Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>

<p>Es nuestro prop&oacute;sito dar contestaci&oacute;n a su Petici&oacute;n, para lo cual requerimos por favor nos precise un poco m&aacute;s la misma, a fin de establecer los mecanismos que nos permitan propender por la defensa de los derechos que usted considera conculcados, y as&iacute; dar un direccionamiento adecuado,</p>

<p>Quedamos atentos.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Trabajo-</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Si cumple con los requisitos de Ser Pilo Paga y se integra al programa podr&aacute; tener apoyo de sostenimiento desde el primer semestre de 2016, epoca donde los jovenes ingresan a la Universidad.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>

<p><span>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;<o p=""></o></span></p>

<p><span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:<o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas"><span>http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</span></a><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/vipa"><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></a><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;</span><a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya"><span>http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</span></a></p>

<p>Respecto a la fechas de entrega de formularios, debe consultar las caracteristicas de cada programa en los links antes mencionados.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 28 del Decreto 2190 de 2009.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del T&iacute;tulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010336862">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010336862</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Dada la gran acogida del Programa Ser Pilo Paga, en la actualidad el Gobierno Nacional ha confirmado la asignaci&oacute;n de recursos para una segunda Convocatoria la cual ser&aacute; lanzada en el segundo semestre de 2015.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;as,</p>

<p>Usted puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al tel&eacute;fono (1) 4897976 o a la L&iacute;nea gratuita nacional 01 8000 516 201, donde nuestros asesores estar&aacute;n prestos a brindar informaci&oacute;n respecto a sus inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda.</p>

<p>Igualmente, usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo&nbsp;<a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 49 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.</p>

Respuesta
<p>Gracias por comunicarse con la Urna de Cristal.</p>

<p>Con referencia a su pregunta, La Armada Nacional entrega la siguiente respuesta:</p>

<p>El Incremento salarial de enero a mayo de 2015, se liquid&oacute; el pasado viernes 29 de mayo de 2015, de acuerdo Decreto Presidencial N&deg; 1028 DE MAYO 22/2015, a partir del mes de junio de 2015, la n&oacute;mina se liquidar&aacute; con los nuevos b&aacute;sicos de acuerdo al decreto en menci&oacute;n.</p>

<p>Es oportuno aclarar que es la Presidenca de la Rep&uacute;blica, la entidad rectora en fijar los incrementos salariales.</p>

<p>Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Grupo Atenci&oacute;n y Orientaci&oacute;n Ciudadana &ndash; MDN, contactenos a trav&eacute;s de <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Con el fin de atender su inquietud, nos permitimos aclarar que no hay ning&uacute;n v&iacute;nculo o relaci&oacute;n contractual que obligue al Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA a realizar una obligaci&oacute;n de hacer respecto de la conducta desplegada por la constructora son relaciones entre terceros que escapan de la esfera funcional del Fondo Nacional de Vivienda.</p>

<p>El compromiso adquirido entre el <em>&ldquo;potencial</em> <em>beneficiario</em>&rdquo; y oferente, es una <u>relaci&oacute;n entre terceros</u> la cual debe seguir las Normas del C&oacute;digo Civil y resolverse en una instancia ajena a FONVIVIENDA, como quiera que los organismos del Estado se encuentran imposibilitados legalmente para interferir o pronunciarse al interior de las relaciones civiles o comerciales entre particulares como son el beneficiario del subsidio y el oferente y/o constructor.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Cordialmente nos permitimos informarle que las convocatorias est&aacute;n orientadas para todos los ciudadanos y depende acceder a ellas de acuerdo a las capacidades y cumplimiento de los requisitos all&iacute; establecidos.</p>

<p>Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>El Gobierno en su b&uacute;squeda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una pol&iacute;tica Nacional de Emprendimiento, que&nbsp; con la articulaci&oacute;n de esfuerzos de las personas p&uacute;blicas y privadas que integran la Red Nacional y las&nbsp; Redes Regionales&nbsp; para el Emprendimiento, se avanza en el fomento al emprendimiento, es as&iacute; como a trav&eacute;s de programas y estrategias del Fondo Emprender del SENA, Innpulsa Colombia, Emprende Cultura, Colombia Joven Emprende, entre otras,&nbsp; apoya proyectos de emprendimiento empresarial,&nbsp; financiando las&nbsp; ideas de negocio, generando innovaci&oacute;n, la creaci&oacute;n de empresa y Pymes.</p>

<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la p&aacute;gina del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, para dar respuesta a su inquietud nos permitimos indicar que mediante el Decreto 1190 de 2012 el Gobierno Nacional reglament&oacute; el art&iacute;culo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n para la compra de vivienda de inter&eacute;s social nueva en &aacute;reas urbanas, a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>

<p>El art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del cr&eacute;dito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deber&aacute;n cumplir las siguientes condiciones, adem&aacute;s de las previstas en el Decreto en menci&oacute;n y en la reglamentaci&oacute;n que para el efecto se expida, as&iacute;:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">1.&nbsp;&nbsp; Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">2.&nbsp;&nbsp; No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">3.&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<strong><u>Comprar una vivienda nueva en &aacute;rea urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">Igualmente es importante tener en cuenta que la asignaci&oacute;n de este subsidio estar&aacute; sujeto a que en el momento del desembolso del cr&eacute;dito haya disponibilidad de coberturas (Subsidios) para el rango del valor de la vivienda adquirida.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">Si no fue otorgado en el momento antes mencionado ya no podr&aacute; ser beneficiario del Subsidio a la tasa de inter&eacute;s.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Cordialmente nos permitimos informarle que las convocatorias est&aacute;n orientadas para todos los ciudadanos y depende acceder a ellas de acuerdo a las capacidades y cumplimiento de los requisitos all&iacute; establecidos.</p>

<p>El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Trabajo ha lanzado una serie&nbsp; de programas como lo son:</p>

<p>Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>El Gobierno en su b&uacute;squeda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una pol&iacute;tica Nacional de Emprendimiento, que&nbsp; con la articulaci&oacute;n de esfuerzos de las personas p&uacute;blicas y privadas que integran la Red Nacional y las&nbsp; Redes Regionales&nbsp; para el Emprendimiento, se avanza en el fomento al emprendimiento, es as&iacute; como a trav&eacute;s de programas y estrategias del Fondo Emprender del SENA, Innpulsa Colombia, Emprende Cultura, Colombia Joven Emprende, entre otras,&nbsp; apoya proyectos de emprendimiento empresarial,&nbsp; financiando las&nbsp; ideas de negocio, generando innovaci&oacute;n, la creaci&oacute;n de empresa y Pymes.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la p&aacute;gina del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Asi se definio en la primera convocatoria de Ser Pilo Paga, se esta evaluando el tema para que en Ser Pilo Paga 2.0 puedan estos jovenes entrar a la lista de potenciales Pilos.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Liliana</p>

<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. Teniendo en cuenta la consulta realizada, deber&aacute; acudir ante la Polic&iacute;a Nacional a trav&eacute;s de la inspecci&oacute;n m&aacute;s cercana en su localidad. Para saber c&oacute;mo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Si ingresa a primer semestre debe acreditar resultados en las pruebas Saber 11 a partir del a&ntilde;o 2012.&nbsp; Para mayor informaci&oacute;n puede consultar la p&aacute;gina web www.icetex.gov.co, link Cr&eacute;dito Educativo.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El promedio de notas m&iacute;nimo para acceder a cr&eacute;dito educativo en Icetex a partir de segundo semestre es de 3,6, si ingresa a primer semestre debe acreditar el puntaje obtenido en las pruebas Saber 11, m&iacute;nimo de 280 de acuerdo con la modalidad de cr&eacute;dito a la que desee aplicar. Para mayor informaci&oacute;n puede consultar la p&aacute;gina web www.icetex.gov.co, link Cr&eacute;dito Educativo.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le solicitamos aclarar su pregunta en relaci&oacute;n al tema exacto sobre el cual requiere informaci&oacute;n, lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud.&nbsp;</p>

<p>Usted puede dirigir sus peticiones, quejas, reclamos, sugerencias al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo&nbsp;<a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 49 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jener</p>

<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. En este caso ante la Unidad Nacional para la Gestion del Riesgo de Desastres a trav&eacute;s de <a href="http://www.sigpad.gov.co">http://www.sigpad.gov.co</a></p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Carlos</p>

<p class="rtejustify">El Equipo de Urna de Cristal se permite compartir a trav&eacute;s del siguiente enlace, la respuesta dada por parte del Ministerior del Interior a tu pregunta. El enlace es: <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinInterior_001.pdf">http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinInterior_001.pdf</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

No puede acceder a Ser Pilo Paga ya que el reglamento operativo establece que solo en la primera version del programa podr&aacute;n participar jovenes que hayan presentado por primera vez las pruebas Saber 11 en agosto de 2014. Esta por definirse los requisitos para la proxima convocatoria.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

De acuerdo al Art&iacute;culo 4 de la Ley 1081 de 2006, &ldquo;Los beneficiarios de los Héroes de la Nación tendrán derecho a que los establecimientos oficiales de educación preescolar, básica, media y universitaria o técnica, incluido el Icetex, Sena, ESAP y los Centros de Educación Especial, los acepten sin que tengan que pagar ninguna contraprestación. Los establecimientos privados de educación preescolar, básica, media y universitaria o técnica y los Centros de Educación Especial, podrán destinar un cinco por ciento (5%) anualmente del total de su cupo, para ser otorgado en becas totales a los beneficiarios de la presente ley. De su cumplimiento velarán el Ministerio de Educación y el Icfes, quienes presentarán un informe anual del número de beneficiarios matriculados, al Consejo de Veteranos de la Fuerza Pública y Héroes de la Nación. Para acceder a este beneficio deberán comprobar que pertenecen a los estratos sociales definidos como uno, dos o tres&rdquo;.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Dada la gran acogida del Programa Ser Pilo Paga, en la actualidad el Gobierno Nacional ha confirmado la asignaci&oacute;n de recursos para una segunda Convocatoria la cual ser&aacute; lanzada en el segundo semestre de 2015.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto le informamos que actualmente de acuerdo a la Resoluci&oacute;n 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicion&oacute; 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase&nbsp; para cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1&ordm; de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas que defina FONVIVIENDA.</p>

<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resoluci&oacute;n 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>

<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea de hasta setenta (70) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP&nbsp; se asignara un total de treinta mil (30.000) coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>

<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea mayor a setenta (70) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y hasta (135) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIS&nbsp; se asignara un total de cien&nbsp; mil (100.000) coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>

<p>El art&iacute;culo 2.1.3.1.3 del Decreto 1077 de 2015 Establece que los deudores del cr&eacute;dito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deber&aacute;n cumplir las siguientes condiciones, adem&aacute;s de las previstas en el Decreto en menci&oacute;n y en la reglamentaci&oacute;n que para el efecto se expida, as&iacute;:</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">1.&nbsp;&nbsp; Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">2.&nbsp;&nbsp; No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">3.&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<strong><u>Comprar una vivienda nueva en &aacute;rea urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;: &ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El programa Ser Pilo Paga implementado en 2015, presenta dentro de sus requisitos haber presentado las Pruebas Saber 11 el d&iacute;a 3 de agosto de 2014.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Su pregunta debe dirigirla al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA, el cual se encuentra ubicado en la carrera 6 No. 12-62 de Bogot&aacute; D.C PBX: (57+1) 334 4080 / 334 4086 FAX:(57+1)3410515. L&iacute;nea Gratuita de atenci&oacute;n al cliente: 018000917770 - <a href="mailto:webmaster@funcionpublica.gov.co">webmaster@funcionpublica.gov.co</a></p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>El <a href="http://www.gerencie.com/trabajadores-independientes.html">trabajador independiente</a>, es cotizante obligatorio al R&eacute;gimen Contributivo en el Sistema General de <a href="http://www.gerencie.com/seguridad-social.html">Seguridad Social</a> en Salud y Pensiones. Para el efecto, el art&iacute;culo 51 del Decreto 806 de 1998 se&ntilde;ala:</p>

<p>&quot;ARTICULO 51. AFILIADO BENEFICIARIO QUE DEBE SER COTIZANTE.. Les cancelar&aacute;n la inscripci&oacute;n como beneficiarias a aquellas personas que deben tener la calidad de cotizantes. Estas personas deber&aacute;n cubrir los gastos en que haya incluido la(s) EPS(s) por los servicios prestados. Estos recursos ser&aacute;n girados al FOSYGA, a la subcuenta de solidaridad&quot;.</p>

<p>El trabajador independiente debe cotizar obligatoriamente en salud y pensiones sobre los ingresos que declare ante la EPS y la Administradora de Pensiones (Decreto 3085 de 2007), en este caso, el monto del aporte en pensiones es del 16%, en tanto que en salud es del 12,5%, los cuales deben calcularse sobre la base de cotizaci&oacute;n, la cual no puede ser inferior a un (1) <a href="http://www.gerencie.com/salario-minimo.html">salario m&iacute;nimo</a> legal mensual vigente, ni superior a veinticinco (25) smimv.</p>

<p>De todas formas le sugerimos dirigirse al CONSORCIO COLOMBIA MAYOR en Bogot&aacute; al tel&eacute;fono 7444334 y la l&iacute;nea de atenci&oacute;n gratuita en el resto del pa&iacute;s n&uacute;mero 01 8000 184333, correo electr&oacute;nico comunicaciones@colombiamayor.co, el cual tiene un programa de subsidio en pensi&oacute;n para las personas que cumplen ciertos requisitos.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Si ingresa a primer semestre debe acreditar resultados en las pruebas saber 11 a partir del a&ntilde;o 2012, si ingresa a segundo semestre lo podr&aacute; hacer con el Icfes o con el promedio de notas. Para mayor informaci&oacute;n puede consultar la p&aacute;gina web www.icetex.gov.co, link Cr&eacute;dito Educativo.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Le informamos que el programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; es a trav&eacute;s de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar que los bachilleres, t&eacute;cnicos, tecn&oacute;logos y universitarios podr&aacute;n postularse para aspirar a ingresar al programa &quot;40 Mil Primeros Empleos&quot; del Ministerio del Trabajo.</p>

<p>Al programa &quot;40 Mil Primeros Empleos&quot; pueden aplicar todos los j&oacute;venes bachilleres, t&eacute;cnicos, tecn&oacute;logos y profesionales entre los 18 y 28 a&ntilde;os, que actualmente no se encuentren estudiando, est&eacute;n buscando empleo y no tengan experiencia formal relacionada con su &aacute;rea de estudio.</p>

<p>Los j&oacute;venes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operar&aacute;n el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin L&iacute;mites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a>&nbsp;para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>

<p>Los j&oacute;venes que cumplan con los perfiles solicitados ser&aacute;n pre-seleccionados por el equipo de la agencia de empleo de la Caja de Compensaci&oacute;n y remitidos a la empresa.</p>

<p>Los j&oacute;venes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los centros de empleo que operar&aacute;n el Programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin L&iacute;mites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>

<p>Para una mayor informaci&oacute;n, usted puede ingresar a la p&aacute;gina del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego al link 40.000 empleos.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano &nbsp;</p>

<p>Ministerio de Trabajo. &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Gracias por participar en la Urna de Cristal</p>

<p><br />

Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ej&eacute;rcito Nacional&nbsp; entrega respuesta a trav&eacute;s de oficio, el cual fue enviado al correo <a href="mailto:Jhon15_@hotmail.com">Jhon15_@hotmail.com</a>.</p>

<p>Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Grupo Atenci&oacute;n y Orientaci&oacute;n Ciudadana &ndash; MDN. Cont&aacute;ctenos a trav&eacute;s del correo: <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Lo invitamos a consultar el portafolio de servicios que ofrece el Icetex para programas de pregrado y aplicar a las convocatorias vigentes de acuerdo con el calendario establecido, registr&aacute;ndose a trav&eacute;s del portal web www.icetex.gov.co en las diferentes modalidades de cr&eacute;dito.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El Icetex cuenta a partir del segundo semestre de 2015 con cinco modalidades de cr&eacute;dito para Pregrado, en las cuales el estudiante de acuerdo con sus condiciones socioecon&oacute;micas y de m&eacute;rito acad&eacute;mico selecciona la l&iacute;nea que m&aacute;s le beneficie. De igual forma debe validar si cumple los requisitos para aplicar con deudor solidario o a trav&eacute;s del Fondo de Garant&iacute;as.</p>

<p><br />

Para mayor informaci&oacute;n puede consultar la p&aacute;gina web www.icetex.gov.co link cr&eacute;dito educativo.<br />

<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado Sr. Juan Manuel Ram&iacute;rez</p>

<p>Atendiendo su solicitud enviada por la Urna de Cristal, me permito informarle que fue radicada en este Ministerio bajo el No. 2015039256 asignada a la Direcci&oacute;n de formalizaci&oacute;n Minera, en vista que es competencia de la entidad adscrita a este Ministerio la Agencia Nacional de Mineria, se procedi&oacute; a realizar el traslado de su petici&oacute;n a esta entidad con oficio radicado No. 2015040835. Adjunto el mencionado oficio y estaremos enviando la respuesta correspondiente.</p>

<div dir="ltr">

<font face="tahoma, sans-serif"><font style="font-size: 13.3333339691162px;">Cordial saludo,</font></font></div>

<div dir="ltr">

<font face="tahoma, sans-serif"><font style="font-size: 13.3333339691162px;">&nbsp;</font></font></div>

<p><font face="tahoma, sans-serif"><b><font size="2">Hernando Rodr&iacute;guez Ot&aacute;lora</font></b></font></p>

<div style="font-family: arial, sans-serif; font-size: 13.3333339691162px;">

<font face="tahoma, sans-serif" size="2">Grupo de Participaci&oacute;n y Servicio al Ciudadano</font><br />

<font face="tahoma, sans-serif" size="2">Ministerio de Minas y Energ&iacute;a&nbsp;</font><br />

<div>

<div style="font-size: 13.3333339691162px;">

<font face="tahoma, sans-serif" size="1">Calle 43 No. 57-31 CAN</font></div>

<div style="font-size: 13.3333339691162px;">

<font face="tahoma, sans-serif" size="1">PBX (57 1) 220 0300 Ext. 2268<br />

Bogot&aacute; D.C., Colombia</font><font face="tahoma, sans-serif" size="2">.</font></div>

</div>

<div>

&nbsp;</div>

</div>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, para dar respuesta a su inquietud nos permitimos indicar que mediante el Decreto 1190 de 2012 el Gobierno Nacional reglament&oacute; el art&iacute;culo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n para la compra de vivienda de inter&eacute;s social nueva en &aacute;reas urbanas, a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>

<p>El art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del cr&eacute;dito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deber&aacute;n cumplir las siguientes condiciones, adem&aacute;s de las previstas en el Decreto en menci&oacute;n y en la reglamentaci&oacute;n que para el efecto se expida, as&iacute;:</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">1.&nbsp;&nbsp; Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">2.&nbsp;&nbsp; No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">3.&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<strong><u>Comprar una vivienda nueva en &aacute;rea urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">Igualmente es importante tener en cuenta que la asignaci&oacute;n de este subsidio estar&aacute; sujeto a que en el momento del desembolso del cr&eacute;dito haya disponibilidad de coberturas (Subsidios) para el rango del valor de la vivienda adquirida.</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">Si no fue otorgado en el momento antes mencionado ya no podr&aacute; ser beneficiario del Subsidio a la tasa de inter&eacute;s.</p>

Respuesta
<p style="margin-left:18pt;">&nbsp;</p>

<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Faltan elementos de an&aacute;lisis en su petici&oacute;n, sin embargo para determinar si una enfermedad es pensionable, es indispensable la calificaci&oacute;n que se le da al trabajador de su enfermedad, es decir si el trabajador ha perdido m&aacute;s del 50% de su capacidad laboral, raz&oacute;n por la cual se debe agotar un proceso en el que interviene medicina laboral de la empresa, de la EPS, la ARL,&nbsp; Junta Regional de Calificaci&oacute;n de Invalidez y Junta Nacional de Calificaci&oacute;n de Invalidez.</p>

<p>Tambi&eacute;n dependiendo del origen de la enfermedad, es decir si es com&uacute;n o si es laboral, &nbsp;se determina el porcentaje de la pensi&oacute;n, lo mismo que la posible indemnizaci&oacute;n en el caso de la enfermedad laboral.</p>

<p>Raz&oacute;n por la cual todo depende de un concepto m&eacute;dico dependiendo las valoraciones efectuadas.</p>

<p>Por &uacute;ltimo usted puede consultar el decreto 1477 del 5 de agosto de 2014 por el cual se expide la nueva tabla de enfermedades profesionales.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. En este caso deber&aacute; acudir directamente ante la Corporaci&oacute;n Aut&oacute;noma Regional correspondiente. Para saber c&oacute;mo te invitamos que ingreses en <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co">www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. En este caso deber&aacute; acudir directamente ante la Direcci&oacute;n de Impuestos y Aduanas Nacionales &ndash; DIAN &ndash; <a href="http://www.dian.gov.co">www.dian.gov.co</a>, o bien ante el Concejo de Bogot&aacute; &ndash; <a href="http://www.concejodebogota.gov.co">www.concejodebogota.gov.co</a>. &nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. En este caso deber&aacute; acudir directamente ante el Instituto Geogr&aacute;fico Agustin Codazzi o bien consultado el siguiente enlace: <a href="http://www.igac.gov.co">www.igac.gov.co</a></p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. En este caso deber&aacute; acudir directamente ante la Corporaci&oacute;n Aut&oacute;noma Regional correspondiente. Para saber c&oacute;mo te invitamos que ingreses en <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co">www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>