¿Cómo evitar que las EPS financien campañas políticas para comprar SENADORES? es esto un impedimento? no es ético.
¿Cómo evitar que las EPS financien campañas políticas para comprar SENADORES? es esto un impedimento? no es ético.
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>Atentamente le informamos que su pregunta no es competencia del Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que su pregunta no es competencia del Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Por qué no se toma en cuenta la voz de estudiantes y profesionales de la salud, para construir una nueva reforma?.
¿Por qué no se toma en cuenta la voz de estudiantes y profesionales de la salud, para construir una nueva reforma?.
Respuesta
Buenas tardes sr. Valbuena:
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.
Gracias por su participación.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.
Gracias por su participación.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
¿Que beneficios económicos se obtendrán para una especialización en salud, ademas del ICETEX, con la nueva reforma?
¿Que beneficios económicos se obtendrán para una especialización en salud, ademas del ICETEX, con la nueva reforma?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Valbuena:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”</em>, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”</em>, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Las EPS han llevado al sistema de salud al punto en el que se encuentra. ¿Por qué darles mas poder con esta reforma?
Las EPS han llevado al sistema de salud al punto en el que se encuentra. ¿Por qué darles mas poder con esta reforma?
Respuesta
Buenas tardes sr. Garnica.
Atentamente damos respuesta a su pregunta:
Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán del flujo de recursos del Sistema.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Atentamente damos respuesta a su pregunta:
Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán del flujo de recursos del Sistema.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Por que la salud tiene que ser rentable, por que deben salir utilidades para intermediarios
Registrada:
Código:
3632
Por que la salud tiene que ser rentable, por que deben salir utilidades para intermediarios
Registrada:
Código:
3632
Respuesta
<p>Buenos días sra. Carolina.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen.</p>
<p>La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro. En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sean públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen.</p>
<p>La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro. En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sean públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Respuesta
<p>Era obligación asistir a la Junta de Remisos pues allí el comandante del Distrito procedía a evaluar la razón por la cual este no asistió a la respectiva citación de concentración. Posteriormente se determina si se levanta la condición de remiso con o sin multa. Ley 48 de 1993.</p>
¿Que pasa con los programas de medicina de las universidades que no están acreditados?
Registrada:
Código:
3630
¿Que pasa con los programas de medicina de las universidades que no están acreditados?
Registrada:
Código:
3630
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta sobre el proyecto de Ley No. 210 de 2013, “por medio de la cual se redefine el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones”, atentamente le informamos que este fue archivado, debido a que las normas vigentes (artículo 190 de la Ley 5a de 1992 y artículo 162 de la Constitución Política) establecen que “ningún proyecto podrá ser considerado en más de dos legislaturas”.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta sobre el proyecto de Ley No. 210 de 2013, “por medio de la cual se redefine el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones”, atentamente le informamos que este fue archivado, debido a que las normas vigentes (artículo 190 de la Ley 5a de 1992 y artículo 162 de la Constitución Política) establecen que “ningún proyecto podrá ser considerado en más de dos legislaturas”.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Que papel cree usted que juegan los estudiantes y facultades de ciencias de la salud en el sistema actual de salud?
Que papel cree usted que juegan los estudiantes y facultades de ciencias de la salud en el sistema actual de salud?
Respuesta
<p>Buenos días sr. Rengifo:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que los estudiantes de pregrado cumplen el papel fundamental de estar formándose para ser los continuadores y renovadores del sistema de salud. Naturalmente, por cuestiones de conocimiento y responsabilidad, su rol principal es de prepararse con las mejores competencias posibles.</p>
<p>Del proyecto de ley ordinaria de salud en trámite en la Cámara de Representantes se propuso eliminar el capítulo dedicado a la formación y ejercicio del talento humano en salud, por considerar que sería el tema de un proyecto de ley separado.</p>
<p>Los ciudadanos se quejan del sistema de salud principalmente porque hay congestión y demora en el otorgamiento de citas de especialistas, que a veces tardan varias semanas en poderse conceder, lo que supone que hay que ampliar la formación profesional en carreras de la salud.</p>
<p>En este sentido, el Ministerio de Salud ha puesto especial énfasis en promover la formación de nuevos especialistas, con el apoyo de importantes recursos del Estado.</p>
<p>Puede consultar más información en este enlace: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Gobierno-aprueba-1.300-becas-crédito-para-especializaciones-de-la-salud.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Gobierno-aprueba-1.300-becas-crédito-para-especializaciones-de-la-salud.aspx</a> </p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que los estudiantes de pregrado cumplen el papel fundamental de estar formándose para ser los continuadores y renovadores del sistema de salud. Naturalmente, por cuestiones de conocimiento y responsabilidad, su rol principal es de prepararse con las mejores competencias posibles.</p>
<p>Del proyecto de ley ordinaria de salud en trámite en la Cámara de Representantes se propuso eliminar el capítulo dedicado a la formación y ejercicio del talento humano en salud, por considerar que sería el tema de un proyecto de ley separado.</p>
<p>Los ciudadanos se quejan del sistema de salud principalmente porque hay congestión y demora en el otorgamiento de citas de especialistas, que a veces tardan varias semanas en poderse conceder, lo que supone que hay que ampliar la formación profesional en carreras de la salud.</p>
<p>En este sentido, el Ministerio de Salud ha puesto especial énfasis en promover la formación de nuevos especialistas, con el apoyo de importantes recursos del Estado.</p>
<p>Puede consultar más información en este enlace: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Gobierno-aprueba-1.300-becas-crédito-para-especializaciones-de-la-salud.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Gobierno-aprueba-1.300-becas-crédito-para-especializaciones-de-la-salud.aspx</a> </p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
No se fomenta la politiqueria permitiendo que los gerentes de las IPS sean elegidos a dedocracia?
Registrada:
Código:
3628
No se fomenta la politiqueria permitiendo que los gerentes de las IPS sean elegidos a dedocracia?
Registrada:
Código:
3628
Respuesta
<p>Buenos días sr. Rengifo:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Porque no permitir que la poblacion y el sector salud creen una nueva reforma en vez de imponernos la que uds quieren?
Porque no permitir que la poblacion y el sector salud creen una nueva reforma en vez de imponernos la que uds quieren?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la capacitación a cuidadores familiares es una de las principales líneas contempladas en los diferentes programas que adelanta el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de mejorar la salud tanto de niños como de adultos. Lo invitamos a consultar más información sobre este tema en los siguientes documentos:</p>
<p>Guías de promoción de la salud y prevención de enfermedades en salud pública, en <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/POS/Documents/sitio/Archivos/Tomo%20I.%20Guías%20de%20detección%20temprana.pdf#search=cuidadores">http://www.minsalud.gov.co/salud/POS/Documents/sitio/Archivos/Tomo%20I.%20Guías%20de%20detección%20temprana.pdf#search=cuidadores</a></p>
<p>Plan Decenal de Salud Pública en el enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/plandecenal/Documents/dimensiones/Documento-completo-PDSP.pdf#search=familiar%20en%20casa">http://www.minsalud.gov.co/plandecenal/Documents/dimensiones/Documento-completo-PDSP.pdf#search=familiar%20en%20casa</a></p>
<p>Atención integrada a las enfermedades prevalentes de la infancia, en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/CUADRO%20DE%20PROCEDIMIENTOS.pdf#search=familiar%20en%20casa">http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/CUADRO%20DE%20PROCEDIMIENTOS.pdf#search=familiar%20en%20casa</a></p>
<p>Guía para la atención y la consejería de la niñez en la familia en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/GUÍA%20PARA%20LA%20ATENCIÓN%20DE%20LA%20NIÑEZ%20EN%20LA%20FAMILIA.pdf#search=familiar%20en%20casa">http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/GUÍA%20PARA%20LA%20ATENCIÓN%20DE%20LA%20NIÑEZ%20EN%20LA%20FAMILIA.pdf#search=familiar%20en%20casa</a></p>
<p>Modelo de gestión programática VIH/Sida, en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/MODELO%20DE%20GESTION%20PROGRAMATICA%20VIH%20SIDA.pdf#search=familiar%20en%20casa">http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/MODELO%20DE%20GESTION%20PROGRAMATICA%20VIH%20SIDA.pdf#search=familiar%20en%20casa</a></p>
<p>Ruta integral de atención a la primera infancia, en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/atenciones%20salud%20y%20nutrición_ruta%20cero%20a%20siempre-Unidos.pdf#search=cuidadores">http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/atenciones%20salud%20y%20nutrición_ruta%20cero%20a%20siempre-Unidos.pdf#search=cuidadores</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la capacitación a cuidadores familiares es una de las principales líneas contempladas en los diferentes programas que adelanta el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de mejorar la salud tanto de niños como de adultos. Lo invitamos a consultar más información sobre este tema en los siguientes documentos:</p>
<p>Guías de promoción de la salud y prevención de enfermedades en salud pública, en <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/POS/Documents/sitio/Archivos/Tomo%20I.%20Guías%20de%20detección%20temprana.pdf#search=cuidadores">http://www.minsalud.gov.co/salud/POS/Documents/sitio/Archivos/Tomo%20I.%20Guías%20de%20detección%20temprana.pdf#search=cuidadores</a></p>
<p>Plan Decenal de Salud Pública en el enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/plandecenal/Documents/dimensiones/Documento-completo-PDSP.pdf#search=familiar%20en%20casa">http://www.minsalud.gov.co/plandecenal/Documents/dimensiones/Documento-completo-PDSP.pdf#search=familiar%20en%20casa</a></p>
<p>Atención integrada a las enfermedades prevalentes de la infancia, en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/CUADRO%20DE%20PROCEDIMIENTOS.pdf#search=familiar%20en%20casa">http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/CUADRO%20DE%20PROCEDIMIENTOS.pdf#search=familiar%20en%20casa</a></p>
<p>Guía para la atención y la consejería de la niñez en la familia en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/GUÍA%20PARA%20LA%20ATENCIÓN%20DE%20LA%20NIÑEZ%20EN%20LA%20FAMILIA.pdf#search=familiar%20en%20casa">http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/GUÍA%20PARA%20LA%20ATENCIÓN%20DE%20LA%20NIÑEZ%20EN%20LA%20FAMILIA.pdf#search=familiar%20en%20casa</a></p>
<p>Modelo de gestión programática VIH/Sida, en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/MODELO%20DE%20GESTION%20PROGRAMATICA%20VIH%20SIDA.pdf#search=familiar%20en%20casa">http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/MODELO%20DE%20GESTION%20PROGRAMATICA%20VIH%20SIDA.pdf#search=familiar%20en%20casa</a></p>
<p>Ruta integral de atención a la primera infancia, en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/atenciones%20salud%20y%20nutrición_ruta%20cero%20a%20siempre-Unidos.pdf#search=cuidadores">http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/atenciones%20salud%20y%20nutrición_ruta%20cero%20a%20siempre-Unidos.pdf#search=cuidadores</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
Por qué hablan de tercerización para contratar personal de salud.si esto no brinda estabilidad al empleado
Por qué hablan de tercerización para contratar personal de salud.si esto no brinda estabilidad al empleado
Respuesta
Buenas tarde:
Atentamente le informamos que el proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” pretende la formalización de los trabajadores del sector salud. Por ello dota de facultades extraordinarias al Presidente de la República para que mediante normas con fuerza de ley regule dicho tema respetando los derechos adquiridos, propiciando condiciones dignas de trabajo y el adecuado bienestar social de los servidores públicos. Sin embargo es preciso señalar que el proyecto de ley no tiene ninguna disposición que se refiera a los salarios de los profesionales de la salud.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Atentamente le informamos que el proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” pretende la formalización de los trabajadores del sector salud. Por ello dota de facultades extraordinarias al Presidente de la República para que mediante normas con fuerza de ley regule dicho tema respetando los derechos adquiridos, propiciando condiciones dignas de trabajo y el adecuado bienestar social de los servidores públicos. Sin embargo es preciso señalar que el proyecto de ley no tiene ninguna disposición que se refiera a los salarios de los profesionales de la salud.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Llevo 6 meses solicitando cita con neurólogo y nunca hay agenda. cómo van a funcionar las citas con especialistas
Llevo 6 meses solicitando cita con neurólogo y nunca hay agenda. cómo van a funcionar las citas con especialistas
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley está diseñado para la gente. Todas las medidas que incluye el Proyecto de Ley, incluso las de carácter más financiero, buscan mejorar las condiciones de salud de la población y garantizar el acceso oportuno a los servicios de salud. Dentro de los beneficios para los usuarios están la generación de un plan más amplio de beneficios Mi Plan, la exigencia a los Gestores de Servicios de Salud de garantizar una red de servicios cercana a los usuarios y la ampliación de la oferta de especialistas, entre otros beneficios.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley está diseñado para la gente. Todas las medidas que incluye el Proyecto de Ley, incluso las de carácter más financiero, buscan mejorar las condiciones de salud de la población y garantizar el acceso oportuno a los servicios de salud. Dentro de los beneficios para los usuarios están la generación de un plan más amplio de beneficios Mi Plan, la exigencia a los Gestores de Servicios de Salud de garantizar una red de servicios cercana a los usuarios y la ampliación de la oferta de especialistas, entre otros beneficios.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en el evento de que el Congreso de la República apruebe la reforma ordinaria a la salud, las actuales EPS “que se encuentren al día” en el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, “en sus obligaciones con el Sistema, cumplan con los requisitos de habilitación”, podrán transformarse en Gestores de Servicios de Salud.</p>
<p>Naturalmente que, desde el punto de vista empresarial y de responsabilidad, las nuevas Gestoras deberán continuar cumpliendo con todas sus obligaciones contractuales y judiciales previas, de conformidad con las mandamientos legales.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en el evento de que el Congreso de la República apruebe la reforma ordinaria a la salud, las actuales EPS “que se encuentren al día” en el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, “en sus obligaciones con el Sistema, cumplan con los requisitos de habilitación”, podrán transformarse en Gestores de Servicios de Salud.</p>
<p>Naturalmente que, desde el punto de vista empresarial y de responsabilidad, las nuevas Gestoras deberán continuar cumpliendo con todas sus obligaciones contractuales y judiciales previas, de conformidad con las mandamientos legales.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
¿Por qué se insiste en la atención especializada si el principal problema está en la atención primaria (médico general)?
¿Por qué se insiste en la atención especializada si el principal problema está en la atención primaria (médico general)?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Gamboa.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>La articulación de las intervenciones individuales provistas por Mi-Plan con el campo de la gestión sobre los determinantes sociales en salud se plasma en el Proyecto de Ley en el <em>enfoque integrado de la atención primaria</em>, fundamentalmente a través de las <em>prioridades</em> definidas en el Plan Decenal de Salud Pública o sus equivalentes territoriales. Poder precisar tales <em>prioridades</em>, implica tener común conocimiento por parte de los responsables de la gestión de los riesgos individuales, esto es, en cabeza del Gestor de Servicios de Salud y a través de la red de prestación de servicios y los prestadores, tanto primarios como complementarios; con la <em>gestión de los determinantes sociales en salud</em> a cargo de las autoridades competentes, es decir, las entidades territoriales, conforme a las competencias definidas en la Ley 715 de 2001.</p>
<p><em>Conforme a lo anterior, </em>para el <em>Prestador Primario</em> será fundamental contar con capacidades para gestionar eficazmente los riesgos en salud y los procesos de atención en sintonía con <em>el enfoque integrado de atención primaria referido</em>. Para ello es relevante la organización del talento humano a su interior conforme al alcance de sus competencias, es decir, para la gestión de las atenciones individuales de Mi-Plan, lo cual implica contar con referentes de gestión en los equipos de Salud Familiar, que tendrán a cargo, entre otros, la gestión de riesgos con las familias y la gestión de la demanda hacia los servicios de salud y a su interior, en procura de una atención con acceso oportuno, continuo, integral y resolutiva, apoyado en los equipos asistenciales básicos y especializados y el equipo de soporte administrativo y gerencial del Prestador Primario; en el seguimiento a la continuidad y resolutividad de la atención, cuando sea requerido, por el prestador <em>complementario</em>; y en coordinación con el Gestor de Servicios de Salud mediante los mecanismos de gestión a cargo de éste. De esta manera, el equipo de Salud Familiar adquiere un rol dinamizador de los procesos de atención.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>La articulación de las intervenciones individuales provistas por Mi-Plan con el campo de la gestión sobre los determinantes sociales en salud se plasma en el Proyecto de Ley en el <em>enfoque integrado de la atención primaria</em>, fundamentalmente a través de las <em>prioridades</em> definidas en el Plan Decenal de Salud Pública o sus equivalentes territoriales. Poder precisar tales <em>prioridades</em>, implica tener común conocimiento por parte de los responsables de la gestión de los riesgos individuales, esto es, en cabeza del Gestor de Servicios de Salud y a través de la red de prestación de servicios y los prestadores, tanto primarios como complementarios; con la <em>gestión de los determinantes sociales en salud</em> a cargo de las autoridades competentes, es decir, las entidades territoriales, conforme a las competencias definidas en la Ley 715 de 2001.</p>
<p><em>Conforme a lo anterior, </em>para el <em>Prestador Primario</em> será fundamental contar con capacidades para gestionar eficazmente los riesgos en salud y los procesos de atención en sintonía con <em>el enfoque integrado de atención primaria referido</em>. Para ello es relevante la organización del talento humano a su interior conforme al alcance de sus competencias, es decir, para la gestión de las atenciones individuales de Mi-Plan, lo cual implica contar con referentes de gestión en los equipos de Salud Familiar, que tendrán a cargo, entre otros, la gestión de riesgos con las familias y la gestión de la demanda hacia los servicios de salud y a su interior, en procura de una atención con acceso oportuno, continuo, integral y resolutiva, apoyado en los equipos asistenciales básicos y especializados y el equipo de soporte administrativo y gerencial del Prestador Primario; en el seguimiento a la continuidad y resolutividad de la atención, cuando sea requerido, por el prestador <em>complementario</em>; y en coordinación con el Gestor de Servicios de Salud mediante los mecanismos de gestión a cargo de éste. De esta manera, el equipo de Salud Familiar adquiere un rol dinamizador de los procesos de atención.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Si pago 2.200 de cuota moderad, solo tendré derecho durante 1 año a citas médico gral y no a especialistas
Si pago 2.200 de cuota moderad, solo tendré derecho durante 1 año a citas médico gral y no a especialistas
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que lo relacionado con copagos y cuotas moderadoras está contemplado en los artículos 26 (parágrafos 3 y 5), 31 y 86 del Proyecto de Ley, el cual puede consultar en <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que lo relacionado con copagos y cuotas moderadoras está contemplado en los artículos 26 (parágrafos 3 y 5), 31 y 86 del Proyecto de Ley, el cual puede consultar en <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
¿Por qué retirar la meritocracia en la elección de gerentes de hospitales?¿no es la puerta de entrada a la corrupción?
¿Por qué retirar la meritocracia en la elección de gerentes de hospitales?¿no es la puerta de entrada a la corrupción?
Respuesta
<p>Buenos días sr. López:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
que va a pasar con los pacientes que ganen mas de 2 salarios mínimos que tengan cáncer o VIH tendrán que pagar copagos
que va a pasar con los pacientes que ganen mas de 2 salarios mínimos que tengan cáncer o VIH tendrán que pagar copagos
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Claudia:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el tema de los copagos y cuotas moderadoras está contemplado en los artículos 26 (parágrafos 3 y 5), 31 y 86 del Proyecto de Ley, el cual puede consultar en el link <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el tema de los copagos y cuotas moderadoras está contemplado en los artículos 26 (parágrafos 3 y 5), 31 y 86 del Proyecto de Ley, el cual puede consultar en el link <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. López:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley contempla en sus artículos 40 y 41 aspectos relacionados con incentivos a IPS. Es así como el primero de ellos establece que los Gestores de Servicios de Salud y los Prestadores de Servicios de Salud podrán pactar al momento de la contratación indicadores de desempeño e incentivos, sujetos a la reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>Entre tanto, el artículo 41 asigna a esta entidad la función de diseñar e implementar un sistema de pago por desempeño que incentive a los Gestores de Servicios de Salud y a los Prestadores de Servicios de Salud a alcanzar los mayores logros posibles en el mejoramiento del estado de salud de la población, el mejoramiento de la calidad de la atención, la satisfacción y experiencia del usuario y la adecuada utilización de sus recursos.</p>
<p>De acuerdo con este artículo, el Ministerio de Salud y Protección Social establecerá la metodología, el conjunto de indicadores de desempeño y el esquema de incentivos para la implementación progresiva del sistema. Estos indicadores como mínimo deberán enfocarse en el logro de metas o resultados esperados y en actividades consideradas prioritarias, obligatorias o de interés en salud pública; en el mejoramiento de la calidad de la atención, la experiencia y satisfacción del usuario y en la adecuada gestión de los recursos.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley contempla en sus artículos 40 y 41 aspectos relacionados con incentivos a IPS. Es así como el primero de ellos establece que los Gestores de Servicios de Salud y los Prestadores de Servicios de Salud podrán pactar al momento de la contratación indicadores de desempeño e incentivos, sujetos a la reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>Entre tanto, el artículo 41 asigna a esta entidad la función de diseñar e implementar un sistema de pago por desempeño que incentive a los Gestores de Servicios de Salud y a los Prestadores de Servicios de Salud a alcanzar los mayores logros posibles en el mejoramiento del estado de salud de la población, el mejoramiento de la calidad de la atención, la satisfacción y experiencia del usuario y la adecuada utilización de sus recursos.</p>
<p>De acuerdo con este artículo, el Ministerio de Salud y Protección Social establecerá la metodología, el conjunto de indicadores de desempeño y el esquema de incentivos para la implementación progresiva del sistema. Estos indicadores como mínimo deberán enfocarse en el logro de metas o resultados esperados y en actividades consideradas prioritarias, obligatorias o de interés en salud pública; en el mejoramiento de la calidad de la atención, la experiencia y satisfacción del usuario y en la adecuada gestión de los recursos.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el plan de beneficios Mi-Plan se estructurará atendiendo las necesidades de toda la población, y naturalmente la odontología estará incluida en el nuevo plan de beneficios. En la medida de las posibilidades del Sistema de Salud, se irán incorporando nuevos servicios, en especial aquellos que demuestren sean más seguros y efectivos en el tratamiento de las patologías que más afectan a los colombianos, donde están incluidos los servicios de odontología.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el plan de beneficios Mi-Plan se estructurará atendiendo las necesidades de toda la población, y naturalmente la odontología estará incluida en el nuevo plan de beneficios. En la medida de las posibilidades del Sistema de Salud, se irán incorporando nuevos servicios, en especial aquellos que demuestren sean más seguros y efectivos en el tratamiento de las patologías que más afectan a los colombianos, donde están incluidos los servicios de odontología.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Cómo entender un negocio que tiene pocos recursos y permite el lucro a partir de negación de servicios a enfermos?
¿Cómo entender un negocio que tiene pocos recursos y permite el lucro a partir de negación de servicios a enfermos?
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. López.</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen. La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro.</p>
<p>En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sea públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen. La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro.</p>
<p>En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sea públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por qué no se exige a la EPS el pago de sus deudas a los hospitales públicos en vez de que el gobierno dé más dinero
Por qué no se exige a la EPS el pago de sus deudas a los hospitales públicos en vez de que el gobierno dé más dinero
Respuesta
Buenas tardes:
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Estado cobrará la cartera a las EPS y pagará a las IPS. Igualmente recuperará los recursos a través de los mecanismos de ley.
Actualmente el Ministerio de Salud trabaja en estrategias para que se aclaren las del pasado entre las EPS, las Entidades Territoriales y los Hospitales Públicos. Así mismo, a través de los giros directos se han agilizado los pagos a las IPS del régimen subsidiado. Con el nuevo modelo de salud que se propone, en los seis meses siguientes a la sanción de la Ley, las EPS tendrán que sanear todas sus deudas y además se generalizará el mecanismo de giro directo que está dando buenos resultados en la actualidad.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Estado cobrará la cartera a las EPS y pagará a las IPS. Igualmente recuperará los recursos a través de los mecanismos de ley.
Actualmente el Ministerio de Salud trabaja en estrategias para que se aclaren las del pasado entre las EPS, las Entidades Territoriales y los Hospitales Públicos. Así mismo, a través de los giros directos se han agilizado los pagos a las IPS del régimen subsidiado. Con el nuevo modelo de salud que se propone, en los seis meses siguientes a la sanción de la Ley, las EPS tendrán que sanear todas sus deudas y además se generalizará el mecanismo de giro directo que está dando buenos resultados en la actualidad.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Castillo:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el tema de integración vertical actualmente está siendo estudiando por los ponentes al Proyecto de Ley. De conformidad con lo que se defina, los Gestores de Servicios de Salud deberán acogerse a las reglas planteadas dentro del plazo que se estipule.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el tema de integración vertical actualmente está siendo estudiando por los ponentes al Proyecto de Ley. De conformidad con lo que se defina, los Gestores de Servicios de Salud deberán acogerse a las reglas planteadas dentro del plazo que se estipule.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
porque estan desatualizados los datos sobre la cantidad de especialistas?? en anestesia el defici es menor, SCARE
porque estan desatualizados los datos sobre la cantidad de especialistas?? en anestesia el defici es menor, SCARE
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Castillo:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las cifras siempre tienen algún rezago inevitable por la recolección y análisis mismo de la información. El Ministerio ha colgado en su página web algunos importantes documentos que puede ver en <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Paginas/oths.aspx">http://www.minsalud.gov.co/salud/Paginas/oths.aspx</a></p>
<p>Del proyecto de ley ordinaria de salud en trámite en la Cámara de Representantes se propuso eliminar el capítulo dedicado a la formación y ejercicio del talento humano en salud, por considerar que sería el tema de un proyecto de ley separado.</p>
<p>Los ciudadanos se quejan del sistema de salud principalmente porque hay congestión y demora en el otorgamiento de citas de especialistas, que a veces tardan varias semanas en poderse conceder, lo que supone que hay que ampliar la formación profesional en carreras de la salud.</p>
<p>En este sentido, el Ministerio de Salud y Protección Social ha puesto especial énfasis en promover la formación de nuevos especialistas, con el apoyo de importantes recursos del Estado.</p>
<p>Puede consultar más información en el documento “<a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/Observatorio%20Talento%20Humano%20en%20Salud/DisponibilidadDistribuci%c3%b3nMdEspecialistasCendex.pdf" title="Disponibilidad Especialistas">Disponibilidad y distribución de la oferta de médicos especialistas, en servicios de alta y mediana complejidad en Colombia</a>” en este enlace: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/Observatorio%20Talento%20Humano%20en%20Salud/DisponibilidadDistribuci%c3%b3nMdEspecialistasCendex.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/Observatorio%20Talento%20Humano%20en%20Salud/DisponibilidadDistribuci%c3%b3nMdEspecialistasCendex.pdf</a></p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las cifras siempre tienen algún rezago inevitable por la recolección y análisis mismo de la información. El Ministerio ha colgado en su página web algunos importantes documentos que puede ver en <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Paginas/oths.aspx">http://www.minsalud.gov.co/salud/Paginas/oths.aspx</a></p>
<p>Del proyecto de ley ordinaria de salud en trámite en la Cámara de Representantes se propuso eliminar el capítulo dedicado a la formación y ejercicio del talento humano en salud, por considerar que sería el tema de un proyecto de ley separado.</p>
<p>Los ciudadanos se quejan del sistema de salud principalmente porque hay congestión y demora en el otorgamiento de citas de especialistas, que a veces tardan varias semanas en poderse conceder, lo que supone que hay que ampliar la formación profesional en carreras de la salud.</p>
<p>En este sentido, el Ministerio de Salud y Protección Social ha puesto especial énfasis en promover la formación de nuevos especialistas, con el apoyo de importantes recursos del Estado.</p>
<p>Puede consultar más información en el documento “<a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/Observatorio%20Talento%20Humano%20en%20Salud/DisponibilidadDistribuci%c3%b3nMdEspecialistasCendex.pdf" title="Disponibilidad Especialistas">Disponibilidad y distribución de la oferta de médicos especialistas, en servicios de alta y mediana complejidad en Colombia</a>” en este enlace: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/Observatorio%20Talento%20Humano%20en%20Salud/DisponibilidadDistribuci%c3%b3nMdEspecialistasCendex.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/Observatorio%20Talento%20Humano%20en%20Salud/DisponibilidadDistribuci%c3%b3nMdEspecialistasCendex.pdf</a></p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
¿Cuál es la necesidad de incentivar el lucro en intermediarios que han demostrado toman malas decisiones?
¿Cuál es la necesidad de incentivar el lucro en intermediarios que han demostrado toman malas decisiones?
Respuesta
Buenas tardes sr. López.
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:
Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad. En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:
Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. Lo anterior en general no lo hacen las clínicas y los hospitales que se encuentran dedicados a tratar la enfermedad. En segundo lugar, sin Gestores de Servicios de Salud se dejaría a un usuario sólo para que sea él quien busque donde ser atendido y coordine él mismo la consecución de citas, medicamentos, insumos, etc. La complejidad de los servicios de salud, en especial para aquellos pacientes que requieren de tratamientos especializados exigen hoy en cualquier lugar del mundo, que exista alguien que represente al usuario y coordine todo lo referente a su atención, que hoy no puede ser ofrecida por un solo prestador de servicios.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
¿Quién se va a a encargar de los programas de promoción y prevención: planificación, HIV, tuberculosis, vacunación, etc?
¿Quién se va a a encargar de los programas de promoción y prevención: planificación, HIV, tuberculosis, vacunación, etc?
Respuesta
<p>Buetnas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley contempla en diferentes apartes la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad. Así, se dispone de un capitulo que desarrolla la salud pública y atención primaria. De igual forma, debe señalarse que una de las variables que determinan reconocimientos económicos a los Gestores de Servicios de Salud corresponde a las acciones que estos adelanten en promoción y prevención de la población a su cargo.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley contempla en diferentes apartes la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad. Así, se dispone de un capitulo que desarrolla la salud pública y atención primaria. De igual forma, debe señalarse que una de las variables que determinan reconocimientos económicos a los Gestores de Servicios de Salud corresponde a las acciones que estos adelanten en promoción y prevención de la población a su cargo.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Qué artículo de la reforma dice no cobro cuota moderadora a pensionados con mínimo o con 2 salarios mínimos
Qué artículo de la reforma dice no cobro cuota moderadora a pensionados con mínimo o con 2 salarios mínimos
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que es el artículo 86 del proyecto de reforma que dice:</p>
<p>Artículo 86 (Nuevo) Adiciónese un parágrafo al artículo 187 de la Ley 100 de 1993, así:</p>
<p>Parágrafo. Los pensionados que reciban mesadas pensionales de hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales no estarán sujetos a pagos compartidos, cuotas moderadoras y deducibles.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que es el artículo 86 del proyecto de reforma que dice:</p>
<p>Artículo 86 (Nuevo) Adiciónese un parágrafo al artículo 187 de la Ley 100 de 1993, así:</p>
<p>Parágrafo. Los pensionados que reciban mesadas pensionales de hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales no estarán sujetos a pagos compartidos, cuotas moderadoras y deducibles.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Qué va a pasar con aquellos políticos que se han beneficiado con dineros de la salud?
Registrada:
Código:
3609
Qué va a pasar con aquellos políticos que se han beneficiado con dineros de la salud?
Registrada:
Código:
3609
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Johnson:</p>
<p>Atentamente le informamos que su pregunta no es competencia del Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que su pregunta no es competencia del Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por que en la reforma plantean: servicios EXCLUIDOS de MIPLAN y luego PRIORIZACION: es un doble filtro parta el acceso?
Por que en la reforma plantean: servicios EXCLUIDOS de MIPLAN y luego PRIORIZACION: es un doble filtro parta el acceso?
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el artículo 21 del Proyecto de Ley define que la priorización de servicios y tecnologías se realizará mediante un mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente que consulte la opinión de los agentes y usuarios interesados y que la decisión la tomará el Ministerio de salud y Protección Social.</p>
<p>Respecto de los servicios “No incluidos”, entendiendo que esto no se refieren a los excluidos en forma explícita, el proyecto de reforma establece que los servicios o tecnologías de salud que no hayan sido incorporados, podrán ser financiados con recursos del Sistema de manera individual y transitoria bajo los precios y condiciones que determine este Ministerio.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el artículo 21 del Proyecto de Ley define que la priorización de servicios y tecnologías se realizará mediante un mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente que consulte la opinión de los agentes y usuarios interesados y que la decisión la tomará el Ministerio de salud y Protección Social.</p>
<p>Respecto de los servicios “No incluidos”, entendiendo que esto no se refieren a los excluidos en forma explícita, el proyecto de reforma establece que los servicios o tecnologías de salud que no hayan sido incorporados, podrán ser financiados con recursos del Sistema de manera individual y transitoria bajo los precios y condiciones que determine este Ministerio.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
x q los congresistas participan en la aprobación a la reforma si fueron fiananciadas sus campañas por las eps?
x q los congresistas participan en la aprobación a la reforma si fueron fiananciadas sus campañas por las eps?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>Atentamente le informamos que este tema no es competencia del Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente le informamos que este tema no es competencia del Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley está diseñado para la gente. Todas las medidas que incluye el Proyecto de Ley buscan mejorar las condiciones de salud de la población y garantizar el acceso oportuno a los servicios de salud. Dentro de los beneficios para los usuarios están la generación de un plan más amplio de beneficios Mi Plan, la exigencia a los Gestores de Servicios de Salud de garantizar una red de servicios cercana a los usuarios y la ampliación de la oferta de especialistas, entre otros. </p>
<p>Lo invitamos a conocer los detalles de la reforma en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Reforma-a-la-salud-contenido.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Reforma-a-la-salud-contenido.aspx</a> y a consultar el Proyecto de Ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a>.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley está diseñado para la gente. Todas las medidas que incluye el Proyecto de Ley buscan mejorar las condiciones de salud de la población y garantizar el acceso oportuno a los servicios de salud. Dentro de los beneficios para los usuarios están la generación de un plan más amplio de beneficios Mi Plan, la exigencia a los Gestores de Servicios de Salud de garantizar una red de servicios cercana a los usuarios y la ampliación de la oferta de especialistas, entre otros. </p>
<p>Lo invitamos a conocer los detalles de la reforma en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Reforma-a-la-salud-contenido.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Reforma-a-la-salud-contenido.aspx</a> y a consultar el Proyecto de Ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a>.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Por qué la reforma castiga tanto a los médicos en lugar de mejorar las condiciones de salud?
Registrada:
Código:
3605
Por qué la reforma castiga tanto a los médicos en lugar de mejorar las condiciones de salud?
Registrada:
Código:
3605
Respuesta
<p>Buenos días.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer término el Estado ha venido tomando medidas concretas para mejorar las condiciones de vinculación de los trabajadores de la salud y médicos en particular, dentro de ellos cabe destacar la Ley 1429 de 2010 “<em>por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de empleo</em>”, la Ley 1438 de 2011 “<em>por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>” y el Decreto 2025 de 2011 “<em>Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010</em>”.</p>
<p>En el mismo sentido se destaca que el proyecto de ley estatutaria “<em>Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”</em>, aprobado por el Congreso de la República y que se encuentra en revisión por la Corte Constitucional, garantizó la autonomía a los profesionales de la salud y prohibió el constreñimiento, presión o restricción del ejercicio profesional; así mismo, estableció que los profesionales y trabajadores de la salud estarán amparados por condiciones laborales justas de acuerdo con las necesidades del sistema.</p>
<p>En concordancia con lo anterior, el Proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”</em>, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud, y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadaho</p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer término el Estado ha venido tomando medidas concretas para mejorar las condiciones de vinculación de los trabajadores de la salud y médicos en particular, dentro de ellos cabe destacar la Ley 1429 de 2010 “<em>por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de empleo</em>”, la Ley 1438 de 2011 “<em>por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>” y el Decreto 2025 de 2011 “<em>Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010</em>”.</p>
<p>En el mismo sentido se destaca que el proyecto de ley estatutaria “<em>Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”</em>, aprobado por el Congreso de la República y que se encuentra en revisión por la Corte Constitucional, garantizó la autonomía a los profesionales de la salud y prohibió el constreñimiento, presión o restricción del ejercicio profesional; así mismo, estableció que los profesionales y trabajadores de la salud estarán amparados por condiciones laborales justas de acuerdo con las necesidades del sistema.</p>
<p>En concordancia con lo anterior, el Proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”</em>, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud, y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadaho</p>
<p> </p>
Por qué no contar con personal de la salud dentro del consejo de dirección de salud mía?
Registrada:
Código:
3604
Por qué no contar con personal de la salud dentro del consejo de dirección de salud mía?
Registrada:
Código:
3604
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>El Consejo de Dirección de la Unidad de Gestión -Salud-Mía tiene como funciones el formular los criterios para la administración de la afiliación de la población, el recaudo de las cotizaciones, la administración de los recursos a cargo de la entidad, la realización de los pagos, giros o transferencias y para la administración de la información relacionada con las funciones de la entidad. Por la naturaleza de las funciones que desarrolla el referido Consejo, en su integración se busca la participación de actores con funciones asociadas al manejo de las fuentes de financiamiento del sistema que serán administradas por la Unidad de Gestión Salud – Mía, al igual que la representación de los pacientes con el fin de generar las mejores condiciones para estos.</p>
<p>Todo lo anterior se hace consistente con el objeto y las funciones de Salud – Mía, las que no incluyen, por ejemplo, la definición de las exclusiones explícitas de servicios cubiertos por el Sistema, o la priorización e inclusión de servicios y tecnologías a Mi Plan, procesos en los cuales participarán activamente los gremios médicos y los profesionales de la salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>El Consejo de Dirección de la Unidad de Gestión -Salud-Mía tiene como funciones el formular los criterios para la administración de la afiliación de la población, el recaudo de las cotizaciones, la administración de los recursos a cargo de la entidad, la realización de los pagos, giros o transferencias y para la administración de la información relacionada con las funciones de la entidad. Por la naturaleza de las funciones que desarrolla el referido Consejo, en su integración se busca la participación de actores con funciones asociadas al manejo de las fuentes de financiamiento del sistema que serán administradas por la Unidad de Gestión Salud – Mía, al igual que la representación de los pacientes con el fin de generar las mejores condiciones para estos.</p>
<p>Todo lo anterior se hace consistente con el objeto y las funciones de Salud – Mía, las que no incluyen, por ejemplo, la definición de las exclusiones explícitas de servicios cubiertos por el Sistema, o la priorización e inclusión de servicios y tecnologías a Mi Plan, procesos en los cuales participarán activamente los gremios médicos y los profesionales de la salud.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Si en la ley 100 el problema es el poder de las EPS, por qué la reforma actual les da aún más poder
Registrada:
Código:
3603
Si en la ley 100 el problema es el poder de las EPS, por qué la reforma actual les da aún más poder
Registrada:
Código:
3603
Respuesta
Buenas tardes.
Atentamente damos respuesta a su pregunta:
Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán del flujo de recursos del Sistema.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Atentamente damos respuesta a su pregunta:
Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán del flujo de recursos del Sistema.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Creen que es posible eliminar el lucro en las empresas que manejan la salud? como controlar el mayor negocio.
Creen que es posible eliminar el lucro en las empresas que manejan la salud? como controlar el mayor negocio.
Respuesta
<p>Buenos días.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen.</p>
<p>La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro. En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sea públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Sobre este punto es importante recordar que este Gobierno logró que el Congreso aprobara un proyecto de Ley Estatutaria en el que se ratifica a la salud como un derecho fundamental y que se encuentra actualmente en revisión por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, una discusión aparte es la prestación de los servicios de salud, que solo es uno de los instrumentos para proteger el derecho a salud, y las características de las instituciones o actores que lo hacen.</p>
<p>La presencia o no del ánimo de lucro no es una garantía de que las EPS vayan a realizar bien su trabajo. Las EPS que han presentado mayores problemas (Saludcoop y Caprecom) son entidades sin ánimo de lucro. En el país hay ejemplos de EPS e IPS con ánimo de lucro que a la vez tienen experiencias positivas en procesos de gestión en salud. El problema central, más allá de contar con actores con o sin ánimo de lucro, es que con frecuencia los actores del sistema, ya sea públicos o privados, han puesto como primero la extracción de rentas antes que la salud de los usuarios. Por esta razón el Proyecto de Ley incorpora medidas, como por ejemplo el pago por desempeño, las estrictas condiciones de habilitación de los Gestores de Servicios de Salud y las Comisiones de Áreas de Gestión, para que los incentivos se dirijan primero los resultados en salud y luego a la generación de rentas.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Gente enferma grave es por falta de prevención y promoción, ?porque se enfatiza solo en formar especialistas?
Gente enferma grave es por falta de prevención y promoción, ?porque se enfatiza solo en formar especialistas?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley contempla en diferentes apartes la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad. Así, se dispone de un capitulo que desarrolla la salud pública y atención primaria. De igual forma, debe señalarse que una de las variables que determinan reconocimientos económicos a los Gestores de Servicios de Salud corresponde a las acciones que estos adelanten en promoción y prevención de la población a su cargo.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley contempla en diferentes apartes la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad. Así, se dispone de un capitulo que desarrolla la salud pública y atención primaria. De igual forma, debe señalarse que una de las variables que determinan reconocimientos económicos a los Gestores de Servicios de Salud corresponde a las acciones que estos adelanten en promoción y prevención de la población a su cargo.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
¿Porque A pesar de la oposición del pueblo manifestado en las calles y de la comunidad académida se aprovó la reforma?
¿Porque A pesar de la oposición del pueblo manifestado en las calles y de la comunidad académida se aprovó la reforma?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” </em>todavía sigue su discusión, pues apenas fue aprobado en segundo debate por la plenaria del Senado de la República.</p>
<p>Por lo tanto, lo invitamos a consultar el proyecto en el enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” </em>todavía sigue su discusión, pues apenas fue aprobado en segundo debate por la plenaria del Senado de la República.</p>
<p>Por lo tanto, lo invitamos a consultar el proyecto en el enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
En que estudio se basa el gobierno en afirmar que en colombia se requieren mas especialistas?
Registrada:
Código:
3599
En que estudio se basa el gobierno en afirmar que en colombia se requieren mas especialistas?
Registrada:
Código:
3599
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que del proyecto de ley ordinaria de salud en trámite en la Cámara de Representantes se propuso eliminar el capítulo dedicado a la formación y ejercicio del talento humano en salud, por considerar que sería el tema de un proyecto de ley separado.</p>
<p>La mayor queja de los ciudadanos al sistema de salud está relacionado con la demora en el otorgamiento de citas de especialistas, que a veces tardan varias semanas en poderse conceder, por la congestión del sistema.</p>
<p>El Ministerio de Salud ha puesto especial énfasis en promover la formación de nuevos especialistas, con el apoyo de importantes recursos del Estado.</p>
<p>Puede consultar más información en este enlace: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Gobierno-aprueba-1.300-becas-crédito-para-especializaciones-de-la-salud.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Gobierno-aprueba-1.300-becas-crédito-para-especializaciones-de-la-salud.aspx</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que del proyecto de ley ordinaria de salud en trámite en la Cámara de Representantes se propuso eliminar el capítulo dedicado a la formación y ejercicio del talento humano en salud, por considerar que sería el tema de un proyecto de ley separado.</p>
<p>La mayor queja de los ciudadanos al sistema de salud está relacionado con la demora en el otorgamiento de citas de especialistas, que a veces tardan varias semanas en poderse conceder, por la congestión del sistema.</p>
<p>El Ministerio de Salud ha puesto especial énfasis en promover la formación de nuevos especialistas, con el apoyo de importantes recursos del Estado.</p>
<p>Puede consultar más información en este enlace: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Gobierno-aprueba-1.300-becas-crédito-para-especializaciones-de-la-salud.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Gobierno-aprueba-1.300-becas-crédito-para-especializaciones-de-la-salud.aspx</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
Seňor ministro. Considera usted posible un sistema de salud sin la intermediación de EPS o gestoras?
Registrada:
Código:
3598
Seňor ministro. Considera usted posible un sistema de salud sin la intermediación de EPS o gestoras?
Registrada:
Código:
3598
Respuesta
Buenas tardes sr. Giraldo.
Atentamente damos respuesta a su pregunta:
Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud
tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán del flujo de recursos del Sistema.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Atentamente damos respuesta a su pregunta:
Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud
tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán del flujo de recursos del Sistema.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
como fortalece la reforma la red publica, eso no lo contempla la ley que cursa actualmente en la camara, ser claro.
como fortalece la reforma la red publica, eso no lo contempla la ley que cursa actualmente en la camara, ser claro.
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley aprobado por la Plenaria del Senado contempla varios artículos encaminados al fortalecimiento de la red pública.</p>
<p>Por ejemplo, el artículo 16 establece que parte de los recursos que administrará la Unidad de Gestión - Salud-Mía se destinarán al fortalecimiento y ajuste de la red pública hospitalaria, siempre y cuando en la respectiva vigencia se encuentre garantizada la financiación del aseguramiento en salud.</p>
<p>El artículo 36 establece que el porcentaje de contratación con la red pública en el régimen subsidiado no podrá ser inferior al sesenta por ciento (60%) de los recursos manejados por el Gestor de Servicios de Salud provenientes de este régimen.</p>
<p>El artículo 93, que es un artículo nuevo, establece que vencido el término para el saneamiento de los aportes patronales a que hace referencia la Ley 1438 de 2011, los recursos de excedentes del Sistema General de Participaciones se podrán destinar al saneamiento fiscal y financiero de la red pública prestadora de servicios de salud, privilegiando el pago de los pasivos laborales y/o al pago de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda que adeude la Entidad Territorial. Estos recursos se distribuirán según lo previsto en el numeral 2º del artículo 3º de la ley 1608 de 2013 entre los departamentos y distritos a quienes se efectúo asignación de recursos de aportes patronales en las vigencias anteriores a 2011. De acuerdo con este artículo, los recursos se girarán directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Pública, a través del mecanismo de recaudo y giro creado en virtud del artículo 31 de la ley 1438 de 2011.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley aprobado por la Plenaria del Senado contempla varios artículos encaminados al fortalecimiento de la red pública.</p>
<p>Por ejemplo, el artículo 16 establece que parte de los recursos que administrará la Unidad de Gestión - Salud-Mía se destinarán al fortalecimiento y ajuste de la red pública hospitalaria, siempre y cuando en la respectiva vigencia se encuentre garantizada la financiación del aseguramiento en salud.</p>
<p>El artículo 36 establece que el porcentaje de contratación con la red pública en el régimen subsidiado no podrá ser inferior al sesenta por ciento (60%) de los recursos manejados por el Gestor de Servicios de Salud provenientes de este régimen.</p>
<p>El artículo 93, que es un artículo nuevo, establece que vencido el término para el saneamiento de los aportes patronales a que hace referencia la Ley 1438 de 2011, los recursos de excedentes del Sistema General de Participaciones se podrán destinar al saneamiento fiscal y financiero de la red pública prestadora de servicios de salud, privilegiando el pago de los pasivos laborales y/o al pago de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda que adeude la Entidad Territorial. Estos recursos se distribuirán según lo previsto en el numeral 2º del artículo 3º de la ley 1608 de 2013 entre los departamentos y distritos a quienes se efectúo asignación de recursos de aportes patronales en las vigencias anteriores a 2011. De acuerdo con este artículo, los recursos se girarán directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Pública, a través del mecanismo de recaudo y giro creado en virtud del artículo 31 de la ley 1438 de 2011.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>