Les personas reportadas a las centrales de riesgos que oportundad tienen para adquirir creditos para vivienda?
Les personas reportadas a las centrales de riesgos que oportundad tienen para adquirir creditos para vivienda?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
fui al banco a preguntar sobre el pipe y dicen q no aplica todavia x q x aca dicen q ya esta desde el pasado 6 de mayo ?
fui al banco a preguntar sobre el pipe y dicen q no aplica todavia x q x aca dicen q ya esta desde el pasado 6 de mayo ?
Respuesta
<p>Buen día, respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el <strong>subsidio a la tasa de interés</strong> para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención.</p>
<p> </p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención.</p>
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Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p> </p>
<p>El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Trabajo ha lanzado una serie de programas como lo son:</p>
<p>1)“Talentos para el empleo” que le permitirá a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, , fortalecimiento de lectoescritura y matemáticas básicas, así como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempeño laboral.<br />
<br />
2)“El programa de “40.000 Primeros Empleos” dirigida a la población entre 18 y 28 años de edad, sin experiencia laboral: recién egresados de algún programa de educación superior y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil.</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p>3) Equidad Laboral para la reparación a las víctimas del conflicto armado.<strong> <strong>El Programa de Rutas Integrales de Empleo Rural y Urbano para Víctimas del Conflicto Armado,</strong></strong> responde a las obligaciones derivadas de la ley 1448 de 2011, en el cual se insta al Ministerio del Trabajo a desarrollar una política pública que restituya las capacidades de las víctimas, para que puedan entrar a competir en igualdad de condiciones al mercado laboral formal</p>
<p>4) Transporte para el empleo, que busca brindar una solución de movilidad para aquellos que, por falta de recursos económicos y estar desempleados, no pueden financiar su desplazamiento a un centro de empleo</p>
<p>5) Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>El Gobierno en su búsqueda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una política Nacional de Emprendimiento, que con la articulación de esfuerzos de las personas públicas y privadas que integran la Red Nacional y las Redes Regionales </p>
<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Trabajo ha lanzado una serie de programas como lo son:</p>
<p>1)“Talentos para el empleo” que le permitirá a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, , fortalecimiento de lectoescritura y matemáticas básicas, así como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempeño laboral.<br />
<br />
2)“El programa de “40.000 Primeros Empleos” dirigida a la población entre 18 y 28 años de edad, sin experiencia laboral: recién egresados de algún programa de educación superior y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil.</p>
<p>Los jóvenes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operarán el programa, y registrarse en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensación Familiar.</p>
<p>3) Equidad Laboral para la reparación a las víctimas del conflicto armado.<strong> <strong>El Programa de Rutas Integrales de Empleo Rural y Urbano para Víctimas del Conflicto Armado,</strong></strong> responde a las obligaciones derivadas de la ley 1448 de 2011, en el cual se insta al Ministerio del Trabajo a desarrollar una política pública que restituya las capacidades de las víctimas, para que puedan entrar a competir en igualdad de condiciones al mercado laboral formal</p>
<p>4) Transporte para el empleo, que busca brindar una solución de movilidad para aquellos que, por falta de recursos económicos y estar desempleados, no pueden financiar su desplazamiento a un centro de empleo</p>
<p>5) Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>El Gobierno en su búsqueda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una política Nacional de Emprendimiento, que con la articulación de esfuerzos de las personas públicas y privadas que integran la Red Nacional y las Redes Regionales </p>
<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la página del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
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Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tome el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</p>
<p>En la alcaldía de su municipio le informarán donde se encuentran los proyectos de vivienda de interes social y que puede adquirir de este programa.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tome el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</p>
<p>En la alcaldía de su municipio le informarán donde se encuentran los proyectos de vivienda de interes social y que puede adquirir de este programa.</p>
¿ como estar seguro de que despues de estar celeciondo para el sucidio de vivienda la alcldia no te saque por asuntos ?
¿ como estar seguro de que despues de estar celeciondo para el sucidio de vivienda la alcldia no te saque por asuntos ?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa para que no sea rechazado en el proceso de postulación:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p> </p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa para que no sea rechazado en el proceso de postulación:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p> </p>
Por que no se hace nada con la crisis de la salud, así como contra la corrupción del estado, la justicia corrupta...
Por que no se hace nada con la crisis de la salud, así como contra la corrupción del estado, la justicia corrupta...
Respuesta
<p>Buenos días sr. Rendón:</p>
<p>Agradecemos su comentario sobre este importante tema y le informamos que en los últimos días el Ministerio de Salud y Protección Social ha tomado importantes decisiones para contribuir a la sostenibilidad del sistema de salud. Algunas de ellas son la compra de cartera excepcional que benefició a 124 Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (59 públicas, 63 privadas y 2 mixtas) de 25 departamentos y el Distrito Capital; el pago de $214 mil millones a IPS, proveedores de tecnología y EPS por servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud y el giro directo por $767 mil millones a Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y a Entidades Promotoras de Salud. Puede consultar más información en <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co.</a></p>
<p>De otra parte, lo invitamos a consultar la página de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), entidad que en cumplimiento de su función de inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, viene adelantando investigaciones y seguimientos a distintas instituciones del sector.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Agradecemos su comentario sobre este importante tema y le informamos que en los últimos días el Ministerio de Salud y Protección Social ha tomado importantes decisiones para contribuir a la sostenibilidad del sistema de salud. Algunas de ellas son la compra de cartera excepcional que benefició a 124 Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (59 públicas, 63 privadas y 2 mixtas) de 25 departamentos y el Distrito Capital; el pago de $214 mil millones a IPS, proveedores de tecnología y EPS por servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud y el giro directo por $767 mil millones a Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y a Entidades Promotoras de Salud. Puede consultar más información en <a href="http://www.minsalud.gov.co">www.minsalud.gov.co.</a></p>
<p>De otra parte, lo invitamos a consultar la página de la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), entidad que en cumplimiento de su función de inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, viene adelantando investigaciones y seguimientos a distintas instituciones del sector.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Que metodologia usaremos los pensionados para hacer nuestra declaracion sin intermediarios que cobran mas que el impuest
Que metodologia usaremos los pensionados para hacer nuestra declaracion sin intermediarios que cobran mas que el impuest
Respuesta
<p>Buenas tardes apreciado ciudadano usted puede consultar la página web de la Dian, allí le indican como hacer su Declaración de Renta de forma fácil y práctica el pasao paso </p>
<p>http://www.dian.gov.co/declarefacil/</p>
<p> </p>
<p>www.dian.gov.co</p>
<p>http://www.dian.gov.co/declarefacil/</p>
<p> </p>
<p>www.dian.gov.co</p>
Para los empleados x prestación de servicios, el aporte a un ahorro voluntario en el FNA sirve como aporte a fondo de c
Para los empleados x prestación de servicios, el aporte a un ahorro voluntario en el FNA sirve como aporte a fondo de c
Respuesta
<p>Buenas tardes apreciado ciudadano usted puede consultar la página web de la Dian, allí le indican como hacer su Declaración de Renta </p>
<p>http://www.dian.gov.co/declarefacil/</p>
<p>http://www.dian.gov.co/declarefacil/</p>
buenas tardes soy madre soltera y quisiera saber que debo hacer para adquirir vivienda o un subsidio para mi hija
buenas tardes soy madre soltera y quisiera saber que debo hacer para adquirir vivienda o un subsidio para mi hija
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
¿Que implicaciones tiene el determinar si tengo o no cuenta y riesgo propio?
Registrada:
Código:
9060
¿Que implicaciones tiene el determinar si tengo o no cuenta y riesgo propio?
Registrada:
Código:
9060
Respuesta
<p>Preguntas frecuentes </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta">http://www.dian.gov.co/dian/12sobred.nsf/pages/Preguntasfrecuentesrenta</a></p>
<p>La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales presenta una valiosa ayuda en su página web se llama " Con el paso a paso del ayudarenta, prepare aquí su declaración de renta"</p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html">http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2016/index.html</a></p>
<p>Calendario Tributario </p>
<p><a href="http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf">http://www.dian.gov.co/descargas/Novedades/2016/Exogena_2_Trimertre_2016.pdf</a></p>
quisiera saber sobre los requisitos para la viavilizacion de un proyecto de vivienda gratuita para el municipio de velez
quisiera saber sobre los requisitos para la viavilizacion de un proyecto de vivienda gratuita para el municipio de velez
Respuesta
<p>Buen día,</p>
<p> </p>
<p>En atención a su solicitud lo invitamos a consultar el capitulo 2 del titulo 1 de la parte 1 del libro 2 del decreto 1077 del 26 de mayo de 2015 donde se encuentra referenciado los requisitos del programa de vivienda gratis o subsidio familiar de vivienda en especie SFVE.</p>
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<p>En atención a su solicitud lo invitamos a consultar el capitulo 2 del titulo 1 de la parte 1 del libro 2 del decreto 1077 del 26 de mayo de 2015 donde se encuentra referenciado los requisitos del programa de vivienda gratis o subsidio familiar de vivienda en especie SFVE.</p>
Buenos días, mas información sobre pipe 2 entidades que lo manejaran e inscripciones donde sera en Bogota requisitos.
Buenos días, mas información sobre pipe 2 entidades que lo manejaran e inscripciones donde sera en Bogota requisitos.
Respuesta
<p>Buen día, respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el <strong>subsidio a la tasa de interés</strong> para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. </p>
<p>Una vez inicie el programa, los hogares interesados deberán acudir a la entidad bancaria de su preferencia e iniciar el proceso de solicitud de crédito de vivienda cobijado con el beneficio de cobertura a la tasa de interés.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa se encuentra en etapa de reglamentación, la cual se lleva a cabo conjuntamente entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por lo anterior lo invitamos a estar al pendiente de esta reglamentación donde se informara las fechas exacta en la cual iniciara el programa.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. </p>
<p>Una vez inicie el programa, los hogares interesados deberán acudir a la entidad bancaria de su preferencia e iniciar el proceso de solicitud de crédito de vivienda cobijado con el beneficio de cobertura a la tasa de interés.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa se encuentra en etapa de reglamentación, la cual se lleva a cabo conjuntamente entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por lo anterior lo invitamos a estar al pendiente de esta reglamentación donde se informara las fechas exacta en la cual iniciara el programa.</p>
Porque este Gobierno no cumple con su palabra y le mientio a los agricultores, con la falsa promesa del pacto agrario?
Porque este Gobierno no cumple con su palabra y le mientio a los agricultores, con la falsa promesa del pacto agrario?
Respuesta
<p>QUÉ ES EL PACTO AGRARIO El Pacto Agrario es un proceso de construcción participativa impulsado por el Gobierno Nacional de la mano de las entidades territoriales, los actores del sector agropecuario y demás organizaciones campesinas y de productores, con el fin de reformular la política pública de desarrollo rural. El Pacto Agrario se convirtió en el más amplio e incluyente ejercicio de participación que se haya puesto en marcha en la historia reciente de Colombia para la construcción de una política de Estado para el sector agropecuario y rural. Está llamado a permanecer en el tiempo como un mecanismo de discusión y consulta sobre los principales aspectos relacionados con el desarrollo rural. Frentes de trabajo: Lineamientos de política para el sector agropecuario y rural A partir de la participación directa en los Consejos Municipales de Desarrollo Rural, CMDR, y en los Consejos Seccionales de Desarrollo Agropecuario, CONSEA, las organizaciones, alcaldías y gobernaciones presentaron sus propuestas sobre su visión del desarrollo rural. Proyectos para mejorar la competitividad de la producción agropecuaria y la calidad de vida de los habitantes rurales Esta convocatoria tuvo como objeto cofinanciar una serie de proyectos bajo la normatividad del Decreto 1567 de 2014 Los proyectos que cofinanciarán a nivel municipal son productivos, de empleo rural temporal y de vivienda rural. A nivel departamental, se apoyarán proyectos productivos, proyectos de acceso a tierras y formalización de la propiedad, y proyectos de riego y drenaje de pequeña y mediana escala. Ambos frentes de trabajo se desarrollaron en el marco de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural, CMDR, y los Consejos Seccionales de Desarrollo Agropecuario, CONSEA, instancias que revivieron gracias a la construcción del Pacto Agrario.</p>
Aplicar al sub de tasa de interés clase media, credito aprobado en Dic 2014, si me desembolsan en marzo de 2016?
Aplicar al sub de tasa de interés clase media, credito aprobado en Dic 2014, si me desembolsan en marzo de 2016?
Respuesta
<p>Buen día, respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el <strong>subsidio a la tasa de interés</strong> para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa se encuentra en etapa de reglamentación, la cual se lleva a cabo conjuntamente entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por lo anterior lo invitamos a estar al pendiente de esta reglamentación donde se informara las fechas exacta en la cual iniciara el programa.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa se encuentra en etapa de reglamentación, la cual se lleva a cabo conjuntamente entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por lo anterior lo invitamos a estar al pendiente de esta reglamentación donde se informara las fechas exacta en la cual iniciara el programa.</p>
Repeti la prueba en marzo 2015 , y saque buen puntaje puedo aplicar a la beca?
Registrada:
Código:
9063
Repeti la prueba en marzo 2015 , y saque buen puntaje puedo aplicar a la beca?
Registrada:
Código:
9063
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Dada la gran acogida del Programa Ser Pilo Paga, en la actualidad el Gobierno Nacional ha confirmado la asignación de recursos para una segunda Convocatoria la cual será lanzada en el segundo semestre de 2015, en esta convocatoria podran participar los jovenes que presentaron sus pruebas Saber 11 en el 2015, iniciaran sus clases en 2016. Cuando se lance la convocatoria se conocera si los jovenes que presentaron las pruebas Saber 11 por segunda vez podrán participar en la convocatoria.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Dada la gran acogida del Programa Ser Pilo Paga, en la actualidad el Gobierno Nacional ha confirmado la asignación de recursos para una segunda Convocatoria la cual será lanzada en el segundo semestre de 2015, en esta convocatoria podran participar los jovenes que presentaron sus pruebas Saber 11 en el 2015, iniciaran sus clases en 2016. Cuando se lance la convocatoria se conocera si los jovenes que presentaron las pruebas Saber 11 por segunda vez podrán participar en la convocatoria.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
SOY MADRE CABEZA DE FAMILIA TENGO UNA CASA POR SUBSIDIO PERO EN ACINAMIENTO SOLO 2 PIEZAS PARA 4 PERSONAS..QUE HAGO?....
SOY MADRE CABEZA DE FAMILIA TENGO UNA CASA POR SUBSIDIO PERO EN ACINAMIENTO SOLO 2 PIEZAS PARA 4 PERSONAS..QUE HAGO?....
Respuesta
<p>Buen día, respecto a su inquietud es importante tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.1.1.1.1.1.2 del Decreto 1077 de 2015, <em>“El Subsidio Familiar de Vivienda de que trata esta Sección es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de interés social”. </em></p>
<p>Por lo anterior si el hogar ya recibió un subsidio familair de vivienda, no podrá volver a recibir otro.</p>
<p> </p>
<p>Por lo anterior si el hogar ya recibió un subsidio familair de vivienda, no podrá volver a recibir otro.</p>
<p> </p>
¿Todos los miembros de las FARC que cometieron o consintieron delitos de lesa humanidad responderán por sus actos?
¿Todos los miembros de las FARC que cometieron o consintieron delitos de lesa humanidad responderán por sus actos?
Respuesta
Señor Gustavo Sanabria
A su PREGUNTA: ¿Todos los miembros de las FARC que cometieron o consintieron delitos de lesa humanidad responderán por sus actos?
Se responde: La declaración de principios para orientar la discusión del punto 5 “Víctimas” de la agenda de la Mesa de Conversaciones entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, es un reconocimiento de ambas partes de que las víctimas de graves violaciones a los DDHH y al DIH tienen derecho a la verdad, a la justicia, a la reparación y a las garantías de no repetición, en este sentido las partes acordaron como uno de los principios que “cualquier discusión en este punto debe partir del reconocimiento de responsabilidad frente a las víctimas del conflicto. No vamos a intercambiar impunidades”.
Así mismo, el Marco Jurídico para la Paz abre un espacio constitucional para el desarrollo de una estrategia integral y coherente de justicia transicional que permita la máxima satisfacción de los derechos de las víctimas y facilite la transición hacia una paz estable y duradera. Este marco garantiza que nos concentremos en la persecución penal de los máximos responsables de los crímenes de guerra y de lesa humanidad, al igual que la identificación de las estructuras criminales que se orquestaron garantizando así el esclarecimiento pleno de los patrones y sistemas de victimización. Pero además, a través de otros elementos de la estrategia integral, como los mecanismos extra judiciales, será posible conocer la verdad acerca de las circunstancias y contextos que rodearon la comisión de estos graves delitos.
Cordialmente,
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
A su PREGUNTA: ¿Todos los miembros de las FARC que cometieron o consintieron delitos de lesa humanidad responderán por sus actos?
Se responde: La declaración de principios para orientar la discusión del punto 5 “Víctimas” de la agenda de la Mesa de Conversaciones entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, es un reconocimiento de ambas partes de que las víctimas de graves violaciones a los DDHH y al DIH tienen derecho a la verdad, a la justicia, a la reparación y a las garantías de no repetición, en este sentido las partes acordaron como uno de los principios que “cualquier discusión en este punto debe partir del reconocimiento de responsabilidad frente a las víctimas del conflicto. No vamos a intercambiar impunidades”.
Así mismo, el Marco Jurídico para la Paz abre un espacio constitucional para el desarrollo de una estrategia integral y coherente de justicia transicional que permita la máxima satisfacción de los derechos de las víctimas y facilite la transición hacia una paz estable y duradera. Este marco garantiza que nos concentremos en la persecución penal de los máximos responsables de los crímenes de guerra y de lesa humanidad, al igual que la identificación de las estructuras criminales que se orquestaron garantizando así el esclarecimiento pleno de los patrones y sistemas de victimización. Pero además, a través de otros elementos de la estrategia integral, como los mecanismos extra judiciales, será posible conocer la verdad acerca de las circunstancias y contextos que rodearon la comisión de estos graves delitos.
Cordialmente,
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Mi contrato laboral es a un año al final del cual me liquidan todas las prestaciones . Esto es también ingreso a declara
Mi contrato laboral es a un año al final del cual me liquidan todas las prestaciones . Esto es también ingreso a declara
Respuesta
<p>Buenas tardes apreciado ciudadano usted puede consultar sobre la Declaración de Renta </p>
<p>http://www.dian.gov.co/declarefacil/</p>
<p>www.dian.gov.co</p>
<p>http://www.dian.gov.co/declarefacil/</p>
<p>www.dian.gov.co</p>
Mi esposo gana 2 salarios mínimos aparezco como propietaria de un lote rural podemos acceder al subsidio de vivienda
Mi esposo gana 2 salarios mínimos aparezco como propietaria de un lote rural podemos acceder al subsidio de vivienda
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el VIPA o CASA AHORRO, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes</p>
<p><span>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige<o p=""></o></span></p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes</p>
<p><span>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige<o p=""></o></span></p>
las personas que estamos en proceso de compra vivienda nueva, podemos acceder al beneficio de subsidio PIPE 2.0.
las personas que estamos en proceso de compra vivienda nueva, podemos acceder al beneficio de subsidio PIPE 2.0.
Respuesta
<p>Buen día, respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el <strong>subsidio a la tasa de interés</strong> para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $87 y los 215 millones de pesos.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención.</p>
<p>La reglamentación de este programa está a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico conjuntamente con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, estas entidades informarán la fecha exacta en la cual entrara en operación el programa, A partir de esa fecha podrá acudir a la entidad bancaria de su preferencia donde recibirá información al respecto.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podrán hacer realidad el sueño de tener <strong>casa propia</strong> y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementación de estos 50 mil <strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de interés</strong> para la compra de <strong>vivienda</strong> entre 135 y 335 salarios mínimos mensuales legales vigentes (87 – 215 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a través de las entidades bancarias para compra de <strong>proyectos de vivienda nueva</strong>. </p>
<p>Aunque estas coberturas estarán disponibles desde el año 2016, es importante que los hogares interesados en acceder al programa inicien el proceso de búsqueda de la vivienda que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención.</p>
<p>La reglamentación de este programa está a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico conjuntamente con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, estas entidades informarán la fecha exacta en la cual entrara en operación el programa, A partir de esa fecha podrá acudir a la entidad bancaria de su preferencia donde recibirá información al respecto.</p>
Ver morir de hambre y de insalubridad a los niños es terrorífico ¿Quién responde por los niños muertos en Guajira?
Ver morir de hambre y de insalubridad a los niños es terrorífico ¿Quién responde por los niños muertos en Guajira?
Respuesta
Señora
Rosa María Ramírez Velásquez
Se responde su pregunta ¿Ver morir de hambre y de insalubridad a los niños es terrorífico ¿Quién responde por los niños muertos en Guajira?.
En los siguientes términos: La situación que se presenta actualmente en la Guajira, causada por los problemas de hambre e insalubridad, es preocupante para el Gobierno Nacional. Para ello, se ha creado una estrategia especial, anunciada por el Presidente Juan Manuel Santos Calderón en Junio 2015-“La Alianza por el Agua y la Vida en la Guajira”, esta es La invitación del Gobierno Nacional a instituciones y empresas privadas para trabajar mancomunadamente por La Guajira- alianza pactada fundamentalmente para tres temas: agua, nutrición y salud. Dentro de las entidades destacadas de esta Alianza se encuentran las siguientes estrategias llevadas a cabo por ICBF, DPS y Ministerio de Salud.
El ICBF en el marco de la emergencia declarada en la Alta Guajira según Decreto No. 037 de 2014, ha diseñado y avanzado en diferentes acciones con miras a atender de manera integral a esta población, bajo el liderazgo de la Dirección de Nutrición, desarrollando varias acciones:
1. Caracterización poblacional
Un ejercicio inicial de microfocalización desde agosto del 2014 en respuesta a esta declaratoria, cuyo objetivo fue el de identificar la población en vulnerabilidad nutricional..
Ministerio de Salud, se ha manifestado bajo los siguientes escenarios: Construcción de la Ruta Integral de Atención Desnutrición Aguda: La ruta define las intervenciones que han sido seleccionadas para minimizar el riesgo en salud y manejar la desnutrición. Se ha socializado con todos los actores (Entidad Territorial, EPS, IPS, ICBF, DPS, Presidencia y CISAN). Construcción de “Lineamientos para el manejo integrado de la desnutrición aguda en niños y niñas de 0 a 59 meses de edad”, en conjunto con UNICEF. El documento ya está listo y ha sido validado con distintos pediatras y nutricionistas de La Guajira.
Implementación de la Estrategia de atención integral en salud y nutrición con enfoque comunitario dirigido a familias en condición de vulnerabilidad de territorios rurales dispersos (en la Alta Guajira). Estrategia construida e implementada en conjunto con UNICEF.
Cordialmente,
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Rosa María Ramírez Velásquez
Se responde su pregunta ¿Ver morir de hambre y de insalubridad a los niños es terrorífico ¿Quién responde por los niños muertos en Guajira?.
En los siguientes términos: La situación que se presenta actualmente en la Guajira, causada por los problemas de hambre e insalubridad, es preocupante para el Gobierno Nacional. Para ello, se ha creado una estrategia especial, anunciada por el Presidente Juan Manuel Santos Calderón en Junio 2015-“La Alianza por el Agua y la Vida en la Guajira”, esta es La invitación del Gobierno Nacional a instituciones y empresas privadas para trabajar mancomunadamente por La Guajira- alianza pactada fundamentalmente para tres temas: agua, nutrición y salud. Dentro de las entidades destacadas de esta Alianza se encuentran las siguientes estrategias llevadas a cabo por ICBF, DPS y Ministerio de Salud.
El ICBF en el marco de la emergencia declarada en la Alta Guajira según Decreto No. 037 de 2014, ha diseñado y avanzado en diferentes acciones con miras a atender de manera integral a esta población, bajo el liderazgo de la Dirección de Nutrición, desarrollando varias acciones:
1. Caracterización poblacional
Un ejercicio inicial de microfocalización desde agosto del 2014 en respuesta a esta declaratoria, cuyo objetivo fue el de identificar la población en vulnerabilidad nutricional..
Ministerio de Salud, se ha manifestado bajo los siguientes escenarios: Construcción de la Ruta Integral de Atención Desnutrición Aguda: La ruta define las intervenciones que han sido seleccionadas para minimizar el riesgo en salud y manejar la desnutrición. Se ha socializado con todos los actores (Entidad Territorial, EPS, IPS, ICBF, DPS, Presidencia y CISAN). Construcción de “Lineamientos para el manejo integrado de la desnutrición aguda en niños y niñas de 0 a 59 meses de edad”, en conjunto con UNICEF. El documento ya está listo y ha sido validado con distintos pediatras y nutricionistas de La Guajira.
Implementación de la Estrategia de atención integral en salud y nutrición con enfoque comunitario dirigido a familias en condición de vulnerabilidad de territorios rurales dispersos (en la Alta Guajira). Estrategia construida e implementada en conjunto con UNICEF.
Cordialmente,
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
SEÑOR PRESIDENTE QUIERO SABER QUE AYUDAS TIENE PARA EL SECTOR SALUD PARA MEJORAR LAS CITAS CON EL ESPECIALISTA.
SEÑOR PRESIDENTE QUIERO SABER QUE AYUDAS TIENE PARA EL SECTOR SALUD PARA MEJORAR LAS CITAS CON EL ESPECIALISTA.
Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Adriana:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en 2013 el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la resolución 1552 (https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resolución%201552%20de%202013.pdf), mediante la cual estableció que las Entidades Promotoras de Salud de ambos regímenes, directamente o a través de la red de prestadores que definan, deberán tener agendas abiertas para la asignación de citas de medicina especializada la totalidad de días hábiles del año.</p>
<p>Dichas entidades en el momento en que reciban la solicitud, informarán al usuario la fecha para la cual se asigna la cita, sin que les sea permitido negarse a recibir la solicitud y a fijar la fecha de la consulta requerida.</p>
<p>De igual manera, esta norma estableció que “en los casos en que la cita por medicina especializada requiera autorización previa por parte de la Entidad Promotora de Salud - EPS, ésta deberá dar respuesta sin exceder los cinco (5) días hábiles, contados a partir de la solicitud”.</p>
<p>De otra parte, le informamos existe la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud. Por lo tanto, en caso de incumplimiento de esta norma o de negación de servicios, procedimientos o medicamentos parte de las EPS y demás entidades aseguradoras y prestadoras de servicios de salud, usted puede acudir a dicha entidad, la cual tiene disponibles los siguientes canales de acceso: </p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano</p>
<p>En Bogotá: (57-1) 483 7000</p>
<p>Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700</p>
<p>Atención Personalizada</p>
<p>Oficina de Atención al Usuario</p>
<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Bussines</p>
<p>Página web: www.supersalud.gov.co, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en 2013 el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la resolución 1552 (https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resolución%201552%20de%202013.pdf), mediante la cual estableció que las Entidades Promotoras de Salud de ambos regímenes, directamente o a través de la red de prestadores que definan, deberán tener agendas abiertas para la asignación de citas de medicina especializada la totalidad de días hábiles del año.</p>
<p>Dichas entidades en el momento en que reciban la solicitud, informarán al usuario la fecha para la cual se asigna la cita, sin que les sea permitido negarse a recibir la solicitud y a fijar la fecha de la consulta requerida.</p>
<p>De igual manera, esta norma estableció que “en los casos en que la cita por medicina especializada requiera autorización previa por parte de la Entidad Promotora de Salud - EPS, ésta deberá dar respuesta sin exceder los cinco (5) días hábiles, contados a partir de la solicitud”.</p>
<p>De otra parte, le informamos existe la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del Sistema de Seguridad Social en Salud. Por lo tanto, en caso de incumplimiento de esta norma o de negación de servicios, procedimientos o medicamentos parte de las EPS y demás entidades aseguradoras y prestadoras de servicios de salud, usted puede acudir a dicha entidad, la cual tiene disponibles los siguientes canales de acceso: </p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano</p>
<p>En Bogotá: (57-1) 483 7000</p>
<p>Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700</p>
<p>Atención Personalizada</p>
<p>Oficina de Atención al Usuario</p>
<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Bussines</p>
<p>Página web: www.supersalud.gov.co, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Porque no se empieza por enjuiciar de verdad a delincuentes como Uribe, Pretel y alimañas dentro del gobierno actual
Porque no se empieza por enjuiciar de verdad a delincuentes como Uribe, Pretel y alimañas dentro del gobierno actual
Respuesta
Señor Alfredo Coral
A su PREGUNTA: ¿Porque no se empieza por enjuiciar de verdad a delincuentes como Uribe, Pretel y alimañas dentro del gobierno actual?
Se responde: La administración de justicia está en cabeza de la rama judicial del poder público y de la Fiscalía General de la Nación. No es competencia de la Presidencia de la República de conformidad al decreto 1649 del 2 de septiembre de 2014 y demás normas reglamentarias que establecen el objetivo, la naturaleza y funciones.
Cordialmente,
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
A su PREGUNTA: ¿Porque no se empieza por enjuiciar de verdad a delincuentes como Uribe, Pretel y alimañas dentro del gobierno actual?
Se responde: La administración de justicia está en cabeza de la rama judicial del poder público y de la Fiscalía General de la Nación. No es competencia de la Presidencia de la República de conformidad al decreto 1649 del 2 de septiembre de 2014 y demás normas reglamentarias que establecen el objetivo, la naturaleza y funciones.
Cordialmente,
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Soy madre cabeza de hogar de 4 niños quiero saber como me postulo para este beneficio
Registrada:
Código:
9040
Soy madre cabeza de hogar de 4 niños quiero saber como me postulo para este beneficio
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Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores – VIPA o CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa de cobertura a la tasa de interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores – VIPA o CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Programa de cobertura a la tasa de interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>
que hace el gobierno para agilizar la construcción de los colegios adjudicado por el fondo de adaptación en sucre - Maja
que hace el gobierno para agilizar la construcción de los colegios adjudicado por el fondo de adaptación en sucre - Maja
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Al respecto resulta pertinente indicar que el Fondo de Adaptación, es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica, autonomía presupuestal y financiera, que tiene por objeto la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de "La Niña".<br />
<br />
Por su creación es autónomo en la administración, seguimiento y control de los proyectos formulados con recursos asignados en el marco del fenómeno de ola invernal, los cuales han sido destinados en lo que respecta al sector educación, para atender instituciones educativas afectadas por dicho fenómeno.<br />
<br />
Ahora bien, en tanto su interrogante se centra en indagar el papel del Gobierno Nacional en esta temática, desde el Ministerio de Educación Nacional como rector de la política del sector educativo, se está atento a las estrategias que se adelantan de cara a los establecimientos educativos oficiales y en aras de revisar de manera puntual el caso presentado, se requerirá y citará de manera específica el mismo, para que dicho Fondo indique las soluciones definitivas de las obras relacionadas con la construcción de estos Colegios.<br />
<br />
Finalmente, y en lo que se refiere al caso del Municipio de Majagual – Sucre se deja de presente que según los reportes entregados, la información reporta la existencia de 7 proyectos con una inversión estimada de 17 mil millones de pesos, proyectos sobre los cuales está cartera ministerial indagara a efectos de conocer en detalle los avances y cronogramas para la ejecución y entrega.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Al respecto resulta pertinente indicar que el Fondo de Adaptación, es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica, autonomía presupuestal y financiera, que tiene por objeto la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de "La Niña".<br />
<br />
Por su creación es autónomo en la administración, seguimiento y control de los proyectos formulados con recursos asignados en el marco del fenómeno de ola invernal, los cuales han sido destinados en lo que respecta al sector educación, para atender instituciones educativas afectadas por dicho fenómeno.<br />
<br />
Ahora bien, en tanto su interrogante se centra en indagar el papel del Gobierno Nacional en esta temática, desde el Ministerio de Educación Nacional como rector de la política del sector educativo, se está atento a las estrategias que se adelantan de cara a los establecimientos educativos oficiales y en aras de revisar de manera puntual el caso presentado, se requerirá y citará de manera específica el mismo, para que dicho Fondo indique las soluciones definitivas de las obras relacionadas con la construcción de estos Colegios.<br />
<br />
Finalmente, y en lo que se refiere al caso del Municipio de Majagual – Sucre se deja de presente que según los reportes entregados, la información reporta la existencia de 7 proyectos con una inversión estimada de 17 mil millones de pesos, proyectos sobre los cuales está cartera ministerial indagara a efectos de conocer en detalle los avances y cronogramas para la ejecución y entrega.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
porque se favorece a las multinacionales y grandes capitalistas a cambio de aumentar los impuestos al pueblo?
porque se favorece a las multinacionales y grandes capitalistas a cambio de aumentar los impuestos al pueblo?
Respuesta
<p><strong>La Reforma Tributaria, que el Gobierno Nacional presentará ante el Congreso de la República en el segundo semestre de 2016 buscará mejorar la situación tributaria del país, pensando en el largo plazo.</strong></p>
<p><strong>De acuerdo al jefe de la cartera de Hacienda, el Gobierno está construyendo una propuesta de Reforma Tributaria que logre un consenso de todas las partes involucradas, escuchando no sólo los planteamientos de la Comisión de Expertos, del Congreso, sino también con los gremios de la actividad productiva, la ciudadanía, las recomendaciones de distintos organismos internacionales como el Banco Mundial (BM) y la OCDE. </strong></p>
<p><strong>El Gobierno Nacional trabaja y protege los intereses de todos los ciudadanos </strong></p>
<p> </p>
<p><strong>De acuerdo al jefe de la cartera de Hacienda, el Gobierno está construyendo una propuesta de Reforma Tributaria que logre un consenso de todas las partes involucradas, escuchando no sólo los planteamientos de la Comisión de Expertos, del Congreso, sino también con los gremios de la actividad productiva, la ciudadanía, las recomendaciones de distintos organismos internacionales como el Banco Mundial (BM) y la OCDE. </strong></p>
<p><strong>El Gobierno Nacional trabaja y protege los intereses de todos los ciudadanos </strong></p>
<p> </p>
Que empleo es digno con un salario miserable que no alcanza para las mínimas condiciones de vida de una familia
Que empleo es digno con un salario miserable que no alcanza para las mínimas condiciones de vida de una familia
Respuesta
<p>Respetado Ciudadano (a):</p>
<p>Es muy loable de parte suya proponer una regulación de los salarios del país para los profesionales, especialmente el de los sicólogos.</p>
<p>Le comento que el Gobierno Nacional dicta normas sobre el régimen salarial y prestacional de los funcionarios públicos, fija la escala de asignación básica, escalas de remuneración de las distintas categorías de empleos y demás; todo lo relacionado con los funcionarios públicos.</p>
<p>En cuanto a la empresa privada es por voluntad y autonomía de las partes acordar la remuneración de los diferentes empleos existentes, teniendo en cuenta el n<strong>ivel de conocimiento y experiencia requerida para el cargo, la labor que se va a desempeñar y los resultados que ofrezca, así como la remuneración en el mercado laboral en empresas de características parecidas. </strong></p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>Es muy loable de parte suya proponer una regulación de los salarios del país para los profesionales, especialmente el de los sicólogos.</p>
<p>Le comento que el Gobierno Nacional dicta normas sobre el régimen salarial y prestacional de los funcionarios públicos, fija la escala de asignación básica, escalas de remuneración de las distintas categorías de empleos y demás; todo lo relacionado con los funcionarios públicos.</p>
<p>En cuanto a la empresa privada es por voluntad y autonomía de las partes acordar la remuneración de los diferentes empleos existentes, teniendo en cuenta el n<strong>ivel de conocimiento y experiencia requerida para el cargo, la labor que se va a desempeñar y los resultados que ofrezca, así como la remuneración en el mercado laboral en empresas de características parecidas. </strong></p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
porque pone el capital por encima del pueblo colombiano matando de sed hambre y miseria a los nativos en muchas regiones
porque pone el capital por encima del pueblo colombiano matando de sed hambre y miseria a los nativos en muchas regiones
Respuesta
<p>Respuesta a la solicitud EXTMI16-0011199.Respetados señores:En atención a la pregunta realizada “…<em>porque pone el capital por encima del pueblo colombiano matando de sed hambre y miseria a los nativos en muchas regiones…</em>”, solicitamos respetuosamente se nos informe acerca del origen del capital mencionado y nos indique de manera puntual el requerimiento a solicitar, lo anterior con el fin de gestionar oportunamente la petición.</p>
<p>Cordialmente,<strong>PEDRO SANTIAGO POSADA ARANGO-</strong>Director de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,<strong>PEDRO SANTIAGO POSADA ARANGO-</strong>Director de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías</p>
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<p> </p>
¿Tengo subsidio de vivienda aun cuando mi mamá me incluyo en el crédito de su casa siendo menor de edad y sin decirme?
¿Tengo subsidio de vivienda aun cuando mi mamá me incluyo en el crédito de su casa siendo menor de edad y sin decirme?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su pregunta, atentamente le solicitamos remitir sus datos personales (nombre completo, tipo y número de documento de identidad y dirección de residencia), lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud. </p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N° 7 – 49 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
<p>Usted igualmente puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al teléfono (1)4897976 o a la Línea gratuita nacional 01 8000 516 201, donde nuestros asesores estarán prestos a brindar información respecto a sus inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda.</p>
<p> </p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Grupo de Atención al Usuario y Archivo.<o:p></o:p></span></p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N° 7 – 49 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
<p>Usted igualmente puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al teléfono (1)4897976 o a la Línea gratuita nacional 01 8000 516 201, donde nuestros asesores estarán prestos a brindar información respecto a sus inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda.</p>
<p> </p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Grupo de Atención al Usuario y Archivo.<o:p></o:p></span></p>
Buenas noches ... Porque las entidades del estado no promueven los cargos de manera publica para los ciudadanos
Buenas noches ... Porque las entidades del estado no promueven los cargos de manera publica para los ciudadanos
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Le informamos que de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p> </p>
<p>Se puede ingresar para mayor información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
<p>Le informamos que de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p> </p>
<p>Se puede ingresar para mayor información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
Quiero saber si la condición de desplazado forzado por la violencia tiene una tiempo de caducidad
Registrada:
Código:
9041
Quiero saber si la condición de desplazado forzado por la violencia tiene una tiempo de caducidad
Registrada:
Código:
9041
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010490362">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010490362</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010490362">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010490362</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
Cual es la razón, para que los Hospitales se les siga permitiendo la contratación por tercerisacion laboral.
Cual es la razón, para que los Hospitales se les siga permitiendo la contratación por tercerisacion laboral.
Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Marquez.</p>
<p>En atención a su pregunta, atentamente anexamos la respuesta de la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria:</p>
<p>El Artículo 59 de la Ley 1438 de 2011 preceptúa: “Operación con terceros. Las Empresas Sociales del Estado podrán desarrollar sus funciones mediante contratación con terceros, Empresas Sociales del Estado de mayor nivel de complejidad, entidades privadas o con operadores externos, previa verificación de las condiciones de habilitación establecidas en el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad”.</p>
<p>Este artículo fue declarado <strong>exequible</strong> por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-171 de 2012, en el entendido de que la potestad de contratación otorgada por dicho artículo a las Empresas Sociales del Estado para operar mediante terceros, solo podrá llevarse a cabo siempre y cuando no se trate de funciones permanentes o propias de la entidad, cuando estas funciones no puedan llevarse a cabo por parte del personal de planta de la Empresa Social del Estado o cuando se requieran conocimientos especializados.</p>
<p>Adicionalmente, en dicha Sentencia la Corte Constitucional plantea que “la contratación de servicios y la operación con terceros de las entidades estatales no está prohibida constitucionalmente, aunque sí limitada”.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En atención a su pregunta, atentamente anexamos la respuesta de la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria:</p>
<p>El Artículo 59 de la Ley 1438 de 2011 preceptúa: “Operación con terceros. Las Empresas Sociales del Estado podrán desarrollar sus funciones mediante contratación con terceros, Empresas Sociales del Estado de mayor nivel de complejidad, entidades privadas o con operadores externos, previa verificación de las condiciones de habilitación establecidas en el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad”.</p>
<p>Este artículo fue declarado <strong>exequible</strong> por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-171 de 2012, en el entendido de que la potestad de contratación otorgada por dicho artículo a las Empresas Sociales del Estado para operar mediante terceros, solo podrá llevarse a cabo siempre y cuando no se trate de funciones permanentes o propias de la entidad, cuando estas funciones no puedan llevarse a cabo por parte del personal de planta de la Empresa Social del Estado o cuando se requieran conocimientos especializados.</p>
<p>Adicionalmente, en dicha Sentencia la Corte Constitucional plantea que “la contratación de servicios y la operación con terceros de las entidades estatales no está prohibida constitucionalmente, aunque sí limitada”.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
los campesinos deben ganar una contraprestación por el servicio de cuidar, restaurar y proteger los bosques y aguas.
los campesinos deben ganar una contraprestación por el servicio de cuidar, restaurar y proteger los bosques y aguas.
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>La preocupación del gobierno nacional siempre ha sido inmensa por el campo y sus habitantes, es por esos que la ley 1753 de 2015, por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”, en sus artículos 100 y 107, entre otros, establece:</p>
<p><strong>ARTÍCULO 100. MECANISMOS DE INTERVENCIÓN INTEGRAL EN TERRITORIOS RURALES.</strong> El Gobierno nacional establecerá los Mecanismos de Intervención Integral en Territorios Rurales y las zonas en las cuales estos serán implementados. Dichos mecanismos contendrán los lineamientos, criterios, parámetros, temporalidad y financiación para la ejecución de los planes operativos y de inversión, los cuales serán construidos de manera participativa en coordinación con las autoridades departamentales y municipales, que deberán contener como mínimo intervenciones en los siguientes aspectos:</p>
<p>a) Ordenamiento social y productivo de las tierras rurales.</p>
<p>b) Adecuación de tierras e infraestructura de riego.</p>
<p>e) Habitabilidad rural.</p>
<p>d) Infraestructura productiva y de comercialización.</p>
<p>e) Proyectos productivos, planes de negocio y asistencia técnica integral.</p>
<p>Las entidades que por sus funciones desarrollen labores en los territorios rurales y con la población rural, articularán sus intervenciones priorizando sus inversiones en las zonas de intervención integral.</p>
<p><strong>ARTÍCULO 107. FACULTADES EXTRAORDINARIAS PARA EL DESARROLLO RURAL Y AGROPECUARIO.</strong> De conformidad con lo establecido en el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991_pr004.html#150">150</a>, numeral 10, de la Constitución Política revístase al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias hasta por un término de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de publicación de la presente ley, para:</p>
<p>a) Crear una entidad u organismo perteneciente a la rama ejecutiva del orden nacional del sector descentralizado, fijando su objeto y estructura orgánica........,...... para consolidar y proteger los derechos de propiedad en el campo.</p>
<p>.................Recomendamos continuar leyendo el texto de la ley en comento.</p>
<p>Reiterando la importancia para este gobierno del campo, le informamos que su propuesta debe ser presentada al órgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
<p>La preocupación del gobierno nacional siempre ha sido inmensa por el campo y sus habitantes, es por esos que la ley 1753 de 2015, por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”, en sus artículos 100 y 107, entre otros, establece:</p>
<p><strong>ARTÍCULO 100. MECANISMOS DE INTERVENCIÓN INTEGRAL EN TERRITORIOS RURALES.</strong> El Gobierno nacional establecerá los Mecanismos de Intervención Integral en Territorios Rurales y las zonas en las cuales estos serán implementados. Dichos mecanismos contendrán los lineamientos, criterios, parámetros, temporalidad y financiación para la ejecución de los planes operativos y de inversión, los cuales serán construidos de manera participativa en coordinación con las autoridades departamentales y municipales, que deberán contener como mínimo intervenciones en los siguientes aspectos:</p>
<p>a) Ordenamiento social y productivo de las tierras rurales.</p>
<p>b) Adecuación de tierras e infraestructura de riego.</p>
<p>e) Habitabilidad rural.</p>
<p>d) Infraestructura productiva y de comercialización.</p>
<p>e) Proyectos productivos, planes de negocio y asistencia técnica integral.</p>
<p>Las entidades que por sus funciones desarrollen labores en los territorios rurales y con la población rural, articularán sus intervenciones priorizando sus inversiones en las zonas de intervención integral.</p>
<p><strong>ARTÍCULO 107. FACULTADES EXTRAORDINARIAS PARA EL DESARROLLO RURAL Y AGROPECUARIO.</strong> De conformidad con lo establecido en el artículo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991_pr004.html#150">150</a>, numeral 10, de la Constitución Política revístase al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias hasta por un término de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de publicación de la presente ley, para:</p>
<p>a) Crear una entidad u organismo perteneciente a la rama ejecutiva del orden nacional del sector descentralizado, fijando su objeto y estructura orgánica........,...... para consolidar y proteger los derechos de propiedad en el campo.</p>
<p>.................Recomendamos continuar leyendo el texto de la ley en comento.</p>
<p>Reiterando la importancia para este gobierno del campo, le informamos que su propuesta debe ser presentada al órgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
¿Cuáles son y dónde están las estadísticas sobre aborto en Colombia? ¿Por qué no están publicadas?
Registrada:
Código:
9036
¿Cuáles son y dónde están las estadísticas sobre aborto en Colombia? ¿Por qué no están publicadas?
Registrada:
Código:
9036
Respuesta
<p>Buenos días sr. Riveros:</p>
<p>Lo invitamos a consultar la respuesta a su pregunta en el siguiente enlace: <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/RESPUESTA_SOBRE_ABORTO.pdf">http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/RESPUESTA_SOBRE_ABORTO.pdf</a></p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Lo invitamos a consultar la respuesta a su pregunta en el siguiente enlace: <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/RESPUESTA_SOBRE_ABORTO.pdf">http://www.urnadecristal.gov.co/sites/default/files/RESPUESTA_SOBRE_ABORTO.pdf</a></p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
Ugpp maneja un listado de escolarizados excluyente,universitarios de UdeA,tienen diferente calendario,están sin pension
Ugpp maneja un listado de escolarizados excluyente,universitarios de UdeA,tienen diferente calendario,están sin pension
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
Atentamente, le solicitamos ampliarnos su requerimiento por nuestra página web: www.mineducacion.gov.co pestaña de Atención al Ciudadadano, ó por nuestro buzón oficial atencionalciudadano@mineducacion.gov.co<br />
<br />
Ya que por tratarse de caso especial, se hace necesario conocer toda la situación presentada y de esta manera poder realizar el seguimiento puntual a su solicitud.<br />
<br />
En espera de su información.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
Atentamente, le solicitamos ampliarnos su requerimiento por nuestra página web: www.mineducacion.gov.co pestaña de Atención al Ciudadadano, ó por nuestro buzón oficial atencionalciudadano@mineducacion.gov.co<br />
<br />
Ya que por tratarse de caso especial, se hace necesario conocer toda la situación presentada y de esta manera poder realizar el seguimiento puntual a su solicitud.<br />
<br />
En espera de su información.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
por que la ley 1753 de 2015 en el decreto 1437 de 2015 le da a la Ugpp permiso para suspender pensiones por 3 meses
por que la ley 1753 de 2015 en el decreto 1437 de 2015 le da a la Ugpp permiso para suspender pensiones por 3 meses
Respuesta
<p> </p>
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Cordialmente le informamos que el Decreto 1437 de 2015 reglamenta el artículo 80 de la ley 1753 de 2015, por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”.</p>
<p>El artículo 80 citado anteriormente estipula: <strong>ARTÍCULO 80. PAGO DE PENSIONES DE INVALIDEZ RECONOCIDAS POR POSITIVA.</strong> Las pensiones que actualmente están a cargo de Positiva S. A., cuyos derechos fueron causados originalmente en el Instituto de Seguros Sociales, serán administradas por la UGPP y pagadas por el FOPEP, previo el traslado de la reserva actuarial correspondiente, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.</p>
<p>Por su parte el Decreto 1437 de 2015, establece:</p>
<p><em>Artículo </em>8. <em>Revisión del Estado de Invalidez. </em>A partir 1° de enero de 2016, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP -realizará la revisión de las pensiones cuya función asume a través del presente decreto, para lo cual podrá contratar con terceros las actividades relacionadas con dicha revisión.</p>
<p><em>Parágrafo. </em>Positiva Compañía Seguros S.A. continuará efectuando la revisión de los estados de invalidez de las pensiones cuyos plazos de revisión se vencen hasta el 31 de diciembre de 2015.</p>
<p><em>Parágrafo. </em>La Unidad Administrativa Especial Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP deberá verificar de oficio el cumplimiento de los requisitos para la adquisición del derecho y la legalidad de los documentos que soportan el pago de las pensiones que asume, ....., deconformidad con lo dispuesto por los artículos 19 y 20 de la ley 797 de 2003, o a suspender el pago si se prueba que carece de soporte porque no existe el acto administrativo.</p>
<p>Por lo anterior esperamos que se aclare la duda existente. En caso contrario le solicitamos expresar en forma concreta citando el artículo donde expresa lo manifestado, es decir la suspensión de la pensión por tres meses.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Cordialmente le informamos que el Decreto 1437 de 2015 reglamenta el artículo 80 de la ley 1753 de 2015, por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”.</p>
<p>El artículo 80 citado anteriormente estipula: <strong>ARTÍCULO 80. PAGO DE PENSIONES DE INVALIDEZ RECONOCIDAS POR POSITIVA.</strong> Las pensiones que actualmente están a cargo de Positiva S. A., cuyos derechos fueron causados originalmente en el Instituto de Seguros Sociales, serán administradas por la UGPP y pagadas por el FOPEP, previo el traslado de la reserva actuarial correspondiente, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.</p>
<p>Por su parte el Decreto 1437 de 2015, establece:</p>
<p><em>Artículo </em>8. <em>Revisión del Estado de Invalidez. </em>A partir 1° de enero de 2016, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP -realizará la revisión de las pensiones cuya función asume a través del presente decreto, para lo cual podrá contratar con terceros las actividades relacionadas con dicha revisión.</p>
<p><em>Parágrafo. </em>Positiva Compañía Seguros S.A. continuará efectuando la revisión de los estados de invalidez de las pensiones cuyos plazos de revisión se vencen hasta el 31 de diciembre de 2015.</p>
<p><em>Parágrafo. </em>La Unidad Administrativa Especial Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP deberá verificar de oficio el cumplimiento de los requisitos para la adquisición del derecho y la legalidad de los documentos que soportan el pago de las pensiones que asume, ....., deconformidad con lo dispuesto por los artículos 19 y 20 de la ley 797 de 2003, o a suspender el pago si se prueba que carece de soporte porque no existe el acto administrativo.</p>
<p>Por lo anterior esperamos que se aclare la duda existente. En caso contrario le solicitamos expresar en forma concreta citando el artículo donde expresa lo manifestado, es decir la suspensión de la pensión por tres meses.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
¿porqué en Colombia hay que pagarle a un Contador para presentar la declaración de renta y no se genera automaticamente?
¿porqué en Colombia hay que pagarle a un Contador para presentar la declaración de renta y no se genera automaticamente?
Respuesta
<p>Buenas tardes apreciado ciudadano usted puede consultar la página web de la Dian, allí le indican como hacer su Declaración de Renta </p>
<p>http://www.dian.gov.co/declarefacil/</p>
<p>http://www.dian.gov.co/declarefacil/</p>
un derecho adquirido no se puede quitar la ley 1753 lo hace con los pensionados,Ugpp suspende pensiones por 3 meses
un derecho adquirido no se puede quitar la ley 1753 lo hace con los pensionados,Ugpp suspende pensiones por 3 meses
Respuesta
<p> </p>
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
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<p>Cordialmente le informamos que el Decreto 1437 de 2015 reglamenta el artículo 80 de la ley 1753 de 2015, por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”.</p>
<p>El artículo 80 citado anteriormente estipula: <strong>ARTÍCULO 80. PAGO DE PENSIONES DE INVALIDEZ RECONOCIDAS POR POSITIVA.</strong> Las pensiones que actualmente están a cargo de Positiva S. A., cuyos derechos fueron causados originalmente en el Instituto de Seguros Sociales, serán administradas por la UGPP y pagadas por el FOPEP, previo el traslado de la reserva actuarial correspondiente, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.</p>
<p>Por su parte el Decreto 1437 de 2015, establece:</p>
<p><em>Artículo </em>8. <em>Revisión del Estado de Invalidez. </em>A partir 1° de enero de 2016, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP -realizará la revisión de las pensiones cuya función asume a través del presente decreto, para lo cual podrá contratar con terceros las actividades relacionadas con dicha revisión.</p>
<p><em>Parágrafo. </em>Positiva Compañía Seguros S.A. continuará efectuando la revisión de los estados de invalidez de las pensiones cuyos plazos de revisión se vencen hasta el 31 de diciembre de 2015.</p>
<p><em>Parágrafo. </em>La Unidad Administrativa Especial Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP deberá verificar de oficio el cumplimiento de los requisitos para la adquisición del derecho y la legalidad de los documentos que soportan el pago de las pensiones que asume.........,, o a demandar su nulidad de conformidad con lo dispuesto por los artículos 19 y 20 de la ley 797 de 2003, o a suspender el pago si se prueba que carece de soporte porque no existe el acto administrativo.</p>
<p>Por lo anterior esperamos que se aclare la duda existente. En caso contrario le solicitamos expresar en forma concreta citando el artículo donde expresa lo manifestado, es decir la suspensión de la pensión por tres meses.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
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<p>Cordialmente le informamos que el Decreto 1437 de 2015 reglamenta el artículo 80 de la ley 1753 de 2015, por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”.</p>
<p>El artículo 80 citado anteriormente estipula: <strong>ARTÍCULO 80. PAGO DE PENSIONES DE INVALIDEZ RECONOCIDAS POR POSITIVA.</strong> Las pensiones que actualmente están a cargo de Positiva S. A., cuyos derechos fueron causados originalmente en el Instituto de Seguros Sociales, serán administradas por la UGPP y pagadas por el FOPEP, previo el traslado de la reserva actuarial correspondiente, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.</p>
<p>Por su parte el Decreto 1437 de 2015, establece:</p>
<p><em>Artículo </em>8. <em>Revisión del Estado de Invalidez. </em>A partir 1° de enero de 2016, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP -realizará la revisión de las pensiones cuya función asume a través del presente decreto, para lo cual podrá contratar con terceros las actividades relacionadas con dicha revisión.</p>
<p><em>Parágrafo. </em>Positiva Compañía Seguros S.A. continuará efectuando la revisión de los estados de invalidez de las pensiones cuyos plazos de revisión se vencen hasta el 31 de diciembre de 2015.</p>
<p><em>Parágrafo. </em>La Unidad Administrativa Especial Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP deberá verificar de oficio el cumplimiento de los requisitos para la adquisición del derecho y la legalidad de los documentos que soportan el pago de las pensiones que asume.........,, o a demandar su nulidad de conformidad con lo dispuesto por los artículos 19 y 20 de la ley 797 de 2003, o a suspender el pago si se prueba que carece de soporte porque no existe el acto administrativo.</p>
<p>Por lo anterior esperamos que se aclare la duda existente. En caso contrario le solicitamos expresar en forma concreta citando el artículo donde expresa lo manifestado, es decir la suspensión de la pensión por tres meses.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
Porque el beneficio es para nuevos estudiantes y no los que estudian hoy, si estos también necesitan apoyo. Discriminan
Porque el beneficio es para nuevos estudiantes y no los que estudian hoy, si estos también necesitan apoyo. Discriminan
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
El Programa Ser Pilo Paga fue pensado para beneficiar a 10 mil jovenes anualmente, jovenes que esten graduandose de grado 11 y no tengan posibilidades de acceder a la educacion superior.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
El Programa Ser Pilo Paga fue pensado para beneficiar a 10 mil jovenes anualmente, jovenes que esten graduandose de grado 11 y no tengan posibilidades de acceder a la educacion superior.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
¿Que pasara con los guerrilleros después de la firma? ¿Es posible una policía rural, así como lo propuso Francia?
¿Que pasara con los guerrilleros después de la firma? ¿Es posible una policía rural, así como lo propuso Francia?
Respuesta
Usuario: andresivan41@hotmail.com
A su pregunta ¿Que pasara con los guerrilleros después de la firma? ¿Es posible una policía rural, así como lo propuso Francia?
Se responde lo siguiente: El modelo de reintegración para los excombatientes de las FARC aún no ha sido discutido en la Mesa de Conversaciones. Sin embargo, no es posible desconocer que el Estado colombiano tiene una experiencia de más de diez años en la construcción y perfeccionamiento de programas de Desarme, Desmovilización y Reintegración (DDR), que va a ser muy útil a la hora de implementar los Acuerdos en este punto.
Con respecto a una posible policía rural, como lo ha reiterado en diferentes oportunidades el Jefe del Equipo Negociador, la estructura de la Fuerza Pública colombiana no está siendo discutida en La Mesa de Conversaciones. Lo que el Presidente propuso en Francia en el marco de una visita oficial, fue que se evaluarán diferentes opciones que permitan garantizar el fortalecimiento del Estado y sus instituciones en las zonas rurales más afectadas por el conflicto armado.
Cordialmente,
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
A su pregunta ¿Que pasara con los guerrilleros después de la firma? ¿Es posible una policía rural, así como lo propuso Francia?
Se responde lo siguiente: El modelo de reintegración para los excombatientes de las FARC aún no ha sido discutido en la Mesa de Conversaciones. Sin embargo, no es posible desconocer que el Estado colombiano tiene una experiencia de más de diez años en la construcción y perfeccionamiento de programas de Desarme, Desmovilización y Reintegración (DDR), que va a ser muy útil a la hora de implementar los Acuerdos en este punto.
Con respecto a una posible policía rural, como lo ha reiterado en diferentes oportunidades el Jefe del Equipo Negociador, la estructura de la Fuerza Pública colombiana no está siendo discutida en La Mesa de Conversaciones. Lo que el Presidente propuso en Francia en el marco de una visita oficial, fue que se evaluarán diferentes opciones que permitan garantizar el fortalecimiento del Estado y sus instituciones en las zonas rurales más afectadas por el conflicto armado.
Cordialmente,
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA