buenas tardes . el personal activo de las fuerzas militares estamos no estamos exentos de la declaración de renta ?
buenas tardes . el personal activo de las fuerzas militares estamos no estamos exentos de la declaración de renta ?
Respuesta
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><b><font face="Arial" size="2">47. ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los asalariados para no estar obligados a declarar?</font></b></p>
<p><font face="Arial" size="2">Los asalariados no declaran cuando cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:</font></p>
<ul type="disc">
<li>
<font face="Arial" size="2">Que los ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria</font></li>
<li>
<font face="Arial" size="2">Que no sean responsables del IVA del régimen común</font></li>
<li>
<strong><font face="Arial" size="2">Que durante el año 2004 hayan obtenido ingresos inferiores a $60.000.000</font></strong></li>
<li>
<strong><font face="Arial" size="2">Que a diciembre 31/04 el patrimonio bruto no exceda de $80.000.000</font></strong></li>
<li>
<font face="Arial" size="2">Que el total de consumos con tarjeta de crédito durante el año gravable no sea superior a $50.000.000</font></li>
<li>
<font face="Arial" size="2">Que el total de compras y consumos durante el año gravable no sea superior a $50.000.000</font></li>
<li>
<font face="Arial" size="2">Que el valor total de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año gravable no exceda de $80.000.000</font></li>
</ul>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><b><font face="Arial" size="2">47. ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los asalariados para no estar obligados a declarar?</font></b></p>
<p><font face="Arial" size="2">Los asalariados no declaran cuando cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:</font></p>
<ul type="disc">
<li>
<font face="Arial" size="2">Que los ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria</font></li>
<li>
<font face="Arial" size="2">Que no sean responsables del IVA del régimen común</font></li>
<li>
<strong><font face="Arial" size="2">Que durante el año 2004 hayan obtenido ingresos inferiores a $60.000.000</font></strong></li>
<li>
<strong><font face="Arial" size="2">Que a diciembre 31/04 el patrimonio bruto no exceda de $80.000.000</font></strong></li>
<li>
<font face="Arial" size="2">Que el total de consumos con tarjeta de crédito durante el año gravable no sea superior a $50.000.000</font></li>
<li>
<font face="Arial" size="2">Que el total de compras y consumos durante el año gravable no sea superior a $50.000.000</font></li>
<li>
<font face="Arial" size="2">Que el valor total de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año gravable no exceda de $80.000.000</font></li>
</ul>
el gobierno me otorgo un subsidio para vivienda de interes prioritario sin embarg caja social negó mi crédito que hag
el gobierno me otorgo un subsidio para vivienda de interes prioritario sin embarg caja social negó mi crédito que hag
Respuesta
<p>Buen día,</p>
<p> </p>
<p>Al respecto le manifestamos que si bien es cierto, uno de los requisitos que deben cumplir los hogares es <strong><u>contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir </u></strong>como parte del cierre financiero, este requisito debe tramitarse directamente ante las entidades financieras, sobre las cuales ni el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ni FONVIVIENDA tienen injerencia.</p>
<p>Las condiciones y procesos establecidos por las entidades financieras dentro de sus políticas de otorgamiento de crédito son discrecionalidad de las mismas. </p>
<p> </p>
<p>Al respecto le manifestamos que si bien es cierto, uno de los requisitos que deben cumplir los hogares es <strong><u>contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir </u></strong>como parte del cierre financiero, este requisito debe tramitarse directamente ante las entidades financieras, sobre las cuales ni el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ni FONVIVIENDA tienen injerencia.</p>
<p>Las condiciones y procesos establecidos por las entidades financieras dentro de sus políticas de otorgamiento de crédito son discrecionalidad de las mismas. </p>
si tengo reporte en datacreidto y la cifin, y tengo caja de compensacion, aun aplico para subsidio de vivienda?
si tengo reporte en datacreidto y la cifin, y tengo caja de compensacion, aun aplico para subsidio de vivienda?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
si aparezco reportado en datacredito o cifin y tengo caja de compensacion aun aplico para subsidio de vivienda?
si aparezco reportado en datacredito o cifin y tengo caja de compensacion aun aplico para subsidio de vivienda?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
Que pasa con la generación de un empleo digno para madres cabeza de familia y que ademas ya cumplimos mas de 50 años?
Que pasa con la generación de un empleo digno para madres cabeza de familia y que ademas ya cumplimos mas de 50 años?
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Ahora bien, la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>Igualmente, podrá acudir de forma presencial a las Oficinas de la Agencia Pública de Empleo a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, para realizar la inscripción de su Hoja de Vida en la base de datos, con los documentos relacionados a continuación:</p>
<p>• Hoja de vida.</p>
<p>• Cédula de Ciudadanía (Original).</p>
<p>• Certificaciones de Estudio (si tiene estudios por acreditar).</p>
<p>• Constancias de trabajo (si posee experiencia laboral).</p>
<p> </p>
<p>El directorio de oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA, lo encontrará ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Ahora bien, la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>Igualmente, podrá acudir de forma presencial a las Oficinas de la Agencia Pública de Empleo a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, para realizar la inscripción de su Hoja de Vida en la base de datos, con los documentos relacionados a continuación:</p>
<p>• Hoja de vida.</p>
<p>• Cédula de Ciudadanía (Original).</p>
<p>• Certificaciones de Estudio (si tiene estudios por acreditar).</p>
<p>• Constancias de trabajo (si posee experiencia laboral).</p>
<p> </p>
<p>El directorio de oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA, lo encontrará ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
tengosubsidiodeviviendaaprobadoporcajadecompensación,yelproyectodeviviendayaelegidopuedoaplicarparamicasayasubsidiada
tengosubsidiodeviviendaaprobadoporcajadecompensación,yelproyectodeviviendayaelegidopuedoaplicarparamicasayasubsidiada
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Igualmente se debe tener en cuenta que para ser beneficiarios de este programa los hogares deben cumplir entre otras, la siguiente condición "c) No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensación Familiar." Lo anterior de acuerdo al artículo 2.1.1.4.1.3.1 del decreto 1077 de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Igualmente se debe tener en cuenta que para ser beneficiarios de este programa los hogares deben cumplir entre otras, la siguiente condición "c) No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensación Familiar." Lo anterior de acuerdo al artículo 2.1.1.4.1.3.1 del decreto 1077 de 2015.</p>
soy madre cabeza de hogar y tengo un trabajo de medio tiempo y quisiera saber si puedo adquirir una vivienda
soy madre cabeza de hogar y tengo un trabajo de medio tiempo y quisiera saber si puedo adquirir una vivienda
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
Cuáles son los topes para declarar renta para colombianos residentes en el exterior que tengan patrimonio en Colombia?
Cuáles son los topes para declarar renta para colombianos residentes en el exterior que tengan patrimonio en Colombia?
Respuesta
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
el personal activo de las FFMM estamos o no exentos de la declaración de renta? tenemos algún tipo de beneficio?
el personal activo de las FFMM estamos o no exentos de la declaración de renta? tenemos algún tipo de beneficio?
Respuesta
<p>Todo Ciudadano debe declarar renta </p>
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
si se presenta por segunda vez el icfes puede acceder a la beca de ser pilo paga?
Registrada:
Código:
9228
si se presenta por segunda vez el icfes puede acceder a la beca de ser pilo paga?
Registrada:
Código:
9228
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
No puede ser un potencial beneficiario de Ser Pilo Paga 2, ya que uno de los requisitos para acceder a la beca es haber presentado por primera vez las pruebas Saber 11 e algunas de las 2 fechas de 2015<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
No puede ser un potencial beneficiario de Ser Pilo Paga 2, ya que uno de los requisitos para acceder a la beca es haber presentado por primera vez las pruebas Saber 11 e algunas de las 2 fechas de 2015<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p><strong>El derecho de asociación sindical es</strong>tá consagrado en el <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991_pr001.html#39" target="_blank">artículo 39 </a>de la Constitución Política, el cual señala que trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Convenios<a href="http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID:312232" target="_blank"> 87, artículo 2, </a>y convenio <a href="http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO:12100:P12100_INSTRUMENT_ID:312243:NO" target="_blank">98</a> de la OIT.El Código Sustantivo de Trabajo, establece:</p>
<p>ARTICULO 359. NUMERO MINIMO DE AFILIADOS. Todo sindicato de trabajadores necesita para constituirse o subsistir un número no inferior a veinticinco (25) afiliados; y todo sindicato patronal no menos de cinco (5) {empleadores} independientes entre sí.</p>
<p>ARTICULO 354. PROTECCION DEL DERECHO DE ASOCIACION. <Artículo modificado por el artículo 39 del Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:></p>
<p>1. En los términos del artículo 292 del Código Penal queda prohibido a toda persona atentar contra el derecho de asociación sindical.</p>
<p>2. Toda persona que atente en cualquier forma contra el derecho de asociación sindical será castigada cada vez con una multa equivalente al monto de cinco (5) a cien (100) veces el salario mínimo mensual más alto vigente, que le será impuesta por el respectivo funcionario administrativo del trabajo. Sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar.</p>
<p>Considéranse como actos atentatorios contra el derecho de asociación sindical, por parte del empleador:</p>
<p>a). Obstruir o dificultar la afiliación de su personal a una organización sindical de las protegidas por la ley, mediante dádivas o promesas, o condicionar a esa circunstancia la obtención o conservación del empleo o el reconocimiento de mejoras o beneficios;</p>
<p>b) Despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de los trabajadores en razón de sus actividades encaminadas a la fundación de las organizaciones sindicales;</p>
<p>c). Negarse a negociar con las organizaciones sindicales que hubieren presentado sus peticiones de acuerdo con los procedimientos legales;</p>
<p>d). Despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de su personal sindicalizado, con el objeto de impedir o difundir el ejercicio del derecho de asociación, y</p>
<p>e). Adoptar medidas de represión contra los trabajadores </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p><strong>El derecho de asociación sindical es</strong>tá consagrado en el <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991_pr001.html#39" target="_blank">artículo 39 </a>de la Constitución Política, el cual señala que trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Convenios<a href="http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID:312232" target="_blank"> 87, artículo 2, </a>y convenio <a href="http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO:12100:P12100_INSTRUMENT_ID:312243:NO" target="_blank">98</a> de la OIT.El Código Sustantivo de Trabajo, establece:</p>
<p>ARTICULO 359. NUMERO MINIMO DE AFILIADOS. Todo sindicato de trabajadores necesita para constituirse o subsistir un número no inferior a veinticinco (25) afiliados; y todo sindicato patronal no menos de cinco (5) {empleadores} independientes entre sí.</p>
<p>ARTICULO 354. PROTECCION DEL DERECHO DE ASOCIACION. <Artículo modificado por el artículo 39 del Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:></p>
<p>1. En los términos del artículo 292 del Código Penal queda prohibido a toda persona atentar contra el derecho de asociación sindical.</p>
<p>2. Toda persona que atente en cualquier forma contra el derecho de asociación sindical será castigada cada vez con una multa equivalente al monto de cinco (5) a cien (100) veces el salario mínimo mensual más alto vigente, que le será impuesta por el respectivo funcionario administrativo del trabajo. Sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar.</p>
<p>Considéranse como actos atentatorios contra el derecho de asociación sindical, por parte del empleador:</p>
<p>a). Obstruir o dificultar la afiliación de su personal a una organización sindical de las protegidas por la ley, mediante dádivas o promesas, o condicionar a esa circunstancia la obtención o conservación del empleo o el reconocimiento de mejoras o beneficios;</p>
<p>b) Despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de los trabajadores en razón de sus actividades encaminadas a la fundación de las organizaciones sindicales;</p>
<p>c). Negarse a negociar con las organizaciones sindicales que hubieren presentado sus peticiones de acuerdo con los procedimientos legales;</p>
<p>d). Despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de su personal sindicalizado, con el objeto de impedir o difundir el ejercicio del derecho de asociación, y</p>
<p>e). Adoptar medidas de represión contra los trabajadores </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
A parte de endurecer las penas como hacer para que los jueces no suelten al otro dia a esos delincuentes?
A parte de endurecer las penas como hacer para que los jueces no suelten al otro dia a esos delincuentes?
Respuesta
<p>La pregunta planteada por el Señor Jimmy Fernando Niño Corredor contiene por lo menos dos problemas relacionados con el modelo político criminal al que se propone llegar el Estado Colombiano y sobre la operatividad del sistema de justicia penal, específicamente la forma en la que los jueces aplican las disposiciones vigentes y profieren sus decisiones. Respecto del primero, la comisión asesora para la política criminal desde el 2012 concluyó que el simple endurecimiento punitivo en el sentido de aumentar las penas previstas para ciertos delitos no es una medida útil o eficaz, acorde con una política criminal propia de un Estado social de derecho; en ese sentido es preferible construir una política criminal preventiva, que contenga entre sus pilares básicos un sistema de justicia mucho más eficiente.</p>
<p>Esto último se relaciona con el segundo de los problemas, que tiene que ver con la forma como aplican las normas los operadores judiciales. En ese sentido, se trata de aplicar con rigor los supuestos previstos para la procedencia de la detención preventiva, en relación con la verificación de autoría o participación en la persona vinculada al proceso penal, que dicha persona en libertad signifique obstrucción de la justicia, peligro para la sociedad o la víctima y que no comparecerá al proceso. Los jueces deben además, analizar las características de la conducta investigada, que para el caso del delito de hurto guarda relación con aquellos delitos investigables de oficio cuya pena mínima sea igual o superior a cuatro años, esto es, para los casos de hurtos calificados y los hurtos en circunstancias de agravación punitiva salvo la prevista en el inciso 2° del artículo 241. Una verificación estricta por parte de los jueces de los requisitos enunciados permitirá restringir la libertad en los casos que resulte verdaderamente necesario y proporcional. </p>
<p>Esto último se relaciona con el segundo de los problemas, que tiene que ver con la forma como aplican las normas los operadores judiciales. En ese sentido, se trata de aplicar con rigor los supuestos previstos para la procedencia de la detención preventiva, en relación con la verificación de autoría o participación en la persona vinculada al proceso penal, que dicha persona en libertad signifique obstrucción de la justicia, peligro para la sociedad o la víctima y que no comparecerá al proceso. Los jueces deben además, analizar las características de la conducta investigada, que para el caso del delito de hurto guarda relación con aquellos delitos investigables de oficio cuya pena mínima sea igual o superior a cuatro años, esto es, para los casos de hurtos calificados y los hurtos en circunstancias de agravación punitiva salvo la prevista en el inciso 2° del artículo 241. Una verificación estricta por parte de los jueces de los requisitos enunciados permitirá restringir la libertad en los casos que resulte verdaderamente necesario y proporcional. </p>
Si Yo denuncie el robo de mi Celular. Como lo puedo recuperar?. Que pasa con los celulares que non reclaman?
Si Yo denuncie el robo de mi Celular. Como lo puedo recuperar?. Que pasa con los celulares que non reclaman?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días Gloria</p>
<p class="rtejustify">El Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que en la actualidad el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – MinTIC adelanta campañas y acciones pedagógicas para brindar al ciudadano paso a paso en el trámite y cómo proceder ante la pérdida o hurto de un teléfono móvil.</p>
<p class="rtejustify">Actualmente, cuando a una persona le roban el celular, debe llamar a su operador para bloquearlo y, además, hacer la denuncia ante la Policía. En un mes se podrán hacer los dos trámites en una sola llamada o mediante la página web de la Asociación de la Industria Móvil de Colombia, Asomóvil, <a href="http://www.asomovil.org">www.asomovil.org</a>, que congrega los tres operadores móviles más importantes del país.</p>
<p class="rtejustify">Existen dos listados de celulares: uno positivo, donde están 76 millones de equipos plenamente identificados como legales, y otro listado negativo, donde está el registro de los celulares que han sido reportados como robados o extraviados.</p>
<p class="rtejustify">Los operadores contactarán directamente a los usuarios cuyo teléfono no ha sido registrado o posiblemente ha sido clonado. Si el usuario no aclara la situación, los operadores deben bloquear el aparato.</p>
<p class="rtejustify">La articulación del Estado para combatir ese delito incluye las siguientes medidas:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Trabajo conjunto de Policía y Fiscalía en puntos críticos.</li>
<li class="rtejustify">
La Policía Fiscal y Aduanera (Polfa) aumentará los controles sobre la entrada y salida de celulares en las fronteras.</li>
<li class="rtejustify">
53 grupos priorizados de investigación en las Seccionales de Investigación Criminal de la Policía, con 190 funcionarios.</li>
<li class="rtejustify">
Creación de un grupo élite contra el robo de celulares.</li>
<li class="rtejustify">
Se asignará a los fiscales más destacados para atender este fenómeno.</li>
<li class="rtejustify">
Estos delitos serán tratados como concierto para delinquir y lavado de activos</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Para una mayor información te invitamos a consultar el siguiente enlace <a href="http://www.mintic.gov.co/micrositios/no-al-hurto-de-celulares/614/w3-propertyvalue-6134.html">http://www.mintic.gov.co/micrositios/no-al-hurto-de-celulares/614/w3-propertyvalue-6134.html</a>.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">El Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que en la actualidad el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – MinTIC adelanta campañas y acciones pedagógicas para brindar al ciudadano paso a paso en el trámite y cómo proceder ante la pérdida o hurto de un teléfono móvil.</p>
<p class="rtejustify">Actualmente, cuando a una persona le roban el celular, debe llamar a su operador para bloquearlo y, además, hacer la denuncia ante la Policía. En un mes se podrán hacer los dos trámites en una sola llamada o mediante la página web de la Asociación de la Industria Móvil de Colombia, Asomóvil, <a href="http://www.asomovil.org">www.asomovil.org</a>, que congrega los tres operadores móviles más importantes del país.</p>
<p class="rtejustify">Existen dos listados de celulares: uno positivo, donde están 76 millones de equipos plenamente identificados como legales, y otro listado negativo, donde está el registro de los celulares que han sido reportados como robados o extraviados.</p>
<p class="rtejustify">Los operadores contactarán directamente a los usuarios cuyo teléfono no ha sido registrado o posiblemente ha sido clonado. Si el usuario no aclara la situación, los operadores deben bloquear el aparato.</p>
<p class="rtejustify">La articulación del Estado para combatir ese delito incluye las siguientes medidas:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Trabajo conjunto de Policía y Fiscalía en puntos críticos.</li>
<li class="rtejustify">
La Policía Fiscal y Aduanera (Polfa) aumentará los controles sobre la entrada y salida de celulares en las fronteras.</li>
<li class="rtejustify">
53 grupos priorizados de investigación en las Seccionales de Investigación Criminal de la Policía, con 190 funcionarios.</li>
<li class="rtejustify">
Creación de un grupo élite contra el robo de celulares.</li>
<li class="rtejustify">
Se asignará a los fiscales más destacados para atender este fenómeno.</li>
<li class="rtejustify">
Estos delitos serán tratados como concierto para delinquir y lavado de activos</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Para una mayor información te invitamos a consultar el siguiente enlace <a href="http://www.mintic.gov.co/micrositios/no-al-hurto-de-celulares/614/w3-propertyvalue-6134.html">http://www.mintic.gov.co/micrositios/no-al-hurto-de-celulares/614/w3-propertyvalue-6134.html</a>.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
ya realizados. Se destinaran mas recursos humanos, economicos y logisticos para la preservacion ambiental e investigac
ya realizados. Se destinaran mas recursos humanos, economicos y logisticos para la preservacion ambiental e investigac
Respuesta
<p>Teniendo en cuenta que la pregunta no define el período para el cual consulta si se destinaran más recursos, si en la próxima vigencia o período de gobierno u otro período, me permito informar que el Ministerio siempre solicita los recursos requerido para su gestión ambiental, sin embargo no siempre se logra obtener los recursos solicitados en razón a las condiciones del país.</p>
<p> </p>
<p>La asignación de recursos para los diferentes programas y proyectos es un proceso que se inicia desde la vigencia anterior a la que se está proyectando, con la formulación y/o actualización de los proyectos de inversión que se piensan ejecutar en la siguiente vigencia, luego de acuerdo a las necesidades de inversión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se elabora el Marco de Gasto de Mediano Plazo (MGMP) del sector para un período de cuatro años (el cual se actualiza en cada vigencia) y se presenta al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación, junto con la programación presupuestal de la siguiente vigencia.</p>
<p> </p>
<p>El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en las proyecciones fiscales y macroeconómicas, establece los montos a invertir por el país en los diferentes sectores y junto con el Departamento Nacional de Planeación elabora el MGMP de la nación y establecen las cuotas a invertir en el período del MGMP y en particular de la siguiente vigencia presupuestal. Una vez definidos los montos de inversión de cada sector se les comunican la cuota y esta es distribuida entre los diferentes proyectos de inversión en los cuales están incluidos los de investigación que son ejecutados por los institutos de investigación adscritos y vinculados al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.</p>
<p> </p>
<p>La asignación de recursos para los diferentes programas y proyectos es un proceso que se inicia desde la vigencia anterior a la que se está proyectando, con la formulación y/o actualización de los proyectos de inversión que se piensan ejecutar en la siguiente vigencia, luego de acuerdo a las necesidades de inversión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se elabora el Marco de Gasto de Mediano Plazo (MGMP) del sector para un período de cuatro años (el cual se actualiza en cada vigencia) y se presenta al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación, junto con la programación presupuestal de la siguiente vigencia.</p>
<p> </p>
<p>El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en las proyecciones fiscales y macroeconómicas, establece los montos a invertir por el país en los diferentes sectores y junto con el Departamento Nacional de Planeación elabora el MGMP de la nación y establecen las cuotas a invertir en el período del MGMP y en particular de la siguiente vigencia presupuestal. Una vez definidos los montos de inversión de cada sector se les comunican la cuota y esta es distribuida entre los diferentes proyectos de inversión en los cuales están incluidos los de investigación que son ejecutados por los institutos de investigación adscritos y vinculados al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.</p>
como recibir apoyo a nive cultural motivo viaje en representación del país en un festival de danza en mexico
como recibir apoyo a nive cultural motivo viaje en representación del país en un festival de danza en mexico
Respuesta
<p>Buenas tardes. El Ministerio de Cultura apoya y estimula iniciativas particulares (personas naturales) y de organizaciones culturales, a través de varios de sus programas, entre los que se encuentran el Programa Nacional de Estímulos del Ministerio de Cultura el cual ofrece anualmente incentivos en beneficio de los protagonistas y gestores de los sectores de las artes, bibliotecas, fomento regional, cinematografía, comunicaciones, música, patrimonio y poblaciones, entre otras disciplinas culturales. Para su caso le recomiendo las categorías que hacen referencia a circulación nacional o internacional. Éstos son dirigidos a personas naturales y grupos constituidos. Para mayores informes, comuníquese con el Programa Nacional de Estímulos al 3424100 exts.1329, 1328, 1330, en Bogotá. Correo electrónico: <a href="mailto:estimulos_p@mincultura.gov.co">estimulos_p@mincultura.gov.co</a> o <a href="mailto:keslava@mincultura.gov.co">keslava@mincultura.gov.co</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>JAIME ACUÑA</p>
<p>FUNCIONARIO.- </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>JAIME ACUÑA</p>
<p>FUNCIONARIO.- </p>
EL SUBSIDIO A LA TASA DE INTERES PARA COMPRA DE VIVIENDA NUEVA VALOR MAYOR A 80 MILLONES EN ADELANTE CUANDO SE APLICA
EL SUBSIDIO A LA TASA DE INTERES PARA COMPRA DE VIVIENDA NUEVA VALOR MAYOR A 80 MILLONES EN ADELANTE CUANDO SE APLICA
Respuesta
<p>Buen día, respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el <strong>subsidio a la tasa de interés</strong> para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención.</p>
¿Cómo docente tutor de Todos a aprender puedo tener alguna prioridad para adquirir mi crédito de vivienda?
¿Cómo docente tutor de Todos a aprender puedo tener alguna prioridad para adquirir mi crédito de vivienda?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Gustavo</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte, y guardado relación a la segunda consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">El Gobierno definió los requisitos para beneficiarse de los diferentes subsidios a los cuales pueden postularse los colombianos. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Adicional a lo anterior el Gobierno presentó el Modelo Financiero TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), un modelo de ahorro que permite a los arrendatarios acceder a una casa propia sin pagar una cuota inicial. Se trata de pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. Para mayor información te invitamos a que visites la página <a href="http://www.fnd.gov.co">www.fnd.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte, y guardado relación a la segunda consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">El Gobierno definió los requisitos para beneficiarse de los diferentes subsidios a los cuales pueden postularse los colombianos. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Adicional a lo anterior el Gobierno presentó el Modelo Financiero TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), un modelo de ahorro que permite a los arrendatarios acceder a una casa propia sin pagar una cuota inicial. Se trata de pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. Para mayor información te invitamos a que visites la página <a href="http://www.fnd.gov.co">www.fnd.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
¿Que pasó con el caso del General Secuestrado en el chocó, cual es la verdad de este hecho?
Registrada:
Código:
9032
¿Que pasó con el caso del General Secuestrado en el chocó, cual es la verdad de este hecho?
Registrada:
Código:
9032
Respuesta
<p>Cordial Saludo Gracias por comunicarse con la Urna de Cristal</p>
<p>Con referencia a su pregunta, nos permitimos informar que la Oficina de Atención Ciudadana del Comando General de las Fuerzas Militares, a través del señor Capitán Diego Carvajal respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo: <a href="mailto:ovillanoba@une.net.co">ovillanoba@une.net.co</a></p>
<p>Esperamos haber entregado respuesta efectiva a su solciitud</p>
<p>Grupo Atención y Orientación Ciudadana - Ministerio de Defensa Nacional</p>
<p>Recuerde enviar sus solicitudes a través de <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>
<p>Con referencia a su pregunta, nos permitimos informar que la Oficina de Atención Ciudadana del Comando General de las Fuerzas Militares, a través del señor Capitán Diego Carvajal respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo: <a href="mailto:ovillanoba@une.net.co">ovillanoba@une.net.co</a></p>
<p>Esperamos haber entregado respuesta efectiva a su solciitud</p>
<p>Grupo Atención y Orientación Ciudadana - Ministerio de Defensa Nacional</p>
<p>Recuerde enviar sus solicitudes a través de <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>
EN QUE FECHA ABREN NUEVAMENTE LAS CONVOCATORIAS DEL FONDO PARA VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO?
Registrada:
Código:
9055
EN QUE FECHA ABREN NUEVAMENTE LAS CONVOCATORIAS DEL FONDO PARA VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO?
Registrada:
Código:
9055
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
El fondo creado en 2013, ha desarrollado 5 convocatorias, para la convocatoria de 2015 del Fondo de Victimas que aplicó a nivel nacional con cobertura a todo el país, fue abierta entre el 20 de abril y el 15 de mayo del 2015. La próxima convocatoria se encuentra supeditada a la disponibilidad de recursos para la vigencia 2016, por lo cual le invitamos a consultar la página web www.icetex.gov.coprogramasespeciales/fondoparavíctimasdelconflictoarmad, en donde es posible ampliar información sobre el Fondo, calendario de las convocatorias, encontrar los requisitos y procedimientos para acceder a misma, así como información acerca de otras opciones de financiamiento.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
El fondo creado en 2013, ha desarrollado 5 convocatorias, para la convocatoria de 2015 del Fondo de Victimas que aplicó a nivel nacional con cobertura a todo el país, fue abierta entre el 20 de abril y el 15 de mayo del 2015. La próxima convocatoria se encuentra supeditada a la disponibilidad de recursos para la vigencia 2016, por lo cual le invitamos a consultar la página web www.icetex.gov.coprogramasespeciales/fondoparavíctimasdelconflictoarmad, en donde es posible ampliar información sobre el Fondo, calendario de las convocatorias, encontrar los requisitos y procedimientos para acceder a misma, así como información acerca de otras opciones de financiamiento.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
EXCELENTE LA GESTION DEL PRESIDENTE SANTOS EN VIAS, QUIERO QUE LE INVIERTAN TAMBIEN AL CAMPO COLOMBIANO
EXCELENTE LA GESTION DEL PRESIDENTE SANTOS EN VIAS, QUIERO QUE LE INVIERTAN TAMBIEN AL CAMPO COLOMBIANO
Respuesta
<p>OFERTA INSTITUCIONAL El Ministerio de Agricultura, posee una amplia gama de programas, dirigidos hacia la población más vulnerable, Sisben I y II, población en condición de desplazamiento, comunidades indígenas y comunidades negras, dentro del portafolio de servicios tenemos lo siguiente: - Programa Jóvenes Rurales, busca incentivar al joven rural para que adelante estudios de educación superior en carreras de ciencias agropecuarias, ya sea a nivel profesional o técnico, a través de la financiación hasta en un 100% del valor de la matrícula. La entidad ejecutora de este programa es el ICETEX, para más información puede ingresar a la página www.icetex.gov.co. - Vivienda de Interés Social Rural, cuyo fin es mejorar las condiciones de vivienda de los habitantes rurales de escasos recursos económicos, mediante la intervención con programas de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico y construcción de vivienda en sitio propio, este programa es manejado por el Banco Agrario, para mayor información puede consultar la página www.banagrario.gov.co. - Subsidio Integral de Tierras, que equivale al valor de una Unidad Agrícola Familiar UAF y puede aplicar para pagar el valor del predio, parte del coste del proyecto productivo a implementar y hasta los gastos de escrituración y registro de la compraventa del predio, este programa es ejecutado por el Incoder, para mayor información puede ingresar a la página www.incoder.gov.co. - Líneas Especiales de Crédito, apoya a los Pequeños y Medianos Productores con el fin de fortalecer la seguridad alimentaria en el país con líneas de crédito favorables y tasas de interés preferenciales. - Mujer Rural, busca beneficiar a organizaciones y asociaciones de mujeres de todo el país, legalmente constituidas, interesadas en la producción, comercialización y/o trasformación de líneas agropecuarias, artesanales, turísticas, ambientales, forestales, agroindustriales y demás equivalentes en el sector rural, que permitan generar ingresos, formar capacidades y generar empleo. Lo invito a que consulte permanentemente nuestra página web www.minagricultura.gov.co, también puede comunicarse con la línea gratuita 018000510050 a nivel nacional. En la actualidad se encuentra instalada una mesa de concertación, entre el Ministerio de Agricultura y los actores del agro, para definir la distribución de estos recursos destinados a la inversión.</p>
¿Cuál es el aporte que en materia social hayan generado en el Municipio de Itagüí?, vivienda, educación, salud, y demás.
¿Cuál es el aporte que en materia social hayan generado en el Municipio de Itagüí?, vivienda, educación, salud, y demás.
Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente y que pueden ser utilizados en el municipio de Itagüí, le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa, respecto a programas como vivienda gratis y VIPA o CASA AHORRO, actualmente no se ejecutan en el mencionado municipio debido a que no fueron presentados proyectos o estos no fueron aceptados:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Programa Subsidio a la Tasa de Interés:<span class="apple-converted-space"> </span><a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">En materia de Agua y Saneamiento básico le sugerimos visitar el siguiente link donde encontrará la información de los programas que se llevan a cabo actualmente en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio: <a href="http://portal.minvivienda.local/agua-para-la-prosperidad">http://portal.minvivienda.local/agua-para-la-prosperidad</a><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente y que pueden ser utilizados en el municipio de Itagüí, le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa, respecto a programas como vivienda gratis y VIPA o CASA AHORRO, actualmente no se ejecutan en el mencionado municipio debido a que no fueron presentados proyectos o estos no fueron aceptados:<o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Programa Subsidio a la Tasa de Interés:<span class="apple-converted-space"> </span><a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">En materia de Agua y Saneamiento básico le sugerimos visitar el siguiente link donde encontrará la información de los programas que se llevan a cabo actualmente en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio: <a href="http://portal.minvivienda.local/agua-para-la-prosperidad">http://portal.minvivienda.local/agua-para-la-prosperidad</a><o:p></o:p></span></p>
Buenas tardes me llamo ximena, quiero comprar casa pero se donde se llevan los papeles para recibir subsidio de vivienda
Buenas tardes me llamo ximena, quiero comprar casa pero se donde se llevan los papeles para recibir subsidio de vivienda
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
YERICA DEL PILAR NARVAEZ BARBOSA CC 64744009 Y DESEO SABER SI ESTOY INSCRITA EN EL REGISTRO UNICO DE VICTIMAS
YERICA DEL PILAR NARVAEZ BARBOSA CC 64744009 Y DESEO SABER SI ESTOY INSCRITA EN EL REGISTRO UNICO DE VICTIMAS
Respuesta
<p>Buenas tardes, de la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su pregunta será enviada a la dirección de correo electrónico indicado por usted al momento de su consulta.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p> </p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
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soy residente en Italia, tengo que presentar declaración de renta si poseo un apto y no tengo ingresos en Colombia?
soy residente en Italia, tengo que presentar declaración de renta si poseo un apto y no tengo ingresos en Colombia?
Respuesta
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
Mi actividad economica en el rut es de empleado , ahora soy pensionado lo tendre que actualizar?
Registrada:
Código:
9204
Mi actividad economica en el rut es de empleado , ahora soy pensionado lo tendre que actualizar?
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<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
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como puedo acceder a un subsidio de vivienda si soy madre soltera y gano 944000 mensuales? gracias
Registrada:
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9202
como puedo acceder a un subsidio de vivienda si soy madre soltera y gano 944000 mensuales? gracias
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Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el “Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA”, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
EL IMAS 230 para el empleado, se presenta con las condiciones de la ley 1607 2012?.
Registrada:
Código:
9203
EL IMAS 230 para el empleado, se presenta con las condiciones de la ley 1607 2012?.
Registrada:
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9203
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<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
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<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
¿Cuál es el nivel de avance en el desarrollo de la infraestructura fluvial y férrea?.
Registrada:
Código:
9201
¿Cuál es el nivel de avance en el desarrollo de la infraestructura fluvial y férrea?.
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9201
Respuesta
<p>Buenos días Andrés</p>
<p>Te pedimos excusas por la tardanza en ponernos en contacto, debido a inconvenientes en nuestra plataforma. </p>
<p>Te invitamos a consultar este informe donde presentamos en detalle los avances y las acciones emprendidas https://www.mintransporte.gov.co/Publicaciones/planeacion_gestion_y_control/rendicion_de_cuentas/rendicion_de_cuentas_2017</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo</p>
<p>Te pedimos excusas por la tardanza en ponernos en contacto, debido a inconvenientes en nuestra plataforma. </p>
<p>Te invitamos a consultar este informe donde presentamos en detalle los avances y las acciones emprendidas https://www.mintransporte.gov.co/Publicaciones/planeacion_gestion_y_control/rendicion_de_cuentas/rendicion_de_cuentas_2017</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo</p>
¿Como se declara renta de los ingresos de un Multinivel o red de mercadeo, en este caso Gano Excel S.A.?
¿Como se declara renta de los ingresos de un Multinivel o red de mercadeo, en este caso Gano Excel S.A.?
Respuesta
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
tengo un ahorro programado de 25 millones de pesos soy dezplasado me puedo postular al programa de vivienda vipa
tengo un ahorro programado de 25 millones de pesos soy dezplasado me puedo postular al programa de vivienda vipa
Respuesta
<p>Buen día, respecto a su inquietud la respuesta es negativa, es decir si el hogar cuenta con los recursos faltantes, no es obligatorio contar con un credito hipotecario. De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.1.1.3.1.3.4. del Decreto 1077 de 2015. </p>
<p><em>En su situación, si ha recibido algún subsidio de vivienda en calidad de desplazado y no ha sido aplicado podrá ser sumado al subsidio que reciba a través del programa VIPA o Casa Ahorro, en su defecto recibirá únicamente el subsidio del programa VIPA o Casa Ahorro</em></p>
<p><em>En su situación, si ha recibido algún subsidio de vivienda en calidad de desplazado y no ha sido aplicado podrá ser sumado al subsidio que reciba a través del programa VIPA o Casa Ahorro, en su defecto recibirá únicamente el subsidio del programa VIPA o Casa Ahorro</em></p>
si tengo un ahorro programado de 25 millones necesito de credito para acceder a subsidio de vivienda vipa
si tengo un ahorro programado de 25 millones necesito de credito para acceder a subsidio de vivienda vipa
Respuesta
<p>La respuesta es negativa, es decir si el hogar cuenta con los recursos faltantes, no es obligatorio contar con un credito hipotecario. De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.1.1.3.1.3.4. del Decreto 1077 de 2015, el cual establece:</p>
<p><strong><em>ARTÍCULO 2.1.1.3.1.3.4. Acreditación de ahorro. </em></strong><em>Los hogares acreditarán un ahorro mínimo equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda. El documento que acredite el ahorro podrá ser aportado al patrimonio autónomo respectivo, por el oferente del proyecto seleccionado, como anexo del formulario de postulación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.5.2 </em><em>de </em><em>esta</em> <em>sección</em><em>, pero también se aceptará que se aporte como requisito previo a la asignación del subsidio familiar de vivienda, la cual deberá efectuarse en el plazo indicado en los términos de referencia del respectivo proceso de selección.</em></p>
<p><em>En el evento en que entidades otorgantes de subsidios familiares de vivienda, diferentes al Fondo Nacional de Vivienda y las Cajas de Compensación Familiar, decidan autorizar el desembolso de recursos a los oferentes de proyectos seleccionados de acuerdo con lo establecido en la presente sección, el ahorro del hogar podrá disminuir en el valor del respectivo subsidio, sin que, en ningún caso, el aporte del hogar pueda ser inferior al dos por ciento (2%) del valor de la vivienda.</em></p>
<p><em>El ahorro, en los porcentajes antes señalados, podrá acreditarse en cualquiera de las siguientes modalidades:</em></p>
<p><em>a) </em><em>Cuentas de ahorro programado para la vivienda; </em></p>
<p><em>b) </em><em>Cuentas de ahorro programado contractual para vivienda con evaluación crediticia favorable previa; </em></p>
<p><em>c) </em><em>Aportes periódicos de ahorro;</em></p>
<p><em>d) </em><em>Cuota inicial; </em></p>
<p><em>e) </em><em>Cesantías.</em></p>
<p><em>Los recursos del ahorro podrán ser girados por parte del potencial beneficiario directamente al oferente o a las entidades que este defina como esquema de ejecución del proyecto. El oferente de los proyectos seleccionados en el marco del programa a que se refiere esta sección podrá establecer mecanismos que le permitan garantizar que los recursos señalados en el presente artículo estén dispuestos de manera efectiva por parte de los hogares, será responsable del debido manejo de los referidos recursos de acuerdo con las normas vigentes e igualmente, deberá informar oportunamente a los hogares, las condiciones y requisitos establecidos para recibir los beneficios del Programa..."</em></p>
<p><strong><em>ARTÍCULO 2.1.1.3.1.3.4. Acreditación de ahorro. </em></strong><em>Los hogares acreditarán un ahorro mínimo equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda. El documento que acredite el ahorro podrá ser aportado al patrimonio autónomo respectivo, por el oferente del proyecto seleccionado, como anexo del formulario de postulación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.5.2 </em><em>de </em><em>esta</em> <em>sección</em><em>, pero también se aceptará que se aporte como requisito previo a la asignación del subsidio familiar de vivienda, la cual deberá efectuarse en el plazo indicado en los términos de referencia del respectivo proceso de selección.</em></p>
<p><em>En el evento en que entidades otorgantes de subsidios familiares de vivienda, diferentes al Fondo Nacional de Vivienda y las Cajas de Compensación Familiar, decidan autorizar el desembolso de recursos a los oferentes de proyectos seleccionados de acuerdo con lo establecido en la presente sección, el ahorro del hogar podrá disminuir en el valor del respectivo subsidio, sin que, en ningún caso, el aporte del hogar pueda ser inferior al dos por ciento (2%) del valor de la vivienda.</em></p>
<p><em>El ahorro, en los porcentajes antes señalados, podrá acreditarse en cualquiera de las siguientes modalidades:</em></p>
<p><em>a) </em><em>Cuentas de ahorro programado para la vivienda; </em></p>
<p><em>b) </em><em>Cuentas de ahorro programado contractual para vivienda con evaluación crediticia favorable previa; </em></p>
<p><em>c) </em><em>Aportes periódicos de ahorro;</em></p>
<p><em>d) </em><em>Cuota inicial; </em></p>
<p><em>e) </em><em>Cesantías.</em></p>
<p><em>Los recursos del ahorro podrán ser girados por parte del potencial beneficiario directamente al oferente o a las entidades que este defina como esquema de ejecución del proyecto. El oferente de los proyectos seleccionados en el marco del programa a que se refiere esta sección podrá establecer mecanismos que le permitan garantizar que los recursos señalados en el presente artículo estén dispuestos de manera efectiva por parte de los hogares, será responsable del debido manejo de los referidos recursos de acuerdo con las normas vigentes e igualmente, deberá informar oportunamente a los hogares, las condiciones y requisitos establecidos para recibir los beneficios del Programa..."</em></p>
Buenas tardes, Soy una madre soltera con tres hijos de 13,15,17 años, como obtengo una vivienda ,gracias
Buenas tardes, Soy una madre soltera con tres hijos de 13,15,17 años, como obtengo una vivienda ,gracias
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
Es posible adquirir vivienda usada que esta dentro del presupuesto programado con el subsidio MI CASA YA, soy sola
Es posible adquirir vivienda usada que esta dentro del presupuesto programado con el subsidio MI CASA YA, soy sola
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·<strong>Que pretendan adquirir una vivienda nueva cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</strong></p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es unicamente para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p>Igualmente en este programa se permite el ingreso de hogares unipersonales.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·<strong>Que pretendan adquirir una vivienda nueva cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</strong></p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es unicamente para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p>Igualmente en este programa se permite el ingreso de hogares unipersonales.</p>
yo me inscribi para los beneficos de vivienda en cade toberin, quiero saber en que va ese tramite, como hago para averig
yo me inscribi para los beneficos de vivienda en cade toberin, quiero saber en que va ese tramite, como hago para averig
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda -SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>
<p><span>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de SFV urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los SFV en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o p=""></o></span></p>
<p><span>Toda la información sobre el SFV de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las CCF de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de CCF “CAVIS UT” </span></p>
<p><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Respecto a su inquietud y teniendo en cuenta lo anterior, usted se inscribió para recibir los beneficios de vivienda que otorgan los entes territoriales, que para el caso de Bogotá se otorga a través de la Secretaria Distrital del Hábitat, por tal razón le sugerimos acudir ante esa entidad con el ánimo de conocer el estado de su postulación a dicho subsidio.</span><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de SFV urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los SFV en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o p=""></o></span></p>
<p><span>Toda la información sobre el SFV de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las CCF de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de CCF “CAVIS UT” </span></p>
<p><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Respecto a su inquietud y teniendo en cuenta lo anterior, usted se inscribió para recibir los beneficios de vivienda que otorgan los entes territoriales, que para el caso de Bogotá se otorga a través de la Secretaria Distrital del Hábitat, por tal razón le sugerimos acudir ante esa entidad con el ánimo de conocer el estado de su postulación a dicho subsidio.</span><span><o p=""></o></span></p>
quiero saber si el gobierno tiene una ayuda para la educacion superior de los hijos cuando uno es madre cabeza de hogar
quiero saber si el gobierno tiene una ayuda para la educacion superior de los hijos cuando uno es madre cabeza de hogar
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
En el caso de los estudiantes que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad y cumplen con los puntos de corte de SISBEN definidos por el Ministerio de Educación Nacional y el mérito académico requerido, cuentan con la posibilidad de obtener créditos para financiar el valor total de la matrícula durante toda la carrera, sin realizar pagos mientras se encuentren realizando sus estudios, estos créditos cuentan además con la opción de ser solicitados sin codeudor siempre y cuando demuestren que cumplen con las condiciones para acceder al fondo de garantías del ICETEX, una de estas condiciones es el caso de pertenecer a un hogar cuya jefatura la ejerce una madre cabeza de familia.</p>
<p><br />
Una vez adjudicado el crédito el beneficiario puede obtener cada semestre un subsidio de sostenimiento y al finalizar por graduarse en el tiempo estipulado para el programa realizado obtendrá la condonación del 25% del valor de la matrícula y si resulta ser uno de los estudiantes que obtiene los mejores resultados en las pruebas Saber Pro se le condonará el 100% del valor del Crédito adeudado.<br />
<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
En el caso de los estudiantes que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad y cumplen con los puntos de corte de SISBEN definidos por el Ministerio de Educación Nacional y el mérito académico requerido, cuentan con la posibilidad de obtener créditos para financiar el valor total de la matrícula durante toda la carrera, sin realizar pagos mientras se encuentren realizando sus estudios, estos créditos cuentan además con la opción de ser solicitados sin codeudor siempre y cuando demuestren que cumplen con las condiciones para acceder al fondo de garantías del ICETEX, una de estas condiciones es el caso de pertenecer a un hogar cuya jefatura la ejerce una madre cabeza de familia.</p>
<p><br />
Una vez adjudicado el crédito el beneficiario puede obtener cada semestre un subsidio de sostenimiento y al finalizar por graduarse en el tiempo estipulado para el programa realizado obtendrá la condonación del 25% del valor de la matrícula y si resulta ser uno de los estudiantes que obtiene los mejores resultados en las pruebas Saber Pro se le condonará el 100% del valor del Crédito adeudado.<br />
<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministra de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
buenas tardes mi pregunta es ¿donde uno se inscribe para participar en el proyecto de mi casa ya ?
Registrada:
Código:
9192
buenas tardes mi pregunta es ¿donde uno se inscribe para participar en el proyecto de mi casa ya ?
Registrada:
Código:
9192
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
hagame un favor mi salario es 1800000 puedo tener acceso al subsidio de vivienda o comno puedo obtener un subsidio
hagame un favor mi salario es 1800000 puedo tener acceso al subsidio de vivienda o comno puedo obtener un subsidio
Respuesta
<p>Buen día, para dar respuesta a su inquietud nos permitimos indicar que mediante el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, el Gobierno Nacional reglamentó el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de interés que facilitan la financiación para la compra de vivienda de interés social nueva en áreas urbanas, a través de créditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>
<p>El artículo 2.1.3.1.3 del Decreto 1077 de 2015 Establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p>Actualmente de acuerdo a la Resolución 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicionó 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase para créditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1º de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del número de coberturas que defina FONVIVIENDA.</p>
<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminación anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase, se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015.</p>
<p>De agotarse antes del 31 de diciembre de cada año, quedará sujeto a la disponibilidad presupuestal la asignación de cupos adicionales para cada vigencia.</p>
<p>El artículo 2.1.3.1.3 del Decreto 1077 de 2015 Establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p>Actualmente de acuerdo a la Resolución 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicionó 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase para créditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1º de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del número de coberturas que defina FONVIVIENDA.</p>
<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminación anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase, se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015.</p>
<p>De agotarse antes del 31 de diciembre de cada año, quedará sujeto a la disponibilidad presupuestal la asignación de cupos adicionales para cada vigencia.</p>
trabaje durante 29 años me indemnizaron se invierto esa dinero en 2 inmuebles y mi declaración es muy alta y no tengo
trabaje durante 29 años me indemnizaron se invierto esa dinero en 2 inmuebles y mi declaración es muy alta y no tengo
Respuesta
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
Buen día , ya tengo vivienda con subsidio entregada en 2006. Desde cuando debo pagar impuesto?o es después de 5 años?
Buen día , ya tengo vivienda con subsidio entregada en 2006. Desde cuando debo pagar impuesto?o es después de 5 años?
Respuesta
<p>Buen día, </p>
<p> </p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif; background-image: initial; background-attachment: initial; background-size: initial; background-origin: initial; background-clip: initial; background-position: initial; background-repeat: initial;">Al respecto le sugerimos acudir a la alcaldía municipal de donde se encuentra ubicado el predio adquirido a través de un subsidio familiar de vivienda, con el fin de conocer el estado de cuenta por concepto de impuesto predial, esto debido a que las viviendas adquiridas a través de un subsidio de vivienda no están exentas de pagos de impuestos.</span><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p> </p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif; background-image: initial; background-attachment: initial; background-size: initial; background-origin: initial; background-clip: initial; background-position: initial; background-repeat: initial;">Al respecto le sugerimos acudir a la alcaldía municipal de donde se encuentra ubicado el predio adquirido a través de un subsidio familiar de vivienda, con el fin de conocer el estado de cuenta por concepto de impuesto predial, esto debido a que las viviendas adquiridas a través de un subsidio de vivienda no están exentas de pagos de impuestos.</span><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
AL MOMENTO DE LA ENTREGA DE MI APARTAMENTO NO SALÍ BENEFICIADO EN EL SUBSIDIO DE EL GOBIERNO, PUEDO POSTULAR M DE NUEVO?
AL MOMENTO DE LA ENTREGA DE MI APARTAMENTO NO SALÍ BENEFICIADO EN EL SUBSIDIO DE EL GOBIERNO, PUEDO POSTULAR M DE NUEVO?
Respuesta
<p>Buen día respecto a su inquietud, usted puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al teléfono (1)4897976 o a la Línea gratuita nacional 01 8000 516 201, donde nuestros asesores estarán prestos a brindar información respecto a su estado de postulación al subsidio familiar de vivienda y demás inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda. Lo anterior debido a que es necesario conocer su número de identificación para identificar la situación que presenta el hogar.</p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N° 7 – 49 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Atención al Usuario y Archivo.</p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N° 7 – 49 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Atención al Usuario y Archivo.</p>