Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Laura</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar los aspectos m&aacute;s importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>

<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario Contractual.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; las cosas, el Arriendo Social, est&aacute; destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que re&uacute;nen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobaci&oacute;n del Arriendo Social. Est&aacute; dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Inter&eacute;s Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de inter&eacute;s social cuyo valor m&aacute;ximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Inter&eacute;s Social (VIS - Es aquella que re&uacute;ne los elementos que aseguran su habitabilidad, est&aacute;ndares de calidad en dise&ntilde;o urban&iacute;stico, arquitect&oacute;nico y de construcci&oacute;n cuyo valor m&aacute;ximo es de 135 SMLM). Para mayor informaci&oacute;n te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda espec&iacute;ficos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que m&aacute;s te guste a nivel nacional y si re&uacute;nes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>

<p class="rtejustify">Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la p&aacute;gina web del Fondo Nacional del Ahorro&ndash;FNA a trav&eacute;s de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la l&iacute;nea de atenci&oacute;n en Bogot&aacute; D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la l&iacute;nea 01 8000 52 7070.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,</p>

<p>Al respecto nos permitimos manifestarle que son dos programas distintos. Los beneficios de Mi Casa Ya solo aplica a quienes cumplen con los requisitos para ello. Igual ocurre con el programa de arrendamiento social.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Dairo</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar los aspectos m&aacute;s importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>

<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario Contractual.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; las cosas, el Arriendo Social, est&aacute; destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que re&uacute;nen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobaci&oacute;n del Arriendo Social. Est&aacute; dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Inter&eacute;s Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de inter&eacute;s social cuyo valor m&aacute;ximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Inter&eacute;s Social (VIS - Es aquella que re&uacute;ne los elementos que aseguran su habitabilidad, est&aacute;ndares de calidad en dise&ntilde;o urban&iacute;stico, arquitect&oacute;nico y de construcci&oacute;n cuyo valor m&aacute;ximo es de 135 SMLM). Para mayor informaci&oacute;n te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda espec&iacute;ficos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que m&aacute;s te guste a nivel nacional y si re&uacute;nes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>

<p class="rtejustify">Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la p&aacute;gina web del Fondo Nacional del Ahorro&ndash;FNA a trav&eacute;s de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la l&iacute;nea de atenci&oacute;n en Bogot&aacute; D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la l&iacute;nea 01 8000 52 7070.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que<u> </u><strong><u>&uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda</u>.</strong> De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

<p>Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>

<p>Es importante tener en cuenta que es responsabilidad de las Alcald&iacute;as Municipales presentar proyectos en el marco de los diferentes proyectos que lidera el Ministerio y Fonvivienda</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que en caso que tengas alg&uacute;n tipo de inconformidad, debes manifestarla directamente a la entidad correspondiente, para lo que debes contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro. Lo podr&aacute;s realizar a trav&eacute;s de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la l&iacute;nea de atenci&oacute;n en Bogot&aacute; D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la l&iacute;nea 01 8000 52 7070.</p>

<p class="rtejustify">Por otra parte, aprovechamos la oportunidad para brindar informaci&oacute;n sobre los aspectos m&aacute;s importantes del programa promovido actualmente por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>

<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario Contractual.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; las cosas, el Arriendo Social, est&aacute; destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que re&uacute;nen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobaci&oacute;n del Arriendo Social. Est&aacute; dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Inter&eacute;s Social Prioritaria y Vivienda de Inter&eacute;s Social. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda espec&iacute;ficos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que m&aacute;s te guste a nivel nacional y si re&uacute;nes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>

<p class="rtejustify">Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la p&aacute;gina web del Fondo Nacional del Ahorro&ndash;FNA a trav&eacute;s del contacto antes mencionado.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar los aspectos m&aacute;s importantes del programa promovido por el gobierno nacional denominado Arriendo social. Este programa es el producto con el cual puedes acceder a tu vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, solamente con el pago del canon mensual del arriendo.</p>

<p class="rtejustify">Dentro de los requisitos principales encontramos que se debe estar afiliado al FNA por Cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario Contractual.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; las cosas, el Arriendo Social, est&aacute; destinado a las personas que ganan entre uno (1) y cuatro (4) SMMLV, afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario Contractual, tal y como se dijo, y que re&uacute;nen los requisitos para aplicar y ser sujeto de aprobaci&oacute;n del Arriendo Social. Est&aacute; dirigido a las familias interesadas en adquirir vivienda nueva de tipo Vivienda de Inter&eacute;s Social Prioritaria (VIP - Es aquella vivienda de inter&eacute;s social cuyo valor m&aacute;ximo es de 70 SMLM) y Vivienda de Inter&eacute;s Social (VIS - Es aquella que re&uacute;ne los elementos que aseguran su habitabilidad, est&aacute;ndares de calidad en dise&ntilde;o urban&iacute;stico, arquitect&oacute;nico y de construcci&oacute;n cuyo valor m&aacute;ximo es de 135 SMLM). Para mayor informaci&oacute;n te invitamos a que ingreses en <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Es necesario mencionar que no hay proyectos de vivienda espec&iacute;ficos para Arriendo Social, tan solo escoges la vivienda nueva que m&aacute;s te guste a nivel nacional y si re&uacute;nes los requisitos del FNA, puedes presentar tu solicitud.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; mismo se verifica las centrales de riesgo y para poder tener acceso al Arriendo Social. Para ellos se deben cumplir los requisitos y condiciones previstas en el reglamento.</p>

<p class="rtejustify">Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que consultes los requisitos y condiciones del programa de Arriendo Social en la p&aacute;gina web del Fondo Nacional del Ahorro&ndash;FNA a trav&eacute;s de <a href="http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social">http://www.fna.gov.co/wps/portal/inicio/vivienda/arriendo_social</a> o bien en la l&iacute;nea de atenci&oacute;n en Bogot&aacute; D.C. 307 70 70 y a nivel nacional a la l&iacute;nea 01 8000 52 7070.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015,&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal



Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional entrega respuesta a través de oficio, el cual fue enviado al correo checho-007@hotmail.com



Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento.



Grupo Atención y Orientación Ciudadana – MDN
Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

<p>Programa Arriendo Social.&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Los requisitos para obtener la pensi&oacute;n de vejez en la actualidad son:</p>

<p>1&nbsp; Haber cumplido cincuenta y siete (57) a&ntilde;os de edad si es mujer o sesenta y dos (62) a&ntilde;os si es hombre.</p>

<p>2. Haber cotizado un m&iacute;nimo de mil trecientas&nbsp; (1300) semanas en cualquier tiempo.</p>

<p>En relaci&oacute;n con el r&eacute;gimen de transici&oacute;n la ley 100 de 1993, establece</p>

<p>ART&Iacute;CULO 36. R&Eacute;GIMEN DE TRANSICI&Oacute;N. La edad para acceder a la pensi&oacute;n de vejez, continuar&aacute; en cincuenta y cinco (55) a&ntilde;os para las mujeres y sesenta (60) para los hombres, hasta el a&ntilde;o 2014*, fecha en la cual la edad se incrementar&aacute; en dos a&ntilde;os, es decir, ser&aacute; de 57 a&ntilde;os para las mujeres y 62 para los hombres.</p>

<p>La edad para acceder a la pensi&oacute;n de vejez, el tiempo de servicio o el n&uacute;mero de semanas cotizadas, y el monto de la pensi&oacute;n de vejez de las personas que al momento de entrar en vigencia el Sistema tengan treinta y cinco (35) o m&aacute;s a&ntilde;os de edad si son mujeres o cuarenta (40) o m&aacute;s a&ntilde;os de edad si son hombres, o quince (15) o mas a&ntilde;os de servicios cotizados, ser&aacute; la establecida en el r&eacute;gimen anterior al cual se encuentren afiliados. Las dem&aacute;s condiciones y requisitos aplicables a estas personas para acceder a la pensi&oacute;n de vejez, se regir&aacute;n por las disposiciones contenidas en la presente Ley. (&hellip;.)</p>

<p>Sin embargo el&nbsp; r&eacute;gimen de transici&oacute;n conforme a la ley estaba vigente hasta el 31 de diciembre de 2014.</p>

<p>Usted se puede dirigir a la oficina de COLPENSIONES&nbsp; m&aacute;s cercana al lugar de su residencia o solicitar la informaci&oacute;n al call center en Bogot&aacute; 489 09 09 o en el resto del pa&iacute;s al 018000 410909, o al correo electr&oacute;nico <a href="mailto:atenci%C3%B3n@colpensiones.gov.co">atenci&oacute;n@colpensiones.gov.co</a>, con el fin de obtener toda la informaci&oacute;n.&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

No puede ser un&nbsp; potencial beneficiario de Ser Pilo Paga 2, ya que uno de los requisitos para acceder a la beca es haber presentado por primera vez las pruebas Saber 11 e algunas de las 2 fechas de 2015<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministra de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,</p>

<p>Al respecto le manifestamos que para poder ser beneficiario de &nbsp;un subsidio familiar de vivienda es indispensable cumplir entre otros, los siguientes requisitos:</p>

<p style="margin-left: 18pt;">- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno Nacional, que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago, de acuerdo con lo establecido en el art&iacute;culo 33 de la Ley 546 de 1999 o cuando la vivienda en la cual se haya aplicado el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastres naturales, calamidades p&uacute;blicas, emergencias, o atentados terroristas, o que haya sido abandonada o despojada en el marco del conflicto armado interno.&nbsp;</p>

<p style="margin-left: 18pt;">- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional en el momento de la postulaci&oacute;n.</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s:&nbsp;<a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

<p>Programa Arriendo Social:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto le manifestamos que el beneficiario del Programa Mi Casa Ya, debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa.</p>

<p>El cr&eacute;dito hipotecario debe tramitarse directamente ante las entidades financieras, sobre las cuales ni el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ni FONVIVIENDA tienen injerencia.</p>

<p>Las condiciones y procesos establecidos por las entidades financieras dentro de sus pol&iacute;ticas de otorgamiento de cr&eacute;dito son discrecionalidad de las mismas. &nbsp;</p>

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>La Direcci&oacute;n de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su p&aacute;gina web se llama &quot; Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aqu&iacute; su&nbsp;declaraci&oacute;n de renta&quot;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

<p>Como se puede evidenciar hay diferentes programas, raz&oacute;n por la cual le invitamos a visitar los diferentes link y as&iacute; poder determinar el valor de la cuota mensual del credito.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del T&iacute;tulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

<p>El valor de la cuota del credito a pagar dentro de este programa depende del ahorro inicial del hogar, el valor de la vivienda y el valor de cr&eacute;dito hipotecario otorgado.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

No puede acceder, ya que es requisito contar con un puntaje de SISBN establecido.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministra de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>La Direcci&oacute;n de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su p&aacute;gina web se llama &quot; Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aqu&iacute; su&nbsp;declaraci&oacute;n de renta&quot;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

No puede acceder, ya que es requisito contar con un puntaje de SISBN establecido.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministra de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:</p>

<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar</p>

<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015</p>

<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a> de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le solicitamos remitir sus datos personales (nombre completo, tipo y n&uacute;mero de documento de identidad y direcci&oacute;n de residencia), lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud.&nbsp;</p>

<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo&nbsp;<a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 49 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>

<p>Usted puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al tel&eacute;fono (1)4897976 o a la L&iacute;nea gratuita nacional 01 8000 516 201, donde nuestros asesores estar&aacute;n prestos a brindar informaci&oacute;n respecto a sus inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.</p>

Respuesta
<p>&middot;&nbsp;&nbsp;<strong><em>El programa &lsquo;Mi Casa Ya- Subisido a la Tasa&rsquo; generar&aacute; empleo formal y mayor crecimiento econ&oacute;mico al fortalecer el sector de la construcci&oacute;n. Este programa hace parte del paquete de medidas anunciadas por el Gobierno Nacional en el segundo Programa de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0).</em></strong></p>

<p>La iniciativa generar&aacute; empleo formal y mayor crecimiento econ&oacute;mico al fortalecer el sector de la construcci&oacute;n. Este programa hace parte del paquete de medidas anunciadas por el Gobierno Nacional en el segundo Programa de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0).</p>

<p>La cobertura est&aacute; dirigida a cr&eacute;ditos hipotecarios para viviendas entre $93 y $231 millones. Gracias a este beneficio, los colombianos podr&aacute;n buscar una vivienda nueva cuyo valor est&eacute; en este rango de precio y acercarse a un establecimiento financiero para tramitar un cr&eacute;dito hipotecario con una cuota menor.</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p><strong>Tatiana Morantes</strong></p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su comunicaci&oacute;n, nos permitimos informarle que como parte de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a trav&eacute;s del Decreto de declaratoria del Estado de Emergencia, los ciudadanos venezolanos que sean esposos o compa&ntilde;eros permanentes de los colombianos que fueron deportados, expulsados o retornados desde Venezuela, podr&aacute;n tramitar un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia, para luego solicitar la nacionalidad colombiana por adopci&oacute;n, si as&iacute; lo desean.</p>

<p>As&iacute; lo ratifica el reci&eacute;n expedido Decreto 1814 del 14 de septiembre de 2015, el cual firm&oacute; el Presidente Juan Manuel Santos con el prop&oacute;sito de reunificar a las familias desintegradas como consecuencia de las medidas implementadas por el Gobierno venezolano en las diferentes zonas de frontera.</p>

<p>Como primer paso, el ciudadano venezolano interesado deber&aacute; acercarse a cualquiera de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de Migraci&oacute;n Colombia, donde se les entregar&aacute;, previo a la verificaci&oacute;n del cumplimiento de los requisitos, un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia o un Permiso Especial Temporal de Permanencia, cuya vigencia es de 180 d&iacute;as, en ambos casos, no prorrogables.</p>

<p>Con posterioridad a la expedici&oacute;n de estos Permisos, el interesado podr&aacute; acercarse al Centro Facilitador m&aacute;s cercano para reclamar la c&eacute;dula de extranjer&iacute;a, documento que servir&aacute; para su identificaci&oacute;n en el territorio colombiano.</p>

<p>Al momento de la entrega de la c&eacute;dula de extranjer&iacute;a, y s&oacute;lo en ese momento, el interesado podr&aacute; solicitar la nacionalidad colombiana a trav&eacute;s del diligenciamiento de un formulario que le ser&aacute; entregado en Migraci&oacute;n Colombia.</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano </strong></p>

<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>

<p>Bogot&aacute; D.C., Colombia</p>

<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p><b><span style="font-size: 10pt; line-height: 107%; font-family: Arial, sans-serif;">11. &iquest;Si durante el a&ntilde;o gravable estuve fuera del pa&iacute;s pero tengo bienes en &eacute;l, debo declarar?&nbsp;</span></b><br />

<br />

<span style="font-size: 10pt; line-height: 107%; font-family: Arial, sans-serif;">S&iacute;. Porque si sus bienes o su patrimonio se encuentran en el pa&iacute;s, y est&aacute; obligado a presentar declaraci&oacute;n de renta siempre y cuando supere los topes que establece el Gobierno Nacional.</span></p>

<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Una vez su menor hijo cumpla la mayor&iacute;a de edad, debe definir en el menor tiempo posible su situaci&oacute;n militar, en relaci&oacute;n con la libreta provisional el ej&eacute;rcito nacional establece los casos en los que se puede expedir&nbsp; y los&nbsp; requisitos para tal fin, los cuales podr&aacute;n ser consultados en el siguiente link<br />

https://www.libretamilitar.mil.co/Modules/Help/Faqs</p>

<p><br />

Sin embargo es necesario tener en cuenta lo establecido en el art&iacute;culo 13 de la Ley 48 de 1993 (Modificado por el art. 2, Ley 548 de 1999, Prorrogada vigencia, art. 1, Ley 782 de 2002, Prorrogada vigencia, art. 1, Ley 1106 de 2006, Prorrogada vigencia, art. 1, Ley 1421 de 2010, Modificado por el art. 2, Ley 1738 de 2014.)<br />

&ldquo;Los menores de 18 a&ntilde;os de edad no ser&aacute;n incorporados a filas para la prestaci&oacute;n del servicio militar. A los estudiantes de und&eacute;cimo grado, menores de edad que, conforme a la Ley 48 de 1993, resultaren elegidos para prestar dicho servicio, se les aplazar&aacute; su incorporaci&oacute;n a las filas hasta el cumplimiento de la referida edad.</p>

<p><br />

Si al acceder a la mayor&iacute;a de edad el joven que hubiere aplazado su servicio militar estuviere matriculado o admitido en un programa de pregrado en instituci&oacute;n de educaci&oacute;n superior, tendr&aacute; la opci&oacute;n de cumplir inmediatamente su deber o de aplazarlo para el momento de la terminaci&oacute;n de sus estudios. Si optare por el cumplimiento inmediato, la instituci&oacute;n educativa le conservar&aacute; el respectivo cupo en las mismas condiciones. La interrupci&oacute;n de los estudios superiores har&aacute; exigible la obligaci&oacute;n de incorporarse al servicio militar.</p>

<p><br />

Ninguna instituci&oacute;n de educaci&oacute;n superior podr&aacute; exigir como requisito para obtener t&iacute;tulo de pregrado el presentar libreta militar.(&hellip;)<br />

<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministra de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora&nbsp;</p>

<p>Alexandra Reyes Cano</p>

<p>La Dorada - Departamento de Caldas</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Respetada se&ntilde;ora Reyes:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>En atenci&oacute;n con su pregunta, &quot;Que incentivos hay para las mujeres desplazadas cabeza de hogar, que por su esfuerzo propia han logrado hacer empresa ?, &nbsp;de manera atenta me permito informar a usted que la respuesta esta en el siguiente enlace: &nbsp;</p>

<p>http://www.slideshare.net/lamunoz2/respuesta-inclusion-social-septiembre-8-2015-52553858</p>

<p>La respuesta fue preparada por la doctora M&oacute;nica Bonilla del Viceministerio de Desarrollo Empresarial, Grupo Interno de Trabajo Inclusi&oacute;n Social, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Telefonco 6 06 76 76 Ext 1721</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Luz Angela Mu&ntilde;oz Oviedo</p>

<p>Asesor ( E )</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015,&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>No es clara su pregunta, sin embargo si usted tiene alguna duda entendiendo que se refiere a la contrataci&oacute;n de profesores puede dirigirse al SENA interponiendo un derecho de petici&oacute;n con el fin que se absuelvan sus interrogantes.</p>

<p>Si usted considera que existe alguna irregularidad en el interior del SENA puede dirigirse a la Procuradur&iacute;a General de la Naci&oacute;n ubicada en la ciudad de Bogot&aacute; en la&nbsp; Carrera 5&ordf; No. 15 &ndash; 60, l&iacute;nea gratuita para todo el pa&iacute;s: 018000 910 315 - L&iacute;nea reducida: 142 - PBX: (571) 5878750, o al correo electr&oacute;nico <a href="mailto:quejas@procuraduria.gov.co">quejas@procuraduria.gov.co</a>, <a href="mailto:webmaster@procuraduria.gov.co">webmaster@procuraduria.gov.co</a></p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, &nbsp;al respecto le manifestamos que la normatividad que rige el tema de subsidios de vivienda no contempla la posibilidad de aplicaci&oacute;n del subsidio al pago de cr&eacute;dito hipotecario o cr&eacute;dito para vivienda y por tanto, no es posible acceder a su petici&oacute;n de otorgamiento del subsidio para tal fin.</p>

<p>Por otra parte nos permitimos indicar que mediante el Cap&iacute;tulo 1 del T&iacute;tulo 3 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, el Gobierno Nacional reglament&oacute; el art&iacute;culo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n para la compra de vivienda de inter&eacute;s social nueva en &aacute;reas urbanas, a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>

<p>El art&iacute;culo 2.1.3.1.3 del Decreto 1077 de 2015 Establece que los deudores del cr&eacute;dito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deber&aacute;n cumplir las siguientes condiciones, adem&aacute;s de las previstas en el Decreto en menci&oacute;n y en la reglamentaci&oacute;n que para el efecto se expida, as&iacute;:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">1.&nbsp;&nbsp; Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">2.&nbsp;&nbsp; No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">3.&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<strong><u>Comprar una vivienda nueva en &aacute;rea urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">Igualmente es importante tener en cuenta que la asignaci&oacute;n de este subsidio estar&aacute; sujeto a que en el momento del desembolso del cr&eacute;dito haya disponibilidad de coberturas (Subsidios) para el rango del valor de la vivienda adquirida.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">Si no fue otorgado en el momento antes mencionado ya no podr&aacute; ser beneficiario del Subsidio a la tasa de inter&eacute;s.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del T&iacute;tulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or</p>

<p><strong>Andres Felipe Acosta</strong></p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su comunicaci&oacute;n, nos permitimos informarle que como parte de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a trav&eacute;s del Decreto de declaratoria del Estado de Emergencia, los ciudadanos venezolanos que sean esposos o compa&ntilde;eros permanentes de los colombianos que fueron deportados, expulsados o retornados desde Venezuela, podr&aacute;n tramitar un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia, para luego solicitar la nacionalidad colombiana por adopci&oacute;n, si as&iacute; lo desean.</p>

<p>As&iacute; lo ratifica el reci&eacute;n expedido Decreto 1814 del 14 de septiembre de 2015, el cual firm&oacute; el Presidente Juan Manuel Santos con el prop&oacute;sito de reunificar a las familias desintegradas como consecuencia de las medidas implementadas por el Gobierno venezolano en las diferentes zonas de frontera.</p>

<p>Como primer paso, el ciudadano venezolano interesado deber&aacute; acercarse a cualquiera de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de Migraci&oacute;n Colombia, donde se les entregar&aacute;, previo a la verificaci&oacute;n del cumplimiento de los requisitos, un Permiso Especial de Ingreso y Permanencia o un Permiso Especial Temporal de Permanencia, cuya vigencia es de 180 d&iacute;as, en ambos casos, no prorrogables.</p>

<p>Con posterioridad a la expedici&oacute;n de estos Permisos, el interesado podr&aacute; acercarse al Centro Facilitador m&aacute;s cercano para reclamar la c&eacute;dula de extranjer&iacute;a, documento que servir&aacute; para su identificaci&oacute;n en el territorio colombiano.</p>

<p>Al momento de la entrega de la c&eacute;dula de extranjer&iacute;a, y s&oacute;lo en ese momento, el interesado podr&aacute; solicitar la nacionalidad colombiana a trav&eacute;s del diligenciamiento de un formulario que le ser&aacute; entregado en Migraci&oacute;n Colombia.</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano </strong></p>

<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>

<p>Bogot&aacute; D.C., Colombia</p>

<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p><strong>Isabel Cristina Jimenez &Aacute;lvarez</strong></p>

<p>Respetada Se&ntilde;ora</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud nos permitimos informarle que el proceso que consiste en ubicar a una persona en el exterior a trav&eacute;s de los servicios consulares de la Rep&uacute;blica con la colaboraci&oacute;n de las autoridades locales en caso de ser necesario, a solicitud de un familiar suyo o de una autoridad competente, es un servicio que se puede prestar siempre y cuando se establezca la siguiente informaci&oacute;n:</p>

<p>-&iquest;Hace cu&aacute;nto tiempo no tiene contacto con la persona?</p>

<p>-&iquest;Cu&aacute;l es el estatus migratorio del afectado en el pa&iacute;s de destino?</p>

<p>-&iquest;Qu&eacute; actividad se encontraba realizando en el ciudad / pa&iacute;s?</p>

<p>-&iquest;Cu&aacute;l fue la &uacute;ltima ubicaci&oacute;n y direcci&oacute;n?</p>

<p>- &iquest;En qu&eacute; ciudad se encontraba?</p>

<p>-&iquest;Con qui&eacute;n se encontraba en esa ciudad / pa&iacute;s?</p>

<p>-&iquest;Cu&aacute;l es su &uacute;ltimo n&uacute;mero de tel&eacute;fono?</p>

<p>-&iquest;Cu&aacute;l es el &uacute;ltimo contacto laboral de la persona?</p>

<p>Mediante este medio no es posible adjuntar el formulario correspondiente, por tal motivo le indicamos que del &aacute;rea encargada se contactar&aacute;n con usted para enviarle el formulario e indicarle los pasos a seguir para continuar con su caso.</p>

<p>Usted cuenta con t&eacute;rmino de 1 mes para presentar los documentos anteriormente requeridos, de lo contrario, vencido el t&eacute;rmino, se entender&aacute; que desiste de su solicitud, conforme lo establecido&nbsp; en el art. 17 de la ley 1437/11.</p>

<p>&nbsp;Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano </strong></p>

<p>Ministerio de Relaciones Exteriores</p>

<p><a href="http://www.cancilleria.gov.co/" target="_blank"><strong>www.cancilleria.gov.co</strong></a>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:</p>

<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar</p>

<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015</p>

<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web <a href="http://www.dps.gov.co/">www.dps.gov.co</a> de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

<p>Programa Arriendo Social:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>

Respuesta
<p>CONVENIO MINISTERIO DE AGRICULTURA - ICETEX En materia de becas y estudio, el Ministerio de Agricultura se encuentra en etapa de perfeccionamiento de un convenio con el ICETEX el cual se encuentra para firma, este programa busca incentivar en los muchachos menores de 28 a&ntilde;os, el deseo por estudiar carreras afines al campo, se calcula que a mediados del mes de septiembre se publiquen tanto en la p&aacute;gina del Ministerio como del ICETEX, la gu&iacute;a del programa junto con los t&eacute;rminos de referencia y los requisitos que se deben reunir para poder acceder al programa, los invito para que consultes la p&aacute;gina www.minagricultura.gov.co o www.icetex.gov.co.</p>

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>La Direcci&oacute;n de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su p&aacute;gina web se llama &quot; Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aqu&iacute; su&nbsp;declaraci&oacute;n de renta&quot;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Preguntas frecuentes&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>

<p>La Direcci&oacute;n de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su p&aacute;gina web se llama &quot; Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aqu&iacute; su&nbsp;declaraci&oacute;n de renta&quot;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>

<p>Calendario Tributario&nbsp;</p>

<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>