Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>El compromiso del Gobierno Nacional es reducir los &iacute;ndices de desempleo en el pa&iacute;s tanto es as&iacute; que se ha logrado reducir el desempleo a un d&iacute;gito, sin embargo ning&uacute;n esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo formal, digno, productivo y de calidad en el cual profesionales con posgrado pueden participar.</p>

<p>El servicio de la Nueva Agencia P&uacute;blica de Empleo funciona en internet, a trav&eacute;s de la p&aacute;gina <a href="http://www.redempleo.gov.co/" target="_blank">www.redempleo.gov.co</a>,&nbsp; en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podr&aacute;n encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. Tambi&eacute;n funciona por medio de las m&uacute;ltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros p&uacute;blicos de atenci&oacute;n en diferentes partes del pa&iacute;s, con la colaboraci&oacute;n de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensaci&oacute;n. Tambi&eacute;n se puede consultar la p&aacute;gina del SENA el cual es <u>sne.sena.edu.co. </u></p>

<p>Para las diferentes convocatorias de cargos p&uacute;blicos debe ingresar a la p&aacute;gina de la Comisi&oacute;n Nacional del Servicio Civil&nbsp; <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>

<p>No sobra informarle que en la actualidad cursa en el Congreso de la Republica de Colombia el proyecto de ley n&uacute;mero 261 del a&ntilde;o 2013 el cual propone&nbsp; la reintegraci&oacute;n laboral para personas mayores de cincuenta a&ntilde;os y que fue aprobado en primer debate en la Comisi&oacute;n Tercera o de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico de la C&aacute;mara de Representantes, el cual deber&aacute; surtir los tr&aacute;mites ante el Congreso de la Rep&uacute;blica y luego ser sancionado por el Presidente de la Rep&uacute;blica, para que este se constituya en ley&nbsp; y se pueda implementar su aplicabilidad. El estado actual que figura en la gaceta de la C&aacute;mara de Representantes es: Pendiente ponencia segundo debate.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>De acuerdo con la comunicaci&oacute;n en la que solicita orientaci&oacute;n sobre la intenci&oacute;n de los hogares de no continuar con la postulaci&oacute;n efectuada en el programa VIPA o cambiarse de proyecto a continuaci&oacute;n se establece el procedimiento para renuncias a la postulaci&oacute;n VIPA:</p>

<p>1. El hogar postulante deber&aacute; diligenciar el formato de renuncia voluntaria a la postulaci&oacute;n el cual debe venir firmado por todos los mayores de 18 a&ntilde;os del hogar postulante, exponiendo sus razones de desistimiento las cuales pueden ser entre otras: Decisi&oacute;n personal, Desempleado, inconvenientes familiares, cambio de grupo familiar, inconvenientes con el cr&eacute;dito, necesidad de retirar ahorro previo, traslado de ciudad, etc.</p>

<p>2. El desistimiento por parte del hogar postulante VIPA se debe presentar ante la sala de ventas&nbsp; a trav&eacute;s de carta original suscrita por los miembros de hogar&nbsp; registrados en la negociaci&oacute;n, en la cual se deber&aacute;n argumentar los motivos de dicho desistimiento.</p>

<p>3. Cuando se obtenga la carta original del oferente de la vivienda certificando que es una terminaci&oacute;n por mutuo acuerdo que: no hay valores pendientes, ni promesa de compraventa firmada. Se le adjuntar&aacute; al formato de renuncia debidamente diligenciado, para posteriormente radicar esta solicitud en el &aacute;rea de informaci&oacute;n de vivienda de la CCF.</p>

<p>Sobre ese asunto me permito precisar que se debe surtir <strong>el tr&aacute;mite de Renuncia a la Postulaci&oacute;n</strong>, ante la Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, en desarrollo del contrato de encargo de gesti&oacute;n suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda- FONVIVIENDA y la Uni&oacute;n Temporal de Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar &ndash; CAVIS UT, por cuanto el m&oacute;dulo de captura para el registro de las novedades, es operado por las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>

<p>Como consecuencia de lo anterior, <strong>una vez surtido el tr&aacute;mite de renuncia</strong> <strong>a la postulaci&oacute;n</strong> y si el hogar desea participar en otros proyectos VIPA deber&aacute; presentar nueva postulaci&oacute;n en la sala de ventas del nuevo proyecto, antes no es posible porque la base de datos debe tener <strong>aplicada la novedad de renuncia, </strong>si no est&aacute; aplicada no se permite la postulaci&oacute;n en un nuevo proyecto.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que los requisitos del Programa Mi Casa Ya son completamente diferentes, estos los podra consultar en el siguiente link: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud, nos permitimos hacer referencia a lo estipulado en el Art&iacute;culo 34 del Decreto 2190 de 2009, enuncia:<em> &ldquo;</em><em>No podr&aacute;n postular al Subsidio Familiar de Vivienda de que trata este decreto los hogares que presenten alguna de las siguientes condiciones&rdquo;:</em></p>

<p style="margin-left:18.0pt;">&nbsp;</p>

<p style="margin-left:18.0pt;">1)&nbsp;&nbsp;&nbsp; Quienes como beneficiarios hayan recibido subsidios familiares de vivienda, o quienes siendo favorecidos con la asignaci&oacute;n no hubieren presentado antes del vencimiento del subsidio su renuncia a la utilizaci&oacute;n. Lo anterior cobija los subsidios otorgados por el Fondo Nacional de Vivienda; el Instituto Nacional de Vivienda y Reforma Urbana, Inurbe, hoy en liquidaci&oacute;n; la Caja Agraria hoy en liquidaci&oacute;n; el Banco Agrario; Focaf&eacute; y las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar, en los t&eacute;rminos de la Ley 3&ordf; de 1991, Ley 49 de 1990 y normas reglamentarias y por el FOREC hoy en liquidaci&oacute;n, de acuerdo con el Decreto-ley 350 de 1999 y dem&aacute;s entidades u organismos que se establezcan en el futuro para atender calamidades naturales. Lo anterior, no se aplicar&aacute; en caso de que el beneficiario hubiere restituido el subsidio a la respectiva entidad otorgante.</p>

<p style="margin-left:18.0pt;">&nbsp;</p>

<p style="margin-left:18.0pt;">2)&nbsp;&nbsp;&nbsp; En el caso de adquisici&oacute;n o construcci&oacute;n en sitio propio, cuando alguno de los miembros del hogar sea propietario de otra vivienda a la fecha de postular.</p>

<p style="margin-left:18.0pt;">Por lo anterior el hogar no podria presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p>Es importante aclarar que para los programas anteriormente mencionados es permitida la conformaci&oacute;n de hogares unipersonales.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Se&ntilde;or Dimitri Guzm&aacute;n Hemos recibido su pregunta a trav&eacute;s de URNA DE CRISTAL &quot;&iquest;Qu&eacute; le preguntar&iacute;as al Gobierno sobre la gesti&oacute;n en tu regi&oacute;n?&quot;</p>

<p class="rtejustify">Respuesta: Las acciones para erradicar la corrupci&oacute;n est&aacute;n contenidas en la Pol&iacute;tica P&uacute;blica Integral Anticorrupci&oacute;n (PPIA), la cual est&aacute; documentada en el Documento CONPES 167 de 2013, en donde existen 5 estrategias globales, mas de 100 acciones concretas a cargo de m&aacute;s de 20 entidades del Estado Colombiano.</p>

<p class="rtejustify">Cordialmente,</p>

<p class="rtejustify">Secretaria de Transparencia del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep&uacute;blica</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p><span style="font-size: 10pt; line-height: 115%; font-family: Verdana, sans-serif;">Es importante clarar que el Subsidio Familiar de Vivienda, es un aporte en dinero o en especie entregado <u><strong>por una sola vez al hogar beneficiario</strong></u>, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, es decir solo podra usar un subsidio familiar de vivienda.</span></p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>El programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; es una iniciativa del Gobierno Nacional dirigida a la poblaci&oacute;n entre 18 y 28 a&ntilde;os de edad, sin experiencia laboral: reci&eacute;n egresados de alg&uacute;n programa de educaci&oacute;n superior&nbsp; y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil</p>

<p>Es necesario que usted inscriba su hoja de vida en los centros p&uacute;blicos de empleo debidamente autorizados en su regi&oacute;n.</p>

<p>La convocatoria para los j&oacute;venes beneficiados iniciar&aacute; el d&iacute;a 15 de abril de 2015</p>

<p>Es preciso aclarar que el SENA no hace parte de los centros p&uacute;blicos de empleo participes en el programa.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que <strong>&uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva</strong>, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el art&iacute;culo 3 del Decreto 2391 de 2013&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el art&iacute;culo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153200269081">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153200269081</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>El Teletrabajo es una modalidad laboral que consiste en el desempe&ntilde;o de actividades laborales fuera del local del empleador, utilizando las tecnolog&iacute;as de la informaci&oacute;n y las comunicaciones.</p>

<p>No obstante, el teletrabajo&nbsp; no es una profesi&oacute;n. Pero se debe precisar que las empresas no demandan de teletrabajadores, requieren es de secretarias, ingenieros, t&eacute;cnicos, abogados, comunicadores, etc.; que se pongan de acuerdo a la modalidad bajo la cual se prestar&aacute; el servicio es diferente.</p>

<p>El Ministerio del Trabajo no se encuentra realizando convocatoria para esta modalidad laboral. La misi&oacute;n del Ministerio, es incentivar esta modalidad laboral, para que los empresarios contraten y tengan los beneficios fiscales que otorga la ley, y las personas puedan acceder a un trabajo decente. No obstante para cualquier vacante, por medio del SENA, a trav&eacute;s del Servicio P&uacute;blico de Empleo, puede registrar la hoja de vida en:&nbsp; <a href="http://sne.sena.edu.co/">http://sne.sena.edu.co/</a>.</p>

<p>Esta modalidad de trabajo es facultativo en las empresas sin importar su actividad econ&oacute;mica, deber&aacute; Usted postularse a trav&eacute;s de las bolsas de empleo o en las empresas de servicios temporales, E.ST., o empresas que est&aacute;n ofreciendo esta forma de contrataci&oacute;n.</p>

<p>De otra parte, Usted puede ingresar en la p&aacute;gina principal del Ministerio de Trabajo <a href="http://mintrabajo.gov.co/">http://mintrabajo.gov.co</a>, hacer link al costado derecho en la casilla &ldquo;Servicio de Empleo y escribir all&iacute; su hoja de vida. &nbsp;No obstante para cualquier vacante, por medio del SENA, a trav&eacute;s del Servicio P&uacute;blico de Empleo, puede registrar la hoja de vida en:&nbsp; <a href="http://sne.sena.edu.co/">http://sne.sena.edu.co/</a>.</p>

<p>Finalmente me permito manifestarle que puede consultar la p&aacute;gina de esta entidad en&nbsp; <a href="http://mintrabajo.gov.co/teletrabajo.html">http://mintrabajo.gov.co/teletrabajo.html</a> en donde encontrar&aacute; mayor informaci&oacute;n sobre Teletrabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida y quienes determinaran si los aspirantes cumplen los requisitos del programa. Por lo anterior le sugerimos acudir a la Entidad Financiera o al FNA para que le brinden mayor informaci&oacute;n al respecto.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Biuen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud, nos permitimos manifestarle que el Art&iacute;culo 34 del Decreto 2190 de 2009, enuncia:<em> &ldquo;</em><em>No podr&aacute;n postular al Subsidio Familiar de Vivienda de que trata este decreto los hogares que presenten alguna de las siguientes condiciones&rdquo;:</em></p>

<p style="margin-left:18.0pt;">1)&nbsp;&nbsp;&nbsp; Quienes como beneficiarios hayan recibido subsidios familiares de vivienda, o quienes siendo favorecidos con la asignaci&oacute;n no hubieren presentado antes del vencimiento del subsidio su renuncia a la utilizaci&oacute;n. Lo anterior cobija los subsidios otorgados por el Fondo Nacional de Vivienda; el Instituto Nacional de Vivienda y Reforma Urbana, Inurbe, hoy en liquidaci&oacute;n; la Caja Agraria hoy en liquidaci&oacute;n; el Banco Agrario; Focaf&eacute; y las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar, en los t&eacute;rminos de la Ley 3&ordf; de 1991, Ley 49 de 1990 y normas reglamentarias y por el FOREC hoy en liquidaci&oacute;n, de acuerdo con el Decreto-ley 350 de 1999 y dem&aacute;s entidades u organismos que se establezcan en el futuro para atender calamidades naturales. Lo anterior, no se aplicar&aacute; en caso de que el beneficiario hubiere restituido el subsidio a la respectiva entidad otorgante.</p>

<p style="margin-left:18.0pt;">2)&nbsp;&nbsp;&nbsp; En el caso de adquisici&oacute;n o construcci&oacute;n en sitio propio, cuando alguno de los miembros del hogar sea propietario de otra vivienda a la fecha de postular, es decir que registre en la bases de datos de propietarios de la Superintendencia de Notariado y Registro, oficinas de Catastro a nivel nacional o en el IGAC.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 28 del Decreto 2190 de 2009.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le informamos que usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo&nbsp;<a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 49 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que la informaci&oacute;n vigente a la fecha sobre los programas que lidera el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, usted la encontrar&aacute; en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co/">www.minvivienda.gov.co</a></p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.</p>

Respuesta
<p>El Museo de Arte del Tolima ha mantenido una comunicaci&oacute;n constante con el Ministerio de Cultura y se ha beneficiado &nbsp;a trav&eacute;s de los siguientes procesos:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>*Se encuentra registrado en el Sistema de Informaci&oacute;n de Museos Colombianos- SIMCO- y por ende recibi&oacute; el certificado que lo acredita como entidad museal. Esto le permite acceder a beneficios como:</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; asesor&iacute;as especializadas</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; &nbsp;Participar&nbsp; en las convocatorias de Mincultura</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Formar parte del directorio de museos colombianos</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; &nbsp;Participar en los procesos de formaci&oacute;n del sector</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Obtener licencia de Colecciones Colombianas</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Recibir un diagn&oacute;stico t&eacute;cnico y un plan de fortalecimiento acompa&ntilde;ado por los asesores del P.F.M.</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Adquirir material pedag&oacute;gico sobre tem&aacute;ticas museales</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>*Fue sede del diplomado de <strong><em>&ldquo;Gesti&oacute;n de Colecciones y Curadur&iacute;a de Exposiciones&rdquo;</em></strong> que el Programa Fortalecimiento de Museos realiz&oacute; en Ibagu&eacute; en alianza con la maestr&iacute;a de museolog&iacute;a de la Universidad Nacional. Este proceso se realiz&oacute; entre el 20 de septiembre y el 29 de noviembre de 2014 y permiti&oacute; la certificaci&oacute;n de 6 personas vinculadas al Museo de Arte del Tolima, con lo cual fortalecieron sus competencias en materia museol&oacute;gica.</p>

<p>* Durante los &uacute;ltimos cuatro a&ntilde;os el museo se ha vinculado activamente a los procesos de participaci&oacute;n del sector, de esta manera ha contado con el acompa&ntilde;amiento del PFM en estos procesos organizativos que le han permitido vincularse activamente a los procesos de discusi&oacute;n de la pol&iacute;tica p&uacute;blica de museos. Actualmente su directora Margareth Bonilla es la delegada ante la Mesa Nacional de Museos.&nbsp;</p>

<p>*En lo que respecta a fuentes de financiamiento del Ministerio de Cultura el museo recibi&oacute; concepto favorable para el proyecto <strong><em>&ldquo;Mejoramiento de los espacios de preservaci&oacute;n de las colecciones del Museo de Arte del Tolima (MAT)&rdquo; </em></strong>y ha recibido recursos mediante el Programa Nacional de Concertaci&oacute;n, para el fortalecimiento de sus salas de exposici&oacute;n permanente.</p>

<p>MAR&Iacute;A CRISTINA D&Iacute;AZ</p>

<p>Asesora Programa Nacional de Fortalecimiento</p>

<p>de Museos</p>

<p>Ministerio de Cultura</p>

<p>mdiaz@museonacional.gov.co</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 28 del Decreto 2190 de 2009.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">El programa de las viviendas 100% subsidiadas nace como respuesta del Gobierno Nacional a la realidad de miles de hogares que viven en situaci&oacute;n de extrema pobreza y, por lo tanto, no logran acceder a un cr&eacute;dito para obtener su vivienda por los mecanismos tradicionales que ofrece el mercado. Este programa pretende entregar 100 mil viviendas y tiene como objetivo central seguir avanzando en el cumplimiento de las metas del Gobierno de crear empleo y reducir la pobreza en Colombia.<br />

&nbsp;<br />

El programa da prioridad a las familias desplazadas, a las que hacen parte de la Red Unidos y a los sectores m&aacute;s vulnerables. Tambi&eacute;n, un porcentaje de viviendas en cada proyecto ser&aacute; destinado a los hogares afectados por los desastres naturales o que habiten en zonas de alto riesgo no mitigable.<br />

&nbsp;<br />

Con el programa, el Gobierno Nacional promueve un trabajo conjunto entre el sector p&uacute;blico y el sector privado, para definir un m&eacute;todo de selecci&oacute;n objetivo, &aacute;gil y transparente de los dise&ntilde;adores, constructores e interventores de las obras.</p>

<p>Dado que la poblaci&oacute;n desplazada se encuentra ubicado en gran parte del territorio nacional es necesario contar con una pol&iacute;tica de vivienda que atienda esta poblaci&oacute;n y que aplique en todo el territorio nacional previo concurso de los entes territoriales.</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000). Dependientes o Independientes.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida y quien determinar&aacute; si cumple los requisitos del rpograma o no.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria &ldquo;Ser Pilo Paga&rdquo; hace entrega de los 10.000 cr&eacute;ditos condonables a los aspirantes que cumpliendo totalmente con los tres requisitos exigidos (Puntaje ICFES igual o superior a 310 puntos, Puntaje espec&iacute;fico de SISBEN con el corte respectivo al 19 de septiembre de 2014 y Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad), hicieron expreso su deseo de constituirse en beneficiario del Programa, legalizando su inscripci&oacute;n ante el ICETEX en el plazo m&aacute;ximo establecido de 11 de diciembre de 2014 y cumplieron con oportunidad los procesos de selecci&oacute;n y posterior matr&iacute;cula establecidos por la Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior de Alta Calidad en la que fuesen admitidos.<br />

<br />

Es decir, aquellos j&oacute;venes que, pese a cumplir con los requisitos previamente expresados, no surtieran los debidos procesos para legalizar su inscripci&oacute;n al Programa &ldquo;Ser Pilo Paga&rdquo;, o de formalizaci&oacute;n de su matr&iacute;cula ante la Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior de Alta Calidad, no podr&aacute;n ser beneficiarios del Programa.<br />

<br />

Sin embargo, el Instituto Colombiano de Cr&eacute;dito Educativo y Estudios T&eacute;cnicos en el Exterior ICETEX pone a su disposici&oacute;n un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n. Dentro de estas l&iacute;neas es importante resaltar el Programa de Acceso con Calidad a la Educaci&oacute;n Superior&ndash;ACCES. &Eacute;sta l&iacute;nea otorga cr&eacute;dito de car&aacute;cter reembolsable, que le permite cubrir total o parcialmente los costos en programas acad&eacute;micos debidamente registrados en el Sistema Nacional del Informaci&oacute;n de la Educaci&oacute;n Superior &ndash;SNIES.<br />

<br />

Es importante se&ntilde;alar que a partir de la expedici&oacute;n de la Ley 1547 del 05 de julio de 2012, se ha establecido que todos los estudiantes beneficiarios de cr&eacute;ditos para educaci&oacute;n superior de pregrado otorgados por el ICETEX, pertenecientes a estratos socioecon&oacute;micos 1, 2 o 3, se les conceder&aacute; subsidio equivalente al 100% de los intereses generados por dicho cr&eacute;dito durante la vigencia del mismo. Mayor informaci&oacute;n en la p&aacute;gina web www.icetex.gov.co<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Despacho Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes;</p>

<p>No, en el momento se cuenta con 160 km de doble calzada contratada con el Concesi&oacute;n Ruta Caribe, de los cuales, en ejecuci&oacute;n la construcci&oacute;n 116,8 km Tramo: Gambote - Cartagena. Asimismo se encuentra en estructuraci&oacute;n el proyecto 4G Puerta de Hierro - Palmar de Varela y carreto &ndash; Cruz del Viso, para el mejoramiento y mantenimiento de 67 km de la calzada existente tramo: Carmen de Bol&iacute;var - Cruz del Viso, se estima que su adjudicaci&oacute;n sea para finales de mayo de 2015.</p>

<p>Esperamos que esta informaci&oacute;n sea clara y responda completamente su inquietud. No olvide comunciarse con el Ministrio de Transporte a trav&eacute;s de su l&iacute;nea gratuita 018000112042 o redes sociales en Twitter @MinTransporteCo y facebook Ministerio de Transporte oficial</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Me permito manifestarle que esta Oficina mediante el CORDIS 2015-ER-042037, se pronunci&oacute; sobre este tema, en los siguientes t&eacute;rminos:<br />

<br />

&ldquo;En el a&ntilde;o 1994 con la Ley General de Educaci&oacute;n Ley 115 de 1994, mediante su art&iacute;culo 97 estableci&oacute; que &ldquo;Los estudiantes de educaci&oacute;n media prestar&aacute;n un servicio social obligatorio durante los dos (2) grados de estudios, de acuerdo con la reglamentaci&oacute;n que expida el Gobierno Nacional.&rdquo;<br />

<br />

Sumado a ello, el art&iacute;culo 39 del Decreto 1860 de 1994 dispuso que: &ldquo;El servicio social que prestan los estudiantes de la educaci&oacute;n media tiene el prop&oacute;sito principal de integrarse a la comunidad para contribuir a su mejoramiento social, cultural y econ&oacute;mico, colaborando en los proyectos y trabajos que lleva a cabo y desarrollar valores de solidaridad y conocimientos del educando respecto a su entono social.<br />

<br />

Por su parte, la Resoluci&oacute;n 4210 de 1996 por la cual se establecen reglas generales para la organizaci&oacute;n y el funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio.<br />

<br />

As&iacute; las cosas, en atenci&oacute;n a su consulta le informo que al ser el servicio social estudiantil de car&aacute;cter obligatorio, los estudiantes de la educaci&oacute;n media durante el tiempo de formaci&oacute;n en los grados 10&deg; y 11&deg;, para que se les considere culminado el proceso formativo, deber&aacute;n haber atendido de manera efectiva las actividades de los respectivos proyectos pedag&oacute;gicos, haber cumplido con la intensidad horaria m&iacute;nima de ochenta (80) horas, definida para ellos en el correspondiente proyecto educativo institucional y haber obtenido los logros determinados en el mismo. (&hellip;)<br />

<br />

Ahora bien, en este orden de ideas, ser&aacute; el reglamento o manual de convivencia del propio establecimiento educativo el que establezca expresamente los criterios y las reglas espec&iacute;ficas que deber&aacute;n atender los educandos, as&iacute; como las obligaciones del establecimiento educativo, en relaci&oacute;n con la prestaci&oacute;n del servicio aqu&iacute; regulado. Es decir, que los establecimientos educativos de educaci&oacute;n b&aacute;sica y media, deben estructurar las actividades del Servicio Social Obligatorio dentro de los par&aacute;metros de la Ley 115 de 1994 y de la Resoluci&oacute;n 4210 de 1996&rdquo;. (Subrayado nuestro).<br />

<br />

Sobre el tema, es preciso aclarar que esta Oficina no tiene conocimiento sobre la existencia de un nuevo decreto en el que se modifique la intensidad m&iacute;nima de 80 horas de la prestaci&oacute;n del servicio social obligatorio en los grados 10&deg; y 11&deg;, de acuerdo con la normatividad ac&aacute; rese&ntilde;ada.<br />

<br />

Atentamente,<br />

<br />

Oficina Asesora Jur&iacute;dica</p>

Respuesta
<p>Respetado(a) &nbsp;Ciudadano(a)</p>

<p>Colciencias es el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n. Promueve las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas para fomentar la CT+I en Colombia. Las actividades alrededor del cumplimiento de su misi&oacute;n implican concertar pol&iacute;ticas de fomento a la producci&oacute;n de conocimientos, construir capacidades para CT+I, y propiciar la circulaci&oacute;n y usos de los mismos para el desarrollo integral del pa&iacute;s y el bienestar de los colombianos.</p>

<p>Colciencias tiene ahora el reto de coordinar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n-SNCTI, crear sinergias e interacciones para que Colombia cuente con una cultura cient&iacute;fica, tecnol&oacute;gica e innovadora; que sus regiones y la poblaci&oacute;n, el sector productivo, profesionales, y no profesionales, estudiantes y docentes de b&aacute;sica, media, pregrado y posgrado, hagan presencia en las estrategias y agendas de investigaci&oacute;n y desarrollo.</p>

<p>Debe tambi&eacute;n definir los programas estrat&eacute;gicos para el desarrollo del pa&iacute;s, la complementariedad de esfuerzos, el aprovechamiento de la cooperaci&oacute;n internacional y la visibilizaci&oacute;n, uso y apropiaci&oacute;n de los conocimientos producidos por nuestras comunidades de investigadores e innovadores. Todo, centrado en el fomento de investigaciones e innovaciones que el pa&iacute;s que so&ntilde;amos requiere.</p>

<p>Por lo anterior&nbsp; debe dirigirse a Colciencias a la Carrera 7 B Bis No. 132-28 de Bogot&aacute;, PBX 6238480, Centro de Contacto&nbsp; PBX 625 84 80, l&iacute;nea gratuita nacional 018000 914446 o al correo electr&oacute;nico <u>contacto</u><u> @colciencias.gov.co, </u>con el fin de obtener la informaci&oacute;n solicitada.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20152010246581">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20152010246581</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

<p>Es importante tener en cuenta que este beneficio aplica para las viviendas que sean escrituradas a partir del 1 de spetiembre de 2015, por lo anterior le sugerimos acudir a la entidad financiera donde tomo el credito de vivienda, donde le indicaran si cumple o no con los requisitos del programa.</p>