En que ciudades del país se puede acceder al programa Arriendo social del FNA? En Barranquilla se puede desde octubre?
En que ciudades del país se puede acceder al programa Arriendo social del FNA? En Barranquilla se puede desde octubre?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Laura</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
El subsidio de mi casa ya, se puede utilizar para el programa arriendo social?
Registrada:
Código:
9264
El subsidio de mi casa ya, se puede utilizar para el programa arriendo social?
Registrada:
Código:
9264
Respuesta
<p>Buen día,</p>
<p>Al respecto nos permitimos manifestarle que son dos programas distintos. Los beneficios de Mi Casa Ya solo aplica a quienes cumplen con los requisitos para ello. Igual ocurre con el programa de arrendamiento social.</p>
<p>Al respecto nos permitimos manifestarle que son dos programas distintos. Los beneficios de Mi Casa Ya solo aplica a quienes cumplen con los requisitos para ello. Igual ocurre con el programa de arrendamiento social.</p>
hola buenas tardes yo soy una colombiana viviendo en venezuela y quiero regresar a mi pais... pero no casa
hola buenas tardes yo soy una colombiana viviendo en venezuela y quiero regresar a mi pais... pero no casa
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
como independiente puedo acceder a los veneficios de vivinda junto con mi hija que es emplea y que requisitos debo cumpl
como independiente puedo acceder a los veneficios de vivinda junto con mi hija que es emplea y que requisitos debo cumpl
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
buenos días mi pregunta es el gobierno apoya de alguna forma a las personas como yo que estoy desempleada para una casa.
buenos días mi pregunta es el gobierno apoya de alguna forma a las personas como yo que estoy desempleada para una casa.
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
tengo mis cesantias en FNA pero estoy reportado en una central de riesgo, puedo acceder al programa de arriendo social??
tengo mis cesantias en FNA pero estoy reportado en una central de riesgo, puedo acceder al programa de arriendo social??
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Dairo</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Si vivo en un pueblo donde no hay proyectos de vivienda nueva, no puedo acceder a ese programa?
Registrada:
Código:
9276
Si vivo en un pueblo donde no hay proyectos de vivienda nueva, no puedo acceder a ese programa?
Registrada:
Código:
9276
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que<u> </u><strong><u>únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda</u>.</strong> De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que es responsabilidad de las Alcaldías Municipales presentar proyectos en el marco de los diferentes proyectos que lidera el Ministerio y Fonvivienda</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que es responsabilidad de las Alcaldías Municipales presentar proyectos en el marco de los diferentes proyectos que lidera el Ministerio y Fonvivienda</p>
una inconformidad porque dure 14 mese haciendo el ahorro programado en el fondo nacional y nunca le dicen la verdad
una inconformidad porque dure 14 mese haciendo el ahorro programado en el fondo nacional y nunca le dicen la verdad
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que en caso que tengas algún tipo de inconformidad, debes manifestarla directamente a la entidad correspondiente, para lo que debes contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro. Lo podrás realizar a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte, aprovechamos la oportunidad para brindar información sobre los aspectos más importantes del programa promovido actualmente por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria y Vivienda de Interés Social. Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través del contacto antes mencionado.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que en caso que tengas algún tipo de inconformidad, debes manifestarla directamente a la entidad correspondiente, para lo que debes contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro. Lo podrás realizar a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte, aprovechamos la oportunidad para brindar información sobre los aspectos más importantes del programa promovido actualmente por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria y Vivienda de Interés Social. Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través del contacto antes mencionado.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Cuanto tiempo debo llevar vinculada a FNA para poder ser beneficiaria del programa de vivienda Arriendo Social?
Cuanto tiempo debo llevar vinculada a FNA para poder ser beneficiaria del programa de vivienda Arriendo Social?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
puedo acceder al programa estando reportado pero con paz y salvos al dia se levanta la sanción del reporte en enero
puedo acceder al programa estando reportado pero con paz y salvos al dia se levanta la sanción del reporte en enero
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
Como mas puedo solicitar cita para junta de remisos ya que en la pagina web del distrito nunca hay agendamientos
Como mas puedo solicitar cita para junta de remisos ya que en la pagina web del distrito nunca hay agendamientos
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo checho-007@hotmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.
Grupo Atención y Orientación Ciudadana – MDN
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo checho-007@hotmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.
Grupo Atención y Orientación Ciudadana – MDN
buenas tardes que debo hacer para adquirir vivienda yo gano mas de un salario minimo y mi esposa gana dos salarios
buenas tardes que debo hacer para adquirir vivienda yo gano mas de un salario minimo y mi esposa gana dos salarios
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social. <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social. <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
Pertenezco al Régimen de Transición, cumplí 60 Años en Mayo2015 llevo cotizando mas de 20años al ISS,puedo pensionarme
Pertenezco al Régimen de Transición, cumplí 60 Años en Mayo2015 llevo cotizando mas de 20años al ISS,puedo pensionarme
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Los requisitos para obtener la pensión de vejez en la actualidad son:</p>
<p>1 Haber cumplido cincuenta y siete (57) años de edad si es mujer o sesenta y dos (62) años si es hombre.</p>
<p>2. Haber cotizado un mínimo de mil trecientas (1300) semanas en cualquier tiempo.</p>
<p>En relación con el régimen de transición la ley 100 de 1993, establece</p>
<p>ARTÍCULO 36. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN. La edad para acceder a la pensión de vejez, continuará en cincuenta y cinco (55) años para las mujeres y sesenta (60) para los hombres, hasta el año 2014*, fecha en la cual la edad se incrementará en dos años, es decir, será de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.</p>
<p>La edad para acceder a la pensión de vejez, el tiempo de servicio o el número de semanas cotizadas, y el monto de la pensión de vejez de las personas que al momento de entrar en vigencia el Sistema tengan treinta y cinco (35) o más años de edad si son mujeres o cuarenta (40) o más años de edad si son hombres, o quince (15) o mas años de servicios cotizados, será la establecida en el régimen anterior al cual se encuentren afiliados. Las demás condiciones y requisitos aplicables a estas personas para acceder a la pensión de vejez, se regirán por las disposiciones contenidas en la presente Ley. (….)</p>
<p>Sin embargo el régimen de transición conforme a la ley estaba vigente hasta el 31 de diciembre de 2014.</p>
<p>Usted se puede dirigir a la oficina de COLPENSIONES más cercana al lugar de su residencia o solicitar la información al call center en Bogotá 489 09 09 o en el resto del país al 018000 410909, o al correo electrónico <a href="mailto:atenci%C3%B3n@colpensiones.gov.co">atención@colpensiones.gov.co</a>, con el fin de obtener toda la información. </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
<p>Los requisitos para obtener la pensión de vejez en la actualidad son:</p>
<p>1 Haber cumplido cincuenta y siete (57) años de edad si es mujer o sesenta y dos (62) años si es hombre.</p>
<p>2. Haber cotizado un mínimo de mil trecientas (1300) semanas en cualquier tiempo.</p>
<p>En relación con el régimen de transición la ley 100 de 1993, establece</p>
<p>ARTÍCULO 36. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN. La edad para acceder a la pensión de vejez, continuará en cincuenta y cinco (55) años para las mujeres y sesenta (60) para los hombres, hasta el año 2014*, fecha en la cual la edad se incrementará en dos años, es decir, será de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.</p>
<p>La edad para acceder a la pensión de vejez, el tiempo de servicio o el número de semanas cotizadas, y el monto de la pensión de vejez de las personas que al momento de entrar en vigencia el Sistema tengan treinta y cinco (35) o más años de edad si son mujeres o cuarenta (40) o más años de edad si son hombres, o quince (15) o mas años de servicios cotizados, será la establecida en el régimen anterior al cual se encuentren afiliados. Las demás condiciones y requisitos aplicables a estas personas para acceder a la pensión de vejez, se regirán por las disposiciones contenidas en la presente Ley. (….)</p>
<p>Sin embargo el régimen de transición conforme a la ley estaba vigente hasta el 31 de diciembre de 2014.</p>
<p>Usted se puede dirigir a la oficina de COLPENSIONES más cercana al lugar de su residencia o solicitar la información al call center en Bogotá 489 09 09 o en el resto del país al 018000 410909, o al correo electrónico <a href="mailto:atenci%C3%B3n@colpensiones.gov.co">atención@colpensiones.gov.co</a>, con el fin de obtener toda la información. </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
presente el ICFES el año pasado y lo presente este año ,puedo acceder a las becas de ser pilo paga si tengo puntaje alt
presente el ICFES el año pasado y lo presente este año ,puedo acceder a las becas de ser pilo paga si tengo puntaje alt
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
No puede ser un potencial beneficiario de Ser Pilo Paga 2, ya que uno de los requisitos para acceder a la beca es haber presentado por primera vez las pruebas Saber 11 e algunas de las 2 fechas de 2015<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
No puede ser un potencial beneficiario de Ser Pilo Paga 2, ya que uno de los requisitos para acceder a la beca es haber presentado por primera vez las pruebas Saber 11 e algunas de las 2 fechas de 2015<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
tuve vivienda pero se dio como dacion de pago por imposibilidad de pago puedo solicitar un nuevo subsidio, soy informal
tuve vivienda pero se dio como dacion de pago por imposibilidad de pago puedo solicitar un nuevo subsidio, soy informal
Respuesta
<p>Buen día,</p>
<p>Al respecto le manifestamos que para poder ser beneficiario de un subsidio familiar de vivienda es indispensable cumplir entre otros, los siguientes requisitos:</p>
<p style="margin-left: 18pt;">- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno Nacional, que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 546 de 1999 o cuando la vivienda en la cual se haya aplicado el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastres naturales, calamidades públicas, emergencias, o atentados terroristas, o que haya sido abandonada o despojada en el marco del conflicto armado interno. </p>
<p style="margin-left: 18pt;">- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional en el momento de la postulación.</p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Al respecto le manifestamos que para poder ser beneficiario de un subsidio familiar de vivienda es indispensable cumplir entre otros, los siguientes requisitos:</p>
<p style="margin-left: 18pt;">- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno Nacional, que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 546 de 1999 o cuando la vivienda en la cual se haya aplicado el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastres naturales, calamidades públicas, emergencias, o atentados terroristas, o que haya sido abandonada o despojada en el marco del conflicto armado interno. </p>
<p style="margin-left: 18pt;">- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional en el momento de la postulación.</p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
No he podido acceder a mi casa por tener cartera castigada por datacredito poseo paz y salvo que puedo hacer?
No he podido acceder a mi casa por tener cartera castigada por datacredito poseo paz y salvo que puedo hacer?
Respuesta
<p>Buen día, al respecto le manifestamos que el beneficiario del Programa Mi Casa Ya, debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa.</p>
<p>El crédito hipotecario debe tramitarse directamente ante las entidades financieras, sobre las cuales ni el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ni FONVIVIENDA tienen injerencia.</p>
<p>Las condiciones y procesos establecidos por las entidades financieras dentro de sus políticas de otorgamiento de crédito son discrecionalidad de las mismas. </p>
<p>El crédito hipotecario debe tramitarse directamente ante las entidades financieras, sobre las cuales ni el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ni FONVIVIENDA tienen injerencia.</p>
<p>Las condiciones y procesos establecidos por las entidades financieras dentro de sus políticas de otorgamiento de crédito son discrecionalidad de las mismas. </p>
vivo en el exterior,trabajo y recibo mi salario de empresa en el pais que vivo.Tengo un apartamento de menos de $100',
vivo en el exterior,trabajo y recibo mi salario de empresa en el pais que vivo.Tengo un apartamento de menos de $100',
Respuesta
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Como se puede evidenciar hay diferentes programas, razón por la cual le invitamos a visitar los diferentes link y así poder determinar el valor de la cuota mensual del credito.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Como se puede evidenciar hay diferentes programas, razón por la cual le invitamos a visitar los diferentes link y así poder determinar el valor de la cuota mensual del credito.</p>
Buenos días, existe algún proyecto de vivienda pagando 180mil de couta aqui en chia? para adquirir vivienda?
Buenos días, existe algún proyecto de vivienda pagando 180mil de couta aqui en chia? para adquirir vivienda?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el “Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA”, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>El valor de la cuota del credito a pagar dentro de este programa depende del ahorro inicial del hogar, el valor de la vivienda y el valor de crédito hipotecario otorgado.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>El valor de la cuota del credito a pagar dentro de este programa depende del ahorro inicial del hogar, el valor de la vivienda y el valor de crédito hipotecario otorgado.</p>
Si no se es perteneciente a el sisben no se puede acceder a las becas del gobierno?
Registrada:
Código:
9253
Si no se es perteneciente a el sisben no se puede acceder a las becas del gobierno?
Registrada:
Código:
9253
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
No puede acceder, ya que es requisito contar con un puntaje de SISBN establecido.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
No puede acceder, ya que es requisito contar con un puntaje de SISBN establecido.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
si soy trabajador y en el formulario de ingresos y retenciones registra otros ingresos donde lo registro 230
si soy trabajador y en el formulario de ingresos y retenciones registra otros ingresos donde lo registro 230
Respuesta
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
Si no se es perteneciente al sisben no se puede acceder a las 10.000 becas del gobierno?
Registrada:
Código:
9252
Si no se es perteneciente al sisben no se puede acceder a las 10.000 becas del gobierno?
Registrada:
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9252
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
No puede acceder, ya que es requisito contar con un puntaje de SISBN establecido.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
No puede acceder, ya que es requisito contar con un puntaje de SISBN establecido.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
quiero saber como se adquiere un proyecto de vivienda gratis para un corregimieto de zona de dificil acceso
quiero saber como se adquiere un proyecto de vivienda gratis para un corregimieto de zona de dificil acceso
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:</p>
<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar</p>
<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015</p>
<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a> de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin</p>
<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar</p>
<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015</p>
<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a> de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin</p>
por que no me dan vivienda si soy discapacitada,desplazada,enferma y cabeza de familia con hijos menores?
por que no me dan vivienda si soy discapacitada,desplazada,enferma y cabeza de familia con hijos menores?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su pregunta, atentamente le solicitamos remitir sus datos personales (nombre completo, tipo y número de documento de identidad y dirección de residencia), lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud. </p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N° 7 – 49 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
<p>Usted puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al teléfono (1)4897976 o a la Línea gratuita nacional 01 8000 516 201, donde nuestros asesores estarán prestos a brindar información respecto a sus inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Atención al Usuario y Archivo.</p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N° 7 – 49 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
<p>Usted puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al teléfono (1)4897976 o a la Línea gratuita nacional 01 8000 516 201, donde nuestros asesores estarán prestos a brindar información respecto a sus inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Atención al Usuario y Archivo.</p>
¿Cuándo estarán disponibles los subsidios para adquirir vivienda nueva entre 85 y 215 millones?
Registrada:
Código:
8976
¿Cuándo estarán disponibles los subsidios para adquirir vivienda nueva entre 85 y 215 millones?
Registrada:
Código:
8976
Respuesta
<p>· <strong><em>El programa ‘Mi Casa Ya- Subisido a la Tasa’ generará empleo formal y mayor crecimiento económico al fortalecer el sector de la construcción. Este programa hace parte del paquete de medidas anunciadas por el Gobierno Nacional en el segundo Programa de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0).</em></strong></p>
<p>La iniciativa generará empleo formal y mayor crecimiento económico al fortalecer el sector de la construcción. Este programa hace parte del paquete de medidas anunciadas por el Gobierno Nacional en el segundo Programa de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0).</p>
<p>La cobertura está dirigida a créditos hipotecarios para viviendas entre $93 y $231 millones. Gracias a este beneficio, los colombianos podrán buscar una vivienda nueva cuyo valor esté en este rango de precio y acercarse a un establecimiento financiero para tramitar un crédito hipotecario con una cuota menor.</p>
<p>La iniciativa generará empleo formal y mayor crecimiento económico al fortalecer el sector de la construcción. Este programa hace parte del paquete de medidas anunciadas por el Gobierno Nacional en el segundo Programa de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0).</p>
<p>La cobertura está dirigida a créditos hipotecarios para viviendas entre $93 y $231 millones. Gracias a este beneficio, los colombianos podrán buscar una vivienda nueva cuyo valor esté en este rango de precio y acercarse a un establecimiento financiero para tramitar un crédito hipotecario con una cuota menor.</p>
Necesito ayuda mi esposo quedo en nuestro lugar de residencia en barinas vnzla y yo aqui en cucuta
Registrada:
Código:
9222
Necesito ayuda mi esposo quedo en nuestro lugar de residencia en barinas vnzla y yo aqui en cucuta
Registrada:
Código:
9222
Respuesta
<p>Señora</p>
<p><strong>Tatiana Morantes</strong></p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su comunicación, nos permitimos informarle que como parte de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a través del Decreto de declaratoria del Estado de Emergencia, los ciudadanos venezolanos que sean esposos o compañeros permanentes de los colombianos que fueron deportados, expulsados o retornados desde Venezuela, podrán tramitar un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia, para luego solicitar la nacionalidad colombiana por adopción, si así lo desean.</p>
<p>Así lo ratifica el recién expedido Decreto 1814 del 14 de septiembre de 2015, el cual firmó el Presidente Juan Manuel Santos con el propósito de reunificar a las familias desintegradas como consecuencia de las medidas implementadas por el Gobierno venezolano en las diferentes zonas de frontera.</p>
<p>Como primer paso, el ciudadano venezolano interesado deberá acercarse a cualquiera de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de Migración Colombia, donde se les entregará, previo a la verificación del cumplimiento de los requisitos, un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia o un Permiso Especial Temporal de Permanencia, cuya vigencia es de 180 días, en ambos casos, no prorrogables.</p>
<p>Con posterioridad a la expedición de estos Permisos, el interesado podrá acercarse al Centro Facilitador más cercano para reclamar la cédula de extranjería, documento que servirá para su identificación en el territorio colombiano.</p>
<p>Al momento de la entrega de la cédula de extranjería, y sólo en ese momento, el interesado podrá solicitar la nacionalidad colombiana a través del diligenciamiento de un formulario que le será entregado en Migración Colombia.</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano </strong></p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>
<p>Bogotá D.C., Colombia</p>
<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a> </p>
<p> </p>
<p><strong>Tatiana Morantes</strong></p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su comunicación, nos permitimos informarle que como parte de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a través del Decreto de declaratoria del Estado de Emergencia, los ciudadanos venezolanos que sean esposos o compañeros permanentes de los colombianos que fueron deportados, expulsados o retornados desde Venezuela, podrán tramitar un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia, para luego solicitar la nacionalidad colombiana por adopción, si así lo desean.</p>
<p>Así lo ratifica el recién expedido Decreto 1814 del 14 de septiembre de 2015, el cual firmó el Presidente Juan Manuel Santos con el propósito de reunificar a las familias desintegradas como consecuencia de las medidas implementadas por el Gobierno venezolano en las diferentes zonas de frontera.</p>
<p>Como primer paso, el ciudadano venezolano interesado deberá acercarse a cualquiera de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de Migración Colombia, donde se les entregará, previo a la verificación del cumplimiento de los requisitos, un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia o un Permiso Especial Temporal de Permanencia, cuya vigencia es de 180 días, en ambos casos, no prorrogables.</p>
<p>Con posterioridad a la expedición de estos Permisos, el interesado podrá acercarse al Centro Facilitador más cercano para reclamar la cédula de extranjería, documento que servirá para su identificación en el territorio colombiano.</p>
<p>Al momento de la entrega de la cédula de extranjería, y sólo en ese momento, el interesado podrá solicitar la nacionalidad colombiana a través del diligenciamiento de un formulario que le será entregado en Migración Colombia.</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano </strong></p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>
<p>Bogotá D.C., Colombia</p>
<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a> </p>
<p> </p>
Estoy en ESPAÑA desde 2.010. Tengo patrimonio en Colombia y cobro alquiler. Tengo una Cta.Ahorro. Tengo hacer RENDA
Estoy en ESPAÑA desde 2.010. Tengo patrimonio en Colombia y cobro alquiler. Tengo una Cta.Ahorro. Tengo hacer RENDA
Respuesta
<p><b><span style="font-size: 10pt; line-height: 107%; font-family: Arial, sans-serif;">11. ¿Si durante el año gravable estuve fuera del país pero tengo bienes en él, debo declarar? </span></b><br />
<br />
<span style="font-size: 10pt; line-height: 107%; font-family: Arial, sans-serif;">Sí. Porque si sus bienes o su patrimonio se encuentran en el país, y está obligado a presentar declaración de renta siempre y cuando supere los topes que establece el Gobierno Nacional.</span></p>
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<br />
<span style="font-size: 10pt; line-height: 107%; font-family: Arial, sans-serif;">Sí. Porque si sus bienes o su patrimonio se encuentran en el país, y está obligado a presentar declaración de renta siempre y cuando supere los topes que establece el Gobierno Nacional.</span></p>
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
Si mi hijo de 17 años ingresa a estudiar una tecnología, debe prestar el servicio militar o tendra la libreta provisiona
Si mi hijo de 17 años ingresa a estudiar una tecnología, debe prestar el servicio militar o tendra la libreta provisiona
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Una vez su menor hijo cumpla la mayoría de edad, debe definir en el menor tiempo posible su situación militar, en relación con la libreta provisional el ejército nacional establece los casos en los que se puede expedir y los requisitos para tal fin, los cuales podrán ser consultados en el siguiente link<br />
https://www.libretamilitar.mil.co/Modules/Help/Faqs</p>
<p><br />
Sin embargo es necesario tener en cuenta lo establecido en el artículo 13 de la Ley 48 de 1993 (Modificado por el art. 2, Ley 548 de 1999, Prorrogada vigencia, art. 1, Ley 782 de 2002, Prorrogada vigencia, art. 1, Ley 1106 de 2006, Prorrogada vigencia, art. 1, Ley 1421 de 2010, Modificado por el art. 2, Ley 1738 de 2014.)<br />
“Los menores de 18 años de edad no serán incorporados a filas para la prestación del servicio militar. A los estudiantes de undécimo grado, menores de edad que, conforme a la Ley 48 de 1993, resultaren elegidos para prestar dicho servicio, se les aplazará su incorporación a las filas hasta el cumplimiento de la referida edad.</p>
<p><br />
Si al acceder a la mayoría de edad el joven que hubiere aplazado su servicio militar estuviere matriculado o admitido en un programa de pregrado en institución de educación superior, tendrá la opción de cumplir inmediatamente su deber o de aplazarlo para el momento de la terminación de sus estudios. Si optare por el cumplimiento inmediato, la institución educativa le conservará el respectivo cupo en las mismas condiciones. La interrupción de los estudios superiores hará exigible la obligación de incorporarse al servicio militar.</p>
<p><br />
Ninguna institución de educación superior podrá exigir como requisito para obtener título de pregrado el presentar libreta militar.(…)<br />
<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Una vez su menor hijo cumpla la mayoría de edad, debe definir en el menor tiempo posible su situación militar, en relación con la libreta provisional el ejército nacional establece los casos en los que se puede expedir y los requisitos para tal fin, los cuales podrán ser consultados en el siguiente link<br />
https://www.libretamilitar.mil.co/Modules/Help/Faqs</p>
<p><br />
Sin embargo es necesario tener en cuenta lo establecido en el artículo 13 de la Ley 48 de 1993 (Modificado por el art. 2, Ley 548 de 1999, Prorrogada vigencia, art. 1, Ley 782 de 2002, Prorrogada vigencia, art. 1, Ley 1106 de 2006, Prorrogada vigencia, art. 1, Ley 1421 de 2010, Modificado por el art. 2, Ley 1738 de 2014.)<br />
“Los menores de 18 años de edad no serán incorporados a filas para la prestación del servicio militar. A los estudiantes de undécimo grado, menores de edad que, conforme a la Ley 48 de 1993, resultaren elegidos para prestar dicho servicio, se les aplazará su incorporación a las filas hasta el cumplimiento de la referida edad.</p>
<p><br />
Si al acceder a la mayoría de edad el joven que hubiere aplazado su servicio militar estuviere matriculado o admitido en un programa de pregrado en institución de educación superior, tendrá la opción de cumplir inmediatamente su deber o de aplazarlo para el momento de la terminación de sus estudios. Si optare por el cumplimiento inmediato, la institución educativa le conservará el respectivo cupo en las mismas condiciones. La interrupción de los estudios superiores hará exigible la obligación de incorporarse al servicio militar.</p>
<p><br />
Ninguna institución de educación superior podrá exigir como requisito para obtener título de pregrado el presentar libreta militar.(…)<br />
<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
que insectívos hay para las mujeres deplazadas cabeza de hogar,que por su esfuerzo propio han logrado hacer empresa?
que insectívos hay para las mujeres deplazadas cabeza de hogar,que por su esfuerzo propio han logrado hacer empresa?
Respuesta
<p>Señora </p>
<p>Alexandra Reyes Cano</p>
<p>La Dorada - Departamento de Caldas</p>
<p> </p>
<p>Respetada señora Reyes:</p>
<p> </p>
<p>En atención con su pregunta, "Que incentivos hay para las mujeres desplazadas cabeza de hogar, que por su esfuerzo propia han logrado hacer empresa ?, de manera atenta me permito informar a usted que la respuesta esta en el siguiente enlace: </p>
<p>http://www.slideshare.net/lamunoz2/respuesta-inclusion-social-septiembre-8-2015-52553858</p>
<p>La respuesta fue preparada por la doctora Mónica Bonilla del Viceministerio de Desarrollo Empresarial, Grupo Interno de Trabajo Inclusión Social, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Telefonco 6 06 76 76 Ext 1721</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Luz Angela Muñoz Oviedo</p>
<p>Asesor ( E )</p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Alexandra Reyes Cano</p>
<p>La Dorada - Departamento de Caldas</p>
<p> </p>
<p>Respetada señora Reyes:</p>
<p> </p>
<p>En atención con su pregunta, "Que incentivos hay para las mujeres desplazadas cabeza de hogar, que por su esfuerzo propia han logrado hacer empresa ?, de manera atenta me permito informar a usted que la respuesta esta en el siguiente enlace: </p>
<p>http://www.slideshare.net/lamunoz2/respuesta-inclusion-social-septiembre-8-2015-52553858</p>
<p>La respuesta fue preparada por la doctora Mónica Bonilla del Viceministerio de Desarrollo Empresarial, Grupo Interno de Trabajo Inclusión Social, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Telefonco 6 06 76 76 Ext 1721</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Luz Angela Muñoz Oviedo</p>
<p>Asesor ( E )</p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>
<p> </p>
<p> </p>
Saludos Si estoy reportado no me dan prestamos para la vivienda , como me puede ayudar el estado para tener mi casa?
Saludos Si estoy reportado no me dan prestamos para la vivienda , como me puede ayudar el estado para tener mi casa?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
Quióero saber si existe la posibilidad de disminuir la cuota de apartamento ya que está muy alta
Registrada:
Código:
9244
Quióero saber si existe la posibilidad de disminuir la cuota de apartamento ya que está muy alta
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Respuesta
<p>Buen día, al respecto le manifestamos que la normatividad que rige el tema de subsidios de vivienda no contempla la posibilidad de aplicación del subsidio al pago de crédito hipotecario o crédito para vivienda y por tanto, no es posible acceder a su petición de otorgamiento del subsidio para tal fin.</p>
<p>Por otra parte nos permitimos indicar que mediante el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, el Gobierno Nacional reglamentó el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de interés que facilitan la financiación para la compra de vivienda de interés social nueva en áreas urbanas, a través de créditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>
<p>El artículo 2.1.3.1.3 del Decreto 1077 de 2015 Establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Igualmente es importante tener en cuenta que la asignación de este subsidio estará sujeto a que en el momento del desembolso del crédito haya disponibilidad de coberturas (Subsidios) para el rango del valor de la vivienda adquirida.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Si no fue otorgado en el momento antes mencionado ya no podrá ser beneficiario del Subsidio a la tasa de interés.</p>
<p>Por otra parte nos permitimos indicar que mediante el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, el Gobierno Nacional reglamentó el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de interés que facilitan la financiación para la compra de vivienda de interés social nueva en áreas urbanas, a través de créditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>
<p>El artículo 2.1.3.1.3 del Decreto 1077 de 2015 Establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Igualmente es importante tener en cuenta que la asignación de este subsidio estará sujeto a que en el momento del desembolso del crédito haya disponibilidad de coberturas (Subsidios) para el rango del valor de la vivienda adquirida.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Si no fue otorgado en el momento antes mencionado ya no podrá ser beneficiario del Subsidio a la tasa de interés.</p>
quien controla los filtros del portal sena empleo en cuanto a quien puede dar matemáticas y física la corrupcion
quien controla los filtros del portal sena empleo en cuanto a quien puede dar matemáticas y física la corrupcion
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>No es clara su pregunta, sin embargo si usted tiene alguna duda entendiendo que se refiere a la contratación de profesores puede dirigirse al SENA interponiendo un derecho de petición con el fin que se absuelvan sus interrogantes.</p>
<p>Si usted considera que existe alguna irregularidad en el interior del SENA puede dirigirse a la Procuraduría General de la Nación ubicada en la ciudad de Bogotá en la Carrera 5ª No. 15 – 60, línea gratuita para todo el país: 018000 910 315 - Línea reducida: 142 - PBX: (571) 5878750, o al correo electrónico <a href="mailto:quejas@procuraduria.gov.co">quejas@procuraduria.gov.co</a>, <a href="mailto:webmaster@procuraduria.gov.co">webmaster@procuraduria.gov.co</a></p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>No es clara su pregunta, sin embargo si usted tiene alguna duda entendiendo que se refiere a la contratación de profesores puede dirigirse al SENA interponiendo un derecho de petición con el fin que se absuelvan sus interrogantes.</p>
<p>Si usted considera que existe alguna irregularidad en el interior del SENA puede dirigirse a la Procuraduría General de la Nación ubicada en la ciudad de Bogotá en la Carrera 5ª No. 15 – 60, línea gratuita para todo el país: 018000 910 315 - Línea reducida: 142 - PBX: (571) 5878750, o al correo electrónico <a href="mailto:quejas@procuraduria.gov.co">quejas@procuraduria.gov.co</a>, <a href="mailto:webmaster@procuraduria.gov.co">webmaster@procuraduria.gov.co</a></p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
Como adquirir Vivienda de Interes Prioritario ya que tengo un hijo con discapacidad y no puedo trabajar. gracias
Como adquirir Vivienda de Interes Prioritario ya que tengo un hijo con discapacidad y no puedo trabajar. gracias
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el “Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA”, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
seria mejor crear una embajada cerca de las fronteras para sacar la doble nacionalidad
Registrada:
Código:
9241
seria mejor crear una embajada cerca de las fronteras para sacar la doble nacionalidad
Registrada:
Código:
9241
Respuesta
<p>Señor</p>
<p><strong>Andres Felipe Acosta</strong></p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su comunicación, nos permitimos informarle que como parte de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a través del Decreto de declaratoria del Estado de Emergencia, los ciudadanos venezolanos que sean esposos o compañeros permanentes de los colombianos que fueron deportados, expulsados o retornados desde Venezuela, podrán tramitar un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia, para luego solicitar la nacionalidad colombiana por adopción, si así lo desean.</p>
<p>Así lo ratifica el recién expedido Decreto 1814 del 14 de septiembre de 2015, el cual firmó el Presidente Juan Manuel Santos con el propósito de reunificar a las familias desintegradas como consecuencia de las medidas implementadas por el Gobierno venezolano en las diferentes zonas de frontera.</p>
<p>Como primer paso, el ciudadano venezolano interesado deberá acercarse a cualquiera de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de Migración Colombia, donde se les entregará, previo a la verificación del cumplimiento de los requisitos, un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia o un Permiso Especial Temporal de Permanencia, cuya vigencia es de 180 días, en ambos casos, no prorrogables.</p>
<p>Con posterioridad a la expedición de estos Permisos, el interesado podrá acercarse al Centro Facilitador más cercano para reclamar la cédula de extranjería, documento que servirá para su identificación en el territorio colombiano.</p>
<p>Al momento de la entrega de la cédula de extranjería, y sólo en ese momento, el interesado podrá solicitar la nacionalidad colombiana a través del diligenciamiento de un formulario que le será entregado en Migración Colombia.</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano </strong></p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>
<p>Bogotá D.C., Colombia</p>
<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a> </p>
<p><strong>Andres Felipe Acosta</strong></p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su comunicación, nos permitimos informarle que como parte de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a través del Decreto de declaratoria del Estado de Emergencia, los ciudadanos venezolanos que sean esposos o compañeros permanentes de los colombianos que fueron deportados, expulsados o retornados desde Venezuela, podrán tramitar un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia, para luego solicitar la nacionalidad colombiana por adopción, si así lo desean.</p>
<p>Así lo ratifica el recién expedido Decreto 1814 del 14 de septiembre de 2015, el cual firmó el Presidente Juan Manuel Santos con el propósito de reunificar a las familias desintegradas como consecuencia de las medidas implementadas por el Gobierno venezolano en las diferentes zonas de frontera.</p>
<p>Como primer paso, el ciudadano venezolano interesado deberá acercarse a cualquiera de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de Migración Colombia, donde se les entregará, previo a la verificación del cumplimiento de los requisitos, un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia o un Permiso Especial Temporal de Permanencia, cuya vigencia es de 180 días, en ambos casos, no prorrogables.</p>
<p>Con posterioridad a la expedición de estos Permisos, el interesado podrá acercarse al Centro Facilitador más cercano para reclamar la cédula de extranjería, documento que servirá para su identificación en el territorio colombiano.</p>
<p>Al momento de la entrega de la cédula de extranjería, y sólo en ese momento, el interesado podrá solicitar la nacionalidad colombiana a través del diligenciamiento de un formulario que le será entregado en Migración Colombia.</p>
<p>Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano </strong></p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>
<p>Bogotá D.C., Colombia</p>
<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a> </p>
tengo un colombiano que hace muchos años vive en venezuela, quisiera saber si fue deportado jose pablo alvarez lopez
tengo un colombiano que hace muchos años vive en venezuela, quisiera saber si fue deportado jose pablo alvarez lopez
Respuesta
<p>Señora</p>
<p><strong>Isabel Cristina Jimenez Álvarez</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud nos permitimos informarle que el proceso que consiste en ubicar a una persona en el exterior a través de los servicios consulares de la República con la colaboración de las autoridades locales en caso de ser necesario, a solicitud de un familiar suyo o de una autoridad competente, es un servicio que se puede prestar siempre y cuando se establezca la siguiente información:</p>
<p>-¿Hace cuánto tiempo no tiene contacto con la persona?</p>
<p>-¿Cuál es el estatus migratorio del afectado en el país de destino?</p>
<p>-¿Qué actividad se encontraba realizando en el ciudad / país?</p>
<p>-¿Cuál fue la última ubicación y dirección?</p>
<p>- ¿En qué ciudad se encontraba?</p>
<p>-¿Con quién se encontraba en esa ciudad / país?</p>
<p>-¿Cuál es su último número de teléfono?</p>
<p>-¿Cuál es el último contacto laboral de la persona?</p>
<p>Mediante este medio no es posible adjuntar el formulario correspondiente, por tal motivo le indicamos que del área encargada se contactarán con usted para enviarle el formulario e indicarle los pasos a seguir para continuar con su caso.</p>
<p>Usted cuenta con término de 1 mes para presentar los documentos anteriormente requeridos, de lo contrario, vencido el término, se entenderá que desiste de su solicitud, conforme lo establecido en el art. 17 de la ley 1437/11.</p>
<p> Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano </strong></p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>
<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a> </p>
<p><strong>Isabel Cristina Jimenez Álvarez</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud nos permitimos informarle que el proceso que consiste en ubicar a una persona en el exterior a través de los servicios consulares de la República con la colaboración de las autoridades locales en caso de ser necesario, a solicitud de un familiar suyo o de una autoridad competente, es un servicio que se puede prestar siempre y cuando se establezca la siguiente información:</p>
<p>-¿Hace cuánto tiempo no tiene contacto con la persona?</p>
<p>-¿Cuál es el estatus migratorio del afectado en el país de destino?</p>
<p>-¿Qué actividad se encontraba realizando en el ciudad / país?</p>
<p>-¿Cuál fue la última ubicación y dirección?</p>
<p>- ¿En qué ciudad se encontraba?</p>
<p>-¿Con quién se encontraba en esa ciudad / país?</p>
<p>-¿Cuál es su último número de teléfono?</p>
<p>-¿Cuál es el último contacto laboral de la persona?</p>
<p>Mediante este medio no es posible adjuntar el formulario correspondiente, por tal motivo le indicamos que del área encargada se contactarán con usted para enviarle el formulario e indicarle los pasos a seguir para continuar con su caso.</p>
<p>Usted cuenta con término de 1 mes para presentar los documentos anteriormente requeridos, de lo contrario, vencido el término, se entenderá que desiste de su solicitud, conforme lo establecido en el art. 17 de la ley 1437/11.</p>
<p> Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano </strong></p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>
<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a> </p>
Yo kiero saber como hace uno para tener su casa propia yo soy desplaza de los montes d maria ..espero sus respuestas
Yo kiero saber como hace uno para tener su casa propia yo soy desplaza de los montes d maria ..espero sus respuestas
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:</p>
<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar</p>
<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015</p>
<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a> de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin</p>
<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar</p>
<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015</p>
<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a> de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin</p>
municipios no tienen proyectos de vivienda, q opciones hay de comprar vivienda usada población desplazada ahorradoresFNH
municipios no tienen proyectos de vivienda, q opciones hay de comprar vivienda usada población desplazada ahorradoresFNH
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
QUE SUBSIDIOS TIENE EL GOBIERNO PARA CARRERAS AGRARIAS Y AFINES, PARA SISBEN NIVEL 1 Y SI I. AGROECOLOGICA APLICA
QUE SUBSIDIOS TIENE EL GOBIERNO PARA CARRERAS AGRARIAS Y AFINES, PARA SISBEN NIVEL 1 Y SI I. AGROECOLOGICA APLICA
Respuesta
<p>CONVENIO MINISTERIO DE AGRICULTURA - ICETEX En materia de becas y estudio, el Ministerio de Agricultura se encuentra en etapa de perfeccionamiento de un convenio con el ICETEX el cual se encuentra para firma, este programa busca incentivar en los muchachos menores de 28 años, el deseo por estudiar carreras afines al campo, se calcula que a mediados del mes de septiembre se publiquen tanto en la página del Ministerio como del ICETEX, la guía del programa junto con los términos de referencia y los requisitos que se deben reunir para poder acceder al programa, los invito para que consultes la página www.minagricultura.gov.co o www.icetex.gov.co.</p>
si el declarante es pensionado y el RUT es actividad prest serv alquiler vehiuculo que debe hacer?
Registrada:
Código:
9229
si el declarante es pensionado y el RUT es actividad prest serv alquiler vehiuculo que debe hacer?
Registrada:
Código:
9229
Respuesta
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
si el vehiculo se compra 2012 28.800.000 que monto debo declarar patrimonio en decl 2015
Registrada:
Código:
9230
si el vehiculo se compra 2012 28.800.000 que monto debo declarar patrimonio en decl 2015
Registrada:
Código:
9230
Respuesta
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>