¿Cuáles son tus preguntas para el Presidente Santos para la rendición de cuentas de las entidades que trabajan por un país justo?

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Este viernes 2 de agosto El Presidente Juan Manuel Santos te rendirá cuentas junto a todas las entidades del Gobierno Nacional que velan por un país justo. Abrimos el espacio para que dejes todas tus opiniones, propuestas y comentarios. Pregunta acá.

¿Cómo se construye un país justo?

¿Qué entidades trabajan por un país justo?

  • Ministerio de Educación

  • Ministerio de Salud y Protección Social

  • Ministerio de Vivienda

  • Departamento para la Prosperidad Social

  • Ministerio de Agricultura

  • Ministerio de Cultura

  • Coldeportes y Departamento Nacional de Planeación

 

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PREGUNTAS DE LOS CIUDADANOS

Anónimo
Jue, 08/08/2013 - 00:34
Pregunta:
Respuesta: Buen día,

La Ley 769 de 2002 establece en su artículo 3° las Autoridades de Tránsito y allí se incluyen a los Alcaldes y Gobernadores. Por lo tanto las autorizaciones o restricciones locales al tránsito son responsabilidad de la autoridad municipal o depertamental.

Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600

Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
jose holmes
Mié, 07/08/2013 - 22:07
Pregunta:
Respuesta: Respetado ciudadano

En respuesta a su solicitud enviada a través del portal Urna de Cristal, le informamos que la respuesta a la misma fue remitida al correo electrónico de contacto que usted suministró.
Por último le recordamos que el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio es una Entidad de orden nacional responsable de formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia de vivienda urbana, agua potable y saneamiento básico, desarrollo territorial y urbano planificado del país. En concordancia con lo anterior si usted tiene una consulta, sugerencia, reclamo o queja, la puede hacer a través de nuestros canales de atención que son los siguientes:
Chat institucional: a través de la página Web www.minvivienda.gov.co lunes a viernes de 9:00 am a 12:00 m
Correo electrónico correspondencia@minvivienda.gov.co
Ventanilla única de radicación: calle 18 N° 7-59 Bogotá lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm
Conmutador: (571) 3323434
Centro de contacto telefónico: 5953525 opción 1 – 8 Línea gratuita nacional 018000952525 opción 1 – 8
Fax: 2817327

Atentamente,
GRUPO DE ATENCIÓN AL USUARIO Y ARCHIVO
Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio
jose holmes
Mié, 07/08/2013 - 21:58
Pregunta:
Respuesta: Buenas tardes
Después del presupuesto asignado para el sector Defensa se encuentra el presupuesto de Educación, lo anterior obedece a la constante lucha que se debe mantener en contra de los Grupos al margen de la ley.
Para la Presidencia de la República y para el Ministerio de Defensa Nacional es muy grato contar con personas como usted que están pendientes de la seguridad del país.
mscas
Mar, 06/08/2013 - 17:56
Pregunta:
Respuesta: La norma que preveía el reconocimiento y pago del subsidio familiar para el personal de soldados profesionales que se encontraba en actividad era el artículo 11 del Decreto Ley 1794 de 2000 ( derogado por el Decreto 3770 de 2009), que a la letra dice:
Articulo 11 Subsidio Familiar: A partir de la vigencia del presente decreto, el soldado profesional de las fuerzas militares casado o con unión marital de hecho vigente, tendrá derecho al reconocimiento mensual de un subsidio familiar equivalente al 4% de su salario básico mensual más la prima de antigüedad….
Luego el 30 de septiembre del 2009 se expide el decreto 3770, mediante el cual se deroga el artículo 11 del decreto ley 1794 de 2000, pero aclara en su artículo 1, parágrafo primero que los Soldados Profesionales e Infantes de Marina Profesionales de las Fuerzas Militares que a la fecha de entrada en vigencia del citado decreto estén percibiendo el subsidio familiar previsto en el artículo derogado continuaran devengándolo hasta su retiro del servicio.
Es por ello que ante la vigencia del Decreto 3770 de 2009 la administración no podrá expedir actos administrativos reconociendo un beneficio que fue sacado del ámbito legal, no siendo viable jurídicamente el reconocimiento y pago del subsidio familiar al personal de soldados profesionales de las Fuerzas Militares a partir del 30 de septiembre de 2009, hecho distinto con los soldados profesionales que a la vigencia de la norma se encontraban devengando el beneficio, por cuanto se les respeta el derecho hasta su retiro.
DIEGO CARDONA
Mar, 06/08/2013 - 15:31
Pregunta:
Respuesta: Respetado(a) Ciudadano(a):

La pregunta por Usted manifestada, la reglamentó el artículo 63 de la ley 1429 de 2010 y el Decreto 2025 de 2011 en el cual se estableció sanciones pecuniarias de doble vía a Cooperativas, precooperativas y terceros contratantes que intervengan en la intermediación laboral en modalidad de trabajadores en misión. Tipifica las conductas objeto de sanción, en que incurren las CTA ,y pre-CTA y las instituciones privadas o públicas contratantes. Sanciona al servidor público responsable que contrate con las CTA y pre-CTA, donde se configura la intermediación laboral.

Es así que el Ministerio de Trabajo en el último año ha impuesto multas por más de 41.000 millones de pesos por tercerización laboral, ya que el objetivo de este Ministerio y del Gobierno es además, promover procesos de formalización que garanticen todos los derechos a los trabajadores.
hector rodriguez
Mar, 06/08/2013 - 12:55
Pregunta:
Respuesta: Respetado(a) Ciudadano(a):
En cuanto a su pregunta le manifiesto que las demandas que se presentan ante los diferentes Juzgados Laborales de Colombia deben cumplir los requisitos establecidos en el Código Procesal Laboral Colombiano y de Seguridad Social en cuanto a jurisdicción, competencia, cuantía, requisitos formales y tramite entre otros. Dicha demanda se somete inicialmente a un reparto para saber a que Juzgado le corresponderá y una vez asignado el despacho judicial en el citado Código se encuentran fijados unos términos de días e incluso meses los cuales deben ser respetados por las partes en litigio y por el Juez y no se pueden obviar excepto en casos puntuales y previamente establecidos.

Vale la pena anotar que en lo que nos concierne en materia laboral ha habido profundos cambios en cuanto al procedimiento y es así como se estableció el principio de la oralidad en los juicios, buscando así la celeridad y rapidez del proceso.

No sobra aclarar que ante la separación de poderes existente en Colombia, todo lo relacionado con los Juzgados le corresponde el manejo a la Rama Judicial del Poder Público y no al Ejecutivo, sin dejar de lado que el poder Legislativo es decir el Congreso es quien elabora las Leyes como norma general


Maira Alexandra Moreno
Mar, 06/08/2013 - 07:56
Pregunta:
Respuesta: Apreciado ciudadano:

Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.

El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda (esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)

Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Fernando BOLAÑO
Vie, 02/08/2013 - 12:45
Pregunta:
Respuesta: Apreciado ciudadano,

El Ministerio de Educación Nacional, a través de su Política Cerrar Brechas con Enfoque Regional en Educación Superior contemplado en el Plan Sectorial “Educación con Calidad el Camino a la Prosperidad” 2010 – 2014, tiene como objetivo el Fomento de la educación técnica profesional y tecnológica.

Desde el 2006, el Proyecto de Fortalecimiento a la Educación Técnica Profesional y Tecnológica en Colombia promovió la creación de 40 Alianzas Estratégicas entre las Instituciones de Educación Superior, el sector productivo, los gobiernos locales y las Instituciones de Educación Media, con el objetivo de fomentar cobertura de estos niveles en regiones apartadas y potencializar la oferta pertinente a los sectores productivos estratégicos del país, en el marco de las locomotoras para el desarrollo, pero siempre enfocado a las apuestas regionales de competitividad.

Por lo anterior, en aras de propiciar el Fortalecimiento de la Educación Técnica Profesional y Tecnológica se están implementando los siguientes proyectos estratégicos:
a) Diversificar la oferta de educación técnica y tecnológica: en sectores clave de la economía colombiana y de talla mundial, áreas geográficas no cubiertas.

b) Orientar la oferta de formación existente hacia los Sectores Locomotora y de talla mundial, articulando la estrategia con el Sistema Nacional de Competitividad y sus derivaciones regionales, a través del fortalecimiento y sostenibilidad de las alianzas público-privadas.

c) Promover la vinculación efectiva con el mercado laboral de los egresados.

d) Consolidar la Red de Instituciones Técnicas y Tecnológicas – Red - ITT y su modelo de gestión. Actualmente existen asociaciones en el país que acogen a las Instituciones de Formación Técnica Profesional y Tecnológica, al igual que la Red de Instituciones Técnicas Profesionales y Tecnológicas oficiales (Red ITT).

e) Fomentar programas de especialización técnica profesional y tecnológica.

f) Integrar y facilitar los procesos anteriores con la oferta de formación técnica profesional y tecnológica del SENA

Cordialmente,

Viceministerio de Educación Superior
Ministerio de Educación Nacional
wvillarreal
Vie, 02/08/2013 - 11:41
Pregunta:
Respuesta: <p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Wilmer</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico. Para saber c&oacute;mo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify">&nbsp;</p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Carlos Padron Hoyer
Vie, 02/08/2013 - 10:53
Pregunta:
Respuesta: <p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Carlos</p>
<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta la consulta realizada, la misma deber&aacute; ser enviada y por tal respondida por la Rama Judicial. Para saber c&oacute;mo, te invitamos que visites la p&aacute;gina web <a href="http://www.ramajudicial.gov.co">www.ramajudicial.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">As&iacute; mismo, es necesario precisar que entre la Rama Judicial y el Gobierno nacional existe una independencia de actuaciones, dada la autonom&iacute;a que por Constituci&oacute;n y ley estatutaria de administraci&oacute;n de justicia goza tal entidad; es decir, la decisiones de la rama son aut&oacute;nomas y deben respondes a situaciones de derechos. En este sentido la apuesta de este gobierno siempre ha sido la de combatir la delincuencia con todo el peso de la ley.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify">&nbsp;</p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
jose leonel atehortua
Vie, 02/08/2013 - 10:51
Pregunta:
Respuesta: Bogotá, D.C.,

Apreciado ciudadano,

Hemos recibido su comunicación y al respecto, amablemente nos permitimos informar que para todo lo relacionado con la ola invernal, la Presidencia de la República puso en funcionamiento una línea de atención gratuita donde los ciudadanos pueden consultar la información básica sobre los programas y ayudas que ha dispuesto el Gobierno Nacional para los damnificados por ola invernal durante la etapa de Ayuda Humanitaria.
Los ciudadanos pueden comunicarse a línea gratuita 018000952525 y desde Bogotá la línea 5953525.

La línea informará sobre temas como: mecanismos para la entrega de paquetes de alimentación, aseo y materiales de construcción, los lugares y teléfonos de los Comités Regionales y Locales de Prevención y Atención de Emergencias, entidades encargadas de atender los casos puntuales de los ciudadanos, la forma de reclamar los subsidios en los municipios afectados y los medios de comunicación dispuestos para informar sobre el estado de las vías, entre otras cosas.
La línea no resolverá los casos puntuales de los ciudadanos, solamente dará información orientadora sobre ayudas y programas dispuestos por el Gobierno Nacional para la Atención Humanitaria de la emergencia por ola invernal.

Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.

Cordialmente,

Área de Gestión de Servicio al Ciudadano
Subdirección General


yoimer santos
Mié, 31/07/2013 - 21:01
Pregunta:
Respuesta: Señor
Renzo D. Coronado Posso
Respetado Señor

Gracias por Comunicarse con el Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Nos permitimos indicarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia como principal requisito para presentarse a la Convocatoria para realizar la academia Diplomática son Profesionales en diferentes áreas por los cargos que podrán ocupar.

En el siguiente enlace encontrará información a cerca de la Carrera Diplomática http://www.cancilleria.gov.co/academy

Agradecemos su comunicación y si tiene cualquier inquietud adicional no dude en contactarnos a la siguiente cuenta de correo electrónico: contactenos@cancilleria.gov.co

Atentamente,

Juliana Trujillo Almario
Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia