Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Don Fabio, buenas tardes,&nbsp;</p>

<p>Con respecto a su inquietud, le informamos que Banc&oacute;ldex act&uacute;a en Colombia como una entidad financiera de segundo piso, es decir, que por su naturaleza jur&iacute;dica no ofrece a los empresarios ning&uacute;n tipo de productos como inversiones inmobiliarias, cr&eacute;ditos hipotecarios, cuentas corrientes o de ahorros, por lo que si usted desea un cr&eacute;dito de esta naturaleza le sugerimos visitar el siguiente link <a href="http://www.abcmicasa.com.co/portal/page/portal/Portal_ABCMicasa/Portal_ABCMicasa_home/">http://www.abcmicasa.com.co/portal/page/portal/Portal_ABCMicasa/Portal_ABCMicasa_home/</a> perteneciente a Asobancaria, donde podr&aacute; encontrar informaci&oacute;n pr&aacute;ctica y objetiva en temas relacionados con Cr&eacute;dito Hipotecario (Cr&eacute;dito para su casa, Financiaci&oacute;n de Vivienda, Sistema de amortizaci&oacute;n, Subsidio de vivienda, entre otros), con el fin de que pueda ampliar su conocimiento como comprador o propietario de vivienda y de esta manera identificar las condiciones que estructuran la financiaci&oacute;n por parte de los bancos en la gesti&oacute;n de los cr&eacute;ditos hipotecarios.</p>

<p>Por otra parte lo invitamos a visitar los siguientes links para obtener informaci&oacute;n de inter&eacute;s sobre los aspectos m&aacute;s relevantes en el momento de acceder a compra vivienda a trav&eacute;s de un cr&eacute;dito hipotecario <a href="http://contenido.metrocuadrado.com/contenidom2/financiacion_m2/credhipot_m2/homecrditoshipotecarios/home_seccion.html">http://contenido.metrocuadrado.com/contenidom2/financiacion_m2/credhipot_m2/homecrditoshipotecarios/home_seccion.html</a> , <a href="http://www.minvivienda.gov.co/SitePages/Ministerio%20de%20Vivienda.aspx">http://www.minvivienda.gov.co/SitePages/Ministerio%20de%20Vivienda.aspx</a>, adicionalmente en el link <a href="http://www.superfinanciera.gov.co/">http://www.superfinanciera.gov.co/</a>. de la Superintendencia&nbsp; Financiera encontrara en listado de los bancos comerciales en Colombia que le pueden indicar las condiciones, requisitos y documentaci&oacute;n para acceder a este tipo de productos.</p>

<p><strong>L&iacute;nea de Servicio Multicontacto Banc&oacute;ldex</strong></p>

<p><strong>Banc&oacute;ldex S.A.</strong></p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>

<p>Con respecto a su pregunta le manifiesto que la respuesta es por mandato legal tal como lo establece la ley 1607 de 2012, en su art&iacute;culo 36 que estipula en su segundo inciso: &ldquo;La segunda etapa para el reconocimiento del salario m&iacute;nimo para las madres comunitarias se har&aacute; a partir de la vigencia 2014. Durante ese a&ntilde;o, todas las Madres Comunitarias estar&aacute;n formalizadas laboralmente y devengar&aacute;n un salario m&iacute;nimo o su equivalente <u>de acuerdo con el tiempo de dedicaci&oacute;n al Programa.</u> Las madres sustitutas recibir&aacute;n una bonificaci&oacute;n equivalente al salario m&iacute;nimo del 2014, <u>proporcional al n&uacute;mero de d&iacute;as activos y nivel de ocupaci&oacute;n del hogar sustituto durante el mes.</u> (lo subrayado es nuestro)</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Para mayor claridad le transcribi&oacute; la totalidad del art&iacute;culo 36 de la citada ley:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>ART&Iacute;CULO 36. Durante el transcurso del a&ntilde;o 2013, se otorgar&aacute; a las Madres Comunitarias y Sustitutas una beca equivalente a un salario m&iacute;nimo legal mensual vigente. De manera progresiva durante los a&ntilde;os 2013, se dise&ntilde;ar&aacute;n y adoptar&aacute;n diferentes modalidades de vinculaci&oacute;n, en procura de garantizar a todas las madres comunitarias el salario m&iacute;nimo legal mensual vigente, sin que lo anterior implique otorgarles la calidad de funcionarias p&uacute;blicas.</p>

<p>La segunda etapa para el reconocimiento del salario m&iacute;nimo para las madres comunitarias se har&aacute; a partir de la vigencia 2014. Durante ese a&ntilde;o, todas las Madres Comunitarias estar&aacute;n formalizadas laboralmente y devengar&aacute;n un salario m&iacute;nimo o su equivalente de acuerdo con el tiempo de dedicaci&oacute;n al Programa. Las madres sustitutas recibir&aacute;n una bonificaci&oacute;n equivalente al salario m&iacute;nimo del 2014, proporcional al n&uacute;mero de d&iacute;as activos y nivel de ocupaci&oacute;n del hogar sustituto durante el mes.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>

<p>Con respecto a su pregunta le manifiesto que la respuesta es por mandato legal tal como lo establece la ley 1607 de 2012, en su art&iacute;culo 36 que estipula en su segundo inciso: &ldquo;La segunda etapa para el reconocimiento del salario m&iacute;nimo para las madres comunitarias se har&aacute; a partir de la vigencia 2014. Durante ese a&ntilde;o, todas las Madres Comunitarias estar&aacute;n formalizadas laboralmente y devengar&aacute;n un salario m&iacute;nimo o su equivalente <u>de acuerdo con el tiempo de dedicaci&oacute;n al Programa.</u> Las madres sustitutas recibir&aacute;n una bonificaci&oacute;n equivalente al salario m&iacute;nimo del 2014, <u>proporcional al n&uacute;mero de d&iacute;as activos y nivel de ocupaci&oacute;n del hogar sustituto durante el mes.</u> (lo subrayado es nuestro)</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Para mayor claridad le transcribi&oacute; la totalidad del art&iacute;culo 36 de la citada ley:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>ART&Iacute;CULO 36. Durante el transcurso del a&ntilde;o 2013, se otorgar&aacute; a las Madres Comunitarias y Sustitutas una beca equivalente a un salario m&iacute;nimo legal mensual vigente. De manera progresiva durante los a&ntilde;os 2013, se dise&ntilde;ar&aacute;n y adoptar&aacute;n diferentes modalidades de vinculaci&oacute;n, en procura de garantizar a todas las madres comunitarias el salario m&iacute;nimo legal mensual vigente, sin que lo anterior implique otorgarles la calidad de funcionarias p&uacute;blicas.</p>

<p>La segunda etapa para el reconocimiento del salario m&iacute;nimo para las madres comunitarias se har&aacute; a partir de la vigencia 2014. Durante ese a&ntilde;o, todas las Madres Comunitarias estar&aacute;n formalizadas laboralmente y devengar&aacute;n un salario m&iacute;nimo o su equivalente de acuerdo con el tiempo de dedicaci&oacute;n al Programa. Las madres sustitutas recibir&aacute;n una bonificaci&oacute;n equivalente al salario m&iacute;nimo del 2014, proporcional al n&uacute;mero de d&iacute;as activos y nivel de ocupaci&oacute;n del hogar sustituto durante el mes.</p>

Respuesta
<p>El Decreto 605 del 1&ordm; de abril de 2013&nbsp; por el cual se reglamentan los art&iacute;culos 164 y&nbsp;166 de la Ley 1450 de 2011 establece en sus art&iacute;culos 2, 3, 4 y 5. lo siguiente:</p>

<p><strong>Art&iacute;culo 5&deg;. <em>Valor del Subsidio</em>.</strong> El monto del subsidio a cargo de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, ser&aacute; el mismo que hoy se entrega a los adultos mayores a trav&eacute;s del Programa de Protecci&oacute;n Social al Adulto Mayor, en cada ente territorial del pa&iacute;s, seg&uacute;n el municipio en el que resida la persona beneficiaria.</p>

<p>El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), asumir&aacute; la diferencia entre lo otorgado por el Programa de Protecci&oacute;n Social al Adulto Mayor y el valor que se establece a continuaci&oacute;n:</p>

<p><img alt="Descripción: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/img_n/ixn52441ixnDN6052013_html_mabc5b85.gif" height="104" src="file:///C:/Users/equipo7/AppData/Local/Temp/msohtmlclip1/01/clip_image001.gif" width="512" /></p>

<p><strong>Par&aacute;grafo 1&deg;. </strong>Este subsidio se pagar&aacute; en los mismos periodos y con las mismas condi&shy;ciones que para los beneficiarios de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.</p>

<p><strong>Par&aacute;grafo 2&deg;.</strong> El Ministerio del Trabajo y el Instituto Colombiano de Bienestar Fami&shy;liar (ICBF), suscribir&aacute;n un Convenio Interadministrativo, en el cual se deber&aacute;n incluir los aspectos operativos para la transferencia de los recursos que debe realizar el ICBF para completar el subsidio de que trata el presente.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>apreciado Ciudadano.</p>

<p>Debido a la complejidad de su solicitud, esta no podr&aacute; ser respondida &nbsp;de fondo a trav&eacute;s de la plataforma de Urna de Cristal, por tal motivo le sugerimos hacer su petici&oacute;n, queja o reclamo a trav&eacute;s de nuestros canales de atenci&oacute;n:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Chat institucional: a trav&eacute;s de la p&aacute;gina Web <a href="http://www.minvivienda.gov.co/">www.minvivienda.gov.co</a> lunes a viernes de 9:00 am a 12:00 m</p>

<p>Correo electr&oacute;nico&nbsp;&nbsp;&nbsp; <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a></p>

<p>Ventanilla &uacute;nica de radicaci&oacute;n: calle 18 N&deg; 7-59 Bogot&aacute;&nbsp; lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm</p>

<p>Conmutador: (571) 3323434</p>

<p>Centro de contacto telef&oacute;nico: 5953525 opci&oacute;n 1 &ndash; 8&nbsp; &nbsp;L&iacute;nea gratuita nacional 018000952525 opci&oacute;n 1 &ndash; 8</p>

<p>Fax: 2817327</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p><strong>GRUPO DE ATENCI&Oacute;N AL USUARIO Y ARCHIVO</strong></p>

<p>Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Mu&ntilde;oz.</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>

<p>Esta pregunta est&aacute; asociada a la eficiencia y sostenibilidad de la red p&uacute;blica hospitalaria. Sobre este punto es importante recordar que los hospitales p&uacute;blicos deben cumplir con unos lineamientos claros en t&eacute;rminos de programaci&oacute;n y ejecuci&oacute;n del gasto orientado a buscar un buen manejo de los recursos disponibles.&nbsp;Un ejemplo de estos son los planes de ajuste fiscal y financiero que buscan garantizar la sostenibilidad de los hospitales p&uacute;blicos y realizar un estricto cumplimiento &nbsp;a su comportamiento.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que&nbsp; el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su inter&eacute;s.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Mendoza.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>Es importante resaltar aqu&iacute; que la reestructuraci&oacute;n de la Superintendencia Nacional de Salud que ya est&aacute; en marcha permitir&aacute; a esta entidad tener una mayor presencia territorial y enfocarse en la protecci&oacute;n del usuario para que quejas como las anotadas en la pregunta sean mejor gestionadas.&nbsp; Por otra parte en el marco de la reforma, la obligaci&oacute;n de &nbsp;los Gestores de Servicios de Salud de presentar una red de prestadores de servicios de salud adecuada para atender a la poblaci&oacute;n y el cumplimiento de estrictas condiciones de habilitaci&oacute;n est&aacute;n orientadas &nbsp;precisamente a generar condiciones que permitan mejorar el servicio de salud &nbsp;y por tanto reducir las quejas de los usuarios.&nbsp; Sin embargo, problemas como la oportunidad de citas no solo dependen de los Gestores sino tambi&eacute;n de la oferta de recursos humano y de instituciones prestadoras de servicios de salud sanas financieramente, entre otros factores lo cuales tambi&eacute;n son tratados en el Proyecto de Ley.&nbsp;</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>

<p class="rtejustify">Agradecemos tu participaci&oacute;n por este canal. Teniendo en cuenta la intervenci&oacute;n realizada, el Gobierno Nacional&nbsp; a trav&eacute;s de Urna de Cristal, creo herramientas de interacci&oacute;n, comunicaci&oacute;n e informaci&oacute;n con el ciudadano, teniendo como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. As&iacute; mismo el ciudadano podr&aacute; conocer los resultados, avances e iniciativas del gobierno de la prosperidad democr&aacute;tica, hacer llegar inquietudes, comentarios y propuestas directamente a las entidades gubernamentales e interactuar y aprender de la gesti&oacute;n estatal con el &aacute;nimo de construir un mejor gobierno entre todos.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify"><br />

Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes se&ntilde;or usuario, el Decreto 0953 de 2013 ya se encuentra vigente, ahora le corresponde a las Entidades Territoriales (gobernaciones y alcaldias) junto con las Autoridades Ambientales de su jurisdicci&oacute;n empezar a ejecutarlo. Pero de acuerdo a las vigencias presupuestales de las entidades, estas podr&aacute;n desde el 2014</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que la creaci&oacute;n de las &Aacute;reas de Gesti&oacute;n Sanitaria busca crear centros de referencia en los cuales se desarrollen redes integrales de atenci&oacute;n con todos los niveles de complejidad. Con ello se pretende que la atenci&oacute;n especializada y de alta complejidad se descentralice y no siga siendo prestada en 4 o cinco grandes ciudades como ocurre en la actualidad.</p>

<p>Agradecemos su colaboraci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. L&oacute;pez:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su inter&eacute;s.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>No es cierto que a las Gestoras se les vaya a dar 3 UPC; recibir&aacute;n una UPC por cada afiliado y por aparte se les cancelar&aacute;n unos gastos de administraci&oacute;n.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co/">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Joana:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relaci&oacute;n con los procesos de meritocracia para la elecci&oacute;n de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se hab&iacute;an contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selecci&oacute;n sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoci&oacute;n, con unos requisitos m&iacute;nimos para su desempe&ntilde;o, previa la aprobaci&oacute;n de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Funci&oacute;n P&uacute;blica. As&iacute;, quien sea nombrado deber&aacute; responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nomin&oacute;.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y la invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes, de manera atenta me permito informarle que el servicio militar es una obligaci&oacute;n constitucional y legal que se ha regido, anteriormente con el art&iacute;culo 165 de la Constituci&oacute;n de 1886 y actualmente con el art&iacute;culo 216 de la Constituci&oacute;n de 1991 y legalmente a trav&eacute;s de la Ley 48/1993.NO EXISTE norma alguna que reconozca la bonificaci&oacute;n, prevendas u otros incentivos para el personal que presto su servicio militar.</p>

<p>Para la Presidencia de la Rep&uacute;blica y para el Ministerio de Defensa Nacional es muy grato contar con personas como usted, tendremos en cuenta su sugerencia para hacerla participe a las fuerzas y entes respectivos.</p>

<p style="margin-left: 1cm">&nbsp;</p>

Respuesta
<p>apreciado ciudadano&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>en respuesta a su solicitud le informnanos que todo lo referemte a creditos y lineas de credito es competencia de la autoridad en la materia, por tal motivo le recomendamos hacer su consulta ante el banco de la Republica</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>En primer lugar, dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el art&iacute;culo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Naci&oacute;n en el Presupuesto General de la Naci&oacute;n para saneamiento de pasivos derivados de la atenci&oacute;n en salud de la poblaci&oacute;n pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos p&uacute;blicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidaci&oacute;n de las EPS, v) las medidas de giro directo en el R&eacute;gimen Subsidiado y en el R&eacute;gimen Contributiva para las entidades que est&aacute;n en medida de vigilancia o en liquidaci&oacute;n y, vi) el proceso de aclaraci&oacute;n de cuentas de la Circulas 30.</p>

<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistem&aacute;ticos de aclaraci&oacute;n de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecuci&oacute;n de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos p&uacute;blicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Bogot&aacute;,</p>

<p>Apreciado ciudadano,</p>

<p>Asunto: Respuesta Solicitud Radicado No. 201320121028002</p>

<p>En respuesta a su solicitud, relacionada con las transferencia monetaria condicionada del Programa J&oacute;venes en Acci&oacute;n, nos permitimos indicar la direcci&oacute;n de Ingreso Social del DPS, tiene a su cargo los programas de transferencias monetarias condicionadas, como M&aacute;s Familias en Acci&oacute;n y J&oacute;venes en Acci&oacute;n, para que los beneficiarios de dichos programas puedan recibir sus incentivos se realiza previa verificaci&oacute;n de compromisos.</p>

<p>Todos los participantes del Programa J&oacute;venes en Acci&oacute;n, deben cumplir con sus compromisos acad&eacute;micos en todas las etapas del proceso de formaci&oacute;n (Lectiva y Productiva). Seg&uacute;n la verificaci&oacute;n realizada por el SENA-DPS. Como se inform&oacute; en el taller de participantes el valor de la transferencia monetaria condicionada (TMC) es DOSCIENTOS MIL PESOS MONEDA CORRIENTE de ($200.000), que se giran cada dos meses previa verificaci&oacute;n de cumplimiento de compromisos</p>

<p>Lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web www.dps.gov.co y la informaci&oacute;n que permanentemente publicamos en redes sociales como Facebook (DPS J&oacute;venes en Acci&oacute;n) o Twitter (@DPSjovenes), en &eacute;stas usted puede actualizarse con las novedades del Programa.</p>

<p>Recuerde que los programas y servicios ofrecidos por el DPS son completamente gratuitos, no requieren intermediarios.</p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>GRUPO DE TRABAJO JOVENES EN ACCION</p>

<p>&Aacute;rea de Gesti&oacute;n de Servicio al Ciudadano - DPS</p>

<p>Subdirecci&oacute;n General</p>

Respuesta
<p>El Programa de Solidaridad con el Adulto Mayor &ldquo;Colombia Mayor&rdquo;, busca aumentar la protecci&oacute;n a las personas adultos mayores que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensi&oacute;n o viven en la indigencia o en la extrema pobreza; por medio de la entrega de un subsidio econ&oacute;mico</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>El Programa ofrece un subsidio econ&oacute;mico monetario o en especie, intransferible, el cual es entregado a la poblaci&oacute;n que cumpla con los requisitos establecidos en el art&iacute;culo 30 del Decreto 3771 del 1 de octubre de 2007</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Su inquietud debe hacerla llegar directamente a la Alcald&iacute;a municipal del municipio donde Usted reside.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Luisa Fernanda:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el Gobierno Nacional establecer&aacute; una Pol&iacute;tica Farmac&eacute;utica Nacional, program&aacute;tica e integral en la que se identifiquen las estrategias, prioridades, mecanismos de financiaci&oacute;n, adquisici&oacute;n, almacenamiento, producci&oacute;n, compra y distribuci&oacute;n de los insumos, tecnolog&iacute;as y medicamentos, as&iacute; como los mecanismos de regulaci&oacute;n de precios de medicamentos. Esta pol&iacute;tica estar&aacute; basada en criterios de necesidad, calidad, costo efectividad, suficiencia y oportunidad.</p>

<p>Con el objetivo de mantener la transparencia en la oferta de medicamentos necesarios para proteger el derecho fundamental a la salud, una vez por semestre la entidad responsable de la expedici&oacute;n del registro sanitario, emitir&aacute; un informe de car&aacute;cter p&uacute;blico sobre los registros otorgados a nuevos medicamentos incluyendo la respectiva informaci&oacute;n terap&eacute;utica. As&iacute; mismo, remitir&aacute; un listado de los registros negados y un breve resumen de las razones que justificaron dicha determinaci&oacute;n. (Art&iacute;culo 23. Ley estatutaria).</p>

<p>El tema de los medicamentos biol&oacute;gicos y tecnol&oacute;gicos no est&aacute;n dentro del Proyecto de Ley. El Ministerio de salud y Protecci&oacute;n Social adelanta una Consulta P&uacute;blica sobre el proyecto de decreto <a href="http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Biol%c3%b3gicos%20cuarta%20versi%c3%b3n%20%20Definitiva.pdf" target="_blank" title="&quot;Por el cual se reglamenta, para propósitos del registro sanitario, el procedimiento de evaluación de calidad, seguridad y efica">&quot;Por el cual se reglamenta, para prop&oacute;sitos del registro sanitario, el procedimiento de evaluaci&oacute;n de calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos biol&oacute;gicos y se dictan otras disposiciones&quot;&nbsp;</a>&nbsp;. Sobre&nbsp; este tema encuentra m&aacute;s informaci&oacute;n en&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Consulta-P%C3%BAblica-proyecto-de-decreto-registro-y-vigilancia-de-medicamentos-de-origen-biol%C3%B3gicos-y-biotecnol%C3%B3gicos.aspx">http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Consulta-P%C3%BAblica-proyecto-de-decreto-registro-y-vigilancia-de-medicamentos-de-origen-biol%C3%B3gicos-y-biotecnol%C3%B3gicos.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Leonardo</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. Para saber c&oacute;mo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Luisa Fernanda:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que los residentes no podr&aacute;n recibir simult&aacute;neamente la remuneraci&oacute;n por su v&iacute;nculo contractual con la IPS donde realizan sus rotaciones y el estipendio de la beca cr&eacute;dito.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Aguilar.</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>

<p>En primer lugar, debe se&ntilde;alarse que el proyecto de ley estatutaria que actualmente est&aacute; en revisi&oacute;n de la H. Corte Constitucional contempla dentro de sus ejes fundamentales la integralidad. Por lo tanto, los servicios y tecnolog&iacute;as de salud deber&aacute;n ser suministrados de manera completa para prevenir, paliar o curar la enfermedad y no podr&aacute; fragmentarse la responsabilidad de la prestaci&oacute;n de un servicio espec&iacute;fico en desmedro de la salud del usuario.</p>

<p>En segundo lugar, la reforma plantea que los Gestores de Servicios de Salud se encargar&aacute;n de gestionar la salud de la poblaci&oacute;n en un &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria particular habilitada para tal fin, en virtud de criterios de suficiencia de red de prestadores de servicios. As&iacute;, dentro de las funciones est&aacute;n, entre otras, las de: i) ofrecer cobertura y atenci&oacute;n de prestaci&oacute;n de servicios de salud en todos los municipios del &aacute;rea donde fue autorizada su operaci&oacute;n; ii) conformar y gestionar sus Redes de Prestaci&oacute;n de Servicios de Salud que garantice el acceso, oportunidad, pertinencia, continuidad, integralidad, resolutividad y calidad en la prestaci&oacute;n de servicios&nbsp; individuales de salud de sus usuarios; iii) realizar los tr&aacute;mites requeridos para la prestaci&oacute;n del servicio (est&aacute; prohibido transferir a los usuarios la obligaci&oacute;n de realizar tr&aacute;mites administrativos internos del Gestor de Servicios de Salud y de la Red de Prestadores de Servicios de Salud); iv) contar con servicios de atenci&oacute;n permanente en todos los municipios y distritos del &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria en la que operen; v) contar con un sistema de informaci&oacute;n al usuario sobre beneficios, Redes de Prestaci&oacute;n de Servicios de Salud, mecanismos de acceso general y de urgencias, tr&aacute;mites quejas y reclamos, entre otros, disponible en todo el territorio nacional las 24 horas del d&iacute;a y todos los d&iacute;as del a&ntilde;o.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Gilberto.</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>

<p>Se entiende que la pregunta est&aacute; orientada a los t&eacute;rminos que tendr&aacute; el Gestor de Servicios de Salud para autorizar los giros directos.&nbsp; Sobre este punto cabe se&ntilde;alar que el reglamento establecer&aacute; t&eacute;rminos perentorios para la autorizaci&oacute;n de giro, como ocurre hoy con el r&eacute;gimen subsidiado de salud. &nbsp;&nbsp;El proceso operativo tiene que estar dise&ntilde;ado para que el giro sea regular y oportuno.&nbsp; En todo caso, dado que los recursos no los manejar&aacute;n los Gestores de Servicios de Salud, se entender&iacute;a que no existe incentivo para dilatar el giro que corresponda hacer al respectivo prestador.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buens tardes sr. G&oacute;mez.</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>

<p>En primer lugar, debe se&ntilde;alarse que el articulado propuesto contiene la obligaci&oacute;n de contrataci&oacute;n m&iacute;nima con la red p&uacute;blica en el r&eacute;gimen subsidiado, la cual no podr&aacute; ser inferior del 60% de los recursos manejados por el Gestor de Servicios de Salud; y en segundo lugar, se contin&uacute;an discutiendo diferentes medidas que impacten lo menos posible a los hospitales p&uacute;blicos respecto a este tema.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. G&oacute;mez:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el art&iacute;culo 26 del Proyecto de Ley aprobado por el Senado de la Rep&uacute;blica sobre Prestadores de Servicios de Salud se refiere a este tema. Lo invitamos a consultar el siguiente link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Guill&eacute;n.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos</p>

<p>El proyecto de ley &ldquo;Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones&rdquo; tiene por objeto&nbsp; garantizar la efectividad del derecho fundamental a la salud. Es as&iacute; como ,el proyecto busca eliminar barreras de acceso para poblaciones especiales, as&iacute;: i) Prohibici&oacute;n del cobro de copagos a los usuarios del R&eacute;gimen Subsidiado sobre las atenciones requeridas en el tratamiento de enfermedades catastr&oacute;ficas o de alto costo; ii) Gratuidad sin importar el r&eacute;gimen de afiliaci&oacute;n, en los servicios de rehabilitaci&oacute;n f&iacute;sica y mental de las ni&ntilde;as, ni&ntilde;os y adolescentes v&iacute;ctimas del conflicto armado, v&iacute;ctimas de violencia f&iacute;sica y sexual y de todas las formas de maltrato certificado por autoridad competente; iii) Supresi&oacute;n de los pagos compartidos, cuotas moderadoras y deducibles a los pensionados que reciban mesadas pensionales de hasta dos (2) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Rend&oacute;n.</p>

<p>Agradecemos su comentario. Para el Ministerio Salud y Protecci&oacute;n Social son importantes todas las propuestas que los colombianos realizan sobre el Sistema General de Seguridad Social en Salud.</p>

<p>Cordial saludo</p>

<p>Crupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Maria Teresa:</p>

<p>Atentamente le informamos que el mecanismo t&eacute;cnico cient&iacute;fico para la negaci&oacute;n o aprobaci&oacute;n de servicios o tecnolog&iacute;as continuar&aacute; bajo un esquema diferente. Sin embargo, debe recordarse que el Proyecto de Ley contempla un Plan de Beneficios estructurado atendiendo las necesidades de toda la poblaci&oacute;n. Para lograr lo anterior, se adelantar&aacute; una actualizaci&oacute;n integral del POS en el corto plazo que permita incluir los servicios y tecnolog&iacute;as que actualmente vienen siendo reconocidos por v&iacute;a recobros resultado de los CTC o la acci&oacute;n de tutela, y en el mediano y largo plazo mediante el mecanismo de priorizaci&oacute;n en el cual participaran los agentes y usuarios interesados.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sr. Rend&oacute;n.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>El principal control a los incentivos de las Gestoras est&aacute; en que no van a manejar el dinero y por lo tanto no tendr&aacute;n el incentivo a hacer utilidades negando servicios o no pag&aacute;ndole a los prestadores.&nbsp; Los medicamentos, en especial aquellos m&aacute;s costosos y m&aacute;s necesarios estar&aacute;n en un regimen vigilado de precios, como ya se comenz&oacute; a hacer.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co/">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sr. Rend&oacute;n:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que la ley plantea que las Gestoras ser&aacute;n castigadas econ&oacute;micamente en funci&oacute;n de los resultados en salud, entre los cuales se consideran tanto la percepci&oacute;n de los usuarios acerca de los servicios ofrecidos as&iacute; como de la calidad y resultados obtenidos con estos.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a> &nbsp;donde conocer&aacute; los distintos temas &nbsp;que maneja el Ministerio de Salud y&nbsp; Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp; <a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>En primer t&eacute;rmino el Estado ha venido tomando medidas concretas para mejorar las condiciones de vinculaci&oacute;n de los trabajadores de la salud y m&eacute;dicos en particular,&nbsp; dentro de ellos cabe destacar la Ley 1429 de 2010 &ldquo;<em>por la cual se expide la Ley de Formalizaci&oacute;n y Generaci&oacute;n de empleo</em>&rdquo;, la Ley 1438 de 2011 &ldquo;<em>por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones</em>&rdquo; y el Decreto 2025 de 2011 &ldquo;<em>Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el art&iacute;culo 63 de la Ley 1429 de 2010</em>&rdquo;.</p>

<p>En el mismo sentido se destaca que el proyecto de ley estatutaria &ldquo;<em>Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, aprobado por el Congreso de la Rep&uacute;blica y que se encuentra en revisi&oacute;n por la Corte Constitucional, garantiz&oacute; la autonom&iacute;a a los profesionales de la salud y prohibi&oacute; el constre&ntilde;imiento, presi&oacute;n o restricci&oacute;n del ejercicio profesional; as&iacute; mismo, estableci&oacute; que los profesionales y trabajadores de la salud estar&aacute;n amparados por condiciones laborales justas de acuerdo con las necesidades del sistema.</p>

<p>En concordancia con lo anterior, el Proyecto de Ley <em>&ldquo;Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, en materia de formaci&oacute;n y ejercicio del talento humano en salud, busca entre otros, (i) lograr un real y efectivo mejoramiento de la calidad de los programas de especializaciones m&eacute;dicas, (ii) permitir un mayor acceso de la poblaci&oacute;n a la medicina especializada, (iii) fortalecer la oferta de cupos para la formaci&oacute;n de especialistas m&eacute;dico quir&uacute;rgicos y (iv) mejorar las condiciones de formaci&oacute;n de los residentes.</p>

<p>El Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social ha identificado algunas estrategias tendientes al logro de estos objetivos y con el acompa&ntilde;amiento del Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional, las instituciones de educaci&oacute;n superior, las instituciones prestadoras de servicios de salud, y otros representantes de los sectores acad&eacute;mico y de salud, est&aacute; revisando nuevas medidas que permitan en el corto, mediano y largo plazo lograr y mantener las mejores condiciones para la formaci&oacute;n del talento humano en salud.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su inter&eacute;s.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>El primero y m&aacute;s importante controlador de los recursos del sistema de salud es usted. Su participaci&oacute;n, a trav&eacute;s de las asociaciones de usuarios, en la planeaci&oacute;n, vigilancia y control de los recursos de la salud es un hecho central en la reforma. As&iacute;, la reforma contempla la posibilidad de la creaci&oacute;n de los Comit&eacute;s de Gesti&oacute;n de &Aacute;rea en cada &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria la cual tendr&aacute; dentro de sus funciones, entre otras, la de informar peri&oacute;dicamente a Salud &ndash; M&iacute;a, a la Superintendencia Nacional de Salud y a la comunidad el desarrollo del sistema en la respectiva &Aacute;rea de Gesti&oacute;n Sanitaria. Adem&aacute;s de lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud, continuar&aacute; realizando su funci&oacute;n de inspecci&oacute;n, vigilancia y control sobre los Prestadores de Servicios de Salud y sobre los Gestores de Servicios de Salud.&nbsp;</p>

<p>Agradecemos su colaboraci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que elGobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social, estar&aacute; a cargo de regular los precios de los medicamentos a nivel nacional para los principios activos. Dichos precios se determinar&aacute;n con base en comparaciones internacionales. En todo caso no podr&aacute;n superar el precio internacional de referencia de acuerdo con la metodolog&iacute;a que defina el Gobierno&nbsp; Nacional.</p>

<p>Se regular&aacute;n los precios de los medicamentos hasta la salida del proveedor mayorista. El Gobierno Nacional deber&aacute; regular el margen de distribuci&oacute;n y comercializaci&oacute;n cuando &eacute;ste no refleje condiciones competitivas. (Art&iacute;culo 23 de la Ley Estatutaria).</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>,&nbsp;donde conocer&aacute; los distintos temas &nbsp;que maneja el Ministerio de Salud y&nbsp; Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>Dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el art&iacute;culo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Naci&oacute;n en el Presupuesto General de la Naci&oacute;n para saneamiento de pasivos derivados de la atenci&oacute;n en salud de la poblaci&oacute;n pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos p&uacute;blicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidaci&oacute;n de las EPS, v) las medidas de giro directo en el R&eacute;gimen Subsidiado y en el R&eacute;gimen Contributiva para las entidades que est&aacute;n en medida de vigilancia o en liquidaci&oacute;n y, vi) el proceso de aclaraci&oacute;n de cuentas de la Circulas 30.</p>

<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistem&aacute;ticos de aclaraci&oacute;n de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecuci&oacute;n de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos p&uacute;blicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes.</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>En primer lugar, dentro del marco normativo actual existen estrategias para avanzar en el proceso de saneamiento de pasivos: i) lo relacionado con el art&iacute;culo 275 de la Ley 1450 de 2011, ii) lo relacionado con la Ley 1608 de 2013, iii) los recursos provistos por la Naci&oacute;n en el Presupuesto General de la Naci&oacute;n para saneamiento de pasivos derivados de la atenci&oacute;n en salud de la poblaci&oacute;n pobre no afiliada, iv) las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud tendientes a proteger los recursos p&uacute;blicos y el pago a los prestadores en el contexto de la liquidaci&oacute;n de las EPS, v) las medidas de giro directo en el R&eacute;gimen Subsidiado y en el R&eacute;gimen Contributiva para las entidades que est&aacute;n en medida de vigilancia o en liquidaci&oacute;n y, vi) el proceso de aclaraci&oacute;n de cuentas de la Circulas 30.</p>

<p>Sin embargo, el Gobierno Nacional considera que deben existir medidas adicionales que hacen referencia a: i) procesos sistem&aacute;ticos de aclaraci&oacute;n de cuentas, ii) mejoramiento de solvencia de los actores del sistema, iii) nuevas medidas para generar mayor liquides en las IPS y saneamiento de pasivos, incluyendo la consecuci&oacute;n de nuevos recursos, iv) medidas relacionadas con los procesos liquidatarios para proteger los recursos p&uacute;blicos y, v) pago preferencial a los prestadores.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que el proyecto de ley que reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no contempla preceptos sobre el tema de su inter&eacute;s.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:</p>

<p>Ante las reiteradas quejas de la comunidad en relaci&oacute;n con los procesos de meritocracia para la elecci&oacute;n de gerentes de las ESE, los cuales en algunos casos se hab&iacute;an contaminado, el proyecto de ley que redefine el Sistema General de Seguridad Social dispone que dicha selecci&oacute;n sea realizada por parte de la autoridad nacional o territorial competente, y que el cargo sea de libre nombramiento y remoci&oacute;n, con unos requisitos m&iacute;nimos para su desempe&ntilde;o, previa la aprobaci&oacute;n de un examen habilitante por parte del Departamento Administrativo de la Funci&oacute;n P&uacute;blica. As&iacute;, quien sea nombrado deber&aacute; responder por sus acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo y dar fe del voto de confianza ante quien los nomin&oacute;.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que no existe ning&uacute;n problema con que las Universidades sean las encargadas de formar a los especialistas; por el contrario este Ministerio considera que el mejor modelo de formaci&oacute;n m&eacute;dica especializada es aquel liderado por una universidad.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n&nbsp;y lo invitamos a consultar nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co</a>&nbsp; donde&nbsp;conocer&aacute; los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social y adem&aacute;s podr&aacute; formular sus inquietudes a trav&eacute;s del link&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx">http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx</a></p>

<p>Cordial saludo,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>