Respuestas del Gobierno

Respuesta
Buen día,



El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoría de su licencia. Si su licencia es 4, efectivamente corresponde a una licencia para conducir servicio público y ésta se encuentra vencida, Su vigencia es de tres años. Debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular.



Quien tenga una licencia para conducir vehículos de servicio público vencida pero sólo conduzca particular, la debe renovar. Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 d de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.

Adicional recuerde que tiene tres meses para realizar dicha renovación si sólo conduce vehículo de servicio particular.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.

Respuesta
Apreciado ciudadano:



Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:

1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.

2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.



El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:

1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.

2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.

3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.

4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.

7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.

8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)



Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as</p>

<p class="rtejustify">Desde el 15 de julio circular&aacute; la <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/nueva-licencia-de-conduccion" target="_blank">nueva licencia de conducci&oacute;n</a> que tiene como caracter&iacute;stica el conservar el mismo n&uacute;mero de la c&eacute;dula del ciudadano. Si la licencia de conducci&oacute;n no est&aacute; vencida y no necesita recategorizarse no es necesario cambiar el documento.</p>

<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

<strong>Examen m&eacute;dico</strong></li>

<li class="rtejustify">

<strong>Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito</strong></li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify"><strong>Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, e</strong>l <a href="https://dl.dropboxusercontent.com/u/42450478/Dec1910012012.pdf" target="_blank"><strong>Decreto 019 de 2012</strong></a> defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify"><strong>Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</strong></p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa Urna de Cristal TV y programa de radio en Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
Buen día,



El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoría de su licencia. Si su licencia es 4, efectivamente corresponde a una licencia para conducir servicio público y ésta se encuentra vencida, Su vigencia es de tres años. Debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.

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respetado ciudadano:



en respuesta a su solicitud le informamos que.



frente al tema del program de vivienda de interes prioritario para ahorradores es requisito indispensable contar con un credito preapobado, ante lo cual es competencia de las entidades financieras determinar si lo otorga o no dicho credito de acuerdo a su situacion financiera en las centrales de riesgo y datacredito.
Respuesta
Buen día,



Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. Y como su licencia está vigente hasta 2014 no tiene ningún inconveniente para conducir cualquier tipo de vehículo. Recuerde en el 2014 hacer la renovación incluso si sólo conduce vehículo particular.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes H&eacute;ctor</p>

<p class="rtejustify">Desde el 15 de julio circular&aacute; la <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/nueva-licencia-de-conduccion" target="_blank">nueva licencia de conducci&oacute;n</a> que tiene como caracter&iacute;stica el conservar el mismo n&uacute;mero de la c&eacute;dula del ciudadano. Si la licencia de conducci&oacute;n no est&aacute; vencida y no necesita recategorizarse no es necesario cambiar el documento.</p>

<p class="rtejustify">En caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>

<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>

<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Examen m&eacute;dico:</li>

<li class="rtejustify">

Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>

<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>

<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
Buen día,



Debe verificar la categoria de su licencia, ya que si es para conducir servicio público (Antiguas categorias 4, 5 y 6 , o Nueva C1, C2,C3) ésta se encuentra vencida y debe renovarla para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular. Si es servicio público después de los 60 deberá realizar la renovación cada año.



Si su licencia de conducción corresponde a una Licencia de Conducción para vehículo particular (Antiguo 1,2 o 3; Nueva A1, A2, B1, B2, B3), y teniendo en cuenta su edad, ésta tiene vigencia hasta que usted cumpla los 65 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012. Y la siguiente renovación será 5 años después.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
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Buenas tardes sr. Ramírez:



Atentamente le informo que segun nos informa la Superintendencia Nacional de Salud, conociendo su caso de posibles barreras de acceso a medicina especializada con Neurología por parte de la EPS COOMEVA, dicha entidad gestionóy logró asignación de cita para el día 29 de agosto, situación que se le informo oportunamente.



De todas formas, la Superintendencia Nacional estará atenta a cualquier inconsistencia que se presente en su cita con Neurología.



Cordial saludo,



Grupo de Atención al Ciudadano



Respuesta
Buen día,



Su licencia C1 corresponde a servicio público, y tiene vigencia hasta noviembre de 2015 fecha en la que podrá realizar la renovación por vencimiento.



Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.

Respuesta
Apreciado ciudadano:



Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:

1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.

2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.



El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:

1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.

2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.

3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.

4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.

7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.

8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)



Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.

Respuesta
Apreciado ciudadano:



Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:

1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.

2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.



El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:

1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.

2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.

3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.

4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.

7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.

8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)



Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.

Respuesta
Apreciado ciudadano:



Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:

1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.

2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.



El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:

1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.

2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.

3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.

4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.

7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.

8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)



Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. En ese caso, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que en el siguiente enlace sabr&aacute;s c&oacute;mo desarrollar tu denuncia: <a href="http://bit.ly/nb0ASS">http://bit.ly/nb0ASS</a>.&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
Buen día,



Debe verificar la categoria de su licencia, ya que si es para conducir servicio público (Antiguas categorias 4, 5 y 6 , o Nueva C1, C2,C3) ésta se encuentra vencida y debe renovarla para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular.



Si su licencia de conducción no registra fecha de vencimiento muy seguramente corresponde a una Licencia de Conducción para vehículo particular (Antiguo 1,2 o 3; Nueva (A1, A2, B1, B2, B3), la cual tiene una vigencia de 10 años a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012, esto quiere decir que tiene vigencia hasta el año 2022.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Respuesta
Apreciado ciudadano:



Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:

1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.

2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.



El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:

1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.

2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.

3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.

4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.

7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.

8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)



Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jenny</p>

<p class="rtejustify">Atendiendo tu solicitud, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar las frecuencias radiales donde podr&aacute;s escuchas Urna de Cristal Radio a trav&eacute;s de Se&ntilde;al Radio Colombia las podr&aacute;s encontrar en http://www.senalradiocolombia.gov.co/. As&iacute; mismo el programa de Urna de Cristal Radio podr&aacute;s escuhcarlo todos los miercoles a las 3:30 pm., a trav&eacute;s del mismo enlace.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
Apreciado ciudadano:



Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:

1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.

2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.



El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:

1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.

2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.

3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.

4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.

7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.

8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)



Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.

Respuesta
Apreciado ciudadano:



Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:

1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.

2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.



El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:

1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.

2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.

3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.

4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.

7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.

8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)



Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Sandra</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relaci&oacute;n a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>

<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de inter&eacute;s y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios m&iacute;nimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya defini&oacute; los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify"><br />

Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Su licencia de conducci&oacute;n categoria C1, es para conducir servicio p&uacute;bico. Como &eacute;sta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de veh&iacute;culo, ya sea de servicio p&uacute;blico o particular.</div>

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&nbsp;</div>

<div>

Si s&oacute;lo conduce servicio particular le recomendamos realizar la recategorizaci&oacute;n de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os.</div>

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&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Su licencia de conducci&oacute;n categoria C2, es para conducir servicio p&uacute;bico. Con dicha licencia puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. De lo contrario deber&aacute; realizar la renovaci&oacute;n de su licencia. Es decir que en el 2014 debe hacer la renovaci&oacute;n.</div>

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Si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular le recomendamos realizar la recategorizaci&oacute;n de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
Buen día,



Sí su licencia se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular. Recuerde que tiene tres meses (hasta octubre 15 de 2013) para realizar dicha renovación si sólo conduce vehículo de servicio particular.



Quien tenga una licencia para conducir vehículos de servicio público vencida pero sólo conduzca particular, la debe renovar. Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria, ya que si su licencia es para conducir servicio p&uacute;blico (anterior categoria 4, 5 o 6 ) y &eacute;sta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de veh&iacute;culo, ya sea de servicio p&uacute;blico o particular.</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n que en la categoria dice 5, son para conducir servicio p&uacute;bico. Si &eacute;sta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>

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Le recomiendo confirmar la categoria, dado que si se trata de licencia servicio paricular (categorias 1, 2 o 3) el decreto 019 de 2012 establece vigencia de 10 a&ntilde;os para todas &eacute;stas, es decir estar&iacute;a vigente hasta el a&ntilde;o 2022.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
Buen día,



Recuerde que cada categoría de licencia de conducción tiene ciertos permisos. La categoria 3 o nueva categoria B1 son para automoviles, camperos, camionetas y microbueses de servcio particular únicamente. Si la licencia fue expedida previo a enero de 2012 tendrá vigencia hasta el 9 e enero de 2022, si fue expedida posteriormente, tiene vvigecia de 10 años a partir de la fecha de expedición.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600



Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Respuesta
Buen día,



Recuerde que cada categoría de licencia de conducción tiene ciertos permisos. La categoria 3 o nueva categoria B1 son para automoviles, camperos, camionetas y microbueses de servcio particular únicamente. Si la licencia fue expedida previo a enero de 2012 tendrá vigencia hasta el 9 e enero de 2022, si fue expedida posteriormente, tiene vvigecia de 10 años a partir de la fecha de expedición.



Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600



Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Su licencia de conducci&oacute;n categoria C1, es de servicio p&uacute;bico. Con dicha licencia puede conducir carro particular, siempre y cuando la licencia se encuentre vigente. De lo contrario deber&aacute; realizar la renovaci&oacute;n de su licencia.</div>

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Confirme la vigencia de su licencia y si est&aacute; vencida renuevela cuanto antes.</div>

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Si s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular le recomendamos realizar la recategorizaci&oacute;n de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria, ya que si su licencia es para conducir servicio p&uacute;blico (anterior categoria 4, 5 o 6 ) y &eacute;sta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de veh&iacute;culo, ya sea de servicio p&uacute;blico o particular.</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n que en la categoria dice 4, 5, o 6 son para conducir servicio p&uacute;bico. Si &eacute;sta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>

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Le recomiendo confirmar la categoria, dado que si se trata de licencia servicio paricular (categorias 1, 2 o 3) el decreto 019 de 2012 establece vigencia de 10 a&ntilde;os para todas &eacute;stas, es decir estar&iacute;a vigente hasta el a&ntilde;o 2022.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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El color de su licencia no importa, lo que debe verificar es la categoria, ya que si su licencia es para conducir servicio p&uacute;blico (anterior categoria 4, 5 o 6 ) y &eacute;sta se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de veh&iacute;culo, ya sea de servicio p&uacute;blico o particular.</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n que en la categoria dice 4, 5, o 6 son para conducir servicio p&uacute;bico. Si &eacute;sta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes.</div>

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Si s&oacute;lo conduce servicio particular le recomendamos realizar la renovaci&oacute;n y recategorizaci&oacute;n de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os.</div>

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Los pasos para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n son:</div>

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Paso 1: Ac&eacute;rquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC &nbsp;habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen m&eacute;dico donde verifican sus condiciones f&iacute;sicas, s&iacute;quicas y motrices. El Centro de Reconocimiento env&iacute;a el resultado de ese examen al RUNT.</div>

<div>

Paso 2: Dir&iacute;jase al Organismo de Tr&aacute;nsito para realizar la renovaci&oacute;n, all&iacute; le tomar&aacute;n la foto y le indicar&aacute;n el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducci&oacute;n.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
En respuesta a su solicitud enviada a través del portal Urna de Cristal, le informamos que :

Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:



1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.

2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.:



El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:



1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.

2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.

3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.

4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.

6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.

7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.

8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)



Por lo anterior, solicitemos a los hogares interesados a acceder a este programa estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.

Respuesta
Buenos días,



De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:



http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/201320112877112



Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.



Cordialmente,



Área de Gestión de Servicio al Ciudadano - DPS

Subdirección General

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Jenny</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relaci&oacute;n a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>

<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de inter&eacute;s y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios m&iacute;nimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya defini&oacute; los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify"><br />

Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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&nbsp;</div>

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Todas las licencias de conducci&oacute;n que en la categoria dice 5, son para conducir servicio p&uacute;bico. Como &eacute;sta se encuentra vencida debe ser renovada cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de veh&iacute;culo, ya sea de servicio p&uacute;blico o particular.</div>

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Si s&oacute;lo conduce servicio particular le recomendamos realizar la recategorizaci&oacute;n de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Olga</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. Para saber c&oacute;mo, te invitamos a que visites el portal del Departamento de Prosperidad Social en: <a href="http://www.dps.gov.co/contactenos/contactenosPQR.aspx">http://www.dps.gov.co/contactenos/contactenosPQR.aspx</a>, donde podr&aacute;s contactarte de manera directa con la mencionada instituci&oacute;n y conocer los diferentes programas destinados para la poblaci&oacute;n vulnerable en Colombia.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
apreciado ciudadano:

En respuesta a su solicitud le informamos que esta no es lo suficientemente clara para poder emitir una respuesta de fondo por tal motivo le sugerimos aclarar su petición y enviarla al Ministerio de Vivienda Ciudad y territorio a Través de alguno de los siguientes canales de atención:

Chat institucional: a través de la página Web www.minvivienda.gov.co lunes a viernes de 9:00 am a 12:00 m

Correo electrónico correspondencia@minvivienda.gov.co

Ventanilla única de radicación: calle 18 N° 7-59 Bogotá lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm

Conmutador: (571) 3323434

Centro de contacto telefónico: 5953525 opción 1 – 8 Línea gratuita nacional 018000952525 opción 1 – 8

Fax: 2817327

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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S&iacute;. Debe renovarla! Todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas cuanto antes. Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico, puede conducir servicio particular mientras &eacute;sta se encuentre vigente.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
Estimado ciudadano,



Atendiendo a su consulta sobre la posibilidad de una Beca para acceder a la Educación Superior, es necesario tener en cuenta que en virtud del principio de autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política Nacional (art. 69) y en la ley 30 de 1992, se reconoce a las instituciones de educación superior (IES) “(…) el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional”; por esta razón, los procesos de selección, admisión, asignación de apoyos económicos y/o becas a estudiantes son administrados por cada institución de educación superior de acuerdo a los criterios que cada una de estas tienen previstos en sus reglamentos.



Así mismo, es importante tener en cuenta que por disposición legal los recursos fiscales de la Nación destinados a becas o a créditos educativos universitarios en Colombia deben ser girados exclusivamente al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) y a él corresponde su administración; ésta es la única entidad autorizada y con plenas competencias para ofrecer créditos educativos y beneficios sobre los mismos.



Sin embargo y para atender a la inquietud de generación de posibilidades de acceso a la Educación Superior, es importante señalar el gobierno nacional ha definido acciones de financiación para las poblaciones que pertenezcan al nivel 1 ó 2 del SISBEN, versión II o su equivalente en la versión III del mismo. Dentro de estas acciones es importante resaltar el programa de Acceso con Calidad a la Educación Superior– ACCES. Ésta línea otorga crédito de carácter reembolsable, que le permite cubrir total o parcialmente los costos en programas académicos debidamente registrados en el Sistema Nacional del Información de la Educación Superior –SNIES. El crédito financia un porcentaje del valor de la matrícula de acuerdo a la clasificación socioeconómica por estrato del estudiante y el nivel correspondiente de SISBEN, en este caso el deudor solidario no requiere de bien raíz.



Los recursos del programa ACCES están orientados a crédito de matrícula o de sostenimiento:



Con relación al crédito de matrícula, el monto máximo de desembolso por semestre es de hasta once (11) salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada crédito educativo, y tiene un cubrimiento de acuerdo al tipo de programa de la siguiente manera:



Programas técnico profesionales, tecnológicos, Hasta el 100%

Programas universitarios estrato 1 ó 2 Hasta el 75%

Programas universitarios estrato 3, 4, 5 ó 6 Hasta el 50%



El desembolso para matrícula se le gira directamente a la institución de educación superior en la que va a estudiar.



En cuanto a los Subsidios de Sostenimiento se presentan las siguientes consideraciones:



• Para créditos solicitados a partir de enero de 2012, estará disponible un subsidio por $669.444 (seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos noventa y nueve pesos moneda corriente) por semestre, suma que se incrementará anualmente de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), le será girado directamente al estudiante.

• Este subsidio se le otorgará a todos los beneficiarios de esta línea de crédito que pertenezcan al nivel 1 ó 2 del SISBEN, versión II o su equivalente en la versión III del mismo.



Con relación al Crédito Destinado a Sostenimiento, podrán acceder al crédito destinado a sostenimiento los siguientes estudiantes:



Beneficiarios del crédito Educativo Pregrado en las modalidades ACCES, que realicen su programa académico en Instituciones Oficiales (públicas), o en instituciones privadas cuando tenga garantizada la matrícula a través de un reconocimiento al mérito académico y residan en el mismo municipio sede de la Institución de Educación Superior. La cuantía para cubrir el sostenimiento será de uno (1) a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes por semestre, y los que residan por fuera de su municipio recibirán de (1 a 5) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).



Es importante señalar que a partir de la expedición de la Ley 1547 del 05 de Julio de 2012, se ha establecido que todos los estudiantes beneficiarios de créditos para educación superior de pregrado otorgados por el ICETEX, pertenecientes a estratos socioeconómicos 1,2 ó 3, se les concederá subsidio equivalente al ciento por ciento (100%) de los intereses generados por dicho crédito durante la vigencia del mismo. Por lo tanto, el beneficiario deberá asumir el pago sólo del valor del crédito solicitado actualizado con el IPC anual.



A los créditos adjudicados a partir del primer semestre de 2011 y a la graduación del programa académico, se les condonará el 25% del valor de la matrícula, para poder aplicar a esta condonación el estudiante debe pertenecer a la versión III del Sisbén, cumpliendo los puntajes por área establecidos por ICETEX; Los miembros de comunidades indígenas debidamente certificados, recibirán una condonación, cuando se gradúen, de hasta el 50% del valor de la matrícula y los miembros de poblaciones desplazadas o reintegradas debidamente certificados también recibirán una condonación, cuando se gradúen, de hasta del 25% del valor de la matrícula



Le invitamos a consultar información más detallada remitiéndose a la página Web: www.icetex.gov.co



Cordialmente,



Viceministerio de Educación Superior

Ministerio de Educación Nacional
Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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No. Debe renovarla!</div>

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Todas las licencias de servicio p&uacute;blico que se encuentren vencidas deben ser renovadas. Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico, s&oacute;lo puede conducir servicio particular mientras &eacute;sta se encuentre vigente.&nbsp;</div>

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Si s&oacute;lo maneja particular le recomendamos realizar la recategorizaci&oacute;n de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 a&ntilde;os mientras que las de servicio p&uacute;blico tienen vigencia de 3 a&ntilde;os.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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Recuerde que se trata de dos licencias diferentes, una es la licencia para conducir moto y otra la de veh&iacute;culo, por lo tanto si requiere hacer la expedici&oacute;n o la renovaci&oacute;n de las dos licencias deber&aacute; asumir los costos correspondientes, si el tr&aacute;mite lo realiza despu&eacute;s del 15 de julio las dos licencias se ver&aacute;n reflejen en un el nuevo formato unificado.</div>

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Para la expedici&oacute;n o renovaci&oacute;n de su licencia debe hacer el examen m&eacute;dico en un Centro de Reconocimiento Conductor CRC. Y para efectos de sacar las dos licencias deber&aacute; cancelar una &uacute;nica vez dicho examen, ya que &eacute;ste es v&aacute;lido para las dos licencias (moto y veh&iacute;culo).</div>

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Los costos de expedici&oacute;n y renovaci&oacute;n dependen del organismo de tr&aacute;nsito de la ciudad donde realice el tr&aacute;mite, las tarifas las define el Conccejo Municipal o la Asamblea Departamental seg&uacute;n corresponda.</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte link Atenci&oacute;n al ciudadano, ABC de la Renovaci&oacute;n: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>

Respuesta
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<p>Buenos d&iacute;as. Gracias por contactarse con esta entidad. El pasado 11 de julio, la directora de Cinematograf&iacute;a del Ministerio de Cultura, Adelfa Mart&iacute;nez, contest&oacute; en directo algunas preguntas relacionadas con su inquietud, desde el programa de Urna de Cristal de Presidencia de la Rep&uacute;blica Amablemente lo invito a que lo mire y resuelva sus dudas. Para mayores informes debe comunicarse con MinCultura en el tel&eacute;fono 3424100 exts. 1401 &ndash; 1407, en Bogot&aacute; o en el correo <a href="mailto:servicioalcliente@mincultura.gov.co">servicioalcliente@mincultura.gov.co</a></p>

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<p>Enlace del video: <a href="http://www.youtube.com/watch?v=Vg2D9Xlcjfc&amp;feature=youtu.be">http://www.youtube.com/watch?v=Vg2D9Xlcjfc&amp;feature=youtu.be</a></p>

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<p>Cordial saludo,</p>

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<p>Jaime Acu&ntilde;a Lezama</p>

<p>@jacunalezama</p>

<p>Profesional Especializado</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano - Ministerio de Cultura</p>

<p>Tel&eacute;fono: 3424100 exts. 1182 - 1184, en Bogot&aacute; - Colombia</p>

<p>Twitter del Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano: @atencioncultura</p>