Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
El decreto 1164 de 2014 cobija a todos los jóvenes entre los 18 y los 25 años de edad que no estén empleados o cotizando como independientes, y cuyos padres coticen al régimen contributivo, asegurando su afiliación al sistema de salud como beneficiarios.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
El decreto 1164 de 2014 cobija a todos los jóvenes entre los 18 y los 25 años de edad que no estén empleados o cotizando como independientes, y cuyos padres coticen al régimen contributivo, asegurando su afiliación al sistema de salud como beneficiarios.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Si compro pasajes a España, pero desde alli quiero recorrer otros paises, lo puedo hacer? O debo quedarme soloen España
Si compro pasajes a España, pero desde alli quiero recorrer otros paises, lo puedo hacer? O debo quedarme soloen España
Respuesta
<p>Señora</p>
<p><strong>Janet Melo</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p><strong>Janet Melo</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
TENGO UN SUELDO DE 1.500.000, SOY MADRE SOLTERA. QUIERO SABER QUE PROGRAMAS DE VIVIENDA APLICAN A MI CONDICION.
TENGO UN SUELDO DE 1.500.000, SOY MADRE SOLTERA. QUIERO SABER QUE PROGRAMAS DE VIVIENDA APLICAN A MI CONDICION.
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</p>
flia pobre como hace para estadía universitaria d sus hijos en otro municipio si icetex cubre matrícula y lo Demás Q?
flia pobre como hace para estadía universitaria d sus hijos en otro municipio si icetex cubre matrícula y lo Demás Q?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Las personas que acceden a crédito de matrícula y están registradas en el Sisbén dentro de los puntos de corte para subsidio pueden acceder a subsidio de sostenimiento semestral por valor de $707,409. Para mayor información puede consultar la pagina web www.icetex.gov.co link, Crédito Educativo.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Las personas que acceden a crédito de matrícula y están registradas en el Sisbén dentro de los puntos de corte para subsidio pueden acceder a subsidio de sostenimiento semestral por valor de $707,409. Para mayor información puede consultar la pagina web www.icetex.gov.co link, Crédito Educativo.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Madres cabeza de flia sin garantias de estudio superior para sus hijos.ni matrícula. sostenimiento?
Registrada:
Código:
8822
Madres cabeza de flia sin garantias de estudio superior para sus hijos.ni matrícula. sostenimiento?
Registrada:
Código:
8822
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
El Ministerio de Educación Nacional ha incluido a las mujeres, dentro de las estrategias de atención a la población de especial protección constitucional y ha venido cumpliendo y ejecutando las gestiones necesarias con el ICETEX para que se incluyeran dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios a la tasa de interés y al sostenimiento. Por esto y para mayor precisión frente a las acciones afirmativas que ha ejecutado el Ministerio de Educación Nacional es preciso aclarar algunos aspectos:<br />
<br />
Se trata de una estrategia del Gobierno Nacional para promover la vinculación de las víctimas de todo el país dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios del ICETEX, a través de un crédito 100% condonable para cursar estudios de Pregrado en los niveles Técnico profesionales, Tecnológicos y Universitarios, que cuenta con unos mecanismos y criterios de calificación y de ingreso, y que prioriza y otorga mayor puntaje a las mujeres. Para conocer mas información del presente fondo puede dirigirse a la pagina http://www.icetex.gov.co/ .<br />
<br />
Es importante resaltar que las nuevas líneas de crédito Tú eliges cómo hacer realidad tus sueños, que presentan grandes beneficios y facilidad para obtener un crédito y lograr acceder a la educación, son líneas de crédito a largo plazo para financiar programas en el nivel técnico profesional, tecnológico, de ciclo complementario de Escuelas Normales Superiores o profesionales universitarios. En este sentido se es posible elegir entre las siguientes opciones:<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 0% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
• Tú eliges si pagar el 10% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
• Tú eliges si pagar el 25% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
• Tú eliges si pagar el 50% durante tu carrera.<br />
• Tú eliges si pagar el 100% durante tu carrera.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
El Ministerio de Educación Nacional ha incluido a las mujeres, dentro de las estrategias de atención a la población de especial protección constitucional y ha venido cumpliendo y ejecutando las gestiones necesarias con el ICETEX para que se incluyeran dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios a la tasa de interés y al sostenimiento. Por esto y para mayor precisión frente a las acciones afirmativas que ha ejecutado el Ministerio de Educación Nacional es preciso aclarar algunos aspectos:<br />
<br />
Se trata de una estrategia del Gobierno Nacional para promover la vinculación de las víctimas de todo el país dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios del ICETEX, a través de un crédito 100% condonable para cursar estudios de Pregrado en los niveles Técnico profesionales, Tecnológicos y Universitarios, que cuenta con unos mecanismos y criterios de calificación y de ingreso, y que prioriza y otorga mayor puntaje a las mujeres. Para conocer mas información del presente fondo puede dirigirse a la pagina http://www.icetex.gov.co/ .<br />
<br />
Es importante resaltar que las nuevas líneas de crédito Tú eliges cómo hacer realidad tus sueños, que presentan grandes beneficios y facilidad para obtener un crédito y lograr acceder a la educación, son líneas de crédito a largo plazo para financiar programas en el nivel técnico profesional, tecnológico, de ciclo complementario de Escuelas Normales Superiores o profesionales universitarios. En este sentido se es posible elegir entre las siguientes opciones:<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 0% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
• Tú eliges si pagar el 10% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
• Tú eliges si pagar el 25% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3.<br />
• Tú eliges si pagar el 50% durante tu carrera.<br />
• Tú eliges si pagar el 100% durante tu carrera.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
No c ven las garantías para la población de enfoque diferencial ni siquiera en estudios superiores?
Registrada:
Código:
8821
No c ven las garantías para la población de enfoque diferencial ni siquiera en estudios superiores?
Registrada:
Código:
8821
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Dentro de las acciones de atención diferencial para las poblaciones, el Gobierno Nacional ha venido adelantando una serie de programas orientados a ampliar la cobertura con equidad desde un enfoque diferencial para superar las barreras para el aprendizaje y la participación, respondiendo de manera pertinente a su pertenencia étnica, vulnerabilidad económica y social, afectación por violencia, entre otros factores que afectan su inclusión educativa.<br />
<br />
Es por ello que desde el Ministerio de Educación Nacional, en cabeza del Viceministerio de Educación Superior, ha desarrollado los lineamientos de Educación Inclusiva con los cuales se busca incentivar a las IES en la definición de acciones y estrategias para el fortalecimiento del enfoque diferencial en el acceso, permanencia y condiciones de calidad de las IES en el País:<br />
<br />
• Con las comunidades indígenas En el marco del trabajo con los pueblos indígenas se cuenta con el Decreto 1953 de 2013. Adicionalmente se cuenta con acciones articuladas con ICETEX y Ministerio del Interior, para la financiación del acceso y permanencia de los estudiantes indígenas a la educación superior, mediante el Fondo Alvaro Ulcue Chocué.<br />
• Con la población con discapacidad, se ha constituido una alianza denominada Fondo en Administración, "Apoyo financiero para estudiantes con discapacidad en Educación Superior", entre el Ministerio de Educación Nacional, ICETEX y La Fundación Saldarriaga Concha.<br />
• En género, se ha expedido el decreto 4798 de 2011 que reglamenta la Ley 1257 de 2008 en lo relacionado con educación, Artículo 6.<br />
• Con población víctima del conflicto armado, en 2013 se constituyó el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación de la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia.</p>
<p>• Con Comunidades Negras, Afrocolombianas, Palenqueras y Raizales; liderado por Ministerio del Interior y el ICETEX, se han definido acciones para el acceso y permanencia de las poblaciones a la Educación Superior, dentro de ellas se han definido estrategias de financiación para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Palenqueros y Raizales.<br />
• Con la población vícitima del conflicto armado, en un proceso liderado por le MEN y en articulación con la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas.<br />
<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Dentro de las acciones de atención diferencial para las poblaciones, el Gobierno Nacional ha venido adelantando una serie de programas orientados a ampliar la cobertura con equidad desde un enfoque diferencial para superar las barreras para el aprendizaje y la participación, respondiendo de manera pertinente a su pertenencia étnica, vulnerabilidad económica y social, afectación por violencia, entre otros factores que afectan su inclusión educativa.<br />
<br />
Es por ello que desde el Ministerio de Educación Nacional, en cabeza del Viceministerio de Educación Superior, ha desarrollado los lineamientos de Educación Inclusiva con los cuales se busca incentivar a las IES en la definición de acciones y estrategias para el fortalecimiento del enfoque diferencial en el acceso, permanencia y condiciones de calidad de las IES en el País:<br />
<br />
• Con las comunidades indígenas En el marco del trabajo con los pueblos indígenas se cuenta con el Decreto 1953 de 2013. Adicionalmente se cuenta con acciones articuladas con ICETEX y Ministerio del Interior, para la financiación del acceso y permanencia de los estudiantes indígenas a la educación superior, mediante el Fondo Alvaro Ulcue Chocué.<br />
• Con la población con discapacidad, se ha constituido una alianza denominada Fondo en Administración, "Apoyo financiero para estudiantes con discapacidad en Educación Superior", entre el Ministerio de Educación Nacional, ICETEX y La Fundación Saldarriaga Concha.<br />
• En género, se ha expedido el decreto 4798 de 2011 que reglamenta la Ley 1257 de 2008 en lo relacionado con educación, Artículo 6.<br />
• Con población víctima del conflicto armado, en 2013 se constituyó el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación de la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia.</p>
<p>• Con Comunidades Negras, Afrocolombianas, Palenqueras y Raizales; liderado por Ministerio del Interior y el ICETEX, se han definido acciones para el acceso y permanencia de las poblaciones a la Educación Superior, dentro de ellas se han definido estrategias de financiación para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Palenqueros y Raizales.<br />
• Con la población vícitima del conflicto armado, en un proceso liderado por le MEN y en articulación con la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas.<br />
<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Ser pilo paga beneficio a jóvenes q estudiaban en colegios privados lo cual puso en desbentaja a población vulnerable?
Ser pilo paga beneficio a jóvenes q estudiaban en colegios privados lo cual puso en desbentaja a población vulnerable?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Los requisitos de Ser Pilo Paga fueron: Tener un puntaje mayor de 310 en las pruebas Saber 11, tener un corte de sisben que establecio el MEN y ser admitido en una IES acreditada en ata calidad. No hubo ningun otro parametro o requisito.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Los requisitos de Ser Pilo Paga fueron: Tener un puntaje mayor de 310 en las pruebas Saber 11, tener un corte de sisben que establecio el MEN y ser admitido en una IES acreditada en ata calidad. No hubo ningun otro parametro o requisito.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Población desplazada q cumpla requisitos en programa mi casa ya u otro puede adquirir vivienda usada?
Población desplazada q cumpla requisitos en programa mi casa ya u otro puede adquirir vivienda usada?
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Respecto a su inquietud es importante tener en cuenta que este programa es para compra de cualquier <strong>vivienda nueva</strong> que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa, independientemente de que el hogar haga parte de la población desplazada.</p>
<p>Así mismo le informamos que dentro de los programas vigentes dirigidos a la población en general del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda ninguno aplica en la modalidad de compra de vivienda usada.</p>
<p> </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Respecto a su inquietud es importante tener en cuenta que este programa es para compra de cualquier <strong>vivienda nueva</strong> que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa, independientemente de que el hogar haga parte de la población desplazada.</p>
<p>Así mismo le informamos que dentro de los programas vigentes dirigidos a la población en general del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda ninguno aplica en la modalidad de compra de vivienda usada.</p>
<p> </p>
estadia, alimentacion y transporte universitario, pra los jovenes desplazados q no estudian en municipio d recidencia?
estadia, alimentacion y transporte universitario, pra los jovenes desplazados q no estudian en municipio d recidencia?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
El Ministerio de Educación Nacional, en el marco de sus competencias y atendiendo lo establecido por el artículo 51 de la Ley 1448 de 2011, ha creado el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado, Programa EDUCAR PARA REPARAR.<br />
<br />
Esta estrategia constituye una medida adoptada por el Ministerio de Educación Nacional -MEN-, en articulación con el ICETEX y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, para fomentar el acceso, permanencia y graduación en educación superior de la población víctima, en cumplimiento del artículo 51 de la Ley 1448 de 2011 de Víctimas y Restitución de Tierras. El propósito fundamental es la vinculación de las víctimas de todo el país dentro de una de las líneas especiales de crédito y subsidios del ICETEX, a través de un crédito 100% condonable para cursar estudios de Pregrado en los niveles Técnico profesional, Tecnológico y Universitario, que cubre los costos de matrícula hasta por 11 SMMLV y de sostenimiento por 1.5 SMMLV al semestre.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
El Ministerio de Educación Nacional, en el marco de sus competencias y atendiendo lo establecido por el artículo 51 de la Ley 1448 de 2011, ha creado el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado, Programa EDUCAR PARA REPARAR.<br />
<br />
Esta estrategia constituye una medida adoptada por el Ministerio de Educación Nacional -MEN-, en articulación con el ICETEX y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, para fomentar el acceso, permanencia y graduación en educación superior de la población víctima, en cumplimiento del artículo 51 de la Ley 1448 de 2011 de Víctimas y Restitución de Tierras. El propósito fundamental es la vinculación de las víctimas de todo el país dentro de una de las líneas especiales de crédito y subsidios del ICETEX, a través de un crédito 100% condonable para cursar estudios de Pregrado en los niveles Técnico profesional, Tecnológico y Universitario, que cubre los costos de matrícula hasta por 11 SMMLV y de sostenimiento por 1.5 SMMLV al semestre.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
hola para salir de colombia a europa , necesito el printer de reserva aerea o el tiquete comprado??
Registrada:
Código:
8817
hola para salir de colombia a europa , necesito el printer de reserva aerea o el tiquete comprado??
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Respuesta
<p>Señor(a)</p>
<p>Respetado(a) Señor(a)</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p>Respetado(a) Señor(a)</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC</strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
Respuesta
<p>Señor(a)</p>
<p>Respetado(a) Señor(a)</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC </strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
<p>Respetado(a) Señor(a)</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desea viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Usted podrá encontrar en el siguiente enlace: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el último comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC </strong><br />
Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />
Ministerio de Relaciones Exteriores<br />
<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1) 381 4000</a><br />
Bogotá. Colombia</p>
que requisitos tengo que tener para alquirir vivienda no tengo empleo y tengo 4 hijos y no tengo ningun apoyo
que requisitos tengo que tener para alquirir vivienda no tengo empleo y tengo 4 hijos y no tengo ningun apoyo
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
Buenas tardes , yo sali beneficiada el año pasado en los listados, pero no alcanse a postularme ..Que hago ahora ???
Buenas tardes , yo sali beneficiada el año pasado en los listados, pero no alcanse a postularme ..Que hago ahora ???
Respuesta
<p>Buen día, si el hogar registra como potencial beneficiario del programa de Vivienda Gratis, debe acudir a la caja de compensación familiar del municipio donde le informarán las fechas en las cuales estarán, están o estuvieron abiertas las convocatorias para el proyecto o los proyectos en los cuales registre como potencial beneficiario de acuerdo a su componente. Si ya se encuentran cerradas las convocatorias, deberá estar al pendiente de la consolidación de nuevos listados de potenciales beneficiarios para nuevos proyectos donde pueda presentar postulación.</p>
cuando estaran dando el listado de los beneficiados de mi casa ya...yo envie el fomulario desde marzo por medio de bbva
cuando estaran dando el listado de los beneficiados de mi casa ya...yo envie el fomulario desde marzo por medio de bbva
Respuesta
<p>Buen día, al respecto le informamos que el hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Cada entidad bancaria le indicará al hogar si cumple o no con los requisitos de acceso al programa y si es beneficiario.</p>
<p>Cada entidad bancaria le indicará al hogar si cumple o no con los requisitos de acceso al programa y si es beneficiario.</p>
Necesito solo pagar salud y no pensión porque soy independiente de bajos ingresos pero la eps no me deja, que debo hacer
Necesito solo pagar salud y no pensión porque soy independiente de bajos ingresos pero la eps no me deja, que debo hacer
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Quintero:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que por regla general todo trabajador independiente que esté cotizando al régimen contributivo de salud, debe hacerlo también al sistema de pensiones sobre la misma base de cotización. La excepción son aquellos trabajadores independientes con ingresos iguales o inferiores a un salario mínimo que a noviembre de 2011 se encontraban registrados como Independientes de Bajos Ingresos cotizando sólo a salud mediante el cotizante 41 ó 42. Por lo tanto, si a dicha fecha usted se encontraba en la situación mencionada, puede seguir cotizando únicamente a salud hasta tanto se establezca otra disposición.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que por regla general todo trabajador independiente que esté cotizando al régimen contributivo de salud, debe hacerlo también al sistema de pensiones sobre la misma base de cotización. La excepción son aquellos trabajadores independientes con ingresos iguales o inferiores a un salario mínimo que a noviembre de 2011 se encontraban registrados como Independientes de Bajos Ingresos cotizando sólo a salud mediante el cotizante 41 ó 42. Por lo tanto, si a dicha fecha usted se encontraba en la situación mencionada, puede seguir cotizando únicamente a salud hasta tanto se establezca otra disposición.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
POR QUE LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS NO DAN 5 CUPOS A POBLACIONES VULNERABLES AL IGUAL QUE LA ESAP EN EDUC. SUPERIOR
POR QUE LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS NO DAN 5 CUPOS A POBLACIONES VULNERABLES AL IGUAL QUE LA ESAP EN EDUC. SUPERIOR
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
El Ministerio de Educación Nacional respeta, garantiza y protege el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia y la ley 30 de 1992, el cual hace referencia al principio de la autonomía universitaria, pues no sólo ha sido desarrollado por la Carta Política, sino que jurisprudencialmente se ha establecido como la posibilidad de que las universidades se auto- dirijan, auto – regulen, dentro del marco legal y sin la interferencia del Estado. Es decir, se ha entendido que es una garantía a partir del reconocimiento de la libertad de las universidades para autogobernarse y auto determinarse. Así las cosas y atendiendo a lo anteriormente expuesto, es preciso destacar que el Ministerio de Educación Nacional tiene legal y constitucionalmente que respetar el reglamento interno que tenga cada Institución de Educación Superior en cada uno de los programas académicos y de la exigencia, promedio, requisitos de admisión y/o circunstancias que tengan que ver con los requisitos exigidos para la admisión de sus estudiantes. Lo anterior impide que el Ministerio otorgue la posibilidad de inferir en alguna Institución de Educación Superior y como se indicó es potestativo y reglamentario de las Instituciones de Educación Superior definir dichos aspectos sin que exista injerencia del Estado Colombiano.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
El Ministerio de Educación Nacional respeta, garantiza y protege el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia y la ley 30 de 1992, el cual hace referencia al principio de la autonomía universitaria, pues no sólo ha sido desarrollado por la Carta Política, sino que jurisprudencialmente se ha establecido como la posibilidad de que las universidades se auto- dirijan, auto – regulen, dentro del marco legal y sin la interferencia del Estado. Es decir, se ha entendido que es una garantía a partir del reconocimiento de la libertad de las universidades para autogobernarse y auto determinarse. Así las cosas y atendiendo a lo anteriormente expuesto, es preciso destacar que el Ministerio de Educación Nacional tiene legal y constitucionalmente que respetar el reglamento interno que tenga cada Institución de Educación Superior en cada uno de los programas académicos y de la exigencia, promedio, requisitos de admisión y/o circunstancias que tengan que ver con los requisitos exigidos para la admisión de sus estudiantes. Lo anterior impide que el Ministerio otorgue la posibilidad de inferir en alguna Institución de Educación Superior y como se indicó es potestativo y reglamentario de las Instituciones de Educación Superior definir dichos aspectos sin que exista injerencia del Estado Colombiano.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
POR QUE LA ESAP LE DA 5 CUPOS A GRUPOS VULNERABLES POR SEMESTRE EN CADA ESPECIALIZACIÓN Y LAS OTRAS UNIVERSIDADES QUE
POR QUE LA ESAP LE DA 5 CUPOS A GRUPOS VULNERABLES POR SEMESTRE EN CADA ESPECIALIZACIÓN Y LAS OTRAS UNIVERSIDADES QUE
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
El Ministerio de Educación Nacional respeta, garantiza y protege el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia y la ley 30 de 1992, el cual hace referencia al principio de la autonomía universitaria, pues no sólo ha sido desarrollado por la Carta Política, sino que jurisprudencialmente se ha establecido como la posibilidad de que las universidades se auto- dirijan, auto – regulen, dentro del marco legal y sin la interferencia del Estado. Es decir, se ha entendido que es una garantía a partir del reconocimiento de la libertad de las universidades para autogobernarse y auto determinarse. Así las cosas y atendiendo a lo anteriormente expuesto, es preciso destacar que el Ministerio de Educación Nacional tiene legal y constitucionalmente que respetar el reglamento interno que tenga cada Institución de Educación Superior en cada uno de los programas académicos y de la exigencia, promedio, requisitos de admisión y/o circunstancias que tengan que ver con los requisitos exigidos para la admisión de sus estudiantes. Lo anterior impide que el Ministerio otorgue la posibilidad de inferir en alguna Institución de Educación Superior y como se indicó es potestativo y reglamentario de las Instituciones de Educación Superior definir dichos aspectos sin que exista injerencia del Estado Colombiano.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
El Ministerio de Educación Nacional respeta, garantiza y protege el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia y la ley 30 de 1992, el cual hace referencia al principio de la autonomía universitaria, pues no sólo ha sido desarrollado por la Carta Política, sino que jurisprudencialmente se ha establecido como la posibilidad de que las universidades se auto- dirijan, auto – regulen, dentro del marco legal y sin la interferencia del Estado. Es decir, se ha entendido que es una garantía a partir del reconocimiento de la libertad de las universidades para autogobernarse y auto determinarse. Así las cosas y atendiendo a lo anteriormente expuesto, es preciso destacar que el Ministerio de Educación Nacional tiene legal y constitucionalmente que respetar el reglamento interno que tenga cada Institución de Educación Superior en cada uno de los programas académicos y de la exigencia, promedio, requisitos de admisión y/o circunstancias que tengan que ver con los requisitos exigidos para la admisión de sus estudiantes. Lo anterior impide que el Ministerio otorgue la posibilidad de inferir en alguna Institución de Educación Superior y como se indicó es potestativo y reglamentario de las Instituciones de Educación Superior definir dichos aspectos sin que exista injerencia del Estado Colombiano.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
hola soy beneficiaria por el DPS hace varios años tengo un lote y quiero adquirir un subsidio de vivienda que debo hacer
hola soy beneficiaria por el DPS hace varios años tengo un lote y quiero adquirir un subsidio de vivienda que debo hacer
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>No obstante le informamos que actualmente FONVIVIENDA no cuenta con programas abiertos en la modalidad de construcción en sitio propio. Por lo anterior le sugerimos acudir a la caja de compensación familiar si se encuentra afiliado a las mismas, o en su defecto a la Alcaldía de su Municipio donde le podrán brindar información al respecto.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>No obstante le informamos que actualmente FONVIVIENDA no cuenta con programas abiertos en la modalidad de construcción en sitio propio. Por lo anterior le sugerimos acudir a la caja de compensación familiar si se encuentra afiliado a las mismas, o en su defecto a la Alcaldía de su Municipio donde le podrán brindar información al respecto.</p>
Cómo va a lograr que las flias favorecidas con el proyecto vivienda gratis puedan mantener sus casas sin trabajo
Cómo va a lograr que las flias favorecidas con el proyecto vivienda gratis puedan mantener sus casas sin trabajo
Respuesta
<p>buen día,</p>
<p><span style="font-size: 9pt; line-height: 13.8000001907349px; font-family: Arial, sans-serif; background-image: initial; background-attachment: initial; background-size: initial; background-origin: initial; background-clip: initial; background-position: initial; background-repeat: initial;">Al respecto es importante mencionar que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Y el Fondo Nacional de Vivienda han suscrito una serie de convenios con diversas entidades, entre ellas el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio del Interior, el Ministerio de las Tecnólogas de la Información, Coldeportes, entre otras, con el fin de brindar acompañamiento social, en seguridad, en educación y en tecnologías de la información a los hogares beneficiarios del programa de vivienda gratis. De igual forma el Departamento para la Prosperidad Social lidera las mesas nacionales y territoriales de acompañamiento las cuales se encuentran conformadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema - ANSPE, el SENA, entre otras con el fin de asegurar a través de diferentes estrategias como es el caso de los proyectos productivos, la generación de ingresos económicos de los hogares. No obstante es importante tener en cuenta las obligaciones que como beneficiarios del programa de vivienda gratis tienen las familias que accedieron al mismo contenidas en el decreto 1077 de 2015.</span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; line-height: 13.8000001907349px; font-family: Arial, sans-serif; background-image: initial; background-attachment: initial; background-size: initial; background-origin: initial; background-clip: initial; background-position: initial; background-repeat: initial;">Al respecto es importante mencionar que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Y el Fondo Nacional de Vivienda han suscrito una serie de convenios con diversas entidades, entre ellas el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio del Interior, el Ministerio de las Tecnólogas de la Información, Coldeportes, entre otras, con el fin de brindar acompañamiento social, en seguridad, en educación y en tecnologías de la información a los hogares beneficiarios del programa de vivienda gratis. De igual forma el Departamento para la Prosperidad Social lidera las mesas nacionales y territoriales de acompañamiento las cuales se encuentran conformadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema - ANSPE, el SENA, entre otras con el fin de asegurar a través de diferentes estrategias como es el caso de los proyectos productivos, la generación de ingresos económicos de los hogares. No obstante es importante tener en cuenta las obligaciones que como beneficiarios del programa de vivienda gratis tienen las familias que accedieron al mismo contenidas en el decreto 1077 de 2015.</span></p>
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015. Y el Gobierno Nacional dispuso de 130.000 cupos disponibles desde el año 2015 hasta el año 2018 o hasta su agotamiento.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015. Y el Gobierno Nacional dispuso de 130.000 cupos disponibles desde el año 2015 hasta el año 2018 o hasta su agotamiento.</p>
Si, una persona fue deportada de Europa en el año 1999, puede ingresar en este momento sin visa
Registrada:
Código:
8807
Si, una persona fue deportada de Europa en el año 1999, puede ingresar en este momento sin visa
Registrada:
Código:
8807
Respuesta
<p>Señora</p>
<p><span style="color: rgb(51, 51, 51); font-family: Lucida, 'Lucida Grande', 'Trebuchet MS', Tahoma, Verdana, sans-serif; font-size: 12.1599998474121px;">Mari Solandy Carabali González</span></p>
<p><span style="color: rgb(51, 51, 51); font-family: Lucida, 'Lucida Grande', 'Trebuchet MS', Tahoma, Verdana, sans-serif; font-size: 12.1599998474121px;">Respetada</span></p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desee viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><span style="color: rgb(51, 51, 51); font-family: Lucida, 'Lucida Grande', 'Trebuchet MS', Tahoma, Verdana, sans-serif; font-size: 12.1599998474121px;">Mari Solandy Carabali González</span></p>
<p><span style="color: rgb(51, 51, 51); font-family: Lucida, 'Lucida Grande', 'Trebuchet MS', Tahoma, Verdana, sans-serif; font-size: 12.1599998474121px;">Respetada</span></p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la Unión Europea al cual desee viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
LA CONSULTA ES PARA CUANDO VILLA GORGONA CORREGIMIENTO DEL VALLE DEL CAUCA TIENE AGUA POTABLE.
Registrada:
Código:
8806
LA CONSULTA ES PARA CUANDO VILLA GORGONA CORREGIMIENTO DEL VALLE DEL CAUCA TIENE AGUA POTABLE.
Registrada:
Código:
8806
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención te sugerimos nos amplíes la información de tal forma que podamos proporcionar una respuesta directa o bien brindar orientación si es del caso.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención te sugerimos nos amplíes la información de tal forma que podamos proporcionar una respuesta directa o bien brindar orientación si es del caso.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
LA DUDA MAS GRANDE ES LA VIOLACIÓN DE LA FORMA DE HACER Y REALIZAR LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
LA DUDA MAS GRANDE ES LA VIOLACIÓN DE LA FORMA DE HACER Y REALIZAR LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>
<p>Comedidamente le solicitamos nos precise por favor su pregunta, a fin de orientar de manera puntual su petición.</p>
<p>Quedamos atentos,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Trabajo.</p>
<p>Comedidamente le solicitamos nos precise por favor su pregunta, a fin de orientar de manera puntual su petición.</p>
<p>Quedamos atentos,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Trabajo.</p>
POR QUE LAS COMUNIDADES VULNERABLES NO PUEDEN ACCEDER A ESTUDIAR LOS POSGRADOS DE MANERA ECONÓMICA
Registrada:
Código:
8802
POR QUE LAS COMUNIDADES VULNERABLES NO PUEDEN ACCEDER A ESTUDIAR LOS POSGRADOS DE MANERA ECONÓMICA
Registrada:
Código:
8802
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Las poblaciones vulnerables actualmente si pueden acceder a realizar estudios de posgrado, ya que actualmente se encuentra el Fondo Fondo Especial Álvaro Ulcué Chocué, creado por la Ley de Presupuesto para la vigencia fiscal de 1990, con el propósito de facilitar el ingreso de los indígenas colombianos a programas de pregrado y posgrado y reglamentado mediante el convenio de Cooperación Interinstitucional para la administración del Fondo, suscrito entre el Ministerio del Interior y el ICETEX.<br />
<br />
Este Fondo es un mecanismo creado con el propósito de realizar acciones que promoción en el etnodesarrollo y crecimiento integral de las comunidades indígenas, y se apoyan en la formación y capacitación de sus recursos humanos para integrarlos al desarrollo nacional, a través del otorgamiento de créditos educativos “condonables” por prestación de servicios a los pueblos indígenas.<br />
<br />
<br />
Por otro lado existe el Fondo de Comunidades Negras el cual es un mecanismo por medio del cual se facilita el acceso, permanencia y graduación de estudiantes de las Comunidades Negras al Sistema de Educación Superior incluyente, a programas de pregrado o posgrado, a fin de garantizarles el derecho a tener igualdad de oportunidades en relación con el resto de la sociedad Colombiana. (La expresión Comunidades Negras incluye a las Poblaciones Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.) A estos créditos condonables pueden acceder los estudiantes de las Comunidades Negras que estén inscritos, admitidos o adelantando estudios en una Institución de Educación Superior registrada ante el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES), dentro de la vigencia para la cual solicita el crédito semestre en que se encuentre activa la convocatoria.<br />
<br />
El crédito educativo, mediante el fondo, es de modalidad reembolsable por prestación de servicios, mediante trabajo comunitario de acuerdo con el proyecto de trabajo presentado al solicitar el crédito, previamente certificado/avalado por entidad/organismo tales como: Comisión Pedagógica Departamental, Organización de Base (inscrita ante la Comisión Consultiva), Consejo comunitario inscritos en el Ministerio del Interior o por el Personero Municipal, donde no exista ninguno de los anteriores.<br />
<br />
<br />
Actualmente este fondo de comunidades negras se encuentra vigente hasta el 21 de agosto del 2015, si se requiere informacion adicional puede dirgirgirse a http://www.icetex.gov.co/ .<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Las poblaciones vulnerables actualmente si pueden acceder a realizar estudios de posgrado, ya que actualmente se encuentra el Fondo Fondo Especial Álvaro Ulcué Chocué, creado por la Ley de Presupuesto para la vigencia fiscal de 1990, con el propósito de facilitar el ingreso de los indígenas colombianos a programas de pregrado y posgrado y reglamentado mediante el convenio de Cooperación Interinstitucional para la administración del Fondo, suscrito entre el Ministerio del Interior y el ICETEX.<br />
<br />
Este Fondo es un mecanismo creado con el propósito de realizar acciones que promoción en el etnodesarrollo y crecimiento integral de las comunidades indígenas, y se apoyan en la formación y capacitación de sus recursos humanos para integrarlos al desarrollo nacional, a través del otorgamiento de créditos educativos “condonables” por prestación de servicios a los pueblos indígenas.<br />
<br />
<br />
Por otro lado existe el Fondo de Comunidades Negras el cual es un mecanismo por medio del cual se facilita el acceso, permanencia y graduación de estudiantes de las Comunidades Negras al Sistema de Educación Superior incluyente, a programas de pregrado o posgrado, a fin de garantizarles el derecho a tener igualdad de oportunidades en relación con el resto de la sociedad Colombiana. (La expresión Comunidades Negras incluye a las Poblaciones Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.) A estos créditos condonables pueden acceder los estudiantes de las Comunidades Negras que estén inscritos, admitidos o adelantando estudios en una Institución de Educación Superior registrada ante el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES), dentro de la vigencia para la cual solicita el crédito semestre en que se encuentre activa la convocatoria.<br />
<br />
El crédito educativo, mediante el fondo, es de modalidad reembolsable por prestación de servicios, mediante trabajo comunitario de acuerdo con el proyecto de trabajo presentado al solicitar el crédito, previamente certificado/avalado por entidad/organismo tales como: Comisión Pedagógica Departamental, Organización de Base (inscrita ante la Comisión Consultiva), Consejo comunitario inscritos en el Ministerio del Interior o por el Personero Municipal, donde no exista ninguno de los anteriores.<br />
<br />
<br />
Actualmente este fondo de comunidades negras se encuentra vigente hasta el 21 de agosto del 2015, si se requiere informacion adicional puede dirgirgirse a http://www.icetex.gov.co/ .<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
mas como pregunta deseo saber sobre empleo,esta pagina del gobierno sin palanca, podrian darme empleo, como se?
mas como pregunta deseo saber sobre empleo,esta pagina del gobierno sin palanca, podrian darme empleo, como se?
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Usted puede ingresar para mayo información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Ahora bien, también la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Usted puede ingresar para mayo información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Ahora bien, también la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
Deseo participar en 40 mil nuevos empleos, Si estoy fuera de la ciudad en la fecha de la inscripción. Que debo hacer?
Deseo participar en 40 mil nuevos empleos, Si estoy fuera de la ciudad en la fecha de la inscripción. Que debo hacer?
Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>
<p>Le informamos que el programa de “40.000 Primeros Empleos” es a través de las Cajas de Compensación Familiar que los bachilleres, técnicos, tecnólogos y universitarios podrán postularse para aspirar a ingresar al programa "40 Mil Primeros Empleos" del Ministerio del Trabajo.</p>
<p>Las inscripciones, ya están en marcha en el departamento del Valle del Cauca y serán abiertas progresivamente en otras regiones del país. A partir de mayo estarán abiertas en Bogotá, mientras que en Medellín y Barranquilla se abrirán en el mes de junio. Así mismo, en Julio se hará la apertura de las inscripciones en todo el territorio nacional.</p>
<p>Al programa "40 Mil Primeros Empleos" pueden aplicar todos los jóvenes bachilleres, técnicos, tecnólogos y profesionales entre los 18 y 28 años, que actualmente no se encuentren estudiando, estén buscando empleo y no tengan experiencia formal relacionada con su área de estudio.</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p>Para una mayor información, usted puede ingresar a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego al link 40.000 empleos.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p>Le informamos que el programa de “40.000 Primeros Empleos” es a través de las Cajas de Compensación Familiar que los bachilleres, técnicos, tecnólogos y universitarios podrán postularse para aspirar a ingresar al programa "40 Mil Primeros Empleos" del Ministerio del Trabajo.</p>
<p>Las inscripciones, ya están en marcha en el departamento del Valle del Cauca y serán abiertas progresivamente en otras regiones del país. A partir de mayo estarán abiertas en Bogotá, mientras que en Medellín y Barranquilla se abrirán en el mes de junio. Así mismo, en Julio se hará la apertura de las inscripciones en todo el territorio nacional.</p>
<p>Al programa "40 Mil Primeros Empleos" pueden aplicar todos los jóvenes bachilleres, técnicos, tecnólogos y profesionales entre los 18 y 28 años, que actualmente no se encuentren estudiando, estén buscando empleo y no tengan experiencia formal relacionada con su área de estudio.</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p>Para una mayor información, usted puede ingresar a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego al link 40.000 empleos.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
por ser beneficiaria del DPS y tengo un lote ¿puedo adquirir subsidios de vivienda gratis? les agradezco su atencion
por ser beneficiaria del DPS y tengo un lote ¿puedo adquirir subsidios de vivienda gratis? les agradezco su atencion
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153600657211">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153600657211</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153600657211">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153600657211</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
El famoso pipe 2.0 sobre auxilio tasa de interés es un engaño en minvivienda dicen que no saben nada del tema,
El famoso pipe 2.0 sobre auxilio tasa de interés es un engaño en minvivienda dicen que no saben nada del tema,
Respuesta
<p>Buen día, respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el <strong>subsidio a la tasa de interés</strong> para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención.</p>
Pronto termino pago cuota inicial apto nuevo, cumplo requisitos, si accedo a Mi Casa YA, hay beneficio en cuota inicial?
Pronto termino pago cuota inicial apto nuevo, cumplo requisitos, si accedo a Mi Casa YA, hay beneficio en cuota inicial?
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. </p>
<p><u>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</u></p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. </p>
<p><u>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</u></p>
Dentro de 4 cuotas culmino pago inicial de un apto nuevo, cumplo requisitos de Mi casa Ya, puedo aún acceder al programa
Dentro de 4 cuotas culmino pago inicial de un apto nuevo, cumplo requisitos de Mi casa Ya, puedo aún acceder al programa
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left: 14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left: 14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left: 14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left: 14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left: 14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. </p>
<p><u>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</u></p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left: 14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left: 14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left: 14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left: 14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left: 14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. </p>
<p><u>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</u></p>
Quisiera saber si no importa donde tramite el subsidio si es caja de compensación o FNA recibiría la misma ayuda para CI
Quisiera saber si no importa donde tramite el subsidio si es caja de compensación o FNA recibiría la misma ayuda para CI
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Constanza</p>
<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisición de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a través del pago de alquiler.</p>
<p class="rtejustify">El modelo ya está reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo está pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>
<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversión en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesantías o ahorro voluntario. Se tendrán en cuenta los puntajes acumulados.</p>
<p class="rtejustify">La persona podrá ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podrá radicar su solicitud para TACS. Una fracción del canon se destinará como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podrá ejercer la opción de compra al final del contrato de manera automática. Eso significa que podrá adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habrá ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>
<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisición de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>
<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar información o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a través de sus diferentes canales de atención, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>
<p class="rtejustify">Para una mayor información te invitamos que visites la página web www.fna.gov.co.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisición de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a través del pago de alquiler.</p>
<p class="rtejustify">El modelo ya está reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo está pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>
<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversión en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesantías o ahorro voluntario. Se tendrán en cuenta los puntajes acumulados.</p>
<p class="rtejustify">La persona podrá ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podrá radicar su solicitud para TACS. Una fracción del canon se destinará como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podrá ejercer la opción de compra al final del contrato de manera automática. Eso significa que podrá adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habrá ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>
<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisición de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>
<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar información o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a través de sus diferentes canales de atención, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>
<p class="rtejustify">Para una mayor información te invitamos que visites la página web www.fna.gov.co.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
buenosdías quiero saber que puedo hacer para adquirir vivienda soy desplazada del Caqueta tengo dos niñas de 7 y 12 Años
buenosdías quiero saber que puedo hacer para adquirir vivienda soy desplazada del Caqueta tengo dos niñas de 7 y 12 Años
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>
perdí mi documentación al regresar a Colombia ,después de qu mi hija naciera en Galicia esto me impediría para el visado
perdí mi documentación al regresar a Colombia ,después de qu mi hija naciera en Galicia esto me impediría para el visado
Respuesta
<p>Señor:</p>
<p><strong>Miguel Angel Gutierrez</strong></p>
<p>Respetado señor:</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integralde Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la unión Europea al cual desee viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Adicionalmente le indicamos que a continuación encontrará el comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p> </p>
<p><strong>Miguel Angel Gutierrez</strong></p>
<p>Respetado señor:</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integralde Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la unión Europea al cual desee viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Adicionalmente le indicamos que a continuación encontrará el comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p> </p>
tengo un proyecto para fabricar vehiculos que generaren energia pero no tengo dinero donde puedo pedir un creditopara re
tengo un proyecto para fabricar vehiculos que generaren energia pero no tengo dinero donde puedo pedir un creditopara re
Respuesta
<p>Buen día señor Prada,</p>
<p> </p>
<p>De acuerdo con su pregunta le informamos que la Dirección de Mipymes del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha brindado la respuesta, por favor consultar el siguiente enlace: http://es.slideshare.net/damarismontealegre/respuesta-urna-de-cristal-mipymes-elis-u-julio-3-2015 .</p>
<p> </p>
<p>Cordial Saludo,</p>
<p> </p>
<p>Luz Angela Muñoz Oviedo</p>
<p>Gestor Urna de Cristal</p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>
<p>6 06 76 76 Ext. 1537</p>
<p>lamunoz@mincit.gov.co</p>
<p>Calle 28 No. 13 A-15 Piso 1</p>
<p>Bogotá, D.C.</p>
<p>Colombia</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>De acuerdo con su pregunta le informamos que la Dirección de Mipymes del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha brindado la respuesta, por favor consultar el siguiente enlace: http://es.slideshare.net/damarismontealegre/respuesta-urna-de-cristal-mipymes-elis-u-julio-3-2015 .</p>
<p> </p>
<p>Cordial Saludo,</p>
<p> </p>
<p>Luz Angela Muñoz Oviedo</p>
<p>Gestor Urna de Cristal</p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>
<p>6 06 76 76 Ext. 1537</p>
<p>lamunoz@mincit.gov.co</p>
<p>Calle 28 No. 13 A-15 Piso 1</p>
<p>Bogotá, D.C.</p>
<p>Colombia</p>
<p> </p>
por que la educacion no es gratis en colombia hay que acceder a creditos cuando deberia ser gratuita
Registrada:
Código:
8769
por que la educacion no es gratis en colombia hay que acceder a creditos cuando deberia ser gratuita
Registrada:
Código:
8769
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Como Gobierno Nacional trabajamos por fortalecer la Educacion Superior en Colombia, aún no hay gratuidad en ella pero hay excelentes universidades publicas las cuales tienen un admirable nivel y bajos costos.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Como Gobierno Nacional trabajamos por fortalecer la Educacion Superior en Colombia, aún no hay gratuidad en ella pero hay excelentes universidades publicas las cuales tienen un admirable nivel y bajos costos.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
por que los pasajes son mas costosos o mejor aun en el ecuador el pasaje cuesta 25 centavos de dolar es decir =640,7125
por que los pasajes son mas costosos o mejor aun en el ecuador el pasaje cuesta 25 centavos de dolar es decir =640,7125
Respuesta
<p>Buenas tardes. Por inconvenientes técnicos no pudimos ver antes su pregunta.</p>
<p>Teniendo en cuenta la estructura de Costos Fijos, Costos Variables y Costos de Capital que se especifican en el Artículo 2do de la resolución 4350 de 1998, es de resaltar que los siguientes ítems afectan directamente la tarifa del pasaje de transporte: Combustibles, Llantas, Salarios y factores prestacionales y Mantenimiento</p>
<p>Los combustibles han tenido un comportamiento constante durante los 10 últimos años, su incremento ha sido aproximadamente de COP $2.000 en relación a la gasolina, siendo para el año 2008 de COP $7.400 y para lo corrido del año 2018 se registra un precio de COP $9.300, con relación a Bogotá como ciudad de referencia. De acuerdo con lo anterior ha evidenciado un crecimiento de los precios de aproximado del 25%. En relación al ACPM, siendo para el año 2008 de COP $6.200, y para lo corrido del año 2018 se registra un precio de COP $8.600, con relación a Bogotá como ciudad de referencia, mostrando un crecimiento de los precios del ACPM aproximado del 38%. Lo anterior deberá reflejarse en el comportamiento de las tarifas de transporte. Fuente <a href="https://www.minminas.gov.co/precios-ano-2018">https://www.minminas.gov.co/precios-ano-2018</a></p>
<p>Para el caso de salarios y prestaciones los ajustes se realizan de acuerdo con los incrementos anuales en relación al Salario Mínimo Mensual Legal Vigente. Teniendo en cuenta llantas y mantenimiento, y el factor principal que afecta estos repuestos es aranceles e impactos de economías externas, además del IVA que a partir del 2017 impactó de manera considerable los precios pasando de un 16% a un 19%.</p>
<p>Además, se debe tener en cuenta que el Ecuador el combustible (Gasolina y Diésel) tiene una tasa subsidiada la cual en el 2017, por ejemplo, “el impacto del subsidio de combustibles fue de USD $1.900 millones para el fisco. Para el 2021, se ha proyectado que el costo de subsidios podría llegar a USD $4 000 millones. En este 2018, el Presupuesto General del Estado asciende a USD 34 853 millones, de estos USD 1 707,04 millones corresponden a subsidios para diésel, gasolinas (naftas) y gas. El Ministerio de Hidrocarburos, mediante un comunicado, expresó que este análisis no implica “ningún anuncio respecto a un retiro de los subsidios de combustibles”. Fuente <a href="http://www.elcomercio.com/actualidad/carlosperez-gobierno-analiza-subsidios-combustibles.html">http://www.elcomercio.com/actualidad/carlosperez-gobierno-analiza-subsidios-combustibles.html</a></p>
<p>Cordial saludo</p>
<p> </p>
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<p> </p>
<p> </p>
<p>Teniendo en cuenta la estructura de Costos Fijos, Costos Variables y Costos de Capital que se especifican en el Artículo 2do de la resolución 4350 de 1998, es de resaltar que los siguientes ítems afectan directamente la tarifa del pasaje de transporte: Combustibles, Llantas, Salarios y factores prestacionales y Mantenimiento</p>
<p>Los combustibles han tenido un comportamiento constante durante los 10 últimos años, su incremento ha sido aproximadamente de COP $2.000 en relación a la gasolina, siendo para el año 2008 de COP $7.400 y para lo corrido del año 2018 se registra un precio de COP $9.300, con relación a Bogotá como ciudad de referencia. De acuerdo con lo anterior ha evidenciado un crecimiento de los precios de aproximado del 25%. En relación al ACPM, siendo para el año 2008 de COP $6.200, y para lo corrido del año 2018 se registra un precio de COP $8.600, con relación a Bogotá como ciudad de referencia, mostrando un crecimiento de los precios del ACPM aproximado del 38%. Lo anterior deberá reflejarse en el comportamiento de las tarifas de transporte. Fuente <a href="https://www.minminas.gov.co/precios-ano-2018">https://www.minminas.gov.co/precios-ano-2018</a></p>
<p>Para el caso de salarios y prestaciones los ajustes se realizan de acuerdo con los incrementos anuales en relación al Salario Mínimo Mensual Legal Vigente. Teniendo en cuenta llantas y mantenimiento, y el factor principal que afecta estos repuestos es aranceles e impactos de economías externas, además del IVA que a partir del 2017 impactó de manera considerable los precios pasando de un 16% a un 19%.</p>
<p>Además, se debe tener en cuenta que el Ecuador el combustible (Gasolina y Diésel) tiene una tasa subsidiada la cual en el 2017, por ejemplo, “el impacto del subsidio de combustibles fue de USD $1.900 millones para el fisco. Para el 2021, se ha proyectado que el costo de subsidios podría llegar a USD $4 000 millones. En este 2018, el Presupuesto General del Estado asciende a USD 34 853 millones, de estos USD 1 707,04 millones corresponden a subsidios para diésel, gasolinas (naftas) y gas. El Ministerio de Hidrocarburos, mediante un comunicado, expresó que este análisis no implica “ningún anuncio respecto a un retiro de los subsidios de combustibles”. Fuente <a href="http://www.elcomercio.com/actualidad/carlosperez-gobierno-analiza-subsidios-combustibles.html">http://www.elcomercio.com/actualidad/carlosperez-gobierno-analiza-subsidios-combustibles.html</a></p>
<p>Cordial saludo</p>
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<p> </p>
<p> </p>
Ingresé el 2 de enero de 2015 a laborar en una alcaldía. Tengo derecho a que me consignen la prima de mitad de año?
Ingresé el 2 de enero de 2015 a laborar en una alcaldía. Tengo derecho a que me consignen la prima de mitad de año?
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p> </p>
<p>Su pregunta debe dirigirla al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA, el cual se encuentra ubicado en la carrera 6 No. 12-62 de Bogotá D.C PBX: (57+1) 334 4080 / 334 4086 FAX:(57+1)3410515. Línea Gratuita de atención al cliente: 018000917770 - <a href="mailto:webmaster@funcionpublica.gov.co">webmaster@funcionpublica.gov.co</a></p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p>Su pregunta debe dirigirla al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA, el cual se encuentra ubicado en la carrera 6 No. 12-62 de Bogotá D.C PBX: (57+1) 334 4080 / 334 4086 FAX:(57+1)3410515. Línea Gratuita de atención al cliente: 018000917770 - <a href="mailto:webmaster@funcionpublica.gov.co">webmaster@funcionpublica.gov.co</a></p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
Que requisitos tengo para entrar a la Union Europea,si no estoy en Colombia?
Registrada:
Código:
8795
Que requisitos tengo para entrar a la Union Europea,si no estoy en Colombia?
Registrada:
Código:
8795
Respuesta
<p>Señora:</p>
<p><strong>Patricia Sanchez</strong></p>
<p>Respetada señora </p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la unión Europea al cual desee viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Adicionalmente le indicamos que a continuación encontrará el comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p> </p>
<p><strong>Patricia Sanchez</strong></p>
<p>Respetada señora </p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedición de los visados; y así mismo la documentación pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese según las leyes del país y permanezca de manera regular.</p>
<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del país de la unión Europea al cual desee viajar, quienes le indicarán los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podrá conocer la información oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>
<p>Adicionalmente le indicamos que a continuación encontrará el comunicado de prensa de la Cancillería referente al tema de su interés: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p> </p>
Como acceder al nuevo crédito Icetex sin codeudor, si hasta el momento no han incluido los requisitos necesarios?
Como acceder al nuevo crédito Icetex sin codeudor, si hasta el momento no han incluido los requisitos necesarios?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Los requisitos para acceder al Fondo de Garantias son: Acceder a un crédito de pregrado bajo las modalidades de pago en época de estudios del 0%, 10% ó 25%, pertenecer a los estratos 1, 2 ó 3, haber presentado las Pruebas Saber 11 en el año inmediatamente anterior a la solicitud del crédito y acreditar un puntaje en estas superior o igual a 310,<br />
demostrar y certificar porque no se puede contar con un deudor solidario, lo cual se acreditará con el cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones:<br />
- El estudiante que, en su núcleo familiar, acredite el fallecimiento efectivo o presuntivo o la desaparición de su padre, de su madre o de ambos progenitores. <br />
- El estudiante que acredite que, aún teniendo madre y padre, ambos han sido declarados legalmente incapaces, o si es el caso, la declaración de incapaz del único padre que se encuentre con vida.<br />
- El estudiante que acredite la insolvencia de su padre y de su madre, o si es el caso, del único de sus padres que se encuentre con vida y sea legalmente capaz.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
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Los requisitos para acceder al Fondo de Garantias son: Acceder a un crédito de pregrado bajo las modalidades de pago en época de estudios del 0%, 10% ó 25%, pertenecer a los estratos 1, 2 ó 3, haber presentado las Pruebas Saber 11 en el año inmediatamente anterior a la solicitud del crédito y acreditar un puntaje en estas superior o igual a 310,<br />
demostrar y certificar porque no se puede contar con un deudor solidario, lo cual se acreditará con el cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones:<br />
- El estudiante que, en su núcleo familiar, acredite el fallecimiento efectivo o presuntivo o la desaparición de su padre, de su madre o de ambos progenitores. <br />
- El estudiante que acredite que, aún teniendo madre y padre, ambos han sido declarados legalmente incapaces, o si es el caso, la declaración de incapaz del único padre que se encuentre con vida.<br />
- El estudiante que acredite la insolvencia de su padre y de su madre, o si es el caso, del único de sus padres que se encuentre con vida y sea legalmente capaz.<br />
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Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>