Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>En el departamento de la Guajira actualmente se llevan procesos de formalizaci&oacute;n minera encaminados a la caracterizaci&oacute;n minera que se realiza en cada municipio con el fin de determinas cuales labores mineras son suceptibles de ser formalizadas y cual es el mejor instrumento de formalizaci&oacute;n que se debe aplicar a ellas. Asimismo se vienen desarrollando capacitaciones integrales en temas ambientales-mineros a trav&eacute;s de las alcaldias para que con acompa&ntilde;amiento del Ministerio de Minas se lleve a cabo los procesos de formalizaci&oacute;n que se puedan desarrollar y se tomen medidas encaminadas a terminar las labores mineras que no se puedan continuar, viendo alternativas de sustituci&oacute;n de actividades.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Para el 2014, en el programa Todos a Aprender, focalizado en mejorar la calidad de la educaci&oacute;n en b&aacute;sica primaria, se invirtieron m&aacute;s de 4000 millones solo en el departamento de La Guajira. Esto impacto a 124 Establecimento, casi un 80% del total. El trabajo se fortalecer&aacute; este a&ntilde;o. Adem&aacute;s de incluirse estrategias nacionales como lo fue el D&iacute;a E con su posterior seguimiento.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Direcci&oacute;n de Calidad para la Educaci&oacute;n Preescolar, B&aacute;sica y Media<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sr. Salinas:</p>

<p>En atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente enviamos respuesta de la Direcci&oacute;n de Prestaci&oacute;n de Servicios y Atenci&oacute;n Primaria:</p>

<p>En el &aacute;mbito estructural se viene fortaleciendo la oferta de servicios de salud, con mejoramiento de la capacidad resolutiva en la baja complejidad; de manera adicional se viene fortaleciendo el talento humano en salud garantizando un mejoramiento de las competencias para la prestaci&oacute;n de servicios de salud. En el campo funcional, se vienen estableciendo criterios para garantizar procesos adecuados de conformaci&oacute;n, organizaci&oacute;n, gesti&oacute;n, seguimiento y evaluaci&oacute;n de la prestaci&oacute;n de servicios de salud mediante redes, la implementaci&oacute;n de modalidades de prestaci&oacute;n de servicios que garanticen el acceso a los servicios de salud, minimizando barreras de tipo geogr&aacute;fico y econ&oacute;mico y la definici&oacute;n de pautas t&eacute;cnicas y operativas que orienten las actividades de b&uacute;squeda activa de eventos definidos como prioritarios, la identificaci&oacute;n y clasificaci&oacute;n de los riesgos en salud, la conformaci&oacute;n de grupos a intervenir con acciones individuales y colectivas y el abordaje mediante protocolos o programas de atenci&oacute;n e intervenci&oacute;n.</p>

<p>Con relaci&oacute;n a los Programas territoriales de reorganizaci&oacute;n, redise&ntilde;o y modernizaci&oacute;n de las redes de Empresas Sociales del Estado, se presenta un avance significativo en su dise&ntilde;o y aprobaci&oacute;n: de los 36 departamentos y distritos se encuentran aprobadas 35 redes p&uacute;blicas por parte del Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social. Desafortunadamente a la fecha el departamento de La Guajira no ha logrado aprobaci&oacute;n, en el marco de sus competencias previstas en las Leyes 715 de 2001 (art. 54) y 1450 de 2011 (art. 156), del Programa Territorial de Reorganizaci&oacute;n, Redise&ntilde;o y Modernizaci&oacute;n de Redes de Empresas Sociales del Estado. Por lo tanto, mientras tal situaci&oacute;n persista tendr&aacute; limitada su capacidad para realizar inversiones en salud en el marco de los Planes Bienales de Inversiones (art. 65, Ley 715 de 2001 y Resoluci&oacute;n 2009 de 2012), necesarios para mejorar la calidad en la prestaci&oacute;n de los servicios de salud de su jurisdicci&oacute;n y en el marco de sus competencias.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sr. Salinas.</p>

<p>En atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le enviamos la respuesta de la Direcci&oacute;n de Prestaci&oacute;n de Servicios y Atenci&oacute;n Primaria:</p>

<p>En el &aacute;mbito estructural se viene fortaleciendo la oferta de servicios de salud, con mejoramiento de la capacidad resolutiva en la baja complejidad; de manera adicional se viene fortaleciendo el talento humano en salud garantizando un mejoramiento de las competencias para la prestaci&oacute;n de servicios de salud. En el campo funcional, se vienen estableciendo criterios para garantizar procesos adecuados de conformaci&oacute;n, organizaci&oacute;n, gesti&oacute;n, seguimiento y evaluaci&oacute;n de la prestaci&oacute;n de servicios de salud mediante redes, la implementaci&oacute;n de modalidades de prestaci&oacute;n de servicios que garanticen el acceso a los servicios de salud, minimizando barreras de tipo geogr&aacute;fico y econ&oacute;mico y la definici&oacute;n de pautas t&eacute;cnicas y operativas que orienten las actividades de b&uacute;squeda activa de eventos definidos como prioritarios, la identificaci&oacute;n y clasificaci&oacute;n de los riesgos en salud, la conformaci&oacute;n de grupos a intervenir con acciones individuales y colectivas y el abordaje mediante protocolos o programas de atenci&oacute;n e intervenci&oacute;n.</p>

<p>Con relaci&oacute;n a los Programas territoriales de reorganizaci&oacute;n, redise&ntilde;o y modernizaci&oacute;n de las redes de Empresas Sociales del Estado, se presenta un avance significativo en su dise&ntilde;o y aprobaci&oacute;n: de los 36 departamentos y distritos se encuentran aprobadas 35 redes p&uacute;blicas por parte del Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social. Desafortunadamente a la fecha el departamento de La Guajira no ha logrado aprobaci&oacute;n, en el marco de sus competencias previstas en las Leyes 715 de 2001 (art. 54) y 1450 de 2011 (art. 156), del Programa Territorial de Reorganizaci&oacute;n, Redise&ntilde;o y Modernizaci&oacute;n de Redes de Empresas Sociales del Estado. Por lo tanto, mientras tal situaci&oacute;n persista tendr&aacute; limitada su capacidad para realizar inversiones en salud en el marco de los Planes Bienales de Inversiones (art. 65, Ley 715 de 2001 y Resoluci&oacute;n 2009 de 2012), necesarios para mejorar la calidad en la prestaci&oacute;n de los servicios de salud de su jurisdicci&oacute;n y en el marco de sus competencias.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or Javier Salinas, buenos d&iacute;as. Reciba un cordial saludo.</p>

<p>En lo que tiene que ver con el Gobierno Nacional en los &uacute;ltimos a&ntilde;os han venido realizando diversos aportes para fortalecer el turismo en La Guajira. Con los recursos del presupuesto nacional y ejecutados a trav&eacute;s del Fondo Nacional de Turismo se han financiado proyectos para fortalecer la competitividad, la infraestructura y la promoci&oacute;n tur&iacute;stica de la regi&oacute;n. Se destacan, entre otros, los aportes realizados para la participaci&oacute;n de este Departamento en la Vitrina Tur&iacute;stica de Anato, principal escenario a nivel nacional e internacional para la promoci&oacute;n del turismo; para la se&ntilde;alizaci&oacute;n tur&iacute;stica, para la construcci&oacute;n de obras de infraestructura tur&iacute;stica y para fortalecer aspectos culturales como la promoci&oacute;n tur&iacute;stica en el marco del Festival Francisco el Hombre.</p>

<p><strong>MAR&Iacute;A ELVIRA RIVEROS REINA</strong></p>

<p><em>Coordinador Grupo Planificaci&oacute;n y Desarrollo Sostenible del Turismo</em></p>

<p><em><a href="mailto:mriveros@mincit.gov.co">mriveros@mincit.gov.co</a></em></p>

<p><em>Carrera 13 No 28&nbsp; 01 piso 6</em></p>

<p><em>Tel&eacute;fono:&nbsp; 57 (1) 6067676 Ext. 3221</em></p>

<p><em>Bogot&aacute;, Colombia</em></p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20155100319521">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20155100319521</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal



Con referencia a su pregunta, el comandante operativo de seguridad ciudadana del Departamento de Policía de Guajira, entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo javiersalinas1981@hotmail.com. Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Grupo Atención y Orientación Ciudadana – MDN
Respuesta
<p>Se&ntilde;or Javier Salinas, buenos d&iacute;as. Reciba un cordial saludo.</p>

<p>De acuerdo con su pregunta le informamos que la respuesta se encuentra en el enlace:</p>

<p>http://es.slideshare.net/damarismontealegre/respuesta-javierjossalinas&nbsp;</p>

<p>Agradecemos su atenci&oacute;n.</p>

<p>Cordiamente,</p>

<p><strong>MARIA EDITH ZAPATA VALENCIA</strong></p>

<p><em>Asesora</em></p>

<p><em>Secretar&iacute;a T&eacute;cnica Comisi&oacute;n Intersectorial de Zonas Francas</em></p>

<p><em>Direcci&oacute;n de Productividad y Competitividad</em></p>

<p>MinCIT</p>

<p><a href="mailto:mzapata@mincit.gov.co">mzapata@mincit.gov.co</a></p>

<p>Calle 28 # 13a - 15 piso 4</p>

<p>6067676 Ext.1232</p>

<p><strong>Bogot&aacute;, Colombia</strong></p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>la persona en b&uacute;squeda de empleo debe acudir a&nbsp; las Agencias P&uacute;blicas o Privadas de Gesti&oacute;n y Colocaci&oacute;n de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio P&uacute;blico de Empleo, cuya ubicaci&oacute;n podr&aacute; ser consultada accediendo al siguiente enlace:&nbsp; <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>

<p>El directorio de oficinas de la Agencia P&uacute;blica de Empleo&nbsp; del SENA, lo encontrar&aacute; ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>

<p>Asimismo, participar en las Micro-ruedas de Empleo organizadas por el SENA conforme al Cronograma previsto para el a&ntilde;o, el cual podr&aacute; ser consultado accediendo al siguiente enlace <a href="http://www.sena.edu.co/oportunidades/trabajo/Paginas/Microruedas-de-Empleo.aspx">http://www.sena.edu.co/oportunidades/trabajo/Paginas/Microruedas-de-Empleo.aspx</a></p>

<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>Por &uacute;ltimo, el Gobierno en su b&uacute;squeda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una pol&iacute;tica Nacional de Emprendimiento, que&nbsp; con la articulaci&oacute;n de esfuerzos de las personas p&uacute;blicas y privadas que integran la Red Nacional y las&nbsp; Redes Regionales&nbsp; para el Emprendimiento, se avanza en el fomento al emprendimiento, es as&iacute; como a trav&eacute;s de programas y estrategias del Fondo Emprender del SENA, Innpulsa Colombia, Emprende Cultura, Colombia Joven Emprende, entre otras,&nbsp; apoya proyectos de emprendimiento empresarial,&nbsp; financiando las&nbsp; ideas de negocio, generando innovaci&oacute;n, la creaci&oacute;n de empresa y Pymes.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Con ocasi&oacute;n de la modificaci&oacute;n de la normatividad aduanera, el Gobierno ha decidido mantener dicha zona bajo un r&eacute;gimen especial con el beneficio de pago de un impuesto de ingreso a la mercanc&iacute;a del 4% sobre el valor en aduanas de la misma , a trav&eacute;s de la presentaci&oacute;n de una declaraci&oacute;n de importaci&oacute;n simplificada para introducir las mercanc&iacute;as a la zona. Tambi&eacute;n se contin&uacute;a realizando por parte de la DIAN un control permanente para que los beneficios estipulados para esta zona sean recibidos por los destinatarios que el mismo r&eacute;gimen especial pretende.</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20155100319521">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20155100319521</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Las autoridades locales y productores de los 15 municipios de La Guajira construyeron la hoja de ruta para la competitividad del sector agropecuario. La construcci&oacute;n y adecuaci&oacute;n de distritos de riego, la dotaci&oacute;n de un laboratorio agropecuario y el fortalecimiento de las instituciones del sector, son algunas de las prioridades. Los 15 municipios de La Guajira participaron del proceso de definici&oacute;n del Plan de Articulaci&oacute;n Regional (&lsquo;Pares-2015&rsquo;) a trav&eacute;s de sus Secretarios de Agricultura y representantes de Unidades Municipales de Asistencia T&eacute;cnica (Umatas). En la intervenci&oacute;n que hizo el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Aurelio Iragorri Valencia, anunci&oacute; recursos en materia de mejoramiento de agua, viviendas y proyectos especiales para mujeres y j&oacute;venes del campo. &ldquo;Buena parte de los recursos de becas ir&aacute;n para fortalecer la juventud de La Guajira&rdquo;, explic&oacute;. La Guajira cuenta con dos millones y medio de hect&aacute;reas improductivas que se deben poner a producir; adem&aacute;s, es uno de los departamentos con m&aacute;s del 70 % de necesidades b&aacute;sicas Insatisfechas en su poblaci&oacute;n. Este es el punto de partida del MinAgricultura para la inversi&oacute;n de recursos en este territorio. El Ministro se&ntilde;al&oacute; que &ldquo;el pa&iacute;s tiene una deuda con la mujer rural y la mujer ind&iacute;gena. Por eso, invito a los alcaldes a formular m&aacute;s proyectos para ellas en vivienda gratis, mejoramiento de vivienda y formalizaci&oacute;n de t&iacute;tulos de propiedad, entre otros&rdquo;. Seg&uacute;n anuncio del Ministro, desde la perspectiva diferencial que adopt&oacute; la entidad, podr&aacute;n destinarse m&aacute;s recursos si los alcaldes proponen iniciativas destinadas a beneficiar a mujer rural, j&oacute;venes, adultos mayores y personas en situaci&oacute;n de discapacidad. Con los acuerdos logrados en este &lsquo;Pares&rsquo;, se busca que el departamento recupere su vocaci&oacute;n agr&iacute;cola, desplazada por la presencia de la miner&iacute;a. &lsquo;Pares-2015&rsquo; es un ejercicio de cooperaci&oacute;n, planeaci&oacute;n y articulaci&oacute;n liderado por el Ministerio de Agricultura, que vincula gobernaciones, organizaciones sociales y alcald&iacute;as, y se constituye tambi&eacute;n en una apuesta por la equidad y la paz.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,</p>

<p>Es importante tener en cuenta que los beneficiarios del programa &quot;Mi Casa Ya&quot; ser&aacute;n beneficiarios de un subsidio para cubrir parte de la cuota inicial del credito de vivienda de interes social nueva as&iacute;:</p>

<ul>

<li>

Hogares cuyo ingreso este entre 2 y 3 Salarios minimos legales mensuales vigentes se beneficiarian con un Subsidio Familiar de vivienda equivalente a 20 salarios minimos legales mensuales vigentes.</li>

<li>

Hogares cuyo ingreso este entre 3 y 4 Salarios minimos legales mensuales vigentes se beneficiarian con un Subsidio Familiar de vivienda equivalente a 12 salarios minimos legales mensuales vigentes.</li>

</ul>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p>&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p>&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p>&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p>&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p>&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
Señor

Henry Miguel Felizzola Cano

Respetado Señor:



Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores – CIAC

En atención a su amable solicitud enviada a la Urna de Cristal, la cual fue remitida a este Ministerio, nos permitimos indicarle que en cumplimiento al mandato constitucional, definido en el artículo 9° de nuestra Carta Magna, el cual reza textualmente “las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la Soberanía nacional”, así como en los objetivos de la política del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección de Soberanía Territorial y Desarrollo Fronterizo, vela por el cumplimiento de los tratados internacionales de límites y garantiza el ejercicio público, pacífico y permanente de nuestra soberanía, en coordinación con otras entidades del Estado, competentes en la materia.

Mediante el presente enlace podrá encontrar toda la información sobre acuerdos bilaterales y sobre política referente a la soberanía y fronteras del país. http://www.cancilleria.gov.co/politica/asuntos-bilaterales

El Presidente Juan Manuel Santos dio a conocer las acciones y posición de Colombia frente al fallo de la Corte Internacional de Justicia, en el litigio entre Colombia y Nicaragua por San Andrés Islas y el mar. Compartimos este documento de la Cancillería de Colombia. Toda esta información podrá ser consultada mediante el siguiente enlace: http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/san-andres-colombia-fallo-inaplicable-haya

La estrategia frente al fallo

El Gobierno definió una estrategia jurídica y política para reforzar y consolidar los derechos de los colombianos sobre el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Con el apoyo de reconocidos abogados nacionales y extranjeros, diseñó una estrategia integral.

Elementos y decisiones en el marco de la estrategia integral

• Primero: El fallo es inaplicable hasta tanto se celebre un tratado

• Segundo: Consolidación del archipiélago a través de la declaración de una Zona Contigua Integral.

• Tercero: Continuar protegiendo la Reserva Seaflower

• Cuarto: Contener el expansionismo de Nicaragua

Aparte de estos cuatro puntos el Gobierno se reserva el derecho de hacer uso de los recursos que existen ante la Corte Internacional de Justicia y de tomar otras acciones.



Agradecemos su comunicación. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán hacerse exclusivamente a través del formulario único de registro de solicitudes que podrá encontrar en el siguiente enlace: http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx.



Atentamente,

Lina Gabriela Aranda

Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano

Centro Integral de Atención Al Ciudadano - CIAC

Ministerio de Relaciones Exteriores

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Lo anterior quiere decir que el hogar aspirante al subsidio familiar de vivienda solo podr&aacute; recibir un subsidio, ya sea el que otorga las cajas de compensaci&oacute;n familiar a sus afiliados o el que otorga el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda.</span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 28 del Decreto 2190 de 2009.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>

<p>El programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; es una iniciativa del Gobierno Nacional dirigida a la poblaci&oacute;n entre 18 y 28 a&ntilde;os de edad, sin experiencia laboral: reci&eacute;n egresados de alg&uacute;n programa de educaci&oacute;n superior&nbsp; y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil</p>

<p>Es necesario que usted inscriba su hoja de vida en los centros p&uacute;blicos de empleo debidamente autorizados en su regi&oacute;n.</p>

<p>La convocatoria para los j&oacute;venes beneficiados iniciar&aacute; el d&iacute;a 15 de abril de 2015</p>

<p>Por lo anterior usted puede dirigirse al servicio de la Nueva Agencia P&uacute;blica de Empleo que funciona en internet, a trav&eacute;s de la p&aacute;gina <a href="http://www.redempleo.gov.co/" target="_blank">www.redempleo.gov.co</a>,&nbsp; en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podr&aacute;n encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. Tambi&eacute;n funciona por medio de las m&uacute;ltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros p&uacute;blicos de atenci&oacute;n en diferentes partes del pa&iacute;s, con la colaboraci&oacute;n de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensaci&oacute;n. Tambi&eacute;n se puede consultar la p&aacute;gina del SENA el cual es <u>sne.sena.edu.co. </u></p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Para las diferentes convocatorias de cargos p&uacute;blicos debe ingresar a la p&aacute;gina de la Comisi&oacute;n Nacional del Servicio Civil&nbsp; <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud, le manifestamos que el programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social &quot;Mi Casa Ya&quot; tiene como prop&oacute;sito corregir la asimetr&iacute;a en la distribuci&oacute;n de la oferta de viviendas de inter&eacute;s social VIS y de los desembolsos de coberturas de tasa de inter&eacute;s y del SFV que otorgan las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar entre Bogot&aacute; y municipios adyacentes y el resto del pa&iacute;s. Para lo cual fue necesario realizar una propuesta t&eacute;cnica de regionalizaci&oacute;n del programa basado en una segmentaci&oacute;n v&iacute;a &quot; Model- Based Clustering&quot; generando dentro de sus conclusiones y recomendaciones la no inclusi&oacute;n dentro de los municipios donde se ofrecer&aacute;n los beneficios del Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social &quot;Mi Casa Ya&quot; a los siguientes municipios: Bogot&aacute;, Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.</p>

<p>Como consecuencia de lo anterior y en atenci&oacute;n a lo dispuesto mediante decreto 0428 de 2015,&nbsp;fue expedida por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio la&nbsp;Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015&nbsp;Por la cual se definen los Departamentos y/o Municipios en los que se implementar&aacute; el Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - Mi Casa Ya&rdquo;.</p>

Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>

<p>Por favor insista, dirigiendose al servicio de la Nueva Agencia P&uacute;blica de Empleo que funciona en internet, a trav&eacute;s de la p&aacute;gina <a href="http://www.redempleo.gov.co/" target="_blank">www.redempleo.gov.co</a>,&nbsp; en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podr&aacute;n encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. Tambi&eacute;n funciona por medio de las m&uacute;ltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros p&uacute;blicos de atenci&oacute;n en diferentes partes del pa&iacute;s, con la colaboraci&oacute;n de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensaci&oacute;n. Tambi&eacute;n se puede consultar la p&aacute;gina del SENA el cual es <u>sne.sena.edu.co.</u></p>

<p>Para las diferentes convocatorias de cargos p&uacute;blicos debe ingresar a la p&aacute;gina de la Comisi&oacute;n Nacional del Servicio Civil&nbsp; <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>

<p>Es necesario que usted inscriba su hoja de vida en los centros p&uacute;blicos de empleo debidamente autorizados en su regi&oacute;n.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, para dar respuesta a su inquietud nos permitimos indicar que mediante el Decreto 1190 de 2012 el Gobierno Nacional reglament&oacute; el art&iacute;culo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n para la compra de vivienda de inter&eacute;s social nueva en &aacute;reas urbanas, a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>

<p>El art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del cr&eacute;dito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deber&aacute;n cumplir las siguientes condiciones, adem&aacute;s de las previstas en el Decreto en menci&oacute;n y en la reglamentaci&oacute;n que para el efecto se expida, as&iacute;:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">1.&nbsp;&nbsp; Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">2.&nbsp;&nbsp; No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">3.&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<strong><u>Comprar una vivienda nueva en &aacute;rea urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>

<p>Ahora bien, usted debe tener en cuenta que en el art&iacute;culo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el art&iacute;culo 1&deg; del Decreto 1544 de 2014, se estableci&oacute; que las coberturas a la tasa de inter&eacute;s solo cubrir&aacute;n aquellos cr&eacute;ditos que sean desembolsados en las nueva fecha &nbsp;<strong><u>a partir del 14 &nbsp;de Agosto de 2014 y&nbsp; hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas establecidas</u></strong>&nbsp;por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA.&nbsp;</p>

<p>Por lo anterior, si no fue mencionado el inter&eacute;s de ser beneficiario&nbsp; del subsidio a la tasa de inter&eacute;s en el momento de la solicitud del cr&eacute;dito para vivienda, y/o cuando se efectu&oacute; el desembolso del cr&eacute;dito no hab&iacute;a disponibilidad de coberturas a la tasa de inter&eacute;s, no podr&aacute; ser beneficiario del mencionado subsidio.</p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 10pt; line-height: 115%; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que de acuerdo al decreto 2190 de 2009 el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie <u><strong>entregado por una sola vez al hogar beneficiario</strong></u>, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva.</span></p>

<p>Lo anterior quiere decir que el hogar solo podr&aacute; recibir un subsidio familiar de vivienda.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;<strong>Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</strong></p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

<p><span style="font-size: 10pt; line-height: 115%; font-family: Verdana, sans-serif; background-image: initial; background-attachment: initial; background-size: initial; background-origin: initial; background-clip: initial; background-position: initial; background-repeat: initial;">El banco en el cual tome el cr&eacute;dito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</span></p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>&nbsp;</p>

<p>Respetada Ciudadana:</p>

<p>El Decreto Decreto 055 del 14 de enero de 2015&nbsp;</p>

<h2 style="margin: 0px 0px 8px; color: rgb(51, 51, 51); font-family: futurastdmediumbold; font-weight: normal; font-size: 17px; background-color: rgb(247, 247, 247);">

Norma de protecci&oacute;n a practicantes</h2>

<h2>

&nbsp;</h2>

<ul style="margin: 0px; padding-right: 0px; padding-left: 0px; color: rgb(68, 68, 68); font-family: arial, san-serif; font-size: 12.1599998474121px; background-color: rgb(247, 247, 247);">

<li style="font-size: 1em; margin-bottom: 20px;">

La norma contempla que en ning&uacute;n caso el pago o la afiliaci&oacute;n al Sistema de Riesgos Laborales correr&aacute;n por cuenta del estudiante, estos procesos le corresponden a las instituciones de educaci&oacute;n o formaci&oacute;n donde realice la pr&aacute;ctica o actividad.</li>

<li style="font-size: 1em; margin-bottom: 20px;">

La medida establece que la afiliaci&oacute;n de los estudiantes se debe efectuar m&iacute;nimo un d&iacute;a antes del inicio de la pr&aacute;ctica o labor correspondiente, y la instituci&oacute;n o entidad responsable deber&aacute; hacerlo ante la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), en la cual tenga afiliados a sus trabajadores.</li>

<li style="font-size: 1em; margin-bottom: 20px;">

Laboralmente es obligatorio que &nbsp;todo trabajador est&eacute; afiliado al Sistema de Salud para ser vinculado a riesgos laborales. Los estudiantes de pr&aacute;cticas pueden ser beneficiarios por sus padres en salud y las instituciones que los educa o las empresas en donde desarrollan la pr&aacute;ctica laboral s&oacute;lo asume el costo de la afiliaci&oacute;n a riesgos laborales.</li>

<li style="font-size: 1em; margin-bottom: 20px;">

La cotizaci&oacute;n y pago de aportes se realizar&aacute; sobre la base de un salario m&iacute;nimo legal mensual vigente a trav&eacute;s de la Planilla Integrada de Liquidaci&oacute;n de Aportes &ndash;PILA-.</li>

<li style="font-size: 1em; margin-bottom: 20px;">

A partir del 1 de febrero de 2015 es de obligatorio cumplimiento la nueva disposici&oacute;n, cuya inspecci&oacute;n, vigilancia y control ser&aacute; ejercida por el Ministerio del Trabajo, la Superintendencia Financiera y Supersalud.</li>

<li style="font-size: 1em; margin-bottom: 20px;">

Atentamente,</li>

<li style="font-size: 1em; margin-bottom: 20px;">

Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</li>

<li style="font-size: 1em; margin-bottom: 20px;">

Ministerio de Trabajo.</li>

<li style="font-size: 1em; margin-bottom: 20px;">

&nbsp;</li>

</ul>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Cordial Saludo</p>

<p>Se&ntilde;or Jhoan Olivo</p>

<p>De manera atenta nos permitimos informar que la respuesta a su requerimiento se envi&oacute; a trav&eacute;s del correo <a href="mailto:noj2304@gmail.com">noj2304@gmail.com</a>.</p>

<p>Esperamos haber entregado respuesta a su solicitud.</p>

<p>Gracias por comunicarse con la Urna de Cristal, recuerde comunicarse con nosotros a trav&eacute;s de <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Nos permitimos informar que dada la acogida del Programa de Cr&eacute;ditos Condonables &ldquo;Ser Pilo Paga&rdquo;, el Gobierno Nacional estudia la posibilidad de dar continuidad a este y otros programas que fortalezcan y financien la demanda en la Educaci&oacute;n Superior. Raz&oacute;n por la cual le invitamos a consultar frecuentemente la p&aacute;gina del Instituto Colombiano de Cr&eacute;dito Educativo y Estudios T&eacute;cnicos en el Exterior ICETEX, quien dada su competencia como Administrador de los Fondos creados por el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional, informa a cerca de las diferentes Convocatorias, los requisitos de aplicaci&oacute;n y las fechas para su legalizaci&oacute;n, entre otros.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el art&iacute;culo 3 del Decreto 2391 de 2013&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el art&iacute;culo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el art&iacute;culo 3 del Decreto 2391 de 2013&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el art&iacute;culo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le solicitamos aclarar su solicitud en relaci&oacute;n al tema exacto sobre el cual requiere informaci&oacute;n, lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud.&nbsp;</p>

<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo&nbsp;<a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 49 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;<strong>Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor NO supere los 135 SMLMV ($86.987.250) es decir Vivienda de Interes Social, en los departamentos que sean objeto del programa.</strong></p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Apreciado ciudadano,<br />

<br />

El programa de cr&eacute;ditos condonables &quot;&quot;Ser Pilo, Paga&quot;&quot;, ha lanzado s&oacute;lo una convocatoria, la cual se llev&oacute; a cabo en el a&ntilde;o 2014 y los candidatos al programa tuvieron plazo m&aacute;ximo de legalizaci&oacute;n de inscripci&oacute;n en las oficinas del ICETEX hasta el 11 de diciembre de 2014 habiendo cumplido los tres requisitos exigidos:<br />

<br />

&bull; Puntaje ICFES igual o superior a 310 puntos,<br />

&bull; Puntaje espec&iacute;fico de SISBEN con el corte respectivo a 19 de septiembre de 2014 y,<br />

&bull; Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad.<br />

<br />

Por esta raz&oacute;n, los beneficiarios fueron admitidos en su totalidad para el primer semestre del a&ntilde;o 2015. En estos momentos, la Convocatoria se encuentra cerrada para nuevos beneficiarios. &nbsp;<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional<br />

&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

<p><span style="font-size: 10pt; line-height: 115%; font-family: Verdana, sans-serif; background-image: initial; background-attachment: initial; background-size: initial; background-origin: initial; background-clip: initial; background-position: initial; background-repeat: initial;">El banco en el cual tome el cr&eacute;dito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</span></p>