¿Qué idea propones para mejorar algún problema de tu comunidad, a través de la innovación social?
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En Urna de Cristal estamos apoyando la construcción de la política pública de innovación social del país. Por eso queremos aclarar tus dudas sobre este concepto. Te invitamos a dejar tus preguntas, opiniones y comentarios sobre este tema.
Como hacer para que le bajen el valor de matriculas a las universidades de excelente acreditacion.
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Estimado ciudadano,</p>
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<p>Para su conocimiento, las Instituciones de Educación Superior (IES), en ejercicio de su autonomía que les confiere la Constitución Política y la Ley 30 de 1992, tienen derecho a establecer, y arbitrar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional. En tal sentido y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 122 de la Ley antes citada, las IES están facultadas para fijar autónomamente los valores de matrícula y demás derechos pecuniarios.</p>
<p> </p>
<p>Respecto a las Instituciones de Educación Superior de naturaleza oficial, se aclara que la metodología para determinar los valores de matrículas y demás derechos pecuniarios es establecida por cada una de ellas, en ejercicio responsable de su autonomía, observando razones de equidad en el acceso al servicio educativo, condiciones socioeconómicas y los méritos académicos de los estudiantes, en concordancia con las normas internas expedidas por sus órganos máximos de gobierno, en los cuales hay representación de los estudiantes y otros estamentos de la comunidad educativa, quienes pueden debatir y tomar parte en las decisiones adoptadas por dichos órganos sobre la materia.</p>
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<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Viceministerio de Educación Superior</p>
<p><strong>Ministerio de Educación Nacional</strong></p>
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<p>Para su conocimiento, las Instituciones de Educación Superior (IES), en ejercicio de su autonomía que les confiere la Constitución Política y la Ley 30 de 1992, tienen derecho a establecer, y arbitrar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional. En tal sentido y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 122 de la Ley antes citada, las IES están facultadas para fijar autónomamente los valores de matrícula y demás derechos pecuniarios.</p>
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<p>Respecto a las Instituciones de Educación Superior de naturaleza oficial, se aclara que la metodología para determinar los valores de matrículas y demás derechos pecuniarios es establecida por cada una de ellas, en ejercicio responsable de su autonomía, observando razones de equidad en el acceso al servicio educativo, condiciones socioeconómicas y los méritos académicos de los estudiantes, en concordancia con las normas internas expedidas por sus órganos máximos de gobierno, en los cuales hay representación de los estudiantes y otros estamentos de la comunidad educativa, quienes pueden debatir y tomar parte en las decisiones adoptadas por dichos órganos sobre la materia.</p>
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<p>Cordialmente,</p>
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<p>Viceministerio de Educación Superior</p>
<p><strong>Ministerio de Educación Nacional</strong></p>
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