Jose Dario Castillo Muñoz de La Plata Huila, puede ser beneficiado con una de las 100 mil becas que da el gobierno?
Jose Dario Castillo Muñoz de La Plata Huila, puede ser beneficiado con una de las 100 mil becas que da el gobierno?
Respuesta
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Estimado ciudadano,</div>
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El programa está dirigido únicamente al grupo de jóvenes de último grado de bachillerato o de educación media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes tres requisitos:</div>
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<div>
1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educación media - Icfes Saber 11°</div>
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2. Grupo familiar clasificado en el Sisbén de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>
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Área Puntaje menor a</div>
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14 ciudades principales: 57.21</div>
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Otra cabecera: 56.32</div>
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Rural: 40.75</div>
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3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad</div>
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Si no cumple con los requisitos, le invitamos a consultar otras opciones de financiación en la página del icetex: http://www.icetex.gov.co</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano,</div>
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El programa está dirigido únicamente al grupo de jóvenes de último grado de bachillerato o de educación media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes tres requisitos:</div>
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1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educación media - Icfes Saber 11°</div>
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2. Grupo familiar clasificado en el Sisbén de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>
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Área Puntaje menor a</div>
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14 ciudades principales: 57.21</div>
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Otra cabecera: 56.32</div>
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Rural: 40.75</div>
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3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad</div>
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Si no cumple con los requisitos, le invitamos a consultar otras opciones de financiación en la página del icetex: http://www.icetex.gov.co</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
vivo en la Estación Gamarra, a 14 km., de Aguachica, puedo recibir un subsidio para adquirir casa en Aguachica usada.
vivo en la Estación Gamarra, a 14 km., de Aguachica, puedo recibir un subsidio para adquirir casa en Aguachica usada.
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
vivo en soledad atlantico no tengo casa y tengo 3 hijos donde puedo ir para que me asesores , en nueva esperanza no sali
vivo en soledad atlantico no tengo casa y tengo 3 hijos donde puedo ir para que me asesores , en nueva esperanza no sali
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
tengo deudas en el banco estoy reportado que tengo que hacer para poder tener casa propia por favor ayúdenos gracias
tengo deudas en el banco estoy reportado que tengo que hacer para poder tener casa propia por favor ayúdenos gracias
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de los programas de Vivienda que lidera el Gobierno Nacional es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de los programas de Vivienda que lidera el Gobierno Nacional es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
Las personas de la población victima, del municipio de La Plata Huila, queremos saber si nos pueden dar casas gratis .
Las personas de la población victima, del municipio de La Plata Huila, queremos saber si nos pueden dar casas gratis .
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
He enviado una solicitud, pero me a parece correo no valido, como soluciono el problema
Registrada:
Código:
6398
He enviado una solicitud, pero me a parece correo no valido, como soluciono el problema
Registrada:
Código:
6398
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, al respecto le informamos que ested puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo<span class="apple-converted-space"> </span></span><a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co"><span style="font-size:9.0pt;
font-family:"Arial","sans-serif"">correspondencia@minvivienda.gov.co</span></a><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">, a la Calle 18 N° 7 – 59 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Grupo de Atención al Usuario y Archivo.<o:p></o:p></span></p>
font-family:"Arial","sans-serif"">correspondencia@minvivienda.gov.co</span></a><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">, a la Calle 18 N° 7 – 59 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Grupo de Atención al Usuario y Archivo.<o:p></o:p></span></p>
señor presidente, quisiera saber por que el ministerio de agricultura, no da becas para estudiantes con 3 y 4 semestres
señor presidente, quisiera saber por que el ministerio de agricultura, no da becas para estudiantes con 3 y 4 semestres
Respuesta
<p>El programa Jóvenes Rurales, busca incentivar al joven rural para que adelante estudios de educación superior en carreras de ciencias agropecuarias, ya sea a nivel profesional o técnico; a través de la financiación hasta en un 100% del valor de la matrícula. Se apoyará a estudiantes que ingresen a primer semestre y aquellos que cursen 2 semestre que cumplan con los requisitos de puntaje requerido en la Pruebas SABER 11 y un promedio de calificación del semestre cursado de mínimo 3.4. La convocatoria para el primer semestre del año 2015 se encuentra abierta hasta el 6 de febrero del 2015, se está ajustando el programa para que sea abierto a estudiantes de cualquier semestre que reúna las condiciones y no solamente a primero y segundo semestre como está estipulado en la actualidad.</p>
Muy buenas noches, me gustaria saber que hacer para adquirir vivenda gratis o al menos subsidiada?
Registrada:
Código:
6396
Muy buenas noches, me gustaria saber que hacer para adquirir vivenda gratis o al menos subsidiada?
Registrada:
Código:
6396
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
el estar reportado en data crédito es un impedimento para adquirir vivienda en este programa?
Registrada:
Código:
6395
el estar reportado en data crédito es un impedimento para adquirir vivienda en este programa?
Registrada:
Código:
6395
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· <u>Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</u></p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· <u>Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</u></p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
Quiero saber si la beca esta disponible para el 2do semestre del 2015, ya que no he podido ingresar a la U en 1er semes
Quiero saber si la beca esta disponible para el 2do semestre del 2015, ya que no he podido ingresar a la U en 1er semes
Respuesta
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Estimado ciudadano,</div>
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El programa de los 10000 crédito-beca, contempla que solo es para estudiantes de grado 11 que hayan presentado el examen Saber 11 el 3 de agosto de 2014. En las metas del Gobierno existe la posibilidad de gestionar recursos para asignar nuevas becas cada año y de acuerdo a ello, aumentar la cantidad.</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano,</div>
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El programa de los 10000 crédito-beca, contempla que solo es para estudiantes de grado 11 que hayan presentado el examen Saber 11 el 3 de agosto de 2014. En las metas del Gobierno existe la posibilidad de gestionar recursos para asignar nuevas becas cada año y de acuerdo a ello, aumentar la cantidad.</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
si los beneficios de vivienda pueden aplicar las personas independientes que no tengan como demostrar los ingresos,
si los beneficios de vivienda pueden aplicar las personas independientes que no tengan como demostrar los ingresos,
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
QUIERO SABER SI LOS COLOMBIANOS QUE ESTAMOS ACA EN VENEZUELA Y QUEREMOS DEVOLVERNOS PODEM.OPTAR POR UNA VIVIENDA GRAC
QUIERO SABER SI LOS COLOMBIANOS QUE ESTAMOS ACA EN VENEZUELA Y QUEREMOS DEVOLVERNOS PODEM.OPTAR POR UNA VIVIENDA GRAC
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o p=""></o></span></p>
<p><span>Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span></p>
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<p><span>Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de los programas de vivienda del Gobierno Nacional es indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que los rige.</span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
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<p><span>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o p=""></o></span></p>
<p><span>Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span></p>
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<p><span>Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de los programas de vivienda del Gobierno Nacional es indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que los rige.</span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
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soy un joven desplazado y quisiera tener mi vivienda gratis como hago para hacerlo
Registrada:
Código:
6391
soy un joven desplazado y quisiera tener mi vivienda gratis como hago para hacerlo
Registrada:
Código:
6391
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
soy desplazada y pertenesco a red unidos hace mas de 4años measignaron el subsidio fonvivienda cuando se acordaran de mi
soy desplazada y pertenesco a red unidos hace mas de 4años measignaron el subsidio fonvivienda cuando se acordaran de mi
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
cuando habra convocatoria de vivienda gratis en acacias ya que tengo 2 subsidios y soy desplazada fonvivienda y habitat
cuando habra convocatoria de vivienda gratis en acacias ya que tengo 2 subsidios y soy desplazada fonvivienda y habitat
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
Mi sueldo x nomina es 700000 pero adicional recibo 1200000, vivo en arriendo hace 13 años, como me postulo a 1 vivienda
Mi sueldo x nomina es 700000 pero adicional recibo 1200000, vivo en arriendo hace 13 años, como me postulo a 1 vivienda
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
nuevamente escribo puedo acceder al subsidio si en caja ya lo tuve y perdí mi casa por precion del banco soy madre cabe
nuevamente escribo puedo acceder al subsidio si en caja ya lo tuve y perdí mi casa por precion del banco soy madre cabe
Respuesta
<p>Buen día, al respecto le manifestamos que es importante aclarar que de acuerdo al Decreto 2190 de 2009, <em>“El Subsidio Familiar de Vivienda de que trata este Decreto es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de interés social”. </em></p>
<p>No obstante le informamos que en la Ley 1469 de 2011 (el cual se encuentra en proceso de reglamentación), por el cual se adoptan las Medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda, el Gobierno Nacional estableció en su Artículo 28, parágrafo 2°, la posibilidad de que aquellos usuarios cabeza de hogar, que hicieron uso de un crédito de vivienda de interés social o interés prioritario, y que perdieron su vivienda por efectos de un remate judicial o dación en pago, y que hayan acreditado dicha calamidad domestica o pérdida de empleo ante las autoridades competentes, podrán postularse una sola vez para recibir el subsidio familiar de vivienda que otorga el Gobierno Nacional.”</p>
<p>Por lo anterior le sugerimos estar al pendiente sobre la reglamentación de esta norma.</p>
<p>No obstante le informamos que en la Ley 1469 de 2011 (el cual se encuentra en proceso de reglamentación), por el cual se adoptan las Medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda, el Gobierno Nacional estableció en su Artículo 28, parágrafo 2°, la posibilidad de que aquellos usuarios cabeza de hogar, que hicieron uso de un crédito de vivienda de interés social o interés prioritario, y que perdieron su vivienda por efectos de un remate judicial o dación en pago, y que hayan acreditado dicha calamidad domestica o pérdida de empleo ante las autoridades competentes, podrán postularse una sola vez para recibir el subsidio familiar de vivienda que otorga el Gobierno Nacional.”</p>
<p>Por lo anterior le sugerimos estar al pendiente sobre la reglamentación de esta norma.</p>
Si el banco me puede prestar estando contratado a travez una temporal, yo trabajo para FEDEGAN hace 19 años, gracias
Si el banco me puede prestar estando contratado a travez una temporal, yo trabajo para FEDEGAN hace 19 años, gracias
Respuesta
<p>Buen día, al respecto le informamos que el Gobierno Nacional, en su Política de Vivienda busca ampliar la oferta de financiación de Vivienda de Interés Social, en especial a sectores de población de bajos ingresos, a través de los siguientes instrumentos:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Según el Decreto 2555 de 2010, se estableció que la persona afiliada al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) puede celebrar contratos de Ahorro Voluntario Contractual (AVC) con dicha entidad, teniendo en cuenta que la Junta directiva del FNA define las condiciones de los contratos de AVC, basado en los criterios estimados en el Articulo 10.5.10.1.2 (Condiciones del AVC), del decreto anteriormente mencionado.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·La línea de reduescuento de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. (FINDETER) le permite a las Cajas de Compensación, Cooperativas de Ahorro y Crédito, Cooperativas Multiactivas e Integrales con sección de ahorro y crédito y Fondos de Empleados, otorgar créditos para adquisición de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Por medio del Decreto 1143 de 2009 se creó la medida de cobertura condicionada o también conocida como subsidio a la tasa de interés, para lo cual se ideó una permuta financiera entre la entidad otorgante del préstamo y FRECH, la cual permitirá que el cliente reciba un beneficio del gobierno representado en una menor tasa de interés durante los primeros siete años de vida del crédito. Este beneficio se ve representado en una menor tasa durante los siete primeros años de la vigencia del crédito hipotecario a través de una reducción de puntos porcentuales (p.p) de la tasa de interés.</p>
<p>La Ley 546 de 1999 y las circulares externas 085 de 2000 y 13 de 2009 de la Superintendencia Financiera, señalan las condiciones financieras y los sistemas de amortización a los cuales deben sujetarse actualmente los créditos de vivienda, por lo anterior, las entidades financieras ofrecen créditos de acuerdo con la citada normativa.</p>
<p>Por lo anterior, el interesado en adquirir un crédito para vivienda puede dirigirse a cualquiera de estas entidades y exponer su caso, allí le orientarán sobre los requisitos para obtener los recursos que requiere para poder adquirir su vivienda. No obstante, es importante aclarar que las entidades financieras son establecimientos autónomos y tienen políticas internas de manejo y aprobación de los créditos que otorgan y por tal razón, el seguimiento y control a estas actividades es desarrollado por la Superintendencia Financiera.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Según el Decreto 2555 de 2010, se estableció que la persona afiliada al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) puede celebrar contratos de Ahorro Voluntario Contractual (AVC) con dicha entidad, teniendo en cuenta que la Junta directiva del FNA define las condiciones de los contratos de AVC, basado en los criterios estimados en el Articulo 10.5.10.1.2 (Condiciones del AVC), del decreto anteriormente mencionado.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·La línea de reduescuento de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. (FINDETER) le permite a las Cajas de Compensación, Cooperativas de Ahorro y Crédito, Cooperativas Multiactivas e Integrales con sección de ahorro y crédito y Fondos de Empleados, otorgar créditos para adquisición de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Por medio del Decreto 1143 de 2009 se creó la medida de cobertura condicionada o también conocida como subsidio a la tasa de interés, para lo cual se ideó una permuta financiera entre la entidad otorgante del préstamo y FRECH, la cual permitirá que el cliente reciba un beneficio del gobierno representado en una menor tasa de interés durante los primeros siete años de vida del crédito. Este beneficio se ve representado en una menor tasa durante los siete primeros años de la vigencia del crédito hipotecario a través de una reducción de puntos porcentuales (p.p) de la tasa de interés.</p>
<p>La Ley 546 de 1999 y las circulares externas 085 de 2000 y 13 de 2009 de la Superintendencia Financiera, señalan las condiciones financieras y los sistemas de amortización a los cuales deben sujetarse actualmente los créditos de vivienda, por lo anterior, las entidades financieras ofrecen créditos de acuerdo con la citada normativa.</p>
<p>Por lo anterior, el interesado en adquirir un crédito para vivienda puede dirigirse a cualquiera de estas entidades y exponer su caso, allí le orientarán sobre los requisitos para obtener los recursos que requiere para poder adquirir su vivienda. No obstante, es importante aclarar que las entidades financieras son establecimientos autónomos y tienen políticas internas de manejo y aprobación de los créditos que otorgan y por tal razón, el seguimiento y control a estas actividades es desarrollado por la Superintendencia Financiera.</p>
Me interesa mi casa ya pero soy persona discapacidad auditiva igual mi hijo,oco dificil por situacion, ayudame gracias
Me interesa mi casa ya pero soy persona discapacidad auditiva igual mi hijo,oco dificil por situacion, ayudame gracias
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<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
COMPREN LA VIVIENDA QUE EL ARRENDADOR HABITA ACTUAL MENTE Y EL ARRENDADOR SEGUIRÁ PAGANDO LA CON PUNTUALIDAD.. PORFAVOR.
COMPREN LA VIVIENDA QUE EL ARRENDADOR HABITA ACTUAL MENTE Y EL ARRENDADOR SEGUIRÁ PAGANDO LA CON PUNTUALIDAD.. PORFAVOR.
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su pregunta, atentamente le solicitamos aclarar su solicitud en relación al tema exacto sobre el cual requiere información, lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud.<span class="apple-converted-space"> </span><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo<span class="apple-converted-space"> </span></span><a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co"><span style="font-size:9.0pt;
font-family:"Arial","sans-serif"">correspondencia@minvivienda.gov.co</span></a><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">, a la Calle 18 N° 7 – 59 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Grupo de Atención al Usuario y Archivo.</span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio</span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo<span class="apple-converted-space"> </span></span><a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co"><span style="font-size:9.0pt;
font-family:"Arial","sans-serif"">correspondencia@minvivienda.gov.co</span></a><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">, a la Calle 18 N° 7 – 59 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Grupo de Atención al Usuario y Archivo.</span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio</span></p>
Vivienda para madre cabeza de hogar, desplazada desde el 2004. Sin formulario de inscripcion.
Registrada:
Código:
6382
Vivienda para madre cabeza de hogar, desplazada desde el 2004. Sin formulario de inscripcion.
Registrada:
Código:
6382
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
Pertenezco a la red unidos hace varios años nivel 1 soy cabeza de familia independiente vivo alquilada y aun noreciboel
Pertenezco a la red unidos hace varios años nivel 1 soy cabeza de familia independiente vivo alquilada y aun noreciboel
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
las personas que tenemos lote propio, como podemos acceder a estos beneficios para construir en el? Gracias
las personas que tenemos lote propio, como podemos acceder a estos beneficios para construir en el? Gracias
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” <o:p></o:p></span></p>
Por qué razón los juzgados de descongestión no actualizan el sistema web creado para consultar los procesos por internet
Por qué razón los juzgados de descongestión no actualizan el sistema web creado para consultar los procesos por internet
Respuesta
<div class="gmail_default">
<span></span><font face="georgia, serif">Respetado señor Cabrera Bayona, </font></div>
<div class="gmail_default">
</div>
<div class="gmail_default">
<font face="georgia, serif">En atención a la consulta realizada, le informamos que </font><font color="#073763" face="georgia, serif">el plan y las medidas de descongestión en la Rama Judicial le corresponde concertarlos a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 1285 de 2009, que modificó el artículo 63 de la Ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia. Por tal motivo, corresponderá a dicha Corporación absolver de fondo su inquietud.</font></div>
<span></span><font face="georgia, serif">Respetado señor Cabrera Bayona, </font></div>
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<font face="georgia, serif">En atención a la consulta realizada, le informamos que </font><font color="#073763" face="georgia, serif">el plan y las medidas de descongestión en la Rama Judicial le corresponde concertarlos a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 1285 de 2009, que modificó el artículo 63 de la Ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia. Por tal motivo, corresponderá a dicha Corporación absolver de fondo su inquietud.</font></div>
Si las AFP de ahorro individual deben garantizar la rentabilidad mínima, porque las pérdidas son cargadas a los trabajad
Si las AFP de ahorro individual deben garantizar la rentabilidad mínima, porque las pérdidas son cargadas a los trabajad
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano(a):</p>
<p><strong>ARTÍCULO 101. RENTABILIDAD MÍNIMA.</strong> <Artículo modificado por el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1328_2009_pr001.html#52">52</a> de la Ley 1328 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:> La totalidad de los rendimientos obtenidos en el manejo de los Fondos de Pensiones, una vez aplicadas las comisiones por mejor desempeño a que haya lugar, será abonada en las cuentas de ahorro pensional individual de los afiliados, a prorrata de las sumas acumuladas en cada una de ellas y de la permanencia de las mismas durante el respectivo período.</p>
<p>Las sociedades administradoras de Fondos de Pensiones deberán garantizar a los afiliados una rentabilidad mínima de cada uno de los Fondos de Pensiones, la cual será determinada por el Gobierno Nacional.</p>
<p>En igual forma, deberán garantizar a los afiliados a los Fondos de Cesantías una rentabilidad mínima de cada uno de los portafolios de inversión administrados, que será determinada por el Gobierno Nacional.</p>
<p>En el caso de los Fondos de Cesantías, tratándose del portafolio que se defina para la inversión de los recursos de corto plazo destinados a atender las solicitudes de retiros anticipados, la rentabilidad mínima deberá tener como referente la tasa de interés de corto plazo o un indicador de corto plazo que el Gobierno Nacional determine, en los términos y condiciones que el mismo establezca.</p>
<p>En aquellos casos en los cuales no se alcance la rentabilidad mínima, las sociedades administradoras deberán responder con sus propios recursos, afectando inicialmente la reserva de estabilización de rendimientos que el Gobierno Nacional defina para estas sociedades.</p>
<p>PARÁGRAFO 1o. Cuando en cualquier disposición se haga mención a la rentabilidad mínima del fondo o Fondos de Pensiones, se entenderá que la misma está referida a la rentabilidad de cada uno de los Fondos de Pensiones cuya gestión se autoriza a las sociedades administradoras.</p>
<p>PARÁGRAFO 2do (...............)</p>
<p>Artículos ( .................. 102, 103, 104...)</p>
<p>Teniendo en cuenta la reglamentación anterior y las normas posteriores expedidas es como funcionan las AFP, sin embargo usted puede dirigirse directamente a la Superintendencia Financiera que es la entidad responsable de regular y vigilar las operaciones de las AFP en Colombia la cual ofrece toda la información financiera, contable y estadística de los fondos de pensiones.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo. </p>
<p><strong>ARTÍCULO 101. RENTABILIDAD MÍNIMA.</strong> <Artículo modificado por el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1328_2009_pr001.html#52">52</a> de la Ley 1328 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:> La totalidad de los rendimientos obtenidos en el manejo de los Fondos de Pensiones, una vez aplicadas las comisiones por mejor desempeño a que haya lugar, será abonada en las cuentas de ahorro pensional individual de los afiliados, a prorrata de las sumas acumuladas en cada una de ellas y de la permanencia de las mismas durante el respectivo período.</p>
<p>Las sociedades administradoras de Fondos de Pensiones deberán garantizar a los afiliados una rentabilidad mínima de cada uno de los Fondos de Pensiones, la cual será determinada por el Gobierno Nacional.</p>
<p>En igual forma, deberán garantizar a los afiliados a los Fondos de Cesantías una rentabilidad mínima de cada uno de los portafolios de inversión administrados, que será determinada por el Gobierno Nacional.</p>
<p>En el caso de los Fondos de Cesantías, tratándose del portafolio que se defina para la inversión de los recursos de corto plazo destinados a atender las solicitudes de retiros anticipados, la rentabilidad mínima deberá tener como referente la tasa de interés de corto plazo o un indicador de corto plazo que el Gobierno Nacional determine, en los términos y condiciones que el mismo establezca.</p>
<p>En aquellos casos en los cuales no se alcance la rentabilidad mínima, las sociedades administradoras deberán responder con sus propios recursos, afectando inicialmente la reserva de estabilización de rendimientos que el Gobierno Nacional defina para estas sociedades.</p>
<p>PARÁGRAFO 1o. Cuando en cualquier disposición se haga mención a la rentabilidad mínima del fondo o Fondos de Pensiones, se entenderá que la misma está referida a la rentabilidad de cada uno de los Fondos de Pensiones cuya gestión se autoriza a las sociedades administradoras.</p>
<p>PARÁGRAFO 2do (...............)</p>
<p>Artículos ( .................. 102, 103, 104...)</p>
<p>Teniendo en cuenta la reglamentación anterior y las normas posteriores expedidas es como funcionan las AFP, sin embargo usted puede dirigirse directamente a la Superintendencia Financiera que es la entidad responsable de regular y vigilar las operaciones de las AFP en Colombia la cual ofrece toda la información financiera, contable y estadística de los fondos de pensiones.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo. </p>
estoy casada con un hombre que habia enviudado y tiene casa y 4 hijos de esa unión, y yo no tengo casa puede acceder.
estoy casada con un hombre que habia enviudado y tiene casa y 4 hijos de esa unión, y yo no tengo casa puede acceder.
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de los diferentes programas del Gobierno Nacional es indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de los diferentes programas del Gobierno Nacional es indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
Porque cuando uno va a preguntar en los bancos sobre las ayudas del gobierno, ellos NUNCA saben nada, caso DAVIVIENDA?
Porque cuando uno va a preguntar en los bancos sobre las ayudas del gobierno, ellos NUNCA saben nada, caso DAVIVIENDA?
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
si ya me fue otorgado un subsidio de vivienda pero me toco que dejar mi vivienda en este caso que puedo hacer gracias..
si ya me fue otorgado un subsidio de vivienda pero me toco que dejar mi vivienda en este caso que puedo hacer gracias..
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que de acuerdo al Decreto 2190 de 2009, <em>“El Subsidio Familiar de Vivienda - SFV de que trata este Decreto es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de interés social”. </em></p>
<p>No obstante, el Decreto 2190 de 2009 en su Artículo 4 Inciso 2 ha establecido como postulantes: “<strong>Las personas que formen parte de hogares beneficiarios del - SFV podrán postular nuevamente a éste cuando en el futuro conformen un nuevo hogar</strong>, siempre y cuando cumplan con las condiciones exigidas para ello, para lo cual se deberá demostrar la conformación de un nuevo hogar diferente al que fuera beneficiario del SFV y <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior </strong>con la presentación de los siguientes documentos ante la Caja de Compensación, y el diligenciamiento del respectivo formulario establecido para tal efecto .</p>
<p>1.Presentación del formato de conformación de nuevo hogar debidamente diligenciado, en el cual se debe relacionar, los miembros del nuevo hogar conformado, registrando nombres, apellidos y documentos de identidad Anexo 11 pagina 1. Nota: En la presentación del formato de nuevo hogar <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior</strong>. 2.Fotocopia de los documentos de identidad de los miembros mayores y menores de edad que conforman el nuevo hogar. 3.Documento que acredite la disolución de la sociedad conyugal o de la sociedad patrimonial. (Escritura Pública o sentencia judicial). 4.Registro civil de matrimonio o prueba marital de hecho de conformidad con el artículo segundo de la Ley 979 de 2005, como son: ·Escritura Pública ante notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes. ·Acta de conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro legalmente constituido. ·Sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba, consagrados en código del procedimiento civil, con conocimiento de los jueces de familia de primera instancia, según sea el caso. 5.Certificado de libertad y tradición del inmueble en el cual se aplicó el - SFV, donde conste que el beneficiario que conforma el nuevo hogar no ostenta la propiedad.</p>
<p>Luego de haber realizado el trámite anteriormente descrito a través de la caja de compensación y si el hogar que usted encabeza desea postularse a un SFV, quedaría libre de hacerlo en las convocatorias que adelante cualquier entidad otorgante del SFV. </p>
<p>No obstante, el Decreto 2190 de 2009 en su Artículo 4 Inciso 2 ha establecido como postulantes: “<strong>Las personas que formen parte de hogares beneficiarios del - SFV podrán postular nuevamente a éste cuando en el futuro conformen un nuevo hogar</strong>, siempre y cuando cumplan con las condiciones exigidas para ello, para lo cual se deberá demostrar la conformación de un nuevo hogar diferente al que fuera beneficiario del SFV y <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior </strong>con la presentación de los siguientes documentos ante la Caja de Compensación, y el diligenciamiento del respectivo formulario establecido para tal efecto .</p>
<p>1.Presentación del formato de conformación de nuevo hogar debidamente diligenciado, en el cual se debe relacionar, los miembros del nuevo hogar conformado, registrando nombres, apellidos y documentos de identidad Anexo 11 pagina 1. Nota: En la presentación del formato de nuevo hogar <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior</strong>. 2.Fotocopia de los documentos de identidad de los miembros mayores y menores de edad que conforman el nuevo hogar. 3.Documento que acredite la disolución de la sociedad conyugal o de la sociedad patrimonial. (Escritura Pública o sentencia judicial). 4.Registro civil de matrimonio o prueba marital de hecho de conformidad con el artículo segundo de la Ley 979 de 2005, como son: ·Escritura Pública ante notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes. ·Acta de conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro legalmente constituido. ·Sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba, consagrados en código del procedimiento civil, con conocimiento de los jueces de familia de primera instancia, según sea el caso. 5.Certificado de libertad y tradición del inmueble en el cual se aplicó el - SFV, donde conste que el beneficiario que conforma el nuevo hogar no ostenta la propiedad.</p>
<p>Luego de haber realizado el trámite anteriormente descrito a través de la caja de compensación y si el hogar que usted encabeza desea postularse a un SFV, quedaría libre de hacerlo en las convocatorias que adelante cualquier entidad otorgante del SFV. </p>
Ciudades intermedias para el programa MI CASA YA?Cuando entra en vigencia nuevo programa? Inicial en cuenta de ahorro?
Ciudades intermedias para el programa MI CASA YA?Cuando entra en vigencia nuevo programa? Inicial en cuenta de ahorro?
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
que hacer cuando en una vivienda se adquirio por subsidio y se vive en hacinamiento, solo dos piezas para 4 personas?
que hacer cuando en una vivienda se adquirio por subsidio y se vive en hacinamiento, solo dos piezas para 4 personas?
Respuesta
<p>Buen día, respecto a su inquietud le manifestamos que e<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 9pt; line-height: 115%;">l Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</span></p>
<p>Es importante aclarar que de acuerdo al Decreto 2190 de 2009, <em>“El Subsidio Familiar de Vivienda de que trata este Decreto es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de interés social”. </em></p>
<p><i>Así mismo, la postulación al subsidio familiar de vivienda es una acto voluntario que realiza el hogar postulante y en la cual acepta las condiciones de la misma en el momento de la firma del formulario de postulación</i></p>
<p> </p>
<p>Es importante aclarar que de acuerdo al Decreto 2190 de 2009, <em>“El Subsidio Familiar de Vivienda de que trata este Decreto es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de interés social”. </em></p>
<p><i>Así mismo, la postulación al subsidio familiar de vivienda es una acto voluntario que realiza el hogar postulante y en la cual acepta las condiciones de la misma en el momento de la firma del formulario de postulación</i></p>
<p> </p>
estando reportado por datacredito puedo adquirir vivienda como debo hacer para escribirme en el programa donde debo ir
estando reportado por datacredito puedo adquirir vivienda como debo hacer para escribirme en el programa donde debo ir
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>· <u>Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</u></p>
<p>· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige. </p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>· <u>Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</u></p>
<p>· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige. </p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
Voy a comprar un apto nvo, el valor supera tope 197,5 millones, pero el valor del crédito hipotecario es menor, aplico?
Voy a comprar un apto nvo, el valor supera tope 197,5 millones, pero el valor del crédito hipotecario es menor, aplico?
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p><span>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige. </span>Teniendo en cuenta las caracteristicas a que hace mención, no podria ser beneficiario del subsidio familiar de Vivienda a traves del Programa Mi Casa ya.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p><span>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige. </span>Teniendo en cuenta las caracteristicas a que hace mención, no podria ser beneficiario del subsidio familiar de Vivienda a traves del Programa Mi Casa ya.</p>
Soy divorciado y la casa la tiene la esposa no liquidación sociedad por menores. Puedo adquirir una este proyecto
Soy divorciado y la casa la tiene la esposa no liquidación sociedad por menores. Puedo adquirir una este proyecto
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· <u>Que no sean propietarios de vivienda.</u></p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· <u>Que no sean propietarios de vivienda.</u></p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
tengo aprobado subsidio de vivienda con compensar , estoy pagando la cuota inicial fecha entrega del inmueble abril 2015
tengo aprobado subsidio de vivienda con compensar , estoy pagando la cuota inicial fecha entrega del inmueble abril 2015
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su pregunta, atentamente le solicitamos aclarar su solicitud en relación al tema exacto sobre el cual requiere información, lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud.<span class="apple-converted-space"> </span><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo<span class="apple-converted-space"> </span></span><a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co"><span style="font-size:9.0pt;
font-family:"Arial","sans-serif"">correspondencia@minvivienda.gov.co</span></a><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">, a la Calle 18 N° 7 – 59 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Grupo de Atención al Usuario y Archivo.</span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio</span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo<span class="apple-converted-space"> </span></span><a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co"><span style="font-size:9.0pt;
font-family:"Arial","sans-serif"">correspondencia@minvivienda.gov.co</span></a><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">, a la Calle 18 N° 7 – 59 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Grupo de Atención al Usuario y Archivo.</span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio</span></p>
yo vivo con mi abuela de 90 años, estoy terminando mi bachillerato puedo beneficiarme del proyecto mi casa ya
yo vivo con mi abuela de 90 años, estoy terminando mi bachillerato puedo beneficiarme del proyecto mi casa ya
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">· Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. Este programa comenzará a operar desde el 1 enero de 2015.</p>
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>El artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003, establece que una persona afiliada al Régimen de Prima Media – RPM, tendrá derecho a la Pensión de Vejez siempre y cuando reúna los siguientes requisitos: (...) Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre. A partir del 1°. de enero del año 2014 la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre. Haber cotizado un mínimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo. A partir del 1°. de enero del año 2005, el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1°. de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015. Es de anotar que los requisitos mencionados no son optativos o alternativos, lo que indica que se deben reunir los dos para acceder a la Pensión de Vejez, sin olvidar que para el año 2012 se exige desde el 1° de enero hasta el 31 de Diciembre un mínimo de 1.225 semanas cotizadas.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo. </p>
<p>El artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003, establece que una persona afiliada al Régimen de Prima Media – RPM, tendrá derecho a la Pensión de Vejez siempre y cuando reúna los siguientes requisitos: (...) Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre. A partir del 1°. de enero del año 2014 la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre. Haber cotizado un mínimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo. A partir del 1°. de enero del año 2005, el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1°. de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015. Es de anotar que los requisitos mencionados no son optativos o alternativos, lo que indica que se deben reunir los dos para acceder a la Pensión de Vejez, sin olvidar que para el año 2012 se exige desde el 1° de enero hasta el 31 de Diciembre un mínimo de 1.225 semanas cotizadas.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano </p>
<p>Ministerio del Trabajo. </p>
si soy una persona que en este momento no tengo trabajo y no tengo un ahorro para la vivienda que puedo hacer?
si soy una persona que en este momento no tengo trabajo y no tengo un ahorro para la vivienda que puedo hacer?
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de </span><span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 9pt;">Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de </span><span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 9pt;">Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de </span><span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 9pt;">Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de </span><span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 9pt;">Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” </span></p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
Respuesta
<div>
Estimado ciudadano,</div>
<div>
</div>
<div>
La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil créditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional está dirigido únicamente al grupo de jóvenes de último grado de bachillerato o de educación media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:</div>
<div>
</div>
<div>
1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educación media - Icfes Saber 11°</div>
<div>
2. Grupo familiar clasificado en el Sisbén de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>
<div>
</div>
<div>
Área Puntaje menor a</div>
<div>
14 ciudades principales 57.21</div>
<div>
Otra cabecera 56.32</div>
<div>
Rural 40.75</div>
<div>
</div>
<div>
3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015</div>
<div>
</div>
<div>
Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación que puede visitar en www.icetex.gov.co</div>
<div>
</div>
<div>
Cordialmente,</div>
<div>
</div>
<div>
Viceministerio de Educación Superior</div>
<div>
Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano,</div>
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La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil créditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional está dirigido únicamente al grupo de jóvenes de último grado de bachillerato o de educación media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:</div>
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1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educación media - Icfes Saber 11°</div>
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2. Grupo familiar clasificado en el Sisbén de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>
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Área Puntaje menor a</div>
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14 ciudades principales 57.21</div>
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Otra cabecera 56.32</div>
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Rural 40.75</div>
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3. Admisión en una Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015</div>
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Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de líneas de financiación que puede visitar en www.icetex.gov.co</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>