La salud de la mujer determina la calidad de la salud.... Conoce las salas de parto tan malas q tenemos ?
La salud de la mujer determina la calidad de la salud.... Conoce las salas de parto tan malas q tenemos ?
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>El Proyecto de Ley prevé mecanismos que, junto con los mecanismos dispuestos en otras leyes vigentes y recientemente aprobadas, coadyuvan a la sostenibilidad financiera de los hospitales públicos. Al respecto vale mencionar:</p>
<p>Considerando que buena parte de la insostenibilidad financiera de los hospitales públicos está asociado al flujo de recursos procedentes de la venta de servicios a los diferentes pagadores, la reforma plantea dos tipos de medidas, así: i) las de carácter prospectivo que generalizan el giro directo desde la Nación a las instituciones prestadoras de servicios de salud, previa auditoría por parte de los Gestores de Servicios de Salud; y ii) las de carácter retrospectivo definidas en los artículos 91 y 92 del Proyecto, que establecen los procedimientos para depuración y conciliación de cuentas para que las actuales entidades promotoras de salud y las instituciones prestadoras aclaren las deudas pendientes y la prelación de pagos en los procesos de liquidación forzosa administrativa de las EPS a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud.</p>
<p>Adicionalmente el Proyecto de Ley prevé medidas en torno al funcionamiento del Fondo de Garantías del Sector Salud; la distribución de recursos del Sistema General de Participaciones en el componente de Oferta para financiar la Prestación de servicios por instituciones públicas con características monopólicas no sostenibles por venta de servicios que operen en condiciones de eficiencia y la Formalización laboral en condiciones de sostenibilidad y eficiencia; el Uso de los recursos de excedentes del Sistema General de Participaciones para el pago de deudas por prestación de servicios de salud de vigencias anteriores o programas de saneamiento fiscal y financiero de las Empresas Sociales del Estado; y facultades al Gobierno Nacional para generar mecanismos de liquidez mediante operaciones de compra de cartera y otorgamiento de garantía para el saneamiento de la cartera a 31 de diciembre de 2012, para las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud, a través de entidades públicas o mixtas del orden nacional.</p>
<p>Ahora bien, es importante reconocer que existen marcos legales y reglamentarios que la reforma mantiene, que están orientados a fortalecer y garantizar condiciones apropiadas para el adecuado desarrollo y gestión de los hospitales públicos, los cuales continuarán su proceso de desarrollo. Algunos de éstos son:Ley 1438 de 2011, artículo 79; Ley 1450 de 2011, artículo 156 y Ley 1608 de 2013, artículo 3. </p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>El Proyecto de Ley prevé mecanismos que, junto con los mecanismos dispuestos en otras leyes vigentes y recientemente aprobadas, coadyuvan a la sostenibilidad financiera de los hospitales públicos. Al respecto vale mencionar:</p>
<p>Considerando que buena parte de la insostenibilidad financiera de los hospitales públicos está asociado al flujo de recursos procedentes de la venta de servicios a los diferentes pagadores, la reforma plantea dos tipos de medidas, así: i) las de carácter prospectivo que generalizan el giro directo desde la Nación a las instituciones prestadoras de servicios de salud, previa auditoría por parte de los Gestores de Servicios de Salud; y ii) las de carácter retrospectivo definidas en los artículos 91 y 92 del Proyecto, que establecen los procedimientos para depuración y conciliación de cuentas para que las actuales entidades promotoras de salud y las instituciones prestadoras aclaren las deudas pendientes y la prelación de pagos en los procesos de liquidación forzosa administrativa de las EPS a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud.</p>
<p>Adicionalmente el Proyecto de Ley prevé medidas en torno al funcionamiento del Fondo de Garantías del Sector Salud; la distribución de recursos del Sistema General de Participaciones en el componente de Oferta para financiar la Prestación de servicios por instituciones públicas con características monopólicas no sostenibles por venta de servicios que operen en condiciones de eficiencia y la Formalización laboral en condiciones de sostenibilidad y eficiencia; el Uso de los recursos de excedentes del Sistema General de Participaciones para el pago de deudas por prestación de servicios de salud de vigencias anteriores o programas de saneamiento fiscal y financiero de las Empresas Sociales del Estado; y facultades al Gobierno Nacional para generar mecanismos de liquidez mediante operaciones de compra de cartera y otorgamiento de garantía para el saneamiento de la cartera a 31 de diciembre de 2012, para las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud, a través de entidades públicas o mixtas del orden nacional.</p>
<p>Ahora bien, es importante reconocer que existen marcos legales y reglamentarios que la reforma mantiene, que están orientados a fortalecer y garantizar condiciones apropiadas para el adecuado desarrollo y gestión de los hospitales públicos, los cuales continuarán su proceso de desarrollo. Algunos de éstos son:Ley 1438 de 2011, artículo 79; Ley 1450 de 2011, artículo 156 y Ley 1608 de 2013, artículo 3. </p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Dr usted ignora q los especialistas se viene de los pueblos por q los hospitales están en la estado, que propone ?
Dr usted ignora q los especialistas se viene de los pueblos por q los hospitales están en la estado, que propone ?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>El Proyecto de Ley prevé mecanismos que, junto con los mecanismos dispuestos en otras leyes vigentes y recientemente aprobadas, coadyuvan a la sostenibilidad financiera de los hospitales públicos. Al respecto vale mencionar:</p>
<p>Considerando que buena parte de la insostenibilidad financiera de los hospitales públicos está asociado al flujo de recursos procedentes de la venta de servicios a los diferentes pagadores, la reforma plantea dos tipos de medidas, así: i) las de carácter prospectivo que generalizan el giro directo desde la Nación a las instituciones prestadoras de servicios de salud, previa auditoría por parte de los Gestores de Servicios de Salud; y ii) las de carácter retrospectivo establecen los procedimientos para depuración y conciliación de cuentas para que las actuales entidades promotoras de salud y las instituciones prestadoras aclaren las deudas pendientes y la prelación de pagos en los procesos de liquidación forzosa administrativa de las EPS a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud.</p>
<p>Adicionalmente el Proyecto de Ley prevé medidas en torno al funcionamiento del Fondo de Garantías del Sector Salud; la distribución de recursos del Sistema General de Participaciones en el componente de Oferta para financiar la Prestación de servicios por instituciones públicas con características monopólicas no sostenibles por venta de servicios que operen en condiciones de eficiencia y la Formalización laboral en condiciones de sostenibilidad y eficiencia; el Uso de los recursos de excedentes del Sistema General de Participaciones para el pago de deudas por prestación de servicios de salud de vigencias anteriores o programas de saneamiento fiscal y financiero de las Empresas Sociales del Estado; y facultades al Gobierno Nacional para generar mecanismos de liquidez mediante operaciones de compra de cartera y otorgamiento de garantía para el saneamiento de la cartera a 31 de diciembre de 2012, para las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud, a través de entidades públicas o mixtas del orden nacional.</p>
<p>Ahora bien, es importante reconocer que existen marcos legales y reglamentarios que la reforma mantiene, que están orientados a fortalecer y garantizar condiciones apropiadas para el adecuado desarrollo y gestión de los hospitales públicos, los cuales continuarán su proceso de desarrollo. Algunos de éstos son: Ley 1438 de 2011, artículo 79; Ley 1450 de 2011, artículo 156 y Ley 1608 de 2013, artículo 3.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>El Proyecto de Ley prevé mecanismos que, junto con los mecanismos dispuestos en otras leyes vigentes y recientemente aprobadas, coadyuvan a la sostenibilidad financiera de los hospitales públicos. Al respecto vale mencionar:</p>
<p>Considerando que buena parte de la insostenibilidad financiera de los hospitales públicos está asociado al flujo de recursos procedentes de la venta de servicios a los diferentes pagadores, la reforma plantea dos tipos de medidas, así: i) las de carácter prospectivo que generalizan el giro directo desde la Nación a las instituciones prestadoras de servicios de salud, previa auditoría por parte de los Gestores de Servicios de Salud; y ii) las de carácter retrospectivo establecen los procedimientos para depuración y conciliación de cuentas para que las actuales entidades promotoras de salud y las instituciones prestadoras aclaren las deudas pendientes y la prelación de pagos en los procesos de liquidación forzosa administrativa de las EPS a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud.</p>
<p>Adicionalmente el Proyecto de Ley prevé medidas en torno al funcionamiento del Fondo de Garantías del Sector Salud; la distribución de recursos del Sistema General de Participaciones en el componente de Oferta para financiar la Prestación de servicios por instituciones públicas con características monopólicas no sostenibles por venta de servicios que operen en condiciones de eficiencia y la Formalización laboral en condiciones de sostenibilidad y eficiencia; el Uso de los recursos de excedentes del Sistema General de Participaciones para el pago de deudas por prestación de servicios de salud de vigencias anteriores o programas de saneamiento fiscal y financiero de las Empresas Sociales del Estado; y facultades al Gobierno Nacional para generar mecanismos de liquidez mediante operaciones de compra de cartera y otorgamiento de garantía para el saneamiento de la cartera a 31 de diciembre de 2012, para las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud, a través de entidades públicas o mixtas del orden nacional.</p>
<p>Ahora bien, es importante reconocer que existen marcos legales y reglamentarios que la reforma mantiene, que están orientados a fortalecer y garantizar condiciones apropiadas para el adecuado desarrollo y gestión de los hospitales públicos, los cuales continuarán su proceso de desarrollo. Algunos de éstos son: Ley 1438 de 2011, artículo 79; Ley 1450 de 2011, artículo 156 y Ley 1608 de 2013, artículo 3.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Doctor por q no cuenta con los médicos para crear la reforma si somos nosotros los únicos q sabemos de salud?
Doctor por q no cuenta con los médicos para crear la reforma si somos nosotros los únicos q sabemos de salud?
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>Atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Señor ministro por que los fiscales son los q autorizan los tratamientos y no creer en los médicos ?
Registrada:
Código:
3481
Señor ministro por que los fiscales son los q autorizan los tratamientos y no creer en los médicos ?
Registrada:
Código:
3481
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que si se refiere al accionar de los jueces de tutela, es pertinente recordar que dentro del ordenamiento jurídico actual este mecanismo es permitido. Sin embargo, se considera que el criterio médico debe ser el factor determinante a la hora de definir el tratamiento médico indicado.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que si se refiere al accionar de los jueces de tutela, es pertinente recordar que dentro del ordenamiento jurídico actual este mecanismo es permitido. Sin embargo, se considera que el criterio médico debe ser el factor determinante a la hora de definir el tratamiento médico indicado.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Ministro: "Cuando no se delimitan los recursos vamos a ser testigos de abusos" ¿Hay que limitar al derecho a la salud?
Ministro: "Cuando no se delimitan los recursos vamos a ser testigos de abusos" ¿Hay que limitar al derecho a la salud?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Sánchez:</p>
<p>Atentamente le informamos que sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Que mecanismos hay para auditar a GSS y su Red de Prestación por complicaciones generadas por falta de atención oportuna
Que mecanismos hay para auditar a GSS y su Red de Prestación por complicaciones generadas por falta de atención oportuna
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Stella:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley establece medidas para fortalecer la Superintendencia Nacional de Salud y hacer más expeditos las actuaciones de esta entidad. De igual manera, también se incluyen herramientas para alinear mejor los incentivos de los agentes, en especial de los gestores, para que su remuneración dependa de los buenos resultados en salud en la población.</p>
<p>De otra parte, debe recordarse que Salud-Mía estará sujeta al control de la Superintendencia Financiera de Colombia, en relación con sus actividades financieras, y al control fiscal por parte de la Contraloría General de la República.</p>
<p>La invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley establece medidas para fortalecer la Superintendencia Nacional de Salud y hacer más expeditos las actuaciones de esta entidad. De igual manera, también se incluyen herramientas para alinear mejor los incentivos de los agentes, en especial de los gestores, para que su remuneración dependa de los buenos resultados en salud en la población.</p>
<p>De otra parte, debe recordarse que Salud-Mía estará sujeta al control de la Superintendencia Financiera de Colombia, en relación con sus actividades financieras, y al control fiscal por parte de la Contraloría General de la República.</p>
<p>La invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Cuál es la ventaja de mantener intermediarios en el sistema? ¿Es el Estado incapaz de manejarlo directamente?
¿Cuál es la ventaja de mantener intermediarios en el sistema? ¿Es el Estado incapaz de manejarlo directamente?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Sanchez.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad. En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad. En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Cuál es el objeto del plan de beneficios individual además del obvio recorte de servicios a los q accede un colombiano?
¿Cuál es el objeto del plan de beneficios individual además del obvio recorte de servicios a los q accede un colombiano?
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el plan de beneficios Mi-Plan se estructurará atendiendo las necesidades de toda la población. Para lograr lo anterior, se adelantará una actualización integral del POS en el corto plazo que permita incluir los servicios y tecnologías que actualmente vienen siendo reconocidos por vía recobros resultado de los CTC o la acción de tutela, y en el mediano y largo plazo mediante el mecanismo de priorización en el cual participaran los agentes y usuarios interesados.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el plan de beneficios Mi-Plan se estructurará atendiendo las necesidades de toda la población. Para lograr lo anterior, se adelantará una actualización integral del POS en el corto plazo que permita incluir los servicios y tecnologías que actualmente vienen siendo reconocidos por vía recobros resultado de los CTC o la acción de tutela, y en el mediano y largo plazo mediante el mecanismo de priorización en el cual participaran los agentes y usuarios interesados.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Porque no se concibe a enfermos como ciudadanos y no como usuarios? ¿Salud como derecho fundamental y no como servicio?
¿Porque no se concibe a enfermos como ciudadanos y no como usuarios? ¿Salud como derecho fundamental y no como servicio?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Sánchez:</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen. La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro. En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sean públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen. La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro. En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sean públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por que no me dejan escoger donde consultar si yo escojo el lugar de mejor calidad para mi?, dejen competir en calidad
Por que no me dejan escoger donde consultar si yo escojo el lugar de mejor calidad para mi?, dejen competir en calidad
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Puerta:</p>
<p>Atentamente le informamos que las normas hoy vigentes establecen que cuando hay mala calidad de los servicios, el usuario puede escoger otra EPS o prestador de servicios.</p>
<p>De otra parte, la complejidad e integralidad de los servicios de salud en la actualidad, en especial para pacientes con enfermedades complejas, hacen imposible que un solo prestador pueda ofrecerle todos los servicios, medicamentos e insumos que requiera, lo que tampoco es posible ofrecerlo en un solo lugar. Por eso, debe existir alguien que organice y coordine la prestación de servicios. No hacerlo le agregaría al usuario pasos y trámites que además de no saber hacerlo retardarían con ello su proceso de atención. La libre elección debe garantizarse es para el profesional que trate al paciente, lo que a veces en casos especializados no es posible por su bajo número o por la poca disponibilidad de ellos. </p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que las normas hoy vigentes establecen que cuando hay mala calidad de los servicios, el usuario puede escoger otra EPS o prestador de servicios.</p>
<p>De otra parte, la complejidad e integralidad de los servicios de salud en la actualidad, en especial para pacientes con enfermedades complejas, hacen imposible que un solo prestador pueda ofrecerle todos los servicios, medicamentos e insumos que requiera, lo que tampoco es posible ofrecerlo en un solo lugar. Por eso, debe existir alguien que organice y coordine la prestación de servicios. No hacerlo le agregaría al usuario pasos y trámites que además de no saber hacerlo retardarían con ello su proceso de atención. La libre elección debe garantizarse es para el profesional que trate al paciente, lo que a veces en casos especializados no es posible por su bajo número o por la poca disponibilidad de ellos. </p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por que hay que continuar con las EPS?, el gobierno tiene entes de control buenos, por que no darles este poder a ellos?
Por que hay que continuar con las EPS?, el gobierno tiene entes de control buenos, por que no darles este poder a ellos?
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad. En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad. En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
A donde consulta uno si se enferma y esta paseando y pertenece a otra red? Por que asegurarle paciente a EPS sin calidad
A donde consulta uno si se enferma y esta paseando y pertenece a otra red? Por que asegurarle paciente a EPS sin calidad
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Puerta.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1683 de 2013, el cual reglamenta todo lo relacionado con la portabilidad del derecho a la salud, precisamente para que las personas puedan ser atendidas por fuera del municipio donde residen y en otra red de servicios. Las normas hoy vigentes establecen que cuando hay mala calidad de los servicios, el usuario puede escoger otra EPS o prestador de servicios.</p>
<p>Agradecemos su colaboración.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1683 de 2013, el cual reglamenta todo lo relacionado con la portabilidad del derecho a la salud, precisamente para que las personas puedan ser atendidas por fuera del municipio donde residen y en otra red de servicios. Las normas hoy vigentes establecen que cuando hay mala calidad de los servicios, el usuario puede escoger otra EPS o prestador de servicios.</p>
<p>Agradecemos su colaboración.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por que no le damos libertad a que los pacientes consulten donde se sientan mejor atendidos?, asi garantizamos calidad
Por que no le damos libertad a que los pacientes consulten donde se sientan mejor atendidos?, asi garantizamos calidad
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Puerta.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>La propuesta realizada por usted, podría empeorar la calidad y oportunidad del servicio. La complejidad e integralidad de los servicios de salud en la actualidad, en especial para pacientes con enfermedades complejas, hacen imposible que un solo prestador pueda ofrecerle todos los servicios, medicamentos e insumos que requiera, lo que tampoco es posible ofrecerlo en un solo lugar. Por eso debe existir alguien que organice y coordine la prestación de servicios. No hacerlo le agregaría al usuario pasos y trámites que además de no saber hacerlo retardarían con ello su proceso de atención. La libre elección debe garantizarse es para el profesional que trate al paciente, lo que a veces en casos especializados no es posible por su bajo número o por la poca disponibilidad de ellos. </p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>La propuesta realizada por usted, podría empeorar la calidad y oportunidad del servicio. La complejidad e integralidad de los servicios de salud en la actualidad, en especial para pacientes con enfermedades complejas, hacen imposible que un solo prestador pueda ofrecerle todos los servicios, medicamentos e insumos que requiera, lo que tampoco es posible ofrecerlo en un solo lugar. Por eso debe existir alguien que organice y coordine la prestación de servicios. No hacerlo le agregaría al usuario pasos y trámites que además de no saber hacerlo retardarían con ello su proceso de atención. La libre elección debe garantizarse es para el profesional que trate al paciente, lo que a veces en casos especializados no es posible por su bajo número o por la poca disponibilidad de ellos. </p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por que no creamos un nuevo ente de control que audite y regule la salud y quitamos la intermediación a las EPS?
Por que no creamos un nuevo ente de control que audite y regule la salud y quitamos la intermediación a las EPS?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Puerta.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad. En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad. En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
"Bienestar social es compatible con el ánimo de lucro" Citado por ministro. ¿Es la salud de los colombianos un negocio?
"Bienestar social es compatible con el ánimo de lucro" Citado por ministro. ¿Es la salud de los colombianos un negocio?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Sánchez:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen. La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro.</p>
<p>En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sean públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen. La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro.</p>
<p>En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sean públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Por qué no fue tenida en cuenta y por qué se descartó tan rápido la alternativa de proyec. de ley que presentó la ANSA?
¿Por qué no fue tenida en cuenta y por qué se descartó tan rápido la alternativa de proyec. de ley que presentó la ANSA?
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Juliana:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Cómo es posible que a pesar de las multimillonarias deudas de las EPS con los Hospitales, se siga la intermediación?
¿Cómo es posible que a pesar de las multimillonarias deudas de las EPS con los Hospitales, se siga la intermediación?
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad. En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad. En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
por que las EPS cambian a gestoras para evadir las demandas?? porque las gestoras van a ser financiadas por salud mía???
por que las EPS cambian a gestoras para evadir las demandas?? porque las gestoras van a ser financiadas por salud mía???
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Ramirez:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las EPS, sus dueños, socios o asociados que tengan deudas pendientes con la red de prestadores de servicios, no podrán convertirse en Gestores de Servicios de Salud. De esta manera, no podrán evadir sus obligaciones, so pena de tener que salir del Sistema de Salud. Las nuevas Gestoras de Salud recibirán una UPC por cada afiliado que les reconocerá Salud Mía, pero a diferencia de las actuales EPS, este dinero estará depositado en una cuenta en Salud Mía. </p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las EPS, sus dueños, socios o asociados que tengan deudas pendientes con la red de prestadores de servicios, no podrán convertirse en Gestores de Servicios de Salud. De esta manera, no podrán evadir sus obligaciones, so pena de tener que salir del Sistema de Salud. Las nuevas Gestoras de Salud recibirán una UPC por cada afiliado que les reconocerá Salud Mía, pero a diferencia de las actuales EPS, este dinero estará depositado en una cuenta en Salud Mía. </p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Si la nacionalización de la salud será enmarcada por un principio de integralidad porque sigue la figura complementaria?
Si la nacionalización de la salud será enmarcada por un principio de integralidad porque sigue la figura complementaria?
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. María.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Sobre la definición de la prestación de los servicios de salud la reforma permitirá el adecuado dimensionamiento, organización y gestión de los servicios por parte de los Gestores de Servicios de Salud para los problemas de salud relevantes o las atenciones que demande permanentemente la población en un área de gestión sanitaria determinada.</p>
<p>El articulado realiza una clasificación de los Prestadores de Servicios de Salud en dos grupos, los prestadores primarios y los complementarios. Esta división es importante porque permite separar en su concepción, estructuración, financiación y operación las actividades de atención básica primaria, mas orientadas a la promoción, prevención y cuidado básico de la salud, de aquellas que pretenden atender la enfermedad y sus complicaciones mediante recursos humanos y tecnológicos de mayor complejidad. Así, los resultados en salud serán valorados y reconocidos en el desempeño de unos y otros prestadores, de acuerdo a la eficacia por proveer los servicios.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Sobre la definición de la prestación de los servicios de salud la reforma permitirá el adecuado dimensionamiento, organización y gestión de los servicios por parte de los Gestores de Servicios de Salud para los problemas de salud relevantes o las atenciones que demande permanentemente la población en un área de gestión sanitaria determinada.</p>
<p>El articulado realiza una clasificación de los Prestadores de Servicios de Salud en dos grupos, los prestadores primarios y los complementarios. Esta división es importante porque permite separar en su concepción, estructuración, financiación y operación las actividades de atención básica primaria, mas orientadas a la promoción, prevención y cuidado básico de la salud, de aquellas que pretenden atender la enfermedad y sus complicaciones mediante recursos humanos y tecnológicos de mayor complejidad. Así, los resultados en salud serán valorados y reconocidos en el desempeño de unos y otros prestadores, de acuerdo a la eficacia por proveer los servicios.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Si los médicos no se sienten tranquilos con la reforma por qué el afán de sacarla adelante?
Registrada:
Código:
3464
Si los médicos no se sienten tranquilos con la reforma por qué el afán de sacarla adelante?
Registrada:
Código:
3464
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Por qué no hacer un nuevo sistema de salud concertado con los interesados? Pacientes, médicos, gremios, economistas...
Por qué no hacer un nuevo sistema de salud concertado con los interesados? Pacientes, médicos, gremios, economistas...
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Colombia creerá en la reforma propuesta por el gobierno si hay evidencias que las EPS han dado dinero para campañas?
Colombia creerá en la reforma propuesta por el gobierno si hay evidencias que las EPS han dado dinero para campañas?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>Agradecemos su participación en este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Agradecemos su participación en este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Qué pasa con los aportes a la salud que ya se han dado en los descuentos laborales en esta nueva figura?
Qué pasa con los aportes a la salud que ya se han dado en los descuentos laborales en esta nueva figura?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Córdoba:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las personas, los trabajadores y empleadores tendrán que seguir aportando al Sistema General de Seguridad Social en Salud. No se prevén descuentos a ningún tipo de trabajador o empleador. La reforma tributaria aprobada el año anterior, modificó la obligatoriedad de efectuar los aportes parafiscales que tenía la obligación de efectuar el empleador para ciertas empresas y algunos trabajadores y sustituye estos aportes por el impuesto denominado CREE.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las personas, los trabajadores y empleadores tendrán que seguir aportando al Sistema General de Seguridad Social en Salud. No se prevén descuentos a ningún tipo de trabajador o empleador. La reforma tributaria aprobada el año anterior, modificó la obligatoriedad de efectuar los aportes parafiscales que tenía la obligación de efectuar el empleador para ciertas empresas y algunos trabajadores y sustituye estos aportes por el impuesto denominado CREE.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por qué desean hacer de la salud un sistema rentable, cuando moralmente la salud es un derecho de todo ser humano?
Por qué desean hacer de la salud un sistema rentable, cuando moralmente la salud es un derecho de todo ser humano?
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen. La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro. En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sean públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen. La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro. En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sean públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Si el actual sistema de salud ha ocasionado cierres de hospitales, ¿cómo se impedirá eso con la propuesta si es similar
Si el actual sistema de salud ha ocasionado cierres de hospitales, ¿cómo se impedirá eso con la propuesta si es similar
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Sandra:</p>
<p>Atentamente le informamos que el Proyecto de Ley prevé mecanismos que, junto con lo dispuesto en leyes vigentes y recientemente aprobadas, coadyuvan a la sostenibilidad financiera de los hospitales públicos. Al respecto vale mencionar:</p>
<p>Considerando que buena parte de la insostenibilidad financiera de los hospitales públicos está asociado al flujo de recursos procedentes de la venta de servicios a los diferentes pagadores, la reforma plantea dos tipos de medidas, así: i) las de carácter prospectivo que generalizan el giro directo desde la Nación a las instituciones prestadoras de servicios de salud, previa auditoría por parte de los Gestores de Servicios de Salud; y ii) las de carácter retrospectivo definidas en los artículos 91 y 92 del Proyecto, que establecen los procedimientos para depuración y conciliación de cuentas para que las actuales entidades promotoras de salud y las instituciones prestadoras aclaren las deudas pendientes y la prelación de pagos en los procesos de liquidación forzosa administrativa de las EPS a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud.</p>
<p>Adicionalmente, el Proyecto de Ley prevé medidas en torno al funcionamiento del Fondo de Garantías del Sector Salud; la distribución de recursos del Sistema General de Participaciones en el componente de Oferta para financiar la Prestación de servicios por instituciones públicas con características monopólicas no sostenibles por venta de servicios que operen en condiciones de eficiencia y la Formalización laboral en condiciones de sostenibilidad y eficiencia; el Uso de los recursos de excedentes del Sistema General de Participaciones para el pago de deudas por prestación de servicios de salud de vigencias anteriores o programas de saneamiento fiscal y financiero de las Empresas Sociales del Estado; y facultades al Gobierno Nacional para generar mecanismos de liquidez mediante operaciones de compra de cartera y otorgamiento de garantía para el saneamiento de la cartera a 31 de diciembre de 2012, para las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud, a través de entidades públicas o mixtas del orden nacional.</p>
<p>Ahora bien, es importante reconocer que existen marcos legales y reglamentarios que la reforma mantiene, que están orientados a fortalecer y garantizar condiciones apropiadas para el adecuado desarrollo y gestión de los hospitales públicos, los cuales continuarán su proceso de desarrollo. Algunos de éstos son: Ley 1438 de 2011, artículo 79; Ley 1450 de 2011, artículo 156 y Ley 1608 de 2013, artículo 3.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>Atentamente le informamos que el Proyecto de Ley prevé mecanismos que, junto con lo dispuesto en leyes vigentes y recientemente aprobadas, coadyuvan a la sostenibilidad financiera de los hospitales públicos. Al respecto vale mencionar:</p>
<p>Considerando que buena parte de la insostenibilidad financiera de los hospitales públicos está asociado al flujo de recursos procedentes de la venta de servicios a los diferentes pagadores, la reforma plantea dos tipos de medidas, así: i) las de carácter prospectivo que generalizan el giro directo desde la Nación a las instituciones prestadoras de servicios de salud, previa auditoría por parte de los Gestores de Servicios de Salud; y ii) las de carácter retrospectivo definidas en los artículos 91 y 92 del Proyecto, que establecen los procedimientos para depuración y conciliación de cuentas para que las actuales entidades promotoras de salud y las instituciones prestadoras aclaren las deudas pendientes y la prelación de pagos en los procesos de liquidación forzosa administrativa de las EPS a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud.</p>
<p>Adicionalmente, el Proyecto de Ley prevé medidas en torno al funcionamiento del Fondo de Garantías del Sector Salud; la distribución de recursos del Sistema General de Participaciones en el componente de Oferta para financiar la Prestación de servicios por instituciones públicas con características monopólicas no sostenibles por venta de servicios que operen en condiciones de eficiencia y la Formalización laboral en condiciones de sostenibilidad y eficiencia; el Uso de los recursos de excedentes del Sistema General de Participaciones para el pago de deudas por prestación de servicios de salud de vigencias anteriores o programas de saneamiento fiscal y financiero de las Empresas Sociales del Estado; y facultades al Gobierno Nacional para generar mecanismos de liquidez mediante operaciones de compra de cartera y otorgamiento de garantía para el saneamiento de la cartera a 31 de diciembre de 2012, para las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud, a través de entidades públicas o mixtas del orden nacional.</p>
<p>Ahora bien, es importante reconocer que existen marcos legales y reglamentarios que la reforma mantiene, que están orientados a fortalecer y garantizar condiciones apropiadas para el adecuado desarrollo y gestión de los hospitales públicos, los cuales continuarán su proceso de desarrollo. Algunos de éstos son: Ley 1438 de 2011, artículo 79; Ley 1450 de 2011, artículo 156 y Ley 1608 de 2013, artículo 3.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Si en la actualidad estoy afiliada al Fondo Financiero me pueden dar EPS contributiva con la reforma a la salud
Si en la actualidad estoy afiliada al Fondo Financiero me pueden dar EPS contributiva con la reforma a la salud
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Sofía:</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Entendemos que no se encuentra afiliada al régimen subsidiado de salud y por lo tanto siendo beneficiaria del subsidio y habitante de Bogotá puede acceder a los servicios de salud a través de la red pública o privada que contrata el Distrito con los recursos del Fondo Financiero Distrital. En el futuro toda la población tendrá que estar afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud, podrá afiliarse a cualquier Gestor de Servicios de Salud sin importar si cotiza al Régimen Contributivo o no, y gozará de los servicios de Mi-Plan en igualdad de condiciones independientemente de su capacidad de pago. Si tiene capacidad de pago o una relación laboral formal, debe contribuir al Régimen Contributivo de salud y accederá a los beneficios de dicho régimen que corresponden en el contexto de la reforma al plan de beneficios en salud denominado Mi plan y a las prestaciones económicas a que tienen derecho las personas que cotizan al Sistema (esto es reconocimientos económicos por incapacidad por enfermedad general y por licencias de maternidad).</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Entendemos que no se encuentra afiliada al régimen subsidiado de salud y por lo tanto siendo beneficiaria del subsidio y habitante de Bogotá puede acceder a los servicios de salud a través de la red pública o privada que contrata el Distrito con los recursos del Fondo Financiero Distrital. En el futuro toda la población tendrá que estar afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud, podrá afiliarse a cualquier Gestor de Servicios de Salud sin importar si cotiza al Régimen Contributivo o no, y gozará de los servicios de Mi-Plan en igualdad de condiciones independientemente de su capacidad de pago. Si tiene capacidad de pago o una relación laboral formal, debe contribuir al Régimen Contributivo de salud y accederá a los beneficios de dicho régimen que corresponden en el contexto de la reforma al plan de beneficios en salud denominado Mi plan y a las prestaciones económicas a que tienen derecho las personas que cotizan al Sistema (esto es reconocimientos económicos por incapacidad por enfermedad general y por licencias de maternidad).</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
POR QUE NO IMPLEMENTAR MODELOS EXITOSOS EN SALUD COMO EL KAISER PERMANENTE O EL BRITANICO?
Registrada:
Código:
3456
POR QUE NO IMPLEMENTAR MODELOS EXITOSOS EN SALUD COMO EL KAISER PERMANENTE O EL BRITANICO?
Registrada:
Código:
3456
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Mondragón:</p>
<p>Atentamente le informamos que la respuesta a su pregunta la puede consultar en este enlace </p>
<p><a href="http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00137.pdf">http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00137.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que la respuesta a su pregunta la puede consultar en este enlace </p>
<p><a href="http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00137.pdf">http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00137.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
EXISTEN MUCHAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE GARAJE, COMO SE CONTROLARA CALIDAD EN LA FORMACIÓN DE TALENTO HUMANO EN SALUD
EXISTEN MUCHAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE GARAJE, COMO SE CONTROLARA CALIDAD EN LA FORMACIÓN DE TALENTO HUMANO EN SALUD
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Mondragón.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Las instituciones de educación superior que ofrecen programas de formación de talento humano en salud son vigiladas por el Ministerio de Educación Nacional, en cuanto al ofrecimiento de los programas académicos y el cumplimiento de los objetivos propios de la educación superior. Esta inspección y vigilancia la realiza a través de visitas con pares académicos, bien sea de oficio o previa denuncia.</p>
<p>Las condiciones que deben cumplir las fundaciones o corporaciones que aspiren a ser institución de educación superior, se encuentran previstas en la Ley 30 de 1992 y el Decreto 1478 de 1994.</p>
<p>De igual manera, los escenarios de práctica deben cumplir con las disposiciones previstas en el Acuerdo 0003 de 2003 del Consejo Nacional de Desarrollo de los Recursos Humanos en Salud, así como formalizar convenios docencia servicio con las instituciones de educación superior según lo establecido en el Decreto 2376 de 2010.</p>
<p>Ahora bien, en cuanto a los programas e instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de auxiliares de la salud, las Secretarías de Educación ejercen la inspección y vigilancia, según las disposiciones del Decreto.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Las instituciones de educación superior que ofrecen programas de formación de talento humano en salud son vigiladas por el Ministerio de Educación Nacional, en cuanto al ofrecimiento de los programas académicos y el cumplimiento de los objetivos propios de la educación superior. Esta inspección y vigilancia la realiza a través de visitas con pares académicos, bien sea de oficio o previa denuncia.</p>
<p>Las condiciones que deben cumplir las fundaciones o corporaciones que aspiren a ser institución de educación superior, se encuentran previstas en la Ley 30 de 1992 y el Decreto 1478 de 1994.</p>
<p>De igual manera, los escenarios de práctica deben cumplir con las disposiciones previstas en el Acuerdo 0003 de 2003 del Consejo Nacional de Desarrollo de los Recursos Humanos en Salud, así como formalizar convenios docencia servicio con las instituciones de educación superior según lo establecido en el Decreto 2376 de 2010.</p>
<p>Ahora bien, en cuanto a los programas e instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de auxiliares de la salud, las Secretarías de Educación ejercen la inspección y vigilancia, según las disposiciones del Decreto.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
COMO GARANTIZAR QUE SE REALICEN INTERVENCIONES EFECTIVAS EN ATENCIÓN PRIMARIA INTEGRAL A TODOS LOS COLOMBIANOS?
COMO GARANTIZAR QUE SE REALICEN INTERVENCIONES EFECTIVAS EN ATENCIÓN PRIMARIA INTEGRAL A TODOS LOS COLOMBIANOS?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Mondragón.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>La articulación de las intervenciones individuales provistas por Mi-Plan con el campo de la gestión sobre los determinantes sociales en salud, se plasma en el Proyecto de Ley en el <em>enfoque integrado de la atención primaria</em>, fundamentalmente a través de las <em>prioridades</em> definidas en el Plan Decenal de Salud Pública o sus equivalentes territoriales. Poder precisar tales <em>prioridades</em>, implica tener común conocimiento por parte de los responsables de la gestión de los riesgos individuales, esto es, en cabeza del Gestor de Servicios de Salud y a través de la red de prestación de servicios y los prestadores, tanto primarios como complementarios; con la <em>gestión de los determinantes sociales en salud</em> a cargo de las autoridades competentes, es decir, las entidades territoriales, conforme a las competencias definidas en la Ley 715 de 2001.</p>
<p><em>Conforme a lo anterior, </em>para el <em>Prestador Primario</em> será fundamental contar con capacidades para gestionar eficazmente los riesgos en salud y los procesos de atención en sintonía con <em>el enfoque integrado de atención primaria referido</em>. Para ello es relevante la organización del talento humano a su interior conforme al alcance de sus competencias, es decir, para la gestión de las atenciones individuales de Mi-Plan, lo cual implica contar con referentes de gestión en los equipos de Salud Familiar, que tendrán a cargo, entre otros, la gestión de riesgos con las familias y la gestión de la demanda hacia los servicios de salud y a su interior, en procura de una atención con acceso oportuno, continuo, integral y resolutiva, apoyado en los equipos asistenciales básicos y especializados y el equipo de soporte administrativo y gerencial del Prestador Primario; en el seguimiento a la continuidad y resolutividad de la atención, cuando sea requerido, por el prestador <em>complementario</em>; y en coordinación con el Gestor de Servicios de Salud mediante los mecanismos de gestión a cargo de éste. De esta manera, el equipo de Salud Familiar adquiere un rol dinamizador de los procesos de atención.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>La articulación de las intervenciones individuales provistas por Mi-Plan con el campo de la gestión sobre los determinantes sociales en salud, se plasma en el Proyecto de Ley en el <em>enfoque integrado de la atención primaria</em>, fundamentalmente a través de las <em>prioridades</em> definidas en el Plan Decenal de Salud Pública o sus equivalentes territoriales. Poder precisar tales <em>prioridades</em>, implica tener común conocimiento por parte de los responsables de la gestión de los riesgos individuales, esto es, en cabeza del Gestor de Servicios de Salud y a través de la red de prestación de servicios y los prestadores, tanto primarios como complementarios; con la <em>gestión de los determinantes sociales en salud</em> a cargo de las autoridades competentes, es decir, las entidades territoriales, conforme a las competencias definidas en la Ley 715 de 2001.</p>
<p><em>Conforme a lo anterior, </em>para el <em>Prestador Primario</em> será fundamental contar con capacidades para gestionar eficazmente los riesgos en salud y los procesos de atención en sintonía con <em>el enfoque integrado de atención primaria referido</em>. Para ello es relevante la organización del talento humano a su interior conforme al alcance de sus competencias, es decir, para la gestión de las atenciones individuales de Mi-Plan, lo cual implica contar con referentes de gestión en los equipos de Salud Familiar, que tendrán a cargo, entre otros, la gestión de riesgos con las familias y la gestión de la demanda hacia los servicios de salud y a su interior, en procura de una atención con acceso oportuno, continuo, integral y resolutiva, apoyado en los equipos asistenciales básicos y especializados y el equipo de soporte administrativo y gerencial del Prestador Primario; en el seguimiento a la continuidad y resolutividad de la atención, cuando sea requerido, por el prestador <em>complementario</em>; y en coordinación con el Gestor de Servicios de Salud mediante los mecanismos de gestión a cargo de éste. De esta manera, el equipo de Salud Familiar adquiere un rol dinamizador de los procesos de atención.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Respuesta
<p>Para todos los efectos la jerarquía en el Sistema Nacional Ambiental, SINA, seguirá el siguiente orden descendente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las Autoridades Ambientales conformadas por las Corporaciones Autónomas Regionales, Secretarias Ambientales Departamentales y Secretarias de Ambiente Distritales y/o municipios. </p>
Ministra Sarmiento, va a proteger el agua de Colombia delimitando bien el páramo de Santurbán para la actividad minera?
Ministra Sarmiento, va a proteger el agua de Colombia delimitando bien el páramo de Santurbán para la actividad minera?
Respuesta
<p>El Ministerio de Ambiente presentará en una semana un acto administrativo con los nuevos límites de la zona natural, con lo cual se destrabará una de las problemáticas que más ha aquejado a las empresas del sector. La información, que aún no ha sido oficializada al público por la ministra, sí fue confirmada por algunos de los alcaldes que el pasado martes se reunieron con ella para conversar sobre los efectos sociales que tendrá la delimitación.</p>
¿Por qué Estado deja salud en manos de privados subsidiados por el Estado mismo?
Registrada:
Código:
3449
¿Por qué Estado deja salud en manos de privados subsidiados por el Estado mismo?
Registrada:
Código:
3449
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Margarita:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que bajo el modelo económico que reconoció la Constitución Política de 1991, particularmente, por el artículo 48 de la misma, la Seguridad Social es un servicio público prestado bajo la dirección, coordinación y control del Estado con la participación de los particulares. Por lo anterior, se ha considerado necesario articular un sistema que permita la participación de particulares manteniendo en cabeza del Estado la rectoría del sistema y el ejercicio de actividades de inspección, vigilancia y control para garantizar la prestación de los servicios en salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Crupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que bajo el modelo económico que reconoció la Constitución Política de 1991, particularmente, por el artículo 48 de la misma, la Seguridad Social es un servicio público prestado bajo la dirección, coordinación y control del Estado con la participación de los particulares. Por lo anterior, se ha considerado necesario articular un sistema que permita la participación de particulares manteniendo en cabeza del Estado la rectoría del sistema y el ejercicio de actividades de inspección, vigilancia y control para garantizar la prestación de los servicios en salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Crupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Por qué no se eliminan definitivamente los intermediarios del sistema de salud?
Registrada:
Código:
3448
¿Por qué no se eliminan definitivamente los intermediarios del sistema de salud?
Registrada:
Código:
3448
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Rivas.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Si no existen EPS o Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad.</p>
<p>En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Si no existen EPS o Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad.</p>
<p>En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
¿Por qué no se ha tenido en cuenta las propuestas de reforma elaboradas por las sociedades científicas?
¿Por qué no se ha tenido en cuenta las propuestas de reforma elaboradas por las sociedades científicas?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Rivas.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>El Consejo de Dirección de la Unidad de Gestión -Salud-Mía tiene como funciones el formular los criterios para la administración de la afiliación de la población, el recaudo de las cotizaciones, la administración de los recursos a cargo de la entidad, la realización de los pagos, giros o transferencias y para la administración de la información relacionada con las funciones de la entidad. Por la naturaleza de las funciones que desarrolla el referido Consejo, en su integración se busca la participación de actores con funciones asociadas al manejo de las fuentes de financiamiento del sistema que serán administradas por la Unidad de Gestión Salud – Mía, al igual que la representación de los pacientes con el fin de generar las mejores condiciones para éstos.</p>
<p>Todo lo anterior se hace consistente con el objeto y las funciones de Salud – Mía, las que no incluyen, por ejemplo, la definición de las exclusiones explícitas de servicios cubiertos por el Sistema, o la priorización e inclusión de servicios y tecnologías a Mi Plan, procesos en los cuales participarán activamente los gremios médicos y los profesionales de la salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>El Consejo de Dirección de la Unidad de Gestión -Salud-Mía tiene como funciones el formular los criterios para la administración de la afiliación de la población, el recaudo de las cotizaciones, la administración de los recursos a cargo de la entidad, la realización de los pagos, giros o transferencias y para la administración de la información relacionada con las funciones de la entidad. Por la naturaleza de las funciones que desarrolla el referido Consejo, en su integración se busca la participación de actores con funciones asociadas al manejo de las fuentes de financiamiento del sistema que serán administradas por la Unidad de Gestión Salud – Mía, al igual que la representación de los pacientes con el fin de generar las mejores condiciones para éstos.</p>
<p>Todo lo anterior se hace consistente con el objeto y las funciones de Salud – Mía, las que no incluyen, por ejemplo, la definición de las exclusiones explícitas de servicios cubiertos por el Sistema, o la priorización e inclusión de servicios y tecnologías a Mi Plan, procesos en los cuales participarán activamente los gremios médicos y los profesionales de la salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Como evitar que la corrupcion se filtre en SaludMia, cuando los directores son elegidos "a dedo"?
Registrada:
Código:
3446
Como evitar que la corrupcion se filtre en SaludMia, cuando los directores son elegidos "a dedo"?
Registrada:
Código:
3446
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>La corrupción es un problema que permea tanto a las instituciones privadas como públicas y para controlarla se incluyen medidas para fortalecer la Superintendencia Nacional de Salud y hacer más expeditos las actuaciones de esta entidad pero también se incluyen herramientas para alinear mejor los incentivos de los agentes, en especial de los gestores, para que su remuneración dependa de los buenos resultados en salud en la población.</p>
<p>De otra parte debe recordarse que Salud-Mía estará sujeta al control de la Superintendencia Financiera de Colombia, en relación con sus actividades financieras, y al control fiscal por parte de la Contraloría General de la República.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>La corrupción es un problema que permea tanto a las instituciones privadas como públicas y para controlarla se incluyen medidas para fortalecer la Superintendencia Nacional de Salud y hacer más expeditos las actuaciones de esta entidad pero también se incluyen herramientas para alinear mejor los incentivos de los agentes, en especial de los gestores, para que su remuneración dependa de los buenos resultados en salud en la población.</p>
<p>De otra parte debe recordarse que Salud-Mía estará sujeta al control de la Superintendencia Financiera de Colombia, en relación con sus actividades financieras, y al control fiscal por parte de la Contraloría General de la República.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Como evitar que haya desviacion de fondos en asuntos ajenos a la salud, como el caso de Salducoop?
Registrada:
Código:
3445
Como evitar que haya desviacion de fondos en asuntos ajenos a la salud, como el caso de Salducoop?
Registrada:
Código:
3445
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Andrés:</p>
<p>Atentamente le informamos que la propuesta que tiene el Gobierno Nacional para prevenir este tipo de situaciones, está en eliminar la delegación para el recaudo de las cotizaciones que hoy está en las EPS. Esta función la asumirá Salud Mia. De otro lado, frente a los recursos reconocidos por concepto de percápita o Unidades de Pago por Capitación, no serán manejados por los Gestores de Servicios de Salud en sus cuentas, si no que se manejarán en el fondo Salud Mia y se girarán directamente a los Prestadores de Servicios de Salud. Adicionalmente, se establecerá un nuevo régimen de solvencia y el manejo de unas reservas técnicas. Estas, entre otras, medidas que se plantean en la reforma ayudaran a controlar los recursos del sector.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que la propuesta que tiene el Gobierno Nacional para prevenir este tipo de situaciones, está en eliminar la delegación para el recaudo de las cotizaciones que hoy está en las EPS. Esta función la asumirá Salud Mia. De otro lado, frente a los recursos reconocidos por concepto de percápita o Unidades de Pago por Capitación, no serán manejados por los Gestores de Servicios de Salud en sus cuentas, si no que se manejarán en el fondo Salud Mia y se girarán directamente a los Prestadores de Servicios de Salud. Adicionalmente, se establecerá un nuevo régimen de solvencia y el manejo de unas reservas técnicas. Estas, entre otras, medidas que se plantean en la reforma ayudaran a controlar los recursos del sector.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Las EPS usaron dinero de sus usuarios para construir sus IPSs. Cuando se deban vender, a dónde se irá ese dinero?
Las EPS usaron dinero de sus usuarios para construir sus IPSs. Cuando se deban vender, a dónde se irá ese dinero?
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Con relación a los activos de las entidades en liquidación, cabe mencionar que estos se deben destinar para asumir las contingencias de los procesos liquidatorios bajo las reglas que actualmente rigen este tipo de procesos. El proyecto de Ley pretende modificar algunos aspectos relativos a estos procesos liquidatorios con el fin de privilegiar el pago de las deudas a los prestadores de servicios de salud y a los trabajadores, al igual que para proteger los activos de estas entidades.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Con relación a los activos de las entidades en liquidación, cabe mencionar que estos se deben destinar para asumir las contingencias de los procesos liquidatorios bajo las reglas que actualmente rigen este tipo de procesos. El proyecto de Ley pretende modificar algunos aspectos relativos a estos procesos liquidatorios con el fin de privilegiar el pago de las deudas a los prestadores de servicios de salud y a los trabajadores, al igual que para proteger los activos de estas entidades.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por qué no fortalecer la red pública y los entes reguladores en lugar de brindar la atención primaria a lo privado?
Por qué no fortalecer la red pública y los entes reguladores en lugar de brindar la atención primaria a lo privado?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>Atentamente le informamos que puede consultar la respuesta en el siguiente enlace: <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00125.pdf">http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00125.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que puede consultar la respuesta en el siguiente enlace: <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00125.pdf">http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00125.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por qué no fortalecer la red pública y los entes reguladores y no insistir en la privatización de la atención primaria?
Por qué no fortalecer la red pública y los entes reguladores y no insistir en la privatización de la atención primaria?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>Atentamente lo invitamos a consultar la respuesta a su pregunta en el siguiente enlace: <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00125.pdf">http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00125.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>Atentamente lo invitamos a consultar la respuesta a su pregunta en el siguiente enlace: <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00125.pdf">http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_00125.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Por qué en la junta de administración de Salud mía no hay un cupo para sociedades cientificas y el gremio de la salud?
Por qué en la junta de administración de Salud mía no hay un cupo para sociedades cientificas y el gremio de la salud?
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Luz Marina.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>El Consejo de Dirección de la Unidad de Gestión -Salud-Mía tiene como funciones el formular los criterios para la administración de la afiliación de la población, el recaudo de las cotizaciones, la administración de los recursos a cargo de la entidad, la realización de los pagos, giros o transferencias y para la administración de la información relacionada con las funciones de la entidad. Por la naturaleza de las funciones que desarrolla el referido Consejo, en su integración se busca la participación de actores con funciones asociadas al manejo de las fuentes de financiamiento del sistema que serán administradas por la Unidad de Gestión Salud – Mía, al igual que la representación de los pacientes con el fin de generar las mejores condiciones para éstos.</p>
<p>Todo lo anterior se hace consistente con el objeto y las funciones de Salud – Mía, las que no incluyen, por ejemplo, la definición de las exclusiones explícitas de servicios cubiertos por el Sistema, o la priorización e inclusión de servicios y tecnologías a Mi Plan, procesos en los cuales participarán activamente los gremios médicos y los profesionales de la salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>El Consejo de Dirección de la Unidad de Gestión -Salud-Mía tiene como funciones el formular los criterios para la administración de la afiliación de la población, el recaudo de las cotizaciones, la administración de los recursos a cargo de la entidad, la realización de los pagos, giros o transferencias y para la administración de la información relacionada con las funciones de la entidad. Por la naturaleza de las funciones que desarrolla el referido Consejo, en su integración se busca la participación de actores con funciones asociadas al manejo de las fuentes de financiamiento del sistema que serán administradas por la Unidad de Gestión Salud – Mía, al igual que la representación de los pacientes con el fin de generar las mejores condiciones para éstos.</p>
<p>Todo lo anterior se hace consistente con el objeto y las funciones de Salud – Mía, las que no incluyen, por ejemplo, la definición de las exclusiones explícitas de servicios cubiertos por el Sistema, o la priorización e inclusión de servicios y tecnologías a Mi Plan, procesos en los cuales participarán activamente los gremios médicos y los profesionales de la salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>