Aclaramos dudas sobre las medidas en la frontera con Venezuela
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El Gobierno hace presencia en la frontera con Venezuela y toma medidas frente a la situación de emergencia en la zona. Te contamos una a una las acciones del frente al tema y te invitamos a dejar tus preguntas sobre el tema.
tengo un colombiano que hace muchos años vive en venezuela, quisiera saber si fue deportado jose pablo alvarez lopez
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Señora</p>
<p><strong>Isabel Cristina Jimenez Álvarez</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud nos permitimos informarle que el proceso que consiste en ubicar a una persona en el exterior a través de los servicios consulares de la República con la colaboración de las autoridades locales en caso de ser necesario, a solicitud de un familiar suyo o de una autoridad competente, es un servicio que se puede prestar siempre y cuando se establezca la siguiente información:</p>
<p>-¿Hace cuánto tiempo no tiene contacto con la persona?</p>
<p>-¿Cuál es el estatus migratorio del afectado en el país de destino?</p>
<p>-¿Qué actividad se encontraba realizando en el ciudad / país?</p>
<p>-¿Cuál fue la última ubicación y dirección?</p>
<p>- ¿En qué ciudad se encontraba?</p>
<p>-¿Con quién se encontraba en esa ciudad / país?</p>
<p>-¿Cuál es su último número de teléfono?</p>
<p>-¿Cuál es el último contacto laboral de la persona?</p>
<p>Mediante este medio no es posible adjuntar el formulario correspondiente, por tal motivo le indicamos que del área encargada se contactarán con usted para enviarle el formulario e indicarle los pasos a seguir para continuar con su caso.</p>
<p>Usted cuenta con término de 1 mes para presentar los documentos anteriormente requeridos, de lo contrario, vencido el término, se entenderá que desiste de su solicitud, conforme lo establecido en el art. 17 de la ley 1437/11.</p>
<p> Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano </strong></p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>
<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a> </p>
<p><strong>Isabel Cristina Jimenez Álvarez</strong></p>
<p>Respetada Señora</p>
<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC</p>
<p>De acuerdo a su solicitud nos permitimos informarle que el proceso que consiste en ubicar a una persona en el exterior a través de los servicios consulares de la República con la colaboración de las autoridades locales en caso de ser necesario, a solicitud de un familiar suyo o de una autoridad competente, es un servicio que se puede prestar siempre y cuando se establezca la siguiente información:</p>
<p>-¿Hace cuánto tiempo no tiene contacto con la persona?</p>
<p>-¿Cuál es el estatus migratorio del afectado en el país de destino?</p>
<p>-¿Qué actividad se encontraba realizando en el ciudad / país?</p>
<p>-¿Cuál fue la última ubicación y dirección?</p>
<p>- ¿En qué ciudad se encontraba?</p>
<p>-¿Con quién se encontraba en esa ciudad / país?</p>
<p>-¿Cuál es su último número de teléfono?</p>
<p>-¿Cuál es el último contacto laboral de la persona?</p>
<p>Mediante este medio no es posible adjuntar el formulario correspondiente, por tal motivo le indicamos que del área encargada se contactarán con usted para enviarle el formulario e indicarle los pasos a seguir para continuar con su caso.</p>
<p>Usted cuenta con término de 1 mes para presentar los documentos anteriormente requeridos, de lo contrario, vencido el término, se entenderá que desiste de su solicitud, conforme lo establecido en el art. 17 de la ley 1437/11.</p>
<p> Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>
<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez más nuestro servicio.</p>
<p><strong>Centro Integral de Atención al Ciudadano </strong></p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>
<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a> </p>
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