¿Qué dudas tienes sobre los mecanismos para la generación de empleo digno y de calidad?
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Te contamos todo sobre las herramientas, planes y avances en la generación de empleo de calidad de las que dispone el Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos. Abrimos un espacio para responder tus preguntas. Conoce paso a paso cómo encontrar trabajo utilizando las herramientas dispuestas por el Gobierno. Aprende a elaborar una buena hoja de vida y a prepararte para una entrevista.
AL TENER SEGURO AL DESEMPLEO POR LA LEY DE PROTECCION AL CESANTE, SE TIENE DERECHO A QUE LA EPS PAGUE INCAPACIDADES
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>El auxilio por incapacidad se define como el reconocimiento de la prestación de tipo económico y pago de la misma que hacen las EPS a sus afiliados cotizantes no pensionados, por todo el tiempo en que estén inhabilitados física o mentalmente para desempeñar en forma temporal su profesión u oficio habitual. En materia de Riesgos Laborales, el Artículo 2° de la Ley 776 de 2002 define la incapacidad temporal como aquella que, según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado</p>
<p>La Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante y estableció que su finalidad es articular y ejecutar un sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo y facilitar la reinserción de la población cesante en el mercado laboral, los requisitos para acceder a los beneficios están consagrados en el artículo 13 de la citada Ley</p>
<p>El gobierno nacional expidió el decreto 2113 del 27 de septiembre de 2013 por el cual se reglamentan los artículos 2, 6 y 29 de la Ley 1636 de 2013; posteriormente se expidió el decreto 2852 de 2013 por el cual se reglamenta el Servicio Público de Empleo y el régimen de prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante, y se dictan otras disposiciones. </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
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<p>El auxilio por incapacidad se define como el reconocimiento de la prestación de tipo económico y pago de la misma que hacen las EPS a sus afiliados cotizantes no pensionados, por todo el tiempo en que estén inhabilitados física o mentalmente para desempeñar en forma temporal su profesión u oficio habitual. En materia de Riesgos Laborales, el Artículo 2° de la Ley 776 de 2002 define la incapacidad temporal como aquella que, según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado</p>
<p>La Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante y estableció que su finalidad es articular y ejecutar un sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo y facilitar la reinserción de la población cesante en el mercado laboral, los requisitos para acceder a los beneficios están consagrados en el artículo 13 de la citada Ley</p>
<p>El gobierno nacional expidió el decreto 2113 del 27 de septiembre de 2013 por el cual se reglamentan los artículos 2, 6 y 29 de la Ley 1636 de 2013; posteriormente se expidió el decreto 2852 de 2013 por el cual se reglamenta el Servicio Público de Empleo y el régimen de prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante, y se dictan otras disposiciones. </p>
<p>Atentamente,</p>
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<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
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