Además de entregar los recursos a los gobiernos regionales, estrategias para garantizar equidad en salud en todo el país
Además de entregar los recursos a los gobiernos regionales, estrategias para garantizar equidad en salud en todo el país
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>Atentamenet le informamos que uno de los principios que marca la organización del Estado es la descentralización administrativa, en virtud de lo anterior las Entidades Territoriales disponen autónomamente de sus recursos de conformidad con los postulados constitucionales y legales.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamenet le informamos que uno de los principios que marca la organización del Estado es la descentralización administrativa, en virtud de lo anterior las Entidades Territoriales disponen autónomamente de sus recursos de conformidad con los postulados constitucionales y legales.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por qué las obligaciones de las GSS con los prestadores pueden llegar a prescribir?
Registrada:
Código:
3555
Por qué las obligaciones de las GSS con los prestadores pueden llegar a prescribir?
Registrada:
Código:
3555
Respuesta
<p>Buenos días sra. Sandra:</p>
<p>Atentamente le informamos que el parágrafo 1 del artículo 40 del Proyecto de Ley actualmente está en discusión por los ponentes. Sin embargo, debe advertirse que lo que pretende la mencionada norma es establecer un término prudencial para que los Prestadores de Servicios de Salud radicaran las facturas por los servicios prestados. De otra parte, con la presentación de la mencionada factura empezarían a correr los términos propios de la prescripción de este título valor.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que el parágrafo 1 del artículo 40 del Proyecto de Ley actualmente está en discusión por los ponentes. Sin embargo, debe advertirse que lo que pretende la mencionada norma es establecer un término prudencial para que los Prestadores de Servicios de Salud radicaran las facturas por los servicios prestados. De otra parte, con la presentación de la mencionada factura empezarían a correr los términos propios de la prescripción de este título valor.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
De las reformas propuestas por otros gremios y actores, ¿cuántas conoce? ¿cuál le parece más viable y por qué?
De las reformas propuestas por otros gremios y actores, ¿cuántas conoce? ¿cuál le parece más viable y por qué?
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>Atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara recoge algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara recoge algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Porque en la direccion de saludmia no hay representante de los profesionales de la salud?
Registrada:
Código:
3553
Porque en la direccion de saludmia no hay representante de los profesionales de la salud?
Registrada:
Código:
3553
Respuesta
<p>Buenos días sr. Aguirre:</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>El Consejo de Dirección de la Unidad de Gestión -Salud-Mía tiene como funciones el formular los criterios para la administración de la afiliación de la población, el recaudo de las cotizaciones, la administración de los recursos a cargo de la entidad, la realización de los pagos, giros o transferencias y para la administración de la información relacionada con las funciones de la entidad. Por la naturaleza de las funciones que desarrolla el referido Consejo, en su integración se busca la participación de actores con funciones asociadas al manejo de las fuentes de financiamiento del sistema que serán administradas por la Unidad de Gestión Salud – Mía, al igual que la representación de los pacientes con el fin de generar las mejores condiciones para estos.</p>
<p>Todo lo anterior se hace consistente con el objeto y las funciones de Salud – Mía, las que no incluyen, por ejemplo, la definición de las exclusiones explícitas de servicios cubiertos por el Sistema, o la priorización e inclusión de servicios y tecnologías a Mi Plan, procesos en los cuales participarán activamente los gremios médicos y los profesionales de la salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>El Consejo de Dirección de la Unidad de Gestión -Salud-Mía tiene como funciones el formular los criterios para la administración de la afiliación de la población, el recaudo de las cotizaciones, la administración de los recursos a cargo de la entidad, la realización de los pagos, giros o transferencias y para la administración de la información relacionada con las funciones de la entidad. Por la naturaleza de las funciones que desarrolla el referido Consejo, en su integración se busca la participación de actores con funciones asociadas al manejo de las fuentes de financiamiento del sistema que serán administradas por la Unidad de Gestión Salud – Mía, al igual que la representación de los pacientes con el fin de generar las mejores condiciones para estos.</p>
<p>Todo lo anterior se hace consistente con el objeto y las funciones de Salud – Mía, las que no incluyen, por ejemplo, la definición de las exclusiones explícitas de servicios cubiertos por el Sistema, o la priorización e inclusión de servicios y tecnologías a Mi Plan, procesos en los cuales participarán activamente los gremios médicos y los profesionales de la salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Respuesta
<p>Buenos días sra. Sandra:</p>
<p>Atentamente le informamos que el artículo 21 del Proyecto de Ley define que la priorización de servicios y tecnologías se realizará mediante un mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente que consulte la opinión de los agentes y usuarios interesados, y que la decisión la tomará el Ministerio de salud y Protección Social.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que el artículo 21 del Proyecto de Ley define que la priorización de servicios y tecnologías se realizará mediante un mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente que consulte la opinión de los agentes y usuarios interesados, y que la decisión la tomará el Ministerio de salud y Protección Social.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Sandra:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el ejercicio de la acción de tutela consagrado en la Constitución Política no tendrá ninguna limitación. El proyecto de ley no contempla disposiciones que restringa el uso de la acción por lo cual podrá ser utilizado cuando se vea violado el derecho fundamental a la salud o se amenace riesgo de vulneración.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el ejercicio de la acción de tutela consagrado en la Constitución Política no tendrá ninguna limitación. El proyecto de ley no contempla disposiciones que restringa el uso de la acción por lo cual podrá ser utilizado cuando se vea violado el derecho fundamental a la salud o se amenace riesgo de vulneración.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Cuéntenos señor ministro, como se podrá recurrir a lo que no esté cubierto en MI plan?
Registrada:
Código:
3550
Cuéntenos señor ministro, como se podrá recurrir a lo que no esté cubierto en MI plan?
Registrada:
Código:
3550
Respuesta
<p>Buenos días sra. Sandra:</p>
<p>Atentamente le informamos que el artículo 21 del Proyecto de Ley define que la priorización de servicios y tecnologías se realizará mediante un mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente que consulte la opinión de los agentes y usuarios interesados, y que la decisión la tomará el Ministerio de salud y Protección Social.</p>
<p>Respecto de los servicios “No incluidos”, entendiendo que esto no se refieren a los excluidos en forma explícita, el proyecto de reforma establece que los servicios o tecnologías de salud que no hayan sido incorporados, podrán ser financiados con recursos del Sistema de manera individual y transitoria bajo los precios y condiciones que determine este Ministerio.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que el artículo 21 del Proyecto de Ley define que la priorización de servicios y tecnologías se realizará mediante un mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente que consulte la opinión de los agentes y usuarios interesados, y que la decisión la tomará el Ministerio de salud y Protección Social.</p>
<p>Respecto de los servicios “No incluidos”, entendiendo que esto no se refieren a los excluidos en forma explícita, el proyecto de reforma establece que los servicios o tecnologías de salud que no hayan sido incorporados, podrán ser financiados con recursos del Sistema de manera individual y transitoria bajo los precios y condiciones que determine este Ministerio.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Porque permitir que el dinero publico del fondo saludmia se traslade y convierta en dinero privado?
Registrada:
Código:
3549
Porque permitir que el dinero publico del fondo saludmia se traslade y convierta en dinero privado?
Registrada:
Código:
3549
Respuesta
<p>Buenos días sr. Aguirre:</p>
<p>Atentamente le informamos que el literal x) del artículo 4 sobre inembargabilidad fue modificado dentro del debate del proyecto de ley en Senado de la República, eliminando la referencia por usted señalada la cual obedecía a la forma a como van a ser administrados los recursos a través de Salud-Mía, quien será la encargada de pagar directamente a los Proveedores y Prestadores de Servicios de Salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>Atentamente le informamos que el literal x) del artículo 4 sobre inembargabilidad fue modificado dentro del debate del proyecto de ley en Senado de la República, eliminando la referencia por usted señalada la cual obedecía a la forma a como van a ser administrados los recursos a través de Salud-Mía, quien será la encargada de pagar directamente a los Proveedores y Prestadores de Servicios de Salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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ministro dice que reforma no acabara hospitales, pero en 2015 no aportes patronales y facturas vencen en 12 meses
ministro dice que reforma no acabara hospitales, pero en 2015 no aportes patronales y facturas vencen en 12 meses
Respuesta
<p>Buenos días sr. Giraldo.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Por el contrario, la Ley 1608 de 2013 permite que los recursos de aportes patronales para las vigencias 2013 y 2014, lleguen a los hospitales públicos como subsidios a la oferta y no estarán sujetos a facturación si no a cumplimiento de metas de atención. A partir de 2015, el proyecto de Ley señala que no se manejarán los aportes patronales sin situación de fondos con el fin de que los hospitales públicos como empleadores no tengan los problemas operativos y de saneamiento que hoy los obliga a gestionar ante todos los fondos de pensiones y cesantías, EPS y administradoras de riesgos profesionales el reintegro de recursos cuantiosos que se acumulan en estas entidades por varios años y que hacen parte del pago por prestación de servicios por población pobre no afiliada, generando con esto retraso en la apropiación integral de los recursos que le pertenecen a la institución prestadora de servicios de salud.</p>
<p>En cuanto al parágrafo 1 del artículo 40 del Proyecto de Ley, actualmente, este ha sido objeto de discusión por los ponentes. Sin embargo, debe advertirse que lo que pretende la mencionada norma es establecer un término prudencial para que los Prestadores de Servicios de Salud radicaran las facturas por los servicios prestados. De otra parte, con la presentación de la mencionada factura empezarían a correr los términos propios de la prescripción de este título valor.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Por el contrario, la Ley 1608 de 2013 permite que los recursos de aportes patronales para las vigencias 2013 y 2014, lleguen a los hospitales públicos como subsidios a la oferta y no estarán sujetos a facturación si no a cumplimiento de metas de atención. A partir de 2015, el proyecto de Ley señala que no se manejarán los aportes patronales sin situación de fondos con el fin de que los hospitales públicos como empleadores no tengan los problemas operativos y de saneamiento que hoy los obliga a gestionar ante todos los fondos de pensiones y cesantías, EPS y administradoras de riesgos profesionales el reintegro de recursos cuantiosos que se acumulan en estas entidades por varios años y que hacen parte del pago por prestación de servicios por población pobre no afiliada, generando con esto retraso en la apropiación integral de los recursos que le pertenecen a la institución prestadora de servicios de salud.</p>
<p>En cuanto al parágrafo 1 del artículo 40 del Proyecto de Ley, actualmente, este ha sido objeto de discusión por los ponentes. Sin embargo, debe advertirse que lo que pretende la mencionada norma es establecer un término prudencial para que los Prestadores de Servicios de Salud radicaran las facturas por los servicios prestados. De otra parte, con la presentación de la mencionada factura empezarían a correr los términos propios de la prescripción de este título valor.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Sabe cual es la propuesta de Alianza nuevo modeló seguridad soc? Por qué el gobierno no la ha tomado en consideración ?
Sabe cual es la propuesta de Alianza nuevo modeló seguridad soc? Por qué el gobierno no la ha tomado en consideración ?
Respuesta
<p>Buenos dias sr. Arango:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara recoge algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara recoge algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Por qué si la salud es un derecho, garantía del Estado, se deja su cumplimiento en manos de privados (gestoras)?
¿Por qué si la salud es un derecho, garantía del Estado, se deja su cumplimiento en manos de privados (gestoras)?
Respuesta
<p>Buenos días sra. Laura:</p>
<p>Atentamente le informamos que bajo el modelo económico que reconoció la Constitución Política de 1991, particularmente, por el artículo 48 de la misma, la Seguridad Social es un servicio público prestado bajo la dirección, coordinación y control del Estado con la participación de los particulares. Por lo anterior, se ha considerado necesario articular un sistema que permita la participación de particulares manteniendo en cabeza del Estado la rectoría del sistema y el ejercicio de actividades de inspección, vigilancia y control para garantizar la prestación de los servicios en salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>Atentamente le informamos que bajo el modelo económico que reconoció la Constitución Política de 1991, particularmente, por el artículo 48 de la misma, la Seguridad Social es un servicio público prestado bajo la dirección, coordinación y control del Estado con la participación de los particulares. Por lo anterior, se ha considerado necesario articular un sistema que permita la participación de particulares manteniendo en cabeza del Estado la rectoría del sistema y el ejercicio de actividades de inspección, vigilancia y control para garantizar la prestación de los servicios en salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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El Señor Ministro Gaviria ha dicho que ninguna reforma es perfecta. ¿Cuales son los defectos de esta reforma?
El Señor Ministro Gaviria ha dicho que ninguna reforma es perfecta. ¿Cuales son los defectos de esta reforma?
Respuesta
<p>Buenos días.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la construcción de un sistema de salud es un proceso continuo que implica ajustes periódicos para lograr el fin último que es la garantía del derecho fundamental.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la construcción de un sistema de salud es un proceso continuo que implica ajustes periódicos para lograr el fin último que es la garantía del derecho fundamental.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Quién garantiza la calidad de un especialista formado por fuera de una universidad reconocida?
Registrada:
Código:
3544
Quién garantiza la calidad de un especialista formado por fuera de una universidad reconocida?
Registrada:
Código:
3544
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Laura.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la propuesta de formación de especialista por hospitales universitarios debidamente acreditados, en el proceso de discusión de la iniciativa está siendo modificada por los ponentes con el fin de introducir criterios y requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas de especialización médica dirigidos a fortalecer la relación entre Instituciones de Educación Superior e Institución Prestadora de Servicios de Salud y así garantizar mejores condiciones de calidad en la formación médica especializada, entre otras.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la propuesta de formación de especialista por hospitales universitarios debidamente acreditados, en el proceso de discusión de la iniciativa está siendo modificada por los ponentes con el fin de introducir criterios y requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas de especialización médica dirigidos a fortalecer la relación entre Instituciones de Educación Superior e Institución Prestadora de Servicios de Salud y así garantizar mejores condiciones de calidad en la formación médica especializada, entre otras.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Respuesta
<p>Buenos días sr. Arango:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos qye el artículo 21 del Proyecto de Ley define que la priorización de servicios y tecnologías se realizará mediante un mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente que consulte la opinión de los agentes y usuarios interesados, y que la decisión la tomará el Ministerio de salud y Protección Social.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos qye el artículo 21 del Proyecto de Ley define que la priorización de servicios y tecnologías se realizará mediante un mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente que consulte la opinión de los agentes y usuarios interesados, y que la decisión la tomará el Ministerio de salud y Protección Social.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Cómo garantizar que el paciente tenga acceso a los servicios que necesite si estos dependerán de sostenibilidad fiscal?
Cómo garantizar que el paciente tenga acceso a los servicios que necesite si estos dependerán de sostenibilidad fiscal?
Respuesta
<p>Buenos días sra Laura:</p>
<p>Atentamente le informamos que el postulado de la sostenibilidad debe ser analizado desde un concepto amplio y de incidencia en todas las órbitas del Estado y no desde casos particulares. Por esta razón, la mención a la sostenibilidad dentro del proyecto, el cual ya había sido reconocido en leyes anteriores y por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, busca que las decisiones de política que se tomen beneficien integralmente a la población.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que el postulado de la sostenibilidad debe ser analizado desde un concepto amplio y de incidencia en todas las órbitas del Estado y no desde casos particulares. Por esta razón, la mención a la sostenibilidad dentro del proyecto, el cual ya había sido reconocido en leyes anteriores y por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, busca que las decisiones de política que se tomen beneficien integralmente a la población.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por qué insistir con una reforma que no deja contentos a los protagonistas del sistema, pacientes y profesionales?
Por qué insistir con una reforma que no deja contentos a los protagonistas del sistema, pacientes y profesionales?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Arango:</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social agradece sus comentarios sobre este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social agradece sus comentarios sobre este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
en mi plan solo se incluirán servicios y tecnologías que sean Financiables quién definirá esto?
Registrada:
Código:
3540
en mi plan solo se incluirán servicios y tecnologías que sean Financiables quién definirá esto?
Registrada:
Código:
3540
Respuesta
<p>Buenos días sr. Arango.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>El artículo 21 del Proyecto de Ley define que la priorización de servicios y tecnologías se realizará mediante un mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente que consulte la opinión de los agentes y usuarios interesados, y que la decisión la tomará el Ministerio de salud y Protección Social.</p>
<p>De otra parte, la mención a la sostenibilidad dentro del proyecto, el cual ya había sido reconocido en leyes anteriores y por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, busca que las decisiones de política que se tomen beneficien integralmente a la población.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>El artículo 21 del Proyecto de Ley define que la priorización de servicios y tecnologías se realizará mediante un mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente que consulte la opinión de los agentes y usuarios interesados, y que la decisión la tomará el Ministerio de salud y Protección Social.</p>
<p>De otra parte, la mención a la sostenibilidad dentro del proyecto, el cual ya había sido reconocido en leyes anteriores y por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, busca que las decisiones de política que se tomen beneficien integralmente a la población.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Cómo es q un derecho fundamental como la salud queda supeditado a leyes tecnócratas, ignorando las necesidades del pais?
Cómo es q un derecho fundamental como la salud queda supeditado a leyes tecnócratas, ignorando las necesidades del pais?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social agradece sus comentarios sobre este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social agradece sus comentarios sobre este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Cómo es que se defienden las EPS si sabemos que han colaborado en la financiación de diversas campañas políticas?
¿Cómo es que se defienden las EPS si sabemos que han colaborado en la financiación de diversas campañas políticas?
Respuesta
<p>Buenas tardes sra Juliana.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el tema planteado por usted no es competencia de este MInisterio.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el tema planteado por usted no es competencia de este MInisterio.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por q dicen que el pago de las deudas a los hosp públicos está supeditado a la aprobación de la reforma? Q tiene q ver?
Por q dicen que el pago de las deudas a los hosp públicos está supeditado a la aprobación de la reforma? Q tiene q ver?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Pulido.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>En primer lugar, dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Nación en el Presupuesto General de la Nación para saneamiento de pasivos derivados de la atención en salud de la población pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos públicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidación de las EPS, v) las medidas de giro directo en el Régimen Subsidiado y en el Régimen Contributiva para las entidades que están en medida de vigilancia o en liquidación y, vi) el proceso de aclaración de cuentas de la Circular 30.</p>
<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistemáticos de aclaración de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecución de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos públicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>En primer lugar, dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Nación en el Presupuesto General de la Nación para saneamiento de pasivos derivados de la atención en salud de la población pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos públicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidación de las EPS, v) las medidas de giro directo en el Régimen Subsidiado y en el Régimen Contributiva para las entidades que están en medida de vigilancia o en liquidación y, vi) el proceso de aclaración de cuentas de la Circular 30.</p>
<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistemáticos de aclaración de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecución de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos públicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por q el actual proyecto de ley sigue la inequidad y limita los servicios-posiblemente la calidad-a la capacidad d pago?
Por q el actual proyecto de ley sigue la inequidad y limita los servicios-posiblemente la calidad-a la capacidad d pago?
Respuesta
<p>Buenos días sra. Juliana.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su inquietud:</p>
<p>Esta pregunta debe referirse a la división entre el régimen contributivo y subsidiado. En este punto es necesario aclarar que el Gobierno ha avanzado decididamente en la igualación de los planes de beneficios y en equiparación de las primas entre ambos regímenes. El proyecto de ley refuerza este objetivo de política al exigir a los Gestores de Servicios de Salud operar en ambos regímenes, lo que en la práctica significa que se acaba la división entre EPS del subsidiado y del contributivo.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su inquietud:</p>
<p>Esta pregunta debe referirse a la división entre el régimen contributivo y subsidiado. En este punto es necesario aclarar que el Gobierno ha avanzado decididamente en la igualación de los planes de beneficios y en equiparación de las primas entre ambos regímenes. El proyecto de ley refuerza este objetivo de política al exigir a los Gestores de Servicios de Salud operar en ambos regímenes, lo que en la práctica significa que se acaba la división entre EPS del subsidiado y del contributivo.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Cómo garantizar la atención en las diferentes regiones teniendo en cuenta la diferencia tan marcada de infraestructura?
Cómo garantizar la atención en las diferentes regiones teniendo en cuenta la diferencia tan marcada de infraestructura?
Respuesta
Buenas tardes sr. Urrea.
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:
El Proyecto de Ley crea las Áreas de Gestión Sanitaria Especial, que son precisamente aquellas que abarcaran las zonas con población dispersa, de difícil acceso y con carencia de infraestructura de salud. Allí operará un modelo especial de atención, donde van a primar estrategias para mejorar el acceso como son la telemedicina, las unidades de salud móviles y los equipos de salud móviles. Esto además irá acompañado de un plan de inversión en la infraestructura de salud para construcción y dotación de servicios de salud en estas Áreas, así como de becas para la formación de personal de salud básico y especializado.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:
El Proyecto de Ley crea las Áreas de Gestión Sanitaria Especial, que son precisamente aquellas que abarcaran las zonas con población dispersa, de difícil acceso y con carencia de infraestructura de salud. Allí operará un modelo especial de atención, donde van a primar estrategias para mejorar el acceso como son la telemedicina, las unidades de salud móviles y los equipos de salud móviles. Esto además irá acompañado de un plan de inversión en la infraestructura de salud para construcción y dotación de servicios de salud en estas Áreas, así como de becas para la formación de personal de salud básico y especializado.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Si los gerentes de los hospitales son nombrados por los alcaldes y gobernadores como se garantiza que sea por idoneidad?
Si los gerentes de los hospitales son nombrados por los alcaldes y gobernadores como se garantiza que sea por idoneidad?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Urrea.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p> </p>
En Saludcoop siguen las irregularidades a pesar de la intervención, no le parece suficiente ilustracion para acabarlos?
En Saludcoop siguen las irregularidades a pesar de la intervención, no le parece suficiente ilustracion para acabarlos?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Correa.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán de flujo de recursos del los recursos del Sistema.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán de flujo de recursos del los recursos del Sistema.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Si la formación de los especialistas no la realizan docentes quien garantiza la idoneidad del conocimiento impartido?
Si la formación de los especialistas no la realizan docentes quien garantiza la idoneidad del conocimiento impartido?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Urrea:</p>
<p>Atentamente le informamos que la propuesta de formación de especialista por hospitales universitarios debidamente acreditados, en el marco del proceso de discusión de la iniciativa está siendo modificada por los ponentes con el fin de introducir criterios y requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas de especialización médica dirigidos a fortalecer la relación entre instituciones de educación superior e Institución Prestadora de Servicios de Salud y así garantizar mejores condiciones de calidad en la formación médica especializada, entre otras.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que la propuesta de formación de especialista por hospitales universitarios debidamente acreditados, en el marco del proceso de discusión de la iniciativa está siendo modificada por los ponentes con el fin de introducir criterios y requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas de especialización médica dirigidos a fortalecer la relación entre instituciones de educación superior e Institución Prestadora de Servicios de Salud y así garantizar mejores condiciones de calidad en la formación médica especializada, entre otras.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Cómo se pretende abolir la integración vertical si se crean nuevamente un ente intermediador entre la IPS y el pagador?
Cómo se pretende abolir la integración vertical si se crean nuevamente un ente intermediador entre la IPS y el pagador?
Respuesta
Buenas tardes sr. Urrea.
Atentamente damos respuesta a su pregunta:
Las principales ventajas de la intermediación o representación del usuario frente a los proveedores de servicios de salud, comienzan porque alguien debe hacer gestión integral del riesgo en salud de las personas a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que podrían afectar su salud y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad.
La segunda, es que alguien debe organizar y coordinar la atención y la consecución de todo lo que requiera un paciente y que hoy no es posible que lo haga un solo prestador. Y la tercera, es que alguien debe vigilar y controlar que al paciente se le haga lo debido, que los prestadores cumplan con lo prometido y que cobren lo justo por sus servicios. Dejar esto solo al paciente es agregarle mayores trámites a su atención.
Gracias por su participación.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Atentamente damos respuesta a su pregunta:
Las principales ventajas de la intermediación o representación del usuario frente a los proveedores de servicios de salud, comienzan porque alguien debe hacer gestión integral del riesgo en salud de las personas a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que podrían afectar su salud y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad.
La segunda, es que alguien debe organizar y coordinar la atención y la consecución de todo lo que requiera un paciente y que hoy no es posible que lo haga un solo prestador. Y la tercera, es que alguien debe vigilar y controlar que al paciente se le haga lo debido, que los prestadores cumplan con lo prometido y que cobren lo justo por sus servicios. Dejar esto solo al paciente es agregarle mayores trámites a su atención.
Gracias por su participación.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Si hay un plan B, ha considerado acabar a las Aseguradoras? son la piedra en el zapato del sistema.
Registrada:
Código:
3530
Si hay un plan B, ha considerado acabar a las Aseguradoras? son la piedra en el zapato del sistema.
Registrada:
Código:
3530
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Correa.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Las principales ventajas de la intermediación o representación del usuario frente a los proveedores de servicios de salud, comienzan porque alguien debe hacer gestión integral del riesgo en salud de las personas a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que podrían afectar su salud y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Los hospitales y clínicas no hacen esto. La segunda, es que alguien debe organizar y coordinar la atención y la consecución de todo lo que requiera un paciente y que hoy no es posible que lo haga un solo prestador. La tercera, es que alguien debe vigilar y controlar que al paciente se le haga lo debido, que los prestadores cumplan con lo prometido y que cobren lo justo por sus servicios. Dejar esto solo al paciente es agregarle mayores trámites a su atención. La principal desventaja es que se pueden presentar abusos tanto con el paciente al negarle servicios, y con los prestadores al contratar a tarifas muy bajas o al no pagarles. Lo anterior requiere de reglas clara de atención y calidad, de control de precios y de entidades y procesos de vigilancia y control como los que propone la reforma. </p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Las principales ventajas de la intermediación o representación del usuario frente a los proveedores de servicios de salud, comienzan porque alguien debe hacer gestión integral del riesgo en salud de las personas a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que podrían afectar su salud y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Los hospitales y clínicas no hacen esto. La segunda, es que alguien debe organizar y coordinar la atención y la consecución de todo lo que requiera un paciente y que hoy no es posible que lo haga un solo prestador. La tercera, es que alguien debe vigilar y controlar que al paciente se le haga lo debido, que los prestadores cumplan con lo prometido y que cobren lo justo por sus servicios. Dejar esto solo al paciente es agregarle mayores trámites a su atención. La principal desventaja es que se pueden presentar abusos tanto con el paciente al negarle servicios, y con los prestadores al contratar a tarifas muy bajas o al no pagarles. Lo anterior requiere de reglas clara de atención y calidad, de control de precios y de entidades y procesos de vigilancia y control como los que propone la reforma. </p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
El paciente que es atendido un dia en X sitio y se acaba el contrato.. que va a pasar con el?
Registrada:
Código:
3529
El paciente que es atendido un dia en X sitio y se acaba el contrato.. que va a pasar con el?
Registrada:
Código:
3529
Respuesta
<p>Buenos días sr. Correa:</p>
<p>Atentamente le informamos que al paciente se le debe garantizar la continuidad de su tratamiento, en principio en la misma entidad donde venía siendo atendido. En todo caso y de no poder hacerse esto, se le deberá garantizar su tratamiento con profesionales e instituciones similares. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que al paciente se le debe garantizar la continuidad de su tratamiento, en principio en la misma entidad donde venía siendo atendido. En todo caso y de no poder hacerse esto, se le deberá garantizar su tratamiento con profesionales e instituciones similares. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Que mecanismos se generarían para impedir los falsos recobros de las gestoras al fondo central salud Mia?
Que mecanismos se generarían para impedir los falsos recobros de las gestoras al fondo central salud Mia?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Urrea:</p>
<p>Atentamente le informamos que con la reforma los recobros se disminuirían notablemente con la inclusión en el nuevo plan de beneficios Mi Plan de los servicios que actualmente se recobran. Respecto de los servicios “No incluidos”, entendiendo que esto no se refieren a los excluidos en forma explícita, el proyecto de reforma establece que los servicios o tecnologías de salud que no hayan sido incorporados, podrán ser financiados con recursos del Sistema de manera individual y transitoria bajo los precios y condiciones que determine este Ministerio.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que con la reforma los recobros se disminuirían notablemente con la inclusión en el nuevo plan de beneficios Mi Plan de los servicios que actualmente se recobran. Respecto de los servicios “No incluidos”, entendiendo que esto no se refieren a los excluidos en forma explícita, el proyecto de reforma establece que los servicios o tecnologías de salud que no hayan sido incorporados, podrán ser financiados con recursos del Sistema de manera individual y transitoria bajo los precios y condiciones que determine este Ministerio.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Sabe Sr. Ministro que los pacientes son literalmente SACADOS de los hospitales por las aseguradoras y llevados a otros
Sabe Sr. Ministro que los pacientes son literalmente SACADOS de los hospitales por las aseguradoras y llevados a otros
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Correa:</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social agradece sus comentarios sobre este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social agradece sus comentarios sobre este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Se ha considerado que el paciente pueda escoger el sitio y quién lo atienda? La calidad seria por competencia.
Se ha considerado que el paciente pueda escoger el sitio y quién lo atienda? La calidad seria por competencia.
Respuesta
Buenas tardes sr. Correa:
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley contiene el principio de libre elección en el cual se permite que los afiliados tengan la libertad de elegir a su Gestor de Servicio de Salud y a los Prestadores de Servicios de Salud dentro de la oferta disponible del respectivo Gestor de Servicios de Salud, según las normas de habilitación.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley contiene el principio de libre elección en el cual se permite que los afiliados tengan la libertad de elegir a su Gestor de Servicio de Salud y a los Prestadores de Servicios de Salud dentro de la oferta disponible del respectivo Gestor de Servicios de Salud, según las normas de habilitación.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la corrupción es un problema que permea tanto a las instituciones privadas como públicas y para controlarla se incluyen medidas para fortalecer la Superintendencia Nacional de Salud y hacer más expeditos las actuaciones de esta entidad pero también se incluyen herramientas para alinear mejor los incentivos de los agentes, en especial de los gestores, para que su remuneración dependa de los buenos resultados en salud en la población.</p>
<p>De otra parte debe recordarse que Salud-Mía estará sujeta al control de la Superintendencia Financiera de Colombia, en relación con sus actividades financieras, y al control fiscal por parte de la Contraloría General de la República.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la corrupción es un problema que permea tanto a las instituciones privadas como públicas y para controlarla se incluyen medidas para fortalecer la Superintendencia Nacional de Salud y hacer más expeditos las actuaciones de esta entidad pero también se incluyen herramientas para alinear mejor los incentivos de los agentes, en especial de los gestores, para que su remuneración dependa de los buenos resultados en salud en la población.</p>
<p>De otra parte debe recordarse que Salud-Mía estará sujeta al control de la Superintendencia Financiera de Colombia, en relación con sus actividades financieras, y al control fiscal por parte de la Contraloría General de la República.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Urrea.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer lugar, ya existen dentro del marco normativo actual estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Nación en el Presupuesto General de la Nación para saneamiento de pasivos derivados de la atención en salud de la población pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos públicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidación de las EPS, v) las medidas de giro directo en el Régimen Subsidiado y en el Régimen Contributiva para las entidades que están en medida de vigilancia o en liquidación y, vi) el proceso de aclaración de cuentas de la Circular 30.</p>
<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistemáticos de aclaración de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecución de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos públicos y v) pago preferencial a los prestadores.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer lugar, ya existen dentro del marco normativo actual estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Nación en el Presupuesto General de la Nación para saneamiento de pasivos derivados de la atención en salud de la población pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos públicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidación de las EPS, v) las medidas de giro directo en el Régimen Subsidiado y en el Régimen Contributiva para las entidades que están en medida de vigilancia o en liquidación y, vi) el proceso de aclaración de cuentas de la Circular 30.</p>
<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistemáticos de aclaración de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecución de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos públicos y v) pago preferencial a los prestadores.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Si el mismo presidente tuvo financiación de aseguradoras, no va en contra de la ley?
Registrada:
Código:
3523
Si el mismo presidente tuvo financiación de aseguradoras, no va en contra de la ley?
Registrada:
Código:
3523
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Correa:</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social agradece sus comentarios sobre este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social agradece sus comentarios sobre este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos: se considera que las funciones que están en el texto propuesto son las necesarias para que Salud- Mía desarrolle debidamente su objeto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos: se considera que las funciones que están en el texto propuesto son las necesarias para que Salud- Mía desarrolle debidamente su objeto.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Respuesta
<p>Buenos días sr. Urrea:</p>
<p>Atentamente le informamos que las Gestoras de Servicios Salud ya no van a manejar el dinero para pagar los servicios de salud, el cual estará en una cuenta en Salud Mía y desde allí se girarán directamente a los prestadores. Por esta razón ya no tendrán el incentivo a demorar los pagos dejando el dinero en un banco y ganando rendimientos financieros con ello.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que las Gestoras de Servicios Salud ya no van a manejar el dinero para pagar los servicios de salud, el cual estará en una cuenta en Salud Mía y desde allí se girarán directamente a los prestadores. Por esta razón ya no tendrán el incentivo a demorar los pagos dejando el dinero en un banco y ganando rendimientos financieros con ello.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Ha considerado el ministro una nueva reforma?? que realmente solucione los problemas actuales del sistema? no la actual
Ha considerado el ministro una nueva reforma?? que realmente solucione los problemas actuales del sistema? no la actual
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social agradece su sugerencia sobre este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social agradece su sugerencia sobre este tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Por qué escogerán los alcaldes y gobernadores los gerentes de hospital? ¿No es mas transparente la meritocracia?
¿Por qué escogerán los alcaldes y gobernadores los gerentes de hospital? ¿No es mas transparente la meritocracia?
Respuesta
<p>Buenos días.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
No hay un impedimento tamaño ELEFANTE para la votación si muchos congresitas han sido patrocinados por EPS??
No hay un impedimento tamaño ELEFANTE para la votación si muchos congresitas han sido patrocinados por EPS??
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Correa.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que este tema no es del resorte del Ministerio.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que este tema no es del resorte del Ministerio.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por que se insiste en incluir a terceros (hablo de EPS - prestadores) si son los que saquean al sistema?
Por que se insiste en incluir a terceros (hablo de EPS - prestadores) si son los que saquean al sistema?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Correa.</p>
<p>Atentamente le informamos que si no existen Gestoras, se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar un Gestor de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad.</p>
<p>En segundo lugar sin Gestores, se dejaría a un usuario solo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados, exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que si no existen Gestoras, se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar un Gestor de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad.</p>
<p>En segundo lugar sin Gestores, se dejaría a un usuario solo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados, exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>