Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
por que no se puede manejar un particular con una licencia publica ya vencida, si para particular tiene 10 años
por que no se puede manejar un particular con una licencia publica ya vencida, si para particular tiene 10 años
Respuesta
Buen día,
Ninguna norma prohibe conducir vehículos de servicio particular con licencia para servicio público. Sin embargo el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), Multas, Literal B, establece una sanción de 8 salarios mínimos diarios para quien conduzca un vehículo con una licencia de conduccción vencida.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Ninguna norma prohibe conducir vehículos de servicio particular con licencia para servicio público. Sin embargo el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), Multas, Literal B, establece una sanción de 8 salarios mínimos diarios para quien conduzca un vehículo con una licencia de conduccción vencida.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Deseo saber porque si es un tramite que ustedes van a cambiar no es gratis.
deberia ser gratis o un pago muy bajo
Deseo saber porque si es un tramite que ustedes van a cambiar no es gratis.
deberia ser gratis o un pago muy bajo
Respuesta
Buen día,
La licencia de conducción es un permiso con una vigencia definida. Quien tenga vencido ese permiso debe solicitarlo y cancelar el costo asociado al mismo.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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La licencia de conducción es un permiso con una vigencia definida. Quien tenga vencido ese permiso debe solicitarlo y cancelar el costo asociado al mismo.
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Qué entidades manejan el proceso de inscripción al programa de vivienda y cuales son las fechas para realizar el proceso
Qué entidades manejan el proceso de inscripción al programa de vivienda y cuales son las fechas para realizar el proceso
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Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Cuales son las fechas y las entidades encargadas de adelantar el proceso de inscripcion para el subsidio de vivienda?.
Cuales son las fechas y las entidades encargadas de adelantar el proceso de inscripcion para el subsidio de vivienda?.
Respuesta
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Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
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LA LICENCIA DE MI ESPOSA ES GRIS CATEGORIA 03 VENCE JUNIO 2004 CUANDO DEBE RENOVAR ?
Registrada:
Código:
2558
LA LICENCIA DE MI ESPOSA ES GRIS CATEGORIA 03 VENCE JUNIO 2004 CUANDO DEBE RENOVAR ?
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2558
Respuesta
Buen día,
La licencia de su esposa de categoria 3 corresponde a servicio particular. Razón por la cual tiene vigencia de 10 años a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012. Es decir que dicha licencia tiene vigencia hasta el 9 de enero de 2022.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
La licencia de su esposa de categoria 3 corresponde a servicio particular. Razón por la cual tiene vigencia de 10 años a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012. Es decir que dicha licencia tiene vigencia hasta el 9 de enero de 2022.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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MI LICENCIA ES BLANCA CATEGORIA C1 CON VENCIMIENTO JUNIO 2014 CUANDO DEBO RENOVAR ?
Registrada:
Código:
2557
MI LICENCIA ES BLANCA CATEGORIA C1 CON VENCIMIENTO JUNIO 2014 CUANDO DEBO RENOVAR ?
Registrada:
Código:
2557
Respuesta
Buen día,
Sólo es necesario realizar la renovación de su licencia por vencimiento. Es decir, que su licencia s encuentra vigene hasta junio de 2014 y hasta esa fecha puede conducir vehículo de servicio púlico o particular sin ingun inconveniente. Recuerde renovar su licencia en junio de 2014.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Sólo es necesario realizar la renovación de su licencia por vencimiento. Es decir, que su licencia s encuentra vigene hasta junio de 2014 y hasta esa fecha puede conducir vehículo de servicio púlico o particular sin ingun inconveniente. Recuerde renovar su licencia en junio de 2014.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Cuáles son los Centros que llenan los requisitos y están autorizados para renovar las licencias en el Valle del Cauca?
Cuáles son los Centros que llenan los requisitos y están autorizados para renovar las licencias en el Valle del Cauca?
Respuesta
Buen día,
En la página del Ministerio puede consultar la información de los CRC´s habilitados en todo el país.
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Mi hijo como menor de edad recibió su licencia. Acaba de cumplir los 18 años. ¿debe cambiar su licencia de conducción?
Mi hijo como menor de edad recibió su licencia. Acaba de cumplir los 18 años. ¿debe cambiar su licencia de conducción?
Respuesta
Buen día,
Debe renovar la licencia por cambio del documento de identificación. La tarjeta de identidad expira al cumplir la mayoría de edad.
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Debe renovar la licencia por cambio del documento de identificación. La tarjeta de identidad expira al cumplir la mayoría de edad.
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MILICENC TRANS ESCOLOR GRIS, VENCIMIENTO 07/99, CATEG4, CONDUZSERVIPARTIC, DEBO RENOVAR?, COMOHAGOPANORENOVAR DESPUES
MILICENC TRANS ESCOLOR GRIS, VENCIMIENTO 07/99, CATEG4, CONDUZSERVIPARTIC, DEBO RENOVAR?, COMOHAGOPANORENOVAR DESPUES
Respuesta
Buen día,
Si la licencia es categoria 4 corresponde a servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Si la licencia es categoria 4 corresponde a servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Mi licencia de conducción fue expedida en el año 2005 y no tiene fecha de vencimiento, ¿hasta qué fecha puedo renovarla?
Mi licencia de conducción fue expedida en el año 2005 y no tiene fecha de vencimiento, ¿hasta qué fecha puedo renovarla?
Respuesta
Buen día,
Debe verificar la categoria de su licenica. Su licencia es categoria 4, 5 o 6, es para servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Por el contrario si su licencia es categoria 3 o cualquiera de servicio particular, esta tendrà vigencia haste enero 9 de 2022.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
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Debe verificar la categoria de su licenica. Su licencia es categoria 4, 5 o 6, es para servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Por el contrario si su licencia es categoria 3 o cualquiera de servicio particular, esta tendrà vigencia haste enero 9 de 2022.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Este proyecto abarca todos los departamentos del País? y a Donde debo dirijirme para que me inscriban en el proyecto?
Este proyecto abarca todos los departamentos del País? y a Donde debo dirijirme para que me inscriban en el proyecto?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relación a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de interés y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios mínimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya definió los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relación a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de interés y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios mínimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya definió los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
mi hija tiene licencia hace 3 años y es de 4, se le vence el 16/07/2013 no le preguntaron y ahora tiene q cambiarla?
mi hija tiene licencia hace 3 años y es de 4, se le vence el 16/07/2013 no le preguntaron y ahora tiene q cambiarla?
Respuesta
Buen día,
Si la licencia es categoria 4 efectivamente corresponde a servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Si la licencia es categoria 4 efectivamente corresponde a servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
soy madre cabeza de hogar, tengo pocos recursos,como puedo acceder a una ayuda del gobierno para vivienda o economica...
soy madre cabeza de hogar, tengo pocos recursos,como puedo acceder a una ayuda del gobierno para vivienda o economica...
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
fui retirada de la u de la gauajira despues de 11 años por motivos politicos como puedo ejercer mi derecho a volver?
fui retirada de la u de la gauajira despues de 11 años por motivos politicos como puedo ejercer mi derecho a volver?
Respuesta
Estimado ciudadano,
Los estudiantes que hayan interrumpido sus estudios podrán solicitar su continuación ante la misma IES en los términos que establezcan sus reglamentos internos. Igualmente podrán solicitar, ante otras IES que cuenten con programas similares o afines, que se les reconozca sus estudios adelantados parcialmente, lo cual será decidido por cada IES según sus propios reglamentos.
Cordialmente,
Viceministerio de Educación Superior
Ministerio de Educación Nacional
Los estudiantes que hayan interrumpido sus estudios podrán solicitar su continuación ante la misma IES en los términos que establezcan sus reglamentos internos. Igualmente podrán solicitar, ante otras IES que cuenten con programas similares o afines, que se les reconozca sus estudios adelantados parcialmente, lo cual será decidido por cada IES según sus propios reglamentos.
Cordialmente,
Viceministerio de Educación Superior
Ministerio de Educación Nacional
una licencia puede ser con categoría publica, particular y moto, y si es publica también se vence para moto, multiple
una licencia puede ser con categoría publica, particular y moto, y si es publica también se vence para moto, multiple
Respuesta
Buen día,
Las licencias para conducir vehículos de servicio público (carro), particular (carro) y motocicleta son diferentes. Todas las motocicletas son vehículos de servicio particular. Para las personas menores de 60 años de edad, las licencias para conducir vehículos de servicio público se vencen cada 3 años y para conducir vehículos de servicio paritular, incluyendo las motocicletas, se vencen cada 10 años. Con la nueva licecnia de conducción, en un sólo documento se visualizan los 3 licenciamientos.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Las licencias para conducir vehículos de servicio público (carro), particular (carro) y motocicleta son diferentes. Todas las motocicletas son vehículos de servicio particular. Para las personas menores de 60 años de edad, las licencias para conducir vehículos de servicio público se vencen cada 3 años y para conducir vehículos de servicio paritular, incluyendo las motocicletas, se vencen cada 10 años. Con la nueva licecnia de conducción, en un sólo documento se visualizan los 3 licenciamientos.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
El pasado 10/07/2013 realice los exam. medicos para la licencia y a un no figuran en el Runt, ¿Que debo hacer? grs.
El pasado 10/07/2013 realice los exam. medicos para la licencia y a un no figuran en el Runt, ¿Que debo hacer? grs.
Respuesta
Buen día,
Verifique que el CRC donde se realizó el examen está autorizado por el Ministerio de Transporte. El listado se encuentra publicado en la página WEB del Ministerio.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Verifique que el CRC donde se realizó el examen está autorizado por el Ministerio de Transporte. El listado se encuentra publicado en la página WEB del Ministerio.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
como me puedo hacer a un subsidio,mi esposo se gana el minimo,pagamos arriendo y tenemos dos niños ayudenme por favor
como me puedo hacer a un subsidio,mi esposo se gana el minimo,pagamos arriendo y tenemos dos niños ayudenme por favor
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Buenas tardes: tengo una licencia de las grises y no tiene fecha de vencimiento por favor me podrían informar si sirve.
Buenas tardes: tengo una licencia de las grises y no tiene fecha de vencimiento por favor me podrían informar si sirve.
Respuesta
Buen día,
Debe verificar la categoria de su licenica. Su licencia es categoria 4 es para servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Por el contrario si su licencia es categoria 3 o cualquiera de servicio particular, esta tendrà vigencia haste enero 9 de 2022.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Debe verificar la categoria de su licenica. Su licencia es categoria 4 es para servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Por el contrario si su licencia es categoria 3 o cualquiera de servicio particular, esta tendrà vigencia haste enero 9 de 2022.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Nunca he sacado un crédito necesariamente tengo que tener un crédito pre-aprobado para acceder al subsidio??
Nunca he sacado un crédito necesariamente tengo que tener un crédito pre-aprobado para acceder al subsidio??
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Angelica</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relación a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de interés y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios mínimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya definió los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relación a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podrán hacer parte del programa de “Postulación y Asignación al Subsidio Familiar de Vivienda”, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de interés y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios mínimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya definió los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor información te invitamos que visites la página web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
Respuesta
Buen día,
Su licencia categoria 2 para conducir moto corresponde al grupo de licencia de servicio particular, a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012 a estas se les otorga una vigencia de 10 años, razón por la cual su licencia se encuentra vigente y sólo deberá renovarla hasta su vencimeinto, es decir el 09 de enero de 2022.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Su licencia categoria 2 para conducir moto corresponde al grupo de licencia de servicio particular, a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012 a estas se les otorga una vigencia de 10 años, razón por la cual su licencia se encuentra vigente y sólo deberá renovarla hasta su vencimeinto, es decir el 09 de enero de 2022.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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tengo licencia categoria 4 de color dorado, conduzco solo carro particular, debo cambiar mi licencia.??
tengo licencia categoria 4 de color dorado, conduzco solo carro particular, debo cambiar mi licencia.??
Respuesta
Buen día,
Debe verificar la fecha de vencimiento de la licenica. Su licencia categoria 4 es para servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Debe verificar la fecha de vencimiento de la licenica. Su licencia categoria 4 es para servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Quisiera saber si con el tipo de contrato que actualmente tengo q es a 6 meses y lo renuevan puedo postularme???
Quisiera saber si con el tipo de contrato que actualmente tengo q es a 6 meses y lo renuevan puedo postularme???
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
SI HAY HIJOS SIN TRABAJO Y DISCAPCITADOS, SE PUEDE QUE ELLOS LE DEN VIVIENDA?
Registrada:
Código:
2539
SI HAY HIJOS SIN TRABAJO Y DISCAPCITADOS, SE PUEDE QUE ELLOS LE DEN VIVIENDA?
Registrada:
Código:
2539
Respuesta
Apreciado ciudadano:
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
Con la expedición del decreto 1432 de 2013, se establece que el proceso del programa de ingresos entre 1 y 2 salarios se ejecute a través de un Patrimonio Autónomo previa selección de la Fiduciaria, por lo cual aun no se ha constituido el patrimonio y tampoco se ha establecido el manual de operación para la debida ejecución del programa, sin embargo lo que si es claro es el proceso general:
1. Se conforma el patrimonio autónomo y entre el 15 y 20 de agosto se expide una convocatoria para que los constructores en un plazo no mayor a un mes presenten los proyectos de vivienda de interés prioritaria. sin embargo el Ministerio es quien fija los departamentos, ciudades o regiones en donde primero se habrá las respectivas convocatorias.
2. Entre octubre y noviembre se conocerán los proyectos seleccionados -viabilizados y con cupos para que los hogares de esas zonas se acerquen a evaluar si llenan sus expectativas y si cumplen con los requisitos para que se presenten a concursar por los subsidios.
El programa de las 86.000 viviendas de interés prioritaria, el programa cuota mensual de $180.000 y el programa denominado para hogares con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos. Corresponden al mismo programa al mismo programa que busca seleccionar hogares para la compra de vivienda prioritaria nueva de precio inferior a los 70 smlmv, es decir a los $41.265.000 con las siguientes características:
1. Conformación de un hogar con ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales bien sean hogares donde algún miembro del hogar pertenezca afiliado a una Caja de Compensación familiar o a los trabajadores independientes, informales que demuestren estos ingresos.
2. Que demuestren en el momento de la postulación que cuentan con un ahorro, aporte, cuota inicial superior a los $2.063.500 (5% del valor de la vivienda prioritaria) a mayor aporte mayor posibilidad de salir seleccionados. Este programa premia el ahorro y el aporte del hogar en su cuota inicial.
3. Contar con un crédito hipotecario pre-aprobado por una entidad bancaria por el valor faltante de completar para cubrir el total del valor de la vivienda.
4. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
5. Que no tenga vivienda propia, no haya sido beneficiado con otros subsidios del Gobierno o de Cajas o de subsidio a tasa.
6. Que se acerque a los proyectos seleccionados por el Gobierno Nacional que cuenten con cupos para subsidios de vivienda ( esta selección de proyectos VIP se efectuara en octubre – noviembre) deben esperar la divulgación de estos proyectos.
7. Para los independientes e informales no se requiere el Sisben.
8. Aspirar a un subsidio de 25 smlmv ($ 14.767.500) o de 22 smlmv ( $12.969.000)
Por lo anterior, solicitamos a los hogares interesados en acceder a este programa, estar pendientes cuando el Ministerio de Vivienda anuncie los proyectos de vivienda seleccionados para la postulación que esperamos sea entre octubre y noviembre.
SERIA IMPORTANTA QUE EL REGISTRO CIVIL SE PUEDA SACAR EN CUALQUIER REGISTRADURIA DEL PAIS, HAY DIFICULTAD EN ESTO
SERIA IMPORTANTA QUE EL REGISTRO CIVIL SE PUEDA SACAR EN CUALQUIER REGISTRADURIA DEL PAIS, HAY DIFICULTAD EN ESTO
Respuesta
<p>Buenas tardes Ernesto</p>
<p>Muchas gracias por tu comentario e intervención, tu opinión es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir país. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal </p>
<p>Muchas gracias por tu comentario e intervención, tu opinión es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir país. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal </p>
tengo la C1 color blanco vence en el 2016, debo cambiarla o esperar hasta que expire puedo también conducir particul
tengo la C1 color blanco vence en el 2016, debo cambiarla o esperar hasta que expire puedo también conducir particul
Respuesta
Buen día,
Su licencia categoria c1 es para servicio público y se encuentra vigente. No debe cambiarla sino hasta que sea necesario, es decir, cuando llegue su fecha de vencimiento. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Su licencia categoria c1 es para servicio público y se encuentra vigente. No debe cambiarla sino hasta que sea necesario, es decir, cuando llegue su fecha de vencimiento. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
En que consiste la creación de un fondo que hace parte de la última reforma laboral?
Registrada:
Código:
2536
En que consiste la creación de un fondo que hace parte de la última reforma laboral?
Registrada:
Código:
2536
Respuesta
Respetado Ciudadano:
Le sugerimos que complemente su pregunta para poder brindar la orientación adecuada a la misma.
Igualmente seguiremos atentos
Le sugerimos que complemente su pregunta para poder brindar la orientación adecuada a la misma.
Igualmente seguiremos atentos
Estoy desempleado tengo las semanas cotizadas para la pension no la edad, puedo cotizar solamente salud gracias
Estoy desempleado tengo las semanas cotizadas para la pension no la edad, puedo cotizar solamente salud gracias
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Giovanny</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la consulta realizada, los aportes a seguridad social integral son obligatorios. No es posible solamente cotizar a pensión en este evento. Solo algunos usuarios podrán seguir llevando a cabo los aportes solo en salud, continuando gestionando y pagando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, se hayan registrado como cotizantes 41 y 42. Así las cosas, te invitamos a que conozcas más información en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Default.aspx">http://www.minsalud.gov.co</a></p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática para el programa de televisión y los Acuerdos para la Prosperidad. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a></p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. Para saber cómo, te invitamos a que visites el portal del Estado colombiano: <a href="http://www.gobiernoenlinea.gov.co/">http://www.gobiernoenlinea.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Con relación a la consulta realizada, los aportes a seguridad social integral son obligatorios. No es posible solamente cotizar a pensión en este evento. Solo algunos usuarios podrán seguir llevando a cabo los aportes solo en salud, continuando gestionando y pagando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, se hayan registrado como cotizantes 41 y 42. Así las cosas, te invitamos a que conozcas más información en <a href="http://www.minsalud.gov.co/Paginas/Default.aspx">http://www.minsalud.gov.co</a></p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática para el programa de televisión y los Acuerdos para la Prosperidad. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a></p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
MI LICENCIA ES DE 5TA NO SOY CONDUCTORa publica, fue en la academia q me la dieron y yo no le ve necesidad de cambio.
MI LICENCIA ES DE 5TA NO SOY CONDUCTORa publica, fue en la academia q me la dieron y yo no le ve necesidad de cambio.
Respuesta
Buen día,
Su licencia categoria 5 es para servicio público. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Su licencia categoria 5 es para servicio público. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Buen dia,
Mi licencia vencio agost 1999 para vehiculo particu, mi fecha de nacim octubre 11 1953 que debo hacer? graci
Buen dia,
Mi licencia vencio agost 1999 para vehiculo particu, mi fecha de nacim octubre 11 1953 que debo hacer? graci
Respuesta
Buen día,
Debe verificar la categoria y vigencia de su licencia. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular. Si su licencia es particular tendrà vigencia hasta el 9 de enero de 2022.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Debe verificar la categoria y vigencia de su licencia. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular. Si su licencia es particular tendrà vigencia hasta el 9 de enero de 2022.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Tengo 68 años, mi licencia tiene fecha de elaboración Julio 2005, categoría 03, debo renovarla????
Registrada:
Código:
2531
Tengo 68 años, mi licencia tiene fecha de elaboración Julio 2005, categoría 03, debo renovarla????
Registrada:
Código:
2531
Respuesta
Buen día,
Si su licencia de conducción es categoría 03 y ustede tiene 68 años, entonces estará vigente hasta el 9 de enero del año 2017. Por tener entre 60 y 80 años, y ser una licencia para conducir vehículos de servicio partocular, debe renovarla cada 5 años. A partir de los 80 años debe renovarla anualmente.
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Si su licencia de conducción es categoría 03 y ustede tiene 68 años, entonces estará vigente hasta el 9 de enero del año 2017. Por tener entre 60 y 80 años, y ser una licencia para conducir vehículos de servicio partocular, debe renovarla cada 5 años. A partir de los 80 años debe renovarla anualmente.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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MI LICENCIA ES DE 5TA NO SOY CONDUCTORa publica, fue en la academia q me la...
Registrada:
Código:
2535
MI LICENCIA ES DE 5TA NO SOY CONDUCTORa publica, fue en la academia q me la...
Registrada:
Código:
2535
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<p><span style="color: rgb(68, 68, 68); font-family: arial, san-serif; font-size: 12px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: normal; letter-spacing: normal; line-height: 16.796875px; orphans: auto; text-align: start; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; widows: auto; word-spacing: 0px; -webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: rgb(247, 247, 247); display: inline !important; float: none;">Desde el próximo 15 de julio entrará en vigencia un nuevo formato de la licencia de conducción, el cual unificara las categorías en un solo documento. Adicionalmente debes saber que gracias al Decreto Ley Antitrámites la vigencia para el documento de conducción de carros particulares se extendió a 10 años. Participa y déjanos tus preguntas, opiniones y comentarios sobre esta temática,.</span></p>
Bien día. Yo tengo licencia de 4 y no tiene fecha de vencimiento. Conduzco solo carro particular. Que debo hacer?
Bien día. Yo tengo licencia de 4 y no tiene fecha de vencimiento. Conduzco solo carro particular. Que debo hacer?
Respuesta
Buen día,
Su licencia categoria 4 es para servicio público y tiene vigencia de tres años a partir de la fecha de expedición de la licencia.
Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
Su licencia categoria 4 es para servicio público y tiene vigencia de tres años a partir de la fecha de expedición de la licencia.
Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Tengo una licencia de ctg C1 ya se encuentra vencida, pero manejo es un vh de servicio particular debo cambiarla
Tengo una licencia de ctg C1 ya se encuentra vencida, pero manejo es un vh de servicio particular debo cambiarla
Respuesta
Buen día,
Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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En vista de todo el caos para renovar el pase quiero saber cual es la última fecha para hacerlo
Registrada:
Código:
2528
En vista de todo el caos para renovar el pase quiero saber cual es la última fecha para hacerlo
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2528
Respuesta
Buen día,
Su licencia se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular. Recuerde que tiene tres meses (hasta octubre 15 de 2013) para realizar dicha renovación si sólo conduce vehículo de servicio particular.
Quien tenga una licencia para conducir vehículos de servicio público vencida pero sólo conduzca particular, la debe renovar. Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Su licencia se encuentra vencida, debe renovarla cuanto antes para poder conducir cualquier tipo de vehículo ya sea de servicio público o particular. Recuerde que tiene tres meses (hasta octubre 15 de 2013) para realizar dicha renovación si sólo conduce vehículo de servicio particular.
Quien tenga una licencia para conducir vehículos de servicio público vencida pero sólo conduzca particular, la debe renovar. Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Mi licencia es de categoría 5 , venció en febrero de 2003 , cedula 8287248 4 .Qué debo hacer?
Registrada:
Código:
2527
Mi licencia es de categoría 5 , venció en febrero de 2003 , cedula 8287248 4 .Qué debo hacer?
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2527
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Buen día,
Su licencia categoria 5 es para servicio pùblico. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Su licencia categoria 5 es para servicio pùblico. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Los pasos para hacer la renovación de su licencia de conducción son los siguientes:
Paso 1: Acérquese a un Centro de Reconocimiento Conductor - CRC habilitado por el Ministerio de Transporte para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El Centro de Reconocimiento envía el resultado de ese examen al RUNT.
Paso 2: Diríjase al Organismo de Tránsito para realizar la renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el Organismo de Tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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mi licencia de conduccion es categoria cuarta y tiene fecha de vencimiento del 3003 junio debo cambiarla y mi esposo
mi licencia de conduccion es categoria cuarta y tiene fecha de vencimiento del 3003 junio debo cambiarla y mi esposo
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Buen día,
Debe verificar la vigencia de su licencia. Su licencia categoria 4 es para servicio pùblico. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Debe verificar la vigencia de su licencia. Su licencia categoria 4 es para servicio pùblico. Todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas de inmediato. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Buen día,
Su licencia para conducir moto corresponde al grupo de licencias de servicio particular, a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012 a estas se les otorga una vigencia de 10 años, razón por la cual su licencia se encuentra vigente y sólo deberá renovarla hasta su vencimeinto, es decir el 09 de enero de 2022 o diez años contados a partir de la expedición si fue posterior al decreto en mención.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Su licencia para conducir moto corresponde al grupo de licencias de servicio particular, a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012 a estas se les otorga una vigencia de 10 años, razón por la cual su licencia se encuentra vigente y sólo deberá renovarla hasta su vencimeinto, es decir el 09 de enero de 2022 o diez años contados a partir de la expedición si fue posterior al decreto en mención.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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TENGO LICENCIA DE CONDUCCION CATEGORIA C1 EXPEDIDA EL 14 06 2011 NO CINDUZCO VEHICULO PUBLICO. DEBO RENOVARLA?
TENGO LICENCIA DE CONDUCCION CATEGORIA C1 EXPEDIDA EL 14 06 2011 NO CINDUZCO VEHICULO PUBLICO. DEBO RENOVARLA?
Respuesta
Buen día,
Su licencia categoria C1 es para servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición, es decir hasta el 13 06 2014. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular, y en la fecha de vencimiento deberá realizar la renovación.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
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Su licencia categoria C1 es para servicio público, la cual tiene una vigencia de 3 años a partir de la fecha de expedición, es decir hasta el 13 06 2014. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente, es decir, que la licencia vencida no puede ser utilizada para manejar vehículo público ni particular, y en la fecha de vencimiento deberá realizar la renovación.
Gracias a la nueva ficha técnica de licencia de conducción determinada por el Ministerio de Transporte, al renovar la licencia de servicio público a partir del 15 de Julio de 2013, el sistema automáticamente le imprimirá sin costo adicional y en un solo documento, la licencia de servicio público con vigencia de 3 años y la licencia de servicio particular por 10 años, contados a partir de la fecha de renovación.
Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600
Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.
cual es el paso a paso que debo seguir para tramitar el préstamo bancario que complemente el valor total de la vivienda
cual es el paso a paso que debo seguir para tramitar el préstamo bancario que complemente el valor total de la vivienda
Respuesta
apreciado ciudadano
En respuesta a su solicitud le infomamos que los requisitos y tramites que debe hacer para acceder a un credito hipotecario los debe gestionar directamente con la entidad financiera con la que este interesdo en adquirir dicho credito.
En respuesta a su solicitud le infomamos que los requisitos y tramites que debe hacer para acceder a un credito hipotecario los debe gestionar directamente con la entidad financiera con la que este interesdo en adquirir dicho credito.