Porque los bancos no prestan el 100% del valor de la vivienda en un credito hipotecario?
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3097
Porque los bancos no prestan el 100% del valor de la vivienda en un credito hipotecario?
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Respuesta
<p>Don Fabio, buenas tardes, </p>
<p>Con respecto a su inquietud, le informamos que Bancóldex actúa en Colombia como una entidad financiera de segundo piso, es decir, que por su naturaleza jurídica no ofrece a los empresarios ningún tipo de productos como inversiones inmobiliarias, créditos hipotecarios, cuentas corrientes o de ahorros, por lo que si usted desea un crédito de esta naturaleza le sugerimos visitar el siguiente link <a href="http://www.abcmicasa.com.co/portal/page/portal/Portal_ABCMicasa/Portal_ABCMicasa_home/">http://www.abcmicasa.com.co/portal/page/portal/Portal_ABCMicasa/Portal_ABCMicasa_home/</a> perteneciente a Asobancaria, donde podrá encontrar información práctica y objetiva en temas relacionados con Crédito Hipotecario (Crédito para su casa, Financiación de Vivienda, Sistema de amortización, Subsidio de vivienda, entre otros), con el fin de que pueda ampliar su conocimiento como comprador o propietario de vivienda y de esta manera identificar las condiciones que estructuran la financiación por parte de los bancos en la gestión de los créditos hipotecarios.</p>
<p>Por otra parte lo invitamos a visitar los siguientes links para obtener información de interés sobre los aspectos más relevantes en el momento de acceder a compra vivienda a través de un crédito hipotecario <a href="http://contenido.metrocuadrado.com/contenidom2/financiacion_m2/credhipot_m2/homecrditoshipotecarios/home_seccion.html">http://contenido.metrocuadrado.com/contenidom2/financiacion_m2/credhipot_m2/homecrditoshipotecarios/home_seccion.html</a> , <a href="http://www.minvivienda.gov.co/SitePages/Ministerio%20de%20Vivienda.aspx">http://www.minvivienda.gov.co/SitePages/Ministerio%20de%20Vivienda.aspx</a>, adicionalmente en el link <a href="http://www.superfinanciera.gov.co/">http://www.superfinanciera.gov.co/</a>. de la Superintendencia Financiera encontrara en listado de los bancos comerciales en Colombia que le pueden indicar las condiciones, requisitos y documentación para acceder a este tipo de productos.</p>
<p><strong>Línea de Servicio Multicontacto Bancóldex</strong></p>
<p><strong>Bancóldex S.A.</strong></p>
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<p>Con respecto a su inquietud, le informamos que Bancóldex actúa en Colombia como una entidad financiera de segundo piso, es decir, que por su naturaleza jurídica no ofrece a los empresarios ningún tipo de productos como inversiones inmobiliarias, créditos hipotecarios, cuentas corrientes o de ahorros, por lo que si usted desea un crédito de esta naturaleza le sugerimos visitar el siguiente link <a href="http://www.abcmicasa.com.co/portal/page/portal/Portal_ABCMicasa/Portal_ABCMicasa_home/">http://www.abcmicasa.com.co/portal/page/portal/Portal_ABCMicasa/Portal_ABCMicasa_home/</a> perteneciente a Asobancaria, donde podrá encontrar información práctica y objetiva en temas relacionados con Crédito Hipotecario (Crédito para su casa, Financiación de Vivienda, Sistema de amortización, Subsidio de vivienda, entre otros), con el fin de que pueda ampliar su conocimiento como comprador o propietario de vivienda y de esta manera identificar las condiciones que estructuran la financiación por parte de los bancos en la gestión de los créditos hipotecarios.</p>
<p>Por otra parte lo invitamos a visitar los siguientes links para obtener información de interés sobre los aspectos más relevantes en el momento de acceder a compra vivienda a través de un crédito hipotecario <a href="http://contenido.metrocuadrado.com/contenidom2/financiacion_m2/credhipot_m2/homecrditoshipotecarios/home_seccion.html">http://contenido.metrocuadrado.com/contenidom2/financiacion_m2/credhipot_m2/homecrditoshipotecarios/home_seccion.html</a> , <a href="http://www.minvivienda.gov.co/SitePages/Ministerio%20de%20Vivienda.aspx">http://www.minvivienda.gov.co/SitePages/Ministerio%20de%20Vivienda.aspx</a>, adicionalmente en el link <a href="http://www.superfinanciera.gov.co/">http://www.superfinanciera.gov.co/</a>. de la Superintendencia Financiera encontrara en listado de los bancos comerciales en Colombia que le pueden indicar las condiciones, requisitos y documentación para acceder a este tipo de productos.</p>
<p><strong>Línea de Servicio Multicontacto Bancóldex</strong></p>
<p><strong>Bancóldex S.A.</strong></p>
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El subsidio vitalicio que propusieron a madres comunitarias de $ 220. y $ 280, como se aplica a estos valores.
El subsidio vitalicio que propusieron a madres comunitarias de $ 220. y $ 280, como se aplica a estos valores.
Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>
<p>Con respecto a su pregunta le manifiesto que la respuesta es por mandato legal tal como lo establece la ley 1607 de 2012, en su artículo 36 que estipula en su segundo inciso: “La segunda etapa para el reconocimiento del salario mínimo para las madres comunitarias se hará a partir de la vigencia 2014. Durante ese año, todas las Madres Comunitarias estarán formalizadas laboralmente y devengarán un salario mínimo o su equivalente <u>de acuerdo con el tiempo de dedicación al Programa.</u> Las madres sustitutas recibirán una bonificación equivalente al salario mínimo del 2014, <u>proporcional al número de días activos y nivel de ocupación del hogar sustituto durante el mes.</u> (lo subrayado es nuestro)</p>
<p> </p>
<p>Para mayor claridad le transcribió la totalidad del artículo 36 de la citada ley:</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>ARTÍCULO 36. Durante el transcurso del año 2013, se otorgará a las Madres Comunitarias y Sustitutas una beca equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente. De manera progresiva durante los años 2013, se diseñarán y adoptarán diferentes modalidades de vinculación, en procura de garantizar a todas las madres comunitarias el salario mínimo legal mensual vigente, sin que lo anterior implique otorgarles la calidad de funcionarias públicas.</p>
<p>La segunda etapa para el reconocimiento del salario mínimo para las madres comunitarias se hará a partir de la vigencia 2014. Durante ese año, todas las Madres Comunitarias estarán formalizadas laboralmente y devengarán un salario mínimo o su equivalente de acuerdo con el tiempo de dedicación al Programa. Las madres sustitutas recibirán una bonificación equivalente al salario mínimo del 2014, proporcional al número de días activos y nivel de ocupación del hogar sustituto durante el mes.</p>
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<p>Con respecto a su pregunta le manifiesto que la respuesta es por mandato legal tal como lo establece la ley 1607 de 2012, en su artículo 36 que estipula en su segundo inciso: “La segunda etapa para el reconocimiento del salario mínimo para las madres comunitarias se hará a partir de la vigencia 2014. Durante ese año, todas las Madres Comunitarias estarán formalizadas laboralmente y devengarán un salario mínimo o su equivalente <u>de acuerdo con el tiempo de dedicación al Programa.</u> Las madres sustitutas recibirán una bonificación equivalente al salario mínimo del 2014, <u>proporcional al número de días activos y nivel de ocupación del hogar sustituto durante el mes.</u> (lo subrayado es nuestro)</p>
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<p>Para mayor claridad le transcribió la totalidad del artículo 36 de la citada ley:</p>
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<p>ARTÍCULO 36. Durante el transcurso del año 2013, se otorgará a las Madres Comunitarias y Sustitutas una beca equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente. De manera progresiva durante los años 2013, se diseñarán y adoptarán diferentes modalidades de vinculación, en procura de garantizar a todas las madres comunitarias el salario mínimo legal mensual vigente, sin que lo anterior implique otorgarles la calidad de funcionarias públicas.</p>
<p>La segunda etapa para el reconocimiento del salario mínimo para las madres comunitarias se hará a partir de la vigencia 2014. Durante ese año, todas las Madres Comunitarias estarán formalizadas laboralmente y devengarán un salario mínimo o su equivalente de acuerdo con el tiempo de dedicación al Programa. Las madres sustitutas recibirán una bonificación equivalente al salario mínimo del 2014, proporcional al número de días activos y nivel de ocupación del hogar sustituto durante el mes.</p>
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Porque las madres sustitutas el SMMLV es proporcional a los niños atendidos, no reciben completo el beneficio.
Porque las madres sustitutas el SMMLV es proporcional a los niños atendidos, no reciben completo el beneficio.
Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>
<p>Con respecto a su pregunta le manifiesto que la respuesta es por mandato legal tal como lo establece la ley 1607 de 2012, en su artículo 36 que estipula en su segundo inciso: “La segunda etapa para el reconocimiento del salario mínimo para las madres comunitarias se hará a partir de la vigencia 2014. Durante ese año, todas las Madres Comunitarias estarán formalizadas laboralmente y devengarán un salario mínimo o su equivalente <u>de acuerdo con el tiempo de dedicación al Programa.</u> Las madres sustitutas recibirán una bonificación equivalente al salario mínimo del 2014, <u>proporcional al número de días activos y nivel de ocupación del hogar sustituto durante el mes.</u> (lo subrayado es nuestro)</p>
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<p>Para mayor claridad le transcribió la totalidad del artículo 36 de la citada ley:</p>
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<p>ARTÍCULO 36. Durante el transcurso del año 2013, se otorgará a las Madres Comunitarias y Sustitutas una beca equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente. De manera progresiva durante los años 2013, se diseñarán y adoptarán diferentes modalidades de vinculación, en procura de garantizar a todas las madres comunitarias el salario mínimo legal mensual vigente, sin que lo anterior implique otorgarles la calidad de funcionarias públicas.</p>
<p>La segunda etapa para el reconocimiento del salario mínimo para las madres comunitarias se hará a partir de la vigencia 2014. Durante ese año, todas las Madres Comunitarias estarán formalizadas laboralmente y devengarán un salario mínimo o su equivalente de acuerdo con el tiempo de dedicación al Programa. Las madres sustitutas recibirán una bonificación equivalente al salario mínimo del 2014, proporcional al número de días activos y nivel de ocupación del hogar sustituto durante el mes.</p>
<p>Con respecto a su pregunta le manifiesto que la respuesta es por mandato legal tal como lo establece la ley 1607 de 2012, en su artículo 36 que estipula en su segundo inciso: “La segunda etapa para el reconocimiento del salario mínimo para las madres comunitarias se hará a partir de la vigencia 2014. Durante ese año, todas las Madres Comunitarias estarán formalizadas laboralmente y devengarán un salario mínimo o su equivalente <u>de acuerdo con el tiempo de dedicación al Programa.</u> Las madres sustitutas recibirán una bonificación equivalente al salario mínimo del 2014, <u>proporcional al número de días activos y nivel de ocupación del hogar sustituto durante el mes.</u> (lo subrayado es nuestro)</p>
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<p>Para mayor claridad le transcribió la totalidad del artículo 36 de la citada ley:</p>
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<p>ARTÍCULO 36. Durante el transcurso del año 2013, se otorgará a las Madres Comunitarias y Sustitutas una beca equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente. De manera progresiva durante los años 2013, se diseñarán y adoptarán diferentes modalidades de vinculación, en procura de garantizar a todas las madres comunitarias el salario mínimo legal mensual vigente, sin que lo anterior implique otorgarles la calidad de funcionarias públicas.</p>
<p>La segunda etapa para el reconocimiento del salario mínimo para las madres comunitarias se hará a partir de la vigencia 2014. Durante ese año, todas las Madres Comunitarias estarán formalizadas laboralmente y devengarán un salario mínimo o su equivalente de acuerdo con el tiempo de dedicación al Programa. Las madres sustitutas recibirán una bonificación equivalente al salario mínimo del 2014, proporcional al número de días activos y nivel de ocupación del hogar sustituto durante el mes.</p>
Como llegaron a la conclusión del subsidio de $220 y $280 para las madres comunitarias despues de tantos años de trabajo
Como llegaron a la conclusión del subsidio de $220 y $280 para las madres comunitarias despues de tantos años de trabajo
Respuesta
<p>El Decreto 605 del 1º de abril de 2013 por el cual se reglamentan los artículos 164 y 166 de la Ley 1450 de 2011 establece en sus artículos 2, 3, 4 y 5. lo siguiente:</p>
<p><strong>Artículo 5°. <em>Valor del Subsidio</em>.</strong> El monto del subsidio a cargo de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, será el mismo que hoy se entrega a los adultos mayores a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor, en cada ente territorial del país, según el municipio en el que resida la persona beneficiaria.</p>
<p>El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), asumirá la diferencia entre lo otorgado por el Programa de Protección Social al Adulto Mayor y el valor que se establece a continuación:</p>
<p><img alt="Descripción: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/img_n/ixn52441ixnDN6052013_html_mabc5b85.gif" height="104" src="file:///C:/Users/equipo7/AppData/Local/Temp/msohtmlclip1/01/clip_image001.gif" width="512" /></p>
<p><strong>Parágrafo 1°. </strong>Este subsidio se pagará en los mismos periodos y con las mismas condi­ciones que para los beneficiarios de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.</p>
<p><strong>Parágrafo 2°.</strong> El Ministerio del Trabajo y el Instituto Colombiano de Bienestar Fami­liar (ICBF), suscribirán un Convenio Interadministrativo, en el cual se deberán incluir los aspectos operativos para la transferencia de los recursos que debe realizar el ICBF para completar el subsidio de que trata el presente.</p>
<p> </p>
<p><strong>Artículo 5°. <em>Valor del Subsidio</em>.</strong> El monto del subsidio a cargo de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, será el mismo que hoy se entrega a los adultos mayores a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor, en cada ente territorial del país, según el municipio en el que resida la persona beneficiaria.</p>
<p>El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), asumirá la diferencia entre lo otorgado por el Programa de Protección Social al Adulto Mayor y el valor que se establece a continuación:</p>
<p><img alt="Descripción: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/img_n/ixn52441ixnDN6052013_html_mabc5b85.gif" height="104" src="file:///C:/Users/equipo7/AppData/Local/Temp/msohtmlclip1/01/clip_image001.gif" width="512" /></p>
<p><strong>Parágrafo 1°. </strong>Este subsidio se pagará en los mismos periodos y con las mismas condi­ciones que para los beneficiarios de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.</p>
<p><strong>Parágrafo 2°.</strong> El Ministerio del Trabajo y el Instituto Colombiano de Bienestar Fami­liar (ICBF), suscribirán un Convenio Interadministrativo, en el cual se deberán incluir los aspectos operativos para la transferencia de los recursos que debe realizar el ICBF para completar el subsidio de que trata el presente.</p>
<p> </p>
Respuesta
<p>apreciado Ciudadano.</p>
<p>Debido a la complejidad de su solicitud, esta no podrá ser respondida de fondo a través de la plataforma de Urna de Cristal, por tal motivo le sugerimos hacer su petición, queja o reclamo a través de nuestros canales de atención:</p>
<p> </p>
<p>Chat institucional: a través de la página Web <a href="http://www.minvivienda.gov.co/">www.minvivienda.gov.co</a> lunes a viernes de 9:00 am a 12:00 m</p>
<p>Correo electrónico <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a></p>
<p>Ventanilla única de radicación: calle 18 N° 7-59 Bogotá lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm</p>
<p>Conmutador: (571) 3323434</p>
<p>Centro de contacto telefónico: 5953525 opción 1 – 8 Línea gratuita nacional 018000952525 opción 1 – 8</p>
<p>Fax: 2817327</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p><strong>GRUPO DE ATENCIÓN AL USUARIO Y ARCHIVO</strong></p>
<p>Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio</p>
<p>Debido a la complejidad de su solicitud, esta no podrá ser respondida de fondo a través de la plataforma de Urna de Cristal, por tal motivo le sugerimos hacer su petición, queja o reclamo a través de nuestros canales de atención:</p>
<p> </p>
<p>Chat institucional: a través de la página Web <a href="http://www.minvivienda.gov.co/">www.minvivienda.gov.co</a> lunes a viernes de 9:00 am a 12:00 m</p>
<p>Correo electrónico <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a></p>
<p>Ventanilla única de radicación: calle 18 N° 7-59 Bogotá lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm</p>
<p>Conmutador: (571) 3323434</p>
<p>Centro de contacto telefónico: 5953525 opción 1 – 8 Línea gratuita nacional 018000952525 opción 1 – 8</p>
<p>Fax: 2817327</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p><strong>GRUPO DE ATENCIÓN AL USUARIO Y ARCHIVO</strong></p>
<p>Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio</p>
Por qué a las ESE no cumplen el tener un sistema de costos en salud? debería incluirse en reforma como obligatorio
Por qué a las ESE no cumplen el tener un sistema de costos en salud? debería incluirse en reforma como obligatorio
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Muñoz.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Esta pregunta está asociada a la eficiencia y sostenibilidad de la red pública hospitalaria. Sobre este punto es importante recordar que los hospitales públicos deben cumplir con unos lineamientos claros en términos de programación y ejecución del gasto orientado a buscar un buen manejo de los recursos disponibles. Un ejemplo de estos son los planes de ajuste fiscal y financiero que buscan garantizar la sostenibilidad de los hospitales públicos y realizar un estricto cumplimiento a su comportamiento.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Esta pregunta está asociada a la eficiencia y sostenibilidad de la red pública hospitalaria. Sobre este punto es importante recordar que los hospitales públicos deben cumplir con unos lineamientos claros en términos de programación y ejecución del gasto orientado a buscar un buen manejo de los recursos disponibles. Un ejemplo de estos son los planes de ajuste fiscal y financiero que buscan garantizar la sostenibilidad de los hospitales públicos y realizar un estricto cumplimiento a su comportamiento.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿que pasará con los medico y demas trabajadores de la salud y su salario? ¿han tenido en cuenta la opinion de ellos?
¿que pasará con los medico y demas trabajadores de la salud y su salario? ¿han tenido en cuenta la opinion de ellos?
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
plan de accion de las EPS para minimizar las quejas ante la SNS como por ejemplo oportunidad de citas medica general
plan de accion de las EPS para minimizar las quejas ante la SNS como por ejemplo oportunidad de citas medica general
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Mendoza.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Es importante resaltar aquí que la reestructuración de la Superintendencia Nacional de Salud que ya está en marcha permitirá a esta entidad tener una mayor presencia territorial y enfocarse en la protección del usuario para que quejas como las anotadas en la pregunta sean mejor gestionadas. Por otra parte en el marco de la reforma, la obligación de los Gestores de Servicios de Salud de presentar una red de prestadores de servicios de salud adecuada para atender a la población y el cumplimiento de estrictas condiciones de habilitación están orientadas precisamente a generar condiciones que permitan mejorar el servicio de salud y por tanto reducir las quejas de los usuarios. Sin embargo, problemas como la oportunidad de citas no solo dependen de los Gestores sino también de la oferta de recursos humano y de instituciones prestadoras de servicios de salud sanas financieramente, entre otros factores lo cuales también son tratados en el Proyecto de Ley. </p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Es importante resaltar aquí que la reestructuración de la Superintendencia Nacional de Salud que ya está en marcha permitirá a esta entidad tener una mayor presencia territorial y enfocarse en la protección del usuario para que quejas como las anotadas en la pregunta sean mejor gestionadas. Por otra parte en el marco de la reforma, la obligación de los Gestores de Servicios de Salud de presentar una red de prestadores de servicios de salud adecuada para atender a la población y el cumplimiento de estrictas condiciones de habilitación están orientadas precisamente a generar condiciones que permitan mejorar el servicio de salud y por tanto reducir las quejas de los usuarios. Sin embargo, problemas como la oportunidad de citas no solo dependen de los Gestores sino también de la oferta de recursos humano y de instituciones prestadoras de servicios de salud sanas financieramente, entre otros factores lo cuales también son tratados en el Proyecto de Ley. </p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
hacer relevancia en las tic como un mecanismo de participacion , acercandolo a la poblacion que realmente lo requiere
hacer relevancia en las tic como un mecanismo de participacion , acercandolo a la poblacion que realmente lo requiere
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">Agradecemos tu participación por este canal. Teniendo en cuenta la intervención realizada, el Gobierno Nacional a través de Urna de Cristal, creo herramientas de interacción, comunicación e información con el ciudadano, teniendo como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Así mismo el ciudadano podrá conocer los resultados, avances e iniciativas del gobierno de la prosperidad democrática, hacer llegar inquietudes, comentarios y propuestas directamente a las entidades gubernamentales e interactuar y aprender de la gestión estatal con el ánimo de construir un mejor gobierno entre todos.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Agradecemos tu participación por este canal. Teniendo en cuenta la intervención realizada, el Gobierno Nacional a través de Urna de Cristal, creo herramientas de interacción, comunicación e información con el ciudadano, teniendo como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Así mismo el ciudadano podrá conocer los resultados, avances e iniciativas del gobierno de la prosperidad democrática, hacer llegar inquietudes, comentarios y propuestas directamente a las entidades gubernamentales e interactuar y aprender de la gestión estatal con el ánimo de construir un mejor gobierno entre todos.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
Respuesta
<p>Buenas tardes señor usuario, el Decreto 0953 de 2013 ya se encuentra vigente, ahora le corresponde a las Entidades Territoriales (gobernaciones y alcaldias) junto con las Autoridades Ambientales de su jurisdicción empezar a ejecutarlo. Pero de acuerdo a las vigencias presupuestales de las entidades, estas podrán desde el 2014</p>
¿cómo buscarán descentralizar la atención de mediana y alta complejidad de las ciudades capitales?
Registrada:
Código:
3269
¿cómo buscarán descentralizar la atención de mediana y alta complejidad de las ciudades capitales?
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3269
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que la creación de las Áreas de Gestión Sanitaria busca crear centros de referencia en los cuales se desarrollen redes integrales de atención con todos los niveles de complejidad. Con ello se pretende que la atención especializada y de alta complejidad se descentralice y no siga siendo prestada en 4 o cinco grandes ciudades como ocurre en la actualidad.</p>
<p>Agradecemos su colaboración.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que la creación de las Áreas de Gestión Sanitaria busca crear centros de referencia en los cuales se desarrollen redes integrales de atención con todos los niveles de complejidad. Con ello se pretende que la atención especializada y de alta complejidad se descentralice y no siga siendo prestada en 4 o cinco grandes ciudades como ocurre en la actualidad.</p>
<p>Agradecemos su colaboración.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Qué hay de cierto en que quieren reducir los sueldos de los médicos generales y especialistas?
Registrada:
Código:
3268
¿Qué hay de cierto en que quieren reducir los sueldos de los médicos generales y especialistas?
Registrada:
Código:
3268
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. López:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Es cierto que ahora a las EGS les darán 3 UPC en lugar de 1 como se hacia con las EPS?
Registrada:
Código:
3267
¿Es cierto que ahora a las EGS les darán 3 UPC en lugar de 1 como se hacia con las EPS?
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3267
Respuesta
<p>Buenos días.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>No es cierto que a las Gestoras se les vaya a dar 3 UPC; recibirán una UPC por cada afiliado y por aparte se les cancelarán unos gastos de administración.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co/">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>No es cierto que a las Gestoras se les vaya a dar 3 UPC; recibirán una UPC por cada afiliado y por aparte se les cancelarán unos gastos de administración.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co/">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Joana:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación y la invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación y la invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿hay algun beneficio para 5 integrantes de una misma familia que prestaron servicio militar?.
Registrada:
Código:
3265
¿hay algun beneficio para 5 integrantes de una misma familia que prestaron servicio militar?.
Registrada:
Código:
3265
Respuesta
<p>Buenas tardes, de manera atenta me permito informarle que el servicio militar es una obligación constitucional y legal que se ha regido, anteriormente con el artículo 165 de la Constitución de 1886 y actualmente con el artículo 216 de la Constitución de 1991 y legalmente a través de la Ley 48/1993.NO EXISTE norma alguna que reconozca la bonificación, prevendas u otros incentivos para el personal que presto su servicio militar.</p>
<p>Para la Presidencia de la República y para el Ministerio de Defensa Nacional es muy grato contar con personas como usted, tendremos en cuenta su sugerencia para hacerla participe a las fuerzas y entes respectivos.</p>
<p style="margin-left: 1cm"> </p>
<p>Para la Presidencia de la República y para el Ministerio de Defensa Nacional es muy grato contar con personas como usted, tendremos en cuenta su sugerencia para hacerla participe a las fuerzas y entes respectivos.</p>
<p style="margin-left: 1cm"> </p>
¿Qué medidas va a adoptar el Gobierno, si los bancos no prestan a los postulados los montos requeridos para las VIPA?
¿Qué medidas va a adoptar el Gobierno, si los bancos no prestan a los postulados los montos requeridos para las VIPA?
Respuesta
<p>apreciado ciudadano </p>
<p> </p>
<p>en respuesta a su solicitud le informnanos que todo lo referemte a creditos y lineas de credito es competencia de la autoridad en la materia, por tal motivo le recomendamos hacer su consulta ante el banco de la Republica</p>
<p> </p>
<p>en respuesta a su solicitud le informnanos que todo lo referemte a creditos y lineas de credito es competencia de la autoridad en la materia, por tal motivo le recomendamos hacer su consulta ante el banco de la Republica</p>
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer lugar, dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Nación en el Presupuesto General de la Nación para saneamiento de pasivos derivados de la atención en salud de la población pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos públicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidación de las EPS, v) las medidas de giro directo en el Régimen Subsidiado y en el Régimen Contributiva para las entidades que están en medida de vigilancia o en liquidación y, vi) el proceso de aclaración de cuentas de la Circulas 30.</p>
<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistemáticos de aclaración de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecución de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos públicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer lugar, dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Nación en el Presupuesto General de la Nación para saneamiento de pasivos derivados de la atención en salud de la población pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos públicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidación de las EPS, v) las medidas de giro directo en el Régimen Subsidiado y en el Régimen Contributiva para las entidades que están en medida de vigilancia o en liquidación y, vi) el proceso de aclaración de cuentas de la Circulas 30.</p>
<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistemáticos de aclaración de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecución de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos públicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
porq el subcidio del gobierno por el DPS de medellin se demora en los pagos a los estudiantes . sabiendo q la plata esta
porq el subcidio del gobierno por el DPS de medellin se demora en los pagos a los estudiantes . sabiendo q la plata esta
Respuesta
<p>Bogotá,</p>
<p>Apreciado ciudadano,</p>
<p>Asunto: Respuesta Solicitud Radicado No. 201320121028002</p>
<p>En respuesta a su solicitud, relacionada con las transferencia monetaria condicionada del Programa Jóvenes en Acción, nos permitimos indicar la dirección de Ingreso Social del DPS, tiene a su cargo los programas de transferencias monetarias condicionadas, como Más Familias en Acción y Jóvenes en Acción, para que los beneficiarios de dichos programas puedan recibir sus incentivos se realiza previa verificación de compromisos.</p>
<p>Todos los participantes del Programa Jóvenes en Acción, deben cumplir con sus compromisos académicos en todas las etapas del proceso de formación (Lectiva y Productiva). Según la verificación realizada por el SENA-DPS. Como se informó en el taller de participantes el valor de la transferencia monetaria condicionada (TMC) es DOSCIENTOS MIL PESOS MONEDA CORRIENTE de ($200.000), que se giran cada dos meses previa verificación de cumplimiento de compromisos</p>
<p>Lo invitamos a consultar nuestra página web www.dps.gov.co y la información que permanentemente publicamos en redes sociales como Facebook (DPS Jóvenes en Acción) o Twitter (@DPSjovenes), en éstas usted puede actualizarse con las novedades del Programa.</p>
<p>Recuerde que los programas y servicios ofrecidos por el DPS son completamente gratuitos, no requieren intermediarios.</p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>GRUPO DE TRABAJO JOVENES EN ACCION</p>
<p>Área de Gestión de Servicio al Ciudadano - DPS</p>
<p>Subdirección General</p>
<p>Apreciado ciudadano,</p>
<p>Asunto: Respuesta Solicitud Radicado No. 201320121028002</p>
<p>En respuesta a su solicitud, relacionada con las transferencia monetaria condicionada del Programa Jóvenes en Acción, nos permitimos indicar la dirección de Ingreso Social del DPS, tiene a su cargo los programas de transferencias monetarias condicionadas, como Más Familias en Acción y Jóvenes en Acción, para que los beneficiarios de dichos programas puedan recibir sus incentivos se realiza previa verificación de compromisos.</p>
<p>Todos los participantes del Programa Jóvenes en Acción, deben cumplir con sus compromisos académicos en todas las etapas del proceso de formación (Lectiva y Productiva). Según la verificación realizada por el SENA-DPS. Como se informó en el taller de participantes el valor de la transferencia monetaria condicionada (TMC) es DOSCIENTOS MIL PESOS MONEDA CORRIENTE de ($200.000), que se giran cada dos meses previa verificación de cumplimiento de compromisos</p>
<p>Lo invitamos a consultar nuestra página web www.dps.gov.co y la información que permanentemente publicamos en redes sociales como Facebook (DPS Jóvenes en Acción) o Twitter (@DPSjovenes), en éstas usted puede actualizarse con las novedades del Programa.</p>
<p>Recuerde que los programas y servicios ofrecidos por el DPS son completamente gratuitos, no requieren intermediarios.</p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>GRUPO DE TRABAJO JOVENES EN ACCION</p>
<p>Área de Gestión de Servicio al Ciudadano - DPS</p>
<p>Subdirección General</p>
porq en el municipio de liborina (ant) no dan los subcidios del adulto mayor hace 6 meses y no se las dan completa.
porq en el municipio de liborina (ant) no dan los subcidios del adulto mayor hace 6 meses y no se las dan completa.
Respuesta
<p>El Programa de Solidaridad con el Adulto Mayor “Colombia Mayor”, busca aumentar la protección a las personas adultos mayores que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión o viven en la indigencia o en la extrema pobreza; por medio de la entrega de un subsidio económico</p>
<p> </p>
<p>El Programa ofrece un subsidio económico monetario o en especie, intransferible, el cual es entregado a la población que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Decreto 3771 del 1 de octubre de 2007</p>
<p> </p>
<p>Su inquietud debe hacerla llegar directamente a la Alcaldía municipal del municipio donde Usted reside. </p>
<p> </p>
<p>El Programa ofrece un subsidio económico monetario o en especie, intransferible, el cual es entregado a la población que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Decreto 3771 del 1 de octubre de 2007</p>
<p> </p>
<p>Su inquietud debe hacerla llegar directamente a la Alcaldía municipal del municipio donde Usted reside. </p>
Señor ministro q va a pasar con la politica farmaceutica y la oferta de medicamentos y los medicamentos biologicos?
Señor ministro q va a pasar con la politica farmaceutica y la oferta de medicamentos y los medicamentos biologicos?
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Luisa Fernanda:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el Gobierno Nacional establecerá una Política Farmacéutica Nacional, programática e integral en la que se identifiquen las estrategias, prioridades, mecanismos de financiación, adquisición, almacenamiento, producción, compra y distribución de los insumos, tecnologías y medicamentos, así como los mecanismos de regulación de precios de medicamentos. Esta política estará basada en criterios de necesidad, calidad, costo efectividad, suficiencia y oportunidad.</p>
<p>Con el objetivo de mantener la transparencia en la oferta de medicamentos necesarios para proteger el derecho fundamental a la salud, una vez por semestre la entidad responsable de la expedición del registro sanitario, emitirá un informe de carácter público sobre los registros otorgados a nuevos medicamentos incluyendo la respectiva información terapéutica. Así mismo, remitirá un listado de los registros negados y un breve resumen de las razones que justificaron dicha determinación. (Artículo 23. Ley estatutaria).</p>
<p>El tema de los medicamentos biológicos y tecnológicos no están dentro del Proyecto de Ley. El Ministerio de salud y Protección Social adelanta una Consulta Pública sobre el proyecto de decreto <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Biol%c3%b3gicos%20cuarta%20versi%c3%b3n%20%20Definitiva.pdf" target="_blank" title=""Por el cual se reglamenta, para propósitos del registro sanitario, el procedimiento de evaluación de calidad, seguridad y efica">"Por el cual se reglamenta, para propósitos del registro sanitario, el procedimiento de evaluación de calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos biológicos y se dictan otras disposiciones" </a> . Sobre este tema encuentra más información en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Consulta-P%C3%BAblica-proyecto-de-decreto-registro-y-vigilancia-de-medicamentos-de-origen-biol%C3%B3gicos-y-biotecnol%C3%B3gicos.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Consulta-P%C3%BAblica-proyecto-de-decreto-registro-y-vigilancia-de-medicamentos-de-origen-biol%C3%B3gicos-y-biotecnol%C3%B3gicos.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el Gobierno Nacional establecerá una Política Farmacéutica Nacional, programática e integral en la que se identifiquen las estrategias, prioridades, mecanismos de financiación, adquisición, almacenamiento, producción, compra y distribución de los insumos, tecnologías y medicamentos, así como los mecanismos de regulación de precios de medicamentos. Esta política estará basada en criterios de necesidad, calidad, costo efectividad, suficiencia y oportunidad.</p>
<p>Con el objetivo de mantener la transparencia en la oferta de medicamentos necesarios para proteger el derecho fundamental a la salud, una vez por semestre la entidad responsable de la expedición del registro sanitario, emitirá un informe de carácter público sobre los registros otorgados a nuevos medicamentos incluyendo la respectiva información terapéutica. Así mismo, remitirá un listado de los registros negados y un breve resumen de las razones que justificaron dicha determinación. (Artículo 23. Ley estatutaria).</p>
<p>El tema de los medicamentos biológicos y tecnológicos no están dentro del Proyecto de Ley. El Ministerio de salud y Protección Social adelanta una Consulta Pública sobre el proyecto de decreto <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Biol%c3%b3gicos%20cuarta%20versi%c3%b3n%20%20Definitiva.pdf" target="_blank" title=""Por el cual se reglamenta, para propósitos del registro sanitario, el procedimiento de evaluación de calidad, seguridad y efica">"Por el cual se reglamenta, para propósitos del registro sanitario, el procedimiento de evaluación de calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos biológicos y se dictan otras disposiciones" </a> . Sobre este tema encuentra más información en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Consulta-P%C3%BAblica-proyecto-de-decreto-registro-y-vigilancia-de-medicamentos-de-origen-biol%C3%B3gicos-y-biotecnol%C3%B3gicos.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Consulta-P%C3%BAblica-proyecto-de-decreto-registro-y-vigilancia-de-medicamentos-de-origen-biol%C3%B3gicos-y-biotecnol%C3%B3gicos.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
En Puerto Wilches-Santander, estamos arruinados, requerimos de un FONSA PC PUERTO WILCHES, para reactivar la zona.
En Puerto Wilches-Santander, estamos arruinados, requerimos de un FONSA PC PUERTO WILCHES, para reactivar la zona.
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Leonardo</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Con respecto al salario de los Residentes que va a ser 2 SMLV, se podrá tener simultaneamente el BECA a credito?
Con respecto al salario de los Residentes que va a ser 2 SMLV, se podrá tener simultaneamente el BECA a credito?
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Luisa Fernanda:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que los residentes no podrán recibir simultáneamente la remuneración por su vínculo contractual con la IPS donde realizan sus rotaciones y el estipendio de la beca crédito.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que los residentes no podrán recibir simultáneamente la remuneración por su vínculo contractual con la IPS donde realizan sus rotaciones y el estipendio de la beca crédito.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
La reforma a la salud está incluida una atención integral al paciente? o este tiene que sacar una cita para cada dolenci
La reforma a la salud está incluida una atención integral al paciente? o este tiene que sacar una cita para cada dolenci
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Aguilar.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer lugar, debe señalarse que el proyecto de ley estatutaria que actualmente está en revisión de la H. Corte Constitucional contempla dentro de sus ejes fundamentales la integralidad. Por lo tanto, los servicios y tecnologías de salud deberán ser suministrados de manera completa para prevenir, paliar o curar la enfermedad y no podrá fragmentarse la responsabilidad de la prestación de un servicio específico en desmedro de la salud del usuario.</p>
<p>En segundo lugar, la reforma plantea que los Gestores de Servicios de Salud se encargarán de gestionar la salud de la población en un Área de Gestión Sanitaria particular habilitada para tal fin, en virtud de criterios de suficiencia de red de prestadores de servicios. Así, dentro de las funciones están, entre otras, las de: i) ofrecer cobertura y atención de prestación de servicios de salud en todos los municipios del área donde fue autorizada su operación; ii) conformar y gestionar sus Redes de Prestación de Servicios de Salud que garantice el acceso, oportunidad, pertinencia, continuidad, integralidad, resolutividad y calidad en la prestación de servicios individuales de salud de sus usuarios; iii) realizar los trámites requeridos para la prestación del servicio (está prohibido transferir a los usuarios la obligación de realizar trámites administrativos internos del Gestor de Servicios de Salud y de la Red de Prestadores de Servicios de Salud); iv) contar con servicios de atención permanente en todos los municipios y distritos del Área de Gestión Sanitaria en la que operen; v) contar con un sistema de información al usuario sobre beneficios, Redes de Prestación de Servicios de Salud, mecanismos de acceso general y de urgencias, trámites quejas y reclamos, entre otros, disponible en todo el territorio nacional las 24 horas del día y todos los días del año.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer lugar, debe señalarse que el proyecto de ley estatutaria que actualmente está en revisión de la H. Corte Constitucional contempla dentro de sus ejes fundamentales la integralidad. Por lo tanto, los servicios y tecnologías de salud deberán ser suministrados de manera completa para prevenir, paliar o curar la enfermedad y no podrá fragmentarse la responsabilidad de la prestación de un servicio específico en desmedro de la salud del usuario.</p>
<p>En segundo lugar, la reforma plantea que los Gestores de Servicios de Salud se encargarán de gestionar la salud de la población en un Área de Gestión Sanitaria particular habilitada para tal fin, en virtud de criterios de suficiencia de red de prestadores de servicios. Así, dentro de las funciones están, entre otras, las de: i) ofrecer cobertura y atención de prestación de servicios de salud en todos los municipios del área donde fue autorizada su operación; ii) conformar y gestionar sus Redes de Prestación de Servicios de Salud que garantice el acceso, oportunidad, pertinencia, continuidad, integralidad, resolutividad y calidad en la prestación de servicios individuales de salud de sus usuarios; iii) realizar los trámites requeridos para la prestación del servicio (está prohibido transferir a los usuarios la obligación de realizar trámites administrativos internos del Gestor de Servicios de Salud y de la Red de Prestadores de Servicios de Salud); iv) contar con servicios de atención permanente en todos los municipios y distritos del Área de Gestión Sanitaria en la que operen; v) contar con un sistema de información al usuario sobre beneficios, Redes de Prestación de Servicios de Salud, mecanismos de acceso general y de urgencias, trámites quejas y reclamos, entre otros, disponible en todo el territorio nacional las 24 horas del día y todos los días del año.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
qtiempodispone 1EPS paraq MiSaludgire $ d 1cuenta de1POPxapendicectomía auditada a 1 IPS?se presta para realizar dolo?
qtiempodispone 1EPS paraq MiSaludgire $ d 1cuenta de1POPxapendicectomía auditada a 1 IPS?se presta para realizar dolo?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Gilberto.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Se entiende que la pregunta está orientada a los términos que tendrá el Gestor de Servicios de Salud para autorizar los giros directos. Sobre este punto cabe señalar que el reglamento establecerá términos perentorios para la autorización de giro, como ocurre hoy con el régimen subsidiado de salud. El proceso operativo tiene que estar diseñado para que el giro sea regular y oportuno. En todo caso, dado que los recursos no los manejarán los Gestores de Servicios de Salud, se entendería que no existe incentivo para dilatar el giro que corresponda hacer al respectivo prestador.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Se entiende que la pregunta está orientada a los términos que tendrá el Gestor de Servicios de Salud para autorizar los giros directos. Sobre este punto cabe señalar que el reglamento establecerá términos perentorios para la autorización de giro, como ocurre hoy con el régimen subsidiado de salud. El proceso operativo tiene que estar diseñado para que el giro sea regular y oportuno. En todo caso, dado que los recursos no los manejarán los Gestores de Servicios de Salud, se entendería que no existe incentivo para dilatar el giro que corresponda hacer al respectivo prestador.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
si la integración vertical es aprobada, se acaba la contratación obligatoria con las ESE. Cómo sobrevivirán los hospiles
si la integración vertical es aprobada, se acaba la contratación obligatoria con las ESE. Cómo sobrevivirán los hospiles
Respuesta
<p>Buens tardes sr. Gómez.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer lugar, debe señalarse que el articulado propuesto contiene la obligación de contratación mínima con la red pública en el régimen subsidiado, la cual no podrá ser inferior del 60% de los recursos manejados por el Gestor de Servicios de Salud; y en segundo lugar, se continúan discutiendo diferentes medidas que impacten lo menos posible a los hospitales públicos respecto a este tema.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer lugar, debe señalarse que el articulado propuesto contiene la obligación de contratación mínima con la red pública en el régimen subsidiado, la cual no podrá ser inferior del 60% de los recursos manejados por el Gestor de Servicios de Salud; y en segundo lugar, se continúan discutiendo diferentes medidas que impacten lo menos posible a los hospitales públicos respecto a este tema.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
en qué artículo del proyecto se define atencion básica? Es importante definir esta por la atención vertical permitida..
en qué artículo del proyecto se define atencion básica? Es importante definir esta por la atención vertical permitida..
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Gómez:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el artículo 26 del Proyecto de Ley aprobado por el Senado de la República sobre Prestadores de Servicios de Salud se refiere a este tema. Lo invitamos a consultar el siguiente link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el artículo 26 del Proyecto de Ley aprobado por el Senado de la República sobre Prestadores de Servicios de Salud se refiere a este tema. Lo invitamos a consultar el siguiente link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
¿Porque a las personas que pagan el valor mas alto en salud, les cobran el co-pago mas alto? Seguirán subiendo precios?
¿Porque a las personas que pagan el valor mas alto en salud, les cobran el co-pago mas alto? Seguirán subiendo precios?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Guillén.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos</p>
<p>El proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” tiene por objeto garantizar la efectividad del derecho fundamental a la salud. Es así como ,el proyecto busca eliminar barreras de acceso para poblaciones especiales, así: i) Prohibición del cobro de copagos a los usuarios del Régimen Subsidiado sobre las atenciones requeridas en el tratamiento de enfermedades catastróficas o de alto costo; ii) Gratuidad sin importar el régimen de afiliación, en los servicios de rehabilitación física y mental de las niñas, niños y adolescentes víctimas del conflicto armado, víctimas de violencia física y sexual y de todas las formas de maltrato certificado por autoridad competente; iii) Supresión de los pagos compartidos, cuotas moderadoras y deducibles a los pensionados que reciban mesadas pensionales de hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos</p>
<p>El proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” tiene por objeto garantizar la efectividad del derecho fundamental a la salud. Es así como ,el proyecto busca eliminar barreras de acceso para poblaciones especiales, así: i) Prohibición del cobro de copagos a los usuarios del Régimen Subsidiado sobre las atenciones requeridas en el tratamiento de enfermedades catastróficas o de alto costo; ii) Gratuidad sin importar el régimen de afiliación, en los servicios de rehabilitación física y mental de las niñas, niños y adolescentes víctimas del conflicto armado, víctimas de violencia física y sexual y de todas las formas de maltrato certificado por autoridad competente; iii) Supresión de los pagos compartidos, cuotas moderadoras y deducibles a los pensionados que reciban mesadas pensionales de hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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¿Saben ustedes cuales son los requisitos para formar especialistas?, este no es solo saber de enfermedades y tto.
¿Saben ustedes cuales son los requisitos para formar especialistas?, este no es solo saber de enfermedades y tto.
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Rendón.</p>
<p>Agradecemos su comentario. Para el Ministerio Salud y Protección Social son importantes todas las propuestas que los colombianos realizan sobre el Sistema General de Seguridad Social en Salud.</p>
<p>Cordial saludo</p>
<p>Crupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>Agradecemos su comentario. Para el Ministerio Salud y Protección Social son importantes todas las propuestas que los colombianos realizan sobre el Sistema General de Seguridad Social en Salud.</p>
<p>Cordial saludo</p>
<p>Crupo de Atención al Ciudadano</p>
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Ministro en la reforma ya se acabaron los comites tecno cientifico "CTC" en entrega de medicamentos?
Registrada:
Código:
3251
Ministro en la reforma ya se acabaron los comites tecno cientifico "CTC" en entrega de medicamentos?
Registrada:
Código:
3251
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Maria Teresa:</p>
<p>Atentamente le informamos que el mecanismo técnico científico para la negación o aprobación de servicios o tecnologías continuará bajo un esquema diferente. Sin embargo, debe recordarse que el Proyecto de Ley contempla un Plan de Beneficios estructurado atendiendo las necesidades de toda la población. Para lograr lo anterior, se adelantará una actualización integral del POS en el corto plazo que permita incluir los servicios y tecnologías que actualmente vienen siendo reconocidos por vía recobros resultado de los CTC o la acción de tutela, y en el mediano y largo plazo mediante el mecanismo de priorización en el cual participaran los agentes y usuarios interesados.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que el mecanismo técnico científico para la negación o aprobación de servicios o tecnologías continuará bajo un esquema diferente. Sin embargo, debe recordarse que el Proyecto de Ley contempla un Plan de Beneficios estructurado atendiendo las necesidades de toda la población. Para lograr lo anterior, se adelantará una actualización integral del POS en el corto plazo que permita incluir los servicios y tecnologías que actualmente vienen siendo reconocidos por vía recobros resultado de los CTC o la acción de tutela, y en el mediano y largo plazo mediante el mecanismo de priorización en el cual participaran los agentes y usuarios interesados.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Como se controlaran los "incentivos" de las EGS?, controlaran los medicamentos, los salarios del personal y servicios
Como se controlaran los "incentivos" de las EGS?, controlaran los medicamentos, los salarios del personal y servicios
Respuesta
<p>Buenos días sr. Rendón.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>El principal control a los incentivos de las Gestoras está en que no van a manejar el dinero y por lo tanto no tendrán el incentivo a hacer utilidades negando servicios o no pagándole a los prestadores. Los medicamentos, en especial aquellos más costosos y más necesarios estarán en un regimen vigilado de precios, como ya se comenzó a hacer.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co/">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>El principal control a los incentivos de las Gestoras está en que no van a manejar el dinero y por lo tanto no tendrán el incentivo a hacer utilidades negando servicios o no pagándole a los prestadores. Los medicamentos, en especial aquellos más costosos y más necesarios estarán en un regimen vigilado de precios, como ya se comenzó a hacer.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co/">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Cuando usted dice, "tenemos herramientas para asegurar la atención con calidad por parte de las EGS" ¿cuales son estas?
Cuando usted dice, "tenemos herramientas para asegurar la atención con calidad por parte de las EGS" ¿cuales son estas?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Rendón:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que la ley plantea que las Gestoras serán castigadas económicamente en función de los resultados en salud, entre los cuales se consideran tanto la percepción de los usuarios acerca de los servicios ofrecidos así como de la calidad y resultados obtenidos con estos.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que la ley plantea que las Gestoras serán castigadas económicamente en función de los resultados en salud, entre los cuales se consideran tanto la percepción de los usuarios acerca de los servicios ofrecidos así como de la calidad y resultados obtenidos con estos.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Cuál será la condición de los médicos y de los profesionales dela salud de cara a la reforma?
Registrada:
Código:
3248
Cuál será la condición de los médicos y de los profesionales dela salud de cara a la reforma?
Registrada:
Código:
3248
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer término el Estado ha venido tomando medidas concretas para mejorar las condiciones de vinculación de los trabajadores de la salud y médicos en particular, dentro de ellos cabe destacar la Ley 1429 de 2010 “<em>por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de empleo</em>”, la Ley 1438 de 2011 “<em>por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>” y el Decreto 2025 de 2011 “<em>Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010</em>”.</p>
<p>En el mismo sentido se destaca que el proyecto de ley estatutaria “<em>Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”</em>, aprobado por el Congreso de la República y que se encuentra en revisión por la Corte Constitucional, garantizó la autonomía a los profesionales de la salud y prohibió el constreñimiento, presión o restricción del ejercicio profesional; así mismo, estableció que los profesionales y trabajadores de la salud estarán amparados por condiciones laborales justas de acuerdo con las necesidades del sistema.</p>
<p>En concordancia con lo anterior, el Proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”</em>, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud, y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer término el Estado ha venido tomando medidas concretas para mejorar las condiciones de vinculación de los trabajadores de la salud y médicos en particular, dentro de ellos cabe destacar la Ley 1429 de 2010 “<em>por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de empleo</em>”, la Ley 1438 de 2011 “<em>por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>” y el Decreto 2025 de 2011 “<em>Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010</em>”.</p>
<p>En el mismo sentido se destaca que el proyecto de ley estatutaria “<em>Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”</em>, aprobado por el Congreso de la República y que se encuentra en revisión por la Corte Constitucional, garantizó la autonomía a los profesionales de la salud y prohibió el constreñimiento, presión o restricción del ejercicio profesional; así mismo, estableció que los profesionales y trabajadores de la salud estarán amparados por condiciones laborales justas de acuerdo con las necesidades del sistema.</p>
<p>En concordancia con lo anterior, el Proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”</em>, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud, y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Es cierto que Gobierno pretende via decreto establecer Salarios irrisorios de Médicos generales y especialistas ?
¿Es cierto que Gobierno pretende via decreto establecer Salarios irrisorios de Médicos generales y especialistas ?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Ministro quién realmente va a controlar, auditar los recursos de la salud para los colombianos?
Registrada:
Código:
3246
Ministro quién realmente va a controlar, auditar los recursos de la salud para los colombianos?
Registrada:
Código:
3246
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>El primero y más importante controlador de los recursos del sistema de salud es usted. Su participación, a través de las asociaciones de usuarios, en la planeación, vigilancia y control de los recursos de la salud es un hecho central en la reforma. Así, la reforma contempla la posibilidad de la creación de los Comités de Gestión de Área en cada Área de Gestión Sanitaria la cual tendrá dentro de sus funciones, entre otras, la de informar periódicamente a Salud – Mía, a la Superintendencia Nacional de Salud y a la comunidad el desarrollo del sistema en la respectiva Área de Gestión Sanitaria. Además de lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud, continuará realizando su función de inspección, vigilancia y control sobre los Prestadores de Servicios de Salud y sobre los Gestores de Servicios de Salud. </p>
<p>Agradecemos su colaboración.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>El primero y más importante controlador de los recursos del sistema de salud es usted. Su participación, a través de las asociaciones de usuarios, en la planeación, vigilancia y control de los recursos de la salud es un hecho central en la reforma. Así, la reforma contempla la posibilidad de la creación de los Comités de Gestión de Área en cada Área de Gestión Sanitaria la cual tendrá dentro de sus funciones, entre otras, la de informar periódicamente a Salud – Mía, a la Superintendencia Nacional de Salud y a la comunidad el desarrollo del sistema en la respectiva Área de Gestión Sanitaria. Además de lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud, continuará realizando su función de inspección, vigilancia y control sobre los Prestadores de Servicios de Salud y sobre los Gestores de Servicios de Salud. </p>
<p>Agradecemos su colaboración.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Ministro que va a pasar con los medicamentos de alto costo si se van a controlar? y como lo van hacer?
Ministro que va a pasar con los medicamentos de alto costo si se van a controlar? y como lo van hacer?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que elGobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Salud y Protección Social, estará a cargo de regular los precios de los medicamentos a nivel nacional para los principios activos. Dichos precios se determinarán con base en comparaciones internacionales. En todo caso no podrán superar el precio internacional de referencia de acuerdo con la metodología que defina el Gobierno Nacional.</p>
<p>Se regularán los precios de los medicamentos hasta la salida del proveedor mayorista. El Gobierno Nacional deberá regular el margen de distribución y comercialización cuando éste no refleje condiciones competitivas. (Artículo 23 de la Ley Estatutaria).</p>
<p>Agradecemos su participación y y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que elGobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Salud y Protección Social, estará a cargo de regular los precios de los medicamentos a nivel nacional para los principios activos. Dichos precios se determinarán con base en comparaciones internacionales. En todo caso no podrán superar el precio internacional de referencia de acuerdo con la metodología que defina el Gobierno Nacional.</p>
<p>Se regularán los precios de los medicamentos hasta la salida del proveedor mayorista. El Gobierno Nacional deberá regular el margen de distribución y comercialización cuando éste no refleje condiciones competitivas. (Artículo 23 de la Ley Estatutaria).</p>
<p>Agradecemos su participación y y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Ministro que va a pasar con las glosas y con la cartera de más de 360 días que tienen los Hospitales?
Ministro que va a pasar con las glosas y con la cartera de más de 360 días que tienen los Hospitales?
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Nación en el Presupuesto General de la Nación para saneamiento de pasivos derivados de la atención en salud de la población pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos públicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidación de las EPS, v) las medidas de giro directo en el Régimen Subsidiado y en el Régimen Contributiva para las entidades que están en medida de vigilancia o en liquidación y, vi) el proceso de aclaración de cuentas de la Circulas 30.</p>
<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistemáticos de aclaración de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecución de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos públicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Nación en el Presupuesto General de la Nación para saneamiento de pasivos derivados de la atención en salud de la población pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos públicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidación de las EPS, v) las medidas de giro directo en el Régimen Subsidiado y en el Régimen Contributiva para las entidades que están en medida de vigilancia o en liquidación y, vi) el proceso de aclaración de cuentas de la Circulas 30.</p>
<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistemáticos de aclaración de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecución de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos públicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Ministro quién va a responder por la deuda que tienen las EPS con los hospitales?
Registrada:
Código:
3243
Ministro quién va a responder por la deuda que tienen las EPS con los hospitales?
Registrada:
Código:
3243
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer lugar, dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Nación en el Presupuesto General de la Nación para saneamiento de pasivos derivados de la atención en salud de la población pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos públicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidación de las EPS, v) las medidas de giro directo en el Régimen Subsidiado y en el Régimen Contributiva para las entidades que están en medida de vigilancia o en liquidación y, vi) el proceso de aclaración de cuentas de la Circulas 30.</p>
<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistemáticos de aclaración de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecución de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos públicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer lugar, dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Nación en el Presupuesto General de la Nación para saneamiento de pasivos derivados de la atención en salud de la población pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos públicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidación de las EPS, v) las medidas de giro directo en el Régimen Subsidiado y en el Régimen Contributiva para las entidades que están en medida de vigilancia o en liquidación y, vi) el proceso de aclaración de cuentas de la Circulas 30.</p>
<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistemáticos de aclaración de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecución de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos públicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Qué justificación tienen para definir los salarios tanto de médicos generales como de especialistas?
Registrada:
Código:
3242
Qué justificación tienen para definir los salarios tanto de médicos generales como de especialistas?
Registrada:
Código:
3242
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Cómo pretende el gobierno controlar la corrupción que se generará cuando los gerentes sean nombrado y no por concurso?
Cómo pretende el gobierno controlar la corrupción que se generará cuando los gerentes sean nombrado y no por concurso?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que no existe ningún problema con que las Universidades sean las encargadas de formar a los especialistas; por el contrario este Ministerio considera que el mejor modelo de formación médica especializada es aquel liderado por una universidad.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que no existe ningún problema con que las Universidades sean las encargadas de formar a los especialistas; por el contrario este Ministerio considera que el mejor modelo de formación médica especializada es aquel liderado por una universidad.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>