Si las AFP de ahorro individual deben garantizar la rentabilidad mínima, porque las pérdidas son cargadas a los trabajad

Enviado por alv.cabrer el Mié, 29/10/2014 - 15:22
Si las AFP de ahorro individual deben garantizar la rentabilidad mínima, porque las pérdidas son cargadas a los trabajad
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) Ciudadano(a):</p>
<p><strong>ART&Iacute;CULO 101. RENTABILIDAD M&Iacute;NIMA.</strong> &lt;Art&iacute;culo modificado por el art&iacute;culo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1328_2009_pr001.html#52">52</a> de la Ley 1328 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:&gt; La totalidad de los rendimientos obtenidos en el manejo de los Fondos de Pensiones, una vez aplicadas las comisiones por mejor desempe&ntilde;o a que haya lugar, ser&aacute; abonada en las cuentas de ahorro pensional individual de los afiliados, a prorrata de las sumas acumuladas en cada una de ellas y de la permanencia de las mismas durante el respectivo per&iacute;odo.</p>
<p>Las sociedades administradoras de Fondos de Pensiones deber&aacute;n garantizar a los afiliados una rentabilidad m&iacute;nima de cada uno de los Fondos de Pensiones, la cual ser&aacute; determinada por el Gobierno Nacional.</p>
<p>En igual forma, deber&aacute;n garantizar a los afiliados a los Fondos de Cesant&iacute;as una rentabilidad m&iacute;nima de cada uno de los portafolios de inversi&oacute;n administrados, que ser&aacute; determinada por el Gobierno Nacional.</p>
<p>En el caso de los Fondos de Cesant&iacute;as, trat&aacute;ndose del portafolio que se defina para la inversi&oacute;n de los recursos de corto plazo destinados a atender las solicitudes de retiros anticipados, la rentabilidad m&iacute;nima deber&aacute; tener como referente la tasa de inter&eacute;s de corto plazo o un indicador de corto plazo que el Gobierno Nacional determine, en los t&eacute;rminos y condiciones que el mismo establezca.</p>
<p>En aquellos casos en los cuales no se alcance la rentabilidad m&iacute;nima, las sociedades administradoras deber&aacute;n responder con sus propios recursos, afectando inicialmente la reserva de estabilizaci&oacute;n de rendimientos que el Gobierno Nacional defina para estas sociedades.</p>
<p>PAR&Aacute;GRAFO 1o. Cuando en cualquier disposici&oacute;n se haga menci&oacute;n a la rentabilidad m&iacute;nima del fondo o Fondos de Pensiones, se entender&aacute; que la misma est&aacute; referida a la rentabilidad de cada uno de los Fondos de Pensiones cuya gesti&oacute;n se autoriza a las sociedades administradoras.</p>
<p>PAR&Aacute;GRAFO 2do (...............)</p>
<p>Art&iacute;culos ( .................. 102, 103, 104...)</p>
<p>Teniendo en cuenta la reglamentaci&oacute;n anterior y las normas posteriores expedidas es como funcionan las AFP, sin embargo usted puede dirigirse directamente a la Superintendencia Financiera que es la entidad responsable de regular y vigilar las operaciones de las AFP en Colombia la cual ofrece toda la&nbsp; informaci&oacute;n financiera, contable y estad&iacute;stica de los fondos de pensiones.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

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