Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el art&iacute;culo 3 del Decreto 2391 de 2013&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el art&iacute;culo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El decreto 1164 de 2014 cobija a todos los j&oacute;venes entre los 18 y los 25 a&ntilde;os de edad que no est&eacute;n empleados o cotizando como independientes, y cuyos padres coticen al r&eacute;gimen contributivo, asegurando su afiliaci&oacute;n al sistema de salud como beneficiarios.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p><strong>Janet Melo</strong></p>

<p>Respetada Se&ntilde;ora</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el cr&eacute;dito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Las personas que acceden a cr&eacute;dito de matr&iacute;cula y est&aacute;n registradas en el Sisb&eacute;n dentro de los puntos de corte para subsidio pueden acceder a subsidio de sostenimiento semestral por valor de $707,409. Para mayor informaci&oacute;n puede consultar la pagina web www.icetex.gov.co link, Cr&eacute;dito Educativo.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El&nbsp; Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional ha incluido a las mujeres, dentro de las estrategias de atenci&oacute;n a la poblaci&oacute;n de especial protecci&oacute;n constitucional y ha venido cumpliendo y ejecutando las gestiones necesarias con el ICETEX para que se incluyeran dentro de las l&iacute;neas especiales de cr&eacute;dito y subsidios a la tasa de inter&eacute;s y al sostenimiento. Por esto y para mayor precisi&oacute;n frente a&nbsp; las acciones afirmativas que ha ejecutado el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional es preciso aclarar algunos aspectos:<br />

<br />

Se trata de una estrategia del Gobierno Nacional para promover la vinculaci&oacute;n de las v&iacute;ctimas de todo el pa&iacute;s dentro de las l&iacute;neas especiales de cr&eacute;dito y subsidios del ICETEX, a trav&eacute;s de un cr&eacute;dito 100% condonable para cursar estudios de Pregrado en los niveles T&eacute;cnico profesionales, Tecnol&oacute;gicos y Universitarios, que cuenta con unos mecanismos y criterios de calificaci&oacute;n y de ingreso, y que prioriza y otorga mayor puntaje a las mujeres. Para conocer mas informaci&oacute;n del presente fondo puede dirigirse a la pagina http://www.icetex.gov.co/ .<br />

<br />

Es importante resaltar que las nuevas l&iacute;neas de cr&eacute;dito T&uacute; eliges c&oacute;mo hacer realidad tus sue&ntilde;os, que presentan grandes beneficios y facilidad para obtener un cr&eacute;dito y lograr acceder a la educaci&oacute;n, son l&iacute;neas de cr&eacute;dito a largo plazo para financiar programas en el nivel t&eacute;cnico profesional, tecnol&oacute;gico, de ciclo complementario de Escuelas Normales Superiores o profesionales universitarios. En este sentido se es posible elegir entre las siguientes opciones:<br />

<br />

&bull; T&uacute; eliges si pagar el 0% durante tu carrera. Esta l&iacute;nea va dirigida a j&oacute;venes estrato 1, 2 y 3.<br />

&bull; T&uacute; eliges si pagar el 10% durante tu carrera. Esta l&iacute;nea va dirigida a j&oacute;venes estrato 1, 2 y 3.<br />

&bull; T&uacute; eliges si pagar el 25% durante tu carrera. Esta l&iacute;nea va dirigida a j&oacute;venes estrato 1, 2 y 3.<br />

&bull; T&uacute; eliges si pagar el 50% durante tu carrera.<br />

&bull; T&uacute; eliges si pagar el 100% durante tu carrera.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Dentro de las acciones de&nbsp; atenci&oacute;n diferencial para las poblaciones, el Gobierno Nacional ha venido adelantando una serie de programas orientados a ampliar la cobertura con equidad desde un enfoque diferencial para superar las barreras para el aprendizaje y la participaci&oacute;n, respondiendo de manera pertinente a su pertenencia &eacute;tnica, vulnerabilidad econ&oacute;mica y social, afectaci&oacute;n por violencia, entre otros factores que afectan su inclusi&oacute;n educativa.<br />

<br />

Es por ello que desde el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional, en cabeza del Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior, ha desarrollado los lineamientos de Educaci&oacute;n Inclusiva con los cuales se busca incentivar a las IES en la definici&oacute;n de acciones y estrategias para el fortalecimiento del enfoque diferencial en el acceso, permanencia y condiciones de calidad de las IES en el Pa&iacute;s:<br />

<br />

&bull; Con las comunidades ind&iacute;genas En el marco del trabajo con los pueblos ind&iacute;genas se cuenta con el Decreto 1953 de 2013.&nbsp; Adicionalmente se cuenta con acciones articuladas con ICETEX y Ministerio del Interior, para la financiaci&oacute;n del acceso y permanencia de los estudiantes ind&iacute;genas a la educaci&oacute;n superior, mediante el Fondo Alvaro Ulcue Chocu&eacute;.<br />

&bull; Con la poblaci&oacute;n con discapacidad, se ha constituido una alianza denominada Fondo en Administraci&oacute;n, &quot;Apoyo financiero para estudiantes con discapacidad en Educaci&oacute;n Superior&quot;, entre el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional, ICETEX y La Fundaci&oacute;n Saldarriaga Concha.<br />

&bull; En g&eacute;nero, se ha expedido el decreto 4798 de 2011 que reglamenta la Ley 1257 de 2008 en lo relacionado con educaci&oacute;n, Art&iacute;culo 6.<br />

&bull; Con poblaci&oacute;n v&iacute;ctima del conflicto armado, en 2013 se constituy&oacute; el Fondo de Reparaci&oacute;n para el Acceso, Permanencia y Graduaci&oacute;n de la Poblaci&oacute;n V&iacute;ctima del Conflicto Armado en Colombia.</p>

<p>&bull; Con Comunidades Negras, Afrocolombianas, Palenqueras y Raizales; liderado por Ministerio del Interior y el ICETEX, se han definido acciones para el acceso y permanencia de las poblaciones a la Educaci&oacute;n Superior, dentro de ellas se han definido estrategias de financiaci&oacute;n para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Palenqueros y Raizales.<br />

&bull; Con la poblaci&oacute;n v&iacute;citima del conflicto armado, en un proceso liderado por le MEN y en articulaci&oacute;n con la Unidad para la Atenci&oacute;n y&nbsp; Reparaci&oacute;n Integral de las V&iacute;ctimas.<br />

<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Los requisitos de Ser Pilo Paga fueron: Tener un puntaje mayor de 310 en las pruebas Saber 11, tener un corte de sisben que establecio el MEN y ser admitido en una IES acreditada en ata calidad. No hubo ningun otro parametro o requisito.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Respecto a su inquietud es importante tener en cuenta que este programa es para compra de cualquier&nbsp;<strong>vivienda nueva</strong>&nbsp;que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa, independientemente de que el hogar haga parte de la poblaci&oacute;n desplazada.</p>

<p>As&iacute; mismo le informamos que dentro de los programas vigentes dirigidos a la poblaci&oacute;n en general del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda ninguno aplica en la modalidad de compra de vivienda usada.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional,&nbsp; en el marco de sus competencias y atendiendo lo establecido por el art&iacute;culo 51 de la Ley 1448&nbsp; de 2011, ha creado el&nbsp; Fondo de Reparaci&oacute;n para el Acceso, Permanencia y Graduaci&oacute;n en Educaci&oacute;n Superior para la Poblaci&oacute;n V&iacute;ctima del Conflicto Armado, Programa EDUCAR PARA REPARAR.<br />

<br />

Esta estrategia&nbsp; constituye una medida adoptada por el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional -MEN-, en articulaci&oacute;n con el ICETEX y la Unidad para la Atenci&oacute;n&nbsp; y Reparaci&oacute;n Integral a las Victimas, para fomentar el acceso, permanencia y graduaci&oacute;n en educaci&oacute;n superior de la poblaci&oacute;n v&iacute;ctima, en cumplimiento del art&iacute;culo 51 de la Ley 1448 de 2011 de V&iacute;ctimas y Restituci&oacute;n de Tierras.&nbsp;&nbsp;&nbsp; El prop&oacute;sito fundamental es la vinculaci&oacute;n de las v&iacute;ctimas de todo el pa&iacute;s dentro de una de las l&iacute;neas especiales de cr&eacute;dito y subsidios del ICETEX, a trav&eacute;s de un cr&eacute;dito 100% condonable para cursar estudios de Pregrado en los niveles T&eacute;cnico profesional, Tecnol&oacute;gico y Universitario, que cubre los costos de matr&iacute;cula hasta por 11 SMMLV y de sostenimiento por 1.5 SMMLV al semestre.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or(a)</p>

<p>Respetado(a) Se&ntilde;or(a)</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or(a)</p>

<p>Respetado(a) Se&ntilde;or(a)</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - CIAC&nbsp;</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, si el hogar registra como potencial beneficiario del programa de Vivienda Gratis, debe acudir a la caja de compensaci&oacute;n familiar del municipio donde le informar&aacute;n las fechas en las cuales estar&aacute;n, est&aacute;n o estuvieron abiertas las convocatorias para el proyecto o los proyectos en los cuales registre como potencial beneficiario de acuerdo a su componente. Si ya se encuentran cerradas las convocatorias, deber&aacute; estar al pendiente de la consolidaci&oacute;n de nuevos listados de potenciales beneficiarios para nuevos proyectos donde pueda presentar postulaci&oacute;n.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto le informamos que el hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Cada entidad bancaria le indicar&aacute; al hogar si cumple o no con los requisitos de acceso al programa y si es beneficiario.</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Quintero:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que por regla general todo trabajador independiente que est&eacute; cotizando al r&eacute;gimen contributivo de salud, debe hacerlo tambi&eacute;n al sistema de pensiones sobre la misma base de cotizaci&oacute;n. La excepci&oacute;n son aquellos trabajadores independientes con ingresos iguales o inferiores a un salario m&iacute;nimo que a noviembre de 2011 se encontraban registrados como Independientes de Bajos Ingresos cotizando s&oacute;lo a salud mediante el cotizante 41 &oacute; 42. Por lo tanto, si a dicha fecha usted se encontraba en la situaci&oacute;n mencionada, puede seguir cotizando &uacute;nicamente a salud hasta tanto se establezca otra disposici&oacute;n.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional respeta, garantiza y protege el art&iacute;culo 69 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica de Colombia y la ley 30 de 1992, el cual hace referencia al principio de la autonom&iacute;a universitaria, pues no s&oacute;lo ha sido desarrollado por la Carta Pol&iacute;tica, sino que jurisprudencialmente se ha establecido como la posibilidad de que las universidades&nbsp; se auto- dirijan, auto &ndash; regulen, dentro del marco legal&nbsp; y sin la interferencia del Estado. Es decir, se ha entendido que es una garant&iacute;a a partir del reconocimiento de la libertad de las universidades para autogobernarse y auto determinarse. As&iacute; las cosas y atendiendo a lo anteriormente expuesto, es preciso destacar que el Ministerio de Educaci&oacute;n&nbsp; Nacional tiene legal y constitucionalmente que respetar el reglamento interno que tenga cada Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior en cada uno de los programas acad&eacute;micos y de la exigencia, promedio, requisitos de admisi&oacute;n y/o circunstancias que tengan que ver con los requisitos exigidos para la admisi&oacute;n de sus estudiantes. Lo anterior impide que el Ministerio otorgue la posibilidad de inferir en alguna Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior y como se indic&oacute; es potestativo y reglamentario de las Instituciones de Educaci&oacute;n Superior definir dichos aspectos sin que exista injerencia del Estado Colombiano.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional respeta, garantiza y protege el art&iacute;culo 69 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica de Colombia y la ley 30 de 1992, el cual hace referencia al principio de la autonom&iacute;a universitaria, pues no s&oacute;lo ha sido desarrollado por la Carta Pol&iacute;tica, sino que jurisprudencialmente se ha establecido como la posibilidad de que las universidades&nbsp; se auto- dirijan, auto &ndash; regulen, dentro del marco legal&nbsp; y sin la interferencia del Estado. Es decir, se ha entendido que es una garant&iacute;a a partir del reconocimiento de la libertad de las universidades para autogobernarse y auto determinarse. As&iacute; las cosas y atendiendo a lo anteriormente expuesto, es preciso destacar que el Ministerio de Educaci&oacute;n&nbsp; Nacional tiene legal y constitucionalmente que respetar el reglamento interno que tenga cada Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior en cada uno de los programas acad&eacute;micos y de la exigencia, promedio, requisitos de admisi&oacute;n y/o circunstancias que tengan que ver con los requisitos exigidos para la admisi&oacute;n de sus estudiantes. Lo anterior impide que el Ministerio otorgue la posibilidad de inferir en alguna Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior y como se indic&oacute; es potestativo y reglamentario de las Instituciones de Educaci&oacute;n Superior definir dichos aspectos sin que exista injerencia del Estado Colombiano.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>No obstante le informamos que actualmente FONVIVIENDA no cuenta con programas abiertos en la modalidad de construcci&oacute;n en sitio propio. Por lo anterior le sugerimos acudir a la caja de compensaci&oacute;n familiar si se encuentra afiliado a las mismas, o en su defecto a la Alcald&iacute;a de su Municipio donde le podr&aacute;n brindar informaci&oacute;n al respecto.</p>

Respuesta
<p>buen d&iacute;a,</p>

<p><span style="font-size: 9pt; line-height: 13.8000001907349px; font-family: Arial, sans-serif; background-image: initial; background-attachment: initial; background-size: initial; background-origin: initial; background-clip: initial; background-position: initial; background-repeat: initial;">Al respecto es importante mencionar que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Y el Fondo Nacional de Vivienda han suscrito una serie de convenios con diversas entidades, entre ellas el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional, el Ministerio del Interior, el Ministerio de las Tecn&oacute;logas de la Informaci&oacute;n, Coldeportes, entre otras, con el fin de brindar acompa&ntilde;amiento social, en seguridad, en educaci&oacute;n y en tecnolog&iacute;as de la informaci&oacute;n &nbsp;a los hogares beneficiarios del programa de vivienda gratis. De igual forma el Departamento para la Prosperidad Social lidera las mesas nacionales y territoriales de acompa&ntilde;amiento las cuales se encuentran conformadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Unidad para la Atenci&oacute;n y Reparaci&oacute;n Integral a las Victimas, la Agencia Nacional para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema - ANSPE, el SENA, entre otras con el fin de asegurar a trav&eacute;s de diferentes estrategias como es el caso de los proyectos productivos, la generaci&oacute;n de ingresos econ&oacute;micos de los hogares. No obstante es importante tener en cuenta las obligaciones que como beneficiarios del programa de vivienda gratis tienen las familias que accedieron al mismo contenidas en el decreto 1077 de 2015.</span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p>&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p>&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p>&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p>&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p>&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;: &ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;</p>

<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015. Y el Gobierno Nacional dispuso de 130.000 cupos disponibles desde el a&ntilde;o 2015 hasta el a&ntilde;o 2018 o hasta su agotamiento.</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p><span style="color: rgb(51, 51, 51); font-family: Lucida, 'Lucida Grande', 'Trebuchet MS', Tahoma, Verdana, sans-serif; font-size: 12.1599998474121px;">Mari Solandy Carabali Gonz&aacute;lez</span></p>

<p><span style="color: rgb(51, 51, 51); font-family: Lucida, 'Lucida Grande', 'Trebuchet MS', Tahoma, Verdana, sans-serif; font-size: 12.1599998474121px;">Respetada</span></p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desee viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace: <a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n te sugerimos nos ampl&iacute;es la informaci&oacute;n de tal forma que podamos proporcionar una respuesta directa o bien brindar orientaci&oacute;n si es del caso.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>

<p>Comedidamente le solicitamos nos precise por favor su pregunta, a fin de orientar de manera puntual su petici&oacute;n.</p>

<p>Quedamos atentos,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Trabajo.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Las poblaciones vulnerables actualmente si pueden acceder a realizar estudios de posgrado, ya que actualmente se encuentra el Fondo Fondo Especial &Aacute;lvaro Ulcu&eacute; Chocu&eacute;, creado por la Ley de Presupuesto para la vigencia fiscal de 1990, con el prop&oacute;sito de facilitar el ingreso de los ind&iacute;genas colombianos a programas de pregrado y posgrado y reglamentado mediante el convenio de Cooperaci&oacute;n Interinstitucional para la administraci&oacute;n del Fondo, suscrito entre el Ministerio del Interior y el ICETEX.<br />

<br />

Este Fondo es un mecanismo creado con el prop&oacute;sito de realizar acciones que promoci&oacute;n en el etnodesarrollo y crecimiento integral de las comunidades ind&iacute;genas, y se apoyan en la formaci&oacute;n y capacitaci&oacute;n de sus recursos humanos para integrarlos al desarrollo nacional, a trav&eacute;s del otorgamiento de cr&eacute;ditos educativos &ldquo;condonables&rdquo; por prestaci&oacute;n de servicios a los pueblos ind&iacute;genas.<br />

<br />

<br />

Por otro lado existe el Fondo de Comunidades Negras el cual es un mecanismo por medio del cual se facilita el acceso, permanencia y graduaci&oacute;n de estudiantes de las Comunidades Negras al Sistema de Educaci&oacute;n Superior incluyente, a programas de pregrado o posgrado, a fin de garantizarles el derecho a tener igualdad de oportunidades en relaci&oacute;n con el resto de la sociedad Colombiana. (La expresi&oacute;n Comunidades Negras incluye a las Poblaciones Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.) A estos cr&eacute;ditos condonables pueden acceder los estudiantes de las Comunidades Negras que est&eacute;n inscritos, admitidos o adelantando estudios en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior registrada ante el Sistema Nacional de Informaci&oacute;n de la Educaci&oacute;n Superior (SNIES), dentro de la vigencia para la cual solicita el cr&eacute;dito semestre en que se encuentre activa la convocatoria.<br />

<br />

El cr&eacute;dito educativo, mediante el fondo, es de modalidad reembolsable por prestaci&oacute;n de servicios, mediante trabajo comunitario de acuerdo con el proyecto de trabajo presentado al solicitar el cr&eacute;dito, previamente certificado/avalado por entidad/organismo tales como: Comisi&oacute;n Pedag&oacute;gica Departamental, Organizaci&oacute;n de Base (inscrita ante la Comisi&oacute;n Consultiva),&nbsp; Consejo comunitario inscritos en el Ministerio del Interior o por el Personero Municipal, donde no exista ninguno de los anteriores.<br />

<br />

<br />

Actualmente este fondo de comunidades negras se encuentra vigente hasta el 21 de agosto del 2015, si se requiere informacion adicional puede dirgirgirse a http://www.icetex.gov.co/ .<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>De conformidad con el art&iacute;culo 125 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selecci&oacute;n por m&eacute;rito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisi&oacute;n de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades p&uacute;blicas.</p>

<p>Usted puede ingresar para mayo informaci&oacute;n en la p&aacute;gina de la Comisi&oacute;n Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>

<p>Ahora bien, tambi&eacute;n la persona en b&uacute;squeda de empleo debe acudir a&nbsp; las Agencias P&uacute;blicas o Privadas de Gesti&oacute;n y Colocaci&oacute;n de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio P&uacute;blico de Empleo, cuya ubicaci&oacute;n podr&aacute; ser consultada accediendo al siguiente enlace:&nbsp; <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>

<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>

<p>Le informamos que el programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; es a trav&eacute;s de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar que los bachilleres, t&eacute;cnicos, tecn&oacute;logos y universitarios podr&aacute;n postularse para aspirar a ingresar al programa &quot;40 Mil Primeros Empleos&quot; del Ministerio del Trabajo.</p>

<p>Las inscripciones, ya est&aacute;n en marcha en el departamento del Valle del Cauca y&nbsp; ser&aacute;n abiertas progresivamente en otras regiones del pa&iacute;s. A partir de mayo estar&aacute;n abiertas en Bogot&aacute;, mientras que en Medell&iacute;n y Barranquilla se abrir&aacute;n en el mes de junio. As&iacute; mismo, en Julio se har&aacute; la apertura de las inscripciones en todo el territorio nacional.</p>

<p>Al programa &quot;40 Mil Primeros Empleos&quot; pueden aplicar todos los j&oacute;venes bachilleres, t&eacute;cnicos, tecn&oacute;logos y profesionales entre los 18 y 28 a&ntilde;os, que actualmente no se encuentren estudiando, est&eacute;n buscando empleo y no tengan experiencia formal relacionada con su &aacute;rea de estudio.</p>

<p>Los j&oacute;venes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operar&aacute;n el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin L&iacute;mites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a>&nbsp;para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>

<p>Para una mayor informaci&oacute;n, usted puede ingresar a la p&aacute;gina del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego al link 40.000 empleos.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153600657211">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/20153600657211</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el&nbsp;<strong>subsidio a la tasa de inter&eacute;s</strong>&nbsp;para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>

<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podr&aacute;n hacer realidad el sue&ntilde;o de tener&nbsp;<strong>casa propia</strong>&nbsp;y dejar de pagar arriendo.</p>

<p>Con la implementaci&oacute;n de estos 50 mil&nbsp;<strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de inter&eacute;s</strong>&nbsp;para la compra de&nbsp;<strong>vivienda</strong>&nbsp;entre 135 y 335 salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (87 &ndash; 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>

<p>El acceso a este subsidio es a trav&eacute;s de las entidades bancarias para compra de&nbsp;<strong>proyectos de vivienda nueva</strong>.&nbsp;</p>

<p>Aunque estas coberturas estar&aacute;n disponibles desde el a&ntilde;o 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de b&uacute;squeda de la vivienda que&nbsp;mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

<p><u>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el cr&eacute;dito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</u></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left: 14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

<p><u>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el cr&eacute;dito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</u></p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Constanza</p>

<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisici&oacute;n de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a trav&eacute;s del pago de alquiler.</p>

<p class="rtejustify">El modelo ya est&aacute; reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo est&aacute; pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelar&iacute;a normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>

<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversi&oacute;n en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesant&iacute;as o ahorro voluntario. Se tendr&aacute;n en cuenta los puntajes acumulados.</p>

<p class="rtejustify">La persona podr&aacute; ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podr&aacute; radicar su solicitud para TACS. Una fracci&oacute;n del canon se destinar&aacute; como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podr&aacute; ejercer la opci&oacute;n de compra al final del contrato de manera autom&aacute;tica. Eso significa que podr&aacute; adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habr&aacute; ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>

<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisici&oacute;n de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>

<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar informaci&oacute;n o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a trav&eacute;s de sus diferentes canales de atenci&oacute;n, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>

<p class="rtejustify">Para una mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web www.fna.gov.co.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o p=""></o></span></p>

<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>

<p><span>&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>

<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>

<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or:</p>

<p><strong>Miguel Angel Gutierrez</strong></p>

<p>Respetado&nbsp;se&ntilde;or:</p>

<p>Reciba&nbsp;un cordial&nbsp;saludo&nbsp;del Centro Integralde&nbsp;Atenci&oacute;n&nbsp;al&nbsp;Ciudadano&nbsp;del&nbsp;Ministerio&nbsp;de&nbsp;Relaciones&nbsp;Exteriores&nbsp;&ndash;&nbsp;CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el&nbsp;Ministerio&nbsp;de&nbsp;Relaciones&nbsp;Exteriores&nbsp;no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la uni&oacute;n Europea al cual desee viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Adicionalmente le indicamos que a continuaci&oacute;n encontrar&aacute; el comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a se&ntilde;or Prada,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>De acuerdo con su pregunta le informamos que la Direcci&oacute;n de Mipymes del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha brindado la respuesta, por favor consultar el siguiente enlace:&nbsp;http://es.slideshare.net/damarismontealegre/respuesta-urna-de-cristal-mipymes-elis-u-julio-3-2015 .</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordial Saludo,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Luz Angela Mu&ntilde;oz Oviedo</p>

<p>Gestor Urna de Cristal</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>

<p>6 06 76 76 Ext. 1537</p>

<p>lamunoz@mincit.gov.co</p>

<p>Calle 28 No. 13 A-15 Piso 1</p>

<p>Bogot&aacute;, D.C.</p>

<p>Colombia</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Como Gobierno Nacional trabajamos por fortalecer la Educacion Superior en Colombia, a&uacute;n no hay gratuidad en ella pero hay excelentes universidades publicas las cuales tienen un admirable nivel y bajos costos.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes. Por inconvenientes t&eacute;cnicos no pudimos ver antes su pregunta.</p>

<p>Teniendo en cuenta la estructura de Costos Fijos, Costos Variables y Costos de Capital que se especifican en el Art&iacute;culo 2do de la resoluci&oacute;n 4350 de 1998, es de resaltar que los siguientes &iacute;tems afectan directamente la tarifa del pasaje de transporte: Combustibles, Llantas, Salarios y factores prestacionales y Mantenimiento</p>

<p>Los combustibles han tenido un comportamiento constante durante los 10 &uacute;ltimos a&ntilde;os, su incremento ha sido aproximadamente de COP $2.000 en relaci&oacute;n a la gasolina, siendo para el a&ntilde;o 2008 de COP $7.400&nbsp; y para lo corrido del a&ntilde;o 2018 se registra un precio de COP $9.300, con relaci&oacute;n a Bogot&aacute; como ciudad de referencia. De acuerdo con lo anterior ha evidenciado un crecimiento de los precios de aproximado del 25%. En relaci&oacute;n al ACPM, siendo para el a&ntilde;o 2008 de COP $6.200, y para lo corrido del a&ntilde;o 2018 se registra un precio de COP $8.600, con relaci&oacute;n a Bogot&aacute; como ciudad de referencia, mostrando un crecimiento de los precios del ACPM aproximado del 38%. Lo anterior deber&aacute; reflejarse en el comportamiento de las tarifas de transporte. Fuente <a href="https://www.minminas.gov.co/precios-ano-2018">https://www.minminas.gov.co/precios-ano-2018</a></p>

<p>Para el caso de salarios y prestaciones los ajustes se realizan de acuerdo con los incrementos anuales en relaci&oacute;n al Salario M&iacute;nimo Mensual Legal Vigente. Teniendo en cuenta llantas y mantenimiento, y el factor principal que afecta estos repuestos es aranceles e impactos de econom&iacute;as externas, adem&aacute;s del IVA que a partir del 2017 impact&oacute; de manera considerable los precios pasando de un 16% a un 19%.</p>

<p>Adem&aacute;s, se debe tener en cuenta que el Ecuador el combustible (Gasolina y Di&eacute;sel) tiene una tasa subsidiada la cual en el 2017, por ejemplo, &ldquo;el impacto del subsidio de combustibles fue de USD $1.900 millones para el fisco. Para el 2021, se ha proyectado que el costo de subsidios podr&iacute;a llegar a USD $4 000 millones. En este 2018, el Presupuesto General del Estado asciende a USD 34 853 millones, de estos USD 1 707,04 millones corresponden a subsidios para di&eacute;sel, gasolinas (naftas) y gas. El Ministerio de Hidrocarburos, mediante un comunicado, expres&oacute; que este an&aacute;lisis no implica &ldquo;ning&uacute;n anuncio respecto a un retiro de los subsidios de combustibles&rdquo;. Fuente&nbsp; &nbsp;&nbsp;<a href="http://www.elcomercio.com/actualidad/carlosperez-gobierno-analiza-subsidios-combustibles.html">http://www.elcomercio.com/actualidad/carlosperez-gobierno-analiza-subsidios-combustibles.html</a></p>

<p>Cordial saludo</p>

<p>&nbsp;</p>

<p align="center">&nbsp;</p>

<p align="center">&nbsp;</p>

<p align="center">&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Su pregunta debe dirigirla al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA, el cual se encuentra ubicado en la carrera 6 No. 12-62 de Bogot&aacute; D.C PBX: (57+1) 334 4080 / 334 4086 FAX:(57+1)3410515. L&iacute;nea Gratuita de atenci&oacute;n al cliente: 018000917770 - <a href="mailto:webmaster@funcionpublica.gov.co">webmaster@funcionpublica.gov.co</a></p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora:</p>

<p><strong>Patricia Sanchez</strong></p>

<p>Respetada&nbsp;se&ntilde;ora&nbsp;</p>

<p>Reciba&nbsp;un cordial&nbsp;saludo&nbsp;del Centro Integral de&nbsp;Atenci&oacute;n&nbsp;al&nbsp;Ciudadano&nbsp;del&nbsp;Ministerio&nbsp;de&nbsp;Relaciones&nbsp;Exteriores&nbsp;&ndash;&nbsp;CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el&nbsp;Ministerio&nbsp;de&nbsp;Relaciones&nbsp;Exteriores&nbsp;no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la uni&oacute;n Europea al cual desee viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Adicionalmente le indicamos que a continuaci&oacute;n encontrar&aacute; el comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Los requisitos para acceder al Fondo de Garantias son: Acceder a un cr&eacute;dito de pregrado bajo las modalidades de pago en &eacute;poca de estudios del 0%, 10% &oacute; 25%, pertenecer a los estratos 1, 2 &oacute; 3, haber presentado las Pruebas Saber 11 en el a&ntilde;o inmediatamente anterior a la solicitud del cr&eacute;dito y acreditar un puntaje en estas superior o igual a 310,<br />

demostrar y certificar porque no se puede contar con un deudor solidario, lo cual se acreditar&aacute; con el cumplimiento de una o m&aacute;s de las siguientes condiciones:<br />

- El estudiante que, en su n&uacute;cleo familiar, acredite el fallecimiento efectivo o presuntivo o la desaparici&oacute;n de su padre, de su madre o&nbsp; de ambos progenitores. &nbsp;<br />

- El estudiante que acredite que, a&uacute;n teniendo madre y padre, ambos han sido declarados legalmente incapaces, o si es el caso, la declaraci&oacute;n de incapaz del &uacute;nico padre que se encuentre con vida.<br />

- El estudiante que acredite la insolvencia de su padre y de su madre, o si es el caso, del &uacute;nico de sus padres que se encuentre con vida y sea legalmente capaz.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>