Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>En estos momento y dando alcance a las poiticas del se&ntilde;or presidente se esta acondicionando la plataforma para efectuar estos tramites en linea de acuerdo al Decreto 019 de 2012</p>

Respuesta
<p>La jefatura de reclutamiento y control reservas del Ejercito Nacional en los dias de las convocatoria informa por los distintos medios de comunicaci&oacute;n y hace la publicacion en&nbsp;la &nbsp;pagina web del Ejercito Nacional link Incorporaciones</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Alvaro</p>

<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu intervenci&oacute;n, tu opini&oacute;n es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir pa&iacute;s. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Para conducir dicho veh&iacute;culo con placas de servicio particular debe tener una licencia como m&iacute;nimo B1.&nbsp;</div>

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De igual menera usted puede tener una licencia con categoria m&aacute;s alta como b2 y b3 de servicio particular, o una de servicio p&uacute;blico (c1, c2 o c3) dado que con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria, ya que si su licencia es para conducir servicio p&uacute;blico (anterior categoria 4, 5 o 6 ) y &eacute;sta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de veh&iacute;culo, ya sea de servicio p&uacute;blico o particular.</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n que en la categoria dice 5, son para conducir servicio p&uacute;bico. Si &eacute;sta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>

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Le recomiendo confirmar la categoria, dado que si efectivamente se trata de veh&iacute;culo paricular, el decreto 019 de 2012 establece vigencia de 10 a&ntilde;os para todas las licencias de conducci&oacute;n de veh&iacute;culo particular es decir estar&iacute;a vigente hasta el a&ntilde;o 2022.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
Buen día,



Lo que realiza un centro de reconocimiento es una evaluación de sus aptitudes físicas y sicológicas para conducir y se acompaña de equipos que le permiten medir su reacción a cambios intempestivos y su capacidad visual, auditiva y actitudinal, por lo que no puede hacer diagnósticos, no lo puede recetar y tampoco puede hacer tratamientos, además las evaluaciones están enmarcadas en la norma internacional de certificación de personas ISO 17024, por lo tanto la cita que se rea en una EPS, no tiene técnicamente los mismos efectos que la realizada en un centro de reconocimiento de conductores. Ahora bien si su EPS quiere prestar el servicio, deberá cumplir las condiciones técnicas, obtener acreditación por parte del Organismo Nacional de Acreditación y posteriormente la habilitación por parte del Ministerio de Transporte.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud.

No dude en comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Las licencias deben ser renovadas para garantizar que quien coduzca un veh&iacute;culo conserva sus capacidades f&iacute;sicas, psicologicas y motoras para conducir, por ello el ex&aacute;men medico en un CRC (Cetro de Reconocimiento Conductor) donde un profesional de la salud determina que se tengan las condiciones necesarias para conducir responsablemente un vehiculo de cualquier tipo. Los tiempos de vigencia de las licencias de conducci&oacute;n los establece el decreto 019 de 2012 de acuerdo a la categor&iacute;a y la edad del conductor.</div>

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Las licencias que se encuentren vigentes no requieren ser renovadas.</div>

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El Ministerio de Transporte a&uacute;n no tiene contemplado un proceso de sustituci&oacute;n de licencias, es decir el cambio de licencias vigentes por actualizaci&oacute;n del formato, ya que se encuentra estudiando este tema y tiene plazo hasta el 2015 para ello.&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Las licencias de conduci&oacute;n de motos corresponden a servicio particular, de acuerdo al decreto 019 de 2002 si su licencia no registra fecha de vencimiento &eacute;sta tendr&aacute; validez hasta el 9 de enro de 2022, o diez a&ntilde;os a partir de la expedici&oacute;nde su licencia si la tramit&oacute; despu&eacute;s de la expedici&oacute;n de la norma en menci&oacute;n.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
<p>Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico.</p>

<p class="rtejustify">En cuanto al interrogante planteado, el Equipo de Urna de Cristal, se permite brindar orientaci&oacute;n relacionada con el caso particular, para lo cual deber&aacute; en primera medida, radicar ante la entidad competente, en este caso Colpensiones, un Derecho de Petici&oacute;n con el fin de que sea informado el estado actual del tr&aacute;mite. As&iacute; mismo, en caso de no sea resuelto el Derecho de Petici&oacute;n, podr&aacute; acudir de manera subsidiaria al mecanismo de protecci&oacute;n de los Derechos Fundamentales, la Acci&oacute;n de tutela. En este sentido, deber&aacute; agotar todos y cada uno de los procedimientos se&ntilde;alados particularmente para el caso concreto, y as&iacute; poder acudir ante la Justicia Administrativa en caso de ser necesario.</p>

<p class="rtejustify">Por otra parte, podr&aacute; acudir ante el Ministerio del Trabajo, entidad que solucionar&aacute; todas y cada una de sus dudas, y de esta manera atender en la mayor parte las peticiones relacionadas con la materia. Para conocer el tr&aacute;mite, te invitamos a que visites <a href="http://www.mintrabajo.gov.co">www.mintrabajo.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; mismo te invitamos que visites la p&aacute;gina web www.colpensiones.gov.co, donde constantemente son actualizadas las bases de datos de las pensiones otorgadas durante los diferentes meses del a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
Buenas tardes:



En respuesta su pregunta, atentamente le informo que en caso de demoras, irregularidades o negación de medicamentos por parte de las EPS, debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud.



Líneas de Atención al Ciudadano

En Bogotá: (57-1) 483 7000

Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700

Horario: Lunes a domingo las 24 horas del día



Atención Personalizada

Oficina de Atención al Usuario

Carrera 7 No. 32-16, Centro Comercial San Martín, piso 3

Horario: lunes a viernes de 9 a.m. a 4 p.m.



Página web: www.supersalud.gov.co, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo



Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web www.minsalud.gov.co donde conocerá los distintos programas que adelanta el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx



Cordial saludo,



Grupo de Atención al Ciudadano

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jairo</p>

<p class="rtejustify">El Mecanismo de Protecci&oacute;n al Trabajador Cesante le permitir&aacute; a los colombianos mitigar los efectos del desempleo, <strong>d&aacute;ndoles mecanismos para que sigan teniendo acceso al sistema de salud y a la posibilidad de ahorrar para la pensi&oacute;n</strong>.</p>

<p class="rtejustify">El presente Mecanismo se encuentra dirigido para todos los trabajadores del sector p&uacute;blico y privado que hayan realizado aportes a las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar durante al menos un a&ntilde;o, continuo o discontinuo, en el transcurso de los &uacute;ltimos tres a&ntilde;os. Con relaci&oacute;n a los trabajadores independientes o cuenta propia que hayan realizado aportes por lo menos dos a&ntilde;os, continuos o discontinuos, en el transcurso de los &uacute;ltimos tres a&ntilde;os.</p>

<p class="rtejustify">Durante el periodo que est&eacute; sin empleo, <strong>el trabajador cesante podr&aacute; acceder, adem&aacute;s, a los servicios de intermediaci&oacute;n y capacitaci&oacute;n laboral</strong>, de tal manera que pueda conseguir trabajo nuevamente en el menor tiempo posible. Este sistema fomenta la formalizaci&oacute;n del trabajo y mantiene la calidad de vida del desempleado.</p>

<p class="rtejustify">Con esta iniciativa, el Ministerio de Trabajo busca beneficiar a medio mill&oacute;n de colombianos.</p>

<p class="rtejustify">Para obtener m&aacute;s informaci&oacute;n, condiciones y dem&aacute;s requisitos relacionados con este mecanismo, te invitamos a que ingreses al portal del Ministerio de Trabajo en <a href="http://www.mintrabajo.gov.co">www.mintrabajo.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular.</div>

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Si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular le recomendamos acercarse al Organismo de Tr&aacute;nsito de su ciudad, renovar inmediatamente su licencia de conducci&oacute;n y pedir la recategorizaci&oacute;n, ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas de inmediato. Por lo tanto, si conduce cualquier tipo de veh&iacute;culo con una licencia vencida las autoridades de transito de cualquier ciudad podr&aacute;n imponerle un comparendo.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n que en la categoria dice 5, son para conducir servicio p&uacute;bico. Si &eacute;sta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>

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El decreto 019 de 2012 establece vigencia de 10 a&ntilde;os para todas las licencias de conducci&oacute;n de veh&iacute;culo particular y de 3 a&ntilde;os para servicio p&uacute;blico.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Si su licencia de conducci&oacute;n no registra feha de vencimiento muy seguramente corresponde a una Licencia de Conducci&oacute;n para veh&iacute;culo particular, la cual &nbsp;tiene una vigencia de 10 a&ntilde;os a partir de la expedici&oacute;n del Decreto 019 de 2012, esto quiere decir que tiene vigencia hasta el a&ntilde;o 2022. Fecha a partir de la cual debe hacer su renovaci&oacute;n de acuerdo al decreto en menci&oacute;n.</div>

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Se recomienda corrobore la categoria y si es de servicio particular, verifique su vigencia y encaso de estar vencida hacer cuanto antes la renovaci&oacute;n.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria de su licencia, ya que si es para conducir servicio p&uacute;blico (Antiguas categorias 4, 5 y 6 ) y &eacute;sta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de veh&iacute;culo ya sea de servicio p&uacute;blico o particular.</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo p&uacute;blico ni particular.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Si su licencia de conducci&oacute;n no registra feha de vencimiento muy seguramente corresponde a una Licencia de Conducci&oacute;n para veh&iacute;culo particular, la cual &nbsp;tiene una vigencia de 10 a&ntilde;os a partir de la expedici&oacute;n del Decreto 019 de 2012, esto quiere decir que tiene vigencia hasta el a&ntilde;o 2022. Fecha a partir de la cual debe hacer su renovaci&oacute;n de acuerdo al decreto en menci&oacute;n.</div>

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Se recomienda corrobore la categoria y si es de servicio particular, verifique su vigencia y encaso de estar vencida hacer cuanto antes la renovaci&oacute;n.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Esta ley a la cual usted hace menci&oacute;n, se refiere a la sustituci&oacute;n del documento, proceso que a&uacute;n el Ministerio no ha contemplado, ya que se encuentra estudiando este tema y tiene plazo hasta el 2015 para ello.&nbsp;</div>

<div>

A partir del 15 de julio de 2013 se expediran las licencias de conducci&oacute;n en un formato mucha m&aacute;s seguro y unificado, los costos que fijan los orgaismos de transito corresponden a la expedici&oacute;n de nuevas licencias y a la renovaci&oacute;n por vencimiento, m&aacute;s no la de sustituci&oacute;n.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jasmin</p>

<p class="rtejustify">Desde el 15 de julio circular&aacute; la <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/nueva-licencia-de-conduccion" target="_blank">nueva licencia de conducci&oacute;n</a> que tiene como caracter&iacute;stica el conservar el mismo n&uacute;mero de la c&eacute;dula del ciudadano. Si la licencia de conducci&oacute;n no est&aacute; vencida y no necesita recategorizarse no es necesario cambiar el documento.</p>

<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

<strong>Examen m&eacute;dico</strong></li>

<li class="rtejustify">

<strong>Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito</strong></li>

</ul>

<p class="rtejustify"><strong>Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</strong></p>

<p class="rtejustify"><strong>Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, e</strong>l <a href="https://dl.dropboxusercontent.com/u/42450478/Dec1910012012.pdf" target="_blank"><strong>Decreto 019 de 2012</strong></a> defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa Urna de Cristal TV y programa de radio en Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular.</div>

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Si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular le recomendamos acercarse al Organismo de Tr&aacute;nsito de su ciudad, renovar inmediatamente su licencia de conducci&oacute;n y pedir la recategorizaci&oacute;n, ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular.</div>

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Si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular le recomendamos acercarse al Organismo de Tr&aacute;nsito de su ciudad, renovar inmediatamente su licencia de conducci&oacute;n y pedir la recategorizaci&oacute;n, ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Angela</p>

<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu comentario e intervenci&oacute;n, tu opini&oacute;n es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir pa&iacute;s. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;</p>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular. Los pasos para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n son:</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Paso 1: Ac&eacute;rquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC &nbsp;habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen m&eacute;dico donde verifican sus condiciones f&iacute;sicas, s&iacute;quicas y motrices. El Centro de Reconocimiento env&iacute;a el resultado de ese examen al RUNT.</div>

<div>

Paso 2: Dir&iacute;jase al Organismo de Tr&aacute;nsito para realizar la renovaci&oacute;n, all&iacute; le tomar&aacute;n la foto y le indicar&aacute;n el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducci&oacute;n.</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular. Los pasos para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n son:</div>

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&nbsp;</div>

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Paso 1: Ac&eacute;rquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC &nbsp;habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen m&eacute;dico donde verifican sus condiciones f&iacute;sicas, s&iacute;quicas y motrices. El Centro de Reconocimiento env&iacute;a el resultado de ese examen al RUNT.</div>

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Paso 2: Dir&iacute;jase al Organismo de Tr&aacute;nsito para realizar la renovaci&oacute;n, all&iacute; le tomar&aacute;n la foto y le indicar&aacute;n el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducci&oacute;n.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Rosa Omaira</p>

<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu comentario e intervenci&oacute;n, tu opini&oacute;n es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir pa&iacute;s. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

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&nbsp;</div>

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Si su deseo es unificar estas licencias en un &uacute;nico formato debe hacer el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n de la licencia para la moto y dirigirse al organismo de tr&aacute;nsito despues del 15 de julio de 2013 y solicitar dicha renovaci&oacute;n.</div>

<div>

Tenga presente que la licencia para vehiculo particular o servicio p&uacute;blico se encuentra a&uacute;n vigente y no hay necesidad de renovarla, sin embargo al realizar todo el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n de la licencia de moto, en el formato debe aparecer las dos licencias cada una con su fecha de vigencia, expedici&oacute;n y vencimiento respectivo.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Primero le recomiendo verificar la categoria de su licencia de conducci&oacute;n, si corresponde a servicio p&uacute;blico deber&aacute; realizar cuanto antes la renovaci&oacute;n de su licencia, en cambio si es particular tendr&aacute; vigencia hasta el 9 de enero de 2022, de acuerdo al decreto 019 de 2002, y solo hasta esa fecha tendr&aacute; que hacer la renovaci&oacute;n.</div>

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&nbsp;</div>

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Los pasos para hacer la renovaci&oacute;n de su licencia de conducci&oacute;n son los siguientes:</div>

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Paso 1: Ac&eacute;rquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC &nbsp;habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen m&eacute;dico donde verifican sus condiciones f&iacute;sicas, s&iacute;quicas y motrices. El Centro de Reconocimiento env&iacute;a el resultado de ese examen al RUNT.</div>

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Paso 2: Dir&iacute;jase al Organismo de Tr&aacute;nsito para realizar la renovaci&oacute;n, all&iacute; le tomar&aacute;n la foto y le indicar&aacute;n el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducci&oacute;n.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular.</div>

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Si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular le recomendamos acercarse al Organismo de Tr&aacute;nsito de su ciudad, renovar inmediatamente su licencia de conducci&oacute;n y pedir la recategorizaci&oacute;n, ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,<br />

Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato.</p>

<p>Le recomendamos acercarse al Organismo de Tr&aacute;nsito de su ciudad, y renovar inmediatamente su licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p>Recuerde que con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular. Si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular pedir la recategorizaci&oacute;n de su licencia, ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</p>

<p>Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>

<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,<br />

Si su licencia de conducci&oacute;n no registra feha de vencimiento muy seguramente corresponde a una Licencia de Conducci&oacute;n para veh&iacute;culo particular, la cual&nbsp; tiene una vigencia de 10 a&ntilde;os a partir de la expedici&oacute;n del Decreto 019 de 2012, esto quiere decir que tiene vigencia hasta el a&ntilde;o 2022. Fecha a partir de la cual debe hacer su renovaci&oacute;n de acuerdo al decreto en menci&oacute;n.</p>

<p>Sin embargo como usted expresa que se trata de categoria 4 (servicio p&uacute;blico) le recomendamos acercarse al Organismo de Tr&aacute;nsito de su ciudad, y renovar su licencia de conducci&oacute;n vencida, dado que todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente.</p>

<p>Si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, en el Organismo de transito debe pedir la recategorizaci&oacute;n de su licencia, ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</p>

<p>Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>

<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,<br />

Si se encuentra vencida no puede seguir conduciendo su veh&iacute;culo particular. Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular.</p>

<p>Le recomendamos acercarse al Organismo de Tr&aacute;nsito de su ciudad, renovar su licencia de conducci&oacute;n vencida y si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular pedir la recategorizaci&oacute;n de su licencia, ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</p>

<p>Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>

<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Juan Pablo</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. Para saber c&oacute;mo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Sin embargo el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que de acuerdo con indicado por parte de la Registraduria, el certificado de estado es el mecanismo mediante el cual la Registradur&iacute;a Nacional, luego de la verificaci&oacute;n en las bases de datos del sistema de Identificaci&oacute;n, Informa a los ciudadanos sobre el estado de un documento de identidad (c&eacute;dula) expedido por la Entidad, m&aacute;s no reemplaza a la C&eacute;dula de Ciudadania como documento de identidad.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,<br />

Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular.</p>

<p>Le recomendamos acercarse al Organismo de Tr&aacute;nsito de su ciudad, renovar inmediatamente su licencia de conducci&oacute;n y si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular pedir la recategorizaci&oacute;n de su licencia, ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</p>

<p>Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>

<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,<br />

Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular.</p>

<p>Le recomendamos acercarse al Organismo de Tr&aacute;nsito de su ciudad, renovar inmediatamente su licencia de conducci&oacute;n y si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular pedir la recategorizaci&oacute;n de su licencia, ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</p>

<p>El valor del tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n o expedici&oacute;n de la licencia var&iacute;a en cada organismo de tr&aacute;nsito, ya que es fijado por el Consejo Municipal o&nbsp; la Asamblea Departamental. El costo promedio de todo el tr&aacute;mite es de 150.000 a 200.000 pesos.<br />

Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>

<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>

Respuesta
Buen día,



Si la licencia está vigente y se le extravía o esta se deteriora debe solicitar un duplicado ante el organismo de tránsito (OT). El valor y tiempo de entrega dependen del OT en donde realice el trámite. Le entregan un licencia con el formato nuevo.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600



Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Respuesta
Apreciado usuario

En respuesta a su solicitud le informamos que



En este momento no esta abierta la etapa de convocatorias para el programa en cuestion, por tal motivo no esta definidas las disposiciones entorno a la adquisicion de formularios para la postulacion al programa VIPA, de igual manera le invitamos a que este atento a la informacion que posteriormente se genere, a traves de los medios de comunicacion masivos, loa pagina web o los canales de atencion del Ministerio de Vivienda.
Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,<br />

&Uacute;nicamente en Colombia puedes acercarte a un Organismo de tr&aacute;nsito de cualquier ciudad o municipio para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n.<br />

Recuerda que los pasos para la renovaci&oacute;n son los siguientes:<br />

Paso 1: Ac&eacute;rquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC&nbsp; habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen m&eacute;dico donde verifican sus condiciones f&iacute;sicas, s&iacute;quicas y motrices. El Centro de Reconocimiento env&iacute;a el resultado de ese examen al RUNT.<br />

Paso 2: Dir&iacute;jase al Organismo de Tr&aacute;nsito para realizar la renovaci&oacute;n, all&iacute; le tomar&aacute;n la foto y le indicar&aacute;n el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p>Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>

<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. En ese caso, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que en el siguiente enlace sabr&aacute;s c&oacute;mo desarrollar tu denuncia: <a href="http://bit.ly/nb0ASS">http://bit.ly/nb0ASS</a>.&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,<br />

Todas las licencias de conducci&oacute;n para servicio p&uacute;blico que est&eacute;n vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio p&uacute;blico puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar veh&iacute;culo particular.</p>

<p>Si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular le recomendamos acercarse al Organismo de Tr&aacute;nsito de su ciudad, renovar inmediatamente su licencia de conducci&oacute;n y pedir la recategorizaci&oacute;n, ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</p>

<p>Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>

<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>

Respuesta
Buen día,



Existe libertad de tarifas en un mercado de oferta y demanda. Cada centro es libre de fijar sus precios de acuerdo ala estructura de costos que tenga. La superintendencia de Transporte es la encargada de vigilar estos centros en cuanto a su funcionamiento más no los precios. En la actualidad se esta evaluando este tema por parte del Ministerio de Transporte.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600



Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.