Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

<p><b><font face="Arial" size="2">47. &iquest;Cu&aacute;les son los requisitos que deben cumplir los asalariados para no estar obligados a declarar?</font></b></p>

<p><font face="Arial" size="2">Los asalariados no declaran cuando cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:</font></p>

<ul type="disc">

<li>

<font face="Arial" size="2">Que los ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relaci&oacute;n laboral o legal y reglamentaria</font></li>

<li>

<font face="Arial" size="2">Que no sean responsables del IVA del r&eacute;gimen com&uacute;n</font></li>

<li>

<strong><font face="Arial" size="2">Que durante el a&ntilde;o 2004 hayan obtenido ingresos inferiores a $60.000.000</font></strong></li>

<li>

<strong><font face="Arial" size="2">Que a diciembre 31/04 el patrimonio bruto no exceda de $80.000.000</font></strong></li>

<li>

<font face="Arial" size="2">Que el total de consumos con tarjeta de cr&eacute;dito durante el a&ntilde;o gravable no sea superior a $50.000.000</font></li>

<li>

<font face="Arial" size="2">Que el total de compras y consumos durante el a&ntilde;o gravable no sea superior a $50.000.000</font></li>

<li>

<font face="Arial" size="2">Que el valor total de consignaciones bancarias, dep&oacute;sitos o inversiones financieras durante el a&ntilde;o gravable no exceda de $80.000.000</font></li>

</ul>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Al respecto le manifestamos que si bien es cierto, uno de los requisitos que deben cumplir los hogares es <strong><u>contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir </u></strong>como parte del cierre financiero, este requisito debe tramitarse directamente ante las entidades financieras, sobre las cuales ni el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ni FONVIVIENDA tienen injerencia.</p>

<p>Las condiciones y procesos establecidos por las entidades financieras dentro de sus pol&iacute;ticas de otorgamiento de cr&eacute;dito son discrecionalidad de las mismas. &nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015,&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015,&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>De conformidad con el art&iacute;culo 125 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selecci&oacute;n por m&eacute;rito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisi&oacute;n de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades p&uacute;blicas.</p>

<p>Ahora bien, la persona en b&uacute;squeda de empleo debe acudir a&nbsp; las Agencias P&uacute;blicas o Privadas de Gesti&oacute;n y Colocaci&oacute;n de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio P&uacute;blico de Empleo, cuya ubicaci&oacute;n podr&aacute; ser consultada accediendo al siguiente enlace:&nbsp; <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>

<p>Igualmente, podr&aacute; acudir de forma presencial a las Oficinas de la&nbsp; Agencia P&uacute;blica de Empleo a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje &ndash; SENA, para realizar la inscripci&oacute;n de su Hoja de Vida en la base de datos, con los documentos relacionados a continuaci&oacute;n:</p>

<p>&bull; Hoja de vida.</p>

<p>&bull; C&eacute;dula de Ciudadan&iacute;a (Original).</p>

<p>&bull; Certificaciones de Estudio (si tiene estudios por acreditar).</p>

<p>&bull; Constancias de trabajo (si posee experiencia laboral).</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>El directorio de oficinas de la Agencia P&uacute;blica de Empleo&nbsp; del SENA, lo encontrar&aacute; ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>

<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p>&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p>&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p>&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p>&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p>&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;: &ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;</p>

<p>Igualmente se debe tener en cuenta que para ser beneficiarios de este programa los hogares deben cumplir entre otras, la siguiente condici&oacute;n &quot;c) No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar.&quot; Lo anterior de acuerdo al art&iacute;culo&nbsp;2.1.1.4.1.3.1 del decreto 1077 de 2015.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

<p>Programa Arriendo Social:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>La Direcci&oacute;n de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su p&aacute;gina web se llama &quot; Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aqu&iacute; su&nbsp;declaraci&oacute;n de renta&quot;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Todo Ciudadano debe declarar renta&nbsp;</p>

<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

No puede ser un&nbsp; potencial beneficiario de Ser Pilo Paga 2, ya que uno de los requisitos para acceder a la beca es haber presentado por primera vez las pruebas Saber 11 e algunas de las 2 fechas de 2015<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministra de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p><strong>El derecho de asociaci&oacute;n sindical es</strong>t&aacute; consagrado en el <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991_pr001.html#39" target="_blank">art&iacute;culo 39 </a>de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, el cual se&ntilde;ala que trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervenci&oacute;n del Estado. Convenios<a href="http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID:312232" target="_blank"> 87, art&iacute;culo 2,&nbsp;</a>y convenio&nbsp;<a href="http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO:12100:P12100_INSTRUMENT_ID:312243:NO" target="_blank">98</a> de la OIT.El C&oacute;digo Sustantivo de Trabajo, establece:</p>

<p>ARTICULO 359. NUMERO MINIMO DE AFILIADOS. Todo sindicato de trabajadores necesita para constituirse o subsistir un n&uacute;mero no inferior a veinticinco (25) afiliados; y todo sindicato patronal no menos de cinco (5) {empleadores} independientes entre s&iacute;.</p>

<p>ARTICULO 354. PROTECCION DEL DERECHO DE ASOCIACION. &lt;Art&iacute;culo modificado por el art&iacute;culo 39 del Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:&gt;</p>

<p>1. En los t&eacute;rminos del art&iacute;culo 292 del C&oacute;digo Penal queda prohibido a toda persona atentar contra el derecho de asociaci&oacute;n sindical.</p>

<p>2. Toda persona que atente en cualquier forma contra el derecho de asociaci&oacute;n sindical ser&aacute; castigada cada vez con una multa equivalente al monto de cinco (5) a cien (100) veces el salario m&iacute;nimo mensual m&aacute;s alto vigente, que le ser&aacute; impuesta por el respectivo funcionario administrativo del trabajo. Sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar.</p>

<p>Consid&eacute;ranse como actos atentatorios contra el derecho de asociaci&oacute;n sindical, por parte del empleador:</p>

<p>a). Obstruir o dificultar la afiliaci&oacute;n de su personal a una organizaci&oacute;n sindical de las protegidas por la ley, mediante d&aacute;divas o promesas, o condicionar a esa circunstancia la obtenci&oacute;n o conservaci&oacute;n del empleo o el reconocimiento de mejoras o beneficios;</p>

<p>b) Despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de los trabajadores en raz&oacute;n de sus actividades encaminadas a la fundaci&oacute;n de las organizaciones sindicales;</p>

<p>c). Negarse a negociar con las organizaciones sindicales que hubieren presentado sus peticiones de acuerdo con los procedimientos legales;</p>

<p>d). Despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de su personal sindicalizado, con el objeto de impedir o difundir el ejercicio del derecho de asociaci&oacute;n, y</p>

<p>e). Adoptar medidas de represi&oacute;n contra los trabajadores&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>La pregunta planteada por el Se&ntilde;or Jimmy Fernando Ni&ntilde;o Corredor contiene por lo menos dos problemas relacionados con el modelo pol&iacute;tico criminal al que se propone llegar el Estado Colombiano y sobre la operatividad del sistema de justicia penal, espec&iacute;ficamente la forma en la que los jueces aplican las disposiciones vigentes y profieren sus decisiones. Respecto del primero, la comisi&oacute;n asesora para la pol&iacute;tica criminal desde el 2012 concluy&oacute; que el simple endurecimiento punitivo en el sentido de aumentar las penas previstas para ciertos delitos no es una medida &uacute;til o eficaz, acorde con una pol&iacute;tica criminal propia de un Estado social de derecho; en ese sentido es preferible construir una pol&iacute;tica criminal preventiva, que contenga entre sus pilares b&aacute;sicos un sistema de justicia mucho m&aacute;s eficiente.</p>

<p>Esto &uacute;ltimo se relaciona con el segundo de los problemas, que tiene que ver con la forma como aplican las normas los operadores judiciales. En ese sentido, se trata de aplicar con rigor los supuestos previstos para la procedencia de la detenci&oacute;n preventiva, en relaci&oacute;n con la verificaci&oacute;n de autor&iacute;a o participaci&oacute;n en la persona vinculada al proceso penal, que dicha persona en libertad signifique obstrucci&oacute;n de la justicia, peligro para la sociedad o la v&iacute;ctima y que no comparecer&aacute; al proceso. Los jueces deben adem&aacute;s, analizar las caracter&iacute;sticas de la conducta investigada, que para el caso del delito de hurto guarda relaci&oacute;n con aquellos delitos investigables de oficio cuya pena m&iacute;nima sea igual o superior a cuatro a&ntilde;os, esto es, para los casos de hurtos calificados y los hurtos en circunstancias de agravaci&oacute;n punitiva salvo la prevista en el inciso 2&deg; del art&iacute;culo 241. Una verificaci&oacute;n estricta por parte de los jueces de los requisitos enunciados permitir&aacute; restringir la libertad en los casos que resulte verdaderamente necesario y proporcional.&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Gloria</p>

<p class="rtejustify">El Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que en la actualidad el Ministerio de las Tecnolog&iacute;as de la Informaci&oacute;n y las Comunicaciones &ndash; MinTIC adelanta campa&ntilde;as y acciones pedag&oacute;gicas para brindar al ciudadano paso a paso en el tr&aacute;mite y c&oacute;mo proceder ante la p&eacute;rdida o hurto de un tel&eacute;fono m&oacute;vil.</p>

<p class="rtejustify">Actualmente, cuando a una persona le roban el celular, debe llamar a su operador para bloquearlo y, adem&aacute;s, hacer la denuncia ante la Polic&iacute;a. En un mes se podr&aacute;n hacer los dos tr&aacute;mites en una sola llamada o mediante la p&aacute;gina web de la Asociaci&oacute;n de la Industria M&oacute;vil de Colombia, Asom&oacute;vil, <a href="http://www.asomovil.org">www.asomovil.org</a>, que congrega los tres operadores m&oacute;viles m&aacute;s importantes del pa&iacute;s.</p>

<p class="rtejustify">Existen dos listados de celulares: uno positivo, donde est&aacute;n 76 millones de equipos plenamente identificados como legales, y otro listado negativo, donde est&aacute; el registro de los celulares que han sido reportados como robados o extraviados.</p>

<p class="rtejustify">Los operadores contactar&aacute;n directamente a los usuarios cuyo tel&eacute;fono no ha sido registrado o posiblemente ha sido clonado. Si el usuario no aclara la situaci&oacute;n, los operadores deben bloquear el aparato.</p>

<p class="rtejustify">La articulaci&oacute;n del Estado para combatir ese delito incluye las siguientes medidas:</p>

<ul>

<li class="rtejustify">

Trabajo conjunto de Polic&iacute;a y Fiscal&iacute;a en puntos cr&iacute;ticos.</li>

<li class="rtejustify">

La Polic&iacute;a Fiscal y Aduanera (Polfa) aumentar&aacute; los controles sobre la entrada y salida de celulares en las fronteras.</li>

<li class="rtejustify">

53 grupos priorizados de investigaci&oacute;n en las Seccionales de Investigaci&oacute;n Criminal de la Polic&iacute;a, con 190 funcionarios.</li>

<li class="rtejustify">

Creaci&oacute;n de un grupo &eacute;lite contra el robo de celulares.</li>

<li class="rtejustify">

Se asignar&aacute; a los fiscales m&aacute;s destacados para atender este fen&oacute;meno.</li>

<li class="rtejustify">

Estos delitos ser&aacute;n tratados como concierto para delinquir y lavado de activos</li>

</ul>

<p class="rtejustify">Para una mayor informaci&oacute;n te invitamos a consultar el siguiente enlace <a href="http://www.mintic.gov.co/micrositios/no-al-hurto-de-celulares/614/w3-propertyvalue-6134.html">http://www.mintic.gov.co/micrositios/no-al-hurto-de-celulares/614/w3-propertyvalue-6134.html</a>.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Teniendo en cuenta que la pregunta no define el per&iacute;odo para el cual consulta si se destinaran m&aacute;s recursos, si en la pr&oacute;xima vigencia o per&iacute;odo de gobierno u otro per&iacute;odo, me permito informar que el Ministerio siempre solicita los recursos requerido para su gesti&oacute;n ambiental, sin embargo no siempre se logra obtener los recursos solicitados en raz&oacute;n a las condiciones del pa&iacute;s.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>La asignaci&oacute;n de recursos para los diferentes programas y proyectos es un proceso que se inicia desde la vigencia anterior a la que se est&aacute; proyectando, con la formulaci&oacute;n y/o actualizaci&oacute;n de los proyectos de inversi&oacute;n que se piensan ejecutar en la siguiente vigencia, luego de acuerdo a las necesidades de inversi&oacute;n del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se elabora el Marco de Gasto de Mediano Plazo (MGMP) del sector para un per&iacute;odo de cuatro a&ntilde;os (el cual se actualiza en cada vigencia) y se presenta al Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito &nbsp;P&uacute;blico y al Departamento Nacional de Planeaci&oacute;n, junto con la programaci&oacute;n presupuestal de la siguiente vigencia.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>El Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico, con base en las proyecciones fiscales y macroecon&oacute;micas, establece los montos a invertir por el pa&iacute;s en los diferentes sectores y junto con el Departamento Nacional de Planeaci&oacute;n elabora el MGMP de la naci&oacute;n y establecen las cuotas a invertir en el per&iacute;odo del MGMP y en particular de la siguiente vigencia presupuestal. Una vez definidos los montos de inversi&oacute;n de cada sector se les comunican la cuota y esta es distribuida entre los diferentes proyectos de inversi&oacute;n en los cuales est&aacute;n incluidos los de investigaci&oacute;n que son ejecutados por los institutos de investigaci&oacute;n adscritos y vinculados al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes. El Ministerio de Cultura apoya y estimula iniciativas particulares (personas naturales) y de organizaciones culturales, a trav&eacute;s de varios de sus programas, entre los que se encuentran el Programa Nacional de Est&iacute;mulos del Ministerio de Cultura el cual ofrece anualmente incentivos en beneficio de los protagonistas y gestores de los sectores de las artes, bibliotecas, fomento regional, cinematograf&iacute;a, comunicaciones, m&uacute;sica, patrimonio y poblaciones, entre otras disciplinas culturales. Para su caso le recomiendo las categor&iacute;as que hacen referencia a circulaci&oacute;n nacional o internacional. &Eacute;stos son dirigidos a personas naturales y grupos constituidos. Para mayores informes, comun&iacute;quese con el Programa Nacional de Est&iacute;mulos al 3424100 exts.1329, 1328, 1330, en Bogot&aacute;. Correo electr&oacute;nico: <a href="mailto:estimulos_p@mincultura.gov.co">estimulos_p@mincultura.gov.co</a> o <a href="mailto:keslava@mincultura.gov.co">keslava@mincultura.gov.co</a></p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>JAIME ACU&Ntilde;A</p>

<p>FUNCIONARIO.-&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el&nbsp;<strong>subsidio a la tasa de inter&eacute;s</strong>&nbsp;para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>

<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podr&aacute;n hacer realidad el sue&ntilde;o de tener&nbsp;<strong>casa propia</strong>&nbsp;y dejar de pagar arriendo.</p>

<p>Con la implementaci&oacute;n de estos 50 mil&nbsp;<strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de inter&eacute;s</strong>&nbsp;para la compra de&nbsp;<strong>vivienda</strong>&nbsp;entre 135 y 335 salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (87 &ndash; 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>

<p>El acceso a este subsidio es a trav&eacute;s de las entidades bancarias para compra de&nbsp;<strong>proyectos de vivienda nueva</strong>.&nbsp;</p>

<p>Aunque estas coberturas estar&aacute;n disponibles desde el a&ntilde;o 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de b&uacute;squeda de la vivienda que&nbsp;mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n.</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Gustavo</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano.</p>

<p class="rtejustify">Por otra parte, y guardado relaci&oacute;n a la segunda consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>

<p class="rtejustify">El Gobierno defini&oacute; los requisitos para beneficiarse de los diferentes subsidios a los cuales pueden postularse los colombianos. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Adicional a lo anterior el Gobierno present&oacute; el Modelo Financiero TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), un modelo de ahorro que permite a los arrendatarios acceder a una casa propia sin pagar una cuota inicial. Se trata de pagar la vivienda con lo que se cancelar&iacute;a normalmente como canon de arrendamiento. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos a que visites la p&aacute;gina <a href="http://www.fnd.gov.co">www.fnd.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify"><br />

Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Cordial Saludo Gracias por comunicarse con la Urna de Cristal</p>

<p>Con referencia a su pregunta, nos permitimos informar que la Oficina de Atenci&oacute;n Ciudadana del Comando General de las Fuerzas Militares, a trav&eacute;s del se&ntilde;or Capit&aacute;n Diego Carvajal respuesta a trav&eacute;s de oficio, el cual fue enviado al correo: <a href="mailto:ovillanoba@une.net.co">ovillanoba@une.net.co</a></p>

<p>Esperamos haber entregado respuesta efectiva a su solciitud</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n y Orientaci&oacute;n Ciudadana - Ministerio de Defensa Nacional</p>

<p>Recuerde enviar sus solicitudes a trav&eacute;s de <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El fondo creado en 2013, ha desarrollado 5 convocatorias, para la convocatoria de 2015 del Fondo de Victimas que aplic&oacute; a nivel nacional con cobertura a todo el pa&iacute;s, fue abierta entre el 20 de abril y el 15 de mayo del 2015. La pr&oacute;xima convocatoria&nbsp; se encuentra supeditada a la disponibilidad de recursos para la vigencia 2016,&nbsp; por lo cual&nbsp; le invitamos a consultar la p&aacute;gina web www.icetex.gov.coprogramasespeciales/fondoparav&iacute;ctimasdelconflictoarmad,&nbsp; en donde es posible ampliar informaci&oacute;n sobre el Fondo, calendario de las convocatorias, encontrar los requisitos y procedimientos para acceder a misma, as&iacute; como informaci&oacute;n acerca de&nbsp; otras opciones de financiamiento.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministra de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>OFERTA INSTITUCIONAL El Ministerio de Agricultura, posee una amplia gama de programas, dirigidos hacia la poblaci&oacute;n m&aacute;s vulnerable, Sisben I y II, poblaci&oacute;n en condici&oacute;n de desplazamiento, comunidades ind&iacute;genas y comunidades negras, dentro del portafolio de servicios tenemos lo siguiente: - Programa J&oacute;venes Rurales, busca incentivar al joven rural para que adelante estudios de educaci&oacute;n superior en carreras de ciencias agropecuarias, ya sea a nivel profesional o t&eacute;cnico, a trav&eacute;s de la financiaci&oacute;n hasta en un 100% del valor de la matr&iacute;cula. La entidad ejecutora de este programa es el ICETEX, para m&aacute;s informaci&oacute;n puede ingresar a la p&aacute;gina www.icetex.gov.co. - Vivienda de Inter&eacute;s Social Rural, cuyo fin es mejorar las condiciones de vivienda de los habitantes rurales de escasos recursos econ&oacute;micos, mediante la intervenci&oacute;n con programas de mejoramiento de vivienda y saneamiento b&aacute;sico y construcci&oacute;n de vivienda en sitio propio, este programa es manejado por el Banco Agrario, para mayor informaci&oacute;n puede consultar la p&aacute;gina www.banagrario.gov.co. - Subsidio Integral de Tierras, que equivale al valor de una Unidad Agr&iacute;cola Familiar UAF y puede aplicar para pagar el valor del predio, parte del coste del proyecto productivo a implementar y hasta los gastos de escrituraci&oacute;n y registro de la compraventa del predio, este programa es ejecutado por el Incoder, para mayor informaci&oacute;n puede ingresar a la p&aacute;gina www.incoder.gov.co. - L&iacute;neas Especiales de Cr&eacute;dito, apoya a los Peque&ntilde;os y Medianos Productores con el fin de fortalecer la seguridad alimentaria en el pa&iacute;s con l&iacute;neas de cr&eacute;dito favorables y tasas de inter&eacute;s preferenciales. - Mujer Rural, busca beneficiar a organizaciones y asociaciones de mujeres de todo el pa&iacute;s, legalmente constituidas, interesadas en la producci&oacute;n, comercializaci&oacute;n y/o trasformaci&oacute;n de l&iacute;neas agropecuarias, artesanales, tur&iacute;sticas, ambientales, forestales, agroindustriales y dem&aacute;s equivalentes en el sector rural, que permitan generar ingresos, formar capacidades y generar empleo. Lo invito a que consulte permanentemente nuestra p&aacute;gina web www.minagricultura.gov.co, tambi&eacute;n puede comunicarse con la l&iacute;nea gratuita 018000510050 a nivel nacional. En la actualidad se encuentra instalada una mesa de concertaci&oacute;n, entre el Ministerio de Agricultura y los actores del agro, para definir la distribuci&oacute;n de estos recursos destinados a la inversi&oacute;n.</p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente y que pueden ser utilizados en el municipio de Itag&uuml;&iacute;, le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa, respecto a programas como vivienda gratis y VIPA o CASA AHORRO, actualmente no se ejecutan en el mencionado municipio debido a que no fueron presentados proyectos o estos no fueron aceptados:<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a><o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s:<span class="apple-converted-space">&nbsp;</span><a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a><o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">En materia de Agua y Saneamiento b&aacute;sico le sugerimos visitar el siguiente link donde encontrar&aacute; la informaci&oacute;n de los programas que se llevan a cabo actualmente en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/agua-para-la-prosperidad">http://portal.minvivienda.local/agua-para-la-prosperidad</a><o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

Respuesta
<p>Buenas tardes, de la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su pregunta ser&aacute; enviada a la direcci&oacute;n de correo electr&oacute;nico indicado por usted al momento de su consulta.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>La Direcci&oacute;n de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su p&aacute;gina web se llama &quot; Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aqu&iacute; su&nbsp;declaraci&oacute;n de renta&quot;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>La Direcci&oacute;n de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su p&aacute;gina web se llama &quot; Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aqu&iacute; su&nbsp;declaraci&oacute;n de renta&quot;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del T&iacute;tulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>La Direcci&oacute;n de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su p&aacute;gina web se llama &quot; Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aqu&iacute; su&nbsp;declaraci&oacute;n de renta&quot;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as Andr&eacute;s</p>

<p>Te pedimos excusas por la tardanza en ponernos en contacto, debido a inconvenientes en nuestra plataforma.&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Te invitamos a consultar este informe donde presentamos en detalle los avances y las acciones emprendidas&nbsp;https://www.mintransporte.gov.co/Publicaciones/planeacion_gestion_y_control/rendicion_de_cuentas/rendicion_de_cuentas_2017</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordial saludo</p>

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>La Direcci&oacute;n de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su p&aacute;gina web se llama &quot; Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aqu&iacute; su&nbsp;declaraci&oacute;n de renta&quot;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, respecto a su inquietud la&nbsp; respuesta es negativa, es decir si el hogar cuenta con los recursos faltantes, no es obligatorio contar con un credito hipotecario. De conformidad con lo establecido en el Art&iacute;culo 2.1.1.3.1.3.4. del Decreto 1077 de 2015.&nbsp;</p>

<p><em>En su situaci&oacute;n, si ha recibido &nbsp;alg&uacute;n subsidio de vivienda en calidad de desplazado y no ha sido aplicado podr&aacute; ser sumado al subsidio que reciba a trav&eacute;s del programa VIPA o Casa Ahorro, en su defecto recibir&aacute; &uacute;nicamente el subsidio del programa&nbsp;VIPA o Casa Ahorro</em></p>

Respuesta
<p>La&nbsp; respuesta es negativa, es decir si el hogar cuenta con los recursos faltantes, no es obligatorio contar con un credito hipotecario. De conformidad con lo establecido en el Art&iacute;culo 2.1.1.3.1.3.4. del Decreto 1077 de 2015, &nbsp;el cual establece:</p>

<p><strong><em>ART&Iacute;CULO 2.1.1.3.1.3.4. Acreditaci&oacute;n de ahorro. </em></strong><em>Los hogares acreditar&aacute;n un ahorro m&iacute;nimo equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda. El documento que acredite el ahorro podr&aacute; ser aportado al patrimonio aut&oacute;nomo respectivo, por el oferente del proyecto seleccionado, como anexo del formulario de postulaci&oacute;n, de acuerdo con lo establecido en el art&iacute;culo 2.1.1.3.1.5.2 </em><em>de </em><em>esta</em> <em>secci&oacute;n</em><em>, pero tambi&eacute;n se aceptar&aacute; que se aporte como requisito previo a la asignaci&oacute;n del subsidio familiar de vivienda, la cual deber&aacute; efectuarse en el plazo indicado en los t&eacute;rminos de referencia del respectivo proceso de selecci&oacute;n.</em></p>

<p><em>En el evento en que entidades otorgantes de subsidios familiares de vivienda, diferentes al Fondo Nacional de Vivienda y las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar, decidan autorizar el desembolso de recursos a los oferentes de proyectos seleccionados de acuerdo con lo establecido en la presente secci&oacute;n, el ahorro del hogar podr&aacute; disminuir en el valor del respectivo subsidio, sin que, en ning&uacute;n caso, el aporte del hogar pueda ser inferior al dos por ciento (2%) del valor de la vivienda.</em></p>

<p><em>El ahorro, en los porcentajes antes se&ntilde;alados, podr&aacute; acreditarse en cualquiera de las siguientes modalidades:</em></p>

<p><em>a)&nbsp;&nbsp;&nbsp; </em><em>Cuentas de ahorro programado para la vivienda; </em></p>

<p><em>b)&nbsp;&nbsp;&nbsp; </em><em>Cuentas de ahorro programado contractual para vivienda con evaluaci&oacute;n crediticia favorable previa; </em></p>

<p><em>c)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </em><em>Aportes peri&oacute;dicos de ahorro;</em></p>

<p><em>d)&nbsp;&nbsp;&nbsp; </em><em>Cuota inicial; </em></p>

<p><em>e)&nbsp;&nbsp;&nbsp; </em><em>Cesant&iacute;as.</em></p>

<p><em>Los recursos del ahorro podr&aacute;n ser girados por parte del potencial beneficiario directamente al oferente o a las entidades que este defina como esquema de ejecuci&oacute;n del proyecto. El oferente de los proyectos seleccionados en el marco del programa a que se refiere esta secci&oacute;n podr&aacute; establecer mecanismos que le permitan garantizar que los recursos se&ntilde;alados en el presente art&iacute;culo est&eacute;n dispuestos de manera efectiva por parte de los hogares, ser&aacute; responsable del debido manejo de los referidos recursos de acuerdo con las normas vigentes e igualmente, deber&aacute; informar oportunamente a los hogares, las condiciones y requisitos establecidos para recibir los beneficios del Programa...&quot;</em></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;<strong>Que pretendan adquirir una vivienda nueva cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</strong></p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es unicamente para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>

<p>Igualmente en este programa se permite el ingreso de hogares unipersonales.</p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda &nbsp;-SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>

<p><span>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar - CCF otorgan SFV de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de SFV urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una CCF; de la misma forma, los SFV en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;<o p=""></o></span></p>

<p><span>Toda la informaci&oacute;n sobre el SFV de Inter&eacute;s Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a trav&eacute;s de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulaci&oacute;n se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las CCF de todo el pa&iacute;s,&nbsp; gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Uni&oacute;n Temporal de CCF &nbsp;&ldquo;CAVIS UT&rdquo;&nbsp;</span></p>

<p><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Respecto a su inquietud y teniendo en cuenta lo anterior, usted se inscribi&oacute; para recibir los beneficios de vivienda que otorgan los entes territoriales, que para el caso de Bogot&aacute; se otorga a trav&eacute;s de la Secretaria Distrital del H&aacute;bitat, por tal raz&oacute;n le sugerimos acudir ante esa entidad con el &aacute;nimo de conocer el estado de su postulaci&oacute;n a dicho subsidio.</span><span><o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

En el caso de los estudiantes que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad y cumplen con los puntos de corte de SISBEN definidos por el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional y el m&eacute;rito acad&eacute;mico requerido, cuentan con la posibilidad de obtener cr&eacute;ditos para financiar el valor total de la matr&iacute;cula durante toda la carrera, sin realizar pagos mientras se encuentren realizando sus estudios, estos cr&eacute;ditos cuentan adem&aacute;s con la opci&oacute;n de ser solicitados sin codeudor siempre y cuando demuestren que cumplen con las condiciones para acceder al fondo de garant&iacute;as del ICETEX, una de estas condiciones es el caso de pertenecer a&nbsp; un hogar cuya jefatura la ejerce una madre cabeza de familia.</p>

<p><br />

Una vez adjudicado el cr&eacute;dito el beneficiario puede obtener cada semestre un subsidio de sostenimiento y al finalizar por graduarse en el tiempo estipulado para el programa realizado obtendr&aacute; la condonaci&oacute;n del 25% del valor de la matr&iacute;cula y si resulta ser uno de los estudiantes que obtiene los mejores resultados en las pruebas Saber Pro se le condonar&aacute; el 100% del valor del Cr&eacute;dito adeudado.<br />

<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministra de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, para dar respuesta a su inquietud nos permitimos indicar que mediante el Cap&iacute;tulo 1 del T&iacute;tulo 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, el Gobierno Nacional reglament&oacute; el art&iacute;culo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n para la compra de vivienda de inter&eacute;s social nueva en &aacute;reas urbanas, a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>

<p>El art&iacute;culo 2.1.3.1.3 del Decreto 1077 de 2015 Establece que los deudores del cr&eacute;dito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deber&aacute;n cumplir las siguientes condiciones, adem&aacute;s de las previstas en el Decreto en menci&oacute;n y en la reglamentaci&oacute;n que para el efecto se expida, as&iacute;:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">1.&nbsp;&nbsp; Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">2.&nbsp;&nbsp; No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">3.&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<strong><u>Comprar una vivienda nueva en &aacute;rea urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>

<p>Actualmente de acuerdo a la Resoluci&oacute;n 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicion&oacute; 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase&nbsp; para cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1&ordm; de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas que defina FONVIVIENDA.</p>

<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminaci&oacute;n anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase,&nbsp; se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Cap&iacute;tulo 1 del T&iacute;tulo 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015.</p>

<p>De agotarse antes del 31 de diciembre de cada a&ntilde;o, quedar&aacute; sujeto a la disponibilidad presupuestal la asignaci&oacute;n de cupos adicionales para cada vigencia.</p>

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>La Direcci&oacute;n de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su p&aacute;gina web se llama &quot; Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aqu&iacute; su&nbsp;declaraci&oacute;n de renta&quot;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif; background-image: initial; background-attachment: initial; background-size: initial; background-origin: initial; background-clip: initial; background-position: initial; background-repeat: initial;">Al respecto le sugerimos acudir a la alcald&iacute;a municipal de donde se encuentra ubicado el predio adquirido a trav&eacute;s de un subsidio familiar de vivienda, con el fin de conocer el estado de cuenta por concepto de impuesto predial, esto debido a que las viviendas adquiridas a trav&eacute;s de un subsidio de vivienda no est&aacute;n exentas de pagos de impuestos.</span><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a respecto a su inquietud, usted puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al tel&eacute;fono (1)4897976 o a la L&iacute;nea gratuita nacional 01 8000 516 201, donde nuestros asesores estar&aacute;n prestos a brindar informaci&oacute;n respecto a su estado de postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda y dem&aacute;s inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda. Lo anterior debido a que es necesario conocer su n&uacute;mero de identificaci&oacute;n para identificar la situaci&oacute;n que presenta el hogar.</p>

<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo&nbsp;<a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 49 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.</p>