Buenos dias
Tengo una licencia de categoría 02 de 2004, tengo que renovarla
Gracias
Registrada:
Código:
3983
Buenos dias
Tengo una licencia de categoría 02 de 2004, tengo que renovarla
Gracias
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Respuesta
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Buen día,</div>
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No debe renovarla. Su Licenica categoria 02 para conducir moto corresponde a una licencia para servicio particular, la cual tiene vigencia de 10 años a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012, es decir que su licencia estará vigente hasta el 9 de enero de 2022 y no debe renovarla sino hasta su vencimiento.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</div>
Buen día,</div>
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No debe renovarla. Su Licenica categoria 02 para conducir moto corresponde a una licencia para servicio particular, la cual tiene vigencia de 10 años a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012, es decir que su licencia estará vigente hasta el 9 de enero de 2022 y no debe renovarla sino hasta su vencimiento.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</div>
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SEÑORA MINISTRA TENGO 50 AÑOS NO TENGO PASE PARA PARTICULARES ES POR PRIMERA VEZ
Registrada:
Código:
3982
SEÑORA MINISTRA TENGO 50 AÑOS NO TENGO PASE PARA PARTICULARES ES POR PRIMERA VEZ
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3982
Respuesta
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Buen día,</div>
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Si usted desea trámitar su licencia por priemra vez debe:</div>
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1. Acercarse a un Centro de Ensañanza Automovilistica para realizar el curso.</div>
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2. Dirigirse a un Centro de Reconocimiento Conductor para realizar el examen médico respectivo.</div>
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3. Acercarse a un organismo de transito para trámitar su licencia de conducción.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. </div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Si usted desea trámitar su licencia por priemra vez debe:</div>
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1. Acercarse a un Centro de Ensañanza Automovilistica para realizar el curso.</div>
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2. Dirigirse a un Centro de Reconocimiento Conductor para realizar el examen médico respectivo.</div>
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3. Acercarse a un organismo de transito para trámitar su licencia de conducción.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. </div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
SEÑORA MINISTRA DE TRASPORTE MI SEÑORA TIENE LICENCIA DE CONDUCION DE CATEGORIA 4A EXPEDIDA EL 28 DIC-98 CAMBIARLA
SEÑORA MINISTRA DE TRASPORTE MI SEÑORA TIENE LICENCIA DE CONDUCION DE CATEGORIA 4A EXPEDIDA EL 28 DIC-98 CAMBIARLA
Respuesta
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Buen día Sr. Jorge,</div>
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La licencia para conducir de su eposa es categoría 04, es decir para conducir vehículo público, ésta se encuentra vencida dado que la vigencia es de 3 años a partir de la fecha de expedición, por tanto debe renovarla. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día Sr. Jorge,</div>
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La licencia para conducir de su eposa es categoría 04, es decir para conducir vehículo público, ésta se encuentra vencida dado que la vigencia es de 3 años a partir de la fecha de expedición, por tanto debe renovarla. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
tengo pase C1 que vencio en octubre 2013, solo manejo particular , debo cambiarla?
Registrada:
Código:
3980
tengo pase C1 que vencio en octubre 2013, solo manejo particular , debo cambiarla?
Registrada:
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3980
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia C1 es para conducir vehículo público y éste se encuentra vencido, debe renovarlo. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Buen día,</div>
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Su licencia C1 es para conducir vehículo público y éste se encuentra vencido, debe renovarlo. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Cuanto debo pagar para recategorizar mi licencia vencida es de publico y conduzco particular, está vencida
Cuanto debo pagar para recategorizar mi licencia vencida es de publico y conduzco particular, está vencida
Respuesta
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Buen día,</div>
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Si su licencia es para conducir vehículo público y ésta se encuentra vencida, debe renovarla.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.</div>
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Los costos de renovación son fijados por cada asamblea departamental o concejo municipal según la ciudad donde realice el trámite.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Si su licencia es para conducir vehículo público y ésta se encuentra vencida, debe renovarla.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.</div>
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Los costos de renovación son fijados por cada asamblea departamental o concejo municipal según la ciudad donde realice el trámite.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Mi licencia es categoría 04 expedida en abril de 1997, no tiene fecha de vencimiento. Debo renovarla en este momento??
Mi licencia es categoría 04 expedida en abril de 1997, no tiene fecha de vencimiento. Debo renovarla en este momento??
Respuesta
<p> Buen día,</p>
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Su licencia es categoría 4, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, se encuentra vencida dado que la vigencia es de 3 años contados a partir de la fecha de expedición, y debe realizar el proceso de renovación. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" para realizar la renovación de su licencia. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Su licencia es categoría 4, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, se encuentra vencida dado que la vigencia es de 3 años contados a partir de la fecha de expedición, y debe realizar el proceso de renovación. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" para realizar la renovación de su licencia. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Mi lcia de conducción es c1 tiene fecha exp24/08/2010 vto 24/08/2013 esde uso particular debo cambiarla cuanto costaría
Mi lcia de conducción es c1 tiene fecha exp24/08/2010 vto 24/08/2013 esde uso particular debo cambiarla cuanto costaría
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público y no se encuentra vencida. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigente por el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.</div>
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Los costos son los que defina como tarifa cada Concejo Municipal o Asamblea Departamental para el trámite.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público y no se encuentra vencida. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigente por el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.</div>
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Los costos son los que defina como tarifa cada Concejo Municipal o Asamblea Departamental para el trámite.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Hola, quiesiera saber el costo del cambio de la licencia de conduccion, mi licencia es dorada y no tiene fecha de vencim
Hola, quiesiera saber el costo del cambio de la licencia de conduccion, mi licencia es dorada y no tiene fecha de vencim
Respuesta
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Buen día,</div>
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Los costos son los que defina como tarifa cada Concejo Municipal o Asamblea Departamental para el trámite.</div>
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Verifique la categoria de su licencia. Recuerde que las de servicio público (categoria 4, 5 o 6, C1, C2 o C3) tienen vigencia de 3 años a partir de su fecha de expedición.</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Buen día,</div>
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Los costos son los que defina como tarifa cada Concejo Municipal o Asamblea Departamental para el trámite.</div>
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Verifique la categoria de su licencia. Recuerde que las de servicio público (categoria 4, 5 o 6, C1, C2 o C3) tienen vigencia de 3 años a partir de su fecha de expedición.</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Soy categoría 05 pero no manejo vehículos de servicio publico, que hago para que me bajen de categoría?
Soy categoría 05 pero no manejo vehículos de servicio publico, que hago para que me bajen de categoría?
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría 05, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público con viegncia de 3 años a partir de la fecha de expedición, por tanto su licencia seguramente se encuentra vencida y debe realizar el proceso de renovación. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. </div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría 05, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público con viegncia de 3 años a partir de la fecha de expedición, por tanto su licencia seguramente se encuentra vencida y debe realizar el proceso de renovación. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. </div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Buen día,</div>
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Su licencia categoria 02 de moto corresponde a servicio particular. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedición fue anterior a 2012, o de 10 años contados a partir de la fecha de expedición si se realizó posterior a enero de 2012. Por tanto su licencia categoria 02 se encuentran vigente y en este momento no es necesario que realice renovación. Su licencia tiene vigencia hasta enero de 2022 según decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia categoria 02 de moto corresponde a servicio particular. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedición fue anterior a 2012, o de 10 años contados a partir de la fecha de expedición si se realizó posterior a enero de 2012. Por tanto su licencia categoria 02 se encuentran vigente y en este momento no es necesario que realice renovación. Su licencia tiene vigencia hasta enero de 2022 según decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
por que en mi caso me dijeron que tenia que tomar la licencia de servicio publico pues no habia otra ????
por que en mi caso me dijeron que tenia que tomar la licencia de servicio publico pues no habia otra ????
Respuesta
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Buen día,</div>
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Le recomendamos realizar esta pregunta al organismo de transito donde tramitó su lciencia de conducción. Es allí donde le indicaran el porque.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Le recomendamos realizar esta pregunta al organismo de transito donde tramitó su lciencia de conducción. Es allí donde le indicaran el porque.</div>
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Yo debo comparendos y están en cobro coactivo como hago para conseguir un descuento para pagarlos
Registrada:
Código:
3972
Yo debo comparendos y están en cobro coactivo como hago para conseguir un descuento para pagarlos
Registrada:
Código:
3972
Respuesta
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Buen día,</div>
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Actualmente no hay descuentos por concepto de multas de tránsito pendientes por pago. Cuando los ha habido, estos son ordenados directamente por una Ley de la Republica.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Actualmente no hay descuentos por concepto de multas de tránsito pendientes por pago. Cuando los ha habido, estos son ordenados directamente por una Ley de la Republica.</div>
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Según la ley 1383, el plazo para cambiar el pase es 48 meses después de expedida. Esto sería el 16 de marzo del 2014.
Según la ley 1383, el plazo para cambiar el pase es 48 meses después de expedida. Esto sería el 16 de marzo del 2014.
Respuesta
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Buen día,</div>
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Este plazo fue modificado por la ley 1450 de 2011 y actualmente el plazo se vence en junio de 2015.</div>
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Buen día,</div>
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Este plazo fue modificado por la ley 1450 de 2011 y actualmente el plazo se vence en junio de 2015.</div>
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Tengo licencia de conducción de categoría 3, fue expedida en el 2008, hasta cuando tiene vigencia
Registrada:
Código:
3969
Tengo licencia de conducción de categoría 3, fue expedida en el 2008, hasta cuando tiene vigencia
Registrada:
Código:
3969
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia categoria 03 corresponde a servicio particular. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedición fue anterior a 2012, o de 10 años contados a partir de la fecha de expedición si se realizó posterior a enero de 2012. Por tanto su licencias categoria 03 se encuentran vigente y en este momento no es necesario que realice renovación. Su licencia tiene vigencia hasta enero de 2022 según decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Buen día,</div>
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Su licencia categoria 03 corresponde a servicio particular. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedición fue anterior a 2012, o de 10 años contados a partir de la fecha de expedición si se realizó posterior a enero de 2012. Por tanto su licencias categoria 03 se encuentran vigente y en este momento no es necesario que realice renovación. Su licencia tiene vigencia hasta enero de 2022 según decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
por que el mintransporte sabiendo que HAY UNA LEY que el cambio de licencia es gratuito lo esta cobrando'?eso es robo
por que el mintransporte sabiendo que HAY UNA LEY que el cambio de licencia es gratuito lo esta cobrando'?eso es robo
Respuesta
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Buen día,</div>
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El alto Tribunal dirimió la controversia jurídica suscitada por la proliferación de fallos opuestos emitidos por jueces en diferentes zonas del país. La decisión del Consejo de Estado señala que la renovación de la licencia de conducción tiene costo y que debe ser asumida por quien aspira a tener una licencia vigente.</div>
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La sentencia explica también que la sustitución, que es el proceso de cambiar el formato, debe ser gratuita aunque solamente aplica para aquellas personas que no tengan vencida su licencia de conducción, procedimiento que el Ministerio de Transporte está reglamentando y para el cual tiene plazo por ley hasta junio de 2015.</div>
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Por ahora, el esquema de “Pico y Pase” de acuerdo con el último dígito de la cédula se puso en en marcha desde el primero de febrero hasta el mes de noviembre, momento en el cual todo los colombianos que tienen licencia de conducción para vehículo público vencida, deberán haberla renovado.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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El alto Tribunal dirimió la controversia jurídica suscitada por la proliferación de fallos opuestos emitidos por jueces en diferentes zonas del país. La decisión del Consejo de Estado señala que la renovación de la licencia de conducción tiene costo y que debe ser asumida por quien aspira a tener una licencia vigente.</div>
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La sentencia explica también que la sustitución, que es el proceso de cambiar el formato, debe ser gratuita aunque solamente aplica para aquellas personas que no tengan vencida su licencia de conducción, procedimiento que el Ministerio de Transporte está reglamentando y para el cual tiene plazo por ley hasta junio de 2015.</div>
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Por ahora, el esquema de “Pico y Pase” de acuerdo con el último dígito de la cédula se puso en en marcha desde el primero de febrero hasta el mes de noviembre, momento en el cual todo los colombianos que tienen licencia de conducción para vehículo público vencida, deberán haberla renovado.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Hola mi licencia es de color gris categoría 4 y se venció en en 1996.DEBO RENOVARLA?
Registrada:
Código:
3967
Hola mi licencia es de color gris categoría 4 y se venció en en 1996.DEBO RENOVARLA?
Registrada:
Código:
3967
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas. Por otra parte y guardando relación con las vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
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<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas. Por otra parte y guardando relación con las vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
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Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia categoria 02 (o nueva A1 o A2) de moto corresponde a servicio particular. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedición fue anterior a 2012, o de 10 años contados a partir de la fecha de expedición si se realizó posterior a enero de 2012. Por tanto su licencia categoria 02 (o nueva A1 o A2) se encuentran vigente y en este momento no es necesario que realice renovación. Su licencia tiene vigencia hasta enero de 2022 según decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia categoria 02 (o nueva A1 o A2) de moto corresponde a servicio particular. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedición fue anterior a 2012, o de 10 años contados a partir de la fecha de expedición si se realizó posterior a enero de 2012. Por tanto su licencia categoria 02 (o nueva A1 o A2) se encuentran vigente y en este momento no es necesario que realice renovación. Su licencia tiene vigencia hasta enero de 2022 según decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Por error mi licencia quedó como categoría C1 y conduzco vehículo particular, ¿debo renovarla?, tiene vigencia 09/07/15
Por error mi licencia quedó como categoría C1 y conduzco vehículo particular, ¿debo renovarla?, tiene vigencia 09/07/15
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">En caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas. Por otra parte y guardando relación con las vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
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<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
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<p class="rtejustify">En caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas. Por otra parte y guardando relación con las vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p> </p>
Tengo una licencia con categoría C1, pero yo manejo únicamente particular es necesario renovar y como cambio categoría?
Tengo una licencia con categoría C1, pero yo manejo únicamente particular es necesario renovar y como cambio categoría?
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, debe verificar si ésta se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigente por el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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</div>
<div>
Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
<div>
</div>
<div>
Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, debe verificar si ésta se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigente por el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
MI LICENCIA ES MARRÓN CATEGORÍA 4,VENCIÓ EN EL 2005 QUE TRAMITE DEBO HACER SI NO LA HE RENOVADO NI CAMBIADO
MI LICENCIA ES MARRÓN CATEGORÍA 4,VENCIÓ EN EL 2005 QUE TRAMITE DEBO HACER SI NO LA HE RENOVADO NI CAMBIADO
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría 4, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público y no se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigente por el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría 4, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público y no se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigente por el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Si hice los exámenes médicos en una ciudad X y quiero hacer la gestion del tramite en una Y, es permitid? o debe ser =c?
Si hice los exámenes médicos en una ciudad X y quiero hacer la gestion del tramite en una Y, es permitid? o debe ser =c?
Respuesta
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Buen día,</div>
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Los examenes medicos deben realizarse unicamente en los CRC cercanos al Organismo de Transito de su ciudad, de acuerdo con la resolución 3328 de 2013. Le recomiendo realizar el tramite en la misma ciudad o acercarse al organismo de transito más cercano para que allí le indiquen los CRC donde puede realizar el examen medico, que en algunos lugares puede ser en otra ciduad.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Buen día,</div>
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Los examenes medicos deben realizarse unicamente en los CRC cercanos al Organismo de Transito de su ciudad, de acuerdo con la resolución 3328 de 2013. Le recomiendo realizar el tramite en la misma ciudad o acercarse al organismo de transito más cercano para que allí le indiquen los CRC donde puede realizar el examen medico, que en algunos lugares puede ser en otra ciduad.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Tengo una licencia vencida 4 categoria, quiero saber como renovarla pero bajandola de categoria a servicio particular
Tengo una licencia vencida 4 categoria, quiero saber como renovarla pero bajandola de categoria a servicio particular
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría 4, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, debe verificar si ésta se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigente por el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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<div>
Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia es categoría 4, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, debe verificar si ésta se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigente por el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Qué hacer para perder el temor a la autoridades. Hay desconfianza por la actitud de muchos. Un reten genera temor
Qué hacer para perder el temor a la autoridades. Hay desconfianza por la actitud de muchos. Un reten genera temor
Respuesta
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Buen día,</div>
<div>
</div>
<div>
Las autoridades están para proteger a los ciduadanos, si usted considera que un agente o policia de tránsito actua de forma indebida, lo peude denunciar y la entidad encargada hará la investigación respectiva para determinar el nivel de responsabilidad.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Las autoridades están para proteger a los ciduadanos, si usted considera que un agente o policia de tránsito actua de forma indebida, lo peude denunciar y la entidad encargada hará la investigación respectiva para determinar el nivel de responsabilidad.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Saludos! Mi licencia es de color dorado, categoría 4 y venció en Marzo del 2011. Quisiera saber si debo renovarla.
Saludos! Mi licencia es de color dorado, categoría 4 y venció en Marzo del 2011. Quisiera saber si debo renovarla.
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días Diana</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Examen médico:</li>
<li class="rtejustify">
Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Examen médico:</li>
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Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</li>
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<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Mi licencia de conducción es color gris, expedida en 1981 no tiene fecha de vencimiento y de categoría 05, debo renovar.
Mi licencia de conducción es color gris, expedida en 1981 no tiene fecha de vencimiento y de categoría 05, debo renovar.
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría 05, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público con viegncia de 3 años a partir de la fecha de expedición, por tanto su licencia se encuentra vencida y debe realizar el proceso de renovación. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. </div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia es categoría 05, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público con viegncia de 3 años a partir de la fecha de expedición, por tanto su licencia se encuentra vencida y debe realizar el proceso de renovación. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. </div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Tengo una licencia categoría 02 con fecha de expedición marzo del 98. debo renovar? y esta sirve en vehículo particular
Tengo una licencia categoría 02 con fecha de expedición marzo del 98. debo renovar? y esta sirve en vehículo particular
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días Edgar</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
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Examen médico:</li>
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Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</li>
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<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
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<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
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Examen médico:</li>
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Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</li>
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<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
Tengo licencia de 4a categoría y solo conduzco vehículos particulares, creeria que no estoy obligado, ¿estoy errado?.
Tengo licencia de 4a categoría y solo conduzco vehículos particulares, creeria que no estoy obligado, ¿estoy errado?.
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, si esta se encuentra vencida, debe realizar el proceso de renovación. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. </div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, si esta se encuentra vencida, debe realizar el proceso de renovación. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. </div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Yo tengo licencia categoria 3 particular la renove en el 2002 debo renovarla nuevamente? Ya pasaron los 10 años
Yo tengo licencia categoria 3 particular la renove en el 2002 debo renovarla nuevamente? Ya pasaron los 10 años
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia categoria 03 corresponde a servicio particular. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedición fue anterior a 2012, o de 10 años contados a partir de la fecha de expedición si se realizó posterior a enero de 2012. Por tanto su licencias categoria 03 se encuentran vigente y en este momento no es necesario que realice renovación. Su licencia tiene vigencia hasta enero de 2022 según decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Buen día,</div>
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Su licencia categoria 03 corresponde a servicio particular. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedición fue anterior a 2012, o de 10 años contados a partir de la fecha de expedición si se realizó posterior a enero de 2012. Por tanto su licencias categoria 03 se encuentran vigente y en este momento no es necesario que realice renovación. Su licencia tiene vigencia hasta enero de 2022 según decreto 019 de 2012.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
puedo solicitar la re categorización de mi licencia C1, por una de vehículo particular, en lugar de renovarla??
puedo solicitar la re categorización de mi licencia C1, por una de vehículo particular, en lugar de renovarla??
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, debe verificar si ésta se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigente por el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, debe verificar si ésta se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigente por el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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Cuando realice el proceso de renovación, el nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Tengo licencia con categoría C1, pero conduzco vehículo particular. debo cambiar mi licencia?
Registrada:
Código:
3953
Tengo licencia con categoría C1, pero conduzco vehículo particular. debo cambiar mi licencia?
Registrada:
Código:
3953
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, debe verificar si ésta se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigentepor el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, debe verificar si ésta se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas, por el contario si su licencia se encuentra vigentepor el momento no es necesario que realice el proceso de renovación.</div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Licencia de carro 3 sin vencimiento y de moto grises, moto no uso Cuanto pagaria, plazo cambio y proceso a seguir.
Licencia de carro 3 sin vencimiento y de moto grises, moto no uso Cuanto pagaria, plazo cambio y proceso a seguir.
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia categoria 03 corresponde a servicio particular al igual que de moto. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedición fue anterior a 2012, o de 10 años contados a partir de la fecha de expedición si se realizó posterior a enero de 2012. Por tanto sus licencias categoria 03 y de moto se encuentran vigentes y en este momento no es necesario que realice renovación.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia categoria 03 corresponde a servicio particular al igual que de moto. Todas las licencias de servicio particular tienen una vigencia minima hasta enero de 2022 si su fecha de expedición fue anterior a 2012, o de 10 años contados a partir de la fecha de expedición si se realizó posterior a enero de 2012. Por tanto sus licencias categoria 03 y de moto se encuentran vigentes y en este momento no es necesario que realice renovación.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Mi licencia es categoria c03 pero tiene vencimiento septiembre del 2000 debo renovarla ???? manejo vehiculo particular
Mi licencia es categoria c03 pero tiene vencimiento septiembre del 2000 debo renovarla ???? manejo vehiculo particular
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C3, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, debe verificar si ésta se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas.</div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C3, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, debe verificar si ésta se encuentra vigente. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas.</div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
si con estos cambias a la licencia de conduccion, la licencia para carro también serviría para moto? o son distintas
si con estos cambias a la licencia de conduccion, la licencia para carro también serviría para moto? o son distintas
Respuesta
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Buen día,</div>
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Son dos licencias distintas. Pero con la nueva ficha de la licencia de conducciónn si usted tiene ambas licencias, estas se veran reflejadas en un único documento. </div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Son dos licencias distintas. Pero con la nueva ficha de la licencia de conducciónn si usted tiene ambas licencias, estas se veran reflejadas en un único documento. </div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Tengo licencia ocre EXPEDIDA DIC/97 en CATEG 05 y NO TIENE FECHA DE VENCIMIENTO. Conduzco solo particular nunca público.
Tengo licencia ocre EXPEDIDA DIC/97 en CATEG 05 y NO TIENE FECHA DE VENCIMIENTO. Conduzco solo particular nunca público.
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días Alfredo</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Buen dia tengo mi pase Categ. 03 pero tiene una fecha de vcto de septiembre de 2000 debo tramitar la nueva licencia??
Buen dia tengo mi pase Categ. 03 pero tiene una fecha de vcto de septiembre de 2000 debo tramitar la nueva licencia??
Respuesta
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Buen día,</div>
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No. Si su licencia es categoria 3 correspodne a servicio particular, estas quedaron vigentes en forma automatica a partir de la expedicion del Decreto 019 de 2012 por un periodo de diez años, si usted es mayor de 18 y menor de 60 años. </div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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No. Si su licencia es categoria 3 correspodne a servicio particular, estas quedaron vigentes en forma automatica a partir de la expedicion del Decreto 019 de 2012 por un periodo de diez años, si usted es mayor de 18 y menor de 60 años. </div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día, quisiera saber cual es el link para solicitar la cita por internet o el teléfono desde Bogota. Gracias
Buen día, quisiera saber cual es el link para solicitar la cita por internet o el teléfono desde Bogota. Gracias
Respuesta
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Buen día,</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" par ala renovación de la licencia, el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html. Allí encontrará las instrucciones para mayor agilidad del trámite, incluyendo la cita para el examen médico.</div>
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Los exámenes medicos hacen parte del proceso de renovación de la licencia de conducción y son necesarios para garantizar que quien coduzca un vehículo conserve sus capacidades físicas, psicologicas y motoras para conducir.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" par ala renovación de la licencia, el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html. Allí encontrará las instrucciones para mayor agilidad del trámite, incluyendo la cita para el examen médico.</div>
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Los exámenes medicos hacen parte del proceso de renovación de la licencia de conducción y son necesarios para garantizar que quien coduzca un vehículo conserve sus capacidades físicas, psicologicas y motoras para conducir.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
TENGO LICENCIA DE CONDUCCION PARA MOTOCICLETA CATEGORIA 02 EXPEDIDA EN JULIO DE 1997, ¿DEBO RENOVARLA?
TENGO LICENCIA DE CONDUCCION PARA MOTOCICLETA CATEGORIA 02 EXPEDIDA EN JULIO DE 1997, ¿DEBO RENOVARLA?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días José</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
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<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
para que las licencias sean para moto y para carro en una sola hay que pagar adicional o al sacar la de carro salen las2
para que las licencias sean para moto y para carro en una sola hay que pagar adicional o al sacar la de carro salen las2
Respuesta
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Buen día,</div>
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Si usted ya tiene licencia de conducción para motocicleta, al renovar su liciencia de carro en el mismo documento en forma automatica y sin costo adicional se verán reflejadas ambas licencias.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
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Si usted ya tiene licencia de conducción para motocicleta, al renovar su liciencia de carro en el mismo documento en forma automatica y sin costo adicional se verán reflejadas ambas licencias.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Actualmente tengo una licencia C1 de color Blanco que venció en Nov 2013 . Debo realizarme nuevamente los exámenes?
Actualmente tengo una licencia C1 de color Blanco que venció en Nov 2013 . Debo realizarme nuevamente los exámenes?
Respuesta
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Buen día,</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, si esta se encuentra vencida, debe realizar el proceso de renovación. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. </div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html. </div>
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Los exámenes medicos hacen parte del proceso de renovación de la licencia de conducción y son necesarios para garantizar que quien coduzca un vehículo conserve sus capacidades físicas, psicologicas y motoras para conducir.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
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Su licencia es categoría C1, la cual corresponde a una licencia para conducir vehículo público, si esta se encuentra vencida, debe realizar el proceso de renovación. Todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. </div>
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El nuevo documento que se le expedirá le va a reflejar los tipos de vehículos que puede conducir. Este es uno de los cambios más importantes que se implementaron con la nueva ficha técnica, y es que ahora usted solo portará un documento que le indicará los tipos de vehículos, es decir, particular y público con su respectiva vigencia (el público para 3 años y el particular para 10 años, si usted es menor de 60 años).</div>
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Quien tiene licencia de servicio público vencida y que sólo conduce vehículo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de "Pico y Pase" el cual inició en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deberán renovar su licencia teniendo en cuenta el último dígito de la cédula y el número del mes, siendo ésta la fecha límite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el trámite de renovación: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html. </div>
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Los exámenes medicos hacen parte del proceso de renovación de la licencia de conducción y son necesarios para garantizar que quien coduzca un vehículo conserve sus capacidades físicas, psicologicas y motoras para conducir.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Tengo licencia categoria C2 con fecha de vencimiento Marzo de 2014, manejo particular es necesario el cambio
Tengo licencia categoria C2 con fecha de vencimiento Marzo de 2014, manejo particular es necesario el cambio
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos días Ricardo</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Examen médico:</li>
<li class="rtejustify">
Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
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<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervención, en caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas, tal como lo indicas.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Examen médico:</li>
<li class="rtejustify">
Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.</p>
<p class="rtejustify">Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>