¿Qué quieres saber sobre la nueva licencia de conducción? ¿Cuáles son tus dudas sobre la renovación del documento?
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Desde el próximo 15 de julio entrará en vigencia un nuevo formato de la licencia de conducción, el cual unificara las categorías en un solo documento. Adicionalmente debes saber que gracias al Decreto Ley Antitrámites la vigencia para el documento de conducción de carros particulares se extendió a 10 años. Participa y déjanos tus preguntas, opiniones y comentarios sobre esta temática,.
si tengo la licencia c2 y vence en el 2014 y no la renuevo puedo manejar vehiculo particular o debo renovarla
El gobierno response
Urna de Cristal
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Buen día,</div>
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Su licencia de conducción categoria C2, es para conducir servicio púbico. Con dicha licencia puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. De lo contrario deberá realizar la renovación de su licencia. Es decir que en el 2014 debe hacer la renovación.</div>
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Si sólo conduce vehículo particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia de conducción categoria C2, es para conducir servicio púbico. Con dicha licencia puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. De lo contrario deberá realizar la renovación de su licencia. Es decir que en el 2014 debe hacer la renovación.</div>
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Si sólo conduce vehículo particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
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