¿Qué quieres preguntar sobre los beneficios para adquirir vivienda?
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El Presidente Juan Manuel Santos anunció un nuevo programa comprar casa propia con solo un 10% de cuota inicial y con un paquete de subsidios. Esto se suma a los demás beneficios. Actualmente el Gobierno tiene varios planes para darle vivienda propia a los colombianos.
Buenas Noches,tramitamos un credito con av villas y firmamos los doc para el fress y parecer ser q ellos no tramitaronq
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen día, para dar respuesta a su inquietud nos permitimos indicar que mediante el Decreto 1190 de 2012 el Gobierno Nacional reglamentó el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de interés que facilitan la financiación para la compra de vivienda de interés social nueva en áreas urbanas, a través de créditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>
<p>El artículo 3º del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Igualmente es importante tener en cuenta que la asignación de este subsidio estará sujeto a que en el momento del desembolso del crédito haya disponibilidad de coberturas (Subsidios) para el rango del valor de la vivienda adquirida.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Si no fue otorgado en el momento antes mencionado ya no podrá ser beneficiario del Subsidio a la tasa de interés.</p>
<p>El artículo 3º del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Igualmente es importante tener en cuenta que la asignación de este subsidio estará sujeto a que en el momento del desembolso del crédito haya disponibilidad de coberturas (Subsidios) para el rango del valor de la vivienda adquirida.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Si no fue otorgado en el momento antes mencionado ya no podrá ser beneficiario del Subsidio a la tasa de interés.</p>
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