por que no se realizan los analisis quimicos de metales pesados al agua de los afluentes del pais?
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por que no se realizan los analisis quimicos de metales pesados al agua de los afluentes del pais?
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Respuesta
<p>Sra.</p>
<p>Estos análisis si se realizan, la entidad encargada es el IDEAM la cual realiza los estudios ambientales y nacionales del agua en Colombia.</p>
<p>Esperamos que con esta respuesta hayan quedado resueltas sus inquietudes.</p>
<p>Estos análisis si se realizan, la entidad encargada es el IDEAM la cual realiza los estudios ambientales y nacionales del agua en Colombia.</p>
<p>Esperamos que con esta respuesta hayan quedado resueltas sus inquietudes.</p>
tengo 57.71 en puntaje sisben y mi hija obtuvo 323 en icfes, que debe hacer para acceder al subsidio ser pilo paga?
tengo 57.71 en puntaje sisben y mi hija obtuvo 323 en icfes, que debe hacer para acceder al subsidio ser pilo paga?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
La Convocatoria (2015) para acceder al Programa “Ser Pilo Paga 2” en 2016, está dirigida únicamente al grupo de jóvenes que cursaron y aprobaron grado 11 en el año 2015 y que presentaron las pruebas saber 11 el día 2 de agosto de 2015 y que cumplan en su totalidad con los tres requisitos exigidos:<br />
<br />
1. Puntaje Global Saber 11-ICFES igual o superior a 318 puntos.<br />
2. Puntaje específico de SISBEN según ubicación geográfica con el corte respectivo a 19 de junio de 2015, o registro en Base Censal del Ministerio del Interior con corte a 30 de junio de 2015 para el caso de la población indígena.<br />
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad (Programa en modalidad presencial ofertado en Sede acreditada).<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
La Convocatoria (2015) para acceder al Programa “Ser Pilo Paga 2” en 2016, está dirigida únicamente al grupo de jóvenes que cursaron y aprobaron grado 11 en el año 2015 y que presentaron las pruebas saber 11 el día 2 de agosto de 2015 y que cumplan en su totalidad con los tres requisitos exigidos:<br />
<br />
1. Puntaje Global Saber 11-ICFES igual o superior a 318 puntos.<br />
2. Puntaje específico de SISBEN según ubicación geográfica con el corte respectivo a 19 de junio de 2015, o registro en Base Censal del Ministerio del Interior con corte a 30 de junio de 2015 para el caso de la población indígena.<br />
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad (Programa en modalidad presencial ofertado en Sede acreditada).<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
como pide la libreta un joven de 18 años que ya es padre, y es hijo unico y tiene sisben y no es bachiller
como pide la libreta un joven de 18 años que ya es padre, y es hijo unico y tiene sisben y no es bachiller
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo luzmarinagamba@hotmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.
En próximas oportunidades puede comunicarse con nosotros al Grupo Atención y Orientación Ciudadana del Ministerio de Defensa Nacional en Bogotá Colombia al teléfono 2660295 o Línea Gratuita Nacional 018000913022 o escríbanos al correo usuarios@mindefensa.gov.co
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo luzmarinagamba@hotmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.
En próximas oportunidades puede comunicarse con nosotros al Grupo Atención y Orientación Ciudadana del Ministerio de Defensa Nacional en Bogotá Colombia al teléfono 2660295 o Línea Gratuita Nacional 018000913022 o escríbanos al correo usuarios@mindefensa.gov.co
una vivienda rematada en al año 2006 por el banco se puede volver a recuperar por los mismos dueños
Registrada:
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9605
una vivienda rematada en al año 2006 por el banco se puede volver a recuperar por los mismos dueños
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Respuesta
<p>Respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad pública del orden nacional que de acuerdo con las condiciones de acceso y financiación de vivienda, y de prestación de servicios públicos de agua potable y saneamiento básico, es responsable de formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia de vivienda urbana, agua potable y saneamiento básico, desarrollo territorial y urbano planificado del país y de la consolidación del sistema de ciudades, con patrones de uso eficiente y sostenible del suelo.</p>
<p>Por lo anterior, y en razón a las funciones legalmente establecidas como ente regulador, una de las herramientas con las que cuenta el Gobierno Nacional para la regulación de los instrumentos implementados de la Política Publica de Vivienda, es la Comisión Accidental del Congreso de la República, perteneciente a la Comisión Séptima. Esta instancia permite una revisión, regulación y control de las medidas que promueven el sector vivienda en busca de reducir el déficit habitacional en el país por expreso mandato expreso de la Ley 3 de 1992 (artículo 2).</p>
<p>Así mismo, la Constitución establece en su Artículo 6 que “Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones”; en tal virtud, el Ministerio ejerce las funciones que le han sido atribuidas mediante Artículo 1.1.1.1.1 del Decreto 1077 de 2015, sin que le sea posible definir controversias o interferir en asuntos de carácter particular y concreto.</p>
<p>Por lo anterior le sugerimos acudir a un consultorio juridico de cualquier universidad a nivel nacional que disponga de este servicio, donde le asesoran respecto a su situación en particular.</p>
<p>Por lo anterior, y en razón a las funciones legalmente establecidas como ente regulador, una de las herramientas con las que cuenta el Gobierno Nacional para la regulación de los instrumentos implementados de la Política Publica de Vivienda, es la Comisión Accidental del Congreso de la República, perteneciente a la Comisión Séptima. Esta instancia permite una revisión, regulación y control de las medidas que promueven el sector vivienda en busca de reducir el déficit habitacional en el país por expreso mandato expreso de la Ley 3 de 1992 (artículo 2).</p>
<p>Así mismo, la Constitución establece en su Artículo 6 que “Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones”; en tal virtud, el Ministerio ejerce las funciones que le han sido atribuidas mediante Artículo 1.1.1.1.1 del Decreto 1077 de 2015, sin que le sea posible definir controversias o interferir en asuntos de carácter particular y concreto.</p>
<p>Por lo anterior le sugerimos acudir a un consultorio juridico de cualquier universidad a nivel nacional que disponga de este servicio, donde le asesoran respecto a su situación en particular.</p>
puedo unir la pension de mi esposo con 750 semana en fondo privado con las de colpensiones de 1010 semanas
puedo unir la pension de mi esposo con 750 semana en fondo privado con las de colpensiones de 1010 semanas
Respuesta
<h2>
<span>Respetado (a) Ciudadano (a)</span></h2>
<h2>
<strong>En el entendido que se refiere a la pensión familiar, le informamos:</strong></h2>
<h2>
<strong>¿Quiénes pueden acceder a esta modalidad de pensión?</strong></h2>
<h2>
<strong>Los esposos o compañeros permanentes afiliados a Colpensiones o a un Fondo Privado de Pensiones que lleven al momento de solicitar la pensión familiar, más de (5) años de relación conyugal o convivencia permanente y que dicha relación haya iniciado antes de cumplir cada uno de los cónyuges o compañeros 55 años de edad.</strong></h2>
<h2>
<strong>¿Qué requisitos se deben cumplir?</strong></h2>
<h2>
<strong>Si están afiliados a Colpensiones, deberán cumplir en el 2014 con los siguientes:</strong></h2>
<h2>
<strong>1. Si es hombre haber cumplido 62 años de edad y haber cotizado menos de 1275 semanas. Si es mujer, haber cumplido 57 años de edad y no haber alcanzado a cotizar 1275 semanas. En los dos casos, no haber recibido indemnización sustitutiva.</strong></h2>
<h2>
<strong>2. Que las semanas cotizadas entre los dos esposos o compañeros, sea igual o superior a 1.275 semanas.</strong></h2>
<h2>
<strong>3. Que al haber cumplido 45 años de edad, haya cotizado el 25% de las semanas requeridas para pensionarse en esa época, es decir, a manera de ejemplo, si en el año 2005 cumplió 45 años de edad, debió tener cotizado 262.5 semanas; si fue en el año 2010, 293.75 semanas y si es en 2014, 318.75 semanas.</strong></h2>
<h2>
<strong>4. Encontrarse dentro de los niveles I o II de SISBEN al momento de cumplir la edad de pensión.</strong></h2>
<h2>
<strong>Si están afiliados a un Fondo de Pensiones Privado, deberán cumplir los siguientes:</strong></h2>
<h2>
<strong>1. Estar afiliados al mismo fondo de pensiones</strong></h2>
<h2>
<strong>2. Haber cumplido (62) años de edad si es hombre y (57) si es mujer y no haber alcanzado a acumular el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo.</strong></h2>
<h2>
<strong>¿Qué pasa si mi cónyuge o compañero está afiliado a un fondo de pensiones privado diferente al mío?</strong></h2>
<h2>
<strong>Si cumple los demás requisitos pueden acceder a la pensión familiar, a través del fondo de pensiones en el cual se tenga mayor saldo ahorrado, para lo cual deberán solicitar el traslado de fondo.</strong></h2>
<h2>
</h2>
<h2>
Atentamente,</h2>
<p><strong>Grupo de Atención al Ciudadano</strong></p>
<p><strong>Ministerio del Trabajo</strong></p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<span>Respetado (a) Ciudadano (a)</span></h2>
<h2>
<strong>En el entendido que se refiere a la pensión familiar, le informamos:</strong></h2>
<h2>
<strong>¿Quiénes pueden acceder a esta modalidad de pensión?</strong></h2>
<h2>
<strong>Los esposos o compañeros permanentes afiliados a Colpensiones o a un Fondo Privado de Pensiones que lleven al momento de solicitar la pensión familiar, más de (5) años de relación conyugal o convivencia permanente y que dicha relación haya iniciado antes de cumplir cada uno de los cónyuges o compañeros 55 años de edad.</strong></h2>
<h2>
<strong>¿Qué requisitos se deben cumplir?</strong></h2>
<h2>
<strong>Si están afiliados a Colpensiones, deberán cumplir en el 2014 con los siguientes:</strong></h2>
<h2>
<strong>1. Si es hombre haber cumplido 62 años de edad y haber cotizado menos de 1275 semanas. Si es mujer, haber cumplido 57 años de edad y no haber alcanzado a cotizar 1275 semanas. En los dos casos, no haber recibido indemnización sustitutiva.</strong></h2>
<h2>
<strong>2. Que las semanas cotizadas entre los dos esposos o compañeros, sea igual o superior a 1.275 semanas.</strong></h2>
<h2>
<strong>3. Que al haber cumplido 45 años de edad, haya cotizado el 25% de las semanas requeridas para pensionarse en esa época, es decir, a manera de ejemplo, si en el año 2005 cumplió 45 años de edad, debió tener cotizado 262.5 semanas; si fue en el año 2010, 293.75 semanas y si es en 2014, 318.75 semanas.</strong></h2>
<h2>
<strong>4. Encontrarse dentro de los niveles I o II de SISBEN al momento de cumplir la edad de pensión.</strong></h2>
<h2>
<strong>Si están afiliados a un Fondo de Pensiones Privado, deberán cumplir los siguientes:</strong></h2>
<h2>
<strong>1. Estar afiliados al mismo fondo de pensiones</strong></h2>
<h2>
<strong>2. Haber cumplido (62) años de edad si es hombre y (57) si es mujer y no haber alcanzado a acumular el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo.</strong></h2>
<h2>
<strong>¿Qué pasa si mi cónyuge o compañero está afiliado a un fondo de pensiones privado diferente al mío?</strong></h2>
<h2>
<strong>Si cumple los demás requisitos pueden acceder a la pensión familiar, a través del fondo de pensiones en el cual se tenga mayor saldo ahorrado, para lo cual deberán solicitar el traslado de fondo.</strong></h2>
<h2>
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<h2>
Atentamente,</h2>
<p><strong>Grupo de Atención al Ciudadano</strong></p>
<p><strong>Ministerio del Trabajo</strong></p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
COMO SOLICITO LA LIBRETA PARA UN JOVEN DE 18 AÑOS QUE TIENE SISBEN ES HIJO UNICO Y YA ES PADRE DE FAMILIA ?
COMO SOLICITO LA LIBRETA PARA UN JOVEN DE 18 AÑOS QUE TIENE SISBEN ES HIJO UNICO Y YA ES PADRE DE FAMILIA ?
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo luzmarinagamba@hotmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.
En próximas oportunidades puede comunicarse con nosotros al Grupo Atención y Orientación Ciudadana del Ministerio de Defensa Nacional en Bogotá Colombia al teléfono 2660295 o Línea Gratuita Nacional 018000913022 o correo usuarios@mindefensa.gov.co
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Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.
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Puedo suspender mi crédito de matricula con el icetex y adquirir uno por sostenimiento por el resto de mi carrera?
Puedo suspender mi crédito de matricula con el icetex y adquirir uno por sostenimiento por el resto de mi carrera?
Respuesta
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Estimado ciudadano,</div>
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Atentamente, me permito informale que es necesario que se dirija directamente al ICETEX, para que ellos revisen la situación particular de su caso y procedan a remitirle una respuesta oportuna; mayor informaciíon en la página web: www.icetex.gov.co</div>
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Cordial saludo,</div>
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Unidad de Atención al Ciudadano</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano,</div>
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Atentamente, me permito informale que es necesario que se dirija directamente al ICETEX, para que ellos revisen la situación particular de su caso y procedan a remitirle una respuesta oportuna; mayor informaciíon en la página web: www.icetex.gov.co</div>
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Cordial saludo,</div>
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Unidad de Atención al Ciudadano</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Por que las personas ya propietarias tienes derechos a vivienda gratuita y además dan en arriendo dichas viviendas.
Por que las personas ya propietarias tienes derechos a vivienda gratuita y además dan en arriendo dichas viviendas.
Respuesta
<p>Buen día, al respecto es importante tener en cuenta lo dispuesto en el <strong>ARTÍCULO </strong><strong>2.1.1.2.1.2.9 del Decreto 1077 de 2015</strong><strong> "<em>Rechazo de la postulación.</em></strong> FONVIVIENDA rechazará las postulaciones de los hogares que presenten alguna de las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left: 18pt;">a) Que el postulante comparta el mismo hogar potencial beneficiario con otro postulante. En este caso se aceptará la primera postulación y se rechazarán las posteriores;</p>
<p style="margin-left: 18pt;">b) Que alguno de los miembros del hogar postulante haya sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda con el cual haya adquirido una vivienda o construido una solución habitacional, aun cuando la vivienda haya sido transferida, es decir, cuando el subsidio familiar de vivienda haya sido efectivamente aplicado en una solución de vivienda;</p>
<p style="margin-left: 18pt;">c) Que alguno de los miembros del hogar sea propietario de una o más viviendas;</p>
<p style="margin-left: 18pt;">d) Que alguno de los miembros del hogar haya sido sancionado conforme a lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley 3ª de 1991 o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.</p>
<p><strong>Parágrafo 1°.</strong> Las causales de rechazo señaladas en los literales b) y c) no aplicarán cuando el beneficiario haya perdido la vivienda por imposibilidad de pago del crédito con el cual la adquirió, ni cuando la vivienda haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable a consecuencia de desastres naturales, calamidades públicas, emergencias, o atentados terroristas."</p>
<p>Si lo anterior no se cumplió dentro del proceso de asignación de una vivienda gratis, usted puede presentar la respectiva denuncia ante la entidad otorgante, es decir ante el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA adjuntando los soportes que evidencien el hecho. Esto lo puede hacer en la Calle 18 # 7-59 en Bogotá o a través de correo electrónico al correo correspondencia@minvivienda.gov.co o al fax (1)817327.</p>
<p style="margin-left: 18pt;">a) Que el postulante comparta el mismo hogar potencial beneficiario con otro postulante. En este caso se aceptará la primera postulación y se rechazarán las posteriores;</p>
<p style="margin-left: 18pt;">b) Que alguno de los miembros del hogar postulante haya sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda con el cual haya adquirido una vivienda o construido una solución habitacional, aun cuando la vivienda haya sido transferida, es decir, cuando el subsidio familiar de vivienda haya sido efectivamente aplicado en una solución de vivienda;</p>
<p style="margin-left: 18pt;">c) Que alguno de los miembros del hogar sea propietario de una o más viviendas;</p>
<p style="margin-left: 18pt;">d) Que alguno de los miembros del hogar haya sido sancionado conforme a lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley 3ª de 1991 o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.</p>
<p><strong>Parágrafo 1°.</strong> Las causales de rechazo señaladas en los literales b) y c) no aplicarán cuando el beneficiario haya perdido la vivienda por imposibilidad de pago del crédito con el cual la adquirió, ni cuando la vivienda haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable a consecuencia de desastres naturales, calamidades públicas, emergencias, o atentados terroristas."</p>
<p>Si lo anterior no se cumplió dentro del proceso de asignación de una vivienda gratis, usted puede presentar la respectiva denuncia ante la entidad otorgante, es decir ante el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA adjuntando los soportes que evidencien el hecho. Esto lo puede hacer en la Calle 18 # 7-59 en Bogotá o a través de correo electrónico al correo correspondencia@minvivienda.gov.co o al fax (1)817327.</p>
cuando se va a formalizar a los empleado del sector salud que tenemos casi 4 años trabajando con contratos cortos
cuando se va a formalizar a los empleado del sector salud que tenemos casi 4 años trabajando con contratos cortos
Respuesta
<h2>
Respetado (a) Ciudadano (a)</h2>
<p>En relación con la búsqueda de empleo le informamos que de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Usted puede ingresar para mayo información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
Respetado (a) Ciudadano (a)</h2>
<p>En relación con la búsqueda de empleo le informamos que de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Usted puede ingresar para mayo información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
Buenas tardes mi pregunta es que posibilidad hay para adquirir un subsidio de vivienda. GRACIAS
Registrada:
Código:
9599
Buenas tardes mi pregunta es que posibilidad hay para adquirir un subsidio de vivienda. GRACIAS
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9599
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
¿Se me perdió la libreta y necesito conseguir trabajo que debo hacer, mientras hago el tramite de duplicado, tengouncer?
¿Se me perdió la libreta y necesito conseguir trabajo que debo hacer, mientras hago el tramite de duplicado, tengouncer?
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo crodriguez-cabrera@misena.edu.co
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.
En próximas oportunidades puede comunicarse con nosotros al Grupo Atención y Orientación Ciudadana del Ministerio de Defensa Nacional en Bogotá Colombia al teléfono 2660295 o Línea Gratuita Nacional 018000913022
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo crodriguez-cabrera@misena.edu.co
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.
En próximas oportunidades puede comunicarse con nosotros al Grupo Atención y Orientación Ciudadana del Ministerio de Defensa Nacional en Bogotá Colombia al teléfono 2660295 o Línea Gratuita Nacional 018000913022
yo solicite el subcidio de vivienda y no me fue posible utilizarlo y ahora quiero hacer solicitud con el fna si es posib
yo solicite el subcidio de vivienda y no me fue posible utilizarlo y ahora quiero hacer solicitud con el fna si es posib
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su pregunta, atentamente le solicitamos remitir sus datos personales (nombre completo, tipo y número de documento de identidad y dirección de residencia), lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud y basados en los diferentes modulos de consulta de la Entidad. </p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N° 7 – 49 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
<p>Usted puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al teléfono (1)4897976 o a la Línea gratuita nacional 01 8000 516 201, donde nuestros asesores estarán prestos a brindar información respecto a sus inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda.</p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N° 7 – 49 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
<p>Usted puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al teléfono (1)4897976 o a la Línea gratuita nacional 01 8000 516 201, donde nuestros asesores estarán prestos a brindar información respecto a sus inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda.</p>
llevo 2 meses en la empresa ya puedo realizar papeles para el programa mi casa ya
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llevo 2 meses en la empresa ya puedo realizar papeles para el programa mi casa ya
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9595
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000). ·Que no sean propietarios de vivienda. ·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés. ·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado). ·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>El banco en el cual tome el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa. Por lo anterior le sugerimos acudir a la entidad financiera de su preferencia o al Fondo Nacional del Ahorro donde le brindaran mayor información al respecto.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000). ·Que no sean propietarios de vivienda. ·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés. ·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado). ·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>El banco en el cual tome el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa. Por lo anterior le sugerimos acudir a la entidad financiera de su preferencia o al Fondo Nacional del Ahorro donde le brindaran mayor información al respecto.</p>
En progr SERPILOPAGA2 puedo cambiarme de la Formac Profesional escogida para el 2016 sem 1 y continuar beneficios beca?
En progr SERPILOPAGA2 puedo cambiarme de la Formac Profesional escogida para el 2016 sem 1 y continuar beneficios beca?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Sí, puede cambiar de Programa Académico o de Institución de Educación Superior por una sola vez y dentro de los dos (2) primeros semestres. El Reglamento Operativo del Programa Ser Pilo Paga 2 establece que se aceptarán cambios de programa académico o de Institución de Educación Superior por una sola vez, siempre y cuando:</p>
<p><br />
• La duración total del nuevo programa no supere la del programa para el cual se otorgó el crédito inicialmente<br />
• El valor total del nuevo programa, no exceda el 20% del valor total del programa inicial en el cual se otorgó el crédito<br />
Los periodos académicos adicionales que conlleve el cambio de programa o de Institución de Educación Superior, deberán ser financiados con recursos propios del beneficiario.</p>
<p><br />
Para solicitar el cambio de programa académico, el beneficiario deberá presentar y culminar satisfactoriamente el proceso de selección en el nuevo programa curricular de su interés según los requisitos y procesos de la Institución de Educación Superior acreditadas en alta calidad donde se presente como aspirante. Deberá informar oportunamente, mediante comunicación escrita a la Institución de Educación Superior donde le fue aprobado el crédito y al ICETEX (dirigida a atención al ciudadano del ICETEX), su intención y los motivos que ocasionan el cambio.</p>
<p><br />
Para quienes legalicen satisfactoriamente el cambio de programa curricular, el ICETEX continuará girando el valor de la matrícula a la IES en la que se aprueba el cambio y el apoyo de sostenimiento al beneficiario, hasta completar la totalidad de giros correspondientes a la duración de Programa Curricular con el que se aprobó inicialmente el crédito. Una vez culminados estos desembolsos y no antes, los periodos adicionales por pérdida de semestre o por cambio de programa curricular deberán ser cancelados por el usuario.</p>
<p><br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Sí, puede cambiar de Programa Académico o de Institución de Educación Superior por una sola vez y dentro de los dos (2) primeros semestres. El Reglamento Operativo del Programa Ser Pilo Paga 2 establece que se aceptarán cambios de programa académico o de Institución de Educación Superior por una sola vez, siempre y cuando:</p>
<p><br />
• La duración total del nuevo programa no supere la del programa para el cual se otorgó el crédito inicialmente<br />
• El valor total del nuevo programa, no exceda el 20% del valor total del programa inicial en el cual se otorgó el crédito<br />
Los periodos académicos adicionales que conlleve el cambio de programa o de Institución de Educación Superior, deberán ser financiados con recursos propios del beneficiario.</p>
<p><br />
Para solicitar el cambio de programa académico, el beneficiario deberá presentar y culminar satisfactoriamente el proceso de selección en el nuevo programa curricular de su interés según los requisitos y procesos de la Institución de Educación Superior acreditadas en alta calidad donde se presente como aspirante. Deberá informar oportunamente, mediante comunicación escrita a la Institución de Educación Superior donde le fue aprobado el crédito y al ICETEX (dirigida a atención al ciudadano del ICETEX), su intención y los motivos que ocasionan el cambio.</p>
<p><br />
Para quienes legalicen satisfactoriamente el cambio de programa curricular, el ICETEX continuará girando el valor de la matrícula a la IES en la que se aprueba el cambio y el apoyo de sostenimiento al beneficiario, hasta completar la totalidad de giros correspondientes a la duración de Programa Curricular con el que se aprobó inicialmente el crédito. Una vez culminados estos desembolsos y no antes, los periodos adicionales por pérdida de semestre o por cambio de programa curricular deberán ser cancelados por el usuario.</p>
<p><br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Respuesta
<p>Buenas tardes</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010782802">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010782802</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010782802">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010782802</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana</p>
Respuesta
<p>Buenas tardes Yasmid</p>
<p>Para afiliarse al Fondo Nacional del Ahorro, podrás hacerlo a través de cualquiera de las oficinas de atención del FNA. En este caso sólo debo consignar el AHORRO con el código de barras y Número de Cédula, preferiblemente en la fecha exacta o máximo 2 días antes a la fecha que haya escogido para consignarlo.</p>
<p>Los afiliados no podrán tener más de un contrato de AHORRO Voluntario vigente con el Fondo Nacional del AHORRO.</p>
<p>Los aportes debo efectuarlos durante 12 meses de manera consecutiva, ya sea semanal, quincenal o mensual de acuerdo a mis posibilidades. De esta forma podré acceder al crédito para vivienda y a los intereses a favor cuando haya cumplido el puntaje necesario (400 puntos), el cual se obtiene realizando mi consignación por el valor acordado y en la fecha escogida.</p>
<p>Para una mayor información sobre el tema en particular, te invitamos que ingreses a http://fna.gov.co/wps/portal/inicio/ahorro_voluntario/afiliacion, allí encontrarás todas las condiciones y requisitos para afiliarte al Fondo y comenzar con el ahorro voluntario.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p>Para afiliarse al Fondo Nacional del Ahorro, podrás hacerlo a través de cualquiera de las oficinas de atención del FNA. En este caso sólo debo consignar el AHORRO con el código de barras y Número de Cédula, preferiblemente en la fecha exacta o máximo 2 días antes a la fecha que haya escogido para consignarlo.</p>
<p>Los afiliados no podrán tener más de un contrato de AHORRO Voluntario vigente con el Fondo Nacional del AHORRO.</p>
<p>Los aportes debo efectuarlos durante 12 meses de manera consecutiva, ya sea semanal, quincenal o mensual de acuerdo a mis posibilidades. De esta forma podré acceder al crédito para vivienda y a los intereses a favor cuando haya cumplido el puntaje necesario (400 puntos), el cual se obtiene realizando mi consignación por el valor acordado y en la fecha escogida.</p>
<p>Para una mayor información sobre el tema en particular, te invitamos que ingreses a http://fna.gov.co/wps/portal/inicio/ahorro_voluntario/afiliacion, allí encontrarás todas las condiciones y requisitos para afiliarte al Fondo y comenzar con el ahorro voluntario.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
que posibilidad hay de auxilios para estudiantes que salieron en el 2011, y ya no pueden acceder al beneficio de ser pil
que posibilidad hay de auxilios para estudiantes que salieron en el 2011, y ya no pueden acceder al beneficio de ser pil
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Desde el Ministerio de Educación Nacional se hacen grandes esfuerzos por atender las necesidades de los colombianos en temas de educación; en este sentido me permito informarle que en articulación con el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación, la más recientes denominada “Tú Eliges”<br />
<br />
<br />
Dicha línea fue lanzada el 21 de Mayo por El Presidente de la República Juan Manuel Santos, en compañía de la Ministra de Educación Gina Parody y del Presidente del ICETEX Fernando Rodríguez, ,mediante esta nueva línea de crédito sé cubre la totalidad de la matrícula y ofrece cinco nuevas modalidades de pago. Es importante resaltar que las nuevas líneas de crédito:<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 0% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y puntaje de la Prueba Saber 11 igual o superior a 310 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 10% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y puntaje de la Prueba Saber 11 igual o superior a 310 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 25% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y el puntaje de la Prueba Saber 11 será igual o superior a 280 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 50% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a todos los jóvenes colombianos sin importar puntaje de SISBEN y se tendrá en cuenta que el puntaje de la Prueba Saber 11 sea igual o superior a 280 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 100% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a todos los jóvenes colombianos y se tendrá en cuenta el puntaje de la Prueba Saber 11 que deberá ser igual o superior a 280.<br />
<br />
Es importante tener en cuenta que las personas que cumplan punto de corte del SISBEN establecido por el Ministerio de Educación Nacional obtendrán adicionalmente los siguientes beneficios:<br />
<br />
1. Condonación del 25% del crédito como requisito único su graduación.<br />
2. Subsidio de sostenimiento<br />
3. Subsidio a la tasa.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Desde el Ministerio de Educación Nacional se hacen grandes esfuerzos por atender las necesidades de los colombianos en temas de educación; en este sentido me permito informarle que en articulación con el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación, la más recientes denominada “Tú Eliges”<br />
<br />
<br />
Dicha línea fue lanzada el 21 de Mayo por El Presidente de la República Juan Manuel Santos, en compañía de la Ministra de Educación Gina Parody y del Presidente del ICETEX Fernando Rodríguez, ,mediante esta nueva línea de crédito sé cubre la totalidad de la matrícula y ofrece cinco nuevas modalidades de pago. Es importante resaltar que las nuevas líneas de crédito:<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 0% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y puntaje de la Prueba Saber 11 igual o superior a 310 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 10% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y puntaje de la Prueba Saber 11 igual o superior a 310 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 25% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y el puntaje de la Prueba Saber 11 será igual o superior a 280 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 50% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a todos los jóvenes colombianos sin importar puntaje de SISBEN y se tendrá en cuenta que el puntaje de la Prueba Saber 11 sea igual o superior a 280 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 100% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a todos los jóvenes colombianos y se tendrá en cuenta el puntaje de la Prueba Saber 11 que deberá ser igual o superior a 280.<br />
<br />
Es importante tener en cuenta que las personas que cumplan punto de corte del SISBEN establecido por el Ministerio de Educación Nacional obtendrán adicionalmente los siguientes beneficios:<br />
<br />
1. Condonación del 25% del crédito como requisito único su graduación.<br />
2. Subsidio de sostenimiento<br />
3. Subsidio a la tasa.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
¿Una persona que no realiza las pruebas ICFES por primera vez puede acceder a la beca?
Registrada:
Código:
9589
¿Una persona que no realiza las pruebas ICFES por primera vez puede acceder a la beca?
Registrada:
Código:
9589
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
La Convocatoria (2015) para acceder al Programa “Ser Pilo Paga 2” en 2016, está dirigida únicamente al grupo de jóvenes que cursaron y aprobaron grado 11 en el año 2015 y que presentaron las pruebas saber 11 el día 2 de agosto de 2015 y que cumplan en su totalidad con los tres requisitos exigidos:<br />
<br />
1. Puntaje Global Saber 11-ICFES igual o superior a 318 puntos.<br />
2. Puntaje específico de SISBEN según ubicación geográfica con el corte respectivo a 19 de junio de 2015, o registro en Base Censal del Ministerio del Interior con corte a 30 de junio de 2015 para el caso de la población indígena.<br />
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad (Programa en modalidad presencial ofertado en Sede acreditada).<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
La Convocatoria (2015) para acceder al Programa “Ser Pilo Paga 2” en 2016, está dirigida únicamente al grupo de jóvenes que cursaron y aprobaron grado 11 en el año 2015 y que presentaron las pruebas saber 11 el día 2 de agosto de 2015 y que cumplan en su totalidad con los tres requisitos exigidos:<br />
<br />
1. Puntaje Global Saber 11-ICFES igual o superior a 318 puntos.<br />
2. Puntaje específico de SISBEN según ubicación geográfica con el corte respectivo a 19 de junio de 2015, o registro en Base Censal del Ministerio del Interior con corte a 30 de junio de 2015 para el caso de la población indígena.<br />
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad (Programa en modalidad presencial ofertado en Sede acreditada).<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
por que a las multinacionales tienen mas derechos que los nacionales sobre los recursos mineros?
Registrada:
Código:
9587
por que a las multinacionales tienen mas derechos que los nacionales sobre los recursos mineros?
Registrada:
Código:
9587
Respuesta
<p>Respetado señor Largo Suarez.</p>
<p>De manera atenta, de acuerdo a sus planteamientos, por el cual en sus apartes</p>
<p> </p>
<p>Este despacho se permite dar respuesta en los siguientes términos:</p>
<p>De conformidad con la ley 685 de 2001, el derecho a explorar y, a explotar</p>
<p>minerales, lo pueden desarrollar tantos los nacionales como los extranjeros, bajo</p>
<p>los procedimientos de la norma anteriormente citada, por el cual a modo de</p>
<p>ampliar y explicar a sus inquietudes, literalmente transcribimos los procedimientos</p>
<p>legales que se encuentran descritos en los artículos que a continuación</p>
<p>relacionamos:</p>
<p> </p>
<p>ART|CULO 6o. INALIENABILIDAD E IMPRESCRIPTIBILIDAD. La propiedad estatal de los recursos</p>
<p>naturales no renovables es inalienable e imprescriptible. Elderecho a explorafos y explotarlos sólo se</p>
<p>adquiere mediante el otorgamiento de los títulos enumerados en el articulo 14 de este Código.</p>
<p>Ninguna actividad de prospección, exploración o explotación o de posesión material de dichos</p>
<p>recursos, sea cual fuere su antigüedad, duración o caracteristicas, conferirá derecho o prelación</p>
<p>alguna para adquirir el titulo minero o para oponerse a propuestas de terceros.</p>
<p> </p>
<p>CAPITULO II.</p>
<p>DERECHO A EXPLORAR Y EXPLOTAR.</p>
<p>ARTICULO 14. TITULO MINERO. A partir de la vigencia de este Código, únicamente se podrá</p>
<p>constituir, declarar y probar el derecho a explorar y explotar minas de propiedad estatal, mediante el</p>
<p>contrato de concesión minera, debidamente otorgado e inscrito en el Registro Minero Nacronal.</p>
<p>Lo dispuesto en el presente artículo deja a salvo los derechos provenientes de las licencias de</p>
<p>exploracón, permisos o licencias de explotación, contratos de explotación y contratos celebrados</p>
<p>sobre áreas de aporte, vigentes al entrar a regir este Código. lgualmente quedan a salvo las de minas perfeccionadas antes de la vigencia del presente estatuto.</p>
<p>ARI|CULO 18. PERSONAS EXTRANJERAS. Las personas naturales y jurídicas extranjeras, como</p>
<p>proponentes o contratistas de concesiones mineras, tendrán los mismos derechos y obligaciones que</p>
<p>los nacionales colombianos. Las autoridades minera v ambiental no podrán. En el ámbito de sus</p>
<p>competencias exigirles requisitos, condiciones y formalidades adicionales o diferentes salvo las expresamente señaladas en este código.</p>
<p>De manera atenta, de acuerdo a sus planteamientos, por el cual en sus apartes</p>
<p> </p>
<p>Este despacho se permite dar respuesta en los siguientes términos:</p>
<p>De conformidad con la ley 685 de 2001, el derecho a explorar y, a explotar</p>
<p>minerales, lo pueden desarrollar tantos los nacionales como los extranjeros, bajo</p>
<p>los procedimientos de la norma anteriormente citada, por el cual a modo de</p>
<p>ampliar y explicar a sus inquietudes, literalmente transcribimos los procedimientos</p>
<p>legales que se encuentran descritos en los artículos que a continuación</p>
<p>relacionamos:</p>
<p> </p>
<p>ART|CULO 6o. INALIENABILIDAD E IMPRESCRIPTIBILIDAD. La propiedad estatal de los recursos</p>
<p>naturales no renovables es inalienable e imprescriptible. Elderecho a explorafos y explotarlos sólo se</p>
<p>adquiere mediante el otorgamiento de los títulos enumerados en el articulo 14 de este Código.</p>
<p>Ninguna actividad de prospección, exploración o explotación o de posesión material de dichos</p>
<p>recursos, sea cual fuere su antigüedad, duración o caracteristicas, conferirá derecho o prelación</p>
<p>alguna para adquirir el titulo minero o para oponerse a propuestas de terceros.</p>
<p> </p>
<p>CAPITULO II.</p>
<p>DERECHO A EXPLORAR Y EXPLOTAR.</p>
<p>ARTICULO 14. TITULO MINERO. A partir de la vigencia de este Código, únicamente se podrá</p>
<p>constituir, declarar y probar el derecho a explorar y explotar minas de propiedad estatal, mediante el</p>
<p>contrato de concesión minera, debidamente otorgado e inscrito en el Registro Minero Nacronal.</p>
<p>Lo dispuesto en el presente artículo deja a salvo los derechos provenientes de las licencias de</p>
<p>exploracón, permisos o licencias de explotación, contratos de explotación y contratos celebrados</p>
<p>sobre áreas de aporte, vigentes al entrar a regir este Código. lgualmente quedan a salvo las de minas perfeccionadas antes de la vigencia del presente estatuto.</p>
<p>ARI|CULO 18. PERSONAS EXTRANJERAS. Las personas naturales y jurídicas extranjeras, como</p>
<p>proponentes o contratistas de concesiones mineras, tendrán los mismos derechos y obligaciones que</p>
<p>los nacionales colombianos. Las autoridades minera v ambiental no podrán. En el ámbito de sus</p>
<p>competencias exigirles requisitos, condiciones y formalidades adicionales o diferentes salvo las expresamente señaladas en este código.</p>
por que a los nacionales se les hace tan complicado para licencias de mineria para venta de metales?
Registrada:
Código:
9586
por que a los nacionales se les hace tan complicado para licencias de mineria para venta de metales?
Registrada:
Código:
9586
Respuesta
<p>Respetado señor Largo Suarez.</p>
<p>De manera atenta, de acuerdo a sus planteamientos, por el cual en sus apartes</p>
<p> </p>
<p>Este despacho se permite dar respuesta en los siguientes términos:</p>
<p>De conformidad con la ley 685 de 2001, el derecho a explorar y, a explotar</p>
<p>minerales, lo pueden desarrollar tantos los nacionales como los extranjeros, bajo</p>
<p>los procedimientos de la norma anteriormente citada, por el cual a modo de</p>
<p>ampliar y explicar a sus inquietudes, literalmente transcribimos los procedimientos</p>
<p>legales que se encuentran descritos en los artículos que a continuación</p>
<p>relacionamos:</p>
<p> </p>
<p>ART|CULO 6o. INALIENABILIDAD E IMPRESCRIPTIBILIDAD. La propiedad estatal de los recursos</p>
<p>naturales no renovables es inalienable e imprescriptible. Elderecho a explorafos y explotarlos sólo se</p>
<p>adquiere mediante el otorgamiento de los títulos enumerados en el articulo 14 de este Código.</p>
<p>Ninguna actividad de prospección, exploración o explotación o de posesión material de dichos</p>
<p>recursos, sea cual fuere su antigüedad, duración o caracteristicas, conferirá derecho o prelación</p>
<p>alguna para adquirir el titulo minero o para oponerse a propuestas de terceros.</p>
<p> </p>
<p>CAPITULO II.</p>
<p>DERECHO A EXPLORAR Y EXPLOTAR.</p>
<p>ARTICULO 14. TITULO MINERO. A partir de la vigencia de este Código, únicamente se podrá</p>
<p>constituir, declarar y probar el derecho a explorar y explotar minas de propiedad estatal, mediante el</p>
<p>contrato de concesión minera, debidamente otorgado e inscrito en el Registro Minero Nacronal.</p>
<p>Lo dispuesto en el presente artículo deja a salvo los derechos provenientes de las licencias de</p>
<p>exploracón, permisos o licencias de explotación, contratos de explotación y contratos celebrados</p>
<p>sobre áreas de aporte, vigentes al entrar a regir este Código. lgualmente quedan a salvo las de minas perfeccionadas antes de la vigencia del presente estatuto.</p>
<p>ARI|CULO 18. PERSONAS EXTRANJERAS. Las personas naturales y jurídicas extranjeras, como</p>
<p>proponentes o contratistas de concesiones mineras, tendrán los mismos derechos y obligaciones que</p>
<p>los nacionales colombianos. Las autoridades minera v ambiental no podrán. En el ámbito de sus</p>
<p>competencias exigirles requisitos, condiciones y formalidades adicionales o diferentes Salvo las</p>
<p>De manera atenta, de acuerdo a sus planteamientos, por el cual en sus apartes</p>
<p> </p>
<p>Este despacho se permite dar respuesta en los siguientes términos:</p>
<p>De conformidad con la ley 685 de 2001, el derecho a explorar y, a explotar</p>
<p>minerales, lo pueden desarrollar tantos los nacionales como los extranjeros, bajo</p>
<p>los procedimientos de la norma anteriormente citada, por el cual a modo de</p>
<p>ampliar y explicar a sus inquietudes, literalmente transcribimos los procedimientos</p>
<p>legales que se encuentran descritos en los artículos que a continuación</p>
<p>relacionamos:</p>
<p> </p>
<p>ART|CULO 6o. INALIENABILIDAD E IMPRESCRIPTIBILIDAD. La propiedad estatal de los recursos</p>
<p>naturales no renovables es inalienable e imprescriptible. Elderecho a explorafos y explotarlos sólo se</p>
<p>adquiere mediante el otorgamiento de los títulos enumerados en el articulo 14 de este Código.</p>
<p>Ninguna actividad de prospección, exploración o explotación o de posesión material de dichos</p>
<p>recursos, sea cual fuere su antigüedad, duración o caracteristicas, conferirá derecho o prelación</p>
<p>alguna para adquirir el titulo minero o para oponerse a propuestas de terceros.</p>
<p> </p>
<p>CAPITULO II.</p>
<p>DERECHO A EXPLORAR Y EXPLOTAR.</p>
<p>ARTICULO 14. TITULO MINERO. A partir de la vigencia de este Código, únicamente se podrá</p>
<p>constituir, declarar y probar el derecho a explorar y explotar minas de propiedad estatal, mediante el</p>
<p>contrato de concesión minera, debidamente otorgado e inscrito en el Registro Minero Nacronal.</p>
<p>Lo dispuesto en el presente artículo deja a salvo los derechos provenientes de las licencias de</p>
<p>exploracón, permisos o licencias de explotación, contratos de explotación y contratos celebrados</p>
<p>sobre áreas de aporte, vigentes al entrar a regir este Código. lgualmente quedan a salvo las de minas perfeccionadas antes de la vigencia del presente estatuto.</p>
<p>ARI|CULO 18. PERSONAS EXTRANJERAS. Las personas naturales y jurídicas extranjeras, como</p>
<p>proponentes o contratistas de concesiones mineras, tendrán los mismos derechos y obligaciones que</p>
<p>los nacionales colombianos. Las autoridades minera v ambiental no podrán. En el ámbito de sus</p>
<p>competencias exigirles requisitos, condiciones y formalidades adicionales o diferentes Salvo las</p>
Respuesta
<p>Buenos días,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010782762">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010782762</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010782762">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010782762</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
Si yo soy uno de los beneficiarios de ser pilo paga 2 hay posibilidad de que icetex me niegue el crédito?
Si yo soy uno de los beneficiarios de ser pilo paga 2 hay posibilidad de que icetex me niegue el crédito?
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
La Convocatoria (2015) para acceder al Programa “Ser Pilo Paga 2” en 2016, está dirigida únicamente al grupo de jóvenes que cursaron y aprobaron grado 11 en el año 2015 y que presentaron las pruebas saber 11 el día 2 de agosto de 2015 y que cumplan en su totalidad con los tres requisitos exigidos:<br />
<br />
1. Puntaje Global Saber 11-ICFES igual o superior a 318 puntos.<br />
2. Puntaje específico de SISBEN según ubicación geográfica con el corte respectivo a 19 de junio de 2015, o registro en Base Censal del Ministerio del Interior con corte a 30 de junio de 2015 para el caso de la población indígena.<br />
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad (Programa en modalidad presencial ofertado en Sede acreditada).<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
La Convocatoria (2015) para acceder al Programa “Ser Pilo Paga 2” en 2016, está dirigida únicamente al grupo de jóvenes que cursaron y aprobaron grado 11 en el año 2015 y que presentaron las pruebas saber 11 el día 2 de agosto de 2015 y que cumplan en su totalidad con los tres requisitos exigidos:<br />
<br />
1. Puntaje Global Saber 11-ICFES igual o superior a 318 puntos.<br />
2. Puntaje específico de SISBEN según ubicación geográfica con el corte respectivo a 19 de junio de 2015, o registro en Base Censal del Ministerio del Interior con corte a 30 de junio de 2015 para el caso de la población indígena.<br />
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad (Programa en modalidad presencial ofertado en Sede acreditada).<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Me retire del FNA en julio,2015, ¿que debo hacer para adquirir crédito ahora por el sistema de leasing habitacional?
Me retire del FNA en julio,2015, ¿que debo hacer para adquirir crédito ahora por el sistema de leasing habitacional?
Respuesta
<p>Buen día, al respecto le informamos que el Decreto 0391 del 16 de febrero de 2012, reglamentó el subsidio familiar de vivienda aplicado a contratos de leasing habitacional destinado a la adquisición de vivienda familiar, quiere esto decir que se da vía libre para que se entreguen subsidios familiares para adquirir vivienda en esta modalidad por el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda. </p>
<p>Así mismo, se aclara que el subsidio familiar de vivienda para los contratos de leasing habitacional aplica a los hogares de todos los municipios del país independiente de la categoría que les corresponda según la ley, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales, y el monto del mismo podrá ser hasta de 22 SMMLV según el ingreso del hogar que en ningún caso podrá ser superior a 4 SMMLV.</p>
<p>Consecuente con lo anterior, se estimula el otorgamiento de leasing habitacional por parte de los establecimientos de crédito, vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia, a los hogares de bajos recursos, lo que les permitirá a las familias beneficiadas obtener una vivienda pagando mensualmente un canon de arrendamiento con una cuota más baja, gracias al subsidio, y realizar una opción de compra al final del contrato. El subsidio familiar de vivienda disminuye el valor de la vivienda de interés social objeto del contrato de leasing habitacional, que no podrá ser superior a 135 SMMLV.</p>
<p>En cuanto al trámite se deberá cumplir con exigencias adicionales como presentar la carta de aprobación o el contrato de leasing habitacional expedido por el establecimiento de crédito. Siendo así, le informo que los procesos de postulación se efectuaran a través de las entidades que otorguen leasing habitacional, y debe entonces acercarse a su establecimiento de crédito de confianza a conocer la vinculación a este programa del Gobierno Nacional.</p>
<p>Así mismo, se aclara que el subsidio familiar de vivienda para los contratos de leasing habitacional aplica a los hogares de todos los municipios del país independiente de la categoría que les corresponda según la ley, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales, y el monto del mismo podrá ser hasta de 22 SMMLV según el ingreso del hogar que en ningún caso podrá ser superior a 4 SMMLV.</p>
<p>Consecuente con lo anterior, se estimula el otorgamiento de leasing habitacional por parte de los establecimientos de crédito, vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia, a los hogares de bajos recursos, lo que les permitirá a las familias beneficiadas obtener una vivienda pagando mensualmente un canon de arrendamiento con una cuota más baja, gracias al subsidio, y realizar una opción de compra al final del contrato. El subsidio familiar de vivienda disminuye el valor de la vivienda de interés social objeto del contrato de leasing habitacional, que no podrá ser superior a 135 SMMLV.</p>
<p>En cuanto al trámite se deberá cumplir con exigencias adicionales como presentar la carta de aprobación o el contrato de leasing habitacional expedido por el establecimiento de crédito. Siendo así, le informo que los procesos de postulación se efectuaran a través de las entidades que otorguen leasing habitacional, y debe entonces acercarse a su establecimiento de crédito de confianza a conocer la vinculación a este programa del Gobierno Nacional.</p>
buenas tardes mi pregunta es cuando apertura icetex las inscripciones para victimas del conflicto para el 2016
buenas tardes mi pregunta es cuando apertura icetex las inscripciones para victimas del conflicto para el 2016
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
En el marco de la Ley 1448 del 2011 y en concordancia con las políticas del Ministerio de Educación Nacional–MEN- a través de su programa "Educar para Reparar", se tiene el objetivo de generar oportunidades de acceso a educación superior de calidad para la población víctima del conflicto armado en las distintas regiones del país, atendiendo criterios de inclusión para reducir brechas educativas en las regiones y entre los diferentes grupos poblacionales.<br />
<br />
Los estudiantes podrán inscribirse en programas de pregrado en los niveles técnico profesionales, y universitarios dentro del país, a partir de cualquier semestre o año y por el tiempo normal del programa académico seleccionado por el beneficiario.<br />
<br />
El fondo creado en 2013, ha desarrollado 5 convocatorias, para la convocatoria de 2015 del Fondo de Victimas que aplicó a nivel nacional con cobertura a todo el país, fue abierta entre el 20 de abril y el 15 de mayo del 2015, por lo que sugerimos estar pendiente de la próxima convocatoria la cual se encuentra supeditada a la disponibilidad de recursos para la vigencia 2016, por lo cual le invitamos a consultar la página web www.icetex.gov.coprogramasespeciales/fondoparavíctimasdelconflictoarmad, en donde es posible ampliar información sobre el Fondo, calendario de las convocatorias, encontrar los requisitos y procedimientos para acceder a misma, así como información acerca de otras opciones de financiamiento.<br />
<br />
El fondo anteriormente enunciado, cubre un crédito condonable de matrícula hasta por 11 SMMLV y el recurso de sostenimiento condonable por 1.5 SMMLV al semestre. De igual manera es importante aclarar que los estudiantes deben cumplir con las condiciones del crédito.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
En el marco de la Ley 1448 del 2011 y en concordancia con las políticas del Ministerio de Educación Nacional–MEN- a través de su programa "Educar para Reparar", se tiene el objetivo de generar oportunidades de acceso a educación superior de calidad para la población víctima del conflicto armado en las distintas regiones del país, atendiendo criterios de inclusión para reducir brechas educativas en las regiones y entre los diferentes grupos poblacionales.<br />
<br />
Los estudiantes podrán inscribirse en programas de pregrado en los niveles técnico profesionales, y universitarios dentro del país, a partir de cualquier semestre o año y por el tiempo normal del programa académico seleccionado por el beneficiario.<br />
<br />
El fondo creado en 2013, ha desarrollado 5 convocatorias, para la convocatoria de 2015 del Fondo de Victimas que aplicó a nivel nacional con cobertura a todo el país, fue abierta entre el 20 de abril y el 15 de mayo del 2015, por lo que sugerimos estar pendiente de la próxima convocatoria la cual se encuentra supeditada a la disponibilidad de recursos para la vigencia 2016, por lo cual le invitamos a consultar la página web www.icetex.gov.coprogramasespeciales/fondoparavíctimasdelconflictoarmad, en donde es posible ampliar información sobre el Fondo, calendario de las convocatorias, encontrar los requisitos y procedimientos para acceder a misma, así como información acerca de otras opciones de financiamiento.<br />
<br />
El fondo anteriormente enunciado, cubre un crédito condonable de matrícula hasta por 11 SMMLV y el recurso de sostenimiento condonable por 1.5 SMMLV al semestre. De igual manera es importante aclarar que los estudiantes deben cumplir con las condiciones del crédito.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Siendo yo pensionado nacional con edad de 80 años, puedo solicitar crédito de vivienda al Fondo Nacional del Ahorro.
Siendo yo pensionado nacional con edad de 80 años, puedo solicitar crédito de vivienda al Fondo Nacional del Ahorro.
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Gabriel</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Que programas o politicas entraran en vigor en materia fiscal y educativa una vez se firme el acuerdo?
Que programas o politicas entraran en vigor en materia fiscal y educativa una vez se firme el acuerdo?
Respuesta
<div>
Estimado ciudadano,</div>
<div>
</div>
<div>
En el marco de las acciones que desde el Ministerio de Educación Nacional se vienen desarrollando en pro de la construcción de la Educación Superior como vector de Paz, se han puesto en marcha acciones específicas con poblaciones que históricamente han tenido mayores barreras de acceso y permanencia en el sistema y graduación. </div>
<div>
</div>
<div>
Para impactar a las regiones del país a través de acciones diferenciales se tiene el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación de la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia. Éste Fondo está dirigido a estudiantes víctimas del conflicto armado interno considerados en el artículo 3º de la Ley 1448, que no cuenten con recursos económicos para acceder a la educación superior y que se destaquen por su desempeño académico.</div>
<div>
</div>
<div>
En un proceso liderado por el Ministerio de Educación Nacional y en articulación con la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas, se diseñó e implementó una estrategia para promover la vinculación de las víctimas de todo el país dentro de una de las líneas especiales de crédito y subsidios del ICETEX, a través de un crédito 100% condonable para cursar estudios de Pregrado en los niveles Técnico profesional, Tecnológico y Universitario. Con éste se cubren los costos de matrícula hasta por 11 SMMLV y de sostenimiento por 1.5 SMMLV al semestre.</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano,</div>
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En el marco de las acciones que desde el Ministerio de Educación Nacional se vienen desarrollando en pro de la construcción de la Educación Superior como vector de Paz, se han puesto en marcha acciones específicas con poblaciones que históricamente han tenido mayores barreras de acceso y permanencia en el sistema y graduación. </div>
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Para impactar a las regiones del país a través de acciones diferenciales se tiene el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación de la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia. Éste Fondo está dirigido a estudiantes víctimas del conflicto armado interno considerados en el artículo 3º de la Ley 1448, que no cuenten con recursos económicos para acceder a la educación superior y que se destaquen por su desempeño académico.</div>
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En un proceso liderado por el Ministerio de Educación Nacional y en articulación con la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas, se diseñó e implementó una estrategia para promover la vinculación de las víctimas de todo el país dentro de una de las líneas especiales de crédito y subsidios del ICETEX, a través de un crédito 100% condonable para cursar estudios de Pregrado en los niveles Técnico profesional, Tecnológico y Universitario. Con éste se cubren los costos de matrícula hasta por 11 SMMLV y de sostenimiento por 1.5 SMMLV al semestre.</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Respuesta
<p><strong>Apreciado Ciudadana,</strong></p>
<p><strong>Reciba un cordial saludo del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA</strong></p>
<p> </p>
<p>Agradecemos informar las situaciones que se presentan o las inquietudes que tiene frente a la entidad.</p>
<p>Por lo anterior y con el objetivo de brindar mayor información al respecto, agradecemos que nos remita la situación planteada con mayor detalle a través de nuestros canales oficiales y en especial en el canal virtual <a href="http://www.sena.edu.co/">www.sena.edu.co</a> en la opción Atención al ciudadano y en <strong>PQRS</strong>, donde recibiremos y gestionaremos las <strong>Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y/o Reconocimientos</strong> que tenga.</p>
<p>Muchas gracias por el tiempo dedicado.</p>
<p> </p>
<p><strong>SENA</strong></p>
<p><strong>Grupo Servicio al Cliente</strong></p>
<p><strong>Reciba un cordial saludo del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA</strong></p>
<p> </p>
<p>Agradecemos informar las situaciones que se presentan o las inquietudes que tiene frente a la entidad.</p>
<p>Por lo anterior y con el objetivo de brindar mayor información al respecto, agradecemos que nos remita la situación planteada con mayor detalle a través de nuestros canales oficiales y en especial en el canal virtual <a href="http://www.sena.edu.co/">www.sena.edu.co</a> en la opción Atención al ciudadano y en <strong>PQRS</strong>, donde recibiremos y gestionaremos las <strong>Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y/o Reconocimientos</strong> que tenga.</p>
<p>Muchas gracias por el tiempo dedicado.</p>
<p> </p>
<p><strong>SENA</strong></p>
<p><strong>Grupo Servicio al Cliente</strong></p>
Donde me puedo dirigir en Barranquilla para saber los requisitos de obtener casa propia para la población desplazada
Donde me puedo dirigir en Barranquilla para saber los requisitos de obtener casa propia para la población desplazada
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:</p>
<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar</p>
<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015</p>
<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS en la ciudad de Barranquilla, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin</p>
<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar</p>
<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015</p>
<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS en la ciudad de Barranquilla, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin</p>
como se puede acceder a una beca de ser pilo paga en envigado ant, si para el sisben aqui no hay pobres con punt. de 57
como se puede acceder a una beca de ser pilo paga en envigado ant, si para el sisben aqui no hay pobres con punt. de 57
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Desde el Ministerio de Educación Nacional se hacen grandes esfuerzos por atender las necesidades de los colombianos en temas de educación; en este sentido me permito informarle que en articulación con el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación, la más recientes denominada “Tú Eliges”<br />
<br />
<br />
Dicha línea fue lanzada el 21 de Mayo por El Presidente de la República Juan Manuel Santos, en compañía de la Ministra de Educación Gina Parody y del Presidente del ICETEX Fernando Rodríguez, ,mediante esta nueva línea de crédito sé cubre la totalidad de la matrícula y ofrece cinco nuevas modalidades de pago. Es importante resaltar que las nuevas líneas de crédito:<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 0% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y puntaje de la Prueba Saber 11 igual o superior a 310 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 10% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y puntaje de la Prueba Saber 11 igual o superior a 310 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 25% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y el puntaje de la Prueba Saber 11 será igual o superior a 280 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 50% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a todos los jóvenes colombianos sin importar puntaje de SISBEN y se tendrá en cuenta que el puntaje de la Prueba Saber 11 sea igual o superior a 280 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 100% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a todos los jóvenes colombianos y se tendrá en cuenta el puntaje de la Prueba Saber 11 que deberá ser igual o superior a 280.<br />
<br />
Es importante tener en cuenta que las personas que cumplan punto de corte del SISBEN establecido por el Ministerio de Educación Nacional obtendrán adicionalmente los siguientes beneficios:<br />
<br />
1. Condonación del 25% del crédito como requisito único su graduación.<br />
2. Subsidio de sostenimiento<br />
3. Subsidio a la tasa.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Desde el Ministerio de Educación Nacional se hacen grandes esfuerzos por atender las necesidades de los colombianos en temas de educación; en este sentido me permito informarle que en articulación con el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación, la más recientes denominada “Tú Eliges”<br />
<br />
<br />
Dicha línea fue lanzada el 21 de Mayo por El Presidente de la República Juan Manuel Santos, en compañía de la Ministra de Educación Gina Parody y del Presidente del ICETEX Fernando Rodríguez, ,mediante esta nueva línea de crédito sé cubre la totalidad de la matrícula y ofrece cinco nuevas modalidades de pago. Es importante resaltar que las nuevas líneas de crédito:<br />
<br />
• Tú eliges si pagar el 0% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y puntaje de la Prueba Saber 11 igual o superior a 310 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 10% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y puntaje de la Prueba Saber 11 igual o superior a 310 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 25% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a jóvenes estrato 1, 2 y 3, se priorizará a través del corte SISBEN y el puntaje de la Prueba Saber 11 será igual o superior a 280 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 50% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a todos los jóvenes colombianos sin importar puntaje de SISBEN y se tendrá en cuenta que el puntaje de la Prueba Saber 11 sea igual o superior a 280 puntos.<br />
• Tú eliges si pagar el 100% durante tu carrera. Esta línea va dirigida a todos los jóvenes colombianos y se tendrá en cuenta el puntaje de la Prueba Saber 11 que deberá ser igual o superior a 280.<br />
<br />
Es importante tener en cuenta que las personas que cumplan punto de corte del SISBEN establecido por el Ministerio de Educación Nacional obtendrán adicionalmente los siguientes beneficios:<br />
<br />
1. Condonación del 25% del crédito como requisito único su graduación.<br />
2. Subsidio de sostenimiento<br />
3. Subsidio a la tasa.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
por que no le dan beca a mi hijo si saco 329 en las pruebas solo trabajo yo y gano 1.200 tengo esposa y otro hijo, no te
por que no le dan beca a mi hijo si saco 329 en las pruebas solo trabajo yo y gano 1.200 tengo esposa y otro hijo, no te
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
La Convocatoria (2015) para acceder al Programa “Ser Pilo Paga 2” en 2016, está dirigida únicamente al grupo de jóvenes que cursaron y aprobaron grado 11 en el año 2015 y que presentaron las pruebas saber 11 el día 2 de agosto de 2015 y que cumplan en su totalidad con los tres requisitos exigidos:<br />
<br />
1. Puntaje Global Saber 11-ICFES igual o superior a 318 puntos.<br />
2. Puntaje específico de SISBEN según ubicación geográfica con el corte respectivo a 19 de junio de 2015, o registro en Base Censal del Ministerio del Interior con corte a 30 de junio de 2015 para el caso de la población indígena.<br />
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad (Programa en modalidad presencial ofertado en Sede acreditada).<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
La Convocatoria (2015) para acceder al Programa “Ser Pilo Paga 2” en 2016, está dirigida únicamente al grupo de jóvenes que cursaron y aprobaron grado 11 en el año 2015 y que presentaron las pruebas saber 11 el día 2 de agosto de 2015 y que cumplan en su totalidad con los tres requisitos exigidos:<br />
<br />
1. Puntaje Global Saber 11-ICFES igual o superior a 318 puntos.<br />
2. Puntaje específico de SISBEN según ubicación geográfica con el corte respectivo a 19 de junio de 2015, o registro en Base Censal del Ministerio del Interior con corte a 30 de junio de 2015 para el caso de la población indígena.<br />
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad (Programa en modalidad presencial ofertado en Sede acreditada).<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Respuesta
<p class="rtejustify">Apreciado Ciudadano<br />
<br />
Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: http://www.sivirtual.gov.co/.<br />
<br />
Te invitamos a que registres tu pregunta a través de la página web www.urnadecristal.gov.co. Allí podrás registrarte, realizar preguntas y proponer a las diferentes entidades de gobierno. Adicional a lo anterior, podrás tener acceso a la información de los diferentes programas y beneficios que provee el gobierno a las personas.<br />
<br />
En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.<br />
<br />
Cordial saludo,<br />
<br />
<br />
Equipo Urna de Cristal <br />
</p>
<br />
Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: http://www.sivirtual.gov.co/.<br />
<br />
Te invitamos a que registres tu pregunta a través de la página web www.urnadecristal.gov.co. Allí podrás registrarte, realizar preguntas y proponer a las diferentes entidades de gobierno. Adicional a lo anterior, podrás tener acceso a la información de los diferentes programas y beneficios que provee el gobierno a las personas.<br />
<br />
En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.<br />
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Cordial saludo,<br />
<br />
<br />
Equipo Urna de Cristal <br />
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como obtener un empleo si no hay oportunidades las empresas no quieren contratar sino con un años de experiencia laboral
como obtener un empleo si no hay oportunidades las empresas no quieren contratar sino con un años de experiencia laboral
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>El Programa 40 Mil Primeros Empleos es una iniciativa del Gobierno Nacional, liderada por el Ministerio del Trabajo, para promover la contratación formal de jóvenes entre 18 y 28 años de edad sin experiencia laboral. </p>
<p>El Programa cuenta con 300 mil millones de pesos de recursos para el año 2015 para subsidiar la contratación de 40 mil jóvenes de todo el país, recién egresados, bachilleres, técnicos, tecnólogos y universitarios, en empleos de calidad y desempeñando funciones acordes a la formación de cada uno. </p>
<p>Los jóvenes participantes tendrán la oportunidad de conseguir su primer empleo en las mejores empresas del país, según sus habilidades e intereses. Estas empresas se comprometerán a formarlos en el puesto de trabajo y así darles una primera experiencia de calidad que les permita proyectar sus vidas laborales. Adicionalmente, recibirán el acompañamiento de las Cajas de Compensación Familiar y del Ministerio del Trabajo para desarrollar habilidades blandas que fortalezcan aún más sus hojas de vida. </p>
<p> </p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>El Programa 40 Mil Primeros Empleos es una iniciativa del Gobierno Nacional, liderada por el Ministerio del Trabajo, para promover la contratación formal de jóvenes entre 18 y 28 años de edad sin experiencia laboral. </p>
<p>El Programa cuenta con 300 mil millones de pesos de recursos para el año 2015 para subsidiar la contratación de 40 mil jóvenes de todo el país, recién egresados, bachilleres, técnicos, tecnólogos y universitarios, en empleos de calidad y desempeñando funciones acordes a la formación de cada uno. </p>
<p>Los jóvenes participantes tendrán la oportunidad de conseguir su primer empleo en las mejores empresas del país, según sus habilidades e intereses. Estas empresas se comprometerán a formarlos en el puesto de trabajo y así darles una primera experiencia de calidad que les permita proyectar sus vidas laborales. Adicionalmente, recibirán el acompañamiento de las Cajas de Compensación Familiar y del Ministerio del Trabajo para desarrollar habilidades blandas que fortalezcan aún más sus hojas de vida. </p>
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<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin Límites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
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<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
Cuales son los beneficios para una persona victima del conflicto armado, sino estan abiertas las convocatorias en icetex
Cuales son los beneficios para una persona victima del conflicto armado, sino estan abiertas las convocatorias en icetex
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
En el marco de la Ley 1448 del 2011 y en concordancia con las políticas del Ministerio de Educación Nacional–MEN- a través de su programa "Educar para Reparar", se tiene el objetivo de generar oportunidades de acceso a educación superior de calidad para la población víctima del conflicto armado en las distintas regiones del país, atendiendo criterios de inclusión para reducir brechas educativas en las regiones y entre los diferentes grupos poblacionales.<br />
<br />
Los estudiantes podrán inscribirse en programas de pregrado en los niveles técnico profesionales, y universitarios dentro del país, a partir de cualquier semestre o año y por el tiempo normal del programa académico seleccionado por el beneficiario.<br />
<br />
El fondo creado en 2013, ha desarrollado 5 convocatorias, para la convocatoria de 2015 del Fondo de Victimas que aplicó a nivel nacional con cobertura a todo el país, fue abierta entre el 20 de abril y el 15 de mayo del 2015, por lo que sugerimos estar pendiente de la próxima convocatoria la cual se encuentra supeditada a la disponibilidad de recursos para la vigencia 2016, por lo cual le invitamos a consultar la página web www.icetex.gov.coprogramasespeciales/fondoparavíctimasdelconflictoarmad, en donde es posible ampliar información sobre el Fondo, calendario de las convocatorias, encontrar los requisitos y procedimientos para acceder a misma, así como información acerca de otras opciones de financiamiento.<br />
<br />
El fondo anteriormente enunciado, cubre un crédito condonable de matrícula hasta por 11 SMMLV y el recurso de sostenimiento condonable por 1.5 SMMLV al semestre. De igual manera es importante aclarar que los estudiantes deben cumplir con las condiciones del crédito.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
En el marco de la Ley 1448 del 2011 y en concordancia con las políticas del Ministerio de Educación Nacional–MEN- a través de su programa "Educar para Reparar", se tiene el objetivo de generar oportunidades de acceso a educación superior de calidad para la población víctima del conflicto armado en las distintas regiones del país, atendiendo criterios de inclusión para reducir brechas educativas en las regiones y entre los diferentes grupos poblacionales.<br />
<br />
Los estudiantes podrán inscribirse en programas de pregrado en los niveles técnico profesionales, y universitarios dentro del país, a partir de cualquier semestre o año y por el tiempo normal del programa académico seleccionado por el beneficiario.<br />
<br />
El fondo creado en 2013, ha desarrollado 5 convocatorias, para la convocatoria de 2015 del Fondo de Victimas que aplicó a nivel nacional con cobertura a todo el país, fue abierta entre el 20 de abril y el 15 de mayo del 2015, por lo que sugerimos estar pendiente de la próxima convocatoria la cual se encuentra supeditada a la disponibilidad de recursos para la vigencia 2016, por lo cual le invitamos a consultar la página web www.icetex.gov.coprogramasespeciales/fondoparavíctimasdelconflictoarmad, en donde es posible ampliar información sobre el Fondo, calendario de las convocatorias, encontrar los requisitos y procedimientos para acceder a misma, así como información acerca de otras opciones de financiamiento.<br />
<br />
El fondo anteriormente enunciado, cubre un crédito condonable de matrícula hasta por 11 SMMLV y el recurso de sostenimiento condonable por 1.5 SMMLV al semestre. De igual manera es importante aclarar que los estudiantes deben cumplir con las condiciones del crédito.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Puedo postularme a arriendo social si la casa donde viven mis padres está a mi nombre, pero pago arriendo en otra casa.
Puedo postularme a arriendo social si la casa donde viven mis padres está a mi nombre, pero pago arriendo en otra casa.
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Wilmer</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
¿Como controla el Gobierno Nacional, la explotación de minería en sitios de poca accesibilidad?
Registrada:
Código:
9570
¿Como controla el Gobierno Nacional, la explotación de minería en sitios de poca accesibilidad?
Registrada:
Código:
9570
Respuesta
<div>
<div>
Señora Ochoa</div>
<div>
Bogota D.C</div>
<div>
</div>
<div>
En atención a su derecho de petición de consulta vía electrónica (Decreto 019 del 2012), este Despacho se permite informarle: Para las acciones de control de la minería ilícita en sitios de poca accesibilidad, se dispone primero de los entes locales (alcaldías, regiones de policía), sumado a autoridades ambientales locales (Corporaciones Autónomas Regionales) de las regiones en evaluación, que a partir de denuncias de la comunidad o cualquier persona natural o jurídica deberán verificar las denuncias interpuestas. Después de verificada la información serán dichos entes locales los encargados de tomar las acciones preventivas y/o sancionatorias a que den lugar según los resultados de las acciones de verificación. Para el caso que las acciones de control sobrepasen la capacidad de ejecución de las entidades locales podrán solicitar apoyo de las entidades policiales como DICAR-UNIMIL y Ministerio de Defensa.</div>
<p>Asimismo el Ministerio de Minas y Energía desde la Dirección de Formalización Minera ha suscrito dos convenios con el Ministerio de Defensa (Fuerza Aérea Colombiana y Policía Nacional) donde se tienen previstas dos etapas diferenciadas. La primera consiste en obtener imágenes georreferenciadas que sirvan de insumo para la identificación de áreas en las cuales pueda existir actividad de explotación ilícita y en segundo lugar una etapa posterior en la cual la Policía Nacional por medio de la Aviación Policial -ARAVI-, realice acorde a sus funciones, las actividades de control directo a las explotaciones ilícitas de minerales en Colombia, por medio de operaciones, helicoportadas en las cuales se realizará el transporte de personal de Policía Nacional, explosivistas, fiscalía, peritos y el recurso humano necesario según las características especiales de la operación. </p>
<div>
Cordial saludo,</div>
</div>
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<div>
Señora Ochoa</div>
<div>
Bogota D.C</div>
<div>
</div>
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En atención a su derecho de petición de consulta vía electrónica (Decreto 019 del 2012), este Despacho se permite informarle: Para las acciones de control de la minería ilícita en sitios de poca accesibilidad, se dispone primero de los entes locales (alcaldías, regiones de policía), sumado a autoridades ambientales locales (Corporaciones Autónomas Regionales) de las regiones en evaluación, que a partir de denuncias de la comunidad o cualquier persona natural o jurídica deberán verificar las denuncias interpuestas. Después de verificada la información serán dichos entes locales los encargados de tomar las acciones preventivas y/o sancionatorias a que den lugar según los resultados de las acciones de verificación. Para el caso que las acciones de control sobrepasen la capacidad de ejecución de las entidades locales podrán solicitar apoyo de las entidades policiales como DICAR-UNIMIL y Ministerio de Defensa.</div>
<p>Asimismo el Ministerio de Minas y Energía desde la Dirección de Formalización Minera ha suscrito dos convenios con el Ministerio de Defensa (Fuerza Aérea Colombiana y Policía Nacional) donde se tienen previstas dos etapas diferenciadas. La primera consiste en obtener imágenes georreferenciadas que sirvan de insumo para la identificación de áreas en las cuales pueda existir actividad de explotación ilícita y en segundo lugar una etapa posterior en la cual la Policía Nacional por medio de la Aviación Policial -ARAVI-, realice acorde a sus funciones, las actividades de control directo a las explotaciones ilícitas de minerales en Colombia, por medio de operaciones, helicoportadas en las cuales se realizará el transporte de personal de Policía Nacional, explosivistas, fiscalía, peritos y el recurso humano necesario según las características especiales de la operación. </p>
<div>
Cordial saludo,</div>
</div>
<p> </p>
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Luz Melinda</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar los aspectos más importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>
<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesantías o Ahorro Voluntario Contractual.</p>
<p class="rtejustify">Así las cosas, el Arriendo Social, está destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesantías o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que reúnen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobación del Arriendo Social. Está dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de interés social cuyo valor máximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Interés Social (VIS - Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 SMLM). Para mayor información te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda específicos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que más te guste a nivel nacional y si reúnes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>
<p class="rtejustify">Así mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>
<p class="rtejustify">Para mayor información te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la página web del Fondo Nacional del Ahorro–FNA a través de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la línea de atención en Bogotá D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la línea 01 8000 52 7070.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
que hago si nunca me llego el correo de confirmación para el proceso de inscripción por la pagina.
Registrada:
Código:
9568
que hago si nunca me llego el correo de confirmación para el proceso de inscripción por la pagina.
Registrada:
Código:
9568
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo jennyp2903@hotmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.
En próximas oportunidades puede comunicarse con nosotros al Grupo Atención y Orientación Ciudadana del Ministerio de Defensa Nacional en Bogotá Colombia al teléfono 2660295 o Línea Gratuita Nacional 018000913022
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo jennyp2903@hotmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.
En próximas oportunidades puede comunicarse con nosotros al Grupo Atención y Orientación Ciudadana del Ministerio de Defensa Nacional en Bogotá Colombia al teléfono 2660295 o Línea Gratuita Nacional 018000913022
puede un alcalde mediante decreto dar subsidio para vivienda en especie a los concejales municipales y en que basa esto?
puede un alcalde mediante decreto dar subsidio para vivienda en especie a los concejales municipales y en que basa esto?
Respuesta
<p>Buen día,</p>
<p> </p>
<p>Al respecto nos permitimos manifestarle que las alcaldías tienen autonomía para otorgar subsidios a los habitantes de su territorio, por ende, estos entes territoriales determinan los beneficiarios de dichos subsidios, para tal efecto se cuenta con lo estipulado en la Ley 3de 1991</p>
<p> </p>
<p>Al respecto nos permitimos manifestarle que las alcaldías tienen autonomía para otorgar subsidios a los habitantes de su territorio, por ende, estos entes territoriales determinan los beneficiarios de dichos subsidios, para tal efecto se cuenta con lo estipulado en la Ley 3de 1991</p>
puedo acceder al subsidio de vivienda , si ya había recibido, pero perdí la vivienda por el desplazamiento soy madre s.
puedo acceder al subsidio de vivienda , si ya había recibido, pero perdí la vivienda por el desplazamiento soy madre s.
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:</p>
<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar</p>
<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015</p>
<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a> de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin. Es importante tener en cuenta que si recibió un SFV y de la vivienda donde fue aplicado ese beneficio fue desplazado el hogar puede presentar postulación en el programa. </p>
<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar</p>
<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015</p>
<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a> de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin. Es importante tener en cuenta que si recibió un SFV y de la vivienda donde fue aplicado ese beneficio fue desplazado el hogar puede presentar postulación en el programa. </p>
Cual es el proceso que dedo seguir para adquirir el subsidio de vivienda para voluntarios SEGÚN LA LEY 1505 DE 2012?
Cual es el proceso que dedo seguir para adquirir el subsidio de vivienda para voluntarios SEGÚN LA LEY 1505 DE 2012?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre algunos programas en los cuales el hogar podría participar así como los requisitos de cada uno:</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores – VIPA o CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a> </p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre algunos programas en los cuales el hogar podría participar así como los requisitos de cada uno:</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores – VIPA o CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a> </p>