Que paso con la directriz presidencial de hacerle contrato laboral a los prestadores de servicios? Assbasalud no cumple

Enviado por Jesús Javier R… el Mié, 03/09/2014 - 19:20
Que paso con la directriz presidencial de hacerle contrato laboral a los prestadores de servicios? Assbasalud no cumple
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>La pregunta por Usted manifestada la reglament&oacute; el art&iacute;culo 63 de la ley 1429 de 2010 y el&nbsp; Decreto 2025 de 2011 en el cual se estableci&oacute; sanciones pecuniarias de doble v&iacute;a a&nbsp; Cooperativas, preccooperativas y terceros contratantes que intervengan en la intermediaci&oacute;n laboral en modalidad de trabajadores en misi&oacute;n. Tipifica las conductas objeto de sanci&oacute;n, en que incurren las CTA ,y pre-CTA y las instituciones privadas o p&uacute;blicas contratantes. Sanciona al servidor p&uacute;blico responsable que contrate con las CTA y pre-CTA, donde se configura la intermediaci&oacute;n laboral.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Por lo anterior usted puede denunciar a la empresa mencionada ante el Ministerio de Trabajo para lo cual debe informar el nombre de la empresa y su ubicaci&oacute;n. Esto lo puede hacer a trav&eacute;s del sistema PQRSD: Debe ingresar a la p&aacute;gina <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a>, luego al link atenci&oacute;n a la ciudadan&iacute;a y posteriormente a PQRD (peticiones, quejas, reclamos y denuncias) o directamente a trav&eacute;s del siguiente enlace: <a href="http://pqrd.mintrabajo.gov.co/index.php?/Tickets/Submit">http://pqrd.mintrabajo.gov.co/index.php?/Tickets/Submit</a>,&nbsp; y continuar los pasos que all&iacute; se se&ntilde;alan,&nbsp;&nbsp; usted podr&aacute; enviarnos su petici&oacute;n, consultando su inquietud en particular y podr&aacute; anexar los documentos soporte de su caso si lo considera necesario para una orientaci&oacute;n m&aacute;s puntual.&nbsp; Una vez recibida su petici&oacute;n se generara un ID de la misma, por medio de la cual usted podr&aacute; hacer el respectivo seguimiento en nuestro sistema de PQRSD y el seguimiento y la respuesta a su petici&oacute;n ser&aacute; enviada al correo electr&oacute;nico registrado por usted.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Es de anotar que si la empresa es de car&aacute;cter p&uacute;blico la entidad competente es la Procuradur&iacute;a General de la Naci&oacute;n.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

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