Respuestas del Gobierno

Respuesta
Hola Yamid, Respecto de tu solicitud queremos informarte que, una vez revisado el tema con la entidad encargada de girar este reconocimiento, nos informaron que el mismo fue depositado sin ninguna novedad el pasado 4 de abril de 2021 a la cuenta registrada a su nombre en el banco Av.Villas, por favor te recomendamos revisar los movimientos bancarios o comunicarse directamente con la entidad bancaria. ¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales. Facebook: www.facebook.com/urnadecristal Twitter: www.twitter.com/urnadecristal Instagram: www.instagram.com/urnadecristal LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/ Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.
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Hola Yamid, Respecto de tu solicitud queremos informarte que, una vez revisado el tema con la entidad encargada de girar este reconocimiento, nos informaron que el mismo fue depositado sin ninguna novedad el pasado 4 de abril de 2021 a la cuenta registrada a su nombre en el banco Av.Villas, por favor te recomendamos revisar los movimientos bancarios o comunicarse directamente con la entidad bancaria. ¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales. Facebook: www.facebook.com/urnadecristal Twitter: www.twitter.com/urnadecristal Instagram: www.instagram.com/urnadecristal LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/ Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.
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Hola Yamid, Respecto de tu solicitud queremos informarte que, una vez revisado el tema con la entidad encargada de girar este reconocimiento, nos informaron que el mismo fue depositado sin ninguna novedad el pasado 4 de abril de 2021 a la cuenta registrada a su nombre en el banco Av.Villas, por favor te recomendamos revisar los movimientos bancarios o comunicarse directamente con la entidad bancaria. ¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales. Facebook: www.facebook.com/urnadecristal Twitter: www.twitter.com/urnadecristal Instagram: www.instagram.com/urnadecristal LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/ Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.
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Hola Yamid,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que, una vez revisado el tema con la entidad encargada de girar este reconocimiento, nos informaron que el mismo fue depositado sin ninguna novedad el pasado 4 de abril de 2021 a la cuenta registrada a su nombre en el banco Av.Villas, por favor te recomendamos revisar los movimientos bancarios o comunicarse directamente con la entidad bancaria.





¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



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Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

<div>

De la manera m&aacute;s atenta, informamos que la respuesta a su petici&oacute;n fue enviada al correo electr&oacute;nico cemaalmu@gmail.com, por usted indicado.</div>

<div>

El n&uacute;mero de radicado asignado a su solicitud es E-2021-0007-097801.</div>

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Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</div>

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&nbsp;</div>

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Cordialmente,</div>

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Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana</div>

Respuesta
Señor

Edinson Yunior Merlano Navarro

edinsonyuniormerlanonavarro@gmail.com



Asunto: Aclaración a la solicitud de información.



Reciba un cordial saludo de parte del Departamento Nacional de Planeación.



Le informamos que hemos recibido su solicitud y de conformidad con lo expuesto en su comunicación respetuosamente solicitamos aclaración de su solicitud, ya que luego de analizarla, no nos ha sido posible identificar la finalidad de esta, por lo tanto, al aclarar se le dará el respectivo trámite. Lo anterior, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 1437 de 2011 y sustituida por la Ley 1755 de 2015.



Conviene recordarle, en este sentido, lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley No. 1437 de 2011, que a la letra reza:



"Artículo 16. Contenido de las peticiones. Toda petición deberá contener, por lo menos:



1. La designación de la autoridad a la que se dirige.

2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el número de fax o la dirección electrónica. Si el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil, estará obligada a indicar su dirección electrónica.

3. El objeto de la petición.

4. Las razones en las que fundamenta su petición.

5. La relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite.

6. La firma del peticionario cuando fuere el caso".



El Departamento Nacional de Planeación conforme al Decreto 2189 de 2017, es la entidad encargada de la coordinación y diseño de políticas públicas y del presupuesto de los recursos de inversión, la articulación entre la planeación de las entidades del Gobierno nacional y los demás niveles de gobierno; la preparación, el seguimiento de la ejecución y la evaluación de resultados de las políticas, planes, programas y proyectos del sector público, así como realizar en forma permanente el seguimiento de la economía nacional e internacional y proponer los estudios, planes, programas y proyectos para avanzar en el desarrollo económico, social, institucional y ambiental, y promover la convergencia regional del país.



Agradecemos la atención prestada a la presente y quedamos atentos a su respuesta, la cual puede enviar al correo institucional de servicioalciudadano@dnp.gov.co



Cordialmente,



Servicio al Ciudadano

Línea Nacional Gratuita de Atención al Ciudadano 018000121221

Conmutador: +57 (1) 381500 Ext. 11924 11922 11919

https://www.dnp.gov.co/atencion-al-ciudadano/consultas-quejas-yreclamos/Paginas/registro-de-solicitudes.aspx





Respuesta
Hola Diego,

Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de

entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de

pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,

Protección Social al Adulto Mayor ­ Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto

sobre las ventas – IVA.

El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –

19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de

hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de

conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de

pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el

criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y

en el manual operativo del programa.

Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web

https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos

que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por

tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo

invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de

atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00

A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.

Respuesta
Hola Diego,

Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de

entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de

pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,

Protección Social al Adulto Mayor ­ Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto

sobre las ventas – IVA.

El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –

19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de

hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de

conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de

pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el

criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y

en el manual operativo del programa.

Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web

https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos

que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por

tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo

invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de

atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00

A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.

Respuesta
Hola Jairo,





¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



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Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.

Respuesta
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Estimado ciudadano,</div>

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Agradecemos su observaci&oacute;n y al tiempo le informamos que uno de los desafios de la pandemia fue llegar a nuestros ni&ntilde;os con clases por medio de canales de f&aacute;cil acceso, como el canal institucional desde el cual se gener&oacute; el acceso a la educaci&oacute;n con el programa Profe en tu casa.</div>

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&nbsp;</div>

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Adicionalmente, ya nos encontramos con el regreso a la presencialidad de manera segura, para lo cual se prioriz&oacute; la vacunaci&oacute;n del personal docente, directivo docente y administrativo a nivel nacional.</div>

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&nbsp;</div>

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Cordialmente,</div>

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&nbsp;</div>

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Viceministerio de Preescolar, B&aacute;sica y Media</div>

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Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</div>

Respuesta
Señora

IRENE VIAFARA PEÑA

iireneviafara2012@gmail.com



Asunto: solicitud información Sisben IV



Reciba un cordial saludo del Departamento Nacional de Planeación:



Dando respuesta a su petición, comedidamente le informamos que con la entrada en vigencia de la metodología del Sisbén IV, en el momento en que las personas ingresan a http://www.sisben.gov.co para consultar el grupo en el cual quedaron clasificadas, se han presentado diferentes situaciones.



Frente a estas situaciones, es preciso señalar que las quejas o solicitudes, no requieren ser enviadas al DNP ni a ninguna otra entidad del Estado, puesto que quien realiza la gestión de cualquier trámite es la respectiva entidad territorial, es decir que solo se pueden llevar a cabo en cada municipio; las administraciones del Sisbén sean distritales o municipales son las responsables directas de adelantar dichas gestiones. Por lo tanto, las solicitudes deben ser presentadas directamente ante la oficina del Sisbén del municipio correspondiente.



A continuación el Link con el directorio de los administradores del Sisbén de todo el país para que por favor presente su requerimiento ante la oficina correspondiente:



https://www.sisben.gov.co/Paginas/oficinas-regionales.html



Adicionalmente informamos que, frente a la aplicación de encuestas por la razón que sea, se debe tener en cuenta que de acuerdo con el artículo 3 del decreto 1168, los alcaldes tienen la competencia para restringir las actividades que consideren pertinentes en su respectivo municipio, por lo que es necesario que se verifiquen los lineamientos emitidos por la administración municipal en materia de atención al público como consecuencia de la pandemia.



De otra parte, en caso de requerir información relacionada con la Metodología Sisbén IV debe ingresar al Link: http://www.sisben.gov.co



Quedamos a su entera disposición en caso de requerir información adicional.



Cordialmente,





Servicio al Ciudadano

Línea Nacional Gratuita de Atención al Ciudadano 018000121221

Conmutador: +57 (1) 3815000 Ext. 11924 11922 11919 11916 11915.

Correo electrónico: servicioalciudadano@dnp.gov.co

https://www.dnp.gov.co/atencion-al-ciudadano/Paginas/Atenci%C3%B3n-al-Ciudadano.aspx



Respuesta
Hola Jairo,



En cuanto a tu pregunta, queremos informarte que la Unidad de Víctimas es la entidad encargada de acercar el Estado a las víctimas mediante coordinación eficiente y acciones transformadoras que promuevan la participación efectiva de las víctimas en su proceso de reparación.



Para poder postularte y obtener información sobre tu estado en la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, se requiere que realices un registro, y una vez registrada podrás consultar todos los procesos que estés gestionando, lo anterior debido a que los tramites adelantados por esta entidad son personales e intransferibles.



Si deseas mayor información puedes ingresar al link http://tramites.unidadvictimas.gov.co/Piavv/ allí podrás realizar el registro paso a paso y te indicara los beneficios y a que indemnizaciones o reparaciones podrás acceder, previo el cumplimiento de los requisitos.



Te invitamos a realizar tu solicitud en los siguientes canales de atención ciudadana

Página web www.unidadvictimas.gov.co

Línea nacional 018000911119

Bogotá, 426 11 11. Los horarios de atención son de lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 9:00 p.m., y sábados de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.



De igual manera el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial





Recuerda estar atento ÚNICAMENTE a los diferentes medios oficiales de información de Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, y de la Unidad de Victimas los cuales encontraras a continuación:



Páginas oficiales:

https://id.presidencia.gov.co/deinteres/index.html

https://www.unidadvictimas.gov.co/

www.dnp.gov.co

https://www.sisben.gov.co/

https://devolucioniva.dnp.gov.co/



Redes sociales:

https://twitter.com/infopresidencia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor

https://twitter.com/UnidadVictimas?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
Respuesta
Hola Paola,

En cuanto a tu pregunta, queremos informarte que la Unidad de Víctimas es la entidad encargada de acercar el Estado a las víctimas mediante coordinación eficiente y acciones transformadoras que promuevan la participación efectiva de las víctimas en su proceso de reparación.



Para poder postularte y obtener información sobre tu estado en la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, se requiere que realices un registro, y una vez registrada podrás consultar todos los procesos que estés gestionando, lo anterior debido a que los tramites adelantados por esta entidad son personales e intransferibles.



Si deseas mayor información puedes ingresar al link http://tramites.unidadvictimas.gov.co/Piavv/ allí podrás realizar el registro paso a paso y te indicara los beneficios y a que indemnizaciones o reparaciones podrás acceder, previo el cumplimiento de los requisitos.



Te invitamos a realizar tu solicitud en los siguientes canales de atención ciudadana

Página web www.unidadvictimas.gov.co

Línea nacional 018000911119

Bogotá, 426 11 11. Los horarios de atención son de lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 9:00 p.m., y sábados de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.



De igual manera el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial.

Recuerda estar atento ÚNICAMENTE a los diferentes medios oficiales de información de Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, y de la Unidad de Victimas los cuales encontraras a continuación:



Páginas oficiales:

https://id.presidencia.gov.co/deinteres/index.html

https://www.unidadvictimas.gov.co/

www.dnp.gov.co

https://www.sisben.gov.co/

https://devolucioniva.dnp.gov.co/



Redes sociales:

https://twitter.com/infopresidencia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor

https://twitter.com/UnidadVictimas?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor

Respuesta
Hola Robert,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de

entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de

pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,

Protección Social al Adulto Mayor ­ Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto

sobre las ventas – IVA.

El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –

19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de

hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de

conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de

pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el

criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y

en el manual operativo del programa.

Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web

https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos

que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por

tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo

invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de

atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00

A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.

Respuesta
Señor

Gildardo Giraldo Dávila

gildardodavila23@gmail.com



ASUNTO: Respuesta a solicitud de información Sisbén y programas sociales.



Reciba un cordial saludo del Departamento Nacional de Planeación:



De manera atenta nos permitimos informarle que hemos recibido su petición donde manifiesta: "Me hicieron la encuesta para indemnizar me y hasta el momento estoy sin ayudas", para ello es pertinente aclarar lo siguiente: El Sisbén es el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales, que permite clasificar a la población de acuerdo con sus condiciones de vida e ingresos. Esta clasificación se utiliza para focalizar la inversión social y garantizar que esta sea asignada a quienes más lo necesitan.



Por otra parte, la base de datos del Sisbén certificada por el DNP constituye un referente a partir del cual los diferentes programas de las entidades del Estado establecen las condiciones para seleccionar los beneficiarios y asignar los beneficios de conformidad con la reglamentación y parámetros que estas entidades dispongan.



A continuación podrá ver en cinco pasos cómo funciona el Sisbén IV:



1. El DNP diseña la ficha de caracterización socioeconómica con la cual se aplican las encuestas que alimentan la base de datos del Sisbén.

2. La información se recolecta a través de las encuestas realizadas por los municipios utilizando software desarrollado por el DNP.

3. Una vez aplicada la encuesta, la información es enviada al DNP y se genera la base de datos del Sisbén.

4. Una vez aplicada la encuesta, la información es enviada al DNP y se genera la base de datos del Sisbén.

5. Las entidades nacionales y/o territoriales utilizan el grupo Sisbén para definir la entrada de las personas a sus programas, ejemplo:



Programa: Familias en Acción / Entidad: Prosperidad Social.



La entidad usa el grupo Sisbén y las condiciones de su programa para evaluar y asignar el beneficio al ciudadano. Por consiguiente, la asignación del subsidio o beneficio que otorga el programa social es realizada por la entidad que ofrece ese programa, no por el DNP ni por el Sisbén.



En los anteriores términos hemos dado respuesta a su solicitud.





Cordialmente,







Servicio al Ciudadano

Línea Nacional Gratuita de Atención al Ciudadano 018000121221

Conmutador: +57 (1) 3815000 Ext. 11924 11922 11919 11916 11915.

Correo electrónico: servicioalciudadano@dnp.gov.co

https://www.dnp.gov.co/atencion-al-ciudadano/Paginas/Atenci%C3%B3n-al-Ciudadano.aspx





Respuesta
Señor

Gildardo Giraldo Dávila

gildardodavila23@gmail.com



ASUNTO: Respuesta a solicitud de información Sisbén.



Reciba un cordial saludo del Departamento Nacional de Planeación:



En respuesta a su petición, le informamos que para que un hogar quede registrado en la base del Sisbén es necesario que una persona mayor de 18 años y que viva permanentemente en el hogar, presente la solicitud ante la oficina del Sisbén del municipio.



Los pasos por seguir para la solicitud de aplicación de encuesta son los siguientes:



1. Diligenciar la solicitud de la aplicación de la encuesta ante la administración del Sisbén de su municipio.

2. La solicitud debe quedar registrada en el sistema.

3. La oficina de Sisbén del municipio visitará su lugar de residencia para llevar a cabo la encuesta.



Información adicional:



- La encuesta tiene una duración promedio de 30 minutos.

- Una vez registrada la solicitud, el tiempo que tarda la programación de la visita al hogar dependerá de la alcaldía.

- Una vez realizada la encuesta, el tiempo que tarda la publicación de esta información es de máximo 6 días luego de enviada la información al DNP por parte de la alcaldía.

- La encuesta Sisbén es gratuita.



Por otra parte, es necesario aclarar que el Sisbén es neutral a los programas sociales, lo que quiere decir, que las decisiones frente a los criterios de entrada, salida y permanencia son definidas por cada uno de los programas y cada uno de estos define un proceso de transición debido al cambio de versión de Sisbén.



Cordialmente,



Servicio al Ciudadano

Línea Nacional Gratuita de Atención al Ciudadano 018000121221

Conmutador: +57 (1) 381500 Ext. 11924 11922 11919

https://www.dnp.gov.co/atencion-al-ciudadano/consultas-quejas-yreclamos/Paginas/registro-de-solicitudes.aspx

Respuesta
Señora

Dora Alicia Montaño Caicedo

ac.2montao@gmail.com



ASUNTO: Respuesta a solicitud de información.



Reciba un cordial saludo del Departamento Nacional de Planeación:



De manera atenta nos permitimos informarle que hemos recibido su petición donde manifiesta: "Deseo saber por que le negaron la ayuda humanitaria a mi núcleo familiar, Sí. Yo no tengo Trabajo. Ni casa", para ello es pertinente aclarar lo siguiente:



El Sisbén es el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales, que permite clasificar a la población de acuerdo con sus condiciones de vida e ingresos. Esta clasificación se utiliza para focalizar la inversión social y garantizar que esta sea asignada a quienes más lo necesitan.



Por otra parte, la base de datos del Sisbén certificada por el DNP constituye un referente a partir del cual los diferentes programas de las entidades del Estado establecen las condiciones para seleccionar los beneficiarios y asignar los beneficios de conformidad con la reglamentación y parámetros que estas entidades dispongan.



A continuación podrá ver en cuatro pasos cómo funciona el Sisbén IV:



1. El DNP diseña la ficha de caracterización socioeconómica con la cual se aplican las encuestas que alimentan la base de datos del Sisbén.

2. La información se recolecta a través de las encuestas realizadas por los municipios utilizando software desarrollado por el DNP.

3. Una vez aplicada la encuesta, la información es enviada al DNP y se genera la base de datos del Sisbén.

4. Las entidades nacionales y/o territoriales utilizan el grupo Sisbén para definir la entrada de las personas a sus programas, ejemplo:



Programa: Ingreso Solidario / Entidad: Prosperidad Social.



La entidad usa el grupo Sisbén y las condiciones de su programa para evaluar y asignar el beneficio al ciudadano. Por consiguiente, la asignación del subsidio o beneficio que otorga el programa social es realizada por la entidad que ofrece ese programa, no por el DNP ni por el Sisbén.



Por lo anterior, le sugerimos elevar su inconformidad ante el Departamento para la Prosperidad Social para que en el ámbito de sus competencias le den trámite y respuesta a su solicitud.



En los anteriores términos hemos dado respuesta a su solicitud.





Cordialmente,







Servicio al Ciudadano

Línea Nacional Gratuita de Atención al Ciudadano 018000121221

Conmutador: +57 (1) 3815000 Ext. 11924 11922 11919 11916 11915.

Correo electrónico: servicioalciudadano@dnp.gov.co

https://www.dnp.gov.co/atencion-al-ciudadano/Paginas/Atenci%C3%B3n-al-Ciudadano.aspx





Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

De la manera m&aacute;s atenta, informamos que la respuesta a su petici&oacute;n fue enviada al correo electr&oacute;nico diborja1963@gmail.com, por usted indicado.</div>

<div>

El n&uacute;mero de radicado asignado a su solicitud es E-2021-0007-097795.</div>

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Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</div>

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Cordialmente,</div>

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Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana</div>

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Respuesta
<p class="rtejustify"><span>Reciba un cordial saludo en nombre del Ministerio de Ciencia Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n. El mejoramiento continuo de la calidad y la oportunidad en la atenci&oacute;n al ciudadano es un reto importante para la Entidad, por tanto, agradecemos su contribuci&oacute;n al trasmitirnos su solicitud.</span></p>

<p class="rtejustify"><span><span>El Ministerio de Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n es una organizaci&oacute;n de la Administraci&oacute;n P&uacute;blica, miembro y ente rector del Sector Administrativo de Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n (CTeI) y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n (SNCTI).</span></span><span><o p=""></o></span></p>

<p class="rtejustify"><span><span>Es la entidad encargada de formular, orientar, dirigir, coordinar, ejecutar, implementar y controlar la pol&iacute;tica del Estado en esta materia, teniendo concordancia con los planes y programas de desarrollo. Formula la pol&iacute;tica p&uacute;blica de Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n del pa&iacute;s, estableciendo estrategias para el avance del conocimiento cient&iacute;fico, el desarrollo sostenible, ambiental, social, cultural y la transferencia y apropiaci&oacute;n social de la Ciencia, la Tecnolog&iacute;a, la Innovaci&oacute;n, para la consolidaci&oacute;n de una sociedad basada en el conocimiento.</span></span><span><o p=""></o></span></p>

<p class="rtejustify"><span>Esperamos que la informaci&oacute;n brindada sea gu&iacute;a para la soluci&oacute;n de sus inquietudes de forma satisfactoria, por ello, desde el Ministerio de Ciencia Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n deseamos reiterar que la raz&oacute;n de ser de nuestra Entidad ha sido, son y siguen siendo, los ciudadanos. Por tanto, estamos atentos a recibir las solicitudes/ comentarios de ustedes a trav&eacute;s de los canales institucionales dispuestos para atenderlos de manera oportuna. Agradecemos su atenci&oacute;n y tiempo dedicado para realizar la presente gesti&oacute;n.<o p=""></o></span></p>

<p class="rtejustify"><span>Cordialmente,<o p=""></o></span></p>

<p class="rtejustify"><span>Ministerio de Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n&nbsp;</span></p>

<p class="rtejustify"><span>Cualquier inquitud adicional con gusto ser&aacute; atendida a traves de nuestros canales de atenci&oacute;n.</span></p>

<p class="rtejustify"><span>Correo Electr&oacute;nico:</span><span>&nbsp;</span><a href="mailto:atencionalciudadano@minciencias.gov.co">atencionalciudadano@minciencias.gov.co</a></p>

<p><span>Tel&eacute;fono:</span><span>&nbsp;(+57) (1) 6258480 ext. 2081 - L&iacute;nea Gratuita: 018000914446</span><br />

<span>Fax:</span><span>&nbsp;(+57) (1) 6258481</span></p>

Respuesta
Hola Merly,

Respecto de tu solicitud queremos informarte que:

El programa de las viviendas 100% subsidiadas nace como respuesta del Gobierno Nacional a la realidad de miles de hogares que viven en situación de extrema pobreza y, por lo tanto, no logran acceder a un crédito para obtener su vivienda por los mecanismos tradicionales que ofrece el mercado. Este programa pretende entregar 100 mil viviendas y tiene como objetivo central seguir avanzando en el cumplimiento de las metas del Gobierno de crear empleo y reducir la pobreza en Colombia.



El programa da prioridad a las familias desplazadas, a las que hacen parte de la Red Unidos y a los sectores más vulnerables. También, un porcentaje de viviendas en cada proyecto será destinado a los hogares afectados por los desastres naturales o que habiten en zonas de alto riesgo no mitigable.



Con el programa, el Gobierno Nacional promueve un trabajo conjunto entre el sector público y el sector privado, para definir un método de selección objetivo, ágil y transparente de los diseñadores, constructores e interventores de las obras.



Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/viviendas-100-subsidiadas



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.

Respuesta
Respetado Daniel, en respuesta a su solicitud en este Ministerio, nos permitimos brindarle la siguiente información sobre la oferta institucional que maneja el Ministerio actualmente: De acuerdo a la normatividad vigente, Prosperidad Social es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie a partir de la identificación de los hogares en las mencionadas bases de datos y atendiendo los criterios de priorización que se determinó en el Decreto Único Sectorial de Vivienda 1077 de 2015. por lo anterior, nos permitimos socializarle la oferta institucional para que, de acuerdo con sus intereses y capacidades, verifique a cuál de los programas puede acceder si así lo desea, con la cual se atiende a la población en general a través de los programas de Vivienda Gratuita, Mi Casa Ya, Semillero de Propietarios, Jovenes Propietarios y Casa Digna Vida Digna. En donde encontrara toda nuestra oferta institucional.

http://www.minvivienda.gov.co/semillerodepropietarios

http://micasaya.minvivienda.gov.co/

https://minvivienda.gov.co/abece-jovenes-propietarios

Respuesta
Respetada Yolanda Arroyo, en respuesta a su solicitud en este Ministerio, nos permitimos brindarle la siguiente información sobre la oferta institucional que maneja el Ministerio actualmente: De acuerdo a la normatividad vigente, Prosperidad Social es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie a partir de la identificación de los hogares en las mencionadas bases de datos y atendiendo los criterios de priorización que se determinó en el Decreto Único Sectorial de Vivienda 1077 de 2015. por lo anterior, nos permitimos socializarle la oferta institucional para que, de acuerdo con sus intereses y capacidades, verifique a cuál de los programas puede acceder si así lo desea, con la cual se atiende a la población en general a través de los programas de Vivienda Gratuita, Mi Casa Ya, Semillero de Propietarios, Jovenes Propietarios y Casa Digna Vida Digna. En donde encontrara toda nuestra oferta institucional.

http://www.minvivienda.gov.co/semillerodepropietarios

http://micasaya.minvivienda.gov.co/

https://minvivienda.gov.co/abece-jovenes-propietarios

Respuesta
Respetada Francy, en respuesta a su solicitud en este Ministerio, nos permitimos brindarle la siguiente información sobre la oferta institucional que maneja el Ministerio actualmente: De acuerdo a la normatividad vigente, Prosperidad Social es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie a partir de la identificación de los hogares en las mencionadas bases de datos y atendiendo los criterios de priorización que se determinó en el Decreto Único Sectorial de Vivienda 1077 de 2015. Por lo anterior, nos permitimos socializarle la oferta institucional para que, de acuerdo con sus intereses y capacidades, verifique a cuál de los programas puede acceder si así lo desea, con la cual se atiende a la población en general a través de los programas de Vivienda Gratuita, Mi Casa Ya, Semillero de Propietarios, Jovenes Propietarios y Casa Digna Vida Digna. En donde encontrara toda nuestra oferta institucional.

http://www.minvivienda.gov.co/semillerodepropietarios

http://micasaya.minvivienda.gov.co/

https://minvivienda.gov.co/abece-jovenes-propietarios

Respuesta
Señor

Fabio Andres Rodriguez Yate

faroy2005@gmail.com



ASUNTO: Respuesta a su solicitud de información.



Reciba un cordial saludo del Departamento Nacional de Planeación:



En atención a su solicitud donde manifiesta: "¿Cuál es el menor puntaje que se puede obtener?", es pertinente aclarar que La nueva metodología Sisbén IV que clasifica a los hogares por grupos A, B, C y D no es comparable con el Sisbén III, que los clasificaba con un puntaje de 0 a 100.



La clasificación de las dos versiones tiene un enfoque diferente, Sisbén III solo mira la calidad de vida y Sisbén IV mira también la capacidad de generar ingresos, es un decir cuenta con un análisis de la inclusión social y productiva de los hogares.



Es un error comparar Sisbén III con Sisbén IV, pues al no ser comparables las metodologías no es posible hacer la equivalencia entre el puntaje Sisbén III y algún grupo del Sisbén IV.



Por otra parte, en el Sisbén IV existirán cuatro grupos:



El grupo A, conformado por la población con menor capacidad de generación de ingresos o población en pobreza extrema.

El grupo B, compuesto por hogares pobres, pero con mayor capacidad de generar ingresos que los del grupo A.

El grupo C, constituido por población vulnerable o en riesgo de caer en condición de pobreza.

El grupo D, conformado por población no pobre ni vulnerable.



Cada grupo está compuesto por unos subgrupos, formados por una letra y un número, y que también se diferencian por su mayor o menor capacidad de generación de ingresos. De esta forma el grupo A está conformado por 5 subgrupos (A1-A5), el B por 7 (B1-B7), el C por 18 (C1-C18) y finalmente el grupo D por 21 subgrupos (D1-D21). A modo de ejemplo, una persona en el nivel A1 tendrá una menor capacidad de generar ingresos que la del A5.



En los anteriores términos se ha dado respuesta a su solicitud y le invitamos a ingresar a la pagina web www.sisben.gov.co para ampliación en información acerca del Sisben.



Cordialmente,







Servicio al Ciudadano

Línea Nacional Gratuita de Atención al Ciudadano 018000121221

Conmutador: +57 (1) 3815000 Ext. 11924 11922 11919 11916 11915.

https://www.dnp.gov.co/atencion-al-ciudadano/Paginas/Atenci%C3%B3n-al-Ciudadano.aspx







Respuesta
Hola,

Respecto de tu pregunta queremos informarte que:



1. El SOAT es obligatorio y no puede suspenderse

2. La Superintendencia Financiera expidió diferentes circulares (2) para brindar opciones de aprovechamiento o beneficio de las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual

Circular 021 de 2020 expedida por la Superintendencia Financiera la cual emitió diferentes instrucciones, entre las que requirió establecer políticas y metodologías internas con el fin de:



(i) identificar los productos respecto de los cuales exista una disminución del riesgo asegurado como consecuencia de las medidas de aislamiento preventivo, exceptuando aquéllos a los que se refiere el artículo 1060 del Código de Comercio y el SOAT;

(ii) cuantificar la disminución del riesgo y la reducción correspondiente de la prima, con el fin de efectuar su reintegro mediante la devolución de sumas de dinero, la extensión en la cobertura del seguro o cualquier otro mecanismo definido por la entidad y aceptado de forma expresa o tácita por el tomador y

(iii) definir procedimientos idóneos para aplicar tales mecanismos.



Según información de la Superintendencia Financiera, los principales mecanismos aplicados por las aseguradoras en aplicación de la mencionada Circular son: (i) cobro proporcional a la actividad de la flota, (ii) no cobro de la prima mínima, (iii) descuento en la renovación de la póliza, y (iv) extensión de la vigencia de la póliza.



IMPORTANTE: Sobre el punto relativo a una reforma estructural del reglamento en materia de aseguramiento, esta cartera no tiene competencia. No obstante, teniendo en cuenta los efectos económicos adversos ocasionados a las empresas de transporte por la pandemia del Coronavirus COVID-19, se trabaja con la Superintendencia Financiera de Colombia, en los que se puedan plantear la verificación del cumplimiento de las medidas tomadas en materia de seguros y, la exposición de las problemáticas que presenta el gremio transportador.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respuesta
Hola Juan Manuel,

¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



Facebook: www.facebook.com/urnadecristal

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Instagram: www.instagram.com/urnadecristal

LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/



Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.

Respuesta
Hola María Victoria,

Es una estrategia que busca fomentar el acceso y permanencia a la Educación Superior de estratos 1, 2 y 3.



Funciona a través del aporte económico de potenciales donantes del sector productivo, destinados a beneficiarios admitidos o matriculados en una Institución de Educación superior, con lo cual acceden a beneficios tributarios. Es un esfuerzo conjunto entre el Ministerio de Educación Nacional, las Instituciones de Educación Superior, La Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales - DIAN y el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios.



Para más información, consulte las características del Programa: https://www.mineducacion.gov.co/portal/micrositios-superior/Becas-SER/

2. Becas para colombianos en el exterior

El ICETEX es la entidad del Gobierno Colombiano encargada de canalizar la oferta de becas de cooperación internacional que ofrecen al país los Gobiernos y Organismos Internacionales (Ley 30 - 1992).



Para más información, consulte las becas vigentes: https://portal.icetex.gov.co/Portal/Home/HomeEstudiante/becas/becas-para-estudios-en-el-exterior



3. Becas para extranjeros en Colombia

A través del ICETEX, los ciudadanos extranjeros pueden realizar en Colombia estudios de especialización, maestría, doctorado o investigación -a nivel de posgrado-.



Consulte las diferentes alternativas: https://portal.icetex.gov.co/Portal/Home/HomeEstudiante/becas/programa-de-reciprocidad-para-extranjeros-en-colombia/



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respuesta
Hola Yisel,

Queremos informarte que Prosperidad Social inicia la Fase IV del Programa Familias en Acción, luego de cerca de 9 años de no tener inscripciones masivas en el país, del programa Familias en Acción, a partir del 19 de abril inició este proceso.

Los procesos de inscripción se realizarán mediante agendamiento de citas que serán informadas por la Alcaldía de cada Municipio

El proceso de inscripciones será realizado en dos etapas:

Etapa 1:

- Entre el 19 de abril y el 31 de octubre del 2021: Se convocarán 1.892.412 familias en 1.100 Municipios.

- En algunos Municipios serán convocadas menos 2.500 familias, en ellos el proceso se iniciará entre abril y mayo.

- En los Municipios con más de 2.500 familias, las inscripciones se realizarán en julio.

Etapa 2:

- Se realizará cuando finalice el periodo electoral (julio y agosto del 2022).

El proceso de inscripción será de la siguiente manera:

1. Asignación de cita por parte de la Alcaldía.

2. El día de la cita asignada, deberán llevar todos los documentos requeridos.

3. Firma del contrato social.

4. Generación y entrega de comprobante de la inscripción a Familias en acción.

5. Etapa de validación, en la que se verifican si los documentos o no legibles y que la inscripción se haya realizado correctamente.

Las familias deben cumplir con los siguientes requisitos:

-Familia clasificada en Sisben IV entre A1 y B4.

-En la ficha del Sisben, deben estar registrados, niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que se encuentran a cargo de la familia.

-Ser parte del proceso de focalización que desarrolla Prosperidad Social

Los documentos que son requeridos en el proceso son:

1. Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía, de la persona que sea el titular, si es menor de dad puede presentar la tarjeta de identidad. En caso de no contar con el original, podrán presentar la contraseña,

Original y fotocopia del Registro Civil de Nacimiento, de cada menos de 18 años y tarjeta de identidad para los menores entre 7 y 17 años.

Datos de institución educativa, eps a la que pertenecen los menores de edad.

Todos los documentos deben ser legibles para que no se presenten problemas al momento de la inscripción.

DEBES TENER EN CUENTA QUE:

1. Las familias que no fueron focalizadas en la primera etapa, podrán ser convocadas en la segunda si cumplen con los requisitos.

2. Las familias inscritas en primera o segunda etapa, recibirán los incentivos, hasta cuando sea finalizado el proceso de transición de la fase III y se promulgue el inicio de la fase IV de Familias en Acción.

3. Las Alcaldías serán las encargadas de asignar, fecha, hora y lugar para las inscripciones.

Para más información puedes comunicarte a:

Teléfono nacional: 01800951100, Teléfono Bogotá: 595 4410 / 514 9626

Mensaje de texto gratuito: 85594, servicioalciudadano@prosperidadsocial.gov.co

Página web: https://prosperidadsocial.gov.co/sgpp/transferencias/familias-en-accion/
Respuesta
Hola Tenia,



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.
Respuesta
Respetada Señora: En respuesta a su solicitud en este Ministerio, nos permitimos brindarle la siguiente información sobre la oferta institucional que maneja el Ministerio actualmente: De acuerdo a la normatividad vigente, Prosperidad Social es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie a partir de la identificación de los hogares en las mencionadas bases de datos y atendiendo los criterios de priorización que se determinó en el Decreto Único Sectorial de Vivienda 1077 de 2015. por lo anterior, nos permitimos socializarle la oferta institucional para que, de acuerdo con sus intereses y capacidades, verifique a cuál de los programas puede acceder si así lo desea, con la cual se atiende a la población en general a través de los programas de Vivienda Gratuita, Mi Casa Ya, Semillero de Propietarios y Casa Digna Vida Digna. En donde encontrara toda nuestra oferta institucional. http://www.minvivienda.gov.co/semillerodepropietarios http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Respuesta
“Bogotá, 3 de mayo del 2021



Leonel Cassalet Del Toro

administracion@valdiviesojaramillo.com



Ciudad





Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano - CIAC del Ministerio de Relaciones Exteriores.

De manera atenta nos permitimos dar traslado a la solicitud formulada ante este Ministerio con el radicado, ° SD2bzeVkRCuUPGftbEuQ2w. en la cual manifiesta tener dudas acerca de la protección que tienen los ciudadanos venezolanos en territorio colombiano como empleados. Nos permitimos indicarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente para atender su petición. Por lo anterior, y en cumplimiento del artículo 21 de la Ley 1755 de 2015 su caso será trasladado por competencia a Migración Colombia.







Recuerde que usted también podrá comunicarse con dicha entidad a través de los siguientes datos de contacto:





Migración Colombia







• PBX:

(571) 605 54 54

• Línea Nacional Gratuita:

01 8000 51 04 54







Por favor no responda este correo, es parte de un sistema de información automático.







Agradecemos contestar la encuesta para calificar nuestro servicio en el siguiente enlace:



https://www.cancilleria.gov.co/encuesta-satisfaccion-servicio-ciudadano











Atentamente,



GIT Centro Integral de Atención al Ciudadano – CIAC
Respuesta
Hola Jamison,





¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



Facebook: www.facebook.com/urnadecristal

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Instagram: www.instagram.com/urnadecristal

LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/



Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.

Respuesta
Señor

LUIS FERNANDO RIVERO JULIO

luisferrivero2017@gmail.com



ASUNTO: Respuesta a su solicitud Sisbén IV.



Reciba un cordial saludo del Departamento Nacional de Planeación:



En atencion a su solicitud donde manifiesta: "tienen que ponerle la lupa al sistema del sisbén de soledad Atlántico que salgan de nuevo hacer las encuesta", nos permitimos informarle que si usted conoce casos puntuales en donde no se haya practicado las encuestas del Sisbén se debe hacer las correspondientes solicitudes para la realización de encuestas para aquellas zonas en las cuales no se hubiesen practicado las mismas.



De otra parte, se recuerda que los pasos a seguir para la solicitud de aplicación de encuesta son los siguientes:



1. Diligenciar la solicitud de la aplicación de la encuesta ante la administración del Sisbén de su municipio.

2. La solicitud debe quedar registrada en el sistema.

3. La oficina de Sisbén del municipio visitará su lugar de residencia para llevar a cabo la encuesta.



Información adicional:



- La encuesta tiene una duración promedio de 30 minutos.

- Una vez registrada la solicitud, el tiempo que tarda la programación de la visita al hogar dependerá de la alcaldía.

- Una vez realizada la encuesta, el tiempo que tarda la publicación de esta información es de máximo 6 días luego de enviada la información al DNP por parte de la alcaldía.

- La encuesta Sisbén es gratuita.



Por ultimo, agradecemos su comentario y del mismo se dará alcance a la administración del Sisben en el municipio de Soledad, Atlántico para verificar lo expuesto en su comunicación y adelantar las acciones correspondientes que propendan por la mejora en la prestación del servicio.



En los anteriores términos se ha dado respuesta a su solicitud.



Cordialmente,







Servicio al Ciudadano

Línea Nacional Gratuita de Atención al Ciudadano 018000121221

Conmutador: +57 (1) 3815000 Ext. 11924 11922 11919 11916 11915.

https://www.dnp.gov.co/atencion-al-ciudadano/Paginas/Atenci%C3%B3n-al-Ciudadano.aspx







Respuesta
Hola Juan Sebastián,



Cuando se promulgó el nuevo Código Nacional de Policía se estableció que las personas deben facilitar el proceso de identificación ante las autoridades. La norma no estableció que es obligatorio llevar la cédula para realizar este proceso de identificación. Aunque no da multa, las autoridades han recomendado siempre portar el documento de identidad para agilizar procesos. Así que te invitamos a tener en cuenta estas recomendaciones.



¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



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Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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De la manera m&aacute;s atenta, informamos que la respuesta a su petici&oacute;n fue enviada al correo electr&oacute;nico Lopez1996karen@gmail.com, por usted indicado.</div>

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El n&uacute;mero de radicado asignado a su solicitud es E-2021-0007-086214.</div>

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Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</div>

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Cordialmente,</div>

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Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana</div>

Respuesta
Hola Deisy,



Respecto de tu inquietud te queremos contar que para el caso de Bogotá, la Superintendencia Financiera informó que, gracias a una reducción de accidentes de tránsito en el 2020, el costo del SOAT disminuyó 0.98% en todas las categorías a partir del 1 de enero de 2021.



Esta revisión se hizo con base en la información que las compañías aseguradoras reportan periódicamente a la SFC. “Para el análisis correspondiente a 2020 se tuvieron en cuenta 8.106.941 pólizas expuestas equivalentes a $2.3 billones en primas devengadas y 533.406 siniestros reportados por $1.7 billones, arrojando una suficiencia de 0,98%”, explicó la entidad.

Sin embargo, este ajuste en la tarifa del SOAT no modifica las coberturas ni las cuantías definidas por la Ley para este seguro obligatorio.





¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



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Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.

Respuesta
Hola Jonathan,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que, para el caso de Bogotá este es el paso a paso para solicitar la tarjeta de operación,

Pasos para realizar los trámites de la tarjeta de operación:

Antes de dirigirse a un punto de atención SIM, por favor lea las siguientes instrucciones y recomendaciones que deberá tener en cuenta para que pueda realizar su trámite de manera personal, sin contratiempos y obteniendo el resultado esperado a su solicitud. No recurra a intermediarios.

1. Cumplir con los siguientes requisitos generales:

Para la expedición por primera vez o para la renovación:

Solicitud suscrita por el representante legal de la empresa o persona natural adjuntando la relación de los vehículos, indicando clase, marca, modelo, placa, capacidad y tipo de combustible, para cada uno de ellos.

Presentar original del documento de identidad. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía- contraseña*. Para menores de edad, tarjeta de identidad – contraseña*.

Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente.

En caso de renovación, duplicado por perdida o cambio de empresa, se deberá indicar el número de Tarjeta de Operación anterior.

Certificación suscrita por el representante legal de la empresa sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos.

Seguro Obligatorio (SOAT) vigente a la fecha de radicación, incorporado en el RUNT.

Si el vehículo ya cumplió dos (2) años contados desde la fecha de su matrícula, debe tener revisión técnico mecánica y de gases vigente, expedida por un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado por el Ministerio de Transporte y registrado en RUNT.

Certificación de la compañía de seguros, en la que conste que los vehículos están amparados en las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual tomadas por la empresa.

Certificado de existencia y representación legal de la empresa vinculadora.

Pago de los derechos del trámite, los cuales se cancelan en SIM.

Para vehículos de servicio público individual (Taxi), el vehículo debe figurar como censado.

Para expedición de tarjeta de operación por cambio de empresa, se debe allegar carta de aceptación de la nueva empresa y paz y salvo de la empresa de la cual se desvincula.

Para la renovación de tarjetas de operación de vehículos de servicio público individual (Taxis), la empresa afiliadora debe formular la solicitud de trámite con mínimo un (1) mes de anticipación al vencimiento de la(s) tarjeta(s) de operación.

Para renovación de tarjetas de operación de vehículos de servicio público colectivo o masivo, la empresa afiliadora debe formular la solicitud de trámite con mínimo dos (2) meses de anticipación al vencimiento de la(s) tarjeta(s) de operación.

Para vehículos de servicio público colectivo con radio de acción urbano, el usuario debe acreditar el pago de derechos de capacidad transportadora.

Respuesta
Hola Cindy,

Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial





Páginas oficiales:

https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html

https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx

www.dnp.gov.co

https://www.sisben.gov.co/

https://devolucioniva.dnp.gov.co/

https://ingresosolidario.dnp.gov.co/



Redes sociales:

https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx

https://twitter.com/DNP_Colombia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor



Respuesta
Hola Sugey,



Respecto de tu solicitud queremos contarte que, actualmente existen varios programas programas para otorgar vivienda, lamentablemente el subsidio de vivienda 100% gratis es destinada para personas desplazadas, pero puedes revisar otros programas que quizá sean de gran ayuda:





Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/

Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/

Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.

Respuesta
Hola Wafad,



Respecto de tu solicitud queremos contarte que, desde junio del año pasado se han venido implementando unos lineamientos básicos para volver a la alternancia, si deseas obtener más información puedes visitar el siguiente link: https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-399094_recurso_1.pdf



¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



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Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.