? Soy madre soltera de un niño de 16 años discapacitado, sisben 1 como hago para acceder a la ayuda de vivienda?
? Soy madre soltera de un niño de 16 años discapacitado, sisben 1 como hago para acceder a la ayuda de vivienda?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
que hacer los dueños de locales comerciales actualmente venden mercancias de contrabando .. sacarlos a la fuerza
que hacer los dueños de locales comerciales actualmente venden mercancias de contrabando .. sacarlos a la fuerza
Respuesta
<p>Para todos aquellos que estén comercializando mercancías de contrabando, la invitación es a que cumplan con las obligaciones aduaneras y paguen los tributos aduaneros que legalmente correspondan. Cumplir con las normas, es una exigencia que el Estado debe hacer a todos los comerciantes y lo que impera debe ser la ley, frente a aquellos que la incumplen.</p>
<p> </p>
<p> </p>
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Dada la gran acogida del Programa Ser Pilo Paga, en la actualidad el Gobierno Nacional ha confirmado la asignación de recursos para una segunda Convocatoria la cual será lanzada en el segundo semestre de 2015. Por este motivo se invita a la comunidad en general a estar pendiente de la publicación de nuevas Convocatorias, sus requisitos de aplicación y las fechas para su legalización en la página oficial del página del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior ICETEX, www.icetex.gov.co dada su competencia como Administrador de los Fondos creados por el Ministerio de Educación Nacional.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Dada la gran acogida del Programa Ser Pilo Paga, en la actualidad el Gobierno Nacional ha confirmado la asignación de recursos para una segunda Convocatoria la cual será lanzada en el segundo semestre de 2015. Por este motivo se invita a la comunidad en general a estar pendiente de la publicación de nuevas Convocatorias, sus requisitos de aplicación y las fechas para su legalización en la página oficial del página del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior ICETEX, www.icetex.gov.co dada su competencia como Administrador de los Fondos creados por el Ministerio de Educación Nacional.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
por que si la ley no va en contra de los pequeños comerciantes, por que se realizan operativos a pequeños locales ?
por que si la ley no va en contra de los pequeños comerciantes, por que se realizan operativos a pequeños locales ?
Respuesta
<p>Los operativos de control aduanero se realizan a todos aquellos comerciantes que comercializan mercancías de procedencia extranjera sin distinción. Los controles aduaneros se ejercen en virtud de la competencia para el control de mercancías de procedencia extranjera que tiene la DIAN, no es algo novedoso ni surge con la ley Anticontrabando, esta endurece las sanciones en materia penal pero la acción de control administrativa no ha sufrido modificación alguna a la fecha </p>
como hago llegar mi documentación de pre grado al MEN para poder acceder al beneficio de becas docentes?
como hago llegar mi documentación de pre grado al MEN para poder acceder al beneficio de becas docentes?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Estimado profesor, usted puede enviar la información al correo de becasdocentes@mineducacion.gov.co. Es importante incluir números de cédula, números de teléfono, establecimiento educativo y área de desempeño.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Estimado profesor, usted puede enviar la información al correo de becasdocentes@mineducacion.gov.co. Es importante incluir números de cédula, números de teléfono, establecimiento educativo y área de desempeño.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
el curso de manejo defensivo, primero auxilios, mecanica basica. tienen vencimiento y por que si son conocimientos adqui
el curso de manejo defensivo, primero auxilios, mecanica basica. tienen vencimiento y por que si son conocimientos adqui
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>La legislación la cual cobija leyes, decretos y resoluciones, entre otras, es cambiante y tiene que ir adaptándose y actualizándose de acuerdo al entorno y las nuevas necesidades de la sociedad en general, razón por la cual el ciudadano que se dedica a los temas tratados, debe renovar periódicamente sus conocimientos con el fin de actualizarse en las nuevas normas y procedimientos y conocer que ha sido derogado.</p>
<p>También influye en la actualización, las políticas de cada empresa conforme al mapa de riesgos elaborado con el fin de determinar todo suceso que afecte el buen cumplimiento de la misión de los procesos o procedimientos de la institución.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>.</p>
<p>La legislación la cual cobija leyes, decretos y resoluciones, entre otras, es cambiante y tiene que ir adaptándose y actualizándose de acuerdo al entorno y las nuevas necesidades de la sociedad en general, razón por la cual el ciudadano que se dedica a los temas tratados, debe renovar periódicamente sus conocimientos con el fin de actualizarse en las nuevas normas y procedimientos y conocer que ha sido derogado.</p>
<p>También influye en la actualización, las políticas de cada empresa conforme al mapa de riesgos elaborado con el fin de determinar todo suceso que afecte el buen cumplimiento de la misión de los procesos o procedimientos de la institución.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>.</p>
Personas que realizen una segunda carrera que oportunidades de empleo tiene si le niegan un segundo contrato aprendizaje
Personas que realizen una segunda carrera que oportunidades de empleo tiene si le niegan un segundo contrato aprendizaje
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>El contrato de aprendizaje está regulado por la ley 789 de 2002 en su artículo 30, 33 y siguientes, razón por la cual, cordialmente le sugerimos leer la norma en mención.</p>
<p>Por otro lado el Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Trabajo ha lanzado una serie de programas como lo son:</p>
<p>Talentos para el empleo” que le permitirá a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, informática, fortalecimiento de lectoescritura y matemáticas básicas, así como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempeño laboral.<br />
<br />
El programa ofrece 13 mil becas que cubren el 100% de la matrícula en instituciones de formación para el trabajo de alta calidad, diferentes al SENA, y un apoyo de transporte que se entregará al finalizar el proceso de formación, explicó el ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón.<br />
<br />
El programa de “40.000 Primeros Empleos” dirigida a la población entre 18 y 28 años de edad, sin experiencia laboral: recién egresados de algún programa de educación superior y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil.</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p> </p>
<p>Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
<p>El contrato de aprendizaje está regulado por la ley 789 de 2002 en su artículo 30, 33 y siguientes, razón por la cual, cordialmente le sugerimos leer la norma en mención.</p>
<p>Por otro lado el Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Trabajo ha lanzado una serie de programas como lo son:</p>
<p>Talentos para el empleo” que le permitirá a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, informática, fortalecimiento de lectoescritura y matemáticas básicas, así como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempeño laboral.<br />
<br />
El programa ofrece 13 mil becas que cubren el 100% de la matrícula en instituciones de formación para el trabajo de alta calidad, diferentes al SENA, y un apoyo de transporte que se entregará al finalizar el proceso de formación, explicó el ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón.<br />
<br />
El programa de “40.000 Primeros Empleos” dirigida a la población entre 18 y 28 años de edad, sin experiencia laboral: recién egresados de algún programa de educación superior y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil.</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p> </p>
<p>Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
Posibles alternativas de becado para realizar estudios de posgrado a profesionales en calidad de desplazados?
Posibles alternativas de becado para realizar estudios de posgrado a profesionales en calidad de desplazados?
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p> </p>
<p>Para todo lo relacionado con estudio y becas, usted puede dirigirse a el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior – ICETEX, comunicándose a la línea de atención al usuario en Bogotá 417 35 35, a nivel nacional 01900-33 13 777, quejas y reclamos 018000-916821 o ingresar a la página web <a href="http://www.icetex.gov.co/">www.icetex.gov.co</a>. </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Para todo lo relacionado con estudio y becas, usted puede dirigirse a el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior – ICETEX, comunicándose a la línea de atención al usuario en Bogotá 417 35 35, a nivel nacional 01900-33 13 777, quejas y reclamos 018000-916821 o ingresar a la página web <a href="http://www.icetex.gov.co/">www.icetex.gov.co</a>. </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
soy madre soltera dezplazada y quiero saber que puedo hacer para obtener un plan facil y economico
Registrada:
Código:
8864
soy madre soltera dezplazada y quiero saber que puedo hacer para obtener un plan facil y economico
Registrada:
Código:
8864
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
como puedo yo acceder al subsidio de vivenda, soy desplazada por la violencia en el municipio de manizales
como puedo yo acceder al subsidio de vivenda, soy desplazada por la violencia en el municipio de manizales
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
Como puedo acceder a un subsidio si tengo data crédito y no estoy laborando??? y quisiera mi casa tamnbien gracias
Como puedo acceder a un subsidio si tengo data crédito y no estoy laborando??? y quisiera mi casa tamnbien gracias
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
que pasa soy seguidora del Presidente pero me toca trabajar en el comercio....que me ofreces de empleo
que pasa soy seguidora del Presidente pero me toca trabajar en el comercio....que me ofreces de empleo
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Trabajo ha lanzado una serie de programas como lo son:</p>
<p>1)“Talentos para el empleo” que le permitirá a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, informática, fortalecimiento de lectoescritura y matemáticas básicas, así como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempeño laboral.<br />
<br />
2)“El programa de “40.000 Primeros Empleos” dirigida a la población entre 18 y 28 años de edad, sin experiencia laboral: recién egresados de algún programa de educación superior y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil.</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p>3) Equidad Laboral para la reparación a las víctimas del conflicto armado.<strong> <strong>El Programa de Rutas Integrales de Empleo Rural y Urbano para Víctimas del Conflicto Armado,</strong></strong> responde a las obligaciones derivadas de la ley 1448 de 2011, en el cual se insta al Ministerio del Trabajo a desarrollar una política pública que restituya las capacidades de las víctimas, para que puedan entrar a competir en igualdad de condiciones al mercado laboral formal, con el fin de apoyar su auto-sostenimiento. Lo anterior como medida de reparación integral y transformadora.</p>
<p>4) Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Trabajo ha lanzado una serie de programas como lo son:</p>
<p>1)“Talentos para el empleo” que le permitirá a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, informática, fortalecimiento de lectoescritura y matemáticas básicas, así como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempeño laboral.<br />
<br />
2)“El programa de “40.000 Primeros Empleos” dirigida a la población entre 18 y 28 años de edad, sin experiencia laboral: recién egresados de algún programa de educación superior y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil.</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p>3) Equidad Laboral para la reparación a las víctimas del conflicto armado.<strong> <strong>El Programa de Rutas Integrales de Empleo Rural y Urbano para Víctimas del Conflicto Armado,</strong></strong> responde a las obligaciones derivadas de la ley 1448 de 2011, en el cual se insta al Ministerio del Trabajo a desarrollar una política pública que restituya las capacidades de las víctimas, para que puedan entrar a competir en igualdad de condiciones al mercado laboral formal, con el fin de apoyar su auto-sostenimiento. Lo anterior como medida de reparación integral y transformadora.</p>
<p>4) Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
en junio me negaron la visa a España,tendré problemas al viajar a España cuando quiten la visa s teniendo los requisitos
en junio me negaron la visa a España,tendré problemas al viajar a España cuando quiten la visa s teniendo los requisitos
Respuesta
<p>Señora</p>
<p><strong>Jennifer Velasco</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p> </p>
<p><strong>Jennifer Velasco</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p> </p>
que derechos tenemos las victimas del conflicto armado?que proceso se debe llevar acabo para hacer que esto se cumpla?
que derechos tenemos las victimas del conflicto armado?que proceso se debe llevar acabo para hacer que esto se cumpla?
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010405532">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010405532</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010405532">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010405532</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
¿por que en cucuta no cumplen con las 8 horas de laborales y legalizan como horas extras sobre el mínimo?
¿por que en cucuta no cumplen con las 8 horas de laborales y legalizan como horas extras sobre el mínimo?
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Si considera que se están cometiendo irregularidades en el trabajo lo invitamos a comunicarse con la línea gratuita 120 desde su celular y solicitar la orientación laboral correspondiente; también puede agendar una cita en la Dirección Territorial de Ministerio de Trabajo del Norte de Santander, ubicada en la ciudad de Cúcuta, en la calle 12 número 4-19, oficina 402, teléfono 571 74 53, con un Inspector de Trabajo quien le dará las pautas a seguir con respecto a sus inquietudes</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano <br />
Ministerio del Trabajo</p>
<p>Si considera que se están cometiendo irregularidades en el trabajo lo invitamos a comunicarse con la línea gratuita 120 desde su celular y solicitar la orientación laboral correspondiente; también puede agendar una cita en la Dirección Territorial de Ministerio de Trabajo del Norte de Santander, ubicada en la ciudad de Cúcuta, en la calle 12 número 4-19, oficina 402, teléfono 571 74 53, con un Inspector de Trabajo quien le dará las pautas a seguir con respecto a sus inquietudes</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,<br />
<br />
<br />
Grupo Atención al Ciudadano <br />
Ministerio del Trabajo</p>
Que cantidad de dinero exige españa a un turista para aproximadamente un mes de estadia?
Registrada:
Código:
8857
Que cantidad de dinero exige españa a un turista para aproximadamente un mes de estadia?
Registrada:
Código:
8857
Respuesta
<p>Señora</p>
<p><strong>Jennifer Condía Godoy</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p> </p>
<p><strong>Jennifer Condía Godoy</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p> </p>
¿Solucionaron los problemas técnicos de la plataforma Supérate 2.0?¿Cuándo es la segunda prueba?
Registrada:
Código:
8856
¿Solucionaron los problemas técnicos de la plataforma Supérate 2.0?¿Cuándo es la segunda prueba?
Registrada:
Código:
8856
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Al respeto informamos que si fueron solucionadas, es importante mencionar que las pruebas de junio fueron un pilotaje para probar y verificar el interés por parte de la comunidad educativa en el proyecto supérate con el saber 2.0 y debido a la masiva participación y excelente respuesta, migramos todo el proyecto a la nube para garantizar la estabilidad y respuestas oportunas a las peticiones de servicios tanto del aplicativo como a la infraestructura en general. Adicional se desarrolló el aplicativo offline para garantizar la igualdad y la inclusión de todos los alumnos a nivel nacional sin importar su ubicación geográfica. Para su información la segunda prueba se realizó del 10 al 14 de agosto, un día asignado por grado para la presentación de la prueba en 3°, 5°, 7°, 9° y 11° respectivamente. Las siguientes pruebas de la Fase eliminatoria se realizarán así: septiembre 07: 3°, septiembre 08: 5°, septiembre 09: 7°, septiembre 10: 9°, septiembre 11: 11°. Las fechas del mes de octubre son: octubre 13: 3°, octubre 14: 5°, octubre 15 : 7°, octubre 16 : 9° y 11°. La Semifinal en las cinco regiones de manera simultánea el 12 de noviembre en Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cali, Medellín. Y la Gran Final el 4 de diciembre en Bogotá.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Al respeto informamos que si fueron solucionadas, es importante mencionar que las pruebas de junio fueron un pilotaje para probar y verificar el interés por parte de la comunidad educativa en el proyecto supérate con el saber 2.0 y debido a la masiva participación y excelente respuesta, migramos todo el proyecto a la nube para garantizar la estabilidad y respuestas oportunas a las peticiones de servicios tanto del aplicativo como a la infraestructura en general. Adicional se desarrolló el aplicativo offline para garantizar la igualdad y la inclusión de todos los alumnos a nivel nacional sin importar su ubicación geográfica. Para su información la segunda prueba se realizó del 10 al 14 de agosto, un día asignado por grado para la presentación de la prueba en 3°, 5°, 7°, 9° y 11° respectivamente. Las siguientes pruebas de la Fase eliminatoria se realizarán así: septiembre 07: 3°, septiembre 08: 5°, septiembre 09: 7°, septiembre 10: 9°, septiembre 11: 11°. Las fechas del mes de octubre son: octubre 13: 3°, octubre 14: 5°, octubre 15 : 7°, octubre 16 : 9° y 11°. La Semifinal en las cinco regiones de manera simultánea el 12 de noviembre en Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cali, Medellín. Y la Gran Final el 4 de diciembre en Bogotá.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
@yoligrilla Boyacá(Sogamoso-Corrales) dañan páramo para "arreglar" carretera, ahora derrumbes no dejan pasar
¿Cierto?
@yoligrilla Boyacá(Sogamoso-Corrales) dañan páramo para "arreglar" carretera, ahora derrumbes no dejan pasar
¿Cierto?
Respuesta
Buenos días;
El Ministerio de Transporte está facultado para atender las vías a cargo de la Nación a través del Instituto Nacional de Vías – Invías o de la Agencia Nacional de Infraestructura cuando se trate de una vía en concesión del orden nacional. Las solicitudes que se registran en las carreteras departamentales o municipales, son atendidas directamente por la entidad territorial que tiene a cargo dicha infraestructura. Por lo anterior, sugerimos que la solicitud sea dirigida a la gobernación y a la alcaldía, para conocer que proyectos viales se encuentran ejecutando.
Esperamos que esta información sea clara y responda completamente su inquietud. No olvide comunicarse con el Ministerio de Transporte a través de su línea gratuita 018000112042 o redes sociales en Twitter @MinTransporteCo y facebookMinisterio de Transporte oficial.
El Ministerio de Transporte está facultado para atender las vías a cargo de la Nación a través del Instituto Nacional de Vías – Invías o de la Agencia Nacional de Infraestructura cuando se trate de una vía en concesión del orden nacional. Las solicitudes que se registran en las carreteras departamentales o municipales, son atendidas directamente por la entidad territorial que tiene a cargo dicha infraestructura. Por lo anterior, sugerimos que la solicitud sea dirigida a la gobernación y a la alcaldía, para conocer que proyectos viales se encuentran ejecutando.
Esperamos que esta información sea clara y responda completamente su inquietud. No olvide comunicarse con el Ministerio de Transporte a través de su línea gratuita 018000112042 o redes sociales en Twitter @MinTransporteCo y facebookMinisterio de Transporte oficial.
Deseo saber sobre el beneficio para personas que ganan menos de dos salarios mínimos ya que aun no he podido acceder
Deseo saber sobre el beneficio para personas que ganan menos de dos salarios mínimos ya que aun no he podido acceder
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el “Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA”, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
Por que el gobierno no ataca el contrabando desde puertos y entes aduaneros ??
Registrada:
Código:
8853
Por que el gobierno no ataca el contrabando desde puertos y entes aduaneros ??
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Código:
8853
Respuesta
<p>Precisamente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ha lanzado un Plan Nacional de lucha contra el Contrabando y Comercio Ilícito para su ejecución en el presente cuatrienio, y es uno de los pilares la definición de una política para pasos de frontera que involucra las fronteras terrestres, marítimas, aéres, fluviales e interiores del país, teniendo en cuenta que es a partir de los lugares de ingreso al país que se debe realizar el control aduanero. En desarrollo de este pilar fundamental se han establecido estrategias específicas de control en Puertos, Aeropuertos y Cruces de frontera con acciones diseñadas acorde con las particularidades de cada uno de ellos, tanto para el control aduanero previo, simultáneo y posterior.</p>
Por que el gobierno no acaba con las barreras administrativas que nos imponen ???
Registrada:
Código:
8852
Por que el gobierno no acaba con las barreras administrativas que nos imponen ???
Registrada:
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8852
Respuesta
<p>Precisamente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ha lanzado un Plan Nacional de lucha contra el Contrabando y Comercio Ilícito para su ejecución en el presente cuatrienio, y es uno de los pilares la definición de una política para pasos de frontera que involucra las fronteras terrestres, marítimas, aéres, fluviales e interiores del país, teniendo en cuenta que es a partir de los lugares de ingreso al país que se debe realizar el control aduanero. En desarrollo de este pilar fundamental se han establecido estrategias específicas de control en Puertos, Aeropuertos y Cruces de frontera con acciones diseñadas acorde con las particularidades de cada uno de ellos, tanto para el control aduanero previo, simultáneo y posterior.</p>
Podrían dar un ejemplo de una país que no exija Visa, pero haya que demostrar recursos económicos. Como es el proceso?
Podrían dar un ejemplo de una país que no exija Visa, pero haya que demostrar recursos económicos. Como es el proceso?
Respuesta
<p>Señor</p>
<p><strong>Andrés Vidal</strong></p>
<p>Respetado Señor</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p> </p>
<p><strong>Andrés Vidal</strong></p>
<p>Respetado Señor</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p> </p>
Al no ser exigida la Visa Schengen, ante qué autoridad, o en qué momento del viaje, se soportan los recursos económicos?
Al no ser exigida la Visa Schengen, ante qué autoridad, o en qué momento del viaje, se soportan los recursos económicos?
Respuesta
<p>Señor</p>
<p><strong>Andrés Vidal</strong></p>
<p>Respetado Señor</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p><strong>Andrés Vidal</strong></p>
<p>Respetado Señor</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
Respuesta
<p>Precisamente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ha lanzado un Plan Nacional de lucha contra el Contrabando y Comercio Ilícito para su ejecución en el presente cuatrienio, y es uno de los pilares la definición de una política para pasos de frontera que involucra las fronteras terrestres, marítimas, aéres, fluviales e interiores del país, teniendo en cuenta que es a partir de los lugares de ingreso al país que se debe realizar el control aduanero. En desarrollo de este pilar fundamental se han establecido estrategias específicas de control en Puertos, Aeropuertos y Cruces de frontera con acciones diseñadas acorde con las particularidades de cada uno de ellos, tanto para el control aduanero previo, simultáneo y posterior.</p>
Respuesta
<p>Señora</p>
<p>Maira Alexandra Benavides Vergara</p>
<p>Bucaramanga</p>
<p> </p>
<p>Apreciada señora:</p>
<p> </p>
<p>En atención a su solicitud enviada a la Urna de Cristal de la Presidencia de la República, de manera atenta adjunto la respuesta a su pregunta, para lo cual deberá consultar el link http://es.slideshare.net/lamunoz2/respuesta-importar-ley-anticontrabando-50974290 .</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Luz Angela Muñoz</p>
<p>Asesora ( E )</p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Maira Alexandra Benavides Vergara</p>
<p>Bucaramanga</p>
<p> </p>
<p>Apreciada señora:</p>
<p> </p>
<p>En atención a su solicitud enviada a la Urna de Cristal de la Presidencia de la República, de manera atenta adjunto la respuesta a su pregunta, para lo cual deberá consultar el link http://es.slideshare.net/lamunoz2/respuesta-importar-ley-anticontrabando-50974290 .</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Luz Angela Muñoz</p>
<p>Asesora ( E )</p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>
<p> </p>
<p> </p>
Aparte de esta ley se ha pensado en el sector informal que esta creciendo en las ciudades y no pagan impuestos.
Aparte de esta ley se ha pensado en el sector informal que esta creciendo en las ciudades y no pagan impuestos.
Respuesta
<p>El Gobierno se encuentra desarrollando una estrategia integral de lucha contra el Contrabando y comercio ilícito y en tal sentido la Ley Anticontrabando es uno de los ejes fundamentales de la estrategia, pero también se encuentra en ejecución un plan anticontrabando Nacional liderado por la DIAN y para cada jurisdicción Aduanera se cuenta con planes operativos de control al contrabando ajustados a las circunstancias particulares de cada Seccional y región, de tal forma que bajo estas acciones operativas de control puntual se desincentive esta economía informal que se está gestando en las diferentes ciudades del país.</p>
<p> </p>
<p> </p>
CUAL SERA EL MONTO EXIGIDO PARA PODER VIAJAR ?Y QUE RESTRICCIONES HABRA REFERENTE A LA EDAD?
Registrada:
Código:
8836
CUAL SERA EL MONTO EXIGIDO PARA PODER VIAJAR ?Y QUE RESTRICCIONES HABRA REFERENTE A LA EDAD?
Registrada:
Código:
8836
Respuesta
<p>Señora</p>
<p><strong>Bernidt Esmeralda Marin</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p><strong>Bernidt Esmeralda Marin</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
COMO PUEDO ACCEDER A UNO DE LOS EMPLEOS OFRECIDOS POR EL GOBIERNO Y CUALES SON LOS REQUISITOS?
Registrada:
Código:
8835
COMO PUEDO ACCEDER A UNO DE LOS EMPLEOS OFRECIDOS POR EL GOBIERNO Y CUALES SON LOS REQUISITOS?
Registrada:
Código:
8835
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Estos los programas que actualmente adelanta el Ministerio de Trabajo:</p>
<p>1)“Talentos para el empleo” que le permitirá a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, informática, fortalecimiento de lectoescritura y matemáticas básicas, así como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempeño laboral.<br />
<br />
El programa ofrece 13 mil becas que cubren el 100% de la matrícula en instituciones de formación para el trabajo de alta calidad, diferentes al SENA, y un apoyo de transporte que se entregará al finalizar el proceso de formación, explicó el ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón.<br />
<br />
2)“El programa de “40.000 Primeros Empleos” dirigida a la población entre 18 y 28 años de edad, sin experiencia laboral: recién egresados de algún programa de educación superior y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones..</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias en <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p>3) Equidad Laboral para la reparación a las víctimas del conflicto armado.<strong> <strong>El Programa de Rutas Integrales de Empleo Rural y Urbano para Víctimas del Conflicto Armado,</strong></strong> responde a las obligaciones derivadas de la ley 1448 de 2011, en el cual se insta al Ministerio del Trabajo a desarrollar una política pública que restituya las capacidades de las víctimas, para que puedan entrar a competir en igualdad de condiciones al mercado laboral formal, con el fin de apoyar su auto-sostenimiento. Lo anterior como medida de reparación integral y transformadora.</p>
<p>4) Transporte para el empleo, que busca brindar una solución de movilidad para aquellos que, por falta de recursos económicos y estar desempleados, no pueden financiar su desplazamiento a un centro de empleo para emprender una ruta de empleabilidad, cumplir con los procesos de selección laboral y mejorar sus condiciones de empleabilidad.</p>
<p>5) Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>Estos los programas que actualmente adelanta el Ministerio de Trabajo:</p>
<p>1)“Talentos para el empleo” que le permitirá a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, informática, fortalecimiento de lectoescritura y matemáticas básicas, así como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempeño laboral.<br />
<br />
El programa ofrece 13 mil becas que cubren el 100% de la matrícula en instituciones de formación para el trabajo de alta calidad, diferentes al SENA, y un apoyo de transporte que se entregará al finalizar el proceso de formación, explicó el ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón.<br />
<br />
2)“El programa de “40.000 Primeros Empleos” dirigida a la población entre 18 y 28 años de edad, sin experiencia laboral: recién egresados de algún programa de educación superior y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones..</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias en <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p>3) Equidad Laboral para la reparación a las víctimas del conflicto armado.<strong> <strong>El Programa de Rutas Integrales de Empleo Rural y Urbano para Víctimas del Conflicto Armado,</strong></strong> responde a las obligaciones derivadas de la ley 1448 de 2011, en el cual se insta al Ministerio del Trabajo a desarrollar una política pública que restituya las capacidades de las víctimas, para que puedan entrar a competir en igualdad de condiciones al mercado laboral formal, con el fin de apoyar su auto-sostenimiento. Lo anterior como medida de reparación integral y transformadora.</p>
<p>4) Transporte para el empleo, que busca brindar una solución de movilidad para aquellos que, por falta de recursos económicos y estar desempleados, no pueden financiar su desplazamiento a un centro de empleo para emprender una ruta de empleabilidad, cumplir con los procesos de selección laboral y mejorar sus condiciones de empleabilidad.</p>
<p>5) Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
Soy madre cabeza de familia y adquirí un apartamento usado el cual estoy pagando. tengo derecho al subsidio de vivienda?
Soy madre cabeza de familia y adquirí un apartamento usado el cual estoy pagando. tengo derecho al subsidio de vivienda?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Así mismo le informamos que dentro de los programas vigentes dirigidos a la población en general del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda ninguno aplica en la modalidad de compra de vivienda usada y estos no cubren creditos hipotecarios.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Así mismo le informamos que dentro de los programas vigentes dirigidos a la población en general del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda ninguno aplica en la modalidad de compra de vivienda usada y estos no cubren creditos hipotecarios.</p>
Respuesta
<p>Gracias por participar en la Urna de Cristal</p>
<p><br />
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo <a href="mailto:daniel_malza@hotmail.com">daniel_malza@hotmail.com</a>.</p>
<p>Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Grupo Atención y Orientación Ciudadana – MDN. Contáctenos a través del correo: <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>
<p><br />
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo <a href="mailto:daniel_malza@hotmail.com">daniel_malza@hotmail.com</a>.</p>
<p>Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Grupo Atención y Orientación Ciudadana – MDN. Contáctenos a través del correo: <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>
AL TENER SEGURO AL DESEMPLEO POR LA LEY DE PROTECCION AL CESANTE, SE TIENE DERECHO A QUE LA EPS PAGUE INCAPACIDADES
AL TENER SEGURO AL DESEMPLEO POR LA LEY DE PROTECCION AL CESANTE, SE TIENE DERECHO A QUE LA EPS PAGUE INCAPACIDADES
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>El auxilio por incapacidad se define como el reconocimiento de la prestación de tipo económico y pago de la misma que hacen las EPS a sus afiliados cotizantes no pensionados, por todo el tiempo en que estén inhabilitados física o mentalmente para desempeñar en forma temporal su profesión u oficio habitual. En materia de Riesgos Laborales, el Artículo 2° de la Ley 776 de 2002 define la incapacidad temporal como aquella que, según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado</p>
<p>La Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante y estableció que su finalidad es articular y ejecutar un sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo y facilitar la reinserción de la población cesante en el mercado laboral, los requisitos para acceder a los beneficios están consagrados en el artículo 13 de la citada Ley</p>
<p>El gobierno nacional expidió el decreto 2113 del 27 de septiembre de 2013 por el cual se reglamentan los artículos 2, 6 y 29 de la Ley 1636 de 2013; posteriormente se expidió el decreto 2852 de 2013 por el cual se reglamenta el Servicio Público de Empleo y el régimen de prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante, y se dictan otras disposiciones. </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p>El auxilio por incapacidad se define como el reconocimiento de la prestación de tipo económico y pago de la misma que hacen las EPS a sus afiliados cotizantes no pensionados, por todo el tiempo en que estén inhabilitados física o mentalmente para desempeñar en forma temporal su profesión u oficio habitual. En materia de Riesgos Laborales, el Artículo 2° de la Ley 776 de 2002 define la incapacidad temporal como aquella que, según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado</p>
<p>La Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante y estableció que su finalidad es articular y ejecutar un sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo y facilitar la reinserción de la población cesante en el mercado laboral, los requisitos para acceder a los beneficios están consagrados en el artículo 13 de la citada Ley</p>
<p>El gobierno nacional expidió el decreto 2113 del 27 de septiembre de 2013 por el cual se reglamentan los artículos 2, 6 y 29 de la Ley 1636 de 2013; posteriormente se expidió el decreto 2852 de 2013 por el cual se reglamenta el Servicio Público de Empleo y el régimen de prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante, y se dictan otras disposiciones. </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
Respuesta
<p>Señora</p>
<p><strong>Daissy Medina Acosta</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p><strong>Daissy Medina Acosta</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
¿En el mes de diciembre, ya los colombianos podrán viajar a los países de Europa dentro del acuerdo?
Registrada:
Código:
8830
¿En el mes de diciembre, ya los colombianos podrán viajar a los países de Europa dentro del acuerdo?
Registrada:
Código:
8830
Respuesta
<p>Señor</p>
<p><strong>Daniel Alexander Vargas Álvarez</strong></p>
<p>Respetado Señor</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p><strong>Daniel Alexander Vargas Álvarez</strong></p>
<p>Respetado Señor</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
Quisiera saber si los jóvenes que haya realizado solo las practicas pueden aplicar al programa 40000 jóvenes sin palanca
Quisiera saber si los jóvenes que haya realizado solo las practicas pueden aplicar al programa 40000 jóvenes sin palanca
Respuesta
<p> </p>
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Le informamos que el programa de “40.000 Primeros Empleos” es a través de las Cajas de Compensación Familiar que los bachilleres, técnicos, tecnólogos y universitarios podrán postularse para aspirar a ingresar al programa "40 Mil Primeros Empleos" del Ministerio del Trabajo.</p>
<p>Al programa "40 Mil Primeros Empleos" pueden aplicar todos los jóvenes bachilleres, técnicos, tecnólogos y profesionales entre los 18 y 28 años, que actualmente no se encuentren estudiando, estén buscando empleo y no tengan experiencia formal relacionada con su área de estudio.</p>
<p>Los jóvenes que cumplan con los perfiles solicitados serán pre-seleccionados por el equipo de la agencia de empleo de la Caja de Compensación y remitidos a la empresa.</p>
<p>Una vez seleccionado por la empresa, el joven firmará un contrato de trabajo a término definido por 6 meses con la empresa. La empresa será el empleador directo del joven. Esta relación laboral estará enmarcada en el Código Sustantivo del Trabajo.</p>
<p>Frente a una renuncia voluntaria de un joven la empresa no será penalizada, pero no podrá ceder el contrato a un nuevo candidato</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los centros de empleo que operarán el Programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas.</p>
<p>Para una mayor información, usted puede ingresar a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego al link 40.000 empleos.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Le informamos que el programa de “40.000 Primeros Empleos” es a través de las Cajas de Compensación Familiar que los bachilleres, técnicos, tecnólogos y universitarios podrán postularse para aspirar a ingresar al programa "40 Mil Primeros Empleos" del Ministerio del Trabajo.</p>
<p>Al programa "40 Mil Primeros Empleos" pueden aplicar todos los jóvenes bachilleres, técnicos, tecnólogos y profesionales entre los 18 y 28 años, que actualmente no se encuentren estudiando, estén buscando empleo y no tengan experiencia formal relacionada con su área de estudio.</p>
<p>Los jóvenes que cumplan con los perfiles solicitados serán pre-seleccionados por el equipo de la agencia de empleo de la Caja de Compensación y remitidos a la empresa.</p>
<p>Una vez seleccionado por la empresa, el joven firmará un contrato de trabajo a término definido por 6 meses con la empresa. La empresa será el empleador directo del joven. Esta relación laboral estará enmarcada en el Código Sustantivo del Trabajo.</p>
<p>Frente a una renuncia voluntaria de un joven la empresa no será penalizada, pero no podrá ceder el contrato a un nuevo candidato</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los centros de empleo que operarán el Programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas.</p>
<p>Para una mayor información, usted puede ingresar a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego al link 40.000 empleos.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p> </p>
¿Cómo demuestro mis ingresos ante la embajada del país que voy a visitar? o es que esto ¿se hace al llegar al destino?
¿Cómo demuestro mis ingresos ante la embajada del país que voy a visitar? o es que esto ¿se hace al llegar al destino?
Respuesta
<p>Señor</p>
<p><strong>Gustavo Sanabria</strong></p>
<p>Respetado Señor</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p><strong>Gustavo Sanabria</strong></p>
<p>Respetado Señor</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
Para visitar un país en particular, ¿se debe informar a la embajada del país que se va a visitar?
Registrada:
Código:
8828
Para visitar un país en particular, ¿se debe informar a la embajada del país que se va a visitar?
Registrada:
Código:
8828
Respuesta
<p>Señor</p>
<p><strong>Gustavo Sanabria</strong></p>
<p>Respetado Señor</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p><strong>Gustavo Sanabria</strong></p>
<p>Respetado Señor</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
Q pasara con las flias q estan en lista y no fueron elegidas en el programa 100 mil viviendas gratis?
Q pasara con las flias q estan en lista y no fueron elegidas en el programa 100 mil viviendas gratis?
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita.</span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin</span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p>Así mismo es importante tener en cuenta que próximamente el programa de vivienda gratis en su segunda fase, a través del cual se pretende seguir atendiendo la población que cumpla con los requisitos y se encuentren dentro de los listados de potenciales beneficiarios que se consoliden.</p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin</span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p>Así mismo es importante tener en cuenta que próximamente el programa de vivienda gratis en su segunda fase, a través del cual se pretende seguir atendiendo la población que cumpla con los requisitos y se encuentren dentro de los listados de potenciales beneficiarios que se consoliden.</p>
Respuesta
<p>Buen día, al respecto le informamos que actualmente se encuentra vigente el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio número 1077 del 26 de mayo de 2015. El mencionado Decreto lo podrá encontrar en el seguiente link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/NormativaInstitucional/1077%20-%202015.pdf">http://www.minvivienda.gov.co/NormativaInstitucional/1077%20-%202015.pdf</a></p>
Dónde está la intervencion individual psicologica permanente para los niños y jóvenes afectados por el conflicto armado.
Dónde está la intervencion individual psicologica permanente para los niños y jóvenes afectados por el conflicto armado.
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
De acuerdo con la estructura que la ley 1448 de 2011 le dio al Sistema Nacional de Atención y Reparación de las Víctimas, SNARIV, la rehabilitación psicosocial hace parte del componente de reparación integral orientado a medidas de restitución, indeminización, rehabilitación, satisfacción y garantía de no repetición, que para el caso específico de su pregunta, no es competencia del Ministerio de Educación Nacional, si no del Ministerio de Salud y Protección Social.<br />
<br />
Los mecanismos e instancias de articulación en las regiones, de todos los servicios del Estado para la población víctima, son los Consejos Territoriales de Justicia Transicional que deben operar en todos los municipios.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
De acuerdo con la estructura que la ley 1448 de 2011 le dio al Sistema Nacional de Atención y Reparación de las Víctimas, SNARIV, la rehabilitación psicosocial hace parte del componente de reparación integral orientado a medidas de restitución, indeminización, rehabilitación, satisfacción y garantía de no repetición, que para el caso específico de su pregunta, no es competencia del Ministerio de Educación Nacional, si no del Ministerio de Salud y Protección Social.<br />
<br />
Los mecanismos e instancias de articulación en las regiones, de todos los servicios del Estado para la población víctima, son los Consejos Territoriales de Justicia Transicional que deben operar en todos los municipios.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Porque el programa de empleo permite limites de edad a mis 47 años aun soy productiva, pago arriendo, alimento, vestido?
Porque el programa de empleo permite limites de edad a mis 47 años aun soy productiva, pago arriendo, alimento, vestido?
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Al parecer usted se refiere al programa de “40.000 Primeros Empleos” que está dirigido a la población entre 18 y 28 años de edad, sin experiencia laboral. Sin embargo existen otras alternativas de empleo, en los cuales no tiene límite la edad. </p>
<p>Le informamos que de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Se puede ingresar para mayor información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Ahora bien, también la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p>Al parecer usted se refiere al programa de “40.000 Primeros Empleos” que está dirigido a la población entre 18 y 28 años de edad, sin experiencia laboral. Sin embargo existen otras alternativas de empleo, en los cuales no tiene límite la edad. </p>
<p>Le informamos que de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Se puede ingresar para mayor información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Ahora bien, también la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>