Tengo una licencia ocre y dice categoría 4, Está vencida,pero nunca he conducido un vehículo público,¿debo cambiarla?
Tengo una licencia ocre y dice categoría 4, Está vencida,pero nunca he conducido un vehículo público,¿debo cambiarla?
Respuesta
Buen día,
El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoría de su licencia. Si su licencia es 4, efectivamente corresponde a una licencia para conducir servicio público y ésta se encuentra vencida, Su vigencia es de tres años. Debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular.
Quien tenga una licencia para conducir vehículos de servicio público vencida pero sólo conduzca particular, la debe renovar. Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 d de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Adicional recuerde que tiene tres meses para realizar dicha renovación si sólo conduce vehículo de servicio particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoría de su licencia. Si su licencia es 4, efectivamente corresponde a una licencia para conducir servicio público y ésta se encuentra vencida, Su vigencia es de tres años. Debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular.
Quien tenga una licencia para conducir vehículos de servicio público vencida pero sólo conduzca particular, la debe renovar. Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 d de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Adicional recuerde que tiene tres meses para realizar dicha renovación si sólo conduce vehículo de servicio particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
quisiera saber como acceder al subsidio de vivienda para personas que debengamos entre 1 y 2 slarios minimos
quisiera saber como acceder al subsidio de vivienda para personas que debengamos entre 1 y 2 slarios minimos
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
cuanto vale la renovacion del pase? mejor dicho en total en cuanto sale con el certificado medico y todo?
cuanto vale la renovacion del pase? mejor dicho en total en cuanto sale con el certificado medico y todo?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días</p>
<p class="rtejustify">Desde el 15 de julio circulará la <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/nueva-licencia-de-conduccion" target="_blank">nueva licencia de conducción</a> que tiene como característica el conservar el mismo número de la cédula del ciudadano. Si la licencia de conducción no está vencida y no necesita recategorizarse no es necesario cambiar el documento.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
<strong>Examen médico</strong></li>
<li class="rtejustify">
<strong>Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</strong></li>
</ul>
<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify"><strong>Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, e</strong>l <a href="https://dl.dropboxusercontent.com/u/42450478/Dec1910012012.pdf" target="_blank"><strong>Decreto 019 de 2012</strong></a> definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify"><strong>Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</strong></p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa Urna de Cristal TV y programa de radio en Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Desde el 15 de julio circulará la <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/nueva-licencia-de-conduccion" target="_blank">nueva licencia de conducción</a> que tiene como característica el conservar el mismo número de la cédula del ciudadano. Si la licencia de conducción no está vencida y no necesita recategorizarse no es necesario cambiar el documento.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
<strong>Examen médico</strong></li>
<li class="rtejustify">
<strong>Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</strong></li>
</ul>
<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify"><strong>Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, e</strong>l <a href="https://dl.dropboxusercontent.com/u/42450478/Dec1910012012.pdf" target="_blank"><strong>Decreto 019 de 2012</strong></a> definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify"><strong>Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</strong></p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa Urna de Cristal TV y programa de radio en Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
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<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
mi licencia es color ocre de 4 particular , y dice que las de 4 son para publico y que deben cambiar la cambio
mi licencia es color ocre de 4 particular , y dice que las de 4 son para publico y que deben cambiar la cambio
Respuesta
Buen día,
El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoría de su licencia. Si su licencia es 4, efectivamente corresponde a una licencia para conducir servicio público y ésta se encuentra vencida, Su vigencia es de tres años. Debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoría de su licencia. Si su licencia es 4, efectivamente corresponde a una licencia para conducir servicio público y ésta se encuentra vencida, Su vigencia es de tres años. Debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Buenas noches,perdí casa por nopago y estoy reportado enDatC.X deuda ya cancelada al
Bco.Tengochance?Dónde me dirijo?
Buenas noches,perdí casa por nopago y estoy reportado enDatC.X deuda ya cancelada al
Bco.Tengochance?Dónde me dirijo?
Respuesta
respetado ciudadano:
en respuesta a su solicitud le informamos que.
frente al tema del program de vivienda de interes prioritario para ahorradores es requisito indispensable contar con un credito preapobado, ante lo cual es competencia de las entidades financieras determinar si lo otorga o no dicho credito de acuerdo a su situacion financiera en las centrales de riesgo y datacredito.
en respuesta a su solicitud le informamos que.
frente al tema del program de vivienda de interes prioritario para ahorradores es requisito indispensable contar con un credito preapobado, ante lo cual es competencia de las entidades financieras determinar si lo otorga o no dicho credito de acuerdo a su situacion financiera en las centrales de riesgo y datacredito.
mi licencia de s. publico me sirve hoy para manejar particular o devo cambiarlo asi este vigente hasta el 2014?
mi licencia de s. publico me sirve hoy para manejar particular o devo cambiarlo asi este vigente hasta el 2014?
Respuesta
Buen día,
Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. Y como su licencia está vigente hasta 2014 no tiene ningún inconveniente para conducir cualquier tipo de vehículo. Recuerde en el 2014 hacer la renovación incluso si sólo conduce vehículo particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. Y como su licencia está vigente hasta 2014 no tiene ningún inconveniente para conducir cualquier tipo de vehículo. Recuerde en el 2014 hacer la renovación incluso si sólo conduce vehículo particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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MI LICENCIA ES DE COLOR GRIS DE JULIO DE 1996 Y NO TIENE FECHA DE VCTO MI EDAD 48 AÑOS . ES NECESARIO CAMBIARLA?
MI LICENCIA ES DE COLOR GRIS DE JULIO DE 1996 Y NO TIENE FECHA DE VCTO MI EDAD 48 AÑOS . ES NECESARIO CAMBIARLA?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Héctor</p>
<p class="rtejustify">Desde el 15 de julio circulará la <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/nueva-licencia-de-conduccion" target="_blank">nueva licencia de conducción</a> que tiene como característica el conservar el mismo número de la cédula del ciudadano. Si la licencia de conducción no está vencida y no necesita recategorizarse no es necesario cambiar el documento.</p>
<p class="rtejustify">En caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
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<li class="rtejustify">
Examen médico:</li>
<li class="rtejustify">
Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Desde el 15 de julio circulará la <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/nueva-licencia-de-conduccion" target="_blank">nueva licencia de conducción</a> que tiene como característica el conservar el mismo número de la cédula del ciudadano. Si la licencia de conducción no está vencida y no necesita recategorizarse no es necesario cambiar el documento.</p>
<p class="rtejustify">En caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Examen médico:</li>
<li class="rtejustify">
Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
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<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Por favor si me pueden aclarar: Tengo 63 años. mi licencia de conducción está vencida, cuándo debo renovarla?
Por favor si me pueden aclarar: Tengo 63 años. mi licencia de conducción está vencida, cuándo debo renovarla?
Respuesta
Buen día,
Debe verificar la categoria de su licencia, ya que si es para conducir servicio público (Antiguas categorias 4, 5 y 6 , o Nueva C1, C2,C3) ésta se encuentra vencida y debe renovarla para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular. Si es servicio público después de los 60 deberá realizar la renovación cada año.
Si su licencia de conducción corresponde a una Licencia de Conducción para vehículo particular (Antiguo 1,2 o 3; Nueva A1, A2, B1, B2, B3), y teniendo en cuenta su edad, ésta tiene vigencia hasta que usted cumpla los 65 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012. Y la siguiente renovación será 5 años después.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Debe verificar la categoria de su licencia, ya que si es para conducir servicio público (Antiguas categorias 4, 5 y 6 , o Nueva C1, C2,C3) ésta se encuentra vencida y debe renovarla para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular. Si es servicio público después de los 60 deberá realizar la renovación cada año.
Si su licencia de conducción corresponde a una Licencia de Conducción para vehículo particular (Antiguo 1,2 o 3; Nueva A1, A2, B1, B2, B3), y teniendo en cuenta su edad, ésta tiene vigencia hasta que usted cumpla los 65 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012. Y la siguiente renovación será 5 años después.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
¿Porque LA SUPERSALUD, no interviene ante las EPS para ayudar al ciudadano a obtener los servicios de salud?
¿Porque LA SUPERSALUD, no interviene ante las EPS para ayudar al ciudadano a obtener los servicios de salud?
Respuesta
Buenas tardes sr. Ramírez:
Atentamente le informo que segun nos informa la Superintendencia Nacional de Salud, conociendo su caso de posibles barreras de acceso a medicina especializada con Neurología por parte de la EPS COOMEVA, dicha entidad gestionóy logró asignación de cita para el día 29 de agosto, situación que se le informo oportunamente.
De todas formas, la Superintendencia Nacional estará atenta a cualquier inconsistencia que se presente en su cita con Neurología.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Atentamente le informo que segun nos informa la Superintendencia Nacional de Salud, conociendo su caso de posibles barreras de acceso a medicina especializada con Neurología por parte de la EPS COOMEVA, dicha entidad gestionóy logró asignación de cita para el día 29 de agosto, situación que se le informo oportunamente.
De todas formas, la Superintendencia Nacional estará atenta a cualquier inconsistencia que se presente en su cita con Neurología.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
En noviembre del año 2012, renove la licencia para PARTICULAR y me la expidieron sin mi autorización como C1, que hago.
En noviembre del año 2012, renove la licencia para PARTICULAR y me la expidieron sin mi autorización como C1, que hago.
Respuesta
Buen día,
Su licencia C1 corresponde a servicio público, y tiene vigencia hasta noviembre de 2015 fecha en la que podrá realizar la renovación por vencimiento.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Su licencia C1 corresponde a servicio público, y tiene vigencia hasta noviembre de 2015 fecha en la que podrá realizar la renovación por vencimiento.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
¿El trabajador independiente tiene derecho a este subsidio? Actualmente pagamos de arriendo $ 300.000 mensualmente.
¿El trabajador independiente tiene derecho a este subsidio? Actualmente pagamos de arriendo $ 300.000 mensualmente.
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Buenas tarde…. Es obligatorio el ahorro de 2 millones? …. Si no se tiene el ahorro y es prerrequisito para aplicar se
Buenas tarde…. Es obligatorio el ahorro de 2 millones? …. Si no se tiene el ahorro y es prerrequisito para aplicar se
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
EN LORICA CORDOBA DONDE PUEDO CONSULTAR SOBRE EL PROGARAMA DE VIVIENDA SALARIO MINIMO Y SI HAY QUE ADQUIRIR UN FORMULARI
EN LORICA CORDOBA DONDE PUEDO CONSULTAR SOBRE EL PROGARAMA DE VIVIENDA SALARIO MINIMO Y SI HAY QUE ADQUIRIR UN FORMULARI
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
URGENCIAS HOSPITAL KENNEDY SABIA QUE DEJARON UN HUECO COMO PARA HACER TUNEL EDIFICIO INCLINADO POSIBLE TRAGEDIA
URGENCIAS HOSPITAL KENNEDY SABIA QUE DEJARON UN HUECO COMO PARA HACER TUNEL EDIFICIO INCLINADO POSIBLE TRAGEDIA
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. En ese caso, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que en el siguiente enlace sabrás cómo desarrollar tu denuncia: <a href="http://bit.ly/nb0ASS">http://bit.ly/nb0ASS</a>. </p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. En ese caso, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que en el siguiente enlace sabrás cómo desarrollar tu denuncia: <a href="http://bit.ly/nb0ASS">http://bit.ly/nb0ASS</a>. </p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Mi licencia esta con fecha de elaboración de febrero del 2008, y no tiene fecha de vencimiento, q debo hacer?..gracias
Mi licencia esta con fecha de elaboración de febrero del 2008, y no tiene fecha de vencimiento, q debo hacer?..gracias
Respuesta
Buen día,
Debe verificar la categoria de su licencia, ya que si es para conducir servicio público (Antiguas categorias 4, 5 y 6 , o Nueva C1, C2,C3) ésta se encuentra vencida y debe renovarla para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular.
Si su licencia de conducción no registra fecha de vencimiento muy seguramente corresponde a una Licencia de Conducción para vehículo particular (Antiguo 1,2 o 3; Nueva (A1, A2, B1, B2, B3), la cual tiene una vigencia de 10 años a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012, esto quiere decir que tiene vigencia hasta el año 2022.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Debe verificar la categoria de su licencia, ya que si es para conducir servicio público (Antiguas categorias 4, 5 y 6 , o Nueva C1, C2,C3) ésta se encuentra vencida y debe renovarla para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular.
Si su licencia de conducción no registra fecha de vencimiento muy seguramente corresponde a una Licencia de Conducción para vehículo particular (Antiguo 1,2 o 3; Nueva (A1, A2, B1, B2, B3), la cual tiene una vigencia de 10 años a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012, esto quiere decir que tiene vigencia hasta el año 2022.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
¿Cómo puedo acceder a este beneficio?
¿Dónde puedo obtener mayor información al respecto ?
Registrada:
Código:
2337
¿Cómo puedo acceder a este beneficio?
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2337
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
hola donde puedo sintonizar la emisora para escucharlos, por radio la urna de cristal de radio. gracias
hola donde puedo sintonizar la emisora para escucharlos, por radio la urna de cristal de radio. gracias
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jenny</p>
<p class="rtejustify">Atendiendo tu solicitud, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar las frecuencias radiales donde podrás escuchas Urna de Cristal Radio a través de Señal Radio Colombia las podrás encontrar en http://www.senalradiocolombia.gov.co/. Así mismo el programa de Urna de Cristal Radio podrás escuhcarlo todos los miercoles a las 3:30 pm., a través del mismo enlace.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Atendiendo tu solicitud, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar las frecuencias radiales donde podrás escuchas Urna de Cristal Radio a través de Señal Radio Colombia las podrás encontrar en http://www.senalradiocolombia.gov.co/. Así mismo el programa de Urna de Cristal Radio podrás escuhcarlo todos los miercoles a las 3:30 pm., a través del mismo enlace.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
quería consultar en que parte de barranquilla puedo buscar los formulario para vivienda para salario mínimo.
quería consultar en que parte de barranquilla puedo buscar los formulario para vivienda para salario mínimo.
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
piedecuesta sder ¿A donde me debo diriguir para recibir informacion y cuantas personas de mi familia se pueden postula
piedecuesta sder ¿A donde me debo diriguir para recibir informacion y cuantas personas de mi familia se pueden postula
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
buen día, que requisitos debo tener para acceder a este beneficio y donde me postulo o que tramite debo hacer y donde?
buen día, que requisitos debo tener para acceder a este beneficio y donde me postulo o que tramite debo hacer y donde?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días Sandra</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relación a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de interés y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios mínimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya definió los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relación a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de interés y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios mínimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya definió los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
Licencia cat.C1;expedida el 05-05-2010; vence:05-05-2013¿puedo seguir manejando vehículo particular con esta licencia.?
Licencia cat.C1;expedida el 05-05-2010; vence:05-05-2013¿puedo seguir manejando vehículo particular con esta licencia.?
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia de conducción categoria C1, es para conducir servicio púbico. Como ésta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea de servicio público o particular.</div>
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Si sólo conduce servicio particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia de conducción categoria C1, es para conducir servicio púbico. Como ésta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea de servicio público o particular.</div>
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Si sólo conduce servicio particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
si tengo la licencia c2 y vence en el 2014 y no la renuevo puedo manejar vehiculo particular o debo renovarla
si tengo la licencia c2 y vence en el 2014 y no la renuevo puedo manejar vehiculo particular o debo renovarla
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia de conducción categoria C2, es para conducir servicio púbico. Con dicha licencia puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. De lo contrario deberá realizar la renovación de su licencia. Es decir que en el 2014 debe hacer la renovación.</div>
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Si sólo conduce vehículo particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia de conducción categoria C2, es para conducir servicio púbico. Con dicha licencia puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. De lo contrario deberá realizar la renovación de su licencia. Es decir que en el 2014 debe hacer la renovación.</div>
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Si sólo conduce vehículo particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
cuanto tiempo tenemos para refrendar aquellas licencias vencidas que se utilizaban para conducir particular?
cuanto tiempo tenemos para refrendar aquellas licencias vencidas que se utilizaban para conducir particular?
Respuesta
Buen día,
Sí su licencia se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular. Recuerde que tiene tres meses (hasta octubre 15 de 2013) para realizar dicha renovación si sólo conduce vehículo de servicio particular.
Quien tenga una licencia para conducir vehículos de servicio público vencida pero sólo conduzca particular, la debe renovar. Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Sí su licencia se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular. Recuerde que tiene tres meses (hasta octubre 15 de 2013) para realizar dicha renovación si sólo conduce vehículo de servicio particular.
Quien tenga una licencia para conducir vehículos de servicio público vencida pero sólo conduzca particular, la debe renovar. Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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MI LICENCIA ES DORADA Y VENCIÓ EL FEBRERO 2011 PERO YO SOLO MANEJO AUTO PARTICULAR DEBE CAMBIARLA???
Registrada:
Código:
2329
MI LICENCIA ES DORADA Y VENCIÓ EL FEBRERO 2011 PERO YO SOLO MANEJO AUTO PARTICULAR DEBE CAMBIARLA???
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2329
Respuesta
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Buen día,</div>
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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria, ya que si su licencia es para conducir servicio público (anterior categoria 4, 5 o 6 ) y ésta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea de servicio público o particular.</div>
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Todas las licencias de conducción que en la categoria dice 5, son para conducir servicio púbico. Si ésta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>
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Le recomiendo confirmar la categoria, dado que si se trata de licencia servicio paricular (categorias 1, 2 o 3) el decreto 019 de 2012 establece vigencia de 10 años para todas éstas, es decir estaría vigente hasta el año 2022.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
Buen día,</div>
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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria, ya que si su licencia es para conducir servicio público (anterior categoria 4, 5 o 6 ) y ésta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea de servicio público o particular.</div>
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Todas las licencias de conducción que en la categoria dice 5, son para conducir servicio púbico. Si ésta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>
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Le recomiendo confirmar la categoria, dado que si se trata de licencia servicio paricular (categorias 1, 2 o 3) el decreto 019 de 2012 establece vigencia de 10 años para todas éstas, es decir estaría vigente hasta el año 2022.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Las licencias de conduccion categoria 3 que vencen en el 2022, sirven para conducir motocicletas?
Registrada:
Código:
2327
Las licencias de conduccion categoria 3 que vencen en el 2022, sirven para conducir motocicletas?
Registrada:
Código:
2327
Respuesta
Buen día,
Recuerde que cada categoría de licencia de conducción tiene ciertos permisos. La categoria 3 o nueva categoria B1 son para automoviles, camperos, camionetas y microbueses de servcio particular únicamente. Si la licencia fue expedida previo a enero de 2012 tendrá vigencia hasta el 9 e enero de 2022, si fue expedida posteriormente, tiene vvigecia de 10 años a partir de la fecha de expedición.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Recuerde que cada categoría de licencia de conducción tiene ciertos permisos. La categoria 3 o nueva categoria B1 son para automoviles, camperos, camionetas y microbueses de servcio particular únicamente. Si la licencia fue expedida previo a enero de 2012 tendrá vigencia hasta el 9 e enero de 2022, si fue expedida posteriormente, tiene vvigecia de 10 años a partir de la fecha de expedición.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Las licencias de conduccion categoria 3 que vencen en el 2022, sirven para conducir motocicletas?
Registrada:
Código:
2328
Las licencias de conduccion categoria 3 que vencen en el 2022, sirven para conducir motocicletas?
Registrada:
Código:
2328
Respuesta
Buen día,
Recuerde que cada categoría de licencia de conducción tiene ciertos permisos. La categoria 3 o nueva categoria B1 son para automoviles, camperos, camionetas y microbueses de servcio particular únicamente. Si la licencia fue expedida previo a enero de 2012 tendrá vigencia hasta el 9 e enero de 2022, si fue expedida posteriormente, tiene vvigecia de 10 años a partir de la fecha de expedición.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Recuerde que cada categoría de licencia de conducción tiene ciertos permisos. La categoria 3 o nueva categoria B1 son para automoviles, camperos, camionetas y microbueses de servcio particular únicamente. Si la licencia fue expedida previo a enero de 2012 tendrá vigencia hasta el 9 e enero de 2022, si fue expedida posteriormente, tiene vvigecia de 10 años a partir de la fecha de expedición.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Mi licencia es C1 pero no manejó servicio público, mi licencia igual tendrá vigencia por 10 años para vehículo particula
Mi licencia es C1 pero no manejó servicio público, mi licencia igual tendrá vigencia por 10 años para vehículo particula
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia de conducción categoria C1, es de servicio púbico. Con dicha licencia puede conducir carro particular, siempre y cuando la licencia se encuentre vigente. De lo contrario deberá realizar la renovación de su licencia.</div>
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Confirme la vigencia de su licencia y si está vencida renuevela cuanto antes.</div>
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Si sólo conduce vehículo particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia de conducción categoria C1, es de servicio púbico. Con dicha licencia puede conducir carro particular, siempre y cuando la licencia se encuentre vigente. De lo contrario deberá realizar la renovación de su licencia.</div>
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Confirme la vigencia de su licencia y si está vencida renuevela cuanto antes.</div>
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Si sólo conduce vehículo particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Buen día, mi licencia es de color dorado con fecha de venc 2011 - marzo y solo manejo vehic particular, que debo hacer
Buen día, mi licencia es de color dorado con fecha de venc 2011 - marzo y solo manejo vehic particular, que debo hacer
Respuesta
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Buen día,</div>
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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria, ya que si su licencia es para conducir servicio público (anterior categoria 4, 5 o 6 ) y ésta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea de servicio público o particular.</div>
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Todas las licencias de conducción que en la categoria dice 4, 5, o 6 son para conducir servicio púbico. Si ésta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>
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Le recomiendo confirmar la categoria, dado que si se trata de licencia servicio paricular (categorias 1, 2 o 3) el decreto 019 de 2012 establece vigencia de 10 años para todas éstas, es decir estaría vigente hasta el año 2022.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
Buen día,</div>
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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria, ya que si su licencia es para conducir servicio público (anterior categoria 4, 5 o 6 ) y ésta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea de servicio público o particular.</div>
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Todas las licencias de conducción que en la categoria dice 4, 5, o 6 son para conducir servicio púbico. Si ésta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>
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Le recomiendo confirmar la categoria, dado que si se trata de licencia servicio paricular (categorias 1, 2 o 3) el decreto 019 de 2012 establece vigencia de 10 años para todas éstas, es decir estaría vigente hasta el año 2022.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
tengo licencia expedida desde 19 diciembre de 1995 color gris categoría 04, no conduzco publico debo renovarla como?
tengo licencia expedida desde 19 diciembre de 1995 color gris categoría 04, no conduzco publico debo renovarla como?
Respuesta
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Buen día,</div>
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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria, ya que si su licencia es para conducir servicio público (anterior categoria 4, 5 o 6 ) y ésta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea de servicio público o particular.</div>
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Todas las licencias de conducción que en la categoria dice 4, 5, o 6 son para conducir servicio púbico. Si ésta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>
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Si sólo conduce servicio particular le recomendamos realizar la renovación y recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años.</div>
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Los pasos para realizar el trámite de renovación de la licencia de conducción son:</div>
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Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.</div>
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Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
Buen día,</div>
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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria, ya que si su licencia es para conducir servicio público (anterior categoria 4, 5 o 6 ) y ésta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea de servicio público o particular.</div>
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Todas las licencias de conducción que en la categoria dice 4, 5, o 6 son para conducir servicio púbico. Si ésta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>
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Si sólo conduce servicio particular le recomendamos realizar la renovación y recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años.</div>
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Los pasos para realizar el trámite de renovación de la licencia de conducción son:</div>
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Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.</div>
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Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
en la ciudad de valledupar a que entidad me debo dirigir para empezar a hacer los tramites para vivienda por salario min
en la ciudad de valledupar a que entidad me debo dirigir para empezar a hacer los tramites para vivienda por salario min
Respuesta
En respuesta a su solicitud enviada a través del portal Urna de Cristal, le informamos que :
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.:
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.:
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
tengo el caso de tres familias que se encuentran en una situación de pobreza extrema que hacer para que obtengan una ay
tengo el caso de tres familias que se encuentran en una situación de pobreza extrema que hacer para que obtengan una ay
Respuesta
Buenos días,
De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:
http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/201320112877112
Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.
Cordialmente,
Área de Gestión de Servicio al Ciudadano - DPS
Subdirección General
De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:
http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/201320112877112
Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.
Cordialmente,
Área de Gestión de Servicio al Ciudadano - DPS
Subdirección General
BUENAS noches, cuales son los requisitos para una persona independiente y que no ha tenido vida crediticia, gracias
BUENAS noches, cuales son los requisitos para una persona independiente y que no ha tenido vida crediticia, gracias
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días Jenny</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relación a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de interés y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios mínimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya definió los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relación a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de interés y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios mínimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya definió los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
Si mi licencia es categoría 5,. Vencida, manejo solo particular, debo cambiarla?
Registrada:
Código:
2319
Si mi licencia es categoría 5,. Vencida, manejo solo particular, debo cambiarla?
Registrada:
Código:
2319
Respuesta
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Buen día,</div>
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Todas las licencias de conducción que en la categoria dice 5, son para conducir servicio púbico. Como ésta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea de servicio público o particular.</div>
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Si sólo conduce servicio particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
Buen día,</div>
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Todas las licencias de conducción que en la categoria dice 5, son para conducir servicio púbico. Como ésta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea de servicio público o particular.</div>
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Si sólo conduce servicio particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
por que el gobierno del precidente santos quiere quitarles llas ayudas humanitarias a los desplazados
por que el gobierno del precidente santos quiere quitarles llas ayudas humanitarias a los desplazados
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Olga</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Departamento de Prosperidad Social en: <a href="http://www.dps.gov.co/contactenos/contactenosPQR.aspx">http://www.dps.gov.co/contactenos/contactenosPQR.aspx</a>, donde podrás contactarte de manera directa con la mencionada institución y conocer los diferentes programas destinados para la población vulnerable en Colombia.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Departamento de Prosperidad Social en: <a href="http://www.dps.gov.co/contactenos/contactenosPQR.aspx">http://www.dps.gov.co/contactenos/contactenosPQR.aspx</a>, donde podrás contactarte de manera directa con la mencionada institución y conocer los diferentes programas destinados para la población vulnerable en Colombia.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
buenas como estan megustaria preguntarle el gobierno sobre el sucidio para bienificarse con una casa propia si una pers
buenas como estan megustaria preguntarle el gobierno sobre el sucidio para bienificarse con una casa propia si una pers
Respuesta
apreciado ciudadano:
En respuesta a su solicitud le informamos que esta no es lo suficientemente clara para poder emitir una respuesta de fondo por tal motivo le sugerimos aclarar su petición y enviarla al Ministerio de Vivienda Ciudad y territorio a Través de alguno de los siguientes canales de atención:
Chat institucional: a través de la página Web www.minvivienda.gov.co lunes a viernes de 9:00 am a 12:00 m
Correo electrónico correspondencia@minvivienda.gov.co
Ventanilla única de radicación: calle 18 N° 7-59 Bogotá lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm
Conmutador: (571) 3323434
Centro de contacto telefónico: 5953525 opción 1 – 8 Línea gratuita nacional 018000952525 opción 1 – 8
Fax: 2817327
En respuesta a su solicitud le informamos que esta no es lo suficientemente clara para poder emitir una respuesta de fondo por tal motivo le sugerimos aclarar su petición y enviarla al Ministerio de Vivienda Ciudad y territorio a Través de alguno de los siguientes canales de atención:
Chat institucional: a través de la página Web www.minvivienda.gov.co lunes a viernes de 9:00 am a 12:00 m
Correo electrónico correspondencia@minvivienda.gov.co
Ventanilla única de radicación: calle 18 N° 7-59 Bogotá lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm
Conmutador: (571) 3323434
Centro de contacto telefónico: 5953525 opción 1 – 8 Línea gratuita nacional 018000952525 opción 1 – 8
Fax: 2817327
Se debe refrendar, el pase si es categoría 04 y con fecha de vencimiento 2006- Mayo. Gracias
Registrada:
Código:
2314
Se debe refrendar, el pase si es categoría 04 y con fecha de vencimiento 2006- Mayo. Gracias
Registrada:
Código:
2314
Respuesta
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Buen día,</div>
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Sí. Debe renovarla! Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas cuanto antes. Quien tiene licencia de servicio público, puede conducir servicio particular mientras ésta se encuentre vigente.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
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Sí. Debe renovarla! Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas cuanto antes. Quien tiene licencia de servicio público, puede conducir servicio particular mientras ésta se encuentre vigente.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
como hago para obtener una beca para estudiar medicia, tengo 29 ños y soy instrumentadora quirurgica de la ciudad de cal
como hago para obtener una beca para estudiar medicia, tengo 29 ños y soy instrumentadora quirurgica de la ciudad de cal
Respuesta
Estimado ciudadano,
Atendiendo a su consulta sobre la posibilidad de una Beca para acceder a la Educación Superior, es necesario tener en cuenta que en virtud del principio de autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política Nacional (art. 69) y en la ley 30 de 1992, se reconoce a las instituciones de educación superior (IES) “(…) el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional”; por esta razón, los procesos de selección, admisión, asignación de apoyos económicos y/o becas a estudiantes son administrados por cada institución de educación superior de acuerdo a los criterios que cada una de estas tienen previstos en sus reglamentos.
Así mismo, es importante tener en cuenta que por disposición legal los recursos fiscales de la Nación destinados a becas o a créditos educativos universitarios en Colombia deben ser girados exclusivamente al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) y a él corresponde su administración; ésta es la única entidad autorizada y con plenas competencias para ofrecer créditos educativos y beneficios sobre los mismos.
Sin embargo y para atender a la inquietud de generación de posibilidades de acceso a la Educación Superior, es importante señalar el gobierno nacional ha definido acciones de financiación para las poblaciones que pertenezcan al nivel 1 ó 2 del SISBEN, versión II o su equivalente en la versión III del mismo. Dentro de estas acciones es importante resaltar el programa de Acceso con Calidad a la Educación Superior– ACCES. Ésta línea otorga crédito de carácter reembolsable, que le permite cubrir total o parcialmente los costos en programas académicos debidamente registrados en el Sistema Nacional del Información de la Educación Superior –SNIES. El crédito financia un porcentaje del valor de la matrícula de acuerdo a la clasificación socioeconómica por estrato del estudiante y el nivel correspondiente de SISBEN, en este caso el deudor solidario no requiere de bien raíz.
Los recursos del programa ACCES están orientados a crédito de matrícula o de sostenimiento:
Con relación al crédito de matrícula, el monto máximo de desembolso por semestre es de hasta once (11) salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada crédito educativo, y tiene un cubrimiento de acuerdo al tipo de programa de la siguiente manera:
Programas técnico profesionales, tecnológicos, Hasta el 100%
Programas universitarios estrato 1 ó 2 Hasta el 75%
Programas universitarios estrato 3, 4, 5 ó 6 Hasta el 50%
El desembolso para matrícula se le gira directamente a la institución de educación superior en la que va a estudiar.
En cuanto a los Subsidios de Sostenimiento se presentan las siguientes consideraciones:
• Para créditos solicitados a partir de enero de 2012, estará disponible un subsidio por $669.444 (seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos noventa y nueve pesos moneda corriente) por semestre, suma que se incrementará anualmente de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), le será girado directamente al estudiante.
• Este subsidio se le otorgará a todos los beneficiarios de esta línea de crédito que pertenezcan al nivel 1 ó 2 del SISBEN, versión II o su equivalente en la versión III del mismo.
Con relación al Crédito Destinado a Sostenimiento, podrán acceder al crédito destinado a sostenimiento los siguientes estudiantes:
Beneficiarios del crédito Educativo Pregrado en las modalidades ACCES, que realicen su programa académico en Instituciones Oficiales (públicas), o en instituciones privadas cuando tenga garantizada la matrícula a través de un reconocimiento al mérito académico y residan en el mismo municipio sede de la Institución de Educación Superior. La cuantía para cubrir el sostenimiento será de uno (1) a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes por semestre, y los que residan por fuera de su municipio recibirán de (1 a 5) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
Es importante señalar que a partir de la expedición de la Ley 1547 del 05 de Julio de 2012, se ha establecido que todos los estudiantes beneficiarios de créditos para educación superior de pregrado otorgados por el ICETEX, pertenecientes a estratos socioeconómicos 1,2 ó 3, se les concederá subsidio equivalente al ciento por ciento (100%) de los intereses generados por dicho crédito durante la vigencia del mismo. Por lo tanto, el beneficiario deberá asumir el pago sólo del valor del crédito solicitado actualizado con el IPC anual.
A los créditos adjudicados a partir del primer semestre de 2011 y a la graduación del programa académico, se les condonará el 25% del valor de la matrícula, para poder aplicar a esta condonación el estudiante debe pertenecer a la versión III del Sisbén, cumpliendo los puntajes por área establecidos por ICETEX; Los miembros de comunidades indígenas debidamente certificados, recibirán una condonación, cuando se gradúen, de hasta el 50% del valor de la matrícula y los miembros de poblaciones desplazadas o reintegradas debidamente certificados también recibirán una condonación, cuando se gradúen, de hasta del 25% del valor de la matrícula
Le invitamos a consultar información más detallada remitiéndose a la página Web: www.icetex.gov.co
Cordialmente,
Viceministerio de Educación Superior
Ministerio de Educación Nacional
Atendiendo a su consulta sobre la posibilidad de una Beca para acceder a la Educación Superior, es necesario tener en cuenta que en virtud del principio de autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política Nacional (art. 69) y en la ley 30 de 1992, se reconoce a las instituciones de educación superior (IES) “(…) el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional”; por esta razón, los procesos de selección, admisión, asignación de apoyos económicos y/o becas a estudiantes son administrados por cada institución de educación superior de acuerdo a los criterios que cada una de estas tienen previstos en sus reglamentos.
Así mismo, es importante tener en cuenta que por disposición legal los recursos fiscales de la Nación destinados a becas o a créditos educativos universitarios en Colombia deben ser girados exclusivamente al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) y a él corresponde su administración; ésta es la única entidad autorizada y con plenas competencias para ofrecer créditos educativos y beneficios sobre los mismos.
Sin embargo y para atender a la inquietud de generación de posibilidades de acceso a la Educación Superior, es importante señalar el gobierno nacional ha definido acciones de financiación para las poblaciones que pertenezcan al nivel 1 ó 2 del SISBEN, versión II o su equivalente en la versión III del mismo. Dentro de estas acciones es importante resaltar el programa de Acceso con Calidad a la Educación Superior– ACCES. Ésta línea otorga crédito de carácter reembolsable, que le permite cubrir total o parcialmente los costos en programas académicos debidamente registrados en el Sistema Nacional del Información de la Educación Superior –SNIES. El crédito financia un porcentaje del valor de la matrícula de acuerdo a la clasificación socioeconómica por estrato del estudiante y el nivel correspondiente de SISBEN, en este caso el deudor solidario no requiere de bien raíz.
Los recursos del programa ACCES están orientados a crédito de matrícula o de sostenimiento:
Con relación al crédito de matrícula, el monto máximo de desembolso por semestre es de hasta once (11) salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada crédito educativo, y tiene un cubrimiento de acuerdo al tipo de programa de la siguiente manera:
Programas técnico profesionales, tecnológicos, Hasta el 100%
Programas universitarios estrato 1 ó 2 Hasta el 75%
Programas universitarios estrato 3, 4, 5 ó 6 Hasta el 50%
El desembolso para matrícula se le gira directamente a la institución de educación superior en la que va a estudiar.
En cuanto a los Subsidios de Sostenimiento se presentan las siguientes consideraciones:
• Para créditos solicitados a partir de enero de 2012, estará disponible un subsidio por $669.444 (seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos noventa y nueve pesos moneda corriente) por semestre, suma que se incrementará anualmente de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), le será girado directamente al estudiante.
• Este subsidio se le otorgará a todos los beneficiarios de esta línea de crédito que pertenezcan al nivel 1 ó 2 del SISBEN, versión II o su equivalente en la versión III del mismo.
Con relación al Crédito Destinado a Sostenimiento, podrán acceder al crédito destinado a sostenimiento los siguientes estudiantes:
Beneficiarios del crédito Educativo Pregrado en las modalidades ACCES, que realicen su programa académico en Instituciones Oficiales (públicas), o en instituciones privadas cuando tenga garantizada la matrícula a través de un reconocimiento al mérito académico y residan en el mismo municipio sede de la Institución de Educación Superior. La cuantía para cubrir el sostenimiento será de uno (1) a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes por semestre, y los que residan por fuera de su municipio recibirán de (1 a 5) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
Es importante señalar que a partir de la expedición de la Ley 1547 del 05 de Julio de 2012, se ha establecido que todos los estudiantes beneficiarios de créditos para educación superior de pregrado otorgados por el ICETEX, pertenecientes a estratos socioeconómicos 1,2 ó 3, se les concederá subsidio equivalente al ciento por ciento (100%) de los intereses generados por dicho crédito durante la vigencia del mismo. Por lo tanto, el beneficiario deberá asumir el pago sólo del valor del crédito solicitado actualizado con el IPC anual.
A los créditos adjudicados a partir del primer semestre de 2011 y a la graduación del programa académico, se les condonará el 25% del valor de la matrícula, para poder aplicar a esta condonación el estudiante debe pertenecer a la versión III del Sisbén, cumpliendo los puntajes por área establecidos por ICETEX; Los miembros de comunidades indígenas debidamente certificados, recibirán una condonación, cuando se gradúen, de hasta el 50% del valor de la matrícula y los miembros de poblaciones desplazadas o reintegradas debidamente certificados también recibirán una condonación, cuando se gradúen, de hasta del 25% del valor de la matrícula
Le invitamos a consultar información más detallada remitiéndose a la página Web: www.icetex.gov.co
Cordialmente,
Viceministerio de Educación Superior
Ministerio de Educación Nacional
puedo conducir vehiculos particulares con mi licencia de conduccion para servicio publico vencida como lo venia haciend
puedo conducir vehiculos particulares con mi licencia de conduccion para servicio publico vencida como lo venia haciend
Respuesta
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Buen día,</div>
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No. Debe renovarla!</div>
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Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. Quien tiene licencia de servicio público, sólo puede conducir servicio particular mientras ésta se encuentre vigente. </div>
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Si sólo maneja particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
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Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. Quien tiene licencia de servicio público, sólo puede conducir servicio particular mientras ésta se encuentre vigente. </div>
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Si sólo maneja particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
la licencia con la categoria de moto y carro es por el valor de una sola licencia o el costo es por cada categoria?
la licencia con la categoria de moto y carro es por el valor de una sola licencia o el costo es por cada categoria?
Respuesta
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Buen día,</div>
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Recuerde que se trata de dos licencias diferentes, una es la licencia para conducir moto y otra la de vehículo, por lo tanto si requiere hacer la expedición o la renovación de las dos licencias deberá asumir los costos correspondientes, si el trámite lo realiza después del 15 de julio las dos licencias se verán reflejen en un el nuevo formato unificado.</div>
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Para la expedición o renovación de su licencia debe hacer el examen médico en un Centro de Reconocimiento Conductor CRC. Y para efectos de sacar las dos licencias deberá cancelar una única vez dicho examen, ya que éste es válido para las dos licencias (moto y vehículo).</div>
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Los costos de expedición y renovación dependen del organismo de tránsito de la ciudad donde realice el trámite, las tarifas las define el Conccejo Municipal o la Asamblea Departamental según corresponda.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
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Recuerde que se trata de dos licencias diferentes, una es la licencia para conducir moto y otra la de vehículo, por lo tanto si requiere hacer la expedición o la renovación de las dos licencias deberá asumir los costos correspondientes, si el trámite lo realiza después del 15 de julio las dos licencias se verán reflejen en un el nuevo formato unificado.</div>
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Para la expedición o renovación de su licencia debe hacer el examen médico en un Centro de Reconocimiento Conductor CRC. Y para efectos de sacar las dos licencias deberá cancelar una única vez dicho examen, ya que éste es válido para las dos licencias (moto y vehículo).</div>
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Los costos de expedición y renovación dependen del organismo de tránsito de la ciudad donde realice el trámite, las tarifas las define el Conccejo Municipal o la Asamblea Departamental según corresponda.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
MIncultura tiene contemplados otros apoyos para mejorar produccion del sptimo arte en Colombia???
Registrada:
Código:
2310
MIncultura tiene contemplados otros apoyos para mejorar produccion del sptimo arte en Colombia???
Registrada:
Código:
2310
Respuesta
<p> </p>
<p>Buenos días. Gracias por contactarse con esta entidad. El pasado 11 de julio, la directora de Cinematografía del Ministerio de Cultura, Adelfa Martínez, contestó en directo algunas preguntas relacionadas con su inquietud, desde el programa de Urna de Cristal de Presidencia de la República Amablemente lo invito a que lo mire y resuelva sus dudas. Para mayores informes debe comunicarse con MinCultura en el teléfono 3424100 exts. 1401 – 1407, en Bogotá o en el correo <a href="mailto:servicioalcliente@mincultura.gov.co">servicioalcliente@mincultura.gov.co</a></p>
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<p>Enlace del video: <a href="http://www.youtube.com/watch?v=Vg2D9Xlcjfc&feature=youtu.be">http://www.youtube.com/watch?v=Vg2D9Xlcjfc&feature=youtu.be</a></p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Jaime Acuña Lezama</p>
<p>@jacunalezama</p>
<p>Profesional Especializado</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano - Ministerio de Cultura</p>
<p>Teléfono: 3424100 exts. 1182 - 1184, en Bogotá - Colombia</p>
<p>Twitter del Grupo de Atención al Ciudadano: @atencioncultura</p>
<p>Buenos días. Gracias por contactarse con esta entidad. El pasado 11 de julio, la directora de Cinematografía del Ministerio de Cultura, Adelfa Martínez, contestó en directo algunas preguntas relacionadas con su inquietud, desde el programa de Urna de Cristal de Presidencia de la República Amablemente lo invito a que lo mire y resuelva sus dudas. Para mayores informes debe comunicarse con MinCultura en el teléfono 3424100 exts. 1401 – 1407, en Bogotá o en el correo <a href="mailto:servicioalcliente@mincultura.gov.co">servicioalcliente@mincultura.gov.co</a></p>
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<p>Enlace del video: <a href="http://www.youtube.com/watch?v=Vg2D9Xlcjfc&feature=youtu.be">http://www.youtube.com/watch?v=Vg2D9Xlcjfc&feature=youtu.be</a></p>
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<p>Cordial saludo,</p>
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<p>Jaime Acuña Lezama</p>
<p>@jacunalezama</p>
<p>Profesional Especializado</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano - Ministerio de Cultura</p>
<p>Teléfono: 3424100 exts. 1182 - 1184, en Bogotá - Colombia</p>
<p>Twitter del Grupo de Atención al Ciudadano: @atencioncultura</p>