Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Respetado(a) &nbsp;Ciudadano(a);</p>

<p>La ley 361 de 1997 reglamentada parcialmente por el decreto nacional 1538 de 2005, adicionada por la ley 1287 de 2009, por la cual <strong>se establecen mecanismos de integraci&oacute;n social de la personas con limitaci&oacute;n y se dictan otras disposiciones, estipula:</strong></p>

<p><strong>(&hellip;&hellip;&hellip;&hellip;&hellip;)Art&iacute;culo 35&ordm;.-</strong>&nbsp;En desarrollo de lo establecido en los art&iacute;culos 1, 13, 47 54, 68 y 366 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, el Estado garantizar&aacute; que las personas con limitaci&oacute;n reciban la atenci&oacute;n social que requieran, seg&uacute;n su grado de limitaci&oacute;n.</p>

<p>Dentro de dichos servicios se dar&aacute; especial prioridad a las labores de informaci&oacute;n y orientaci&oacute;n familiar; as&iacute; como la instalaci&oacute;n de residencias, hogares comunitarios y la realizaci&oacute;n de actividades culturales, deportivas y recreativas.</p>

<p><strong>Par&aacute;grafo.-</strong>&nbsp;Sin perjuicio de las labores que sobre este aspecto corresponda a otras entidades y organismos, lo previsto en este art&iacute;culo en especial las actividades relativas a la orientaci&oacute;n e informaci&oacute;n de la poblaci&oacute;n limitada, estar&aacute; a cargo de la Consejer&iacute;a Presidencial, la cual para estos efectos organizar&aacute; (...)..</p>

<p><strong>Art&iacute;culo 36&ordm;.-</strong>&nbsp;Los servicios de orientaci&oacute;n familiar, tendr&aacute;n como objetivo informar y capacitar a las familias, as&iacute; como entrenarlas para (....).</p>

<p><strong>Art&iacute;culo 37&ordm;.-</strong>&nbsp;El Gobierno a trav&eacute;s del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y en cooperaci&oacute;n con las organizaciones de personas con limitaci&oacute;n, apropiar&aacute; los recursos necesarios para crear una red nacional de residencias, hogares comu(....).</p>

<p><strong>Art&iacute;culo 38&ordm;.-</strong>&nbsp;Todo env&iacute;o postal nacional de material especial para la atenci&oacute;n, educaci&oacute;n, capacitaci&oacute;n y rehabilitaci&oacute;n de personas con limitaci&oacute;n, gozar&aacute; de franquicia postal. Para estos efectos se requerir&aacute;(....).</p>

<p><strong>Art&iacute;culo 39&ordm;.- (..........)</strong>.</p>

<p><strong>Art&iacute;culo 41&ordm;.-</strong>&nbsp;Los escenarios culturales de propiedad de la Naci&oacute;n o de cualquier otra entidad p&uacute;blica, deber&aacute;n ser facilitados a las entidades oficiales o privadas dedicadas a la educaci&oacute;n, rehabilitaci&oacute;n y capacitaci&oacute;n de personas con limitaci&oacute;n o sus organizaciones, previa solicitud en tal sentido ante Colcultura o las entidades regionales correspondientes. (&hellip;&hellip;.)</p>

<p>Le indicamos comedidamente consultar la norma precedente en su contexto.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Presentar una comunicaci&oacute;n formal dirigida al ICETEX donde explique el inconveniente y documentando el caso.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
Señor

Gildardo Morales Aguirre



En respuesta a su pregunta ¿El momento de firmar la paz como se le va garantizar los derechos a los desmovilizados y vigilancia para no delinquir?

Se informa que en cuanto a qué garantiza que las FARC dejen de delinquir después de firmada la paz, por una parte el Acuerdo debe tener un sistema que brinde garantías al Gobierno de que las FARC van a cumplir lo acordado, por eso hay un punto que se llama monitoreo y verificación.

Por otro lado, cualquier tratamiento penal especial estará condicionado a la dejación de las armas y a que no vuelvan a delinquir. En caso de que vuelvan a delinquir serán juzgados con todo el peso de la ley.



Cordialmente,



PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Respuesta
<p>Se&ntilde;or</p>

<p><strong>Carlos Mauricio Rodriguez Garcia</strong></p>

<p>Respetado Se&ntilde;or:</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano </strong></p>

<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>

<p>Bogot&aacute; D.C., Colombia</p>

<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Apreciado Ciudadano,<br />

<br />

Reciba un cordial saludo del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA<br />

<br />

Las pol&iacute;ticas de generaci&oacute;n de Formaci&oacute;n buscan beneficiar a todos los actores sociales del pa&iacute;s impartiendo formaci&oacute;n t&eacute;cnica, tecnol&oacute;gica y formaci&oacute;n profesional de manera gratuita, sin embargo antes de una oferta educativa se realiza varios an&aacute;lisis de pertinencia, teniendo en cuenta el sector, el departamento, la oportunidad entre otros, lo cual permite que la oferta se realice lo m&aacute;s ajustada posible.<br />

<br />

No obstante con el objetivo de brindar mayor informaci&oacute;n al respecto, agradecemos que nos remita la situaci&oacute;n planteada con mayor detalle en nuestros canales oficiales y en especial en el canal virtual www.sena.edu.co en la opci&oacute;n servicio al ciudadano y en PQRSF donde recibiremos y gestionaremos las Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y/o Felicitaciones que tenga.<br />

<br />

Muchas gracias.<br />

<br />

Grupo Servicio al Cliente<br />

SENA &ndash; Direcci&oacute;n General<br />

<br />

Tel&eacute;fono (71) 546 1500<br />

Bogot&aacute;, D.C - Colombia<br />

http://www.sena.edu.co<br />

<br />

SENA, mas trabajo</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Al respecto le sugerimos acudir a la constructora del proyecto de vivienda del cual fue beneficiario donde conjuntamente con la Caja de Compensaci&oacute;n Familiar donde presento postulaci&oacute;n le informar&aacute;n respecto a su solicitud.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>En primer lugar agradecerle por la propuesta presentada. Es muy loable de parte suya proponer que los hombres y mujeres se pensionen a la edad de 58 a&ntilde;os.</p>

<p>Sin embargo le informamos que la ley 100 de 1993, establece:</p>

<p><strong>ART&Iacute;CULO 33. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSI&Oacute;N DE VEJEZ.</strong> &lt;Art&iacute;culo modificado por el art&iacute;culo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#9">9</a> de la Ley 797 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:&gt; Para tener el derecho a la Pensi&oacute;n de Vejez, el afiliado deber&aacute; reunir las siguientes condiciones:</p>

<p>1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) a&ntilde;os de edad si es mujer o sesenta (60) a&ntilde;os si es hombre.</p>

<p>A partir del 1o. de enero del a&ntilde;o 2014 la edad se incrementar&aacute; a cincuenta y siete (57) a&ntilde;os de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) a&ntilde;os para el hombre.</p>

<p>2. Haber cotizado un m&iacute;nimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo.</p>

<p>A partir del 1o. de enero del a&ntilde;o 2005 el n&uacute;mero de semanas se incrementar&aacute; en 50 y a partir del 1o.de enero de 2006 se incrementar&aacute; en 25 cada a&ntilde;o hasta llegar a 1.300 semanas en el a&ntilde;o 2015 (&hellip;&hellip;&hellip;&hellip;&hellip;)</p>

<p>Se debe tener en cuenta estimado ciudadano, que si se pretende modificar la ley, este tipo de propuesta debe ser presentada al &oacute;rgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y C&oacute;digos en todos los ramos de la Legislaci&oacute;n.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015 y no hay restricci&oacute;n para que accedan policias o militares al programa, no obstante el banco en el cual tome el cr&eacute;dito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Los requisitos para acceder al Fondo de Garantias son: Acceder a un cr&eacute;dito de pregrado bajo las modalidades de pago en &eacute;poca de estudios del 0%, 10% &oacute; 25%, pertenecer a los estratos 1, 2 &oacute; 3, haber presentado las Pruebas Saber 11 en el a&ntilde;o inmediatamente anterior a la solicitud del cr&eacute;dito y acreditar un puntaje en estas superior o igual a 310,<br />

demostrar y certificar porque no se puede contar con un deudor solidario, lo cual se acreditar&aacute; con el cumplimiento de una o m&aacute;s de las siguientes condiciones:<br />

- El estudiante que, en su n&uacute;cleo familiar, acredite el fallecimiento efectivo o presuntivo o la desaparici&oacute;n de su padre, de su madre o&nbsp; de ambos progenitores. &nbsp;<br />

- El estudiante que acredite que, a&uacute;n teniendo madre y padre, ambos han sido declarados legalmente incapaces, o si es el caso, la declaraci&oacute;n de incapaz del &uacute;nico padre que se encuentre con vida.<br />

- El estudiante que acredite la insolvencia de su padre y de su madre, o si es el caso, del &uacute;nico de sus padres que se encuentre con vida y sea legalmente capaz.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>En relaci&oacute;n con su primera pregunta la ley 1636 de 2013, establece:</p>

<p><strong>Art&iacute;culo 10. <em>Certificado de cesaci&oacute;n de la relaci&oacute;n laboral</em></strong><em>. </em>Dentro de los tres (3) d&iacute;as siguientes a la terminaci&oacute;n de la relaci&oacute;n laboral, el empleador otorgar&aacute; al empleado una carta o certificaci&oacute;n de terminaci&oacute;n de la misma, en la que indique la fecha de terminaci&oacute;n.</p>

<p><strong>Art&iacute;culo 13. <em>Requisitos para acceder a los beneficios.</em></strong> Podr&aacute;n acceder a los Beneficios del Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante, los desempleados que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p>1. Que su situaci&oacute;n laboral haya terminado por cualquier causa o, en el caso de ser independiente su contrato haya cumplido con el plazo de duraci&oacute;n pactado y no cuente con ning&uacute;n otro, o no cuente con ninguna fuente de ingresos.</p>

<p>2.. Que hayan realizado aportes un a&ntilde;o continuo o discontinuo a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar durante los &uacute;ltimos tres (3) a&ntilde;os para dependientes y dos a&ntilde;os continuos o discontinuos en los &uacute;ltimos tres (3) a&ntilde;os para independientes.</p>

<p>3. Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados, pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la b&uacute;squeda de empleo.</p>

<p>4. Estar inscrito en programas de capacitaci&oacute;n en los t&eacute;rminos dispuestos por la reglamentaci&oacute;n que expida el Gobierno Nacional.</p>

<p>5. Adicionalmente, si ha realizado un ahorro al mecanismo de protecci&oacute;n al cesante por un m&iacute;nimo del 10% del promedio del salario mensual durante el &uacute;ltimo a&ntilde;o para todos los trabajadores que devengan hasta dos (2) smmlv, y m&iacute;nimo del 25% del promedio del salario mensual durante el &uacute;ltimo a&ntilde;o, si el trabajador devenga m&aacute;s de 2 smmlv podr&aacute; acceder al beneficio monetario de que trata el art&iacute;culo 12 de la presente ley.</p>

<p><strong>Par&aacute;grafo 1&deg;.</strong> No podr&aacute;n recibir beneficios con cargo al Fondo de Solidaridad de Fomento al Em &nbsp;(....).</p>

<p>El gobierno nacional expidi&oacute; el decreto 2113 del 27 de septiembre de 2013 por el cual se reglamentan los art&iacute;culos 2, 6 y 29 de la Ley 1636 de 2013; posteriormente se expidi&oacute; el decreto 2852 de 2013 por el cual se reglamenta el Servicio P&uacute;blico de Empleo y el r&eacute;gimen de prestaciones del Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante</p>

<p>Para iniciar los tr&aacute;mites del Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante, el ciudadano debe dirigirse a la Caja de Compensaci&oacute;n Familiar del lugar de su residencia.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

Respuesta
Señor

Jairo Giraldo Vizcaino



En respuesta a su pregunta ¿¿Las FARC se desmovilizarán y entregarán sus armas como requisito del acuerdo de paz?



Se informa que en la actual Mesa de Conversaciones con las FARC que adelanta el Gobierno colombiano en Cuba, la dejación de armas está establecida en el segundo sub-punto del punto tres (3) del Acuerdo General para la Terminación del Conflicto denominado “Fin del Conflicto” (ver: https://www.mesadeconversaciones.com.co)

Este punto ha sido determinado por la delegación del Gobierno Nacional como un elemento fundamental para la terminación del conflicto. Y es este precisamente el objetivo fundamental del proceso de conversaciones de La Habana: que las FARC dejen sus armas y se incorporen a las reglas de la democracia Colombiana.

Los integrantes del equipo negociador han sido claros y contundentes en afirmar que se le debe garantizar a la sociedad colombiana y a la comunidad internacional que las FARC nunca más volverán a hacer uso de las armas como medio para presionar por reivindicaciones de ningún tipo. El Gobierno no está dispuesto, y así lo ha reiterado, a aceptar una paz armada en la que un grupo en armas vigile el cumplimiento de unos acuerdos de paz.



Cordialmente,



PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Respuesta
Señor

Darwin Giraldo



En respuesta a su pregunta ¿Podran aspirar los Guerrilleros a cargos públicos?



Se informa que la participación política de las FARC es un punto que aún no se ha abordado en La Habana. Sin embargo hay que anotar que el objetivo de cualquier proceso de paz es romper el vínculo entre política y armas y abrir el camino para que los excombatientes de grupos armados ilegales puedan defender sus ideales sin armas a través de la política dentro de un proceso democrático.



Cordialmente



PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA



Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

Respuesta
Señor

paisitaDIM



En respuesta a su pregunta ¿¿Qué quieres saber sobre el Proceso de Paz?

Se informa que el Acuerdo “Agilizar en La Habana y desescalar en Colombia” del pasado 12 de julio tiene como objetivo fortalecer la confianza de los colombianos en el proceso de paz y agilizar la construcción de acuerdos sobre los temas restantes de la agenda de la Mesa de Conversaciones. Allí se estableció que conjuntamente se tomarán medidas para desescalar el conflicto en Colombia, medidas que buscan bajarle el nivel a las confrontaciones y que las personas de las áreas rurales del país puedan darse cuenta la paz está cerca. Como parte de este acuerdo las FARC se comprometieron a mantener la suspensión unilateral de las acciones militares que inició el pasado 20 de julio.





Esto no puede ser entendido como un cese bilateral al fuego. Tal como lo reiteró el Jefe del Equipo Negociador “No hay que confundir las posibles decisiones sobre desescalamiento, que se tomarán para aliviar el sufrimiento de los colombianos, con las condiciones de un cese de fuego y hostilidades definitivo, el cual solo podría ser aplicado con verificación, en un marco de seriedad y de garantías para todos los colombianos”.



El acuerdo contempla también medidas para agilizar las conversaciones en La Habana. Y es sobre estas medidas y sobre el desescalamieto que el señor Presidente se pronunció estableciendo un plazo de 4 meses que no se refiere únicamente de la suspensión unilateral de las acciones militares de las FARC, sino que está previsto con el fin de evaluar los avances de la Mesa de Conversaciones de La Habana en los temas neurálgicos del proceso, de tal manera que una vez pasado este tiempo se definirá si el proceso continua o no.



Cordialmente,



PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153200762851">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153200762851</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Las convocatorias que hace la Comisi&oacute;n Nacional del Servicio Civil tienen un cronograma previamente establecido, el cual se debe cumplir. Le informamos que de conformidad con el art&iacute;culo 125 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selecci&oacute;n por m&eacute;rito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisi&oacute;n de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades p&uacute;blicas.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del T&iacute;tulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;o en link: http://www.minvivienda.gov.co/vipa&nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Mar&iacute;a</p>

<p class="rtejustify">La Direcci&oacute;n de Conectividad fomenta el acceso y servicio universal de las TICs y promoci&oacute;n del uso y aprovechamiento de las mismas en las zonas donde no se cuenta con cobertura o &eacute;sta es insuficiente.</p>

<p class="rtejustify">La Direcci&oacute;n de Conectividad establece diversas iniciativas para masificar el uso de Internet en Colombia a trav&eacute;s de diferentes proyectos mediante los cuales se otorgan recursos para el fomento de las telecomunicaciones en el pa&iacute;s. Dentro de estas iniciativas, encontramos el Proyecto Nacional de Fibra &Oacute;ptica. Este proyecto tiene la finalidad de construir una red nacional de fibra &oacute;ptica que llegue al menos a 700 municipios, conectando a 753 municipios que se suman a los 325 que ya cuentan con redes de fibra &oacute;ptica.</p>

<p class="rtejustify">Gracias al proyecto se intensificar&aacute; el uso y apropiaci&oacute;n de las TIC, as&iacute; como la generaci&oacute;n de contenidos y aplicaciones que ayudar&aacute;n a reducir la pobreza, aumentar el empleo y contribuir al desarrollo del pa&iacute;s.</p>

<p class="rtejustify">Para conocer el avance y estado actual del presente proyecto en los diferentes municipios del pa&iacute;s, te invitamos a que ingreses al siguiente enlace: <a href="http://www.mintic.gov.co/portal/vivedigital/612/w3-propertyvalue-647.html">http://www.mintic.gov.co/portal/vivedigital/612/w3-propertyvalue-647.html</a></p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;</p>

<h3>

&nbsp;</h3>

Respuesta
<p>ABC Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s</p>

<p>El Gobierno Nacional, para el periodo 2015 &ndash; 2018, tiene a su disposici&oacute;n 130 mil nuevos cupos de subsidio a la tasa de inter&eacute;s para aquellas familias que quieran adquirir vivienda nueva de inter&eacute;s prioritario (VIP) y de inter&eacute;s social (VIS).</p>

<p>Actualmente, el Gobierno Nacional destin&oacute; recursos para facilitar la financiaci&oacute;n de las familias de que quieran comprar vivienda nueva, cuyo valor no exceda los 135 salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes, es decir ($93.076.290​) noventa y tres millones setenta y seis mil doscientos noventa pesos.</p>

<p><a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s/acb">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s/acb</a></p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano.</p>

<p class="rtejustify">Por otra parte, y guardado relaci&oacute;n a la segunda consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>

<p class="rtejustify">El Gobierno defini&oacute; los requisitos para beneficiarse de los diferentes subsidios a los cuales pueden postularse los colombianos. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Adicional a lo anterior el Gobierno present&oacute; el Modelo Financiero TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), un modelo de ahorro que permite a los arrendatarios acceder a una casa propia sin pagar una cuota inicial. Se trata de pagar la vivienda con lo que se cancelar&iacute;a normalmente como canon de arrendamiento. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos a que visites la p&aacute;gina <a href="http://www.fnd.gov.co">www.fnd.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify"><br />

Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Consult m&aacute;s informaci&oacute;n en la p&aacute;gina web del Ministerio de Hacienda &nbsp;www.minhacienda.gov.co en la secci&oacute;n sala de prensa boletines&nbsp;</p>

<p align="center"><strong>Bolet&iacute;n No. 201</strong></p>

<p align="center"><strong>Hay disponibles 11 mil subsidios a la tasa de inter&eacute;s para compra de vivienda para la clase media</strong></p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <em>As&iacute; lo asegur&oacute; el Ministro de Hacienda, Mauricio C&aacute;rdenas, este s&aacute;bado desde Neiva, donde particip&oacute; en el cuarto foro Reforma Tributaria 2016. &nbsp;&nbsp;</em><br />

&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <em>&quot;La cobertura de 2,5% sobre la tasa de inter&eacute;s hipotecaria para la compra de vivienda que se encuentre entre 135 y 335 SMMLV (entre 93 y 231 millones de pesos). Los colombianos podr&aacute;n experimentar un alivio de entre 13 y 27 millones de pesos en su cr&eacute;dito hipotecario&quot;, dijo el funcionario.</em></p>

<p><strong>Neiva, 19 de noviembre 2016 (COMH). </strong>El Ministro de Hacienda, Mauricio C&aacute;rdenas, afirm&oacute; este s&aacute;bado que actualmente hay disponibles 11 mil cupos para acceder a subsidio a la tasa de inter&eacute;s para la compra de vivienda nueva, para la clase media.</p>

<p>&quot;En estos momentos, contamos con m&aacute;s de 11.000 coberturas disponibles para entregar hasta el 31 de diciembre, as&iacute; que los invitamos a que aprovechen esta oportunidad, un descuento en la tasa de inter&eacute;s a quienes compren vivienda nueva&quot;, dijo el funcionario, al iniciar su participaci&oacute;n en el cuarto foro Reforma Tributaria 2016, en Neiva.</p>

<p>El<strong> Jefe de la cartera de Hacienda asegur&oacute; que este beneficio es para aquellas familias que compren vivienda con un valor entre los $93 y $231 millones.</strong></p>

<p><strong>&quot;La cobertura de 2,5% sobre la tasa de inter&eacute;s hipotecaria para la compra de vivienda que se encuentre entre 135 y 335 SMMLV (entre $93 y $231 millones)&quot;, explic&oacute;.</strong></p>

<p>Esta medida, insisti&oacute; el titular de la cartera, busca seguir impulsando el sector de la construcci&oacute;n y que la familia colombiana acceda a casa propia.</p>

<p>&quot;Los colombianos podr&aacute;n experimentar un alivio de entre $13 y $27 millones en su cr&eacute;dito hipotecario&quot;, precis&oacute; C&aacute;rdenas.</p>

<p>Adicionalmente, el Ministro de Hacienda inform&oacute; que para el pr&oacute;ximo a&ntilde;o se continuar&aacute; apoyando esta iniciativa -que es tambi&eacute;n-, gran generadora de empleo.</p>

<p>&quot;En 2017, se pondr&aacute;n a disposici&oacute;n otras 25.000 coberturas para el mismo segmento de viviendas, con el fin de que m&aacute;s hogares hagan realidad el sue&ntilde;o de tener vivienda propia&quot;, afirm&oacute;...Continua</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>S&iacute;, debe hacer la solicitud en el Banco donde esta adquiriendo el cr&eacute;dito y entrar en la lista para ser beneficiario&nbsp;</p>

Respuesta
<p style="margin: 0px 0px 10px; padding: 0px; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; color: rgb(0, 0, 0); text-align: justify; line-height: 16px !important;">El Gobierno Nacional, para el periodo 2015 &ndash; 2018,&nbsp; tiene a su disposici&oacute;n 130 mil nuevos cupos de subsidio a la tasa de inter&eacute;s para aquellas familias que quieran&nbsp; adquirir vivienda nueva de inter&eacute;s prioritario (VIP) y de inter&eacute;s social (VIS).&nbsp;</p>

<p style="margin: 0px 0px 10px; padding: 0px; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; color: rgb(0, 0, 0); text-align: justify; line-height: 16px !important;">Actualmente, el Gobierno Nacional destin&oacute; recursos para facilitar la financiaci&oacute;n de las familias de que quieran comprar vivienda nueva, cuyo valor no exceda los 135 salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes, es decir&nbsp;($<span style="margin: 0px; padding: 0px; line-height: 13.0909px;">93.076.290</span>​) noventa y tres&nbsp;millones setenta y seis&nbsp;mil doscientos noventa pesos.</p>

<p style="margin: 0px 0px 10px; padding: 0px; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; color: rgb(0, 0, 0); text-align: justify; line-height: 16px !important;">El subsidio a la tasa de inter&eacute;s del Gobierno Nacional le ayuda a los colombianos a pagar hasta el 30% de la cuota mensual de su cr&eacute;dito hipotecario.</p>

<p style="margin: 0px 0px 10px; padding: 0px; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; color: rgb(0, 0, 0); text-align: justify; line-height: 16px !important;"><strong style="margin: 0px; padding: 0px;">&iquest;Quienes se pueden beneficiar con este Programa?</strong></p>

<p style="margin: 0px 0px 10px; padding: 0px; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; color: rgb(0, 0, 0); text-align: justify; line-height: 16px !important;">Al beneficio de subsidio a la tasa de &nbsp;inter&eacute;s&nbsp; pueden acceder&nbsp; los colombianos&nbsp; que cuenten con un ingreso familiar mensual de hasta 8 salarios m&iacute;nimos, que no sean propietarios de vivienda en el territorio Nacional y que no hayan sido beneficiarios alguna vez con el subsidio a la tasa de inter&eacute;s.</p>

<p><a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s/acb">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s/acb</a></p>

Respuesta
<p>Como debe ser de su conocimiento, en d&iacute;as pasados el Gobierno Nacional hizo el lanzamiento del PIPE 2.0&nbsp; (Segundo Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo), en el cual se contempla la redirecci&oacute;n de recursos ya existentes hacia programas de mayor impacto sobre productividad y empleo. En este sentido, el programa incluye la reactivaci&oacute;n de coberturas a la tasa de inter&eacute;s para viviendas entre 135 SMMLV y 335 SMMLV. Actualmente, este Ministerio se encuentra acordando el mecanismo con los establecimientos de cr&eacute;dito y posteriormente llevara a cabo el procedimiento de reglamentaci&oacute;n, le sugerimos consultar de manera peri&oacute;dica la p&aacute;gina web del Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico (<a href="http://www.minhacienda.gov.co">www.minhacienda.gov.co</a>), donde se publicar&aacute;n en los pr&oacute;ximos meses las caracter&iacute;sticas de este nuevo programa y las fechas de inicio.</p>

Respuesta
<p>&nbsp;</p>

<p><span style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; text-align: justify;">El Gobierno Nacional, para el periodo 2015 &ndash; 2018,&nbsp; tiene a su disposici&oacute;n 130 mil nuevos cupos de subsidio a la tasa de inter&eacute;s para aquellas familias que quieran&nbsp; adquirir vivienda nueva de inter&eacute;s prioritario (VIP) y de inter&eacute;s social (VIS).&nbsp;</span></p>

<p style="margin: 0px 0px 10px; padding: 0px; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; color: rgb(0, 0, 0); text-align: justify; line-height: 16px !important;">Actualmente, el Gobierno Nacional destin&oacute; recursos para facilitar la financiaci&oacute;n de las familias de que quieran comprar vivienda nueva, cuyo valor no exceda los 135 salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes, es decir&nbsp;($<span style="margin: 0px; padding: 0px; line-height: 13.0909px;">93.076.290</span>​) noventa y tres&nbsp;millones setenta y seis&nbsp;mil doscientos noventa pesos.</p>

<p><a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s/acb">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s/acb</a></p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Como debe ser de su conocimiento, en d&iacute;as pasados el Gobierno Nacional hizo el lanzamiento del PIPE 2.0&nbsp; (Segundo Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo), en el cual se contempla la redirecci&oacute;n de recursos ya existentes hacia programas de mayor impacto sobre productividad y empleo. En este sentido, el programa incluye la reactivaci&oacute;n de coberturas a la tasa de inter&eacute;s para viviendas entre 135 SMMLV y 335 SMMLV. Actualmente, este Ministerio se encuentra acordando el mecanismo con los establecimientos de cr&eacute;dito y posteriormente llevara a cabo el procedimiento de reglamentaci&oacute;n, le sugerimos consultar de manera peri&oacute;dica la p&aacute;gina web del Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico (<a href="http://www.minhacienda.gov.co">www.minhacienda.gov.co</a>), donde se publicar&aacute;n en los pr&oacute;ximos meses las caracter&iacute;sticas de este nuevo programa y las fechas de inicio.</p>

Respuesta
<p>Como debe ser de su conocimiento, en d&iacute;as pasados el Gobierno Nacional hizo el lanzamiento del PIPE 2.0&nbsp; (Segundo Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo), en el cual se contempla la redirecci&oacute;n de recursos ya existentes hacia programas de mayor impacto sobre productividad y empleo. En este sentido, el programa incluye la reactivaci&oacute;n de coberturas a la tasa de inter&eacute;s para viviendas entre 135 SMMLV y 335 SMMLV. Actualmente, este Ministerio se encuentra acordando el mecanismo con los establecimientos de cr&eacute;dito y posteriormente llevara a cabo el procedimiento de reglamentaci&oacute;n, le sugerimos consultar de manera peri&oacute;dica la p&aacute;gina web del Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico (<a href="http://www.minhacienda.gov.co">www.minhacienda.gov.co</a>), donde se publicar&aacute;n en los pr&oacute;ximos meses las caracter&iacute;sticas de este nuevo programa y las fechas de inicio.</p>

Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal



Con referencia a su pregunta, el Comando del Fuerte Militar de Tolemaida del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo diego62247@gmail.com



Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.



Grupo Atención y Orientación Ciudadana – MDN
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano.</p>

<p class="rtejustify">Por otra parte, y guardado relaci&oacute;n a la segunda consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>

<p class="rtejustify">El Gobierno defini&oacute; los requisitos para beneficiarse de los diferentes subsidios a los cuales pueden postularse los colombianos. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Adicional a lo anterior el Gobierno present&oacute; el Modelo Financiero TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), un modelo de ahorro que permite a los arrendatarios acceder a una casa propia sin pagar una cuota inicial. Se trata de pagar la vivienda con lo que se cancelar&iacute;a normalmente como canon de arrendamiento. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos a que visites la p&aacute;gina <a href="http://www.fnd.gov.co">www.fnd.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify"><br />

Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010432652">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010432652</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p><strong>Rocio Charris Escobar</strong></p>

<p>Respetada Se&ntilde;ora</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano </strong></p>

<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>

<p>Bogot&aacute; D.C., Colombia</p>

<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Gracias por participar en la Urna de Cristal</p>

<p><br />

Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ej&eacute;rcito Nacional&nbsp; entrega respuesta a trav&eacute;s de oficio, el cual fue enviado al correo <a href="mailto:alberto.rivera@hotmail.com">alberto.rivera@hotmail.com</a>.</p>

<p>Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Grupo Atenci&oacute;n y Orientaci&oacute;n Ciudadana &ndash; MDN. Cont&aacute;ctenos a trav&eacute;s del correo: <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>

Respuesta
<p>Se dio respuesta a la solicitud con el OFI15-0022673-DCP-3200 del miercoles 2 de septiembre de 2015, el cual fue enviado al correo electronico <a href="mailto:armelito.67@hotmail.com">armelito.67@hotmail.com</a> el dia&nbsp;16 de septiembre de 2015.</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p><strong>Beatriz Lopera</strong></p>

<p>Respetada Se&ntilde;ora</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano </strong></p>

<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>

<p>Bogot&aacute; D.C., Colombia</p>

<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el&nbsp;<strong>subsidio a la tasa de inter&eacute;s</strong>&nbsp;para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>

<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podr&aacute;n hacer realidad el sue&ntilde;o de tener&nbsp;<strong>casa propia</strong>&nbsp;y dejar de pagar arriendo.</p>

<p>Con la implementaci&oacute;n de estos 50 mil&nbsp;<strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de inter&eacute;s</strong>&nbsp;para la compra de&nbsp;<strong>vivienda</strong>&nbsp;entre 135 y 335 salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (87 &ndash; 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>

<p>El acceso a este subsidio es a trav&eacute;s de las entidades bancarias para compra de&nbsp;<strong>proyectos de vivienda nueva</strong>.&nbsp;</p>

<p>Aunque estas coberturas estar&aacute;n disponibles desde el a&ntilde;o 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de b&uacute;squeda de la vivienda que&nbsp;mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n.</p>

<p>La reglamentaci&oacute;n de este programa se encuentra a cargo del Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico, est&aacute; entidad definir&aacute; la fecha en la cual entrar&aacute; en operaci&oacute;n este subsidio, fecha a partir de la cual deber&aacute; acudir al Banco de su preferencia donde le brindar&aacute;n mayor informaci&oacute;n al respecto.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153200727291">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153200727291</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Creemos que usted se refiere &nbsp;al art&iacute;culo 25 de la Constituci&oacute;n Nacional que estipula que &ldquo;el<strong> trabajo es un derecho y una obligaci&oacute;n social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protecci&oacute;n del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas&rdquo;</strong></p>

<p><strong>Por lo cual si considera que el empleador violo sus derechos fundamentales puede presentar una acci&oacute;n de tutela en busca del restablecimiento de estos. Tambi&eacute;n puede </strong>&nbsp;comunicarse con la l&iacute;nea gratuita 120 desde su celular&nbsp; y solicitar la orientaci&oacute;n laboral correspondiente; o agendar&nbsp; una cita en la Direcci&oacute;n Territorial del Ministerio de Trabajo del lugar de su residencia, con un Inspector de Trabajo quien le dar&aacute; las pautas a seguir con respecto a sus inquietudes</p>

<p>Ahora bien, tambi&eacute;n la persona en b&uacute;squeda de empleo debe acudir a&nbsp; las Agencias P&uacute;blicas o Privadas de Gesti&oacute;n y Colocaci&oacute;n de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio P&uacute;blico de Empleo, cuya ubicaci&oacute;n podr&aacute; ser consultada accediendo al siguiente enlace:&nbsp; <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>

<p>El directorio de oficinas de la Agencia P&uacute;blica de Empleo&nbsp; del SENA, lo encontrar&aacute; ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>

<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>