Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu comentario e intervenci&oacute;n, tu opini&oacute;n es muy importante para nosotros. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informo que&nbsp;las respuestas a las preguntas realizadas por Urna de Cristal sobre el nuevo modelo de salud que plantea el Proyecto de Ley 210,&nbsp;&nbsp;las encuentra&nbsp;&nbsp;en&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia" target="_blank">http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia</a>, donde&nbsp;adem&aacute;s puede consultar otros documentos relacionados con este proyecto.</p>

<p>Muchas gracias por su inter&eacute;s en este tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>apreciado ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Debido a la complejidad de su solicitud, esta no podr&aacute; ser respondida &nbsp;de fondo a trav&eacute;s de la plataforma de Urna de Cristal, por tal motivo le sugerimos hacer su solicitud a trav&eacute;s de nuestros canales de atenci&oacute;n:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Chat institucional: a trav&eacute;s de la p&aacute;gina Web <a href="http://www.minvivienda.gov.co/">www.minvivienda.gov.co</a> lunes a viernes de 9:00 am a 12:00 m</p>

<p>Correo electr&oacute;nico&nbsp;&nbsp;&nbsp; <a href="mailto:correwspondencia@minvivienda.gov.co">correwspondencia@minvivienda.gov.co</a></p>

<p>Ventanilla &uacute;nica de radicaci&oacute;n: calle 18 N&deg; 7-59 Bogot&aacute;&nbsp; lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm</p>

<p>Conmutador: (571) 3323434</p>

<p>Centro de contacto telef&oacute;nico: 5953525 opci&oacute;n 1 &ndash; 8&nbsp; &nbsp;L&iacute;nea gratuita nacional 018000952525 opci&oacute;n 1 &ndash; 8</p>

<p>Fax: 2817327</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p><strong>GRUPO DE ATENCI&Oacute;N AL USUARIO Y ARCHIVO</strong></p>

<p>Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>&nbsp;</p>

<p>Apreciado ciudadano:</p>

<p>Respecto de los mecanismos de financiaci&oacute;n de vivienda, el Gobierno Nacional mediante el Decreto No. 701 de 12 de abril de 2013 ofrece coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n de vivienda nueva a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional. Las condiciones de acceso para acceder a la cobertura son las establecidas en la norma mencionada, para:</p>

<ol style="list-style-type:lower-alpha;">

<li>

Cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que inicien a parir del 6 de mayo de 2013 y hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas establecidas por el Gobierno Nacional.</li>

<li>

Compra de vivienda nueva cuyo valor de acuerdo con el aval&uacute;o del establecimiento de cr&eacute;dito sea mayor a 135 SMMLV y hasta 335 SMMLV.</li>

<li>

No haber sido beneficiario a cualquier t&iacute;tulo de las coberturas establecidas en el Decreto 701 de 2013 o de aquellas otorgadas en los Decretos 1143 de 2009 y 1190 de 2012.</li>

</ol>

<p>En cuanto al tr&aacute;mite para acceder a la cobertura a la tasa de inter&eacute;s, el art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 701 de 2013 establece que los potenciales beneficiarios deber&aacute;n manifestar por escrito al establecimiento de cr&eacute;dito, su intenci&oacute;n de recibirla, antes del desembolso del cr&eacute;dito o de la suscripci&oacute;n del respectivo contrato de leasing habitacional.</p>

<p>Sobre los aspectos espec&iacute;ficos de las condiciones de acceso y tr&aacute;mite para acceder a la cobertura de la tasa de inter&eacute;s puede ser consultado el Decreto 701 de 2013.</p>

Respuesta
<p>&nbsp;</p>

<p>apreciado usurio.</p>

<p>Respecto de los mecanismos de financiaci&oacute;n de vivienda, el Gobierno Nacional mediante el Decreto No. 701 de 12 de abril de 2013 ofrece coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n de vivienda nueva a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional. Las condiciones de acceso para acceder a la cobertura son las establecidas en la norma mencionada, para:</p>

<ol style="list-style-type:lower-alpha;">

<li>

Cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que inicien a parir del 6 de mayo de 2013 y hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas establecidas por el Gobierno Nacional.</li>

<li>

Compra de vivienda nueva cuyo valor de acuerdo con el aval&uacute;o del establecimiento de cr&eacute;dito sea mayor a 135 SMMLV y hasta 335 SMMLV.</li>

<li>

No haber sido beneficiario a cualquier t&iacute;tulo de las coberturas establecidas en el Decreto 701 de 2013 o de aquellas otorgadas en los Decretos 1143 de 2009 y 1190 de 2012.</li>

</ol>

<p>En cuanto al tr&aacute;mite para acceder a la cobertura a la tasa de inter&eacute;s, el art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 701 de 2013 establece que los potenciales beneficiarios deber&aacute;n manifestar por escrito al establecimiento de cr&eacute;dito, su intenci&oacute;n de recibirla, antes del desembolso del cr&eacute;dito o de la suscripci&oacute;n del respectivo contrato de leasing habitacional.</p>

<p>Sobre los aspectos espec&iacute;ficos de las condiciones de acceso y tr&aacute;mite para acceder a la cobertura de la tasa de inter&eacute;s puede ser consultado el Decreto 701 de 2013.</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu comentario e intervenci&oacute;n, tu opini&oacute;n es muy importante para nosotros.</p>

<p class="rtejustify">Sin embargo, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que a trav&eacute;s de la Comisi&oacute;n Nacional del Servicio Civil, se encuentran publicadas diferentes convocatorias para aspirar a ocupar diferentes cargos en Entidades del Estado Colombiano. Para poder acceder y conocer en detalle la informaci&oacute;n, nos permitimos invitarte a que visites la siguiente p&aacute;gina web <a href="http://www.cnsc.gov.co/esp/index.php">http://www.cnsc.gov.co/esp/index.php</a>. Adicionalmente de igual manera puedes conocer las disposiciones normativas contempladas en la Ley 1429 de 2010, relacionada con la Ley de Formalizaci&oacute;n y Generaci&oacute;n de Empleo.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica para el programa de televisi&oacute;n y los Acuerdos para la Prosperidad. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a></p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu comentario e intervenci&oacute;n, tu opini&oacute;n es muy importante para nosotros. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Apreciado usuario</p>

<p>En respuesta a su solicitud le informamos que:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Respecto de los mecanismos de financiaci&oacute;n de vivienda, el Gobierno Nacional mediante el Decreto No. 701 de 12 de abril de 2013 ofrece coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n de vivienda nueva a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional. Las condiciones de acceso para acceder a la cobertura son las establecidas en la norma mencionada, para:</p>

<ol style="list-style-type:lower-alpha;">

<li>

Cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que inicien a parir del 6 de mayo de 2013 y hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas establecidas por el Gobierno Nacional.</li>

<li>

Compra de vivienda nueva cuyo valor de acuerdo con el aval&uacute;o del establecimiento de cr&eacute;dito sea mayor a 135 SMMLV y hasta 335 SMMLV.</li>

<li>

No haber sido beneficiario a cualquier t&iacute;tulo de las coberturas establecidas en el Decreto 701 de 2013 o de aquellas otorgadas en los Decretos 1143 de 2009 y 1190 de 2012.</li>

</ol>

<p>En cuanto al tr&aacute;mite para acceder a la cobertura a la tasa de inter&eacute;s, el art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 701 de 2013 establece que los potenciales beneficiarios deber&aacute;n manifestar por escrito al establecimiento de cr&eacute;dito, su intenci&oacute;n de recibirla, antes del desembolso del cr&eacute;dito o de la suscripci&oacute;n del respectivo contrato de leasing habitacional.</p>

<p>Sobre los aspectos espec&iacute;ficos de las condiciones de acceso y tr&aacute;mite para acceder a la cobertura de la tasa de inter&eacute;s puede ser consultado el Decreto 701 de 2013.</p>

Respuesta
<p>Estimado se&ntilde;or ciudadano,</p>

<p>Su respuesta est&aacute; en el link:</p>

<p><a href="https://www.dropbox.com/s/nq8jah2co2jjmqu/MinComercio013.pdf"><span face="">https://www.dropbox.com/s/nq8jah2co2jjmqu/MinComercio013.pdf</span></a></p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Direcci&oacute;n de Mipyme</p>

<p>Area de Formalizaci&oacute;n</p>

<p>Tel&eacute;fono 6067676 Ext. 3251-3252</p>

<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>

<p>Bogot&aacute; D.C.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informo que&nbsp;las respuestas a las preguntas realizadas por Urna de Cristal sobre el nuevo modelo de salud que plantea el Proyecto de Ley 210,&nbsp;&nbsp;las encuentra&nbsp;&nbsp;en&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia" target="_blank">http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia</a>, donde&nbsp;adem&aacute;s puede consultar otros documentos relacionados con este proyecto.</p>

<p>Muchas gracias por su inter&eacute;s en este tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>me permito comunicarle lo siguiente:</p>

<p>El denominado Plan de Impulso para la Productividad y el Empleo, creado por el Gobierno Nacional donde se adoptan medidas estructurales o transversales que van a impactar positivamente la productividad en todos los sectores de la actividad econ&oacute;mica del pa&iacute;s. Para el sector Vivienda, se incentiva a los colombianos a adquirir una vivienda a trav&eacute;s de una serie de medidas como es el acceso a mecanismos de financiaci&oacute;n de vivienda con tasas de inter&eacute;s muy bajas y desarrolla e implementa programas para facilitar el acceso a la vivienda de la poblaci&oacute;n formal o informal cuyos ingresos se encuentran entre 1 y 2 SMMLV.</p>

<p>De otra parte el Gobierno Nacional se encuentra desarrollando e implementando programas para facilitar el acceso a la vivienda de la poblaci&oacute;n formal o informal cuyos ingresos se encuentran entre 1 y 2 SMMLV, mediante el otorgamiento de Subsidios para la compra de Vivienda, el otorgamiento de hasta 5 puntos de cobertura a la tasa de inter&eacute;s pactada en los cr&eacute;ditos hipotecarios y contratos de leasing que se utilicen para la compra de las viviendas de hogares vinculados al programa, e incentiva el ahorro de los hogares colombianos, con el fin de obtener el cierre financiero en la compra. <strong>Este programa est&aacute; en reglamentaci&oacute;n por lo cual, solo hasta que sea expedida la norma que lo reglamente, se podr&aacute; profundizar en estas medidas ya expuestas por el Gobierno Nacional.</strong></p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. En ese caso, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que en el siguiente enlace sabr&aacute;s c&oacute;mo desarrollar tu denuncia: <a href="http://bit.ly/nb0ASS">http://bit.ly/nb0ASS</a>. &nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">De igual manera podr&aacute;s acudir ante la Superintendencia de Salud Nacional. Para conocer la manera c&oacute;mo podr&aacute; realizar te denuncia, te invitamos a que visites la p&aacute;gina http://www.supersalud.gov.co/Supersalud/Default.aspx?tabid=28Z</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica para el programa de televisi&oacute;n, programa de radio y los Acuerdos para la Prosperidad. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>

<p>La informaci&ograve;n solicitada la encontrara en la&nbsp; Ley 1429 de 2010,&nbsp; norma que regula todo lo relacionado con el primer empleo.</p>

Respuesta
<p>&nbsp;</p>

<p>apreciado ciudadano&nbsp;</p>

<p>en respuesta a su solicitud me permito comunicarle lo siguiente:</p>

<p>El denominado Plan de Impulso para la Productividad y el Empleo, creado por el Gobierno Nacional donde se adoptan medidas estructurales o transversales que van a impactar positivamente la productividad en todos los sectores de la actividad econ&oacute;mica del pa&iacute;s. Para el sector Vivienda, se incentiva a los colombianos a adquirir una vivienda a trav&eacute;s de una serie de medidas como es el acceso a mecanismos de financiaci&oacute;n de vivienda con tasas de inter&eacute;s muy bajas y desarrolla e implementa programas para facilitar el acceso a la vivienda de la poblaci&oacute;n formal o informal cuyos ingresos se encuentran entre 1 y 2 SMMLV.</p>

<p>De otra parte el Gobierno Nacional se encuentra desarrollando e implementando programas para facilitar el acceso a la vivienda de la poblaci&oacute;n formal o informal cuyos ingresos se encuentran entre 1 y 2 SMMLV, mediante el otorgamiento de Subsidios para la compra de Vivienda, el otorgamiento de hasta 5 puntos de cobertura a la tasa de inter&eacute;s pactada en los cr&eacute;ditos hipotecarios y contratos de leasing que se utilicen para la compra de las viviendas de hogares vinculados al programa, e incentiva el ahorro de los hogares colombianos, con el fin de obtener el cierre financiero en la compra. <strong>Este programa est&aacute; en reglamentaci&oacute;n por lo cual, solo hasta que sea expedida la norma que lo reglamente, se podr&aacute; profundizar en estas medidas ya expuestas por el Gobierno Nacional.</strong></p>

Respuesta
Buen día:

La asociación de pescadores del bajo Baudó puede inscribirse al nodo de pesca de Buenaventura, el cual lo coordina el Director Regional Cali, George Garcés.

Su correo es george.garces@aunap.gov.co.

En estos nodos de pesca ellos podrán presentar sus necesidades y requerimientos para buscarles una solución.

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. Para saber c&oacute;mo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Por otra parte, el Equipo de Urna de Cristal te facilitar&aacute; un enlace en el cual podr&aacute;s conocer los diferentes entes de control en los cuales podr&aacute;s realizar la denuncia, en caso que lo creas conveniente, dependiendo de la naturaleza de la situaci&oacute;n, y as&iacute; proceder al correcto y correspondiente tr&aacute;mite. El link para que sepas c&oacute;mo desarrollar tu denuncia: <a href="http://bit.ly/nb0ASS">http://bit.ly/nb0ASS</a>.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; mismo, y teniendo en cuenta tu consulta, a trav&eacute;s de la Ley 1474 de 2011 y reglamentada por el Decreto 2641 de 2012 fue creado el Estatuto Anti-Corrupci&oacute;n, mediante la cual se implementa una Estrategia Integral contra la lucha contra la corrupci&oacute;n. En caso que quieras conocer y profundizar m&aacute;s sobre el tema, te invitamos a que visites <a href="http://www.anticorrupcion.gov.co/Documents/Presentacion-Estatuto-Anticorrupcion.pdf">http://www.anticorrupcion.gov.co/Documents/Presentacion-Estatuto-Anticorrupcion.pdf</a>. As&iacute; mismo fueron creadas las metodolog&iacute;as y definidos los est&aacute;ndares que deben cumplir las entidades p&uacute;blicas para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 1474 de 2011, relacionado con los contenidos en el documento &quot;Estrategias para la Construcci&oacute;n del Plan Anticorrupci&oacute;n y de Atenci&oacute;n al Ciudadano&quot;</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica para el programa de televisi&oacute;n, programa de radio y los Acuerdos para la Prosperidad. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a></p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informo que&nbsp;las respuestas a las preguntas realizadas por Urna de Cristal sobre el nuevo modelo de salud que plantea el Proyecto de Ley 210,&nbsp;&nbsp;las encuentra&nbsp;&nbsp;en&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia" target="_blank">http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia</a>, donde&nbsp;adem&aacute;s puede consultar otros documentos relacionados con este proyecto.</p>

<p>Muchas gracias por su inter&eacute;s en este tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informo que&nbsp;las respuestas a las preguntas realizadas por Urna de Cristal sobre el nuevo modelo de salud que plantea el Proyecto de Ley 210,&nbsp;&nbsp;las encuentra&nbsp;&nbsp;en&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia" target="_blank">http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia</a>, donde&nbsp;adem&aacute;s puede consultar otros documentos relacionados con este proyecto.</p>

<p>Muchas gracias por su inter&eacute;s en este tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as</p>

<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relaci&oacute;n a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; mismo, y teniendo en cuenta la consulta realizada, te invitamos a que visites la p&aacute;gina http://www.100milviviendasgratis.gov.co/ministerio/index.php, donde podr&aacute;s obtener la informaci&oacute;n detallada y precisa de otorgamiento de las viviendas, junto con sus requisitos, deberes y obligaciones.</p>

<p class="rtejustify">Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co" target="_blank">www.urnadecristal.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify"><br />

Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informo que&nbsp;las respuestas a las preguntas realizadas por Urna de Cristal sobre el nuevo modelo de salud que plantea el Proyecto de Ley 210,&nbsp;&nbsp;las encuentra&nbsp;&nbsp;en&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia" target="_blank">http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia</a>, donde&nbsp;adem&aacute;s puede consultar otros documentos relacionados con este proyecto.</p>

<p>Muchas gracias por su inter&eacute;s en este tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
Apreciado ciudadano,

En atención al escrito presentado por usted a través del Programa Presidencial Urna de Cristal, nos permitimos informar, respecto de las medidas que tomadas por el “uso indebido de recursos de familias en acción e indemnizados de víctimas”

El Programa Más Familias en Acción, se rediseñó para la implementación de la Ley 1532 de 2012, “por medio de la cual se adoptan unas medidas de política y se regula el funcionamiento del Programa Familias en Acción”[1], el cual consiste en “la entrega, condicionada y periódica de una transferencia monetaria directa para complementar el ingreso y mejorar la salud y, educación de los menores de 18 años de las familias que se encuentran en condición de pobreza, y vulnerabilidad”[2], con el objeto de “contribuir a la superación y prevención de la pobreza y la formación de capital humano, mediante el apoyo monetario directo a la familia beneficiaria” cuyos beneficiarios[3] son:

•Las familias en situación de pobreza de acuerdo con los criterios establecidos por el Gobierno Nacional, para lo cual se utiliza el instrumento legalmente establecido que identifica las personas en esa condición, el sistema de selección de beneficiarios SISBEN, y los reportes de la Agencia Nacional para la superación de la pobreza extrema -estrategia Unidos.

•Las familias en situación de desplazamiento.

•Las familias indígenas y afro descendientes en situación de pobreza.

Situaciones adicionales a los anteriores requerimientos y sobre lo que tiene que ver con el mal uso de los recursos asignados, puede remitir con más detalle y casos puntuales en primera instancia al Enlace Municipal de su municipio o a la unidad territorial del DPS en su departamento, para que ellas realicen las averiguaciones pertinentes y reporten al comité de certificación municipal las irregularidades halladas, para después hacer solicitudes al nivel nacional del programa.

Ahora bien, frente a los recursos de todos los programas destinados a la protección y garantía de los derechos de la población víctima de la violencia, le comunicamos que la Unidad actualmente cuenta con el Grupo de Indagación y Protección Contra Fraudes – GIPF-, el cual se encarga de adelantar acciones encaminadas a prevenir conductas irregulares o presuntos delitos contra la administración pública con ocasión a la atención de las víctimas, al igual que emprender mecanismos de acción y corrección frente a la ocurrencia de estos hechos y ponerlos en conocimiento de las autoridades competentes, para que se sancione a los responsables.

Gracias por su pregunta, lo invitamos a seguir participando

Cordialmente,

Área de Gestión de Servicio al ciudadano – DPS – Más Familias en Acción

Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informo que&nbsp;las respuestas a las preguntas realizadas por Urna de Cristal sobre el nuevo modelo de salud que plantea el Proyecto de Ley 210,&nbsp;&nbsp;las encuentra&nbsp;&nbsp;en&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia" target="_blank">http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia</a>, donde&nbsp;adem&aacute;s puede consultar otros documentos relacionados con este proyecto.</p>

<p>Muchas gracias por su inter&eacute;s en este tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>

<p>En la actualidad no se conoce proyecto de Ley alguno en el sentido de su pregunta.</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20132019114632-dps">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20132019114632-dps</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&Aacute;rea de Gesti&oacute;n de Servicio al Ciudadano - DPS</p>

<p>Subdirecci&oacute;n General</p>

Respuesta
<p>Gracias por Comunciarse con el Ministerio de Relaciones Exteriores</p>

<p>Me permito informarle que el tr&aacute;mite de Apostilla y Legalizaci&oacute;n en l&iacute;nea se requieren de 24 horas corrientes a partir de la solicitud. En este caso el pago que se realiza en el banco debe registrarse al Ministerio de Relaciones Exteriores y adicionalmente el Grupo Interno de Apostilla/Legalziaci&oacute;n debe revisar si el documento y la firma del funcionario p&uacute;blico cumple con los requisitos establecidos. Posteriormente se envia por medio de correo electronico la Apostilla/Legalizaci&oacute;n.</p>

<p>Se&ntilde;or Usuario si tiene alguna solicitud adicional no dude en comunicarse con el Ministerio de Relaciones Exteriores o escribirnos a <a href="mailto:contactenos@cancilleria.gov.co">contactenos@cancilleria.gov.co</a></p>

<p>Atentamente,</p>

<p>Juliana Trujillo Almario</p>

<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>

Respuesta
<p>Gracias por Comunciarse con el Ministerio de Relaciones Exteriores</p>

<p>Me permito informarle que el tr&aacute;mite de Apostilla y Legalizaci&oacute;n en l&iacute;nea se requieren de 24 horas corrientes a partir de la solicitud. En este caso el pago que se realiza en el banco debe registrarse al Ministerio de Relaciones Exteriores y adicionalmente el Grupo Interno de Apostilla/Legalziaci&oacute;n debe revisar si el documento y la firma del funcionario p&uacute;blico cumple con los requisitos establecidos. Posteriormente se envia por medio de correo electronico la Apostilla/Legalizaci&oacute;n.</p>

<p>Se&ntilde;or Usuario si tiene alguna solicitud adicional no dude en comunicarse con el Ministerio de Relaciones Exteriores o escribirnos a <a href="mailto:contactenos@cancilleria.gov.co">contactenos@cancilleria.gov.co</a></p>

<p>Atentamente,</p>

<p>Juliana Trujillo Almario</p>

<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as</p>

<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relaci&oacute;n a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; mismo, y teniendo en cuenta la consulta realizada, te invitamos a que visites la p&aacute;gina http://www.100milviviendasgratis.gov.co/ministerio/index.php, donde podr&aacute;s obtener la informaci&oacute;n detallada y precisa de otorgamiento de las viviendas, junto con sus requisitos, deberes y obligaciones.</p>

<p class="rtejustify">Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co" target="_blank">www.urnadecristal.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify"><br />

Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

En relaci&oacute;n a su pregunta le informamos que en la actualidad, existe Contrato de Concesi&oacute;n No. 0446 de 1994 denominado Malla Vial del Meta el cual tiene a su cargo los tramos de v&iacute;as Villavicencio &ndash; Granada, Villavicencio &ndash; Puerto L&oacute;pez y Villavicencio &ndash; Restrepo &ndash; Cumaral, que se encuentra ejecutado y en operaci&oacute;n. En este contrato no se prev&eacute; obras complementarias a las ya existentes.</div>

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&nbsp;</div>

<div>

Esperamos que esta informaci&oacute;n sea clara y responda completamente su inquietud.</div>

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&nbsp;</div>

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No olvide comunciarse con el Ministrio de Transporte a trav&eacute;s de su linea gratuita 018000112042 o redes sociales en Twitter @MinTransporteCo y facebook Ministerio de Transporte oficial; y sus entidades adscritas como la Agencia Nacional de Infraestructura ANI, encargada de proyectos como este.</div>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informo que&nbsp;las respuestas a las preguntas realizadas por Urna de Cristal sobre el nuevo modelo de salud que plantea el Proyecto de Ley 210,&nbsp;&nbsp;las encuentra&nbsp;&nbsp;en&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia" target="_blank">http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia</a>, donde&nbsp;adem&aacute;s puede consultar otros documentos relacionados con este proyecto.</p>

<p>Muchas gracias por su inter&eacute;s en este tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as, de la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su pregunta ser&aacute; enviada a la direcci&oacute;n de correo electr&oacute;nico indicado por usted al momento de su consulta.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n y lo invitamos a que siga participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&Aacute;rea de Gesti&oacute;n de Servicio al Ciudadano</p>

<p>Subdirecci&oacute;n General</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as</p>

<p>De manera atenta nos permitimos informarle que a la fecha se est&aacute;n realizando los tramites de ley para poder conseguir los aportes y poder restablecer esos derechos.</p>

<p>Para la Presidencia de la Rep&uacute;blica y para el Ministerio de Defensa Nacional es muy grato contar con personas como usted.</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informo que&nbsp;las respuestas a las preguntas realizadas por Urna de Cristal sobre el nuevo modelo de salud que plantea el Proyecto de Ley 210,&nbsp;&nbsp;las encuentra&nbsp;&nbsp;en&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia" target="_blank">http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia</a>, donde&nbsp;adem&aacute;s puede consultar otros documentos relacionados con este proyecto.</p>

<p>Muchas gracias por su inter&eacute;s en este tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/rad-20132017835072">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/rad-20132017835072</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&Aacute;rea de Gesti&oacute;n de Servicio al Ciudadano - DPS</p>

<p>Subdirecci&oacute;n General</p>

Respuesta
<p>Cordial Saludo,</p>

<p>En atenci&oacute;n al escrito presentado por usted a trav&eacute;s del Programa Presidencial Urna de Cristal, manifestamos que frente a si un &ldquo;Un funcionario amenazado por grupo armado, con resoluci&oacute;n de reconocimiento, puede pedir se le aplique reparaci&oacute;n?&rdquo;, la Ley 1448 de 2011, dispuso en su art&iacute;culo 3, qui&eacute;n es v&iacute;ctima del conflicto armado interno:<em> &ldquo;</em><em>Se consideran v&iacute;ctimas, para los efectos de esta ley, aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un da&ntilde;o por hechos ocurridos <u>a partir del 1o de enero de 1985</u>, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, <u>ocurridas con ocasi&oacute;n del conflicto armado interno</u>.&rdquo;<a href="#_ftn1" name="_ftnref1" title=""><strong>[1]</strong></a></em></p>

<p>De igual forma, la Corte Constitucional se ha pronunciado en diferentes oportunidades sobre la definici&oacute;n contenida en el citado art&iacute;culo, y &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n y sus limitantes, tal como lo consider&oacute; en la Sentencia C 052 &ndash; 12:<em> &ldquo;&hellip;destaca la Sala que se reconoce como v&iacute;ctimas a todas las personas que hubieren sufrido <strong>un da&ntilde;o</strong>, como consecuencia de los hechos que el mismo precepto determina a continuaci&oacute;n. As&iacute;, pese a que existen tambi&eacute;n otros criterios relevantes, el concepto de da&ntilde;o es el m&aacute;s significativo de todos, pues es de la acreditaci&oacute;n de su ocurrencia que depende que las personas interesadas logren ser reconocidas como v&iacute;ctimas y accedan a los importantes beneficios establecidos en esta normativa.&rdquo;</em></p>

<p>As&iacute; las cosas, la Ley no ha hecho diferenciaci&oacute;n respecto de las cualidades, funciones, o cualquier otra distinci&oacute;n para la acreditaci&oacute;n de la calidad de v&iacute;ctima del conflicto armado, diferente a la establecida en la misma ley<a href="#_ftn2" name="_ftnref2" title="">[2]</a>.</p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p><strong>UNIDAD PARA LA ATENCI&Oacute;N Y REPARACI&Oacute;N INTEGRAL A LAS V&Iacute;CTIMAS - UARIV</strong></p>

<div>

<div id="ftn1">

<p><a href="#_ftnref1" name="_ftn1" title="">[1]</a> Ley 1448 de 2011. Art&iacute;culo 3.</p>

</div>

<div id="ftn2">

<p><a href="#_ftnref2" name="_ftn2" title="">[2]</a> Ley 1448 de 2011. Art&iacute;culo 3. Par&aacute;grafo 2. Los miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley no ser&aacute;n considerados v&iacute;ctimas, salvo en los casos en los que los ni&ntilde;os, ni&ntilde;as o adolescentes hubieren sido desvinculados del grupo armado organizado al margen de la ley siendo menores de edad.</p>

</div>

</div>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relaci&oacute;n a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; mismo, y teniendo en cuenta la consulta realizada, te invitamos a que visites la p&aacute;gina http://www.100milviviendasgratis.gov.co/ministerio/index.php, donde podr&aacute;s obtener la informaci&oacute;n detallada y precisa de otorgamiento de las viviendas, junto con sus requisitos, deberes y obligaciones.</p>

<p class="rtejustify">Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co" target="_blank">www.urnadecristal.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify"><br />

Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Cordial Saludo,</p>

<p><strong>Asunto: </strong>Respuesta petici&oacute;n <strong>URNA DE CRISTAL</strong></p>

<p><strong>Ref: </strong><strong>20132017834522</strong></p>

<p>En atenci&oacute;n al escrito presentado por usted a trav&eacute;s del Programa Presidencial Urna de Cristal, la Unidad para la Atenci&oacute;n y Reparaci&oacute;n Integral a las V&iacute;ctimas - UARIV, respecto a la notificaci&oacute;n por v&iacute;a telef&oacute;nica de los giros que la Unidad ha tramitado en beneficio de la poblaci&oacute;n v&iacute;ctima del conflicto armado interno, nos permitimos informar que dichas notificaciones son un trabajo coordinado de la Unidad, en donde no solo interviene el Centro de Contacto de Informaci&oacute;n y Orientaci&oacute;n &ndash; CCIO, por contacto telef&oacute;nico, sino por medio escrito, al emitir respuesta a los requerimientos de asignaci&oacute;n de los componentes de Atenci&oacute;n Humanitaria, y de los Entes territoriales al publicar el listado de los giros tramitados.</p>

<p>Es importante anotar, que nuestra entidad realiza campa&ntilde;as outbound(llamadas de salida) para informar a toda la poblaci&oacute;n a nivel nacional, bajo estrictos esquemas de seguridad, la disponibilidad de ayuda humanitaria una vez se ha colocado para cobro en el Banco Agrario. Tal ayuda queda disponible por 35 d&iacute;as a partir de la fecha de colocaci&oacute;n, lapso dentro del cual la poblaci&oacute;n beneficiaria debe acercarse a realizar el cobro de la misma.</p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p><strong>UNIDAD PARA LA ATENCI&Oacute;N Y REPARACI&Oacute;N INTEGRAL A LAS V&Iacute;CTIMAS - UARIV</strong></p>

Respuesta
<p><span style="color: black; line-height: 115%; font-family: &quot;Arial&quot;,&quot;sans-serif&quot;; font-size: 12pt; mso-fareast-font-family: &quot;Times New Roman&quot;; mso-fareast-theme-font: minor-fareast; mso-ansi-language: ES; mso-fareast-language: ES; mso-bidi-language: AR-SA;">Respetada Usuaria:</span></p>

<p>&nbsp;</p>

<p class="rtejustify"><span style="color: black; line-height: 115%; font-family: &quot;Arial&quot;,&quot;sans-serif&quot;; font-size: 12pt; mso-fareast-font-family: &quot;Times New Roman&quot;; mso-fareast-theme-font: minor-fareast; mso-ansi-language: ES; mso-fareast-language: ES; mso-bidi-language: AR-SA;">De acuerdo al numeral 12 del art&iacute;culo 30 del Decreto 4108 de 2011 y al numeral 10 del art&iacute;culo 1 de la Resoluci&oacute;n 404 de 2012 debe dirigirse al Ministerio de Trabajo, Direcci&oacute;n Territorial del lugar de su residencia con el fin de verificar el cumplimiento de los deberes de los empleadores en relaci&oacute;n con el pago de las cotizaciones a la seguridad social y para la imposici&oacute;n de multas por violaci&oacute;n a las normas contenidas en los art&iacute;culos 161, 204 y 210 de la Ley 100 de 1993. Lo anterior teniendo en cuenta que el art&iacute;culo 198 de la Ley 1607 de 2012 (Reforma Tributaria) derog&oacute; el art&iacute;culo 123 de la Ley 1438 de 2011 que facultaba a la UGPP.</span></p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as, de la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su pregunta ser&aacute; enviada a la direcci&oacute;n de correo electr&oacute;nico indicado por usted al momento de su consulta.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n y lo invitamos a que siga participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&Aacute;rea de Gesti&oacute;n de Servicio al Ciudadano</p>

<p>Subdirecci&oacute;n General</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>Ante todo ofrecemos disculpas por la demora en la respuesta, ocasionada por el alto n&uacute;mero de preguntas sobre el proyecto de reforma a la salud.</p>

<p>En cuanto a su pregunta, atentamente le informo&nbsp;que&nbsp;en caso de negaci&oacute;n de servicios, procedimientos, medicamentos o incumplimiento de los deberes por parte de las EPS, se debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspecci&oacute;n, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud. &nbsp;</p>

<p>&nbsp;Los datos son:</p>

<p>L&iacute;neas de Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

En Bogot&aacute;: (57-1) 483 7000<br />

L&iacute;nea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />

Horario: Lunes a Domingo las &nbsp;24 horas del d&iacute;a<br />

<br />

Atenci&oacute;n Personalizada</p>

<p>Oficina de Atenci&oacute;n al Usuario<br />

Carrera 7 No. 32-16, Centro Comercial San Mart&iacute;n, piso 3<br />

Horario: lunes a viernes de 9 a.m. a 4 p.m.</p>

<p>P&aacute;gina web: &nbsp;<a href="http://www.supersalud.gov.co/">www.supersalud.gov.co</a>,&nbsp; formulario de peticiones y reclamos en el enlace &nbsp;<a href="http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&amp;Reclamo">http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&amp;Reclamo</a></p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>Atentamente le informo que&nbsp;las respuestas a las preguntas realizadas por Urna de Cristal sobre el nuevo modelo de salud que plantea el Proyecto de Ley 210,&nbsp;&nbsp;las encuentra&nbsp;&nbsp;en&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia" target="_blank">http://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/respuestas-reforma-salud-colombia</a>, donde&nbsp;adem&aacute;s puede consultar otros documentos relacionados con este proyecto.</p>

<p>Muchas gracias por su inter&eacute;s en este tema.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>