Sr ministro, cual es la realidad respecto de los sueldos y contratos de los médicos especialistas? Po
Sr ministro, cual es la realidad respecto de los sueldos y contratos de los médicos especialistas? Po
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Luisa:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Por qué quieren bajar los sueldos médicos? Un especialista debe invertir $100 mill para estudiar y 10 años de vida.
Por qué quieren bajar los sueldos médicos? Un especialista debe invertir $100 mill para estudiar y 10 años de vida.
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Siabato:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamcos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamcos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Señor ministro, acabe la mala contratación del personal misional en hospitales del Putumayo. Ojalá nos haga el milagrito
Señor ministro, acabe la mala contratación del personal misional en hospitales del Putumayo. Ojalá nos haga el milagrito
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Polo:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>” pretende la formalización de los trabajadores del sector salud. Por ello otorga facultades extraordinarias al Presidente de la República para que mediante normas con fuerza de ley regule dicho tema respetando los derechos adquiridos, propiciando condiciones dignas de trabajo y el adecuado bienestar social de los servidores públicos. Sin embargo, es preciso señalar que el proyecto de ley no tiene ninguna disposición que se refiera a los salarios de los profesionales de la salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>” pretende la formalización de los trabajadores del sector salud. Por ello otorga facultades extraordinarias al Presidente de la República para que mediante normas con fuerza de ley regule dicho tema respetando los derechos adquiridos, propiciando condiciones dignas de trabajo y el adecuado bienestar social de los servidores públicos. Sin embargo, es preciso señalar que el proyecto de ley no tiene ninguna disposición que se refiera a los salarios de los profesionales de la salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Porque no contratan a los médicos de nómina en hospitales y no por sindicatos o cooperativas
Registrada:
Código:
3194
Porque no contratan a los médicos de nómina en hospitales y no por sindicatos o cooperativas
Registrada:
Código:
3194
Respuesta
Buenas tardes:
Atentamente le informamos que el proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” pretende la formalización de los trabajadores del sector salud, por ello dota de facultades extraordinarias al Presidente de la República para que mediante normas con fuerza de ley regule dicho tema respetando los derechos adquiridos, propiciando condiciones dignas de trabajo y el adecuado bienestar social de los servidores públicos. Sin embargo es preciso señalar que el proyecto de ley no tiene ninguna disposición que se refiera a los salarios de los profesionales de la salud.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Atentamente le informamos que el proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” pretende la formalización de los trabajadores del sector salud, por ello dota de facultades extraordinarias al Presidente de la República para que mediante normas con fuerza de ley regule dicho tema respetando los derechos adquiridos, propiciando condiciones dignas de trabajo y el adecuado bienestar social de los servidores públicos. Sin embargo es preciso señalar que el proyecto de ley no tiene ninguna disposición que se refiera a los salarios de los profesionales de la salud.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Porque no desaparecen los intermediarios en la salud, porque no se crea la línea directa gobierno hospitales
Porque no desaparecen los intermediarios en la salud, porque no se crea la línea directa gobierno hospitales
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Polo:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>La experiencia de las EPS públicas ha sido desastrosa. No solo en el caso del Seguro Social. Los casos de Calisalud, Selvasalud y Saludcondor fueron todos un desastre, casi paradigmas de la corrupción y el despilfarro. En nuestras evaluaciones anuales, que conjugan tanto indicadores de goce efectivo de derechos como variables de resultados en salud, dos EPS públicas figuran entre las peores, Caprecom y Convida. La reforma es ecléctica, no prohíbe las EPS públicas, incluso promueve las alianzas público-privadas. Pero crear un gran monopolio público podría terminar “capreconizando” nuestro sistema de salud. </p>
<p>Estos documentos amplían la respuesta:</p>
<p><a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Estudio%20sobre%20el%20modo%20de%20gestionar%20la%20salud%20en%20Colombia.pdf">Estudio sobre el modo de gestionar la salud en Colombia</a></p>
<p>Exposición de motivos del Proyecto de Ley 210 de 2013: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documents/Ley%20Reforma%20a%20la%20Salud/Exposicion-Motivos-%20Proyecto-leyredefinicion-sistema-General-SeguridadSocial-Salud%20pdf.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Documents/Ley%20Reforma%20a%20la%20Salud/Exposicion-Motivos-%20Proyecto-leyredefinicion-sistema-General-SeguridadSocial-Salud%20pdf.pdf</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>La experiencia de las EPS públicas ha sido desastrosa. No solo en el caso del Seguro Social. Los casos de Calisalud, Selvasalud y Saludcondor fueron todos un desastre, casi paradigmas de la corrupción y el despilfarro. En nuestras evaluaciones anuales, que conjugan tanto indicadores de goce efectivo de derechos como variables de resultados en salud, dos EPS públicas figuran entre las peores, Caprecom y Convida. La reforma es ecléctica, no prohíbe las EPS públicas, incluso promueve las alianzas público-privadas. Pero crear un gran monopolio público podría terminar “capreconizando” nuestro sistema de salud. </p>
<p>Estos documentos amplían la respuesta:</p>
<p><a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Estudio%20sobre%20el%20modo%20de%20gestionar%20la%20salud%20en%20Colombia.pdf">Estudio sobre el modo de gestionar la salud en Colombia</a></p>
<p>Exposición de motivos del Proyecto de Ley 210 de 2013: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documents/Ley%20Reforma%20a%20la%20Salud/Exposicion-Motivos-%20Proyecto-leyredefinicion-sistema-General-SeguridadSocial-Salud%20pdf.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Documents/Ley%20Reforma%20a%20la%20Salud/Exposicion-Motivos-%20Proyecto-leyredefinicion-sistema-General-SeguridadSocial-Salud%20pdf.pdf</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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ministro todas las EPS están cuestionadas por algún motivo,requisito para las nuevas gestoras hoja en blanco,entonces???
ministro todas las EPS están cuestionadas por algún motivo,requisito para las nuevas gestoras hoja en blanco,entonces???
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos: No es cierto que sea una hoja en blanco. La ley establece medidas severas para que quienes hoy hicieron mal las cosas no puedan volver a entrar convirtiéndose en Gestoras. En primer lugar quienes tengan deudas no resueltas no podrán convertirse en Gestores, limitación que se hace extensiva a sus dueños y administradores y a sus parientes. </p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co/">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos: No es cierto que sea una hoja en blanco. La ley establece medidas severas para que quienes hoy hicieron mal las cosas no puedan volver a entrar convirtiéndose en Gestoras. En primer lugar quienes tengan deudas no resueltas no podrán convertirse en Gestores, limitación que se hace extensiva a sus dueños y administradores y a sus parientes. </p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co/">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Ministro,soy médica general,quiero saber si mi sueldo que es muy poco, se va a ver afectado con la reforma a la salud?
Ministro,soy médica general,quiero saber si mi sueldo que es muy poco, se va a ver afectado con la reforma a la salud?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
ministro elegir los gerentes de los hospitales a dedo es politizar la salud MAS,retroceder en el tiempo y los Méritos?
ministro elegir los gerentes de los hospitales a dedo es politizar la salud MAS,retroceder en el tiempo y los Méritos?
Respuesta
<p>Buenos días.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relación con los procesos de meritocracia para la elección de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se habían contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selección sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoción, con unos requisitos mínimos para su desempeño, previa la aprobación de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, quien sea nombrado deberá responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nominó.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
ministro porque no des entraban los dineros de las cuentas maestras para salvar los hospitales públicos?su popularidad 0
ministro porque no des entraban los dineros de las cuentas maestras para salvar los hospitales públicos?su popularidad 0
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la Ley 1438 de 2011 autorizó los giros directos para que hospitales reciban de manera oportuna el pago por prestación de servicios a las Empresas Promotoras de Salud (EPS). Puede consultar esta norma en el siguiente enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/LEY%201438%20DE%202011.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/LEY%201438%20DE%202011.pdf</a></p>
<p>Adicionalmente, el Ministerio ha publicado este documento que le ayudará a resolver sus dudas: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/En-lo-corrido-de-2014,-IPS-han-recibido-m%C3%A1s-de-$3,5-billones-mediante-giro-directo-.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/En-lo-corrido-de-2014,-IPS-han-recibido-m%C3%A1s-de-$3,5-billones-mediante-giro-directo-.aspx</a>.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la Ley 1438 de 2011 autorizó los giros directos para que hospitales reciban de manera oportuna el pago por prestación de servicios a las Empresas Promotoras de Salud (EPS). Puede consultar esta norma en el siguiente enlace <a href="http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/LEY%201438%20DE%202011.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/LEY%201438%20DE%202011.pdf</a></p>
<p>Adicionalmente, el Ministerio ha publicado este documento que le ayudará a resolver sus dudas: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/En-lo-corrido-de-2014,-IPS-han-recibido-m%C3%A1s-de-$3,5-billones-mediante-giro-directo-.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/En-lo-corrido-de-2014,-IPS-han-recibido-m%C3%A1s-de-$3,5-billones-mediante-giro-directo-.aspx</a>.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
ministro usted se comprometió que la tutela no se acabara,insisto ustedes proponen hasta donde haya dinero atenderán.
ministro usted se comprometió que la tutela no se acabara,insisto ustedes proponen hasta donde haya dinero atenderán.
Respuesta
Buenas tardes:
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el ejercicio de la acción de tutela consagrado en la Constitución Política no tendrá ninguna limitación. El proyecto de ley no contempla disposiciones que restrinjan el uso de la acción por lo cual podrá ser utilizado cuando se vea violado el derecho fundamental a la salud o se amenace riesgo de vulneración.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el ejercicio de la acción de tutela consagrado en la Constitución Política no tendrá ninguna limitación. El proyecto de ley no contempla disposiciones que restrinjan el uso de la acción por lo cual podrá ser utilizado cuando se vea violado el derecho fundamental a la salud o se amenace riesgo de vulneración.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Porque no desaparecen las intermediaciones en la salud, cual es el inconveniente de eje directo gobierno hospitales
Porque no desaparecen las intermediaciones en la salud, cual es el inconveniente de eje directo gobierno hospitales
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Polo:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>La experiencia de las EPS públicas ha sido desastrosa. No solo en el caso del Seguro Social. Los casos de Calisalud, Selvasalud y Saludcondor fueron todos un desastre, casi paradigmas de la corrupción y el despilfarro. En nuestras evaluaciones anuales, que conjugan tanto indicadores de goce efectivo de derechos como variables de resultados en salud, dos EPS públicas figuran entre las peores, Caprecom y Convida. La reforma es ecléctica, no prohíbe las EPS públicas, incluso promueve las alianzas público-privadas. Pero crear un gran monopolio público podría terminar “capreconizando” nuestro sistema de salud. </p>
<p>Estos documentos amplían la respuesta: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Estudio%20sobre%20el%20modo%20de%20gestionar%20la%20salud%20en%20Colombia.pdf">Estudio sobre el modo de gestionar la salud en Colombia</a></p>
<p>Exposición de motivos del Proyecto de Ley 210 de 2013 <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documents/Ley%20Reforma%20a%20la%20Salud/Exposicion-Motivos-%20Proyecto-leyredefinicion-sistema-General-SeguridadSocial-Salud%20pdf.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Documents/Ley%20Reforma%20a%20la%20Salud/Exposicion-Motivos-%20Proyecto-leyredefinicion-sistema-General-SeguridadSocial-Salud%20pdf.pdf</a>.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>
<p>La experiencia de las EPS públicas ha sido desastrosa. No solo en el caso del Seguro Social. Los casos de Calisalud, Selvasalud y Saludcondor fueron todos un desastre, casi paradigmas de la corrupción y el despilfarro. En nuestras evaluaciones anuales, que conjugan tanto indicadores de goce efectivo de derechos como variables de resultados en salud, dos EPS públicas figuran entre las peores, Caprecom y Convida. La reforma es ecléctica, no prohíbe las EPS públicas, incluso promueve las alianzas público-privadas. Pero crear un gran monopolio público podría terminar “capreconizando” nuestro sistema de salud. </p>
<p>Estos documentos amplían la respuesta: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Estudio%20sobre%20el%20modo%20de%20gestionar%20la%20salud%20en%20Colombia.pdf">Estudio sobre el modo de gestionar la salud en Colombia</a></p>
<p>Exposición de motivos del Proyecto de Ley 210 de 2013 <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documents/Ley%20Reforma%20a%20la%20Salud/Exposicion-Motivos-%20Proyecto-leyredefinicion-sistema-General-SeguridadSocial-Salud%20pdf.pdf">http://www.minsalud.gov.co/Documents/Ley%20Reforma%20a%20la%20Salud/Exposicion-Motivos-%20Proyecto-leyredefinicion-sistema-General-SeguridadSocial-Salud%20pdf.pdf</a>.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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ministro acuérdese que uno debe colocarse en los zapatos del otro para tomar decisiones,cierre inminente de hospitales p
ministro acuérdese que uno debe colocarse en los zapatos del otro para tomar decisiones,cierre inminente de hospitales p
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>Agradecemos su opinión sobre este importante tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Agradecemos su opinión sobre este importante tema.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
ministro porque no obliga como dice la ley a que las EPS le paguen a los hospitales públicos,para salvarlos del cierre
ministro porque no obliga como dice la ley a que las EPS le paguen a los hospitales públicos,para salvarlos del cierre
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el Estado cobrará la cartera a las EPS y pagará a las IPS. Igualmente recuperará los recursos a través de los mecanismos de ley.</p>
<p>Actualmente el Ministerio de Salud trabaja en estrategias para que se aclaren las deudas del pasado entre las EPS, las entidades territoriales y los hospitales públicos. Así mismo, a través de los giros directos se han agilizado los pagos a las IPS del Régimen Subsidiado. Con el nuevo modelo de salud que se propone, en los seis meses siguientes a la sanción de la Ley, las EPS tendrán que sanear todas sus deudas y además se generalizará el mecanismo de giro directo que está dando buenos resultados en la actualidad.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de alud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a>.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el Estado cobrará la cartera a las EPS y pagará a las IPS. Igualmente recuperará los recursos a través de los mecanismos de ley.</p>
<p>Actualmente el Ministerio de Salud trabaja en estrategias para que se aclaren las deudas del pasado entre las EPS, las entidades territoriales y los hospitales públicos. Así mismo, a través de los giros directos se han agilizado los pagos a las IPS del Régimen Subsidiado. Con el nuevo modelo de salud que se propone, en los seis meses siguientes a la sanción de la Ley, las EPS tendrán que sanear todas sus deudas y además se generalizará el mecanismo de giro directo que está dando buenos resultados en la actualidad.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de alud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a>.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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1- ministro donde están los recursos económicos para la construcción de nuevos hospitales(cami diana turbay loc.18)
1- ministro donde están los recursos económicos para la construcción de nuevos hospitales(cami diana turbay loc.18)
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de ley contempla varios artículos que hacen referencia al fortalecimiento de la red pública.</p>
<p>Por ejemplo, el artículo 16 establece que parte de los recursos que administrará la Unidad de Gestión Salud-Mía se destinarán al fortalecimiento y ajuste de la red pública hospitalaria, siempre y cuando en la respectiva vigencia se encuentre garantizada la financiación del aseguramiento en salud.</p>
<p>El artículo 36 se refiere al porcentaje de contratación con la red pública en el régimen subsidiado, advirtiendo que este no podrá ser inferior al sesenta por ciento (60%) de los recursos manejados por el Gestor provenientes de este régimen.</p>
<p>El artículo 93, que es un artículo nuevo, establece que vencido el término para el saneamiento de los aportes patronales a que hace referencia el artículo 85 de la Ley 1438 de 201, los excedentes del Sistema General de Participaciones se podrán destinar al saneamiento fiscal y financiero de la red pública prestadora de servicios de salud, privilegiando el pago de los pasivos laborales y/o al pago de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda que adeude la Entidad Territorial.</p>
<p>Estos recursos se distribuirán según lo previsto en el numeral 2º del artículo 3º de la ley 1608 de 2013 entre los departamentos y distritos a quienes se efectúo asignación de recursos de aportes patronales en las vigencias anteriores a 2011. Los recursos se girarán directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Pública, a través del mecanismo de recaudo y giro creado en virtud del artículo 31 de la ley 1438 de 2011.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de ley contempla varios artículos que hacen referencia al fortalecimiento de la red pública.</p>
<p>Por ejemplo, el artículo 16 establece que parte de los recursos que administrará la Unidad de Gestión Salud-Mía se destinarán al fortalecimiento y ajuste de la red pública hospitalaria, siempre y cuando en la respectiva vigencia se encuentre garantizada la financiación del aseguramiento en salud.</p>
<p>El artículo 36 se refiere al porcentaje de contratación con la red pública en el régimen subsidiado, advirtiendo que este no podrá ser inferior al sesenta por ciento (60%) de los recursos manejados por el Gestor provenientes de este régimen.</p>
<p>El artículo 93, que es un artículo nuevo, establece que vencido el término para el saneamiento de los aportes patronales a que hace referencia el artículo 85 de la Ley 1438 de 201, los excedentes del Sistema General de Participaciones se podrán destinar al saneamiento fiscal y financiero de la red pública prestadora de servicios de salud, privilegiando el pago de los pasivos laborales y/o al pago de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda que adeude la Entidad Territorial.</p>
<p>Estos recursos se distribuirán según lo previsto en el numeral 2º del artículo 3º de la ley 1608 de 2013 entre los departamentos y distritos a quienes se efectúo asignación de recursos de aportes patronales en las vigencias anteriores a 2011. Los recursos se girarán directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Pública, a través del mecanismo de recaudo y giro creado en virtud del artículo 31 de la ley 1438 de 2011.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Como se financiaran los programas de Residencia Clinica para los Médicos
Que papel cumplirán las EPS
Registrada:
Código:
3182
Como se financiaran los programas de Residencia Clinica para los Médicos
Que papel cumplirán las EPS
Registrada:
Código:
3182
Respuesta
<p>Buenos días sr. Cardona:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de ponencia que se venía trabajando para primer debate en la Cámara de Representantes del proyecto de ley ordinaria de la salud, dejaba de lado el tema de la formación académica de las residencias médicas, para ser abordado en otro proyecto de ley separado.</p>
<p>Las EPS no intervendrán “directamente” en el asunto que tiene que ver con las facultades de medicina y los hospitales universitarios.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co/">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos programas que adelanta el Ministerio de Salud y Protección Social y podrá formular sus inquietudes a través del enlace http://www.minsalud.gov.co/atencion/Paginas/Solicitudes-sugerencias-quejas-o-reclamos.aspx.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el proyecto de ponencia que se venía trabajando para primer debate en la Cámara de Representantes del proyecto de ley ordinaria de la salud, dejaba de lado el tema de la formación académica de las residencias médicas, para ser abordado en otro proyecto de ley separado.</p>
<p>Las EPS no intervendrán “directamente” en el asunto que tiene que ver con las facultades de medicina y los hospitales universitarios.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co/">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos programas que adelanta el Ministerio de Salud y Protección Social y podrá formular sus inquietudes a través del enlace http://www.minsalud.gov.co/atencion/Paginas/Solicitudes-sugerencias-quejas-o-reclamos.aspx.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano </p>
Porq no brindan Becas y apoyo a médicos generales de áreas rurales para cupos en especializaciones y retornarlos a áreas
Porq no brindan Becas y apoyo a médicos generales de áreas rurales para cupos en especializaciones y retornarlos a áreas
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer término el Estado ha venido tomando medidas concretas para mejorar las condiciones de vinculación de los trabajadores de la salud y médicos en particular. Dentro de ellas cabe destacar la Ley 1429 de 2010 “<em>por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de empleo</em>”, la Ley 1438 de 2011 “<em>por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>” y el Decreto 2025 de 2011 “<em>Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010</em>”.</p>
<p>En el mismo sentido se destaca que el proyecto de ley estatutaria “<em>Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”</em>, aprobado por el Congreso de la República y que se encuentra en revisión por la Corte Constitucional, garantizó la autonomía a los profesionales de la salud y prohibió el constreñimiento, presión o restricción del ejercicio profesional; así mismo, estableció que los profesionales y trabajadores de la salud estarán amparados por condiciones laborales justas de acuerdo con las necesidades del sistema.</p>
<p>En concordancia con lo anterior, el Proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”</em>, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud, y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer término el Estado ha venido tomando medidas concretas para mejorar las condiciones de vinculación de los trabajadores de la salud y médicos en particular. Dentro de ellas cabe destacar la Ley 1429 de 2010 “<em>por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de empleo</em>”, la Ley 1438 de 2011 “<em>por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>” y el Decreto 2025 de 2011 “<em>Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010</em>”.</p>
<p>En el mismo sentido se destaca que el proyecto de ley estatutaria “<em>Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”</em>, aprobado por el Congreso de la República y que se encuentra en revisión por la Corte Constitucional, garantizó la autonomía a los profesionales de la salud y prohibió el constreñimiento, presión o restricción del ejercicio profesional; así mismo, estableció que los profesionales y trabajadores de la salud estarán amparados por condiciones laborales justas de acuerdo con las necesidades del sistema.</p>
<p>En concordancia con lo anterior, el Proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”</em>, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud, y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Porq no apoyan a los médicos generales de áreas rurales para especializaciones y así mitigar la falta de especialistas
Porq no apoyan a los médicos generales de áreas rurales para especializaciones y así mitigar la falta de especialistas
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer término el Estado ha venido tomando medidas concretas para mejorar las condiciones de vinculación de los trabajadores de la salud y médicos en particular. Dentro de ellas cabe destacar la Ley 1429 de 2010 “<em>por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de empleo</em>”, la Ley 1438 de 2011 “<em>por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>” y el Decreto 2025 de 2011 “<em>Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010</em>”.</p>
<p>En el mismo sentido se destaca que el proyecto de ley estatutaria “<em>Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”</em>, aprobado por el Congreso de la República y que se encuentra en revisión por la Corte Constitucional, garantizó la autonomía a los profesionales de la salud y prohibió el constreñimiento, presión o restricción del ejercicio profesional; así mismo, estableció que los profesionales y trabajadores de la salud estarán amparados por condiciones laborales justas de acuerdo con las necesidades del sistema.</p>
<p>En concordancia con lo anterior, el Proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”</em>, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud, y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>En primer término el Estado ha venido tomando medidas concretas para mejorar las condiciones de vinculación de los trabajadores de la salud y médicos en particular. Dentro de ellas cabe destacar la Ley 1429 de 2010 “<em>por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de empleo</em>”, la Ley 1438 de 2011 “<em>por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>” y el Decreto 2025 de 2011 “<em>Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010</em>”.</p>
<p>En el mismo sentido se destaca que el proyecto de ley estatutaria “<em>Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”</em>, aprobado por el Congreso de la República y que se encuentra en revisión por la Corte Constitucional, garantizó la autonomía a los profesionales de la salud y prohibió el constreñimiento, presión o restricción del ejercicio profesional; así mismo, estableció que los profesionales y trabajadores de la salud estarán amparados por condiciones laborales justas de acuerdo con las necesidades del sistema.</p>
<p>En concordancia con lo anterior, el Proyecto de Ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”</em>, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.</p>
<p>El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud, y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Cuantos años seguirán regalando el dinero a los intermediarios del sector salud?
Registrada:
Código:
3178
Cuantos años seguirán regalando el dinero a los intermediarios del sector salud?
Registrada:
Código:
3178
Respuesta
Buenas tardes sr. García.
Atentamente damos respuesta a su pregunta:
Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán del flujo de recursos del Sistema.
Gracias por su participación.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Atentamente damos respuesta a su pregunta:
Si no existen Gestoras de Servicios de Salud se afectaría tanto el servicio al usuario como los objetivos de salud del país. En primer lugar, un Gestor de Servicios de Salud tiene como finalidad esencial hacer gestión integral del riesgo en salud de sus afiliados a fin de identificar tempranamente los factores de riesgos que afectan a las personas, y con ello realizar acciones para promover su salud y evitar que aparezca la enfermedad. En segundo lugar, entre las funciones que tendrían los Gestores de Servicios de Salud estarían las de articular la oferta de servicios a los afiliados del sistema y adelantar la representación de los mismos ante los prestadores de servicios de salud. En tercer lugar, los Gestores de Servicios de Salud no dispondrán del flujo de recursos del Sistema.
Gracias por su participación.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
LA PRESTACION DE SERVICIOS DE TERAPIAS DE MEDICINA ALTERNATIVA ESTA CONTEMPLADO DENTRO DE LA ATENCION EN SALUD?
LA PRESTACION DE SERVICIOS DE TERAPIAS DE MEDICINA ALTERNATIVA ESTA CONTEMPLADO DENTRO DE LA ATENCION EN SALUD?
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley no retrocede en las coberturas, ni en el derecho; avanza sustancialmente, pues define que en un plazo de tres (3) años se deberán incorporar los servicios y tecnologías que hoy se recobran. En otras palabras, las coberturas de servicios y tecnologías del actual Plan de beneficios se mantiene y el Proyecto de Ley lo que busca es poder ampliar de forma ordenada los servicios y tecnologías.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a>.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley no retrocede en las coberturas, ni en el derecho; avanza sustancialmente, pues define que en un plazo de tres (3) años se deberán incorporar los servicios y tecnologías que hoy se recobran. En otras palabras, las coberturas de servicios y tecnologías del actual Plan de beneficios se mantiene y el Proyecto de Ley lo que busca es poder ampliar de forma ordenada los servicios y tecnologías.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a>.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
Es cierto que los hospitales van a ser formado esa de especialistas médicos al igual que las universidades? Desde cuándo
Es cierto que los hospitales van a ser formado esa de especialistas médicos al igual que las universidades? Desde cuándo
Respuesta
Buenas tardes:
Atentamente le informamos que la propuesta de formación de especialista por hospitales universitarios debidamente acreditados, en el marco del proceso de discusión de la iniciativa está siendo modificada por los ponentes con el fin de introducir criterios y requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas de especialización médica dirigidos a fortalecer la relación entre instituciones de educación superior e Institución Prestadora de Servicios de Salud y así garantizar mejores condiciones de calidad en la formación médica especializada, entre otras.
Gracias por su participación.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Atentamente le informamos que la propuesta de formación de especialista por hospitales universitarios debidamente acreditados, en el marco del proceso de discusión de la iniciativa está siendo modificada por los ponentes con el fin de introducir criterios y requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas de especialización médica dirigidos a fortalecer la relación entre instituciones de educación superior e Institución Prestadora de Servicios de Salud y así garantizar mejores condiciones de calidad en la formación médica especializada, entre otras.
Gracias por su participación.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
Que va a pasar con el salario de los médicos? Cuando se va a ver la reforma en el salario del personal de salud ?
Que va a pasar con el salario de los médicos? Cuando se va a ver la reforma en el salario del personal de salud ?
Respuesta
<p>Buenos días sra. Paola:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Que va a pasar con el salario de los médicos? Cuando se va a ver la reforma en el salario del personal de salud ?
Que va a pasar con el salario de los médicos? Cuando se va a ver la reforma en el salario del personal de salud ?
Respuesta
<p>Buenos días sra. Paola.</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Quién definirá los criterios para que los gestores escojan los integrantes de las redes?
Registrada:
Código:
3172
Quién definirá los criterios para que los gestores escojan los integrantes de las redes?
Registrada:
Código:
3172
Respuesta
<p style="margin-left: 18pt">Buenos días:</p>
<p style="margin-left: 18pt">En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que los criterios están en la misma ley y básicamente se refieren a la integralidad, suficiencia y complementariedad de la red de prestadores que debe organizar cada Gestor, en función del número de afiliados y de su ubicación. En este último sentido la ley establece que los prestadores primarios deberán estar ubicados cerca de donde reside el usuario. Además el Gestor deberá contratar en primer lugar aquellos prestadores presentes en el municipio donde reside la persona y dentro del Area de Gestión Sanitaria respectiva, y solo agotadas estas opciones podrá hacerlo por fuera de estos lugares.</p>
<p style="margin-left: 18pt">En cuanto a la habilitación y acreditación de calidad de los integrantes de la red de prestadores, esta es una función de las entidades territoriales bajo los parámetros que define el Ministerio de Salud y Protección Social. </p>
<p style="margin-left: 18pt">Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p style="margin-left: 18pt">Cordial saludo,</p>
<p style="margin-left: 18pt">Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p style="margin-left: 18pt"> </p>
<p style="margin-left: 18pt"> </p>
<p style="margin-left: 18pt">Cordial saludo,</p>
<p style="margin-left: 18pt">Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p style="margin-left: 18pt">En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que los criterios están en la misma ley y básicamente se refieren a la integralidad, suficiencia y complementariedad de la red de prestadores que debe organizar cada Gestor, en función del número de afiliados y de su ubicación. En este último sentido la ley establece que los prestadores primarios deberán estar ubicados cerca de donde reside el usuario. Además el Gestor deberá contratar en primer lugar aquellos prestadores presentes en el municipio donde reside la persona y dentro del Area de Gestión Sanitaria respectiva, y solo agotadas estas opciones podrá hacerlo por fuera de estos lugares.</p>
<p style="margin-left: 18pt">En cuanto a la habilitación y acreditación de calidad de los integrantes de la red de prestadores, esta es una función de las entidades territoriales bajo los parámetros que define el Ministerio de Salud y Protección Social. </p>
<p style="margin-left: 18pt">Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p style="margin-left: 18pt">Cordial saludo,</p>
<p style="margin-left: 18pt">Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p style="margin-left: 18pt">Cordial saludo,</p>
<p style="margin-left: 18pt">Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p style="margin-left: 18pt"> </p>
<p style="margin-left: 18pt"> </p>
QUE BENEFICIOS NOS BRINDARA EL ESTADO A LOS MEDICOS?? LA NUEVA REFORMA DE SALUD
Registrada:
Código:
3171
QUE BENEFICIOS NOS BRINDARA EL ESTADO A LOS MEDICOS?? LA NUEVA REFORMA DE SALUD
Registrada:
Código:
3171
Respuesta
Buenas tardes sra. Andrea:
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:
El proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” pretende la formalización de los trabajadores del sector salud. Por ello dota de facultades extraordinarias al Presidente de la República para que mediante normas con fuerza de ley regule dicho tema respetando los derechos adquiridos, propiciando condiciones dignas de trabajo y el adecuado bienestar social de los servidores públicos.
De otra parte, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros: (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.
El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:
El proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” pretende la formalización de los trabajadores del sector salud. Por ello dota de facultades extraordinarias al Presidente de la República para que mediante normas con fuerza de ley regule dicho tema respetando los derechos adquiridos, propiciando condiciones dignas de trabajo y el adecuado bienestar social de los servidores públicos.
De otra parte, en materia de formación y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros: (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones médicas, (ii) permitir un mayor acceso de la población a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formación de especialistas médico quirúrgicos y (iv) mejorar las condiciones de formación de los residentes.
El Ministerio de Salud y Protección Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, las instituciones de educación superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud y otros representantes de los sectores académico y de salud, está revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formación del talento humano en salud.
Cordial saludo,
Grupo de Atención al Ciudadano
ES VERDAD QUE EL SALARIO DE ESPECIALISTAS SERA 3600000 PARA TODAS LAS AREAS INDEPENDIENTES DE LAS HORAS
ES VERDAD QUE EL SALARIO DE ESPECIALISTAS SERA 3600000 PARA TODAS LAS AREAS INDEPENDIENTES DE LAS HORAS
Respuesta
<p>Buenos dias sra. Andrea:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”, </em>aprobado en segundo debate por la plenaria del Senado de la República, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”, </em>aprobado en segundo debate por la plenaria del Senado de la República, no contempla preceptos sobre el tema de su interés.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo, </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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¿Exactamente q parará con los niños que tienen discapacidad y tutelas con recobro al Fosyga?
¿respetarán continuidad?
¿Exactamente q parará con los niños que tienen discapacidad y tutelas con recobro al Fosyga?
¿respetarán continuidad?
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Deysi:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que Salud-Mía no entrará a operar de forma inmediata, sino que habrá un periodo de transición de dos años, en el cual a su vez se va a ampliar el plan de beneficios.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que Salud-Mía no entrará a operar de forma inmediata, sino que habrá un periodo de transición de dos años, en el cual a su vez se va a ampliar el plan de beneficios.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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quisiera saber si mi licencia de conducir tengo que cambiarla es categoría particular ósea 4 vencio el 2011-oct grasias
quisiera saber si mi licencia de conducir tengo que cambiarla es categoría particular ósea 4 vencio el 2011-oct grasias
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">Desde el 15 de julio, comenzó a circular la nueva licencia de conducción que tiene como característica el conservar el mismo número de la cédula del ciudadano. Si la licencia de conducción no está vencida y no necesita recategorizarse no es necesario cambiar el documento.</p>
<p class="rtejustify">En caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Examen médico:</li>
<li class="rtejustify">
Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Desde el 15 de julio, comenzó a circular la nueva licencia de conducción que tiene como característica el conservar el mismo número de la cédula del ciudadano. Si la licencia de conducción no está vencida y no necesita recategorizarse no es necesario cambiar el documento.</p>
<p class="rtejustify">En caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Examen médico:</li>
<li class="rtejustify">
Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
¿Se tuvo en cuenta la deuda del Estado a las universidades por más de 11 billones al proponer Hospitales Universitarios?
¿Se tuvo en cuenta la deuda del Estado a las universidades por más de 11 billones al proponer Hospitales Universitarios?
Respuesta
<p>Buenos días:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la propuesta de formación de especialista por hospitales universitarios debidamente acreditados, en el proceso de discusión de la iniciativa está siendo modificada por los ponentes con el fin de introducir criterios y requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas de especialización médica dirigidos a fortalecer la relación entre instituciones de educación superior e Institución Prestadora de Servicios de Salud y así garantizar mejores condiciones de calidad en la formación médica especializada, entre otras.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que la propuesta de formación de especialista por hospitales universitarios debidamente acreditados, en el proceso de discusión de la iniciativa está siendo modificada por los ponentes con el fin de introducir criterios y requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas de especialización médica dirigidos a fortalecer la relación entre instituciones de educación superior e Institución Prestadora de Servicios de Salud y así garantizar mejores condiciones de calidad en la formación médica especializada, entre otras.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Es cierto que Gobierno pretende establecer salario medico en 2.6 millones y especialistas en 3.6 millones?
Es cierto que Gobierno pretende establecer salario medico en 2.6 millones y especialistas en 3.6 millones?
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que dentro del texto del proyecto de ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” </em>aprobado en segundo debate por la plenaria del Senado de la República, no existe disposición alguna en el sentido referenciado.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que dentro del texto del proyecto de ley <em>“Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” </em>aprobado en segundo debate por la plenaria del Senado de la República, no existe disposición alguna en el sentido referenciado.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>, donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al ciudadano</p>
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cuanto tardara mi salud en girar el dinero a los hospitales despues de la auditoria respectiva?
Registrada:
Código:
3165
cuanto tardara mi salud en girar el dinero a los hospitales despues de la auditoria respectiva?
Registrada:
Código:
3165
Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>
<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Se entiende que la pregunta está orientada a los términos que tendrá el Gestor de Servicios de Salud para autorizar los giros directos. Sobre este punto cabe señalar que el reglamento establecerá términos perentorios para la autorización de giro, como ocurre hoy con el régimen subsidiado de salud. El proceso operativo tiene que estar diseñado para que el giro sea regular y oportuno. En todo caso, dado que los recursos no los manejarán los Gestores de Servicios de Salud, se entendería que no existe incentivo para dilatar el giro que corresponda hacer al respectivo prestador.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>Atentamente damos respuesta a su pregunta:</p>
<p>Se entiende que la pregunta está orientada a los términos que tendrá el Gestor de Servicios de Salud para autorizar los giros directos. Sobre este punto cabe señalar que el reglamento establecerá términos perentorios para la autorización de giro, como ocurre hoy con el régimen subsidiado de salud. El proceso operativo tiene que estar diseñado para que el giro sea regular y oportuno. En todo caso, dado que los recursos no los manejarán los Gestores de Servicios de Salud, se entendería que no existe incentivo para dilatar el giro que corresponda hacer al respectivo prestador.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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¿ que pasará con las EPS?, seguirán funcionando? bajo que parámetros? cuales siguen funcionando?
Registrada:
Código:
3164
¿ que pasará con las EPS?, seguirán funcionando? bajo que parámetros? cuales siguen funcionando?
Registrada:
Código:
3164
Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que con el nuevo modelo de salud que está proponiendo el Gobierno Nacional se crean los Gestores de Salud (GES), que acompañarán a las personas en su paso por el sistema de salud y no manejarán dinero. Así, responderán y serán medidos por la salud de sus afiliados y no por los recursos. Con los GES, el sistema de salud estará más cerca de la gente.</p>
<p>Los Gestores tendrán que responder por la salud de sus afiliados, de manera que se concentrarán en que las personas a su cargo se enfermen menos, a través de actividades de promoción y prevención, y en que quienes se enfermen reciban los tratamientos adecuados, oportunos y de forma continua para recuperar su estado de salud.</p>
<p>Su remuneración dependerá de los resultados en salud que tengan.</p>
<p>Cada Gestor estará adscrito a un área de gestión sanitaria con un número mínimo de afiliados que garantice su sostenibilidad.</p>
<p>Los Gestores de Servicios de Salud conformarán redes de Prestadores de Servicios de Salud que garanticen la atención oportuna en las Áreas de Gestión.</p>
<p>No podrán hacer integración vertical en los niveles 2 y 3, es decir, que los gestores no podrán ser dueños de puntos de prestación de servicios de salud de mediana y alta complejidad.</p>
<p>Podrán operar ambos regímenes (contributivo y subsidiado) y podrán ser públicos, privados o mixtos, cumpliendo los requisitos fijados por el Gobierno. Los privados serán sociedades anónimas para que haya mayor transparencia. Las Entidades Territoriales podrán ser gestores siempre que cumplan con los requisitos.</p>
<p>Las EPS que estén al día en sus obligaciones con los hospitales y que cumplan con estrictos requisitos exigidos (habilitación), podrán transformarse en Gestores de Servicios de Salud.</p>
<p>La Superintendencia Nacional de Salud se encargará de hacer la vigilancia y el control de los GES, para lo cual se entregan más y mejores herramientas de control.</p>
<p>Consulte más información en: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Reforma-a-la-salud-contenido.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Reforma-a-la-salud-contenido.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que con el nuevo modelo de salud que está proponiendo el Gobierno Nacional se crean los Gestores de Salud (GES), que acompañarán a las personas en su paso por el sistema de salud y no manejarán dinero. Así, responderán y serán medidos por la salud de sus afiliados y no por los recursos. Con los GES, el sistema de salud estará más cerca de la gente.</p>
<p>Los Gestores tendrán que responder por la salud de sus afiliados, de manera que se concentrarán en que las personas a su cargo se enfermen menos, a través de actividades de promoción y prevención, y en que quienes se enfermen reciban los tratamientos adecuados, oportunos y de forma continua para recuperar su estado de salud.</p>
<p>Su remuneración dependerá de los resultados en salud que tengan.</p>
<p>Cada Gestor estará adscrito a un área de gestión sanitaria con un número mínimo de afiliados que garantice su sostenibilidad.</p>
<p>Los Gestores de Servicios de Salud conformarán redes de Prestadores de Servicios de Salud que garanticen la atención oportuna en las Áreas de Gestión.</p>
<p>No podrán hacer integración vertical en los niveles 2 y 3, es decir, que los gestores no podrán ser dueños de puntos de prestación de servicios de salud de mediana y alta complejidad.</p>
<p>Podrán operar ambos regímenes (contributivo y subsidiado) y podrán ser públicos, privados o mixtos, cumpliendo los requisitos fijados por el Gobierno. Los privados serán sociedades anónimas para que haya mayor transparencia. Las Entidades Territoriales podrán ser gestores siempre que cumplan con los requisitos.</p>
<p>Las EPS que estén al día en sus obligaciones con los hospitales y que cumplan con estrictos requisitos exigidos (habilitación), podrán transformarse en Gestores de Servicios de Salud.</p>
<p>La Superintendencia Nacional de Salud se encargará de hacer la vigilancia y el control de los GES, para lo cual se entregan más y mejores herramientas de control.</p>
<p>Consulte más información en: <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Reforma-a-la-salud-contenido.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Reforma-a-la-salud-contenido.aspx</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
YO SOY SE IBAGUE Y QUISIERA QUE CONSTRUYERAN VIVIENDAS DE VIP O VIS PARA PODER ASEDER AL SUBSIDIO A QUI NO HAY Y NESE
YO SOY SE IBAGUE Y QUISIERA QUE CONSTRUYERAN VIVIENDAS DE VIP O VIS PARA PODER ASEDER AL SUBSIDIO A QUI NO HAY Y NESE
Respuesta
<p>Apreciado ciudadano:</p>
<p>Agradecemos su propuesta, esta será tenida en cuenta en el momento de planificar y diseñar nuevas políticas y programas de acceso a vivienda. es importante tener en cuenta que planificacion y ejecucion de proyectos de vivienda es competencia de los entes territoriales en el marco de sus planes de ordenamiento territorial propios.</p>
<p>Agradecemos su propuesta, esta será tenida en cuenta en el momento de planificar y diseñar nuevas políticas y programas de acceso a vivienda. es importante tener en cuenta que planificacion y ejecucion de proyectos de vivienda es competencia de los entes territoriales en el marco de sus planes de ordenamiento territorial propios.</p>
Buenos dias, quisiera saber, ¿como quedaron los docentes con esta reforma a la salud? gracias
Registrada:
Código:
3162
Buenos dias, quisiera saber, ¿como quedaron los docentes con esta reforma a la salud? gracias
Registrada:
Código:
3162
Respuesta
<p>Buenos días sr. Palau:</p>
<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que en el caso de los regímenes especiales y exceptuados el proyecto de reforma solo incluye un artículo que da instrumentos al Presidente de la República para expedir normas con fuerza de ley, con el objetivo de reglamentar el régimen excepcional de salud de los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web www.minsalud.gov.co donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que en el caso de los regímenes especiales y exceptuados el proyecto de reforma solo incluye un artículo que da instrumentos al Presidente de la República para expedir normas con fuerza de ley, con el objetivo de reglamentar el régimen excepcional de salud de los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web www.minsalud.gov.co donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Que van hacer con la plataforma de Nicaragua en aguas Colombianas si son de nosotro todavia
Registrada:
Código:
3161
Que van hacer con la plataforma de Nicaragua en aguas Colombianas si son de nosotro todavia
Registrada:
Código:
3161
Respuesta
<p>Señor:</p>
<p>Oscar Fernando Ortega</p>
<p>Gracias por comunciarse con el Ministero de Relaciones Exteriores de Colombia</p>
<p> </p>
<p>Nos permitimos indicarle que en el siguiente enlace encontrará información al respecto y tambien se podpra informar por medio de las declaraciones de la Canciller <a href="http://www.cancilleria.gov.co/casos_corte">http://www.cancilleria.gov.co/casos_corte</a></p>
<p>Agradecemos su comunicacion</p>
<p> </p>
<p>Juliana Trujillo </p>
<p>Centro Integral de Atencion al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores </p>
<p>Oscar Fernando Ortega</p>
<p>Gracias por comunciarse con el Ministero de Relaciones Exteriores de Colombia</p>
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<p>Nos permitimos indicarle que en el siguiente enlace encontrará información al respecto y tambien se podpra informar por medio de las declaraciones de la Canciller <a href="http://www.cancilleria.gov.co/casos_corte">http://www.cancilleria.gov.co/casos_corte</a></p>
<p>Agradecemos su comunicacion</p>
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<p>Juliana Trujillo </p>
<p>Centro Integral de Atencion al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores </p>
¿Qué debo hacer para que el municipio de Los Patios, atienda acertada mente casos de eminente riesgo de desastre?
¿Qué debo hacer para que el municipio de Los Patios, atienda acertada mente casos de eminente riesgo de desastre?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Johans</p>
<p class="rtejustify">Equipo de Urna de Cristal se permite informar que a por medio del Decreto 1547 de 1984, modificado por el Decreto 4702 de 2012, fue creado el Fondo Nacional de Calamidades, y a través del programa Colombia Humanitaria, se han logrado importantes avances relacionados con la Ola Invernal.<br />
<br />
Adicionalmente existen Comités Locales de Emergencia, los cuales deben, entre otras funciones, trabajar de manera preventiva la atención de riesgos potenciales, quienes deben brindar oportunamente el servicio.<br />
<br />
Aunado lo anterior, se encuentra en desarrollado un Sistema de Prevención de Desastres, el cual permitirá mitigar los riesgos relacionados con la prevención de desastres, cuya iniciativa la encabeza el Gobierno Nacional.<br />
<br />
Igualmente, dentro del presente programa, se desarrollan programas de reparación y reconstrucción. Para una mayor información, lo invitamos a que visite el siguiente enlace, en el cual podrá conocer de manera específica el tema objeto de pregunta. www.colombiahumanitaria.gov.co.<br />
<br />
Por lo anterior, sugerimos que se acerque a alguno de los comités locales o bien a las alcandías locales para recibir información para hacer parte del grupo de beneficiarios y así obtener ayudas. Igualmente, lo invitamos a que consulte la página de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo, donde podrás registrarte como damnificado. La página web es http://www.sigpad.gov.co/, o bien comunicarte al PBX (1) 7053420.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Equipo de Urna de Cristal se permite informar que a por medio del Decreto 1547 de 1984, modificado por el Decreto 4702 de 2012, fue creado el Fondo Nacional de Calamidades, y a través del programa Colombia Humanitaria, se han logrado importantes avances relacionados con la Ola Invernal.<br />
<br />
Adicionalmente existen Comités Locales de Emergencia, los cuales deben, entre otras funciones, trabajar de manera preventiva la atención de riesgos potenciales, quienes deben brindar oportunamente el servicio.<br />
<br />
Aunado lo anterior, se encuentra en desarrollado un Sistema de Prevención de Desastres, el cual permitirá mitigar los riesgos relacionados con la prevención de desastres, cuya iniciativa la encabeza el Gobierno Nacional.<br />
<br />
Igualmente, dentro del presente programa, se desarrollan programas de reparación y reconstrucción. Para una mayor información, lo invitamos a que visite el siguiente enlace, en el cual podrá conocer de manera específica el tema objeto de pregunta. www.colombiahumanitaria.gov.co.<br />
<br />
Por lo anterior, sugerimos que se acerque a alguno de los comités locales o bien a las alcandías locales para recibir información para hacer parte del grupo de beneficiarios y así obtener ayudas. Igualmente, lo invitamos a que consulte la página de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo, donde podrás registrarte como damnificado. La página web es http://www.sigpad.gov.co/, o bien comunicarte al PBX (1) 7053420.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Si los conflictos nacen en las comunidades y existen los Jueces de Paz Que hace falta para que el Estado los fortalezca
Si los conflictos nacen en las comunidades y existen los Jueces de Paz Que hace falta para que el Estado los fortalezca
Respuesta
<p>Gracias querido usuario los juecez de paz fueron creados con la ley 497 de 1997 y su objeto ha sido lograr el tratamiento integral y pacífico de los conflictos comunitarios o particulares que voluntariamente se sometan a su conocimiento.</p>
<p>claramente se entiende como una herramienta dedfinitiva para la desjudicializacion del conflicito y para la solución pacifica de las diferencia en la sociedad.</p>
<p>A la fecha el Gobierno permanece estudiando posibles modificaciones al respecto, sin perder de vista que el tema supone una gran discusión en las comunidades asi como en el Congreso de la Republica, a efectos de poder generar un encuentro al respecto en procura de responser a las necesidades de las comunidades y de los juecez de paz. </p>
<p>claramente se entiende como una herramienta dedfinitiva para la desjudicializacion del conflicito y para la solución pacifica de las diferencia en la sociedad.</p>
<p>A la fecha el Gobierno permanece estudiando posibles modificaciones al respecto, sin perder de vista que el tema supone una gran discusión en las comunidades asi como en el Congreso de la Republica, a efectos de poder generar un encuentro al respecto en procura de responser a las necesidades de las comunidades y de los juecez de paz. </p>
¿Que esperan para aprovechar la existencia de los Jueces de Paz, para ayudar en esta tarea de reparacion de victimas?
¿Que esperan para aprovechar la existencia de los Jueces de Paz, para ayudar en esta tarea de reparacion de victimas?
Respuesta
<p>Buenas tardes, de la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su pregunta será enviada a la dirección de correo electrónico indicado por usted al momento de su consulta.</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Área de Gestión de Servicio al Ciudadano - DPS</p>
<p>Subdirección General</p>
<p>Agradecemos su participación y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Área de Gestión de Servicio al Ciudadano - DPS</p>
<p>Subdirección General</p>
Como hacer para que le bajen el valor de matriculas a las universidades de excelente acreditacion.
Registrada:
Código:
3155
Como hacer para que le bajen el valor de matriculas a las universidades de excelente acreditacion.
Registrada:
Código:
3155
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,</p>
<p> </p>
<p>Para su conocimiento, las Instituciones de Educación Superior (IES), en ejercicio de su autonomía que les confiere la Constitución Política y la Ley 30 de 1992, tienen derecho a establecer, y arbitrar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional. En tal sentido y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 122 de la Ley antes citada, las IES están facultadas para fijar autónomamente los valores de matrícula y demás derechos pecuniarios.</p>
<p> </p>
<p>Respecto a las Instituciones de Educación Superior de naturaleza oficial, se aclara que la metodología para determinar los valores de matrículas y demás derechos pecuniarios es establecida por cada una de ellas, en ejercicio responsable de su autonomía, observando razones de equidad en el acceso al servicio educativo, condiciones socioeconómicas y los méritos académicos de los estudiantes, en concordancia con las normas internas expedidas por sus órganos máximos de gobierno, en los cuales hay representación de los estudiantes y otros estamentos de la comunidad educativa, quienes pueden debatir y tomar parte en las decisiones adoptadas por dichos órganos sobre la materia.</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Viceministerio de Educación Superior</p>
<p><strong>Ministerio de Educación Nacional</strong></p>
<p> </p>
<p>Para su conocimiento, las Instituciones de Educación Superior (IES), en ejercicio de su autonomía que les confiere la Constitución Política y la Ley 30 de 1992, tienen derecho a establecer, y arbitrar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional. En tal sentido y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 122 de la Ley antes citada, las IES están facultadas para fijar autónomamente los valores de matrícula y demás derechos pecuniarios.</p>
<p> </p>
<p>Respecto a las Instituciones de Educación Superior de naturaleza oficial, se aclara que la metodología para determinar los valores de matrículas y demás derechos pecuniarios es establecida por cada una de ellas, en ejercicio responsable de su autonomía, observando razones de equidad en el acceso al servicio educativo, condiciones socioeconómicas y los méritos académicos de los estudiantes, en concordancia con las normas internas expedidas por sus órganos máximos de gobierno, en los cuales hay representación de los estudiantes y otros estamentos de la comunidad educativa, quienes pueden debatir y tomar parte en las decisiones adoptadas por dichos órganos sobre la materia.</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Viceministerio de Educación Superior</p>
<p><strong>Ministerio de Educación Nacional</strong></p>
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
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<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
CUAL SERIA EL MECANISMO APROPIADO PARA QUE LOS DINEROS DEL ESTADO NO SE PIERDAN EN EL CAMINO
Registrada:
Código:
3153
CUAL SERIA EL MECANISMO APROPIADO PARA QUE LOS DINEROS DEL ESTADO NO SE PIERDAN EN EL CAMINO
Registrada:
Código:
3153
Respuesta
Buenas tardes, los mecanismos de control y sistemas de regulación están establecidos por ley y se deben aplicar en todo momento. Existen además órganos de control y superintendencias que ejercen vigilancia sobre los dineros del estado, códigos de ética y de buen gobierno que los funcionarios deben seguir.
Cordialmente
Cordialmente