Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del cr&eacute;dito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deber&aacute;n cumplir las siguientes condiciones, adem&aacute;s de las previstas en el Decreto en menci&oacute;n y en la reglamentaci&oacute;n que para el efecto se expida, as&iacute;:</p>

<p>1.&nbsp;&nbsp; Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>

<p>2.&nbsp;&nbsp; No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>

<p>3.&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>

<p>4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<strong><u>Comprar una vivienda nueva en &aacute;rea urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>

<p>Igualmente usted debe tener en cuenta que en el art&iacute;culo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el art&iacute;culo 1&deg; del Decreto 1544 de 2014, se estableci&oacute; que las coberturas a la tasa de inter&eacute;s solo cubrir&aacute;n aquellos cr&eacute;ditos que sean desembolsados en las nueva fecha &nbsp;<strong><u>a partir del 14 &nbsp;de Agosto de 2014 y&nbsp; hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas establecidas</u></strong>&nbsp;por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Violeta:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el Ministro de Salud y Protecci&oacute;n Social se ha reunido con la organizaci&oacute;n Pacientes Colombia que solicit&oacute; un espacio de di&aacute;logo para analizar varios temas &nbsp;que afectan a los usuarios. Posteriormente se ha venido avanzando en los temas acordados con dicha entidad.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Violeta:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las leyes estatutarias son un tipo de Ley previsto por la Constituci&oacute;n para regular los derechos fundamentales y sus mecanismos de protecci&oacute;n. Estas leyes requieren mayor consenso dentro del Congreso para su aprobaci&oacute;n y tienen control previo de la Corte Constitucional antes de empezar a regir. Su objetivo es desarrollar el derecho y no los arreglos institucionales espec&iacute;ficos para la prestaci&oacute;n de servicios.</p>

<p>Por esta raz&oacute;n, la Ley estatutaria no contempla temas como las deudas de las EPS. Por el contrario, se refiere a los aspectos m&aacute;s abstractos del derecho como sus principios y los mecanismos para definir su alcance.</p>

<p>Lo anterior no obsta para que el gobierno nacional utilice otros mecanismos regulatorios con los que cuenta para enfrentar el problema de las deudas de las EPS y otros aspectos del flujo de recursos y la sostenibilidad financiera del sistema.&nbsp; Es as&iacute; como el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social est&aacute; trabajando en acciones para solucionar los temas operativos a trav&eacute;s de decretos como&nbsp; el de Habilitaci&oacute;n Financiera para las EPS.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos dias sra Violeta:</p>

<p>Atentamente le informamos que su pregunta fue remitida a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad que est&aacute; adelantando el proceso de intervenci&oacute;n a la EPS Saludcoop, con el fin de que le d&eacute; la respuesta correspondiente.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Violeta:</p>

<p>Atentamente le informamos que su pregunta fue remitida a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad que est&aacute; llevando a cabo el proceso de intevenci&oacute;n a la EPS Saludcoop, para que le d&eacute; la respuesta correspondiente.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Violeta:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley Ordinaria No. 210 de 2013, &ldquo;por medio de la cual se redefine el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones&rdquo;, &nbsp;fue archivado,&nbsp; debido a que las normas vigentes (art&iacute;culo 190 de la Ley 5a de 1992 y art&iacute;culo 162 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica) establecen que &ldquo;ning&uacute;n proyecto podr&aacute; ser considerado en m&aacute;s de dos legislaturas&rdquo;.</p>

<p>De otra parte, la Ley Estatutaria declarada exequible por la Corte Constitucional consagra la salud como un derecho fundamental, mantiene la tutela como un mecanismo al servicio de los ciudadanos y proh&iacute;be negar servicios a los pacientes por razones econ&oacute;micas.</p>

<p>Con esta declaratoria de exequibilidad y la pr&oacute;xima sanci&oacute;n de esta Ley, los colombianos ahora podr&aacute;n acceder a los servicios de salud con mejor calidad, oportunidad, continuidad y equidad.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p style="margin-left: 49.65pt;"><em>Cordial Saludo </em></p>

<p style="margin-left: 49.65pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento, la Jefatura de Reclutamiento del Ej&eacute;rcito Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>

<p>Me permito comunicarle que debe acercarse al comando del distrito militar&nbsp; y solicitar la cita para la liquidaci&oacute;n, all&iacute; mismo le informaran fecha y hora de asignaci&oacute;n.</p>

<p>Lo anterior teniendo en cuenta que en la actualidad el nuevo sistema en l&iacute;nea se encuentra en periodo de verificaci&oacute;n de errores y adecuaci&oacute;n para cada proceso de definici&oacute;n de situaci&oacute;n militar, una vez se restablezca el servicio podr&aacute; ingresar al portal web <a href="http://www.libretamilitar.mil.co/">www.libretamilitar.mil.co</a>.</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en&nbsp; caso de demora o negaci&oacute;n de servicios, procedimientos, medicamentos o incumplimiento de los deberes por parte de las EPS, se debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspecci&oacute;n, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud.</p>

<p>L&iacute;neas de Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

En Bogot&aacute;: (57-1) 483 7000<br />

L&iacute;nea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />

<br />

Atenci&oacute;n Personalizada</p>

<p>Oficina de Atenci&oacute;n al Usuario</p>

<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Bussines Center, Local 10 en Bogot&aacute;.<br />

Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>

<p>P&aacute;gina web:&nbsp; <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>,&nbsp; formulario de peticiones y reclamos en el enlace&nbsp; http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&amp;Reclamo</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Olga Luc&iacute;a:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que en caso de demora en la asignaci&oacute;n de citas o negaci&oacute;n de servicios, procedimientos, medicamentos o incumplimiento de los deberes por parte de las EPS e IPS,&nbsp; se debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspecci&oacute;n, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud.&nbsp;</p>

<p>L&iacute;neas de Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

En Bogot&aacute;: (57-1) 483 7000<br />

L&iacute;nea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />

<br />

Atenci&oacute;n Personalizada</p>

<p>Oficina de Atenci&oacute;n al Usuario</p>

<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Bussines Center, Local 10 en Bogot&aacute;<br />

Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>

<p>P&aacute;gina web:&nbsp; <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>,&nbsp; formulario de peticiones y reclamos en el enlace&nbsp; http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&amp;Reclamo</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra Patricia:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en caso de negaci&oacute;n de servicios, procedimientos, medicamentos o incumplimiento de los deberes por parte de la EPS, usted puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspecci&oacute;n, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud.&nbsp;</p>

<p>L&iacute;neas de Atenci&oacute;n al Ciudadano:<br />

En Bogot&aacute;: (57-1) 483 7000<br />

L&iacute;nea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />

<br />

Atenci&oacute;n Personalizada</p>

<p>Oficina de Atenci&oacute;n al Usuario</p>

<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Business Center, Local 10 en Bogot&aacute;.</p>

<p>Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>

<p>P&aacute;gina web:&nbsp; <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>,&nbsp; formulario de peticiones y reclamos en el enlace&nbsp; http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&amp;Reclamo.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sr. Gonz&aacute;lez:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en el Sistema General de Seguridad Social Integral&nbsp; y en observancia del principio&nbsp; de sostenibilidad financiera,&nbsp; el reconocimiento de las prestaciones econ&oacute;micas se efect&uacute;a teniendo en cuenta el Ingreso Base de Cotizaci&oacute;n (IBC) de cada afiliado, esto es, los ingresos percibidos. Esto debido a que en este Sistema&nbsp;&nbsp; los c&aacute;lculos de provisi&oacute;n para el pago de dichas prestaciones&nbsp; que deben ser reconocidas a los afiliados, se realiza con base en el IBC y no sobre otros valores.</p>

<p>De otra parte, la cotizaci&oacute;n a salud es independiente de la cotizaci&oacute;n a pensiones, pero las dos deben efectuarse sobre la misma base, toda vez que con la primera se financia la prestaci&oacute;n del Plan Obligatorio de Salud, mientras que con la cotizaci&oacute;n a pensiones se financia el reconocimiento de las prestaciones en el Sistema General de Pensiones a los afiliados al mismo (pensi&oacute;n de vejez, invalidez y sobreviviente).</p>

<p>Por esta &nbsp;raz&oacute;n&nbsp; no&nbsp; es viable establecer&nbsp; la&nbsp; cotizaci&oacute;n en&nbsp; salud&nbsp; sobre un salario m&iacute;nimo para todos los estratos y aspirar a una pensi&oacute;n superior.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que de acuerdo al Decreto 2190&nbsp; de 2009 en su Art&iacute;culo 4 Inciso&nbsp; 2 ha establecido como postulantes:&nbsp; &ldquo;<strong>Las personas que formen parte de hogares beneficiarios del subsidio podr&aacute;n postular nuevamente a &eacute;ste cuando en el futuro conformen un nuevo hogar</strong>, siempre y cuando cumplan con las condiciones exigidas para ello,&nbsp; para lo cual se deber&aacute; demostrar la conformaci&oacute;n de un nuevo hogar diferente al que fuera beneficiario del subsidio y <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior </strong>con la presentaci&oacute;n de los siguientes documentos ante la Caja de Compensaci&oacute;n, y el diligenciamiento del respectivo formulario establecido para tal efecto .</p>

<p>1.&nbsp;&nbsp; Presentaci&oacute;n del formato de conformaci&oacute;n de nuevo hogar debidamente diligenciado, en el cual se debe relacionar, los miembros del nuevo hogar conformado, registrando nombres, apellidos y documentos de identidad Anexo 11&nbsp; pagina 1. Nota: En la presentaci&oacute;n del formato de nuevo hogar <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior</strong>.</p>

<p>2.&nbsp;&nbsp; Fotocopia de los documentos de identidad de los miembros mayores y menores de edad que conforman el nuevo hogar.</p>

<p>3.&nbsp;&nbsp; Documento que acredite la disoluci&oacute;n de la sociedad conyugal o de la sociedad patrimonial. (Escritura P&uacute;blica o sentencia judicial).</p>

<p>4.&nbsp;&nbsp; Registro civil de matrimonio o prueba marital de hecho de conformidad con el art&iacute;culo segundo de la Ley 979 de 2005, como son:</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Escritura P&uacute;blica ante notario por mutuo consentimiento de los compa&ntilde;eros permanentes.</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Acta de conciliaci&oacute;n suscrita por los compa&ntilde;eros permanentes, en centro legalmente constituido.</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba, consagrados en c&oacute;digo del procedimiento civil, con conocimiento de los jueces de familia de primera instancia, seg&uacute;n sea el caso.</p>

<p>5.&nbsp;&nbsp; Certificado de libertad y tradici&oacute;n del inmueble en el cual se aplic&oacute; el subsidio familiar de vivienda, donde conste que el beneficiario que conforma el nuevo hogar no ostenta la propiedad.</p>

<p>Luego de haber realizado el tr&aacute;mite anteriormente descrito a trav&eacute;s de la caja de compensaci&oacute;n y si el hogar que usted encabeza desea postularse a un subsidio familiar de vivienda, quedar&iacute;a libre de hacerlo en las convocatorias que adelante cualquier entidad otorgante del Subsidio Familiar de Vivienda</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Martha Cecilia:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que esto depende de las cl&aacute;usulas pactadas con la entidad de medicina prepagada con la que usted suscribi&oacute; el contrato. Es decir, si la atenci&oacute;n de urgencias est&aacute; incluida en el contrato, esta ser&aacute; asumida por dicha empresa. De lo contrario, ser&aacute; pagada por la EPS&nbsp; a la cual se encuentre afiliada.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p style="margin-left: 49.65pt;"><em>Cordial Saludo</em></p>

<p style="margin-left: 49.65pt;"><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento, la Jefatura de Reclutamiento del Ej&eacute;rcito Nacional se permite informar lo siguiente:</em></p>

<p>&nbsp;Al respecto le indico que por orden del Jefe de Reclutamiento y Control Reservas de Ej&eacute;rcito Nacional, &nbsp;el horario de atenci&oacute;n en los distritos militares es de 08:00 a 16:00 horas jornada continua, por favor ac&eacute;rquese al distrito para definir la situaci&oacute;n militar de sus hijos.</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sr. Mosquera:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el objetivo del cobro de las cuotas moderadoras es regular la utilizaci&oacute;n y estimular el buen uso del servicio de salud, promoviendo&nbsp; en los afiliados la inscripci&oacute;n en los programas de atenci&oacute;n integral desarrollados por las EPS. Es decir, fueron establecidas para evitar la demanda innecesaria de servicios.</p>

<p>As&iacute; est&aacute; contemplado en la Ley 100 de 1993 (http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/LEY%200100%20DE%201993.pdf#search=Ley%2520100) en su art&iacute;culo 187, y en el Acuerdo 260&nbsp; (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/ACUERDO%20260%20DE%202004.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/ACUERDO%20260%20DE%202004.pdf</a>).</p>

<p>Sin embargo, la cuota moderadora no se paga siempre. Por ejemplo, cuando una persona tiene prescripciones regulares de un programa especial de atenci&oacute;n integral para una enfermedad, en el cual debe seguir un plan rutinario de actividades de control, no se le cobran cuotas moderadoras. Es el caso de los pacientes con hipertensi&oacute;n, asma o diabetes, que deben acudir a controles frecuentes.</p>

<p>Tampoco se pagan en los casos de atenci&oacute;n de urgencias (a no ser que no sea una verdadera urgencia, a juicio del profesional que atienda el caso).</p>

<p>De igual manera, no se cobran cuotas moderadoras a los afiliados al R&eacute;gimen Subsidiado en ning&uacute;n caso, ni a los menores de 18 a&ntilde;os con diagn&oacute;stico confirmado de c&aacute;ncer; los ni&ntilde;os, ni&ntilde;as y adolescentes del Sisben 1 y 2 con discapacidades&nbsp;certificadas por el m&eacute;dico; todas las mujeres v&iacute;ctimas de violencia f&iacute;sica o sexual certificadas por las autoridades competentes y las v&iacute;ctimas del conflicto armado interno, entre otras, tal como est&aacute; contemplado en la circular 16 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%200016%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%200016%20de%202014.pdf</a>).</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>La pregunta por Usted manifestada la reglament&oacute; el art&iacute;culo 63 de la ley 1429 de 2010 y el&nbsp; Decreto 2025 de 2011 en el cual se estableci&oacute; sanciones pecuniarias de doble v&iacute;a a&nbsp; Cooperativas, preccooperativas y terceros contratantes que intervengan en la intermediaci&oacute;n laboral en modalidad de trabajadores en misi&oacute;n. Tipifica las conductas objeto de sanci&oacute;n, en que incurren las CTA ,y pre-CTA y las instituciones privadas o p&uacute;blicas contratantes. Sanciona al servidor p&uacute;blico responsable que contrate con las CTA y pre-CTA, donde se configura la intermediaci&oacute;n laboral.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Por lo anterior usted puede denunciar a la empresa mencionada ante el Ministerio de Trabajo para lo cual debe informar el nombre de la empresa y su ubicaci&oacute;n. Esto lo puede hacer a trav&eacute;s del sistema PQRSD: Debe ingresar a la p&aacute;gina <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a>, luego al link atenci&oacute;n a la ciudadan&iacute;a y posteriormente a PQRD (peticiones, quejas, reclamos y denuncias) o directamente a trav&eacute;s del siguiente enlace: <a href="http://pqrd.mintrabajo.gov.co/index.php?/Tickets/Submit">http://pqrd.mintrabajo.gov.co/index.php?/Tickets/Submit</a>,&nbsp; y continuar los pasos que all&iacute; se se&ntilde;alan,&nbsp;&nbsp; usted podr&aacute; enviarnos su petici&oacute;n, consultando su inquietud en particular y podr&aacute; anexar los documentos soporte de su caso si lo considera necesario para una orientaci&oacute;n m&aacute;s puntual.&nbsp; Una vez recibida su petici&oacute;n se generara un ID de la misma, por medio de la cual usted podr&aacute; hacer el respectivo seguimiento en nuestro sistema de PQRSD y el seguimiento y la respuesta a su petici&oacute;n ser&aacute; enviada al correo electr&oacute;nico registrado por usted.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Es de anotar que si la empresa es de car&aacute;cter p&uacute;blico la entidad competente es la Procuradur&iacute;a General de la Naci&oacute;n.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 20.8266677856445px; margin: 0px 0px 1.35em; font-size: 15px; font-family: Calibri, sans-serif; color: rgb(68, 68, 68); text-align: justify;"><i style="line-height: 20.8266677856445px;">Cordial saludo.</i></p>

<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 20.8266677856445px; margin: 0px 0px 1.35em; font-size: 15px; font-family: Calibri, sans-serif; color: rgb(68, 68, 68); text-align: justify;"><i style="line-height: 20.8266677856445px;">A su pregunta el FNA le responde que &eacute;ste es un canal dedicado para responder preguntas relacionadas al modelo para arrendatarios de compra de vivienda sin cuota inicial pero para nosotros responderle todas sus inquietudes es de vital importancia y para ello hemos dispuesto otros medios como es el Asesor Virtual el cual lo ubica en la p&aacute;gina&nbsp;<a href="http://www.fna.gov.co/" style="line-height: 20.8266677856445px; font-weight: inherit; color: blue; cursor: pointer;" target="_blank">www.fna.gov.co</a>&nbsp;ubique la opci&oacute;n asesor en l&iacute;nea, dele click a esa opci&oacute;n y encontrara en la parte de abajo 7 casillas donde debe ingresar sus datos personales y con esto podr&aacute; preguntar a nuestros asesores virtuales que estar&aacute;n esperando por usted. Que tenga un buen d&iacute;a.</i></p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. C&oacute;rdoba:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que en caso de demora en el otorgamiento de citas por parte de las IPS o EPS o de negaci&oacute;n de servicios, procedimientos o medicamentos, se debe acudir en primera instancia a la Secretar&iacute;a de Salud de su municipio o departamento. Tambi&eacute;n puede&nbsp; presentar el reclamo ante la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspecci&oacute;n, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud.&nbsp;</p>

<p>L&iacute;neas de Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

En Bogot&aacute;: (57-1) 483 7000<br />

L&iacute;nea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />

&nbsp;</p>

<p>P&aacute;gina web:&nbsp; <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>,&nbsp; formulario de peticiones y reclamos en el enlace&nbsp; http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&amp;Reclamo</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Decreto 1164 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf</a>) y la circular 044&nbsp; (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf</a>), establecen que para verificar la condici&oacute;n de beneficiarios de los&nbsp; hijos de 18 a 25 a&ntilde;os de un cotizante del R&eacute;gimen Contributivo que sean estudiantes con dedicaci&oacute;n exclusiva a esta actividad, las Entidades Promotoras de Salud NO podr&aacute;n exigirle al interesado la certificaci&oacute;n de estudios. Para acreditar tal condici&oacute;n es suficiente la declaraci&oacute;n suscrita por los padres.</p>

<p>En consecuencia, si las EPS exigen el certificado de estudios como condici&oacute;n para la afiliaci&oacute;n de los beneficiarios, esta irregularidad puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), con el fin de que esta realice las investigaciones y aplique las sanciones a que haya lugar.&nbsp;</p>

<p>Vale la pena aclarar que si estas personas, independientemente de que sean estudiantes, est&aacute;n trabajando con el sector p&uacute;blico o privado mediante cualquier modalidad de vinculaci&oacute;n, o son trabajadores independientes con capacidad de pago, deben estar afiliadas al R&eacute;gimen Contributivo en calidad de cotizantes. Esto ser&aacute; verificado por las EPS y por las entidades de inspecci&oacute;n, vigilancia y control.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Mar&iacute;a:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social publica la normatividad&nbsp; en &nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Norm_acuerdos.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Norm_acuerdos.aspx</a>. En <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> se divulgan boletines de prensa sobre normativa relevante para la ciudadan&iacute;a, los cuales tambi&eacute;n se ponen a disposici&oacute;n de medios de comunicaci&oacute;n. En la p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, en el enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/Lists/FAQ/Tematica.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Lists/FAQ/Tematica.aspx</a>,&nbsp; los ciudadanos pueden consultar las preguntas m&aacute;s frecuentes sobre los temas que maneja esta entidad y en el enlace&nbsp; &nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/CAS/Paginas/deberes-derechos-salud.aspx">http://www.minsalud.gov.co/salud/CAS/Paginas/deberes-derechos-salud.aspx</a> se encuentra la Carta de Derechos y Deberes de los pacientes en el Sistema de Seguridad Social en Salud.</p>

<p>Adicionalmente, se realizan ruedas&nbsp; de prensa para informar sobre nueva normatividad de inter&eacute;s general y se realizan socializaciones entre los actores directamente implicados con la normatividad. Tambi&eacute;n se realizan campa&ntilde;as de comunicaci&oacute;n masiva en radio y televisi&oacute;n sobre derechos de las personas y sobre promoci&oacute;n y prevenci&oacute;n en salud (como los comerciales sobre vacunaci&oacute;n, prevenci&oacute;n del Dengue y otras enfermedades). Por redes sociales (twitter, Facebook y Youtube) se hacen publicaciones sobre la normatividad existente y sobre derechos y deberes de los ciudadanos, y en las Ferias de Servicio al Ciudadano que se realizan todos los a&ntilde;os en distintas ciudades se orienta a las personas sobre los programas del Ministerio y sobre sus derechos y deberes en el Sistema de Seguridad Social.</p>

<p>De otra parte, le informamos que las Entidades Promotoras de Salud tienen el deber de informar a sus usuarios cu&aacute;les son los derechos y deberes en atenci&oacute;n en salud. Por lo tanto, si su EPS no lo hecho, puede solicit&aacute;rselo a trav&eacute;s de los canales de comunicaci&oacute;n establecidos por la misma.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Yamile:</p>

<p>En atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le informo que esta fue enviada a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la intevenci&oacute;n a Saludcoop, con el fin de que le den la respuesta correspondiente.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Acosta:</p>

<p>En respuesta a su preguntas, atentamente le informamos que el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social cuenta a trav&eacute;s del Fondo&nbsp; de Solidaridad y Garant&iacute;a (FOSYGA), con la Base de Datos &Uacute;nica de Afiliados (BDUA), que contiene la informaci&oacute;n reportada sobre afiliaci&oacute;n al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Esta es administrada por el Consorcio SAYP y tiene dispuesta una consulta p&uacute;blica en la p&aacute;gina web&nbsp; <a href="http://www.fosyga.gov.co">www.fosyga.gov.co</a>, en la cual utilizando la opci&oacute;n Men&uacute; Afiliaci&oacute;n, Afiliados BDUA y digitando el n&uacute;mero de identificaci&oacute;n, puede encontrar esta informaci&oacute;n:</p>

<p align="center"><em>INFORMACI&Oacute;N ACTUAL DEL AFILIADO</em></p>

<table align="center" border="1" cellpadding="0" cellspacing="1" width="89%">

<tbody>

<tr>

<td>

<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Tipo de Identificaci&oacute;n</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

</tr>

<tr>

<td>

<p>N&uacute;mero de identificaci&oacute;n</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

</tr>

<tr>

<td>

<p>Nombres</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

</tr>

<tr>

<td>

<p>Apellidos</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

</tr>

<tr>

<td>

<p>Fecha de Nacimiento</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

</tr>

<tr>

<td>

<p>Departamento</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

</tr>

<tr>

<td>

<p>Municipio</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

</tr>

</tbody>

</table>

<div>

&nbsp;</div>

<p align="center"><em>DATOS DE AFILIACI&Oacute;N</em></p>

<table align="left" border="1" cellpadding="0" cellspacing="1" width="91%">

<tbody>

<tr>

<td>

<p align="center"><strong>ESTADO</strong></p>

</td>

<td>

<p align="center"><strong>ENTIDAD</strong></p>

</td>

<td>

<p align="center"><strong>REGIMEN</strong></p>

</td>

<td>

<p align="center"><strong>FECHA AFILIACION </strong></p>

</td>

<td>

<p align="center"><strong>TIPO AFILIADO</strong></p>

</td>

</tr>

<tr>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

<td>

<p>&nbsp;</p>

</td>

</tr>

</tbody>

</table>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Las tasas de inter&eacute;s para las diferentes modalidades de cr&eacute;dito se fijan de acuerdo con las condiciones de mercado y teniendo en consideraci&oacute;n el perfil de riesgo de cada cliente. En el caso de los cr&eacute;ditos de vivienda, los bancos pueden fijar sus tasas libremente, sin que estas excedan la tasa m&aacute;xima remuneratoria calculada por el Banco de la Rep&uacute;blica. Por otra parte, el beneficio de cobertura de tasa de inter&eacute;s, que se ha ofrecido a trav&eacute;s de los programas FRECH, contribuye a disminuir los costos de financiamiento del cr&eacute;dito. En este sentido, la tasa de inter&eacute;s final para el cliente resulta menor a la que tendr&iacute;a que pagar si no tuviese el beneficio ofrecido por el programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Luz:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el art&iacute;culo 31 de la resoluci&oacute;n 5521 de 2013&nbsp; (http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci&oacute;n%205521%20de%202013.PDF), mediante la cual se define, aclara y actualiza el Plan Obligatorio de Salud, se&ntilde;ala sobre MEDICINA Y TERAPIAS ALTERNATIVAS Y COMPLEMENTARIAS, que las EPS podr&aacute;n incluir la utilizaci&oacute;n de medicinas y terapias alternativas y complementarias por parte de los prestadores que hagan parte de su red de servicios, siempre y cuando &eacute;stas se encuentren autorizadas y reglamentadas debidamente para su ejercicio de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente sobre la materia. Por lo anterior, se encuentran incluidas en el POS siempre y cuando el prestador cumpla la normatividad que existe para su ejercicio profesional.</p>

<p>En lo correspondiente a tecnolog&iacute;as en salud que no se encuentren descritas expl&iacute;citamente en los listados de anexos del POS, (Medicamentos, procedimientos y Laboratorio Cl&iacute;nico) el art&iacute;culo 132 de esta resoluci&oacute;n se&ntilde;ala sobre el RECONOCIMIENTO DE TECNOLOG&Iacute;AS NO INCLUIDAS EN EL POS, que en el evento en que se prescriban tecnolog&iacute;as en salud, tratamientos, o servicios que sean alternativas a las cubiertas en el POS, cuyo costo por evento o per c&aacute;pita sea menor o igual al costo por evento o per c&aacute;pita de lo incluido en el POS, dichas tecnolog&iacute;as, tratamientos o servicios ser&aacute;n suministrados con cargo a la Unidad de Pago por Capitaci&oacute;n, siempre y cuando cumplan con los est&aacute;ndares de calidad y habilitaci&oacute;n vigentes y se encuentren, de ser el caso, debidamente certificadas por el INVIMA o la respectiva autoridad competente.</p>

<p>Por &uacute;ltimo, en lo correspondiente a dispositivos m&eacute;dicos, el art&iacute;culo 58 se&ntilde;ala que en desarrollo del principio de integralidad establecido en el numeral 1 del art&iacute;culo 3 de la resoluci&oacute;n 5521 de 2013, las EPS deben garantizar los insumos, suministros y materiales, incluyendo el material de sutura, osteos&iacute;ntesis y de curaci&oacute;n, y en general, los dispositivos m&eacute;dicos o quir&uacute;rgicos, sin excepci&oacute;n, necesarios e insustituibles para la realizaci&oacute;n o utilizaci&oacute;n de las tecnolog&iacute;as en salud cubiertas en el Plan Obligatorio de Salud, en el campo de la atenci&oacute;n de urgencias, atenci&oacute;n ambulatoria o atenci&oacute;n con internaci&oacute;n, salvo que exista excepci&oacute;n expresa para ellas en dicha norma.</p>

<p>Agradecemos su particicipacion.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado se&ntilde;or:</p>

<p>&Aacute;LVARO D&Iacute;AZ</p>

<p>Bogot&aacute; D.C.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordial saludo:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>En respuesta a su pregunta, le informamos&nbsp;que el perd&oacute;n constituye una decisi&oacute;n individual de cada v&iacute;ctima y cada ciudadano frente a la cual el Estado no puede tomar ninguna decisi&oacute;n. Sin embargo, detr&aacute;s de esta pregunta parece haber referencias a cu&aacute;l va a ser el tratamiento penal de quienes dejen las armas y c&oacute;mo va a funcionar su participaci&oacute;n en pol&iacute;tica.</p>

<p>En cuanto a lo primero, la declaraci&oacute;n de principios para abordar el punto 5 contempla un compromiso claro del Gobierno y de las FARC de contribuir a la satisfacci&oacute;n de los derechos de las v&iacute;ctimas (incluyendo el derecho a la justicia), y hace especial &eacute;nfasis en la importancia del reconocimiento de responsabilidad como puerta de entrada de esta discusi&oacute;n. Cu&aacute;l va a ser el tratamiento penal de los miembros de la guerrilla depender&aacute; en &uacute;ltimas de lo que ellos est&eacute;n dispuestos a hacer en materia de satisfacci&oacute;n de los derechos de sus v&iacute;ctimas. Entre m&aacute;s se comprometan con el esclarecimiento pleno de la verdad, la reparaci&oacute;n, el reconocimiento de responsabilidad y la no repetici&oacute;n, m&aacute;s opciones se abrir&aacute;n en materia de tratamiento penal especial. El Marco Jur&iacute;dico para la Paz ya abre unas alternativas jur&iacute;dicas, pero eso todo est&aacute; condicionado al fin del conflicto y al compromiso con las v&iacute;ctimas.&nbsp;&nbsp;</p>

<p>En cuanto a lo segundo es importante se&ntilde;alar que el centro de este proceso de conversaciones es lograr que las FARC, y eventualmente el ELN, se transformen en movimientos pol&iacute;ticos. Sin embargo, qui&eacute;n podr&aacute; participar y qui&eacute;n no podr&aacute; hacerlo depender&aacute; de las leyes estatutarias que desarrollen el Marco Jur&iacute;dico para la Paz. El espacio que finalmente puedan tener las guerrillas en el escenario pol&iacute;tico depender&aacute; de sus propios gestos, y en particular, de la decisi&oacute;n definitiva de dejar las armas y de contribuir a la satisfacci&oacute;n efectiva de los derechos de las v&iacute;ctimas.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n y los invitamos a utilizar nuestros siguientes canales para la recepci&oacute;n de peticiones, sugerencias, quejas o reclamos de competencia de la Presidencia de la Rep&uacute;blica: p&aacute;gina web <a href="http://www.presidencia.gov.co/">www.presidencia.gov.co</a> parte inferior &ldquo;Servicios a la Ciudadan&iacute;a&rdquo; Links: Escr&iacute;bale al Presidente o PSQR, igualmente a trav&eacute;s de la l&iacute;nea nacional gratuita 01 8000 913666 o en la Calle 7 No. 6-54.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p><strong>Presidencia de la Rep&uacute;blica</strong></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le podemos informar que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a desarrollado los planes de acci&oacute;n sectorial y en cuanto al tema de desarrollo territorial y vivienda ha dise&ntilde;ado unas estrategias las cuales entre otras son:</p>

<p>-Estructurar e implementar intervenciones integrales de movilidad y desarrollo urbano que se articulen con el ordenamiento territorial, apoyando y promocionando soluciones de transporte p&uacute;blico masivo y no motorizado, sostenibles en t&eacute;rminos operacionales, ambientales y financieros, articulados con medidas de administraci&oacute;n de la demanda y uso del suelo.</p>

<p>-Incorporar par&aacute;metros de sostenibilidad ambiental, urbana y de gesti&oacute;n del riesgo en el desarrollo de Ciudades, mediante el desarrollo de programas de renovaci&oacute;n urbana, Mejoramiento Integral de Barrios, Espacio p&uacute;blico, temas de movilidad eficiente y manejo adecuado de residuos, as&iacute; como en la producci&oacute;n Insumos, la prestaci&oacute;n de los servicios p&uacute;blicos domiciliarios, y en la construcci&oacute;n de las edificaciones.</p>

<p>-Fortalecimiento de la oferta y demanda de vivienda: Desarrollar instrumentos para el dise&ntilde;o, construcci&oacute;n y financiaci&oacute;n de viviendas y edificaciones ambientalmente sostenibles.</p>

<p>-Implementar el plan de acci&oacute;n 2010‐2015 del Programa de Uso Racional y Eficiente de Energ&iacute;a - sector residencial (PROURE).</p>

<div>

Implementar el plan de acci&oacute;n 2010‐2015 del Programa de Uso Racional y Eficiente de Energ&iacute;a - sector residencial (PROURE)</div>

<div>

22.</div>

<div>

-Promover la eficiencia energ&eacute;tica y las energ&iacute;as renovables en las viviendas.</div>

<div>

-Cambio en los patrones insostenibles de producci&oacute;n y consumo</div>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>El Gobierno Nacional seguir&aacute; trabajando para fortalecer los acuerdos bilaterales con respecto a los objetivos de educaci&oacute;n. En la agenda se incluir&aacute; el tema de formaci&oacute;n para el Bilinguismo, ya que es una de los cinco pilares de la pol&iacute;tica educativa entre 2014 y 2018.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que para las oportunidades de movilidad internacional cada pa&iacute;s tiene unos requerimientos de visado particulares&nbsp; que este es otro frente en el que el gobierno busca fortalecer los acuerdos de cooperaci&oacute;n.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Proyecto de Fortalecimiento al Desarrollo de Competencias en Lenguas Extranjeras</p>

<p>Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Ruth</p>

<p class="rtejustify">Actualmente en Colombia se encuentran diferentes organismos de control, inspecci&oacute;n y vigilancia que velan por el cumplimiento de los derechos constitucionales.</p>

<p class="rtejustify">Para ello encontramos las siguientes entidades de control:</p>

<p class="rtejustify"><strong>- Fiscal&iacute;a General de la Naci&oacute;n</strong>: La Fiscal&iacute;a General de la Naci&oacute;n ejerce la acci&oacute;n penal y elabora y ejecuta la pol&iacute;tica criminal del Estado; garantiza la tutela judicial efectiva de los derechos de los intervinientes en el proceso penal; genera confianza y seguridad jur&iacute;dica en la sociedad mediante la b&uacute;squeda de la verdad, la justicia y la reparaci&oacute;n. Para mayor informaci&oacute;n podr&aacute;s ingresar en: <a href="http://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/noticias-seccionales/">http://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/noticias-seccionales/</a>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify"><strong>- Contralor&iacute;a General de la Rep&uacute;blica</strong>: La Contralor&iacute;a General de la Rep&uacute;blica (CGR) es el m&aacute;ximo &oacute;rgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misi&oacute;n de procurar el buen uso de los recursos y bienes p&uacute;blicos y contribuir a la modernizaci&oacute;n del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades p&uacute;blicas. Para mayor informaci&oacute;n podr&aacute;s ingresar en&nbsp; <a href="http://www.contraloriagen.gov.co/web/guest/denuncias">http://www.contraloriagen.gov.co/web/guest/denuncias</a></p>

<p class="rtejustify"><strong>- Procuradur&iacute;a General de la Naci&oacute;n</strong>: Ejerce el control disciplinario del servidor p&uacute;blico, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempe&ntilde;o de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio p&uacute;blico. Para mayor informaci&oacute;n podr&aacute;s ingresar en: <a href="http://www.procuraduria.gov.co/servicios_atencionalciu_quejas.asp">http://www.procuraduria.gov.co/servicios_atencionalciu_quejas.asp</a></p>

<p class="rtejustify">Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Nicolas</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. Para saber c&oacute;mo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Por otra parte, el manejo y administraci&oacute;n de recursos y pol&iacute;ticas de salubridad p&uacute;blica son planteados y ejecutados por cada Departamento o Municipio del pa&iacute;s. En este caso, por ejemplo en la ciudad de Bogot&aacute; D.C., actualmente se encuentra la Secretar&iacute;a Distrital de Salud, entidad rectora de salud en Bogot&aacute;, responsable de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la salud de toda la poblaci&oacute;n, a trav&eacute;s de la implementaci&oacute;n de un modelo de atenci&oacute;n integral, equitativa, universal, participativa, centrada en el ser humano, la responsabilidad social y la sostenibilidad ambiental. Es necesario mencionar que la referida Secretaria posee dentro de su instituci&oacute;n el programa de recolecci&oacute;n canina selectiva y humanitaria en v&iacute;a p&uacute;blica, donde son definidos pol&iacute;ticas y planteamientos de salubridad p&uacute;blica y que guardan relaci&oacute;n con el manejo adecuado de esta situaci&oacute;n</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta lo anterior, es necesario verificar los programas dispuestos en cada Departamento o Municipio y de esta forma determinar cu&aacute;l es el plan estrat&eacute;gico para el manejo de esta situaci&oacute;n particular.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Los Modelos Educativos Flexibles tienen el prop&oacute;sito de ofrecer caminos alternativos para que comunidades diversas y vulnerables puedan acceder a la educaci&oacute;n formal. Su valor social radica en su capacidad de adaptaci&oacute;n a las caracter&iacute;sticas de sus destinatarios de forma pertinente.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>En el dise&ntilde;o de un MEF se debe contemplar y desarrollar de manera clara y precisa, al menos, los siguientes componentes: 1. Descripci&oacute;n del problema a resolver con su implementaci&oacute;n. 2. Definici&oacute;n de los objetivos, se&ntilde;alando&nbsp; los prop&oacute;sitos de formaci&oacute;n que lo gu&iacute;an. 3. Delimitaci&oacute;n de la poblaci&oacute;n a beneficiar, precisando sus necesidades. 4. Presentaci&oacute;n del enfoque conceptual, marco te&oacute;rico o marco de referencia, incluidos los planteamientos y perspectivas pedag&oacute;gicas, did&aacute;cticas y de aprendizaje que dan soporte al modelo. 5. Desarrollo de lo concerniente a curr&iacute;culo, plan de estudios, malla curricular, metodolog&iacute;a (did&aacute;ctica) para el proceso ense&ntilde;anza-aprendizaje, organizaci&oacute;n y secuenciaci&oacute;n de contenidos, evaluaci&oacute;n y promoci&oacute;n de los estudiantes, articulaci&oacute;n del MEF con el Proyecto Educativo Institucional, entre otros. 6. Descripci&oacute;n de los materiales a emplear en la implementaci&oacute;n del modelo: gu&iacute;as para estudiantes, manuales para docentes, biblioteca, laboratorios, apoyo psicosocial, muebles, equipos,&nbsp; y dem&aacute;s elementos a emplear en el proceso ense&ntilde;anza aprendizaje, seg&uacute;n se requiera. 7. Descripci&oacute;n de perfiles de formaci&oacute;n acad&eacute;mica y de experiencia, al igual que a la definici&oacute;n de funciones a realizar por cada una de las personas que participan en la implementaci&oacute;n del MEF, en especial del docente o el tutor. 8. Descripci&oacute;n del proceso necesario para articular el MEF al PEI de la instituci&oacute;n educativa que lo implementar&aacute;.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Finalmente, se precisa que el MEF debe estar alineado con las pol&iacute;ticas y normatividad vigente, adem&aacute;s de guardar coherencia con los referentes nacionales de calidad educativa, como los Est&aacute;ndares y las Orientaciones Pedag&oacute;gicas de las &aacute;reas del conocimiento.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Direcci&oacute;n de Calidad de Preescolar, B&aacute;sica y Media</p>

<p>Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<div class="rtejustify">

Cordial saludo.</div>

<div class="rtejustify">

&nbsp;</div>

<div class="rtejustify">

A su pregunta el FNA le responde que los requisitos b&aacute;sicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculaci&oacute;n a trav&eacute;s de Cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesant&iacute;as. No necesita de cuota inicial pero s&iacute; debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a trav&eacute;s del &Aacute;rea de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovaci&oacute;n Urbana en todo el territorio nacional &nbsp;y son estas viviendas las que usted deber&aacute; mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podr&aacute; apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto &nbsp;(Padres-Hijos) - (C&oacute;nyuge-C&oacute;nyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la Rep&uacute;blica Dr. Juan Manuel Santos, firm&oacute; el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertir&aacute;n en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inici&oacute; el proceso de reglamentaci&oacute;n del mismo. En cuanto est&eacute;n dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgaci&oacute;n (presencial, telef&oacute;nico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</div>

<div>

&nbsp;</div>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>En respuesta a su comentario, atentamente le informamos que el&nbsp; Decreto 1164 de 2014 (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf</a>) y la circular 044&nbsp; (<a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Circular%20externa%200044%20de%202014.pdf</a>), establecen que para verificar la condici&oacute;n de beneficiarios de los&nbsp; hijos de 18 a 25 a&ntilde;os de un cotizante del R&eacute;gimen Contributivo que sean estudiantes con dedicaci&oacute;n exclusiva a esta actividad, las Entidades Promotoras de Salud NO podr&aacute;n exigirle al interesado la certificaci&oacute;n de estudios. Para acreditar tal condici&oacute;n es suficiente la declaraci&oacute;n suscrita por los padres.</p>

<p>En consecuencia, si las EPS exigen el certificado de estudios como condici&oacute;n para la afiliaci&oacute;n de los beneficiarios, esta irregularidad puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), con el fin de que esta realice las investigaciones y aplique las sanciones a que haya lugar.&nbsp;</p>

<p>Vale la pena aclarar que si estas personas, independientemente de que sean estudiantes, est&aacute;n trabajando con el sector p&uacute;blico o privado mediante cualquier modalidad de vinculaci&oacute;n, o son trabajadores independientes con capacidad de pago, deben estar afiliadas al R&eacute;gimen Contributivo como cotizantes. Esto ser&aacute; verificado por las EPS y por las entidades de inspecci&oacute;n, vigilancia y control.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Juan</p>

<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu propuesta e intervenci&oacute;n, tu opini&oacute;n es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir pa&iacute;s. En este caso tu propuesta ser&aacute; enviada a la entidad correspondiente y posteriormente estudiada por el Gobierno Nacional.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto nos permitimos informarle que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a traves del Ministerio de Agua y Saneamiento B&aacute;sico liudera los planes Departamentales de Agua &quot;Programa Agua para la Prosperidad&quot;, estos son un conjunto de estrategias de planeaci&oacute;n y cooperaci&oacute;n interinstitucional formuladas y ejecutadas con el objeto de lograr la armonizaci&oacute;n integral de los recursos y la implementaci&oacute;n de esquemas eficientes y sostenibles en la prestaci&oacute;n de los servicios p&uacute;blicos domiciliarios de agua potable y saneamiento b&aacute;sico, teniendo en cuenta las caracter&iacute;sticas locales, la capacidad institucional de las entidades territoriales y personas prestadoras de los servicios p&uacute;blicos y la implementaci&oacute;n efectiva de esquemas de regionalizaci&oacute;n.</p>

<p>Con el Programa Agua para la Prosperidad se han beneficiado cerca de 3.6 Millones de personas, adem&aacute;s el crecimiento en la ejecuci&oacute;n de recursos pasar&oacute;n de $343.000 Millones en el 2012 a $641.000 millones en el 2013. El ahorro de m&aacute;s de % 65 mil millones en costos administrativos por la renegociaci&oacute;n del contrato de fiducia, lo cual permiti&oacute; a los departamentos invertir mayores recursos en infraestructira sectorial. En 2013 se eliminaron las gerencias asesoras de los planes Departamentales de Agia, pasando de destinar en el a&ntilde;o 2010, 71 mil millones de pesos en estructuras operativas, a destinar en el a&ntilde;o 2013 cinco mil millones de pesos para este componente.</p>

Respuesta
<p>Abec&eacute; de las medidas de MinAgricultura para mitigar los efectos de la sequ&iacute;a El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, viene ejecutando acciones para apoyar a quienes se han visto afectados por esta situaci&oacute;n clim&aacute;tica, e implementar&aacute; otras con el fin de aminorar los efectos que se generen en el sector agropecuario, forestal y pesquero, brindando a los productores herramientas para reducir sus impactos econ&oacute;micos y de afectaci&oacute;n en la seguridad alimentaria de sus familias. Evaluaci&oacute;n e impacto &bull; Gremios como la Federaci&oacute;n de Productores de Arroz (Fedearroz), la Federaci&oacute;n Nacional de Cultivadores de Cereales y Leguminosas (Fenalce), la Federaci&oacute;n Colombiana de Ganaderos (Fedegan) y la Federaci&oacute;n Nacional de Cafeteros (Fedecaf&eacute;), realizan evaluaciones en las regiones para estimar el impacto del presente periodo seco. Alimentaci&oacute;n para ganado &bull; Actualmente se est&aacute; ejecutando el programa para subsidiar la compra y transporte de alimentos para ganado por valor de 3.450 millones de pesos. &bull; Con este rubro se espera adquirir aproximadamente 2.314 toneladas de alimento para beneficiar a zonas de C&oacute;rdoba, Cesar, Arauca, Sucre, Guajira, Atl&aacute;ntico, Bol&iacute;var, Magdalena, Caldas, Cundinamarca, Boyac&aacute;, Tolima, Huila, Nari&ntilde;o, Casanare y los Santanderes. &bull; As&iacute; mismo, se presentar&aacute; propuesta para ampliar la red y el tiempo de funcionamiento de las bodegas para el suministro de alimento bovino a bajo costo. &bull; Los productores interesados en el subsidio, se pueden acercar a las 50 bodegas ubicadas en los departamentos objeto de esta medida.</p>

Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 20.8266677856445px; margin: 0px 0px 1.35em; font-size: 15px; font-family: Calibri, sans-serif; color: rgb(68, 68, 68); text-align: justify;"><i style="line-height: 20.8266677856445px;">Cordial saludo.</i></p>

<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 20.8266677856445px; margin: 0px 0px 1.35em; font-size: 15px; font-family: Calibri, sans-serif; color: rgb(68, 68, 68); text-align: justify;"><i style="line-height: 20.8266677856445px;">A su pregunta el FNA le responde que &eacute;ste es un canal dedicado para responder preguntas relacionadas al modelo para arrendatarios de compra de vivienda sin cuota inicial pero para nosotros responderle todas sus inquietudes es de vital importancia y para ello hemos dispuesto otros medios como es el Asesor Virtual el cual lo ubica en la p&aacute;gina&nbsp;<a href="http://www.fna.gov.co/" style="line-height: 20.8266677856445px; font-weight: inherit; color: blue; cursor: pointer;" target="_blank">www.fna.gov.co</a>&nbsp;ubique la opci&oacute;n asesor en l&iacute;nea, dele click a esa opci&oacute;n y encontrara en la parte de abajo 7 casillas donde debe ingresar sus datos personales y con esto podr&aacute; preguntar a nuestros asesores virtuales que estar&aacute;n esperando por usted. Que tenga un buen d&iacute;a.</i></p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Carlos</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. Para saber c&oacute;mo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>, o bien directamente ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA a trav&eacute;s de www.anla.gov.co.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>En la determinaci&oacute;n del impuesto de renta, podr&aacute; deducirse el total de los aportes obligatorios de salud pagados durante el periodo fiscal.</p>

<p>Respecto de los pagos por medicina prepagada del contribuyente, solo podr&aacute; deducirse una suma equivalente a 16 UVT mensual.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto le informamos que actualmente el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a traves del Viceministerio de Agua y Saneamiento B&aacute;sico viene desarrollando una serie de tareas las cuales son:</p>

<p>-Integraci&oacute;n de pol&iacute;ticas ambientales y pol&iacute;ticas energ&eacute;ticas,.</p>

<p>-Mejorar la sostenibilidad financiera, social y ambiental de la prestaci&oacute;n de servicios de abastecimiento de agua y saneamiento b&aacute;sico.</p>

<div>

-Avanzar en la integraci&oacute;n de las pol&iacute;ticas ambientales y sociales mediante: i) mecanismos para hacer frente a disparidades territoriales; ii) revisi&oacute;n del enfoque sobre la fijaci&oacute;n de tarifas y la concesi&oacute;n de subsidios para servicios de energ&iacute;a y agua, y iii) la focalizaci&oacute;n del apoyo financiero en las familias afectadas por los aumentos en los precios de la energ&iacute;a y el agua a ra&iacute;z de la reforma de las tarifas.</div>

<div>

-Integrar un componente de ecoinnovaci&oacute;n dentro de la estrategia nacional de innovaci&oacute;n e incluir un conjunto equilibrado de medidas de oferta y demanda; promover las alianzas p&uacute;blico-privadas para el desarrollo y la difusi&oacute;n de tecnolog&iacute;a.</div>

<div>

As&iacute; mismo es necesario familiarizar al usuario com&uacute;n de aspectos b&aacute;sicos en la gesti&oacute;n de aguas, incluyendo problem&aacute;ticas que los relacionan a ellos con el tratamiento, se sugieren campa&ntilde;as, foros y discusiones abiertas a todos los niveles.</div>

Respuesta
<p style="margin-left:35.4pt;">En el momento el Gobierno Nacional no tiene previsto destinar recursos adicionales para el programa FRECH III. Las &uacute;ltimas coberturas disponibles fueron otorgadas en el mes de septiembre, lo que dio por finalizado el programa.&nbsp;</p>