Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relaci&oacute;n con los procesos de meritocracia para la elecci&oacute;n de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se hab&iacute;an contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selecci&oacute;n sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoci&oacute;n, con unos requisitos m&iacute;nimos para&nbsp; su desempe&ntilde;o, previa la aprobaci&oacute;n de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Funci&oacute;n P&uacute;blica. As&iacute;, quien sea nombrado deber&aacute; responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nomin&oacute;.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>El Ministerio de Salud agradece su opini&oacute;n sobre este importante tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Lizeth:</p>

<p>Agradecemos sus comentarios sobre este importante tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>

<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>

<p>La articulaci&oacute;n de las intervenciones individuales provistas por Mi-Plan con el campo de la gesti&oacute;n sobre los determinantes sociales en salud, se plasma en el Proyecto de Ley en el <em>enfoque integrado de la atenci&oacute;n primaria</em>, fundamentalmente a trav&eacute;s de las <em>prioridades</em> definidas en el Plan Decenal de Salud P&uacute;blica o sus equivalentes territoriales. Poder precisar tales <em>prioridades</em>, implica tener com&uacute;n conocimiento por parte de los responsables de la gesti&oacute;n de los riesgos individuales, esto es, en cabeza del Gestor de Servicios de Salud y a trav&eacute;s de la red de prestaci&oacute;n de servicios y los prestadores, tanto primarios como complementarios; con la <em>gesti&oacute;n de los determinantes sociales en salud</em> a cargo de las autoridades competentes, es decir, las entidades territoriales, conforme a las competencias definidas en la Ley 715 de 2001.</p>

<p><em>Conforme a lo anterior, </em>para el <em>Prestador Primario</em> ser&aacute; fundamental contar con capacidades para gestionar eficazmente los riesgos en salud y los procesos de atenci&oacute;n en sinton&iacute;a con <em>el enfoque integrado de atenci&oacute;n primaria referido</em>. Para ello es relevante la organizaci&oacute;n del talento humano a su interior conforme al alcance de sus competencias, es decir, para la gesti&oacute;n de las atenciones individuales de Mi-Plan, lo cual implica contar con referentes de gesti&oacute;n en los equipos de Salud Familiar, que tendr&aacute;n a cargo, entre otros, la gesti&oacute;n de riesgos con las familias y la gesti&oacute;n de la demanda hacia los servicios de salud y a su interior, en procura de una atenci&oacute;n con acceso oportuno, continuo, integral y resolutiva, apoyado en los equipos asistenciales b&aacute;sicos y especializados y el equipo de soporte administrativo y gerencial del Prestador Primario; en el seguimiento a la continuidad y resolutividad de la atenci&oacute;n, cuando sea requerido, por el prestador <em>complementario</em>; y en coordinaci&oacute;n con el Gestor de Servicios de Salud mediante los mecanismos de gesti&oacute;n a cargo de &eacute;ste. De esta manera, el equipo de Salud Familiar adquiere un rol dinamizador de los procesos de atenci&oacute;n.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Ram&iacute;rez.</p>

<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>

<p>En cada &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria van a operar un n&uacute;mero limitado de Gestoras de Servicios de Salud, controlando su n&uacute;mero m&iacute;nimo y m&aacute;ximo, as&iacute; como la cantidad m&iacute;nima y m&aacute;xima de afiliados. Estas medidas buscan evitar la formaci&oacute;n de monopolios que abusen de su posici&oacute;n dominante. Adem&aacute;s los Gestores de Servicios de Salud que operen en una &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria, estar&aacute;n autorizados para hacerlo por un determinado tiempo, el cual podr&aacute; ser prorrogado en funci&oacute;n de la evaluaci&oacute;n que se haga de su desempe&ntilde;o.&nbsp;</p>

<p>En el mismo sentido debe se&ntilde;alarse que dentro de cada &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria existir&aacute; una Comisi&oacute;n la cual tendr&aacute; dentro de sus funciones monitorear y evaluar la suficiencia, integralidad, calidad y desempe&ntilde;o de las Redes de Prestaci&oacute;n de Servicios&nbsp; y el desempe&ntilde;o de los Gestores de Servicios de Salud.</p>

<p>Adicionalmente, vale la pena aclarar que los nuevos Gestores de Servicio de Salud, a diferencia de las EPS, ya no manejar&aacute;n el dinero y deber&aacute;n contar con un capital y una reserva en dinero depositada en Salud M&iacute;a para responder por sus deudas.</p>

<p>La ley plantea que las Gestoras ser&aacute;n castigadas econ&oacute;micamente en funci&oacute;n de los resultados en salud, entre los cuales se consideran tanto la percepci&oacute;n de los usuarios acerca de los servicios ofrecidos as&iacute; como de la calidad y resultados obtenidos con estos.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Claudia:</p>

<p>En respuesta a su comentario, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley est&aacute; dise&ntilde;ado para la gente. Todas las medidas que incluye el Proyecto de Ley, incluso las de car&aacute;cter m&aacute;s financiero, &nbsp;buscan mejorar las condiciones de salud de la poblaci&oacute;n y garantizar el acceso oportuno a los servicios de salud. Dentro de los beneficios para los usuarios est&aacute;n la generaci&oacute;n de un plan m&aacute;s amplio de beneficios Mi Plan, la exigencia a los Gestores de Servicios de Salud de garantizar una red de servicios cercana a los usuarios y la ampliaci&oacute;n de la oferta de especialistas, entre otros beneficios</p>

<p>Lo invitamos a conocer los detalles de la reforma en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Reforma-a-la-salud-contenido.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Reforma-a-la-salud-contenido.aspx</a></p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
Buenas tardes.



Atentamente damos respuesta a su pregunta:



Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán del flujo de recursos del Sistema.



Cordial saludo,



Grupo de Atención al Ciudadano
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que este tema es competencia de los organismos de vigilancia y control, tales como la Superintendencia Nacional de Salud, la Procuradur&iacute;a, la Contraloria y la Fiscal&iacute;a, las cuales ya han realizado las investigaciones pertinentes.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
Buenas tardes sra. Flor:



Atentamente damos respuesta a su pregunta:



Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán del flujo de recursos del Sistema.



Cordial saludo,



Grupo de Atención al Ciudadano
Respuesta
<p>Buenos dias:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que de acuerdo con el Proyecto de Ley, la subordinaci&oacute;n del residente estar&aacute; referida exclusivamente a las actividades propias del programa de formaci&oacute;n, de acuerdo con las caracter&iacute;sticas de los servicios donde se desarrolle el mismo y dentro de los espacios y horarios que la instituci&oacute;n prestadora de servicios de salud disponga en el contrato respectivo.</p>

<p>El horario no podr&aacute; superar las 12 horas por turno y las 66 horas por semana. En caso de que el residente, de acuerdo con su programa acad&eacute;mico, realice rotaciones fuera de la instituci&oacute;n prestadora de servicios de salud con la que ha celebrado el contrato de pr&aacute;ctica formativa para residencia m&eacute;dica, la instituci&oacute;n<br />

contratante deber&aacute; mantener las condiciones de remuneraci&oacute;n y dem&aacute;s garant&iacute;as que determine la presente ley.</p>

<p>Lo invitamos&nbsp; a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesi&oacute;n plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a>.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Ram&iacute;rez:</p>

<p>En respuesta a su pregunta atentamente le informo que la posici&oacute;n del Ministerio, del Ministro y de todos sus funcionarios, tiene que ser de apego a la Constituci&oacute;n y a la legalidad. Lo anterior supone que el Ministerio no &ldquo;culpa a los trabajadores&rdquo; de un &ldquo;desfalco del sistema&rdquo;. La realidad es m&aacute;s compleja y existen elementos de juicio para pensar en m&uacute;ltiples responsabilidades cruzadas de muchos de los actores del sistema de salud, en los diversos descalabros.</p>

<p>Corresponde a las autoridades judiciales y administrativas de la Rep&uacute;blica establecer, en cada caso, las responsabilidades penales, disciplinaria, fiscales y de otro tipo en que puedan haber incurrido funcionarios, individuos e instituciones.</p>

<p>Las competencias de cada rama del poder p&uacute;blico y de los organismos de control est&aacute;n consagradas en la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, T&iacute;tulos V a X.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
Buenas tardes:



En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que las diferentes propuestas presentadas han sido estudiadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así, dentro del Proyecto de Ley 210 Senado / 147 Cámara se recogen algunos de los postulados de las demás iniciativas que fueron acumuladas para el debate. En el mismo sentido se han incorporado algunas de las observaciones que se han realizado dentro de los foros-audiencias que se han realizado al mencionado proyecto.



Gracias por su participación.



Cordial saludo,



Grupo de Atención al Ciudadano
Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de ley establece un plan de beneficios ampliado y la promoci&oacute;n de la competencia en el mercado farmac&eacute;utico como una forma de hacer un uso m&aacute;s eficiente de los recursos. Promover el uso de gen&eacute;ricos es promover la competencia y reducir el efecto de los monopolios y de la distorsi&oacute;n de las marcas en los procesos de atenci&oacute;n y gesti&oacute;n de servicios. Las pol&iacute;ticas de gen&eacute;ricos hacen parte de los elementos esenciales de las pol&iacute;ticas de acceso universal a la salud, pues reducen las distorsiones propias de la presi&oacute;n de la industria farmac&eacute;utica sobre los prestadores, prescriptores y usuarios.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Ram&iacute;rez.</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>

<p>No se trata de que el Ministerio de Salud vaya a &ldquo;regular la formaci&oacute;n de profesionales de salud&rdquo;. En primer lugar en Colombia existe, por mandato constitucional, la autonom&iacute;a universitaria y la m&aacute;xima autoridad reguladora en materia de educaci&oacute;n formal y no formal, es, sin ninguna duda, el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional, tal y como lo consagra la ley 30 de 1992.</p>

<p>Sin embargo, al Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social, como m&aacute;ximo organismo regulador del sector, s&iacute; le interesa intervenir en lo de su competencia, para promover la mayor oferta de especialistas, buscando habilitar nuevos espacios de formaci&oacute;n. Tal es la intenci&oacute;n del proyecto de ley aprobado por el Senado en la legislatura pasada.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Ord&oacute;&ntilde;ez.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relaci&oacute;n con los procesos de meritocracia para la elecci&oacute;n de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se hab&iacute;an contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selecci&oacute;n sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoci&oacute;n, con unos requisitos m&iacute;nimos para&nbsp; su desempe&ntilde;o, previa la aprobaci&oacute;n de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Funci&oacute;n P&uacute;blica. As&iacute;, quien sea nombrado deber&aacute; responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nomin&oacute;</p>

<p>Agrademos su participaci&oacute;n y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relaci&oacute;n con los procesos de meritocracia para la elecci&oacute;n de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se hab&iacute;an contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selecci&oacute;n sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoci&oacute;n, con unos requisitos m&iacute;nimos para&nbsp; su desempe&ntilde;o, previa la aprobaci&oacute;n de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Funci&oacute;n P&uacute;blica. As&iacute;, quien sea nombrado deber&aacute; responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nomin&oacute;.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
Buenas tardes:



En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” pretende la formalización de los trabajadores del sector salud. Por ello dota de facultades extraordinarias al Presidente de la República para que mediante normas con fuerza de ley regule dicho tema respetando los derechos adquiridos, propiciando condiciones dignas de trabajo y el adecuado bienestar social de los servidores públicos. Sin embargo, es preciso señalar que el proyecto de ley no tiene ninguna disposición que se refiera a los salarios de los profesionales de la salud.



Cordial saludo,



Grupo de Atención al Ciudadano
Respuesta
Buenas tardes.



En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:



Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.



Cordial saludo,



Grupo de Atención al Ciudadano

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Sandra.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relaci&oacute;n con los procesos de meritocracia para la elecci&oacute;n de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se hab&iacute;an contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selecci&oacute;n sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoci&oacute;n, con unos requisitos m&iacute;nimos para&nbsp; su desempe&ntilde;o, previa la aprobaci&oacute;n de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Funci&oacute;n P&uacute;blica. As&iacute;, quien sea nombrado deber&aacute; responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nomin&oacute;.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>

<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>

<p>Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectar&iacute;a tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del pa&iacute;s. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gesti&oacute;n integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendr&iacute;an los Gestores de Servicios de Salud estar&iacute;an las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representaci&oacute;n de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondr&aacute;n del flujo de recursos del Sistema.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el par&aacute;grafo 1 del art&iacute;culo 40 del Proyecto de Ley actualmente est&aacute; en discusi&oacute;n por los ponentes. Sin embargo, debe advertirse que lo que pretende la mencionada norma es establecer un t&eacute;rmino prudencial para que los Prestadores de Servicios de Salud radicaran las facturas por los servicios prestados. De otra parte, con la presentaci&oacute;n de la mencionada factura empezar&iacute;an a correr los t&eacute;rminos propios de la prescripci&oacute;n de este t&iacute;tulo valor.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>Atentamente le informamos que el Proyecto de Ley Estatutaria en revisi&oacute;n actualmente por la Corte Constitucional reconoce la incidencia que pueden tener los determinantes sociales en la salud y la necesidad de que los mismos dispongan de una fuente particular para su realizaci&oacute;n y as&iacute; concentrar los recursos que dispone el sistema para atenciones propias de la salud.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que si bien la reforma reconoce el derecho prevalente de los ni&ntilde;os, ni&ntilde;as y adolescentes en virtud de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, el plan de beneficios Mi-Plan se estructurar&aacute;&nbsp; atendiendo las necesidades de toda la poblaci&oacute;n. Para lograr lo anterior, se adelantar&aacute; una actualizaci&oacute;n integral del POS en el corto plazo que permita incluir los servicios y tecnolog&iacute;as que actualmente vienen siendo reconocidos por v&iacute;a recobros resultado de los CTC o la acci&oacute;n de tutela, y en el mediano y largo plazo mediante el mecanismo de priorizaci&oacute;n en el cual participaran los agentes y usuarios interesados.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Sandra:</p>

<p>Atentamente le informamos que el proyecto de ley establece un plan de beneficios ampliado y la promoci&oacute;n de la competencia en el mercado farmac&eacute;utico como una forma de hacer un uso m&aacute;s eficiente de los recursos. Promover el uso de gen&eacute;ricos es promover la competencia y reducir el efecto de los monopolios y de la distorsi&oacute;n de las marcas en los procesos de atenci&oacute;n y gesti&oacute;n de servicios. Las pol&iacute;ticas de gen&eacute;ricos hacen parte de los elementos esenciales de las pol&iacute;ticas de acceso universal a la salud pues reducen las distorsiones propias de la presi&oacute;n de la industria farmac&eacute;utica sobre los prestadores, prescriptores y usuarios.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el ejercicio de la acci&oacute;n de tutela consagrado en la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica no tendr&aacute; ninguna limitaci&oacute;n.&nbsp; El proyecto de ley no contempla disposiciones que restringa el uso de la acci&oacute;n por lo cual podr&aacute; ser utilizado cuando se vea violado el derecho fundamental a la salud o se amenace riesgo de vulneraci&oacute;n.</p>

<p>Agradecemos su colaboraci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos dias:</p>

<p>Atentamente le informamos que el plan de beneficios Mi-Plan se estructurar&aacute;&nbsp; atendiendo las necesidades de toda la poblaci&oacute;n. Para lograr lo anterior, se adelantar&aacute; una actualizaci&oacute;n integral del POS en el corto plazo que permita incluir los servicios y tecnolog&iacute;as que actualmente vienen siendo reconocidos por v&iacute;a recobros resultado de los CTC o la acci&oacute;n de tutela, y en el mediano y largo plazo mediante el mecanismo de priorizaci&oacute;n en el cual participaran los agentes y usuarios interesados.</p>

<p>As&iacute; mismo, con la reestructuraci&oacute;n de la Superintendencia de Salud se fortalecer&aacute; las acciones en inspecci&oacute;n, vigilancia y control frente a los agentes en casos como los que usted referencia.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informamos que el Proyecto nunca ha contemplado la formaci&oacute;n de especialista a trav&eacute;s de EPS. La propuesta de formaci&oacute;n de especialista por Hospitales Universitarios debidamente acreditados, en el &nbsp;proceso de discusi&oacute;n de la iniciativa &nbsp;est&aacute; siendo modificada por los ponentes con el fin de &nbsp;introducir criterios y requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas de especializaci&oacute;n m&eacute;dica dirigidos a fortalecer la relaci&oacute;n entre Instituciones de Educaci&oacute;n Superior y Instituci&oacute;n Prestadora de Servicios de Salud y garantizar mejores condiciones de calidad en la formaci&oacute;n m&eacute;dica especializada, entre otras.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sr. Ram&iacute;rez:</p>

<p>Atentamente le informamos que el proyecto de Ley contempla en diferentes apartes la promoci&oacute;n de la salud y la prevenci&oacute;n de la enfermedad. As&iacute;, se dispone de un capitulo que desarrolla la salud p&uacute;blica y atenci&oacute;n primaria. De igual forma, debe se&ntilde;alarse que una de las variables que determinan reconocimientos econ&oacute;micos a los Gestores de Servicios de Salud corresponde a las acciones que estos adelanten en promoci&oacute;n y prevenci&oacute;n de la poblaci&oacute;n a su cargo.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Mariana.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relaci&oacute;n con los procesos de meritocracia para la elecci&oacute;n de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se hab&iacute;an contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selecci&oacute;n sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoci&oacute;n, con unos requisitos m&iacute;nimos para&nbsp; su desempe&ntilde;o, previa la aprobaci&oacute;n de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Funci&oacute;n P&uacute;blica. As&iacute;, quien sea nombrado deber&aacute; responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nomin&oacute;.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Xiomara.</p>

<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>

<p>En el art&iacute;culo 19 del proyecto de reforma, se establece que Mi-Plan incorporar&aacute; los servicios y tecnolog&iacute;as de salud requeridos para la promoci&oacute;n de la salud, la prevenci&oacute;n, atenci&oacute;n y paliaci&oacute;n y la rehabilitaci&oacute;n.</p>

<p>Por otra parte, las exclusiones de las tecnolog&iacute;as de Mi Plan son aquellas que:</p>

<ol>

<li>

No se encuentran en el territorio colombiano,</li>

<li>

En fase de experimentaci&oacute;n,</li>

<li>

No ha sido autorizadas por autoridad competente,</li>

<li>

No son seguras y eficaces</li>

<li>

Y aquellas est&eacute;ticas.</li>

</ol>

<p>En dicho sentido las tecnolog&iacute;as que curan por definici&oacute;n podr&aacute;n ser parte de Mi Plan.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Sandra:</p>

<p>Atentamente le informamos que las enfermedades ruinosas o catastr&oacute;ficas no est&aacute;n excluidas de su cubrimiento por el sistema de salud. Igual sucede con los tratamientos (procedimientos, insumos y medicamentos) que se requieren para ello, salvo que estos no hayan sido aprobados para su uso en el pa&iacute;s, o que no haya sido demostrada su eficacia y seguridad. Lo anterior significa que cualquier usuario del sistema de salud tiene derecho a recibir atenci&oacute;n de manera gratuita para estas patolog&iacute;as, excepto por el pago de los copagos y las cuotas moderadoras, los cuales est&aacute;n exentos para personas de bajos ingresos calificadas como de SISBEN I o para poblaciones o actividades especiales como las dirigidas a la promoci&oacute;n y prevenci&oacute;n o a ni&ntilde;os.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>

<p>La corrupci&oacute;n es un problema que permea tanto a las instituciones privadas como p&uacute;blicas y para controlarla se incluyen medidas para fortalecer la Superintendencia Nacional de Salud y hacer m&aacute;s expeditos las actuaciones de esta entidad pero tambi&eacute;n se incluyen herramientas para alinear mejor los incentivos de los agentes, en especial de los gestores, para que su remuneraci&oacute;n&nbsp; dependa de los buenos resultados en salud en la poblaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informamos que el ejercicio de la acci&oacute;n de tutela consagrado en la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica no tendr&aacute; ninguna limitaci&oacute;n.&nbsp; El proyecto de ley no contempla disposiciones que restrinjan el uso de la acci&oacute;n por lo cual podr&aacute; ser utilizado cuando se vea violado el derecho fundamental a la salud o se amenace riesgo de vulneraci&oacute;n.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Fl&oacute;rez:</p>

<p>El Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social agradece sus comentarios sobre este tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as.</p>

<p>Atentamente le informamos que el proyecto de reforma no recorta el plan de ben&eacute;ficos actual; el punto de partida es lo que hoy se tiene incluido en el Plan Obligatorio de Salud. Adicionalmente, el proyecto de reforma define un plazo de tres a&ntilde;os para incluir o incorporar en forma gradual los servicios y tecnolog&iacute;as de salud que hoy se recobran. El proyecto de reforma avanza en la cobertura, en forma adicional define que lo que no est&aacute; incluido se financiar&aacute; con recursos del sistema de manera individual. Todo lo anterior quiere decir que la salud de los colombianos est&aacute; garantizada por diferentes mecanismos, siendo Mi-plan uno de ellos.</p>

<p>En relaci&oacute;n con las &ldquo;drogas gen&eacute;ricas&rdquo; el plan de beneficios actual est&aacute; definido por Principio Activo, forma farmac&eacute;utica y concentraci&oacute;n sin especificar marca, presentaci&oacute;n o casa comercial. En dicho sentido es el m&eacute;dico tratante es quien define que medicamento se le suministra al paciente, aspecto que se mantendr&aacute; en el proyecto de reforma.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sr. Ram&iacute;rez.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relaci&oacute;n con los procesos de meritocracia para la elecci&oacute;n de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se hab&iacute;an contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selecci&oacute;n sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoci&oacute;n, con unos requisitos m&iacute;nimos para&nbsp; su desempe&ntilde;o, previa la aprobaci&oacute;n de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Funci&oacute;n P&uacute;blica. As&iacute;, quien sea nombrado deber&aacute; responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nomin&oacute;.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informamos que el monto per c&aacute;pita por afiliado es la misma Unidad de Pago por Capitaci&oacute;n. Esta es la cifra que se le reconocer&aacute; a cada Gestor de Servicios de Salud por asumir el riesgo de hacerse cargo de la salud de sus afiliados, suma que a diferencia de las actuales EPS, permanecer&aacute; en una cuenta en Salud M&iacute;a para ser girada directamente a los Prestadores de Servicios de Salud que atiendan los afiliados.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as.</p>

<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>

<p>El art&iacute;culo &nbsp;21 del Proyecto de Ley define que la priorizaci&oacute;n de servicios y tecnolog&iacute;as se realizar&aacute; mediante un mecanismo t&eacute;cnico-cient&iacute;fico, de car&aacute;cter p&uacute;blico, colectivo, participativo y transparente que consulte la opini&oacute;n de los agentes y usuarios interesados, y que la decisi&oacute;n la tomar&aacute; el Ministerio de salud y Protecci&oacute;n Social.</p>

<p>Respecto de los servicios &ldquo;No incluidos&rdquo;, entendiendo que esto no se refieren a los excluidos en forma expl&iacute;cita, el proyecto de reforma establece que los servicios o tecnolog&iacute;as de salud que no hayan sido incorporados, podr&aacute;n ser financiados con recursos del Sistema de manera individual y transitoria bajo los precios y condiciones que determine este Ministerio.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
Buenas tardes sra. Sandra:



En primer lugar, el tema de integración vertical actualmente está siendo estudiando por los Ponentes al Proyecto de Ley. En cuanto a su pregunta, la razón por la cual se consideraría adecuado permitir la integración vertical en este nivel de atención, radica en que es una herramienta importante del Gestor de Servicios de salud para llevar a cabo la gestión del riesgo de la población a su cargo y en especial enfatizar en las acciones de promoción y prevención de carácter individual.



Gracias por su participación.



Cordial saludo,



Grupo de Atención al Ciudadano

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sr. Correa:</p>

<p>Atentamente le informamos que el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social ha acompa&ntilde;ado la construcci&oacute;n, discusi&oacute;n y aprobaci&oacute;n de la iniciativa. Por lo tanto ha escuchado y seguir&aacute; escuchando a los diferentes interesados en la propuesta.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>