
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Eduardo</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención te sugerimos nos amplíes la información de tal forma que podamos proporcionar una respuesta directa o bien brindar orientación si es del caso.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal </p>
<p> </p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención te sugerimos nos amplíes la información de tal forma que podamos proporcionar una respuesta directa o bien brindar orientación si es del caso.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal </p>
<p> </p>
Cuales son las inversiones en turismo e industria? Hay apoyos para la agroindustria y campesinos del pais?
Cuales son las inversiones en turismo e industria? Hay apoyos para la agroindustria y campesinos del pais?
Respuesta
<p>Buen día señor Gómez,</p>
<p>En atención a sus preguntas sobre inversiónes en turismo e industria, le informamos que puede obtener las respuesta en los siguientes elaces:</p>
<p>1. http://es.slideshare.net/damarismontealegre/respuesta-proyectos-inversion-turismo-sr-gomez-2015, información sobre proyectos de turismo respuesta preparada por <strong>María C. Mora </strong>Directora Negocios Especiales PA Fontur <strong>Fiducoldex </strong><strong>Teléfono: 3275500</strong> Ext. 1202 <strong>Email:</strong> <a href="mailto:Maria.Mora@fiducoldex.com.co">Maria.Mora@fiducoldex.com.co</a></p>
<p> </p>
<p>2. http://es.slideshare.net/damarismontealegre/respuesta-direccion-mipymes-sr-gomez-2015-50218273, respuesta preparada por <strong>Anibal Ramirez Cuellar</strong></p>
<p>Dirección de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, <a href="mailto:aramirezc@mincit.gov.co">aramirezc@mincit.gov.co</a>, (571) 6067676 Ext. 1489.</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p><strong>LUZ ANGELA MUÑOZ OVIEDO</strong></p>
<p><em>Asesor ( e )</em></p>
<p><em>Grupo Atención al Ciudadano</em></p>
<p><u><a href="mailto:lamunoz@mincit.gov.co">lamunoz@mincit.gov.co</a></u></p>
<p>Mincomercio</p>
<p>Calle 28 # 13A – 15 Piso 1</p>
<p>6067676 ext. 1537</p>
<p><strong>Bogotá, Colombia</strong></p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En atención a sus preguntas sobre inversiónes en turismo e industria, le informamos que puede obtener las respuesta en los siguientes elaces:</p>
<p>1. http://es.slideshare.net/damarismontealegre/respuesta-proyectos-inversion-turismo-sr-gomez-2015, información sobre proyectos de turismo respuesta preparada por <strong>María C. Mora </strong>Directora Negocios Especiales PA Fontur <strong>Fiducoldex </strong><strong>Teléfono: 3275500</strong> Ext. 1202 <strong>Email:</strong> <a href="mailto:Maria.Mora@fiducoldex.com.co">Maria.Mora@fiducoldex.com.co</a></p>
<p> </p>
<p>2. http://es.slideshare.net/damarismontealegre/respuesta-direccion-mipymes-sr-gomez-2015-50218273, respuesta preparada por <strong>Anibal Ramirez Cuellar</strong></p>
<p>Dirección de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, <a href="mailto:aramirezc@mincit.gov.co">aramirezc@mincit.gov.co</a>, (571) 6067676 Ext. 1489.</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p><strong>LUZ ANGELA MUÑOZ OVIEDO</strong></p>
<p><em>Asesor ( e )</em></p>
<p><em>Grupo Atención al Ciudadano</em></p>
<p><u><a href="mailto:lamunoz@mincit.gov.co">lamunoz@mincit.gov.co</a></u></p>
<p>Mincomercio</p>
<p>Calle 28 # 13A – 15 Piso 1</p>
<p>6067676 ext. 1537</p>
<p><strong>Bogotá, Colombia</strong></p>
<p> </p>
<p> </p>
Cuales son los avances en justicia para criminales reincidentes que afectan diariamente a la sociedad?penasincrementales
Cuales son los avances en justicia para criminales reincidentes que afectan diariamente a la sociedad?penasincrementales
Respuesta
<p>Se dio respuesta al peticionario con el OFI15-0022410-DCP-3200 del lunes 31 de agosto de 2015, el cual fue enviado al correo electronico <a href="mailto:ccgm899@hotmail.com">ccgm899@hotmail.com</a> el dia 3 de septiembre de 2015.</p>
me gustaria acceder a este estimulo en un año hemos subido la empresa al 50 por ciento del personal
Registrada:
Código:
8699
me gustaria acceder a este estimulo en un año hemos subido la empresa al 50 por ciento del personal
Registrada:
Código:
8699
Respuesta
<p>Señor Chavez, buenos días. Reciba un cordial saludo.</p>
<p>El Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE) es un plan que se compone de diversas líneas de acción o medidas. Desde el sector Comercio, Industria y Turismo, el PIPE está pensado para apoyar a la industria colombiana con líneas de crédito, beneficios tributarios, simplificación de trámites y procedimientos y ajustes institucionales para la facilitación del comercio. Las medidas que componen el PIPE son medidas expeditas diseñadas por el Gobierno Nacional a partir de la información suministrada por empresarios colombianos en encuentros periódicos sostenidos con el Presidente de la República, con la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, y con los líderes de las 14 entidades adscritas que conforman el sector. Dependiendo del tipo de empresa que usted lidera y de las necesidades del sector de su empresa, una u otra medida del PIPE le sería útil.</p>
<p>Como se menciona antes, este Plan incluye elementos desde desgravaciones arancelarias para bienes de capital y materias primas, hasta convocatorias de diferentes entidades del sector con el fin de aumentar productividad y competitividad a través de la innovación, así como líneas de crédito de Bancóldex y medidas de facilitación y agilización del comercio. Lo invitamos a conocer con mayor profundidad este Plan, incluidas nuestras convocatorias que ya han sido abiertas, consultando la siguiente página web: <a href="http://www.mincit.gov.co/emprendimiento/publicaciones.php?id=6901">http://www.mincit.gov.co/emprendimiento/publicaciones.php?id=6901</a> . Estaremos atentos a responder cualquier otra inquietud que tenga al respecto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p><strong>Santiago Wills Valderrama</strong></p>
<p><em>Asesor</em></p>
<p><em>Viceministerio de Comercio Exterior</em></p>
<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>
<p><u><a href="mailto:swills@mincit.gov.co">swills@mincit.gov.co</a></u></p>
<p>Calle 28 No. 13ª-15, Piso 7</p>
<p>Tel: 6067676 Ext. 1450</p>
<p><strong>Bogotá, Colombia</strong></p>
<p>El Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE) es un plan que se compone de diversas líneas de acción o medidas. Desde el sector Comercio, Industria y Turismo, el PIPE está pensado para apoyar a la industria colombiana con líneas de crédito, beneficios tributarios, simplificación de trámites y procedimientos y ajustes institucionales para la facilitación del comercio. Las medidas que componen el PIPE son medidas expeditas diseñadas por el Gobierno Nacional a partir de la información suministrada por empresarios colombianos en encuentros periódicos sostenidos con el Presidente de la República, con la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, y con los líderes de las 14 entidades adscritas que conforman el sector. Dependiendo del tipo de empresa que usted lidera y de las necesidades del sector de su empresa, una u otra medida del PIPE le sería útil.</p>
<p>Como se menciona antes, este Plan incluye elementos desde desgravaciones arancelarias para bienes de capital y materias primas, hasta convocatorias de diferentes entidades del sector con el fin de aumentar productividad y competitividad a través de la innovación, así como líneas de crédito de Bancóldex y medidas de facilitación y agilización del comercio. Lo invitamos a conocer con mayor profundidad este Plan, incluidas nuestras convocatorias que ya han sido abiertas, consultando la siguiente página web: <a href="http://www.mincit.gov.co/emprendimiento/publicaciones.php?id=6901">http://www.mincit.gov.co/emprendimiento/publicaciones.php?id=6901</a> . Estaremos atentos a responder cualquier otra inquietud que tenga al respecto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p><strong>Santiago Wills Valderrama</strong></p>
<p><em>Asesor</em></p>
<p><em>Viceministerio de Comercio Exterior</em></p>
<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>
<p><u><a href="mailto:swills@mincit.gov.co">swills@mincit.gov.co</a></u></p>
<p>Calle 28 No. 13ª-15, Piso 7</p>
<p>Tel: 6067676 Ext. 1450</p>
<p><strong>Bogotá, Colombia</strong></p>
ya se encuentran publicados los listados de las viviendas a las q puedo aplicar y en donde los puedo consultar?
ya se encuentran publicados los listados de las viviendas a las q puedo aplicar y en donde los puedo consultar?
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda Gratis: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas"><span>http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/vipa"><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa Mi Casa Ya: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya"><span>http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda Gratis: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas"><span>http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/vipa"><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa Mi Casa Ya: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya"><span>http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</span></a><span><o p=""></o></span></p>
Establecer premios anuales para aquellas denuncias comprobadas denunciando hechos y actos de corrupción.
Establecer premios anuales para aquellas denuncias comprobadas denunciando hechos y actos de corrupción.
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jairo</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. En este caso el equipo de Urna de Cristal brinda un espacio mediante el cual la ciudadanía puede señalar propuestas, realizando igualmente aportes sobre los temas promovidos por parte de Urna de Cristal. En este sentido, te invitamos que formules tu propuesta en <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. En este caso el equipo de Urna de Cristal brinda un espacio mediante el cual la ciudadanía puede señalar propuestas, realizando igualmente aportes sobre los temas promovidos por parte de Urna de Cristal. En este sentido, te invitamos que formules tu propuesta en <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Tengo un hijo con puntaje de 337 en icfes y somos estrato 4 y no tengorecursos para su estudio.Como accedo a una beca?
Tengo un hijo con puntaje de 337 en icfes y somos estrato 4 y no tengorecursos para su estudio.Como accedo a una beca?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
El programa Ser Pilo Paga esta dirigido a personas de escasos recursos que tengan un buen rendimiento academico. La invitamos a conocer la linea de credito del ICETEX Tú Eliges, alli posiblemente una linea de credito se ajuste a sus caracteristicas.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
El programa Ser Pilo Paga esta dirigido a personas de escasos recursos que tengan un buen rendimiento academico. La invitamos a conocer la linea de credito del ICETEX Tú Eliges, alli posiblemente una linea de credito se ajuste a sus caracteristicas.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Que beneficios se tienen pensionarse con el seguro o con Porvenir, como gano mas. economicamente
Registrada:
Código:
8695
Que beneficios se tienen pensionarse con el seguro o con Porvenir, como gano mas. economicamente
Registrada:
Código:
8695
Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>
<p>Para el reconocimiento de los derechos pensionales se deberán cumplir los requisitos de edad y tiempo de cotización, los cuales varían de acuerdo a la norma aplicable. Por tal razón, es importante que usted conozca lo siguiente: El artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003, establece que una persona afiliada al Régimen de Prima Media – RPM, tendrá derecho a la Pensión de Vejez siempre y cuando reúna los siguientes requisitos: (...) Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre. A partir del 1°. de enero del año 2014 la edad se incrementó a cincuenta y siete (57) años para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre. Para el año 2015 se exige un mínimo de 1.300 semanas cotizadas.</p>
<p>Es decir para pensionarse por el régimen de prima media que en la actualidad lo maneja COLPENSIONES, se exige dos requisitos: 1) Edad: Haber cumplido 57 años si es mujer o 62 años si es hombre. 2) Haber cotizado 1300 semanas.</p>
<p>En cuanto al otro régimen existen cosas importantes para tener en cuenta en los de Fondos de Pensiones y Cesantía (AFP) en un régimen de ahorro individual (RAI):</p>
<p>1. En las AFP los aportes de los afiliados constituyen una cuenta de ahorro individual pensional.<br />
2. En el RAI el monto de la pensión de vejez depende del capital ahorrado.<br />
3. En el RAI, cuando el monto de su cuenta supera la cuantía exigida para cubrir el 75% del promedio de los 10 últimos años (cuota exigida por ley), el cotizante puede pedir que lo pensionen con lo legal y reclamar el excedente de su cuenta de ahorro individual para administrarla a su gusto.<br />
4 En el RAI su cuenta es únicamente suya y heredable. Esto significa que si usted muere antes de tener el derecho de pensión, este dinero constituiría algo similar a un seguro de vida para su familia.<br />
5. En el RAI los afiliados pueden realizar aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorias para incrementar el monto de su pensión y anticiparla.<br />
Por último se debe tener en cuenta lo establecido en la ley 797 de 2003</p>
<p>Atentamente,</p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p>Para el reconocimiento de los derechos pensionales se deberán cumplir los requisitos de edad y tiempo de cotización, los cuales varían de acuerdo a la norma aplicable. Por tal razón, es importante que usted conozca lo siguiente: El artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003, establece que una persona afiliada al Régimen de Prima Media – RPM, tendrá derecho a la Pensión de Vejez siempre y cuando reúna los siguientes requisitos: (...) Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre. A partir del 1°. de enero del año 2014 la edad se incrementó a cincuenta y siete (57) años para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre. Para el año 2015 se exige un mínimo de 1.300 semanas cotizadas.</p>
<p>Es decir para pensionarse por el régimen de prima media que en la actualidad lo maneja COLPENSIONES, se exige dos requisitos: 1) Edad: Haber cumplido 57 años si es mujer o 62 años si es hombre. 2) Haber cotizado 1300 semanas.</p>
<p>En cuanto al otro régimen existen cosas importantes para tener en cuenta en los de Fondos de Pensiones y Cesantía (AFP) en un régimen de ahorro individual (RAI):</p>
<p>1. En las AFP los aportes de los afiliados constituyen una cuenta de ahorro individual pensional.<br />
2. En el RAI el monto de la pensión de vejez depende del capital ahorrado.<br />
3. En el RAI, cuando el monto de su cuenta supera la cuantía exigida para cubrir el 75% del promedio de los 10 últimos años (cuota exigida por ley), el cotizante puede pedir que lo pensionen con lo legal y reclamar el excedente de su cuenta de ahorro individual para administrarla a su gusto.<br />
4 En el RAI su cuenta es únicamente suya y heredable. Esto significa que si usted muere antes de tener el derecho de pensión, este dinero constituiría algo similar a un seguro de vida para su familia.<br />
5. En el RAI los afiliados pueden realizar aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorias para incrementar el monto de su pensión y anticiparla.<br />
Por último se debe tener en cuenta lo establecido en la ley 797 de 2003</p>
<p>Atentamente,</p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
a donde debo dirigirme para registrarme y ser beneficiaria a un subsidio de vivienda en cali valle soy desplazada
a donde debo dirigirme para registrarme y ser beneficiaria a un subsidio de vivienda en cali valle soy desplazada
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
como puede el estado intervenir en la crisis de la salud en Cartago con el Hospital HDC, tenemos derechos ciudadanos?
como puede el estado intervenir en la crisis de la salud en Cartago con el Hospital HDC, tenemos derechos ciudadanos?
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Claudia:</p>
<p>En atención a su pregunta, atentamente transcribimos la respuesta dada por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria:</p>
<p><em>En el marco de las competencias establecidas en el artículo 43 de la ley 715 de 2001, corresponde al Departamento del Valle del Cauca organizar y gestionar la prestación de servicios de salud en su jurisdicción. En concordancia con lo anterior, el artículo 156 de la Ley 1450 de 2011 señala la responsabilidad dela entidad territorial departamental en la elaboración y desarrollo del Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de Redes de Empresas Sociales del Estado. En virtud de lo señalado, es el Departamento del Valle del Cauca el competente, como parte del Estado y en desarrollo de sus competencias constitucional y legalmente establecidas, para definir medidas en torno a los requerimientos y situación de las Empresas Sociales del Estado del orden departamental de su jurisdicción. </em></p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En atención a su pregunta, atentamente transcribimos la respuesta dada por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria:</p>
<p><em>En el marco de las competencias establecidas en el artículo 43 de la ley 715 de 2001, corresponde al Departamento del Valle del Cauca organizar y gestionar la prestación de servicios de salud en su jurisdicción. En concordancia con lo anterior, el artículo 156 de la Ley 1450 de 2011 señala la responsabilidad dela entidad territorial departamental en la elaboración y desarrollo del Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de Redes de Empresas Sociales del Estado. En virtud de lo señalado, es el Departamento del Valle del Cauca el competente, como parte del Estado y en desarrollo de sus competencias constitucional y legalmente establecidas, para definir medidas en torno a los requerimientos y situación de las Empresas Sociales del Estado del orden departamental de su jurisdicción. </em></p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
A qué ente debo hacer una denuncia por manejos irregulares de dineros por parte de un directivo I. E. pública? Gracias
A qué ente debo hacer una denuncia por manejos irregulares de dineros por parte de un directivo I. E. pública? Gracias
Respuesta
<p>Buenas tardes Donaldo</p>
<p>Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano</p>
<p>Por otra parte, y teniendo en cuanto la consulta formulada, el Equipo de Urna de Cristal se permite brindar orientación al respecto. Actualmente en Colombia se encuentran diferentes organismos de control, inspección y vigilancia que velan por el cumplimiento de los derechos constitucionales y a los cuales podrá acudir en caso de ser necesario.</p>
<p>Para ello encontramos las siguientes entidades de control:</p>
<p class="rteindent1">- Fiscalía General de la Nación</p>
<p class="rteindent1">- Contraloría General de la República</p>
<p class="rteindent1">- Procuraduría General de la Nación</p>
<p class="rteindent1">- Departamento Administrativo de la Función Pública</p>
<p class="rteindent1">- Contaduría General de la Nación</p>
<p class="rteindent1">- Comisión Nacional del Servicio Civil</p>
<p class="rteindent1">- Oficina de Control Interno de cada entidad.</p>
<p>Por otra parte, en caso que desee acudir ante la justicia y se encuentra involucrada alguna entidad pública, deberá hacerlo a través de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, y de esta forma iniciar el proceso tal y como lo dispone la ley por medio de alguna de las acciones previstas en la misma.</p>
<p>Con relación En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p>Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano</p>
<p>Por otra parte, y teniendo en cuanto la consulta formulada, el Equipo de Urna de Cristal se permite brindar orientación al respecto. Actualmente en Colombia se encuentran diferentes organismos de control, inspección y vigilancia que velan por el cumplimiento de los derechos constitucionales y a los cuales podrá acudir en caso de ser necesario.</p>
<p>Para ello encontramos las siguientes entidades de control:</p>
<p class="rteindent1">- Fiscalía General de la Nación</p>
<p class="rteindent1">- Contraloría General de la República</p>
<p class="rteindent1">- Procuraduría General de la Nación</p>
<p class="rteindent1">- Departamento Administrativo de la Función Pública</p>
<p class="rteindent1">- Contaduría General de la Nación</p>
<p class="rteindent1">- Comisión Nacional del Servicio Civil</p>
<p class="rteindent1">- Oficina de Control Interno de cada entidad.</p>
<p>Por otra parte, en caso que desee acudir ante la justicia y se encuentra involucrada alguna entidad pública, deberá hacerlo a través de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, y de esta forma iniciar el proceso tal y como lo dispone la ley por medio de alguna de las acciones previstas en la misma.</p>
<p>Con relación En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
el banco dice que debo tener un ahorro programado para el programa mi casa ya ¿es eso cierto?, los requisitos no
el banco dice que debo tener un ahorro programado para el programa mi casa ya ¿es eso cierto?, los requisitos no
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el “Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA”, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 28 del Decreto 2190 de 2009. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 28 del Decreto 2190 de 2009. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.</p>
SERA QUE EL GOBIERNO Y LOS POLÍTICOS AYUDARAN A LAS PERSONAS QUE TIENEN 60 AÑOS SIN TRABAJO A PENSIONARSE ESTE AÑO 2015
SERA QUE EL GOBIERNO Y LOS POLÍTICOS AYUDARAN A LAS PERSONAS QUE TIENEN 60 AÑOS SIN TRABAJO A PENSIONARSE ESTE AÑO 2015
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>En primer lugar agradecerle por la propuesta presentada. Es muy loable de parte suya proponer que las personas que tienen 60 años y no tienen trabajo puedan pensionarse.</p>
<p>Sin embargo le informamos que la ley 100 de 1993, establece:</p>
<p><strong>ARTÍCULO 33. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSIÓN DE VEJEZ.</strong> <Artículo modificado por el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#9">9</a> de la Ley 797 de 2003. </p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. </p>
<p>Usted puede ingresar para mayo información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Otra alternativa que en ningún caso es pensión y se hace efectiva solo una vez es la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez o devolución de saldos que se encuentran consagradas en la ley 100 de 1993 y que dice:</p>
<p><strong>ARTÍCULO 37. INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE LA PENSIÓN DE VEJEZ.</strong> Las personas que habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez no hayan cotizado el mínimo de semanas exigidas, y declaren su imposibilidad de continuar cotizando, tendrán derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a un salario base de liquidación promedio semanal multiplicado por el número de semanas cotizadas; al resultado así obtenido se le aplica el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales haya cotizado el afiliado</p>
<p><strong>ARTÍCULO 66. DEVOLUCIÓN DE SALDOS.</strong> Quienes a las edades previstas en el artículo anterior no hayan cotizado el número mínimo de semanas exigidas, y no hayan acumulado el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo, tendrán derecho a la devolución del capital acumulado en su cuenta de ahorro individual, incluidos los rendimientos financieros y el valor del bono pensional, si a éste hubiere lugar, o a continuar cotizando hasta alcanzar el derecho.</p>
<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, este tipo de propuesta debe ser presentada al órgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En primer lugar agradecerle por la propuesta presentada. Es muy loable de parte suya proponer que las personas que tienen 60 años y no tienen trabajo puedan pensionarse.</p>
<p>Sin embargo le informamos que la ley 100 de 1993, establece:</p>
<p><strong>ARTÍCULO 33. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSIÓN DE VEJEZ.</strong> <Artículo modificado por el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#9">9</a> de la Ley 797 de 2003. </p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. </p>
<p>Usted puede ingresar para mayo información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Otra alternativa que en ningún caso es pensión y se hace efectiva solo una vez es la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez o devolución de saldos que se encuentran consagradas en la ley 100 de 1993 y que dice:</p>
<p><strong>ARTÍCULO 37. INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE LA PENSIÓN DE VEJEZ.</strong> Las personas que habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez no hayan cotizado el mínimo de semanas exigidas, y declaren su imposibilidad de continuar cotizando, tendrán derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a un salario base de liquidación promedio semanal multiplicado por el número de semanas cotizadas; al resultado así obtenido se le aplica el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales haya cotizado el afiliado</p>
<p><strong>ARTÍCULO 66. DEVOLUCIÓN DE SALDOS.</strong> Quienes a las edades previstas en el artículo anterior no hayan cotizado el número mínimo de semanas exigidas, y no hayan acumulado el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo, tendrán derecho a la devolución del capital acumulado en su cuenta de ahorro individual, incluidos los rendimientos financieros y el valor del bono pensional, si a éste hubiere lugar, o a continuar cotizando hasta alcanzar el derecho.</p>
<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, este tipo de propuesta debe ser presentada al órgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p> </p>
la vivienda a comprar tiene que ser nueva o se puede una usada en el barrio que se vive actualmente, gracias
la vivienda a comprar tiene que ser nueva o se puede una usada en el barrio que se vive actualmente, gracias
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que los programas vigentes actualmente en el Fondo Nacional de Vivienda son para la compra de vivienda nueva unicamente.</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que los programas vigentes actualmente en el Fondo Nacional de Vivienda son para la compra de vivienda nueva unicamente.</p>
Soy una Persona de 57 años, actualmente no tengo trabajo, como puedo hacer para obtener casa
Registrada:
Código:
8688
Soy una Persona de 57 años, actualmente no tengo trabajo, como puedo hacer para obtener casa
Registrada:
Código:
8688
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda Gratis: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas"><span>http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/vipa"><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa Mi Casa Ya: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya"><span>http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda Gratis: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas"><span>http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/vipa"><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa Mi Casa Ya: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya"><span>http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</span></a><span><o p=""></o></span></p>
Después de habilitado el subsidio VIPA, ¿Cuál es el paso a seguir para la asignación?
Registrada:
Código:
8687
Después de habilitado el subsidio VIPA, ¿Cuál es el paso a seguir para la asignación?
Registrada:
Código:
8687
Respuesta
<p>Buen día, es importante aclarar que si su postulación se encuentra en el estado de “Habilitado”, en el evento en que el oferente del proyecto de vivienda presente un listado con un número de hogares superior al número de viviendas a ejecutar en el proyecto seleccionado y el número de hogares que cumpla las condiciones señaladas en el Decreto 1432 de 2013, supere el número de viviendas mencionado, las entidades otorgantes del subsidio es decir Fonvivienda y/o las Cajas de Compensación Familiar priorizarán en la asignación, a los hogares que habiendo cumplido las condiciones requeridas, cuenten con un mayor ahorro.</p>
<p>Si una vez verificado el mayor ahorro, se presenta empate entre uno o varios hogares, se asignarán los subsidios de acuerdo con el orden de radicación de las postulaciones ante el oferente del proyecto. Este orden deberá ser indicado por este último, indicando a la entidad otorgante la fecha y hora de radicación del formulario de postulación.</p>
<p>De otra parte en el decreto enunciado, se establece que los hogares deberán mantener las condiciones y requisitos para el acceso al Subsidio Familiar de Vivienda, desde la entrega del formulario y los documentos soporte al oferente, hasta el momento de la asignación del subsidio.</p>
<p>En consecuencia, será responsabilidad de los hogares informar al oferente de los proyectos cualquier hecho que modifique de alguna manera las condiciones que le permiten ser beneficiario del programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores- VIPA. En todo caso, todos los miembros del hogar indicados en el formulario de postulación, serán beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda, para todos los efectos.</p>
<p>De la misma forma, según lo prescribe el artículo 22 del Decreto 1432 de 2013, Fonvivienda o las Cajas de Compensación Familiar, tendrán la facultad de revisar en cualquier momento la consistencia y/o veracidad de la información suministrada en el listado aportado por el hogar postulante. Si se determina que existe imprecisión o falta de veracidad en los datos entregados en el formulario o en los documentos que lo acompañan, o en las condiciones o requisitos del hogar, se solicitará al hogar y/o al oferente que dentro de los quince (15) días hábiles siguientes emita las aclaraciones del caso.</p>
<p>Si una vez verificado el mayor ahorro, se presenta empate entre uno o varios hogares, se asignarán los subsidios de acuerdo con el orden de radicación de las postulaciones ante el oferente del proyecto. Este orden deberá ser indicado por este último, indicando a la entidad otorgante la fecha y hora de radicación del formulario de postulación.</p>
<p>De otra parte en el decreto enunciado, se establece que los hogares deberán mantener las condiciones y requisitos para el acceso al Subsidio Familiar de Vivienda, desde la entrega del formulario y los documentos soporte al oferente, hasta el momento de la asignación del subsidio.</p>
<p>En consecuencia, será responsabilidad de los hogares informar al oferente de los proyectos cualquier hecho que modifique de alguna manera las condiciones que le permiten ser beneficiario del programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores- VIPA. En todo caso, todos los miembros del hogar indicados en el formulario de postulación, serán beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda, para todos los efectos.</p>
<p>De la misma forma, según lo prescribe el artículo 22 del Decreto 1432 de 2013, Fonvivienda o las Cajas de Compensación Familiar, tendrán la facultad de revisar en cualquier momento la consistencia y/o veracidad de la información suministrada en el listado aportado por el hogar postulante. Si se determina que existe imprecisión o falta de veracidad en los datos entregados en el formulario o en los documentos que lo acompañan, o en las condiciones o requisitos del hogar, se solicitará al hogar y/o al oferente que dentro de los quince (15) días hábiles siguientes emita las aclaraciones del caso.</p>
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda Gratis: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas"><span>http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/vipa"><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa Mi Casa Ya: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya"><span>http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda Gratis: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas"><span>http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/vipa"><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></a><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Programa Mi Casa Ya: </span><a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya"><span>http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</span></a><span><o p=""></o></span></p>
?Desde la semana pasado he tratado de ingresar la información de un crédito a mi hijo y no he podido me pueden explicar
?Desde la semana pasado he tratado de ingresar la información de un crédito a mi hijo y no he podido me pueden explicar
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
La convocatoria para pregrado correspondiente al segundo semestre de 2015, estuvo habilitada entre el 25 de mayo y el 3 de agosto de 2015. El Icetex cuenta a partir del segundo semestre de 2015 con cinco modalidades de crédito para Pregrado, en las cuales el estudiante de acuerdo con sus condiciones socioeconómicas y de mérito académico selecciona la línea de crédito que más le beneficie, de igual forma debe validar si cumple los requisitos para aplicar con deudor solidario o a través del fondo de garantias. Para mayor información puede consultar la página web www.icetex.gov.co, link Crédito Educativo.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
La convocatoria para pregrado correspondiente al segundo semestre de 2015, estuvo habilitada entre el 25 de mayo y el 3 de agosto de 2015. El Icetex cuenta a partir del segundo semestre de 2015 con cinco modalidades de crédito para Pregrado, en las cuales el estudiante de acuerdo con sus condiciones socioeconómicas y de mérito académico selecciona la línea de crédito que más le beneficie, de igual forma debe validar si cumple los requisitos para aplicar con deudor solidario o a través del fondo de garantias. Para mayor información puede consultar la página web www.icetex.gov.co, link Crédito Educativo.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Porgue? siendo este el momento de solicitar créditos en e ICETEX, no se pueden ingresar porque el sistema esta caiddo???
Porgue? siendo este el momento de solicitar créditos en e ICETEX, no se pueden ingresar porque el sistema esta caiddo???
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
La convocaroria para pregrado correspondiente al segundo semestre de 2015, estuvo habilitada entre el 25 de mayo y el 3 de agosto de 2015.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
La convocaroria para pregrado correspondiente al segundo semestre de 2015, estuvo habilitada entre el 25 de mayo y el 3 de agosto de 2015.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Se ha hablado mucho sobre generación de empleo digno, pero no hay claridad sobre la financiación a empresas en formación
Se ha hablado mucho sobre generación de empleo digno, pero no hay claridad sobre la financiación a empresas en formación
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p> </p>
<p>El Gobierno en su búsqueda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una política Nacional de Emprendimiento, que con la articulación de esfuerzos de las personas públicas y privadas que integran la Red Nacional y las Redes Regionales para el Emprendimiento, se avanza en el fomento al emprendimiento, es así como a través de programas y estrategias del Fondo Emprender del SENA, Innpulsa Colombia, Emprende Cultura, Colombia Joven Emprende, entre otras, apoya proyectos de emprendimiento empresarial, financiando las ideas de negocio, generando innovación, la creación de empresa y Pymes.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo. </p>
<p> </p>
<p>El Gobierno en su búsqueda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una política Nacional de Emprendimiento, que con la articulación de esfuerzos de las personas públicas y privadas que integran la Red Nacional y las Redes Regionales para el Emprendimiento, se avanza en el fomento al emprendimiento, es así como a través de programas y estrategias del Fondo Emprender del SENA, Innpulsa Colombia, Emprende Cultura, Colombia Joven Emprende, entre otras, apoya proyectos de emprendimiento empresarial, financiando las ideas de negocio, generando innovación, la creación de empresa y Pymes.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo. </p>
¿Cuando empiezan las inscripciones en el departamento de Córdoba para el programa 40mil empleos?
Registrada:
Código:
8682
¿Cuando empiezan las inscripciones en el departamento de Córdoba para el programa 40mil empleos?
Registrada:
Código:
8682
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Le informamos que el programa de “40.000 Primeros Empleos” es a través de las Cajas de Compensación Familiar que los bachilleres, técnicos, tecnólogos y universitarios podrán postularse para aspirar a ingresar al programa "40 Mil Primeros Empleos" del Ministerio del Trabajo.</p>
<p>Las inscripciones, ya están en marcha en el departamento del Valle del Cauca y serán abiertas progresivamente en otras regiones del país. A partir de mayo estarán abiertas en Bogotá, mientras que en Medellín y Barranquilla se abrirán en el mes de junio. Así mismo, en Julio se hará la apertura de las inscripciones en todo el territorio nacional.</p>
<p>Al programa "40 Mil Primeros Empleos" pueden aplicar todos los jóvenes bachilleres, técnicos, tecnólogos y profesionales entre los 18 y 28 años, que actualmente no se encuentren estudiando, estén buscando empleo y no tengan experiencia formal relacionada con su área de estudio.</p>
<p> </p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p>Para una mayor información, usted puede ingresar a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego al link 40.000 empleos.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p>Le informamos que el programa de “40.000 Primeros Empleos” es a través de las Cajas de Compensación Familiar que los bachilleres, técnicos, tecnólogos y universitarios podrán postularse para aspirar a ingresar al programa "40 Mil Primeros Empleos" del Ministerio del Trabajo.</p>
<p>Las inscripciones, ya están en marcha en el departamento del Valle del Cauca y serán abiertas progresivamente en otras regiones del país. A partir de mayo estarán abiertas en Bogotá, mientras que en Medellín y Barranquilla se abrirán en el mes de junio. Así mismo, en Julio se hará la apertura de las inscripciones en todo el territorio nacional.</p>
<p>Al programa "40 Mil Primeros Empleos" pueden aplicar todos los jóvenes bachilleres, técnicos, tecnólogos y profesionales entre los 18 y 28 años, que actualmente no se encuentren estudiando, estén buscando empleo y no tengan experiencia formal relacionada con su área de estudio.</p>
<p> </p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p>Para una mayor información, usted puede ingresar a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego al link 40.000 empleos.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
como saber si se es tenido en cuenta o se esta inscrito para el beneficio de Jovenes en Accion ?
Registrada:
Código:
8681
como saber si se es tenido en cuenta o se esta inscrito para el beneficio de Jovenes en Accion ?
Registrada:
Código:
8681
Respuesta
<p>Bogotá, D.C., junio de 2015</p>
<p>Apreciado ciudadano</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>En atención a su solicitud citada en el asunto, el Programa Jóvenes en Acción -JeA- del Departamento para la Prosperidad Social -DPS-, se permite informar:</p>
<p>Para verificar el estado de su registro al programa JeA es importante contar con más información (Nombres y apellidos, número y tipo de documento tarjeta de identidad y/o cédula de ciudadanía, municipio, correo electrónico y dirección de correspondencia, con el fin de verificar en el sistema); por lo tanto lo invitamos a solicitar información a través de los siguientes canales de atención al ciudadano:</p>
<ul>
<li>
Nuestra página web: www.jovenesenaccion.co</li>
<li>
La línea gratuita de servicio al ciudadano del DPS: 018000951100, en Bogotá al 5954410</li>
<li>
Redes sociales: Facebook (DPS Jóvenes en Acción) o Twitter (@DPSjovenes)</li>
<li>
De manera presencial en las Direcciones Regionales del DPS y puntos de atención en cada ciudad. Consulte la dirección de su ciudad en la página web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a>.</li>
</ul>
<p>Recuerde que los programas y servicios ofrecidos por el DPS son completamente gratuitos y no requieren intermediarios.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p><strong>Juan Paulo Ortiz Vallejo</strong></p>
<p><strong>Coordinador Nacional Grupo de Trabajo</strong></p>
<p><strong>Jóvenes en Acción</strong></p>
<p>Apreciado ciudadano</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>En atención a su solicitud citada en el asunto, el Programa Jóvenes en Acción -JeA- del Departamento para la Prosperidad Social -DPS-, se permite informar:</p>
<p>Para verificar el estado de su registro al programa JeA es importante contar con más información (Nombres y apellidos, número y tipo de documento tarjeta de identidad y/o cédula de ciudadanía, municipio, correo electrónico y dirección de correspondencia, con el fin de verificar en el sistema); por lo tanto lo invitamos a solicitar información a través de los siguientes canales de atención al ciudadano:</p>
<ul>
<li>
Nuestra página web: www.jovenesenaccion.co</li>
<li>
La línea gratuita de servicio al ciudadano del DPS: 018000951100, en Bogotá al 5954410</li>
<li>
Redes sociales: Facebook (DPS Jóvenes en Acción) o Twitter (@DPSjovenes)</li>
<li>
De manera presencial en las Direcciones Regionales del DPS y puntos de atención en cada ciudad. Consulte la dirección de su ciudad en la página web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a>.</li>
</ul>
<p>Recuerde que los programas y servicios ofrecidos por el DPS son completamente gratuitos y no requieren intermediarios.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p><strong>Juan Paulo Ortiz Vallejo</strong></p>
<p><strong>Coordinador Nacional Grupo de Trabajo</strong></p>
<p><strong>Jóvenes en Acción</strong></p>
si presenté el icfes en marzo de 2015 e inicio la universidad en el semestreB ¿puedo acceder a ser pilo paga en el 2016
si presenté el icfes en marzo de 2015 e inicio la universidad en el semestreB ¿puedo acceder a ser pilo paga en el 2016
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Este tipo de requisitos de aplicación se conoceán cuando se ance la convocatoria de Ser Pilo Paga, se tiene planeado para finales de agosto e inicio de septiembre.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Este tipo de requisitos de aplicación se conoceán cuando se ance la convocatoria de Ser Pilo Paga, se tiene planeado para finales de agosto e inicio de septiembre.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
porque el gobierno permite que alla corrupcion en los establesimientos de atencion a las victimas
Registrada:
Código:
8679
porque el gobierno permite que alla corrupcion en los establesimientos de atencion a las victimas
Registrada:
Código:
8679
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
¿Por qué no puedo consultar el resultado actualizado de mi icfes? lo presenté en el 2013 y siempre aparece error.
¿Por qué no puedo consultar el resultado actualizado de mi icfes? lo presenté en el 2013 y siempre aparece error.
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Para consultar los resultados de las pruebas Saber 11°, debe tener a la mano el código de registro a la prueba y el numero de identificación personal.Pude consultar su resultado ingresando a la pagina: www.icfesinteractivo.gov.co<br />
Si el error persiste, debe comunicarse con el Icfes por el numero de fax ciudadano (57+1) 4841410 y remitir los datos o a trabez de atención al ciudadano por via web al siguiente link: http://www.icfes.gov.co/ciudadano/15-lista-completa-de-canales/29-atencion-web<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Para consultar los resultados de las pruebas Saber 11°, debe tener a la mano el código de registro a la prueba y el numero de identificación personal.Pude consultar su resultado ingresando a la pagina: www.icfesinteractivo.gov.co<br />
Si el error persiste, debe comunicarse con el Icfes por el numero de fax ciudadano (57+1) 4841410 y remitir los datos o a trabez de atención al ciudadano por via web al siguiente link: http://www.icfes.gov.co/ciudadano/15-lista-completa-de-canales/29-atencion-web<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
No me dan respuesta sobre el subsidio que da el icetex, a pesar de llamar con frecuencia. ¿Qué podría hacer al respecto?
No me dan respuesta sobre el subsidio que da el icetex, a pesar de llamar con frecuencia. ¿Qué podría hacer al respecto?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Si habla del apoyo de sostenimiento que entrega el Programa Ser Pilo Paga a todos los beneficiarios, debe actualizar sus datos y renovar su credito condonable en la pagina web del ICETEX, entregar los documentos pertinentes a la IES y despues de que la Universidad renueve debe esperar de 10 a 15 dias habiles para recibir el giro. El plazo de la actualizacion esta abierto desde mayo y vence 21 de agosto.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Si habla del apoyo de sostenimiento que entrega el Programa Ser Pilo Paga a todos los beneficiarios, debe actualizar sus datos y renovar su credito condonable en la pagina web del ICETEX, entregar los documentos pertinentes a la IES y despues de que la Universidad renueve debe esperar de 10 a 15 dias habiles para recibir el giro. El plazo de la actualizacion esta abierto desde mayo y vence 21 de agosto.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Buenas noches quiero saber , con base a lo publicado con respecto al subsidio a la tasa de interés para vivienda nueva h
Buenas noches quiero saber , con base a lo publicado con respecto al subsidio a la tasa de interés para vivienda nueva h
Respuesta
<p>Buen día, al respecto le informamos que actualmente de acuerdo a la Resolución 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicionó 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase para créditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1º de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del número de coberturas que defina FONVIVIENDA.</p>
<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resolución 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>
<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea de hasta setenta (70) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP se asignara un total de treinta mil (30.000) coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>
<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea mayor a setenta (70) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y hasta (135) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIS se asignara un total de cien mil (100.000) coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>
<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminación anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase, se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015.</p>
<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resolución 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>
<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea de hasta setenta (70) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP se asignara un total de treinta mil (30.000) coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>
<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea mayor a setenta (70) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y hasta (135) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIS se asignara un total de cien mil (100.000) coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>
<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminación anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase, se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015.</p>
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
Buenas tardes, porqué si mi hija Kelly Jhoana Padilla Bernal está en Jóvenes en Acción no está recibiendo los beneficios
Buenas tardes, porqué si mi hija Kelly Jhoana Padilla Bernal está en Jóvenes en Acción no está recibiendo los beneficios
Respuesta
<p>Bogotá, D.C., junio de 2015</p>
<p>Apreciada ciudadana</p>
<p>En atención a su solicitud, el Programa Jóvenes en Acción -JeA- del Departamento para la Prosperidad Social -DPS-, se permite manifestar:</p>
<p>Respecto a su solicitud de la joven Kelly Jhoana Padilla Bernal es pertinente aclarar que se refiere a datos personales y semiprivados de los ciudadanos que la Entidad atiende, los mismos deben tratarse en el marco que establece la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.</p>
<p>De este modo, de acuerdo a la normatividad vigente, la información solo podrá suministrarse a las siguientes personas:</p>
<p><em>"a) A los Titulares, sus causahabientes o sus representantes legales; b) A las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial; c) A los terceros autorizados por el Titular o por la ley".</em></p>
<p>En concordancia con lo anterior no es posible otorgar información alguna, y en aplicación de los principios de acceso y circulación restringida(1) y de confidencialidad acerca de la vinculación o acreditación de terceros al programa Jóvenes en Acción.</p>
<p>Adicionalmente JeA invita a los jóvenes a solicitar información a través de los siguientes canales de atención al ciudadano:</p>
<ul>
<li>
De manera presencial en las Direcciones Regionales del DPS y puntos de atención en cada ciudad. Consulte la dirección de su ciudad en la página web www.dps.gov.co.</li>
<li>
Nuestra página web: www.jovenesenaccion.co</li>
<li>
La línea gratuita de servicio al ciudadano del DPS: 018000951100, en Bogotá al 5954410.</li>
</ul>
<p>Recuerde que los programas y servicios ofrecidos por el DPS son completamente gratuitos y no requieren intermediarios.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p><strong>Juan Paulo Ortiz Vallejo</strong></p>
<p><strong>Coordinador Nacional Grupo de Trabajo-Jóvenes en Acción</strong></p>
<div>
<div id="ftn1">
<p><strong>(1)Principio de acceso y circulación restringida</strong>: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la presente ley. Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la presente ley. Ley 1581 de 2012, artículo 4 literal f.</p>
</div>
</div>
<p> </p>
<p>Apreciada ciudadana</p>
<p>En atención a su solicitud, el Programa Jóvenes en Acción -JeA- del Departamento para la Prosperidad Social -DPS-, se permite manifestar:</p>
<p>Respecto a su solicitud de la joven Kelly Jhoana Padilla Bernal es pertinente aclarar que se refiere a datos personales y semiprivados de los ciudadanos que la Entidad atiende, los mismos deben tratarse en el marco que establece la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.</p>
<p>De este modo, de acuerdo a la normatividad vigente, la información solo podrá suministrarse a las siguientes personas:</p>
<p><em>"a) A los Titulares, sus causahabientes o sus representantes legales; b) A las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial; c) A los terceros autorizados por el Titular o por la ley".</em></p>
<p>En concordancia con lo anterior no es posible otorgar información alguna, y en aplicación de los principios de acceso y circulación restringida(1) y de confidencialidad acerca de la vinculación o acreditación de terceros al programa Jóvenes en Acción.</p>
<p>Adicionalmente JeA invita a los jóvenes a solicitar información a través de los siguientes canales de atención al ciudadano:</p>
<ul>
<li>
De manera presencial en las Direcciones Regionales del DPS y puntos de atención en cada ciudad. Consulte la dirección de su ciudad en la página web www.dps.gov.co.</li>
<li>
Nuestra página web: www.jovenesenaccion.co</li>
<li>
La línea gratuita de servicio al ciudadano del DPS: 018000951100, en Bogotá al 5954410.</li>
</ul>
<p>Recuerde que los programas y servicios ofrecidos por el DPS son completamente gratuitos y no requieren intermediarios.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p><strong>Juan Paulo Ortiz Vallejo</strong></p>
<p><strong>Coordinador Nacional Grupo de Trabajo-Jóvenes en Acción</strong></p>
<div>
<div id="ftn1">
<p><strong>(1)Principio de acceso y circulación restringida</strong>: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la presente ley. Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la presente ley. Ley 1581 de 2012, artículo 4 literal f.</p>
</div>
</div>
<p> </p>
que hay para aquellos que se encuentran reportados por alguna deuda? si pueden asceder a los beneficios?
que hay para aquellos que se encuentran reportados por alguna deuda? si pueden asceder a los beneficios?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
Quiero saber como puedo acceder al subsidio a la tasa de interés y a partir de que mes empieza este beneficio
Quiero saber como puedo acceder al subsidio a la tasa de interés y a partir de que mes empieza este beneficio
Respuesta
<p>Buen día, al respecto le informamos que actualmente de acuerdo a la Resolución 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicionó 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase para créditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1º de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del número de coberturas que defina FONVIVIENDA.</p>
<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resolución 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>
<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea de hasta setenta (70) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP se asignara un total de treinta mil (30.000) coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>
<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea mayor a setenta (70) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y hasta (135) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIS se asignara un total de cien mil (100.000) coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>
<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminación anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase, se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015.</p>
<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resolución 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>
<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea de hasta setenta (70) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP se asignara un total de treinta mil (30.000) coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>
<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea mayor a setenta (70) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y hasta (135) Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIS se asignara un total de cien mil (100.000) coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>
<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminación anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase, se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015.</p>
¿Desde que feche está disponible de nuevo el plan PIPE y si está disponible en la ciudad de Manizales?
¿Desde que feche está disponible de nuevo el plan PIPE y si está disponible en la ciudad de Manizales?
Respuesta
<p>Buen día,</p>
<p>Al respecto le informamos que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el <strong>subsidio a la tasa de interés</strong> para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>En el marco del Plan de Impulso para la Productividad y el Empleo, Pipe, en su segunda fase, también se aumentarán 30 mil cupos para el programa <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/nuevo-programa-vivienda-subsidio" target="_blank"><strong>Mi Casa Ya</strong></a>, dirigido a hogares que devengan entre 2 y 4 salarios mínimos, por lo que este programa, lanzado en marzo de este año, llegará no a 100 mil, sino a 130 mil hogares.</p>
<p>Es importante estar al pendiente de la reglamentación del subsidio a la tasa de interes para la compra de vivienda nueva superior a 135 SMLMV la cual estará a cargo del Ministerio de Hacienda y Cédito Público. En lo relacionado al programa de Mi Casa Ya, este programa inicia el 1 de septiembre de 2015 y aplica en la ciudad de Manizalez.</p>
<p>Al respecto le informamos que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el <strong>subsidio a la tasa de interés</strong> para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>En el marco del Plan de Impulso para la Productividad y el Empleo, Pipe, en su segunda fase, también se aumentarán 30 mil cupos para el programa <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/nuevo-programa-vivienda-subsidio" target="_blank"><strong>Mi Casa Ya</strong></a>, dirigido a hogares que devengan entre 2 y 4 salarios mínimos, por lo que este programa, lanzado en marzo de este año, llegará no a 100 mil, sino a 130 mil hogares.</p>
<p>Es importante estar al pendiente de la reglamentación del subsidio a la tasa de interes para la compra de vivienda nueva superior a 135 SMLMV la cual estará a cargo del Ministerio de Hacienda y Cédito Público. En lo relacionado al programa de Mi Casa Ya, este programa inicia el 1 de septiembre de 2015 y aplica en la ciudad de Manizalez.</p>
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Lo estudiantes con los mejores puntajes en las pruebas Saber Pro pueden solicitar la condonación si cumplen los siguientes requisitos: que el estudiante se gradúe del programa académico, el estudiante debe encontrarse en el decil superior de los Mejores Saber Pro establecido por el Icfes, haber presentado las pruebas a partir del segundo semestre de 2011,<br />
tener crédito vigente con el ICETEX para pregrado y estar al día en las cuotas de pago del mismo. Deben estar registrados en el Sisbén dentro de los puntos de corte establecidos por el Ministerio de Educación Nacional.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Lo estudiantes con los mejores puntajes en las pruebas Saber Pro pueden solicitar la condonación si cumplen los siguientes requisitos: que el estudiante se gradúe del programa académico, el estudiante debe encontrarse en el decil superior de los Mejores Saber Pro establecido por el Icfes, haber presentado las pruebas a partir del segundo semestre de 2011,<br />
tener crédito vigente con el ICETEX para pregrado y estar al día en las cuotas de pago del mismo. Deben estar registrados en el Sisbén dentro de los puntos de corte establecidos por el Ministerio de Educación Nacional.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Desde el Ministerio de Educación Nacional se hacen grandes esfuerzos por atender las necesidades de los colombianos en temas de educación; en este sentido me permito informarle que en articulación con el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación, la más recientes denominada “Tú Eliges”<br />
Dicha línea fue lanzada el 21 de Mayo por El Presidente de la República Juan Manuel Santos, en compañía de la Ministra de Educación Gina Parody y del Presidente del ICETEX Fernando Rodríguez, ,mediante esta nueva línea de crédito sé cubre la totalidad de la matrícula y ofrece cinco nuevas modalidades de pago. La iniciativa fue pensada para aquellas familias con hijos que obtuvieron un puntaje superior a 310 en las pruebas Saber 11, pero que no cumplen con el punto de corte del SISBEN.<br />
Es importante resaltar que las nuevas líneas de crédito Tú eliges cómo hacer realidad tus sueños, que presentan grandes beneficios y facilidad para obtener un crédito y lograr acceder a la educación, son líneas de crédito a largo plazo para financiar programas en el nivel técnico profesional, tecnológico, de ciclo complementario de Escuelas Normales Superiores o profesionales universitarios. Esta línea le presta a un estudiante para que pague cuando sea profesional, o para que mientras estudia pueda pagar un porcentaje del crédito. En este sentido se es posible elegir entre las siguientes opciones:<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 0% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 10% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 25% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 50% durante tu carrera.<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 100% durante tu carrera.<br />
<br />
Es importante tener en cuenta que las personas que cumplan punto de corte del SISBEN establecido por el Ministerio de Educación Nacional obtendrán adicionalmente los siguientes beneficios:<br />
<br />
1. Condonación del 25% del crédito como requisito único su graduación.<br />
2. Subsidio de sostenimiento<br />
3. Subsidio a la tasa.<br />
<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Desde el Ministerio de Educación Nacional se hacen grandes esfuerzos por atender las necesidades de los colombianos en temas de educación; en este sentido me permito informarle que en articulación con el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación, la más recientes denominada “Tú Eliges”<br />
Dicha línea fue lanzada el 21 de Mayo por El Presidente de la República Juan Manuel Santos, en compañía de la Ministra de Educación Gina Parody y del Presidente del ICETEX Fernando Rodríguez, ,mediante esta nueva línea de crédito sé cubre la totalidad de la matrícula y ofrece cinco nuevas modalidades de pago. La iniciativa fue pensada para aquellas familias con hijos que obtuvieron un puntaje superior a 310 en las pruebas Saber 11, pero que no cumplen con el punto de corte del SISBEN.<br />
Es importante resaltar que las nuevas líneas de crédito Tú eliges cómo hacer realidad tus sueños, que presentan grandes beneficios y facilidad para obtener un crédito y lograr acceder a la educación, son líneas de crédito a largo plazo para financiar programas en el nivel técnico profesional, tecnológico, de ciclo complementario de Escuelas Normales Superiores o profesionales universitarios. Esta línea le presta a un estudiante para que pague cuando sea profesional, o para que mientras estudia pueda pagar un porcentaje del crédito. En este sentido se es posible elegir entre las siguientes opciones:<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 0% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 10% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 25% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 50% durante tu carrera.<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 100% durante tu carrera.<br />
<br />
Es importante tener en cuenta que las personas que cumplan punto de corte del SISBEN establecido por el Ministerio de Educación Nacional obtendrán adicionalmente los siguientes beneficios:<br />
<br />
1. Condonación del 25% del crédito como requisito único su graduación.<br />
2. Subsidio de sostenimiento<br />
3. Subsidio a la tasa.<br />
<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Me pagan el mínimo soy mama cabeza de familia puedo ser ben ficharía a mi casa?
Registrada:
Código:
8660
Me pagan el mínimo soy mama cabeza de familia puedo ser ben ficharía a mi casa?
Registrada:
Código:
8660
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el “Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA”, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 28 del Decreto 2190 de 2009. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 28 del Decreto 2190 de 2009. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.</p>
cuales mecanismos hay para personas mayores de 45 años los cales no encontramos trabajo con un oficio y tenes sisben 50
cuales mecanismos hay para personas mayores de 45 años los cales no encontramos trabajo con un oficio y tenes sisben 50
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Usted puede ingresar para mayo información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Ahora bien, también la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Usted puede ingresar para mayo información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Ahora bien, también la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p> </p>
como van a trabajar con la poblacion vulnerable que tiene mas 50 puntos que somos algunos millones de ciufdadanos
como van a trabajar con la poblacion vulnerable que tiene mas 50 puntos que somos algunos millones de ciufdadanos
Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>
<p>Comedidamente damos respuesta a su Petición; en principio nos gustaría tener un poco más de información sobre la solicitud allegada, para poder brindarle una respuesta adecuada a su inquietud,</p>
<p>En principio logramos entender que el tema corresponde al Departamento de la Prosperidad Social.</p>
<p>Quedamos atentos,</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Trabajo.</p>
<p> </p>
<p>Comedidamente damos respuesta a su Petición; en principio nos gustaría tener un poco más de información sobre la solicitud allegada, para poder brindarle una respuesta adecuada a su inquietud,</p>
<p>En principio logramos entender que el tema corresponde al Departamento de la Prosperidad Social.</p>
<p>Quedamos atentos,</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Trabajo.</p>
<p> </p>
porque hay personas que se hacen pasar por victimas por medio de abogados y el gobierno lo permite
Registrada:
Código:
8657
porque hay personas que se hacen pasar por victimas por medio de abogados y el gobierno lo permite
Registrada:
Código:
8657
Respuesta
<p>Buenos días,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010340812</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>