Qué responsabilidad tiene el distrito militar cuando pierden una carpeta con toda la documentación? Dónde me quejo?
Qué responsabilidad tiene el distrito militar cuando pierden una carpeta con toda la documentación? Dónde me quejo?
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p><em> Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente</em>:</p>
<p>Permítame indicarle que puede radicar queja en el portal WEB <a href="http://www.ejercito.mil.co/">www.ejercito.mil.co</a>.</p>
<p><em> Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente</em>:</p>
<p>Permítame indicarle que puede radicar queja en el portal WEB <a href="http://www.ejercito.mil.co/">www.ejercito.mil.co</a>.</p>
Si desconozco el paradero de mi padre, por qué me obligan presentar papeles de él? Tengo otra alternativa?
Si desconozco el paradero de mi padre, por qué me obligan presentar papeles de él? Tengo otra alternativa?
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p><em> Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>Sea el caso comunicarle que dicha obligación es reglamentada por el Decreto 2124 de 2008 y no existe otra alternativa.</p>
<p><em> Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>Sea el caso comunicarle que dicha obligación es reglamentada por el Decreto 2124 de 2008 y no existe otra alternativa.</p>
Por que no se sancionan a los que inician quemas si existe la ley que lo prohíbe. con uno solo que se castigue aprendere
Por que no se sancionan a los que inician quemas si existe la ley que lo prohíbe. con uno solo que se castigue aprendere
Respuesta
<p>De antemano agradecemos su interes por las tematicas ambientales, de igual manera con respecto a su pregunta es importante mencionar ,que de acuerdo a estipulado en las normas y funciones de las entidades del SINA, esto corresponde a la Autoridades ambientales y a los entes territoriales, las cuales han generado acciones tendientes a controlar estas situaciones de impacto ambiental.</p>
Qué documento se reporta en caso de que el padre no conviva con el interesado diferente a CC, C de Defunción y Demanda?
Qué documento se reporta en caso de que el padre no conviva con el interesado diferente a CC, C de Defunción y Demanda?
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p><em> Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente</em> :</p>
<p>Al caso le comunico que también puede anexar copia del radicado de la denuncia penal por Inasistencia Alimentaria.</p>
<p><em> Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente</em> :</p>
<p>Al caso le comunico que también puede anexar copia del radicado de la denuncia penal por Inasistencia Alimentaria.</p>
Que se necesita para hacer válido el campo de egresos de dependientes? Mi mama me mantiene soy discapacitada psiquiatric
Que se necesita para hacer válido el campo de egresos de dependientes? Mi mama me mantiene soy discapacitada psiquiatric
Respuesta
<p>A continuación se señalan de manera general las personas que se consideran dependientes del contribuyente:</p>
<p style="margin-left:36.0pt;">• Hijos hasta <strong>18 años</strong></p>
<p style="margin-left:36.0pt;">• Hijos entre <strong>18-23 a los que el contribuyente les financia su educación.</strong></p>
<p style="margin-left:36.0pt;">• Hijos <strong>> 23 con dependencia del contribuyente por factores físicos/psicológicos</strong></p>
<p style="margin-left:36.0pt;">• Cónyuge o compañeros permanentes en situación de dependencia del contribuyente por <strong>ausencia ingresos o < de 260 UVT, o por factores físicos o psic.</strong></p>
<p style="margin-left:36.0pt;">• Padres / hermanos en situación dependencia por <strong>ausencia ingresos o < de 260 UVT al año o factores físicos o psi.</strong></p>
<p style="margin-left:36.0pt;">• Hijos hasta <strong>18 años</strong></p>
<p style="margin-left:36.0pt;">• Hijos entre <strong>18-23 a los que el contribuyente les financia su educación.</strong></p>
<p style="margin-left:36.0pt;">• Hijos <strong>> 23 con dependencia del contribuyente por factores físicos/psicológicos</strong></p>
<p style="margin-left:36.0pt;">• Cónyuge o compañeros permanentes en situación de dependencia del contribuyente por <strong>ausencia ingresos o < de 260 UVT, o por factores físicos o psic.</strong></p>
<p style="margin-left:36.0pt;">• Padres / hermanos en situación dependencia por <strong>ausencia ingresos o < de 260 UVT al año o factores físicos o psi.</strong></p>
como y donde consigo el formulario para el auxilio de desempleo que otorga el gobierno y a donde lo llevo?muchas gracias
como y donde consigo el formulario para el auxilio de desempleo que otorga el gobierno y a donde lo llevo?muchas gracias
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Para iniciar los trámites del Mecanismo de Protección al Cesante, usted debe dirigirse a la Caja de Compensación Familiar del lugar de su residencia.</p>
<p>La Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante y estableció que su finalidad es articular y ejecutar un sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo y facilitar la reinserción de la población cesante en el mercado laboral, los requisitos para acceder a los beneficios están consagrados en el artículo 13 de la citada Ley.</p>
<p>El gobierno nacional expidió el decreto 2113 del 27 de septiembre de 2013 por el cual se reglamentan los artículos 2, 6 y 29 de la Ley 1636 de 2013; posteriormente se expidió el decreto 2852 de 2013 por el cual se reglamenta el Servicio Público de Empleo y el régimen de prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante, y se dictan otras disposiciones. Por último se expidió el decreto 135 del 31 de enero de 2014 por el cual se desarrolla el esquema de ahorro de cesantías, se establece el beneficio económico proporcional al ahorro en el Mecanismo de Protección al Cesante y se dictan otras disposiciones.</p>
<p>Por lo anterior lo invito muy cordialmente a consultar la mencionada ley y los decretos con el fin de resolver sus interrogantes. </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>MINISTERIO DE TRABAJO</p>
<p>Para iniciar los trámites del Mecanismo de Protección al Cesante, usted debe dirigirse a la Caja de Compensación Familiar del lugar de su residencia.</p>
<p>La Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante y estableció que su finalidad es articular y ejecutar un sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo y facilitar la reinserción de la población cesante en el mercado laboral, los requisitos para acceder a los beneficios están consagrados en el artículo 13 de la citada Ley.</p>
<p>El gobierno nacional expidió el decreto 2113 del 27 de septiembre de 2013 por el cual se reglamentan los artículos 2, 6 y 29 de la Ley 1636 de 2013; posteriormente se expidió el decreto 2852 de 2013 por el cual se reglamenta el Servicio Público de Empleo y el régimen de prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante, y se dictan otras disposiciones. Por último se expidió el decreto 135 del 31 de enero de 2014 por el cual se desarrolla el esquema de ahorro de cesantías, se establece el beneficio económico proporcional al ahorro en el Mecanismo de Protección al Cesante y se dictan otras disposiciones.</p>
<p>Por lo anterior lo invito muy cordialmente a consultar la mencionada ley y los decretos con el fin de resolver sus interrogantes. </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>MINISTERIO DE TRABAJO</p>
Tiene alguna propuesta para evitar que la asignatura de religión tenga una alternativa válida en las escuelas públicas?
Tiene alguna propuesta para evitar que la asignatura de religión tenga una alternativa válida en las escuelas públicas?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>
<p> </p>
<p>Si su pregunta se refiere a los planes alternativos a la Educación Religiosa que deben ofrecer los establecimientos educativos, hay que señalar que estos programas deben estar previstos en el PEI y sus propósitos deben ser similares a los objetivos planteados para la enseñanza de la Educación Religiosa, a saber, el desarrollo de valores, de actitudes reflexivas, críticas y respetuosas frente a la actividad religiosa y la formación de criterios para que los estudiantes decidan con responsabilidad y libertad ante los valores. En ningún caso los programas abordaran cuestiones curriculares de las otras áreas.</p>
<p> </p>
<p>En este sentido, los establecimientos pueden plantear, entre otros, lo siguiente:</p>
<p> </p>
<p>1. Un programa alternativo relacionado con la construcción de la Paz y la Reconciliación. En este caso los estudiantes buscarán la construcción y el desarrollo de ambientes de paz que tengan incidencia en la comunidad. En este orden de ideas, puede trabajarse en proyectos de aula que prevengan la violencia y desarrollen actitudes de solidaridad y convivencia.</p>
<p>2. El análisis y comentario a diferentes manifestaciones literarias, plásticas y musicales relacionadas con valores planteados en el PEI de la institución.</p>
<p>3. El análisis de las características generales de toda experiencia religiosa, su relación con las ciencias humanas y con la sociedad, sin centrarse en un credo ni en la búsqueda del adoctrinamiento.</p>
<p>4. El desarrollo de programas de promoción humana en los que los estudiantes fortalezcan el compromiso ético con la comunidad.</p>
<p>5. El análisis, discusión y reflexión en torno a experiencias fecundas y significativas realizadas en diversos lugares y que hayan propuesto nuevos caminos de construcción de la Reconciliación y la Paz.</p>
<p>6. La construcción de un proyecto de vida personal, fundamentado en principios y valores relacionados con la libertad, el respeto y la solidaridad.</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Dirección de Calidad de Preescolar, Básica y Media</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
<p> </p>
<p>Si su pregunta se refiere a los planes alternativos a la Educación Religiosa que deben ofrecer los establecimientos educativos, hay que señalar que estos programas deben estar previstos en el PEI y sus propósitos deben ser similares a los objetivos planteados para la enseñanza de la Educación Religiosa, a saber, el desarrollo de valores, de actitudes reflexivas, críticas y respetuosas frente a la actividad religiosa y la formación de criterios para que los estudiantes decidan con responsabilidad y libertad ante los valores. En ningún caso los programas abordaran cuestiones curriculares de las otras áreas.</p>
<p> </p>
<p>En este sentido, los establecimientos pueden plantear, entre otros, lo siguiente:</p>
<p> </p>
<p>1. Un programa alternativo relacionado con la construcción de la Paz y la Reconciliación. En este caso los estudiantes buscarán la construcción y el desarrollo de ambientes de paz que tengan incidencia en la comunidad. En este orden de ideas, puede trabajarse en proyectos de aula que prevengan la violencia y desarrollen actitudes de solidaridad y convivencia.</p>
<p>2. El análisis y comentario a diferentes manifestaciones literarias, plásticas y musicales relacionadas con valores planteados en el PEI de la institución.</p>
<p>3. El análisis de las características generales de toda experiencia religiosa, su relación con las ciencias humanas y con la sociedad, sin centrarse en un credo ni en la búsqueda del adoctrinamiento.</p>
<p>4. El desarrollo de programas de promoción humana en los que los estudiantes fortalezcan el compromiso ético con la comunidad.</p>
<p>5. El análisis, discusión y reflexión en torno a experiencias fecundas y significativas realizadas en diversos lugares y que hayan propuesto nuevos caminos de construcción de la Reconciliación y la Paz.</p>
<p>6. La construcción de un proyecto de vida personal, fundamentado en principios y valores relacionados con la libertad, el respeto y la solidaridad.</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Dirección de Calidad de Preescolar, Básica y Media</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
En los soportes de liquidación si no soy ni empleado, ni independiente ¿qué debo hacer?
Registrada:
Código:
5341
En los soportes de liquidación si no soy ni empleado, ni independiente ¿qué debo hacer?
Registrada:
Código:
5341
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p><em> Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente</em></p>
<p> </p>
<p> Le comunico que el proceso de liquidación de la cuota de compensación militar se elabora de conformidad con lo descrito en el Decreto 2124 de 2008, A<strong>RTICULOS 8 Y 9</strong></p>
<p style="margin-left: 36pt;"><strong><em>Parágrafo 1</em></strong><em>°. En caso de argumentar deudas hipotecarias, se debe anexar la certificación bancaria del crédito especificando el estado actual de la obligación a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la clasificación.</em></p>
<p style="margin-left: 35.45pt;"> </p>
<p style="margin-left: 35.45pt;"><strong><em>Parágrafo 2°</em></strong><em>. En todos los casos las autoridades de reclutamiento para efectos de aceptación de los documentos presentados por el ciudadano, procederán a determinar mediante comprobación detallada los verdaderos ingresos y patrimonio líquido del contribuyente, con el fin de liquidar correctamente la cuota de compensación militar que le corresponde.”</em></p>
<p> </p>
<p style="margin-left: 36pt;">Así las cosas le informo que los únicos documentos válidos para efectuar la liquidación de la cuota de compensación militar son los taxativamente descritos en la Ley.</p>
<p><em> Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente</em></p>
<p> </p>
<p> Le comunico que el proceso de liquidación de la cuota de compensación militar se elabora de conformidad con lo descrito en el Decreto 2124 de 2008, A<strong>RTICULOS 8 Y 9</strong></p>
<p style="margin-left: 36pt;"><strong><em>Parágrafo 1</em></strong><em>°. En caso de argumentar deudas hipotecarias, se debe anexar la certificación bancaria del crédito especificando el estado actual de la obligación a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la clasificación.</em></p>
<p style="margin-left: 35.45pt;"> </p>
<p style="margin-left: 35.45pt;"><strong><em>Parágrafo 2°</em></strong><em>. En todos los casos las autoridades de reclutamiento para efectos de aceptación de los documentos presentados por el ciudadano, procederán a determinar mediante comprobación detallada los verdaderos ingresos y patrimonio líquido del contribuyente, con el fin de liquidar correctamente la cuota de compensación militar que le corresponde.”</em></p>
<p> </p>
<p style="margin-left: 36pt;">Así las cosas le informo que los únicos documentos válidos para efectuar la liquidación de la cuota de compensación militar son los taxativamente descritos en la Ley.</p>
Me encuentro registrado con la tarjeta de identidad, pero tengo cédula , debo seguir el trámite con la tarjeta de ident?
Me encuentro registrado con la tarjeta de identidad, pero tengo cédula , debo seguir el trámite con la tarjeta de ident?
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Si señor y una vez le liquiden la cuota de compensación militar solicite en el distrito que le modifiquen el número de la tarjeta de identidad por el número de cedula</p>
<p> de ciudadanía.</p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Si señor y una vez le liquiden la cuota de compensación militar solicite en el distrito que le modifiquen el número de la tarjeta de identidad por el número de cedula</p>
<p> de ciudadanía.</p>
En Girardot Cundinamarca, tienen proyectado el mismo programa, asi la administracion municipal no haya realizado tramit
En Girardot Cundinamarca, tienen proyectado el mismo programa, asi la administracion municipal no haya realizado tramit
Respuesta
<p class="rtejustify"><em>alfredo morales</em> <em>Cordial saludo.</em></p>
<p class="rtejustify"><em>A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</em></p>
<p class="rtejustify"><em>A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</em></p>
Quisiera saber si un pensionado debe tomar como base su mesada, para tramitar libreta militar de un hijo.
Quisiera saber si un pensionado debe tomar como base su mesada, para tramitar libreta militar de un hijo.
Respuesta
<p>Dicho cuestionamiento no tiene relación con las obligaciones de la presentación de declaración de renta ni sus obligaciones fiscales.</p>
cuando van hacer mas ingresos a familias en accion? si estamos en el programa no podemos incluir otros hijos?
cuando van hacer mas ingresos a familias en accion? si estamos en el programa no podemos incluir otros hijos?
Respuesta
<p>Buenos días,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20143110666961">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20143110666961</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20143110666961">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20143110666961</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
Quisiera saber si un pensionado debe tomar como base su mesada, para tramitar libreta militar de un hijo.
Quisiera saber si un pensionado debe tomar como base su mesada, para tramitar libreta militar de un hijo.
Respuesta
<p>Dicho cuestionamiento no tiene relación con las obligaciones de la presentación de declaración de renta ni sus obligaciones fiscales.</p>
las familias que les dieron subsidios y les remataron su casa pueden acceder a este mecanismo?
Registrada:
Código:
5334
las familias que les dieron subsidios y les remataron su casa pueden acceder a este mecanismo?
Registrada:
Código:
5334
Respuesta
<p class="rtejustify"><em>DOUGLAS BOTELLO Cordial saludo.</em></p>
<p class="rtejustify"><em>A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</em></p>
<p class="rtejustify"><em>A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</em></p>
buscar un mecanismo para los profesionales en docencia que no pasa el examen de admisión para vincularlos ala nomina?
buscar un mecanismo para los profesionales en docencia que no pasa el examen de admisión para vincularlos ala nomina?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>
<p> </p>
<p>El concurso de méritos para ingreso al servicio educativo estatal es el proceso mediante el cual, a través de la evaluación de aptitudes, experiencia, competencias básicas, relaciones interpersonales y condiciones de personalidad de los aspirantes a ocupar cargos en la carrera docente, se determina su inclusión en el listado de elegibles y se fija su ubicación en el mismo, con el fin de garantizar disponibilidad permanente para la provisión de vacantes que se presenten en cualquier nivel, cargo o área de conocimiento dentro del sector educativo estatal.<br />
</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Viceministro de Preescolar, Básica y Media</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
<p> </p>
<p>El concurso de méritos para ingreso al servicio educativo estatal es el proceso mediante el cual, a través de la evaluación de aptitudes, experiencia, competencias básicas, relaciones interpersonales y condiciones de personalidad de los aspirantes a ocupar cargos en la carrera docente, se determina su inclusión en el listado de elegibles y se fija su ubicación en el mismo, con el fin de garantizar disponibilidad permanente para la provisión de vacantes que se presenten en cualquier nivel, cargo o área de conocimiento dentro del sector educativo estatal.<br />
</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Viceministro de Preescolar, Básica y Media</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
Que sucede si estoy remiso , pero no fui notificado del día de la citación, ademas estoy en 6 semestre de universidad.
Que sucede si estoy remiso , pero no fui notificado del día de la citación, ademas estoy en 6 semestre de universidad.
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Sucede que no podrá definir su situación militar obligatorio y sin dicho requisito no podrá graduarse de Profesional.</p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Sucede que no podrá definir su situación militar obligatorio y sin dicho requisito no podrá graduarse de Profesional.</p>
Buenos días, si un docente devengo en el 2013 su salario y a la vez una pensión, debe sumar las dos para declarar?
Buenos días, si un docente devengo en el 2013 su salario y a la vez una pensión, debe sumar las dos para declarar?
Respuesta
<p> </p>
<p>Se le recuerda que las condiciones para declarar son las siguientes:</p>
<p> </p>
<p>· Si el valor de su Patrimonio es mayor de 4.500 Uvts ($120.785.00) debe declarar;</p>
<p>· Si sus Ingresos fueron iguales o mayores a 1.400 UVT ($37.577.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus compras y consumos fueron superiores a 2.800 UVTs ($75.155.000) debe declarar declarante;</p>
<p>· Si sus consumos con tarjetas de crédito fueron superiores a 2.800 UVT ($75.155.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus consignaciones, depósitos o inversiones financieras fueron superiores a 4.500 ($120.785.000) debe declarar .</p>
<p>· Si pertenece al régimen común en IVA, debe declarar.</p>
<p>Se le recuerda que las condiciones para declarar son las siguientes:</p>
<p> </p>
<p>· Si el valor de su Patrimonio es mayor de 4.500 Uvts ($120.785.00) debe declarar;</p>
<p>· Si sus Ingresos fueron iguales o mayores a 1.400 UVT ($37.577.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus compras y consumos fueron superiores a 2.800 UVTs ($75.155.000) debe declarar declarante;</p>
<p>· Si sus consumos con tarjetas de crédito fueron superiores a 2.800 UVT ($75.155.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus consignaciones, depósitos o inversiones financieras fueron superiores a 4.500 ($120.785.000) debe declarar .</p>
<p>· Si pertenece al régimen común en IVA, debe declarar.</p>
MIS INGRESOS 28MM, RECIBI CREDITO DE 10MM Y TRANSF EXTER DE 27 MM. PARA PAGAR DEUDA DE MI HERMANA ICETEX DEBO DECLARAR?
MIS INGRESOS 28MM, RECIBI CREDITO DE 10MM Y TRANSF EXTER DE 27 MM. PARA PAGAR DEUDA DE MI HERMANA ICETEX DEBO DECLARAR?
Respuesta
<p>Deberá verificar si cumple con algunas de las condiciones para declarar a saber:</p>
<p>· Si el valor de su Patrimonio es mayor de 4.500 Uvts ($120.785.00) debe declarar;</p>
<p>· Si sus Ingresos fueron iguales o mayores a 1.400 UVT ($37.577.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus compras y consumos fueron superiores a 2.800 UVTs ($75.155.000) debe declarar declarante;</p>
<p>· Si sus consumos con tarjetas de crédito fueron superiores a 2.800 UVT ($75.155.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus consignaciones, depósitos o inversiones financieras fueron superiores a 4.500 ($120.785.000) debe declarar .</p>
<p>· Si pertenece al régimen común en IVA, debe declarar.</p>
<p>Aclarando que lo recibido por desembolso de crédito no es ingreso.</p>
<p> </p>
<p>· Si el valor de su Patrimonio es mayor de 4.500 Uvts ($120.785.00) debe declarar;</p>
<p>· Si sus Ingresos fueron iguales o mayores a 1.400 UVT ($37.577.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus compras y consumos fueron superiores a 2.800 UVTs ($75.155.000) debe declarar declarante;</p>
<p>· Si sus consumos con tarjetas de crédito fueron superiores a 2.800 UVT ($75.155.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus consignaciones, depósitos o inversiones financieras fueron superiores a 4.500 ($120.785.000) debe declarar .</p>
<p>· Si pertenece al régimen común en IVA, debe declarar.</p>
<p>Aclarando que lo recibido por desembolso de crédito no es ingreso.</p>
<p> </p>
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p><em>Si se incumple con las condiciones de:1) haber tenido en el periodo fiscal ingresos inferiores a $37.577.000, Que su patrimonio bruto al 31 de diciembre sea inferior a 120.785.000;3) haber realizado compras y consumos y consumos con tarjeta de crédito inferiores a $120.785.000;4) haber tenido durante el periodo fiscal consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras inferiores a $120.785.000; 5) no ser responsable del IVA, estará obligado a presentar declaración de renta.</em></p>
<p><em>Si se incumple con las condiciones de:1) haber tenido en el periodo fiscal ingresos inferiores a $37.577.000, Que su patrimonio bruto al 31 de diciembre sea inferior a 120.785.000;3) haber realizado compras y consumos y consumos con tarjeta de crédito inferiores a $120.785.000;4) haber tenido durante el periodo fiscal consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras inferiores a $120.785.000; 5) no ser responsable del IVA, estará obligado a presentar declaración de renta.</em></p>
Según el formulario d ingresos y retenciones que me entregó la entidad nominadora mis ingresos en el 2013, fueron de 42
Según el formulario d ingresos y retenciones que me entregó la entidad nominadora mis ingresos en el 2013, fueron de 42
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p><em>Si se incumple con las condiciones de:1) haber tenido en el periodo fiscal ingresos inferiores a $37.577.000, Que su patrimonio bruto al 31 de diciembre sea inferior a 120.785.000;3) haber realizado compras y consumos y consumos con tarjeta de crédito inferiores a $120.785.000;4) haber tenido durante el periodo fiscal consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras inferiores a $120.785.000; 5) no ser responsable del IVA, estará obligado a presentar declaración de renta.</em></p>
<p><em>Si se incumple con las condiciones de:1) haber tenido en el periodo fiscal ingresos inferiores a $37.577.000, Que su patrimonio bruto al 31 de diciembre sea inferior a 120.785.000;3) haber realizado compras y consumos y consumos con tarjeta de crédito inferiores a $120.785.000;4) haber tenido durante el periodo fiscal consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras inferiores a $120.785.000; 5) no ser responsable del IVA, estará obligado a presentar declaración de renta.</em></p>
soy docente y quiero saber que debo hacer para presentar declaración de renta,según el formulario de ingresos y retencio
soy docente y quiero saber que debo hacer para presentar declaración de renta,según el formulario de ingresos y retencio
Respuesta
<p>Deben verificar si cumplen con las condiciones generales para declarar, a saber:</p>
<p>· Si el valor de su Patrimonio es mayor de 4.500 Uvts ($120.785.00) debe declarar;</p>
<p>· Si sus Ingresos fueron iguales o mayores a 1.400 UVT ($37.577.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus compras y consumos fueron superiores a 2.800 UVTs ($75.155.000) debe declarar declarante;</p>
<p>· Si sus consumos con tarjetas de crédito fueron superiores a 2.800 UVT ($75.155.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus consignaciones, depósitos o inversiones financieras fueron superiores a 4.500 ($120.785.000) debe declarar .</p>
<p>· Si pertenece al régimen común en IVA, debe declarar.</p>
<p>· Si el valor de su Patrimonio es mayor de 4.500 Uvts ($120.785.00) debe declarar;</p>
<p>· Si sus Ingresos fueron iguales o mayores a 1.400 UVT ($37.577.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus compras y consumos fueron superiores a 2.800 UVTs ($75.155.000) debe declarar declarante;</p>
<p>· Si sus consumos con tarjetas de crédito fueron superiores a 2.800 UVT ($75.155.000) debe declarar;</p>
<p>· Si sus consignaciones, depósitos o inversiones financieras fueron superiores a 4.500 ($120.785.000) debe declarar .</p>
<p>· Si pertenece al régimen común en IVA, debe declarar.</p>
Tengo 23 años, una hija de 2 años, vivo solo y no soy apto. Qué costo y en cuánto tiempo me sale la Libreta?
Tengo 23 años, una hija de 2 años, vivo solo y no soy apto. Qué costo y en cuánto tiempo me sale la Libreta?
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>En respuesta a su interrogante le informo que es necesario que amplié por este medio el nombre completo, número de tarjeta de identidad, número de cedula de ciudadanía y distrito militar donde se encuentre inscrito, con el fin de verificar en nuestro sistema integrado de información de reclutamiento y control reservas de Ejército Nacional su estado actual y así poder otorgar una respuesta de fondo.</p>
<p>Lo anterior con el fin de darle aplicabilidad jurídica a lo enunciado en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, el cual expresa: “Peticiones incompletas y desistimiento tácito. En virtud del principio de eficacia, cuando la autoridad constate que una petición ya radicada está incompleta pero la actuación puede continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de radicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes. A partir del día siguiente en que el interesado aporte los documentos o informes requeridos comenzará a correr el término para resolver la petición.</p>
<p>Cuando en el curso de una actuación administrativa la autoridad advierta que el peticionario debe realizar una gestión de trámite a su cargo, necesaria para adoptar una decisión de fondo, lo requerirá por una sola vez para que la efectúe en el término de un (1) mes, lapso durante el cual se suspenderá el término para decidir.</p>
<p>Se entenderá que el peticionario ha desistido de su solicitud o de la actuación cuando no satisfaga el requerimiento, salvo que antes de vencer el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual”.</p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>En respuesta a su interrogante le informo que es necesario que amplié por este medio el nombre completo, número de tarjeta de identidad, número de cedula de ciudadanía y distrito militar donde se encuentre inscrito, con el fin de verificar en nuestro sistema integrado de información de reclutamiento y control reservas de Ejército Nacional su estado actual y así poder otorgar una respuesta de fondo.</p>
<p>Lo anterior con el fin de darle aplicabilidad jurídica a lo enunciado en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, el cual expresa: “Peticiones incompletas y desistimiento tácito. En virtud del principio de eficacia, cuando la autoridad constate que una petición ya radicada está incompleta pero la actuación puede continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de radicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes. A partir del día siguiente en que el interesado aporte los documentos o informes requeridos comenzará a correr el término para resolver la petición.</p>
<p>Cuando en el curso de una actuación administrativa la autoridad advierta que el peticionario debe realizar una gestión de trámite a su cargo, necesaria para adoptar una decisión de fondo, lo requerirá por una sola vez para que la efectúe en el término de un (1) mes, lapso durante el cual se suspenderá el término para decidir.</p>
<p>Se entenderá que el peticionario ha desistido de su solicitud o de la actuación cuando no satisfaga el requerimiento, salvo que antes de vencer el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual”.</p>
el presiente Santos dijo, que se pueden afiliar a los hijos de 18 a 25 asi no esten estudiando MEDICOS ASOCIADOS NO
el presiente Santos dijo, que se pueden afiliar a los hijos de 18 a 25 asi no esten estudiando MEDICOS ASOCIADOS NO
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Stella:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que este anuncio se refiere al Decreto 1164 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf</a>) y la circular 044 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf</a>), que establecen que para verificar la condición de beneficiarios de los hijos de 18 a 25 años de un cotizante del Régimen Contributivo que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad, las Entidades Promotoras de Salud NO podrán exigirle al interesado la certificación de estudios. Para acreditar tal condición es suficiente la declaración suscrita por los padres.</p>
<p>En consecuencia, si las EPS exigen el certificado de estudios como condición para la afiliación de los beneficiarios, esta irregularidad puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), con el fin de que esta realice las investigaciones y aplique las sanciones a que haya lugar. </p>
<p>Vale la pena aclarar que si estas personas, independientemente de que sean estudiantes, trabajan con el sector público o privado mediante cualquier modalidad de vinculación, o son trabajadores independientes con capacidad de pago, deben estar afiliadas al Régimen Contributivo en calidad de cotizantes. Esto será verificado por las EPS y por las entidades de inspección, vigilancia y control.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que este anuncio se refiere al Decreto 1164 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf</a>) y la circular 044 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf</a>), que establecen que para verificar la condición de beneficiarios de los hijos de 18 a 25 años de un cotizante del Régimen Contributivo que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad, las Entidades Promotoras de Salud NO podrán exigirle al interesado la certificación de estudios. Para acreditar tal condición es suficiente la declaración suscrita por los padres.</p>
<p>En consecuencia, si las EPS exigen el certificado de estudios como condición para la afiliación de los beneficiarios, esta irregularidad puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), con el fin de que esta realice las investigaciones y aplique las sanciones a que haya lugar. </p>
<p>Vale la pena aclarar que si estas personas, independientemente de que sean estudiantes, trabajan con el sector público o privado mediante cualquier modalidad de vinculación, o son trabajadores independientes con capacidad de pago, deben estar afiliadas al Régimen Contributivo en calidad de cotizantes. Esto será verificado por las EPS y por las entidades de inspección, vigilancia y control.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Buenas tardes tengo 20 años quiero estudiar medicina mi madre es cabeza de familia no hay los recursos para estudiar
Buenas tardes tengo 20 años quiero estudiar medicina mi madre es cabeza de familia no hay los recursos para estudiar
Respuesta
<div>
Estimado ciudadano,</div>
<div>
</div>
<div>
La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil créditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional está dirigido únicamente al grupo de jóvenes de último grado de bachillerato o de educación media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:</div>
<div>
</div>
<div>
1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educación media - Icfes Saber 11°</div>
<div>
2. Grupo familiar clasificado en el Sisbén de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>
<div>
</div>
<div>
Área Puntaje menor a</div>
<div>
14 ciudades principales 57.21</div>
<div>
Otra cabecera 56.32</div>
<div>
Rural 40.75</div>
<div>
</div>
<div>
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015</div>
<div>
</div>
<div>
Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación que puede visitar en www.icetex.gov.co</div>
<div>
</div>
<div>
Cordialmente,</div>
<div>
</div>
<div>
Viceministerio de Educación Superior</div>
<div>
Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano,</div>
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</div>
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La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil créditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional está dirigido únicamente al grupo de jóvenes de último grado de bachillerato o de educación media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:</div>
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1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educación media - Icfes Saber 11°</div>
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2. Grupo familiar clasificado en el Sisbén de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>
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Área Puntaje menor a</div>
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14 ciudades principales 57.21</div>
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Otra cabecera 56.32</div>
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Rural 40.75</div>
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3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015</div>
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Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación que puede visitar en www.icetex.gov.co</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
en caso de ser acuartelado Estoy obligado a prestar servicio por ser remiso o se puede definir De otra manera
en caso de ser acuartelado Estoy obligado a prestar servicio por ser remiso o se puede definir De otra manera
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;">No está obligado pero al prestar el servicio militar queda exonerado de pagar las multas de remiso.</p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;">No está obligado pero al prestar el servicio militar queda exonerado de pagar las multas de remiso.</p>
Si soy remiso y despues me reclutan y me declaran no apto por psicología eso me exonera de pagar multa
Si soy remiso y despues me reclutan y me declaran no apto por psicología eso me exonera de pagar multa
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Al caso le informo que las multas no son redimibles ni exoneradas.</p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Al caso le informo que las multas no son redimibles ni exoneradas.</p>
Soy remiso y no pienso pagar multa ni prestar el servicio militar que puedo hacer aparte de ocultarme como un delincuent
Soy remiso y no pienso pagar multa ni prestar el servicio militar que puedo hacer aparte de ocultarme como un delincuent
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>Definir la situación militar es una obligación constitucional de los ciudadanos colombianos, por lo tanto si usted no realiza presentación en una junta de remisos, nunca podrá definir su situación militar.</p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>Definir la situación militar es una obligación constitucional de los ciudadanos colombianos, por lo tanto si usted no realiza presentación en una junta de remisos, nunca podrá definir su situación militar.</p>
para los directivos de JAC, es posible diseñar el ingreso a la educacion superior gratuita, en administracion publica
para los directivos de JAC, es posible diseñar el ingreso a la educacion superior gratuita, en administracion publica
Respuesta
<div>
Estimado ciudadano,</div>
<div>
</div>
<div>
El gobierno nacional a través de ICETEX, ha priorizado sus esfuerzos para financiar estudios de educación superior en Colombia en diferentes programas y de acuerdo a las características individuales y necesidades identificadas en el país, las cuales sugerimos consultarlas en la página: http://www.icetex.gov.co.</div>
<div>
</div>
<div>
Cordialmente,</div>
<div>
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<div>
Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano,</div>
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El gobierno nacional a través de ICETEX, ha priorizado sus esfuerzos para financiar estudios de educación superior en Colombia en diferentes programas y de acuerdo a las características individuales y necesidades identificadas en el país, las cuales sugerimos consultarlas en la página: http://www.icetex.gov.co.</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
soy madre soltera no tengo vivienda como puedo postularme para arrendatarios de compra de vivienda pertenesco al sisben1
soy madre soltera no tengo vivienda como puedo postularme para arrendatarios de compra de vivienda pertenesco al sisben1
Respuesta
<p class="rtejustify"><em>luz marina martinez clavijo Cordial saludo.</em></p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify"><em>A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</em></p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify"><em>A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</em></p>
soy madre soltera y pertenesco al estrato 1 del sisben no tengo vivienda por que con la hola imbernal,perdi mi casa.grac
soy madre soltera y pertenesco al estrato 1 del sisben no tengo vivienda por que con la hola imbernal,perdi mi casa.grac
Respuesta
<p><em>luz marina martinez clavijo Cordial saludo.</em></p>
Como cambio el # de Documento de mi libreta de Tarjeta de Identidad por el de la Cedula
Registrada:
Código:
5317
Como cambio el # de Documento de mi libreta de Tarjeta de Identidad por el de la Cedula
Registrada:
Código:
5317
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>Me permito informarle que en el caso de cambiar de número de la libreta militar deberá hacer una solicitud por escrito de duplicado ante el distrito militar donde repose su expediente, anexando fotocopia del documento de identidad ampliado al 150%, 2 Fotos de 3x3.4 fondo azul de frente y el valor es el 15% de un salario mínimo legal mensual vigente, es de resaltar que en la petición debe hacer énfasis en la modificación de la tarjeta de identidad a cedula de ciudadanía.</p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>Me permito informarle que en el caso de cambiar de número de la libreta militar deberá hacer una solicitud por escrito de duplicado ante el distrito militar donde repose su expediente, anexando fotocopia del documento de identidad ampliado al 150%, 2 Fotos de 3x3.4 fondo azul de frente y el valor es el 15% de un salario mínimo legal mensual vigente, es de resaltar que en la petición debe hacer énfasis en la modificación de la tarjeta de identidad a cedula de ciudadanía.</p>
buenos dias necesito saber que tengo que hacer para solicitar duplicado de la libreta militar ya que soy reservista 1ra
buenos dias necesito saber que tengo que hacer para solicitar duplicado de la libreta militar ya que soy reservista 1ra
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Sea al caso comunicarle que puede acercarse a cualquier Distrito Militar a nivel nacional y solicitar el duplicado de su libreta militar llevando los siguientes documentos: </p>
<ul>
<li>
Fotocopia del documento de identidad ampliado al 150%.</li>
<li>
2 Fotos de 3x3.4 fondo azul de frente.</li>
<li>
El valor es el 15% de un salario mínimo legal mensual vigente.</li>
</ul>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Sea al caso comunicarle que puede acercarse a cualquier Distrito Militar a nivel nacional y solicitar el duplicado de su libreta militar llevando los siguientes documentos: </p>
<ul>
<li>
Fotocopia del documento de identidad ampliado al 150%.</li>
<li>
2 Fotos de 3x3.4 fondo azul de frente.</li>
<li>
El valor es el 15% de un salario mínimo legal mensual vigente.</li>
</ul>
Tengo 34 años soy casado y con hija, necesito transferir el expediente a otro distrito para solucionar mi situación m
Tengo 34 años soy casado y con hija, necesito transferir el expediente a otro distrito para solucionar mi situación m
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;">Usted debe hacer una solicitud por escrito al Comandante de la Zona de Reclutamiento que tenga a su mando el Distrito Militar en donde reposa su expediente, para que por intermedio de esa unidad militar sea trasladada su carpeta con toda su documentación al distrito militar que usted requiera, dicha petición debe estar argumentada dando las razones de hecho y de derecho por las cuales no puede definir en el distrito militar inicial.</p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;">Usted debe hacer una solicitud por escrito al Comandante de la Zona de Reclutamiento que tenga a su mando el Distrito Militar en donde reposa su expediente, para que por intermedio de esa unidad militar sea trasladada su carpeta con toda su documentación al distrito militar que usted requiera, dicha petición debe estar argumentada dando las razones de hecho y de derecho por las cuales no puede definir en el distrito militar inicial.</p>
Buenas tardes que requisitos y costo tiene el duplicado de la libreta militar
Registrada:
Código:
5313
Buenas tardes que requisitos y costo tiene el duplicado de la libreta militar
Registrada:
Código:
5313
Respuesta
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;">Sea al caso comunicarle que puede acercarse a cualquier Distrito Militar a nivel nacional y solicitar el duplicado de su libreta militar llevando los siguientes documentos:</p>
<p> Fotocopia del documento de identidad ampliado al 150%.</p>
<p> 2 Fotos de 3x3.4 fondo azul de frente.</p>
<p> El valor es el 15% de un salario mínimo legal mensual vigente.</p>
<p style="margin-left: 46.4pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p style="margin-left: 46.4pt;">Sea al caso comunicarle que puede acercarse a cualquier Distrito Militar a nivel nacional y solicitar el duplicado de su libreta militar llevando los siguientes documentos:</p>
<p> Fotocopia del documento de identidad ampliado al 150%.</p>
<p> 2 Fotos de 3x3.4 fondo azul de frente.</p>
<p> El valor es el 15% de un salario mínimo legal mensual vigente.</p>
Inicie mi tramite de la libreta militar en Colombia. Actualmente vivo en USA, nome dejan pedir una provisional que hago?
Inicie mi tramite de la libreta militar en Colombia. Actualmente vivo en USA, nome dejan pedir una provisional que hago?
Respuesta
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Cordial Saludo </em></p>
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>Al caso le indico que si usted ya inicio el proceso para definir la situación militar en un distrito en Colombia, debe finalizar el proceso en el mismo lugar, sin embargo le recomiendo se acerque al Consulado del país donde usted reside, para que lo verifiquen en el sistema y le informen su verdadero estado actual.</p>
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>Al caso le indico que si usted ya inicio el proceso para definir la situación militar en un distrito en Colombia, debe finalizar el proceso en el mismo lugar, sin embargo le recomiendo se acerque al Consulado del país donde usted reside, para que lo verifiquen en el sistema y le informen su verdadero estado actual.</p>
Mi hermano tiene 17 años pero va a estudiar. ¿Cuánto cuesta y cual es el trámite para la libreta? Somos estrato 2.
Mi hermano tiene 17 años pero va a estudiar. ¿Cuánto cuesta y cual es el trámite para la libreta? Somos estrato 2.
Respuesta
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Cordial Saludo </em></p>
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> En respuesta a su interrogante le informo que es necesario que amplié por este medio el nombre completo, número de tarjeta de identidad, número de cedula de ciudadanía y distrito militar donde su hermano se encuentre inscrito, con el fin de verificar en nuestro sistema integrado de información de reclutamiento y control reservas de Ejército Nacional su estado actual.</p>
<p>Lo anterior con el fin de darle aplicabilidad jurídica a lo enunciado en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, el cual expresa: “Peticiones incompletas y desistimiento tácito. En virtud del principio de eficacia, cuando la autoridad constate que una petición ya radicada está incompleta pero la actuación puede continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de radicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes. A partir del día siguiente en que el interesado aporte los documentos o informes requeridos comenzará a correr el término para resolver la petición.</p>
<p>Cuando en el curso de una actuación administrativa la autoridad advierta que el peticionario debe realizar una gestión de trámite a su cargo, necesaria para adoptar una decisión de fondo, lo requerirá por una sola vez para que la efectúe en el término de un (1) mes, lapso durante el cual se suspenderá el término para decidir.</p>
<p>Se entenderá que el peticionario ha desistido de su solicitud o de la actuación cuando no satisfaga el requerimiento, salvo que antes de vencer el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual”.</p>
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> En respuesta a su interrogante le informo que es necesario que amplié por este medio el nombre completo, número de tarjeta de identidad, número de cedula de ciudadanía y distrito militar donde su hermano se encuentre inscrito, con el fin de verificar en nuestro sistema integrado de información de reclutamiento y control reservas de Ejército Nacional su estado actual.</p>
<p>Lo anterior con el fin de darle aplicabilidad jurídica a lo enunciado en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, el cual expresa: “Peticiones incompletas y desistimiento tácito. En virtud del principio de eficacia, cuando la autoridad constate que una petición ya radicada está incompleta pero la actuación puede continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de radicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes. A partir del día siguiente en que el interesado aporte los documentos o informes requeridos comenzará a correr el término para resolver la petición.</p>
<p>Cuando en el curso de una actuación administrativa la autoridad advierta que el peticionario debe realizar una gestión de trámite a su cargo, necesaria para adoptar una decisión de fondo, lo requerirá por una sola vez para que la efectúe en el término de un (1) mes, lapso durante el cual se suspenderá el término para decidir.</p>
<p>Se entenderá que el peticionario ha desistido de su solicitud o de la actuación cuando no satisfaga el requerimiento, salvo que antes de vencer el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual”.</p>
Tengo un vehículo taxi quiero saber si el valor del cupo hace parte del patrimonio y coloco el valor cuando lo compre
Tengo un vehículo taxi quiero saber si el valor del cupo hace parte del patrimonio y coloco el valor cuando lo compre
Respuesta
<p>Si, el valor del cupo hará parte de su patrimonio y deberá establecerse atendiendo lo dispuesto en los artículos 74 y siguientes del Estatuto Tributario.</p>
No conozco la información de mi padre. ¿Como debo proceder en la página Web del ejercito, si esta me la solicita?
No conozco la información de mi padre. ¿Como debo proceder en la página Web del ejercito, si esta me la solicita?
Respuesta
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Cordial Saludo </em></p>
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>En primer le informo que en la actualidad el nuevo sistema en línea se encuentra en periodo de verificación de errores y adecuación para cada proceso de definición de situación militar, por lo tanto debe realizar presentación personal en el distrito militar donde se encuentre inscrito y allegar toda la documentación requerida, respecto al interrogante de su padre, le comunico que debe llevar consigo la escritura pública protocolizada del proceso de divorcio que sus padres realizaron, si no posee este documento puede aportar copia del auto admisorio de la demanda de alimentos o si es el caso copia del radicado de la denuncia penal de Inasistencia Alimentaria. Esto con el fin de que liquiden su cuota de compensación militar únicamente con los documentos de su madre.</p>
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p>En primer le informo que en la actualidad el nuevo sistema en línea se encuentra en periodo de verificación de errores y adecuación para cada proceso de definición de situación militar, por lo tanto debe realizar presentación personal en el distrito militar donde se encuentre inscrito y allegar toda la documentación requerida, respecto al interrogante de su padre, le comunico que debe llevar consigo la escritura pública protocolizada del proceso de divorcio que sus padres realizaron, si no posee este documento puede aportar copia del auto admisorio de la demanda de alimentos o si es el caso copia del radicado de la denuncia penal de Inasistencia Alimentaria. Esto con el fin de que liquiden su cuota de compensación militar únicamente con los documentos de su madre.</p>
Soy estudiante universitario y no trabajo Porque me exigen un certificado de ingresos en la plataforma web del ejercito?
Soy estudiante universitario y no trabajo Porque me exigen un certificado de ingresos en la plataforma web del ejercito?
Respuesta
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Cordial Saludo </em></p>
<p style="margin-left: 36pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Al caso le indico que el certificado de ingresos que le están exigiendo es de sus padres para efectuar la liquidación de la cuota de compensación militar.</p>
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<p style="margin-left: 36pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento La Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>
<p> Al caso le indico que el certificado de ingresos que le están exigiendo es de sus padres para efectuar la liquidación de la cuota de compensación militar.</p>
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quisiera adquirir vivenda pa mi hija ya q somos de muy bajos recursos q tendria q hacer mi sisben es de 17,10
quisiera adquirir vivenda pa mi hija ya q somos de muy bajos recursos q tendria q hacer mi sisben es de 17,10
Respuesta
<p><em>jessica bermudez Cordial saludo.</em></p>
<p><em>A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</em></p>
<p><em>A su pregunta el FNA le responde que los requisitos básicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculación a través de Cesantías o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesantías. No necesita de cuota inicial pero sí debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a través del Área de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovación Urbana en todo el territorio nacional y son estas viviendas las que usted deberá mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podrá apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto (Padres-Hijos) - (Cónyuge-Cónyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos, firmó el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertirán en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inició el proceso de reglamentación del mismo. En cuanto estén dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgación (presencial, telefónico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</em></p>