Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Gallo:</p>

<p>Atentamente le informamos que puede consultar la respuesta a su pregunta en este enlace: <a href="https://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_002.pdf">https://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_002.pdf</a> .</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Gracias por participar en la Urna de Cristal</p>

<p><br />

Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento, entrega respuesta a trav&eacute;s de oficio, el cual fue enviado al correo <a href="mailto:mbsinisterra@hotmail.com">mbsinisterra@hotmail.com</a></p>

<p><br />

Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Grupo Atenci&oacute;n y Orientaci&oacute;n Ciudadana &ndash; MDN.&nbsp;Cont&aacute;ctenos a trav&eacute;s del correo: <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>

Respuesta
<p>El tema relacionado con proyectos en la regi&oacute;n debe ser consultados al Departamento Nacional de Planeaci&oacute;n, tema planes de desarrollo&nbsp;por departamentos&nbsp;<a href="http://www.dnp.gov.co">www.dnp.gov.co</a></p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Rosalba:</p>

<p>Atentamente le informamos que puede consultar la respuesta a su pregunta en este enlace: <a href="https://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_001.pdf">https://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/MinSalud_001.pdf</a></p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>De conformidad con el art&iacute;culo 125 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selecci&oacute;n por m&eacute;rito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisi&oacute;n de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades p&uacute;blicas.</p>

<p>Ahora bien, la persona en b&uacute;squeda de empleo debe acudir a&nbsp; las Agencias P&uacute;blicas o Privadas de Gesti&oacute;n y Colocaci&oacute;n de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio P&uacute;blico de Empleo, cuya ubicaci&oacute;n podr&aacute; ser consultada accediendo al siguiente enlace:&nbsp; <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a>I</p>

<p>El directorio de oficinas de la Agencia P&uacute;blica de Empleo&nbsp; del SENA, lo encontrar&aacute; ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>

<p>Asimismo, participar en las Micro-ruedas de Empleo organizadas por el SENA conforme al Cronograma previsto para el a&ntilde;o, el cual podr&aacute; ser consultado accediendo al siguiente enlace <a href="http://www.sena.edu.co/oportunidades/trabajo/Paginas/Microruedas-de-Empleo.aspx">http://www.sena.edu.co/oportunidades/trabajo/Paginas/Microruedas-de-Empleo.aspx</a></p>

<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Por &uacute;ltimo, el Gobierno en su b&uacute;squeda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una pol&iacute;tica Nacional de Emprendimiento, que&nbsp; con la articulaci&oacute;n de esfuerzos de las personas p&uacute;blicas y privadas que integran la Red Nacional y las&nbsp; Redes Regionales&nbsp; para el Emprendimiento, se avanza en el fomento al emprendimiento, es as&iacute; como a trav&eacute;s de programas y estrategias del Fondo Emprender del SENA, Innpulsa Colombia, Emprende Cultura, Colombia Joven Emprende, entre otras,&nbsp; apoya proyectos de emprendimiento empresarial.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Quintana:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en los siguientes enlaces puede encontrar las respuestas a las distintas preguntas sobre la Ley Estatutaria, lo mismo que otros documentos sobre esta norma:</p>

<p>&nbsp;*ABC Ley Estatutaria: <a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abce-ley-estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abce-ley-estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>*Enlace-Minsalud 65-Ley Estatutaria:</p>

<p><a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/Enlace-MinSalud-65-Ley-Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/Enlace-MinSalud-65-Ley-Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>*Preguntas y respuestas sobre Ley Estatutaria:</p>

<p><a href="https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Preguntas%20y%20Respuestas%20sobre%20la%20Ley%20Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Preguntas%20y%20Respuestas%20sobre%20la%20Ley%20Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>De igual manera, en el enlace <a href="https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Precisiones-sobre-la-Ley-Estatutaria-de-Salud.aspx">https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Precisiones-sobre-la-Ley-Estatutaria-de-Salud.aspx</a>&nbsp; puede encontrar las precisiones que hizo el Ministro de Salud, sobre la ampliaci&oacute;n del POS, el esquema de aseguramiento, los Comit&eacute;s T&eacute;cnico-Cient&iacute;ficos, la autonom&iacute;a m&eacute;dica y la pol&iacute;tica farmac&eacute;utica.</p>

<p>As&iacute; mismo, en el enlace <a href="https://www.minsalud.gov.co/Paginas/-Ley-Estatutaria-abrio-un-espacio-importante-para-profesionales-de-la-salud-en-autonomia-profesional.aspx">https://www.minsalud.gov.co/Paginas/-Ley-Estatutaria-abrio-un-espacio-importante-para-profesionales-de-la-salud-en-autonomia-profesional.aspx</a>&nbsp; el Viceministro de Salud explica lo que significa la Ley&nbsp; para la autonom&iacute;a profesional</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p>Es importante que las Entidades Territoriales formulen y cofinancien proyectos dirigidos a la construcci&oacute;n de vivienda o al mejoramiento de vivienda, en los cuales pueden incluir a los hogares m&aacute;s necesitados y que cumplan requisitos normativos para acceder al subsidio familiar de vivienda urbana.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p>Es importante que las Entidades Territoriales formulen y cofinancien proyectos dirigidos a la construcci&oacute;n de vivienda nueva o al mejoramiento de vivienda, en los cuales pueden incluir a los hogares m&aacute;s necesitados y que cumplan requisitos normativos para acceder al subsidio familiar de vivienda urbana.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional continuar&aacute; apoyando el acceso y la permanencia en las instituciones de educaci&oacute;n superior, con acreditaci&oacute;n de alta calidad, de los estudiantes de todas las regiones del pa&iacute;s con escasos recursos econ&oacute;micos y que obtengan los mejores resultados en las pruebas Saber 11, mediante el otorgamiento de cr&eacute;ditos condonables para el cubrimiento de sus costos de matr&iacute;cula y sostenimiento.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional<br />

&nbsp;</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La convocatoria para acceder al Programa &ldquo;Ser pilo paga&rdquo;, ofrecido por el Gobierno Nacional en el a&ntilde;o 2014, estuvo dirigida &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media, que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplieron en su totalidad con los siguientes tres requisitos: &nbsp;<br />

<br />

&bull; Puntaje SABER 11 igual o superior a 310 puntos.<br />

&bull; Puntaje m&aacute;ximo de SISBEN, registrado en la base consolidada nacional, con corte al 19 de septiembre de 2014.<br />

&bull; Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad.<br />

<br />

Sin embargo, puede consultar permanentemente las p&aacute;ginas del ICETEX y el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional para conocer las convocatorias que se realicen para el acceso a cr&eacute;ditos condonables.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional<br />

&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>le invitamos a que acuda a las diferentes ARL de su preferencia existentes en el pa&iacute;s, a fin de establecer esta inquietud , conforme a lo dispuesto en el decreto 055 de 2015, ya que el decreto entra en vigencia a partir del primero de febrero del presente a&ntilde;o.</p>

<p>El art&iacute;culo 17 del citado decreto establece:</p>

<p><strong>Art&iacute;culo 17. Vigencia y modificaciones.</strong> El presente decreto rige a partir del 1&deg; de febrero de dos mil quince (2015) y modifica el art&iacute;culo 15 del Decreto n&uacute;mero 2376 de 2010.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>En atenci&oacute;n a su comunicaci&oacute;n enviada a Urna de Cristal el 24 de febrero de 2015, le solicito ser mas claro en su solicitud puesto que con la informaci&oacute;n que nos env&iacute;a no nos es posible identificar su necesidad para realizar el tr&aacute;mite correspondiente.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (A)</p>

<p class="rtejustify">Disculpenos pero no es clara la pregunta, no obtante en principio entendemos que usted desea aplicar y conocer de los programas que adelanta el Ministerio actualmente por tal raz&oacute;n le indicaremos de que manera lo estamos realizando.</p>

<p class="rtejustify">En primer lugar el de Talentos para el Empleo que otorga 13.000 becas para cursos cortos en instituciones de formaci&oacute;n para el trabajo; &nbsp;para lo cual usted puede acceder al mismo mediante el enlace http://www.mintrabajo.gov.co/talentos-para-el-empleo.html.</p>

<p class="rtejustify">En segundo lugar adelantamos el programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; es una iniciativa del Gobierno Nacional dirigida a la poblaci&oacute;n entre 18 y 28 a&ntilde;os de edad, sin experiencia laboral: reci&eacute;n egresados de alg&uacute;n programa de educaci&oacute;n superior&nbsp; y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil</p>

<p>Es necesario que usted inscriba su hoja de vida en los centros p&uacute;blicos de empleo debidamente autorizados en su regi&oacute;n. Para lo cual debe dirigirse al siguiente enlace de la Unidad Administrativa Especial de Servicio de Empleo http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</p>

<p>La convocatoria para los j&oacute;venes beneficiados iniciar&aacute; el d&iacute;a 15 de abril de 2015.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Trabajo</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a)</p>

<p class="rtejustify">El programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; es una iniciativa del Gobierno Nacional dirigida a la poblaci&oacute;n entre 18 y 28 a&ntilde;os de edad, sin experiencia laboral: reci&eacute;n egresados de alg&uacute;n programa de educaci&oacute;n superior&nbsp; y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil</p>

<p class="rtejustify">Es necesario que usted inscriba su hoja de vida en los centros p&uacute;blicos de empleo debidamente autorizados en su regi&oacute;n. Debe dirigirse al siguiente enlace de la Unidad Administrativa Especial de Servicio de Empleo <a href="mailto:contacto@serviciodeempleo.gov.co">contacto@serviciodeempleo.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">La convocatoria para los j&oacute;venes beneficiados iniciar&aacute; el d&iacute;a 15 de abril de 2015</p>

<p>para acceder en forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>Es preciso aclarar que el SENA no hace parte de los centros p&uacute;blicos de empleo participes en el programa.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Trabajo</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or Jes&uacute;s David Salcedo Otero</p>

<p>Pregunta: &quot;La guerrilla de la FARC, tiene y debe pagar c&aacute;rcel, por sus cr&iacute;menes de 50 a&ntilde;os de masacre, peor que los narcos.&quot;</p>

<p>Respuesta: El Gobierno est&aacute; comprometido con el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de investigaci&oacute;n, juzgamiento y sanci&oacute;n de los cr&iacute;menes internacionales. En particular, el Gobierno est&aacute; estudiando los tipos de sanciones que podr&iacute;an ser aplicadas a los responsables de la comisi&oacute;n de cr&iacute;menes internacionales, en el marco del desarrollo de una estrategia integral de justicia transicional a la terminaci&oacute;n del conflicto armado que satisfaga los derechos de las v&iacute;ctimas a la verdad, a la justicia y a la reparaci&oacute;n.</p>

<p>Cordialmente, Oficina del Alto Comisionado para la Paz Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep&uacute;blica</p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 10pt; line-height: 115%; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, respecto a su inquietud, usted debe tener en cuenta que en el art&iacute;culo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el art&iacute;culo 1&deg; del Decreto 1544 de 2014, se estableci&oacute; que las coberturas a la tasa de inter&eacute;s solo cubrir&aacute;n aquellos cr&eacute;ditos que sean desembolsados en las nueva fecha &nbsp;<b><u>a partir del 14 &nbsp;de Agosto de 2014 y&nbsp; hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas establecidas</u></b>&nbsp;por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA.&nbsp;</span></p>

<p>Por lo anterior, si no fue mencionado el inter&eacute;s de ser beneficiario &nbsp;del subsidio a la tasa de inter&eacute;s en el momento de la solicitud del cr&eacute;dito para vivienda, y/o cuando se efectu&oacute; el desembolso del cr&eacute;dito no hab&iacute;a disponibilidad de coberturas a la tasa de inter&eacute;s, no podr&aacute; ser beneficiario del mencionado subsidio.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria &ldquo;Ser Pilo Paga&rdquo; hace entrega de los 10.000 cr&eacute;ditos condonables a los aspirantes que cumpliendo totalmente con los tres requisitos exigidos (Puntaje ICFES igual o superior a 310 puntos, Puntaje espec&iacute;fico de SISBEN con el corte respectivo al 19 de septiembre de 2014 y Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad), hicieron expreso su deseo de constituirse en beneficiario del Programa, legalizando su inscripci&oacute;n ante el ICETEX en el plazo m&aacute;ximo establecido de 11 de diciembre de 2014 y cumplieron con oportunidad los procesos de selecci&oacute;n y posterior matr&iacute;cula establecidos por la Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior de Alta Calidad en la que fuesen admitidos.<br />

<br />

Es decir, aquellos j&oacute;venes que, pese a cumplir con los requisitos previamente expresados, no surtieran los debidos procesos para legalizar su inscripci&oacute;n al Programa &ldquo;Ser Pilo Paga&rdquo;, o de formalizaci&oacute;n de su matr&iacute;cula ante la Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior de Alta Calidad, no podr&aacute;n ser beneficiarios del Programa.<br />

<br />

Sin embargo, el Instituto Colombiano de Cr&eacute;dito Educativo y Estudios T&eacute;cnicos en el Exterior ICETEX pone a su disposici&oacute;n un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n. Dentro de estas l&iacute;neas es importante resaltar el Programa de Acceso con Calidad a la Educaci&oacute;n Superior&ndash;ACCES. &Eacute;sta l&iacute;nea otorga cr&eacute;dito de car&aacute;cter reembolsable, que le permite cubrir total o parcialmente los costos en programas acad&eacute;micos debidamente registrados en el Sistema Nacional del Informaci&oacute;n de la Educaci&oacute;n Superior &ndash;SNIES.<br />

<br />

Es importante se&ntilde;alar que a partir de la expedici&oacute;n de la Ley 1547 del 05 de julio de 2012, se ha establecido que todos los estudiantes beneficiarios de cr&eacute;ditos para educaci&oacute;n superior de pregrado otorgados por el ICETEX, pertenecientes a estratos socioecon&oacute;micos 1, 2 o 3, se les conceder&aacute; subsidio equivalente al 100% de los intereses generados por dicho cr&eacute;dito durante la vigencia del mismo. Mayor informaci&oacute;n en la p&aacute;gina web www.icetex.gov.co<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Despacho Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153200201211">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153200201211</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Rodr&iacute;guez:</p>

<p>Atentamente le informamos que debe remitir su solicitud a la Superintendencia Nacional de Salud (http://www.supersalud.gov.co, tel&eacute;fonos 4837000, linea Gratuita Nacional 018000513700), entidad encargada de la vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Margarita:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que este tema es competencia de la Superintendencia Nacional de Salud ( http://www.supersalud.gov.co/Supersalud/Default.aspx), entidad encargada de la vigilancia, control y sanci&oacute;n en el Sistema de Seguridad Social en Salud. Lo anterior debido a que el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social no interviene directamente en los acuerdos entre instituciones aseguradoras y prestadoras de servicios en relaci&oacute;n con las distintas modalidades de contrataci&oacute;n y pago, salvo en lo dispuesto en el Decreto 1464 de 2012, que define los criterios para que el incremento de la UPC se refleje en el valor de los servicios de salud.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Mar&iacute;a Isabel</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente la invitamos a consultar el siguiente enlace en el cual el Viceministro de Salud explica lo que significa la Ley&nbsp; para la autonom&iacute;a profesional: <a href="https://www.minsalud.gov.co/Paginas/-Ley-Estatutaria-abrio-un-espacio-importante-para-profesionales-de-la-salud-en-autonomia-profesional.aspx">https://www.minsalud.gov.co/Paginas/-Ley-Estatutaria-abrio-un-espacio-importante-para-profesionales-de-la-salud-en-autonomia-profesional.aspx</a></p>

<p>De igual manera, vale la pena recordar que el par&aacute;grafo del art&iacute;culo 17 de la Ley establece: &ldquo;Queda expresamente prohibida la promoci&oacute;n u otorgamiento de cualquier tipo de prebendas o d&aacute;divas a profesionales y trabajadores de la salud en el marco de su ejercicio laboral, sean estas en dinero o en especie por parte &nbsp;de proveedores, empresas farmac&eacute;uticas, productoras, distribuidoras o comercializadoras de medicamentos o de insumos, dispositivos y/o equipos m&eacute;dicos o similares&rdquo;.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr P&eacute;rez:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en los siguientes enlaces puede encontrar las respuestas a las preguntas sobre la Ley Estatutaria, lo mismo que otros documentos sobre esta norma:</p>

<p>&nbsp;*ABC Ley Estatutaria: <a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abce-ley-estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abce-ley-estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>*Enlace-Minsalud 65-Ley Estatutaria:</p>

<p><a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/Enlace-MinSalud-65-Ley-Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/Enlace-MinSalud-65-Ley-Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>*Preguntas y respuestas sobre Ley Estatutaria:</p>

<p><a href="https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Preguntas%20y%20Respuestas%20sobre%20la%20Ley%20Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Preguntas%20y%20Respuestas%20sobre%20la%20Ley%20Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>De igual manera, en el enlace <a href="https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Precisiones-sobre-la-Ley-Estatutaria-de-Salud.aspx">https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Precisiones-sobre-la-Ley-Estatutaria-de-Salud.aspx</a>&nbsp; puede encontrar las precisiones que hizo el Ministro de Salud, sobre la ampliaci&oacute;n del POS, el esquema de aseguramiento, los Comit&eacute;s T&eacute;cnico-Cient&iacute;ficos, la autonom&iacute;a m&eacute;dica y la pol&iacute;tica farmac&eacute;utica.</p>

<p>As&iacute; mismo, en el enlace <a href="https://www.minsalud.gov.co/Paginas/-Ley-Estatutaria-abrio-un-espacio-importante-para-profesionales-de-la-salud-en-autonomia-profesional.aspx">https://www.minsalud.gov.co/Paginas/-Ley-Estatutaria-abrio-un-espacio-importante-para-profesionales-de-la-salud-en-autonomia-profesional.aspx</a>&nbsp; el Viceministro de Salud explica lo que significa la Ley&nbsp; para la autonom&iacute;a profesional</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. P&eacute;rez:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la Ley 1751, por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones, rige desde el 16 de febrero de 2015.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la Ley Estatutaria es un tipo especial de ley que regula derechos y deberes fundamentales de las personas y la administraci&oacute;n de justicia en nuestro pa&iacute;s. Supone, necesariamente, que ese derecho ha adquirido el car&aacute;cter de fundamental y aut&oacute;nomo. Por eso tiene que ser garantizado prioritariamente por el Estado y debe ser responsabilidad de toda la sociedad.</p>

<p>Es as&iacute; como el art&iacute;culo 3&ordm;&nbsp; de dicha Ley establece que esta &ldquo;se aplica a todos los agentes, usuarios y dem&aacute;s que intervengan de manera directa o indirecta, en la garant&iacute;a del derecho fundamental a la salud&rdquo;.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,</p>

<p>Respecto al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, le manifestamos que estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio, esta reglamentaci&oacute;n se estar&aacute; dando a conocer a trav&eacute;s de nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co/">www.minvivienda.gov.co</a></p>

<p>Posteriormente se conocer&aacute;n cu&aacute;les ser&aacute;n las 20 ciudades beneficiarias del programa, esta informaci&oacute;n podr&aacute; igualmente consultarla a trav&eacute;s de nuestra p&aacute;gina web</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p class="rtejustify">En Colombia hay m&aacute;s de 2.600.000 personas en condici&oacute;n de discapacidad seg&uacute;n cifras del DANE. El Ministerio de Trabajo ha realizado talleres para la inclusi&oacute;n laboral de personas con discapacidad, buscando concientizar a los empresarios colombianos para que abran espacio a las personas con limitaciones f&iacute;sicas.</p>

<p class="rtejustify">En estos foros se da a conocer el impacto favorable que se logra con la inclusi&oacute;n de las personas en discapacidad, acogi&eacute;ndose a la ley 1429 de 2010 y la ley 361 de 1997 que cuenta con beneficios tributarios y legales; adem&aacute;s de las experiencias exitosas de empresas que ya cuentan con estas personas.</p>

<p class="rtejustify">Cordialmente le solicitamos trasladar su inquietud a la Unidad del Servicio P&uacute;blico de Empleo quien es la entidad que administra y promociona la prestaci&oacute;n del Servicio P&uacute;blico de Empleo, para hacer m&aacute;s eficiente el encuentro entre oferta y demanda de trabajo. Esta unidad tiene los siguientes objetivos:</p>

<p class="rtejustify">Lograr cobertura Nacional del Servicio P&uacute;blico de Empleo</p>

<p class="rtejustify">Disminuir el tiempo de b&uacute;squeda de empleo de las personas atendidas por el Servicio P&uacute;blico de Empleo.</p>

<p class="rtejustify">Implementar una Ventanilla &Uacute;nica en los centros de empleo del pa&iacute;s, donde se atender&aacute;n todos los servicios de gesti&oacute;n y colocaci&oacute;n de empleo.</p>

<p class="rtejustify">Especializar al Servicio P&uacute;blico de Empleo en la atenci&oacute;n de las demandas de selecci&oacute;n de personal de los grandes proyectos de infraestructura del pa&iacute;s.</p>

<p class="rtejustify">Por lo anterior y para acceder en forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p class="rtejustify">Atentamente,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Dangond:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que de acuerdo con el &nbsp;art&iacute;culo 48 de la Resoluci&oacute;n 5592 de 2015 (Plan Obligatorio de Salud), &ldquo;las EPS o las entidades que hagan sus veces deber&aacute;n garantizar el acceso a los medicamentos cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC de forma ininterrumpida y continua, tanto al paciente hospitalizado, como al ambulatorio, de conformidad con el criterio del profesional tratante y las normas vigentes&rdquo;.</p>

<p>De igual manera, deben autorizar los procedimientos prescritos por el m&eacute;dico, siempre y cuando est&eacute;n incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (<a href="https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resolución%205592%20de%202015.pdf">https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci&oacute;n%205592%20de%202015.pdf</a>).</p>

<p>En caso de presentarse incumplimiento de esta norma debe presentar el reclamo, en primera instancia ante la oficina de Atenci&oacute;n al Ciudadano o de Quejas y Reclamos de la EPS, y tambi&eacute;n ante la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la vigilancia y control del sistema de salud. Puede hacerlo por la p&aacute;gina web <a href="http://www.supewrsalud.gov.co/">www.supersalud.gov.co</a> en el link Atenci&oacute;n en l&iacute;nea, o a trav&eacute;s de la&nbsp;l&iacute;nea telef&oacute;nica 4837000 desde Bogot&aacute; &oacute;&nbsp;018000 513700 desde cualquier parte del pa&iacute;s. Tambi&eacute;n puede dirigirse al punto de atenci&oacute;n presencial, ubicado en la Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Business Center, Local 10 en Bogot&aacute;.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 28 del Decreto 2190 de 2009.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20152010163571">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20152010163571</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153110193381">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153110193381</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Aurelio Iragorri Valencia, descart&oacute; que se pueda presentar desabastecimiento de arroz y se&ntilde;al&oacute; que las existencias actuales del grano, sumadas a la entrada de la pr&oacute;xima cosecha de &acute;mitaca&acute; y las importaciones que ingresar&iacute;an al pa&iacute;s pactadas en el TLC con Estados Unidos y la CAN, son suficientes para atender la demanda interna del cereal. El jefe de la cartera agropecuaria inform&oacute; que de acuerdo con la verificaci&oacute;n de inventarios a la industria molinera que realiz&oacute; la Bolsa Mercantil de Colombia (BMC), hay 290.215 toneladas de arroz paddy seco almacenadas, de las cuales el 57 % est&aacute; a en los Llanos. El Ministro Iragorri se&ntilde;al&oacute; que estos resultados son producto de una verificaci&oacute;n f&iacute;sica de los inventarios en silos, bodegas y otros sistemas de almacenamiento que realiz&oacute; la BMC y que adem&aacute;s certificaron las revisor&iacute;as fiscales de la industria molinera del pa&iacute;s, con corte del 31 de diciembre de 2014. El alto funcionario dijo que si bien estos resultados son 10 % inferiores a los de los &uacute;ltimos diez a&ntilde;os que ha tenido la cadena, no impactan los vol&uacute;menes que permiten tener un abastecimiento normal para atender las necesidades de consumo del pa&iacute;s. El jefe de la cartera se&ntilde;al&oacute; que para atender la demanda interna, se cuenta adem&aacute;s de los inventarios existentes, con la entrada de arroz de la denominada cosecha de mitaca, especialmente de Tolima y Huila en febrero; as&iacute; como las 63 mil toneladas de arroz blanco que ingresar&iacute;an en el primer semestre y que hacen parte de la primera subasta pactada en el TLC con Estados Unidos. De igual forma, gracias a que se sentaron los molineros representandos por Induarroz y los productores por Fedearroz, con la ayuda del Gobierno y, teniendo en cuenta las necesidades de ambos sectores, en el &uacute;ltimo Consejo del Arroz se determin&oacute; aprobar un primer contingente de 25 mil toneladas de arroz blanco, proveniente del Ecuador, en el marco de la CAN, inform&oacute; el Funcionario. &ldquo;Las preocupaciones era que los precios estaban demasiado buenos y de pronto se presenten excedente de arroz, cuando entre la cosecha grande. Pero, con los inventarios existentes que son inferiores a los hist&oacute;ricos, el ingreso de producto por la cosecha de &acute;mitaca&acute; y las importaciones por TLC con Estados Unidos y el contingente aprobado de Ecuador, esperamos asegurar un adecuado abastecimiento, sin afectar los precio del producto&rdquo;, indic&oacute; el Ministro Iragorri.</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">De acuerdo a la normatividad vigente los subsidios que otorgan las entidades anteriormente mencionadas solo son para compra de vivienda nueva de hasta 135 SMLMV que para el a&ntilde;o 2015 equivale a $86.987.250.oo</span></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

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La Ley General de Educaci&oacute;n en el art&iacute;culo 23, expone a la Tecnolog&iacute;a e Inform&aacute;tica como &aacute;rea obligatoria y fundamental para ser desarrollada en los establecimientos educativos del pa&iacute;s, y en este sentido el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional (MEN) public&oacute; en 2008 las orientaciones para la educaci&oacute;n en tecnolog&iacute;a, con el prop&oacute;sito de disminuir la distancia entre el conocimiento tecnol&oacute;gico y la vida cotidiana, contribuir a la promoci&oacute;n de la competitividad y la productividad, y construir y transformar conocimiento e insertar a nuestro pa&iacute;s en una sociedad globalizada. Estas orientaciones presentan los desempe&ntilde;os que los estudiantes, por grupos de grados, deben alcanzar en su proceso de aprendizaje en esta &aacute;rea.<br />

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El MEN adem&aacute;s public&oacute; en 2013 las orientaciones &ldquo;Competencias TIC para el Desarrollo Profesional Docente&rdquo; que gu&iacute;an el proceso de desarrollo profesional docente para la innovaci&oacute;n educativa pertinente con uso de TIC, aportando de esta forma a la adopci&oacute;n de estrategias para orientar a los estudiantes en el uso de TIC como herramientas de acceso al conocimiento y como recurso para transformar la realidad del entorno, y promover la transformaci&oacute;n de las instituciones educativas en organizaciones de aprendizaje.<br />

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De igual forma, el MEN ha implementado programas de formaci&oacute;n para educadores, de tal forma que desde el uso pedag&oacute;gico de las TIC y procesos de ense&ntilde;anza innovadores, logren que sus estudiantes aprendan con la mediaci&oacute;n de la tecnolog&iacute;a.<br />

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Cordialmente,<br />

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Direcci&oacute;n de Calidad para la Educaci&oacute;n Preescolar, B&aacute;sica y Media<br />

MINISTERIO DE EDUCACI&Oacute;N NACIONAL</p>