¿Qué preguntas tienes sobre los mecanismos del Gobierno para generación de empleo digno y de calidad?
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Esta es la semana del trabajo en Urna de Cristal. El Gobierno te cuenta todo sobre los mecanismos para generar empleo de calidad. Abrimos un espacio para responder tus preguntas. Todo el mes de mayo el Ministerio del Trabajo destaca los logros de la clase trabajadora de Colombia.Puedes conocer los hechos más relevantes en la historia laboral de nuestro país, avances, normas, leyes y beneficios que hemos alcanzado entre todos.
y para los jovenes con discapacidad mental que mecanismos de empleo el gobierno genera.
El gobierno response
Urna de Cristal
<p style="margin-left:18.0pt;">R/ Respetado (a) Ciudadano (a)</p>
<p>En relación con su pregunta le informo que la ley <strong>1306 del 05 de junio de 2009 </strong><a href="http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=46641#0">reglamentada parcialmente por el decreto nacional 600 de 2012</a> <strong>dicta normas para la protección de personas con discapacidad mental y establece el régimen de la representación legal de incapaces emancipados</strong></p>
<p><strong>Artículo 1°. Objeto de la presente ley:</strong> La presente ley tiene por objeto la protección e inclusión social de toda persona natural con discapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad.</p>
<p>La protección de la persona con discapacidad mental y de sus derechos fundamentales será la directriz de interpretación y aplicación de estas normas, el ejercicio de las guardas y consejerías y de los sistemas de administración patrimonial, tendrán como objetivo principal la rehabilitación y el bienestar del afectado.</p>
<p>Artículo 13. Derecho al trabajo: el derecho al trabajo de quienes se encuentren con discapacidad mental incluye la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo estable, libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles en condiciones aceptables de seguridad y salubridad.</p>
<p>El estado garantizará los derechos laborales individuales y colectivos para los trabajadores con discapacidad mental.</p>
<p>Los empleadores están obligados a adoptar procesos de selección, formación profesional, permanencia y promoción que garanticen igualdad de condiciones a personas con discapacidad mental que cumplan los requisitos de las convocatorias.</p>
<p>Parágrafo: la remuneración laboral no hará perder a una persona con discapacidad mental su derecho a los alimentos o a la asistencia social, a menos que esta remuneración supere los cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>MINISTERIO DEL TRABAJO</p>
<p>En relación con su pregunta le informo que la ley <strong>1306 del 05 de junio de 2009 </strong><a href="http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=46641#0">reglamentada parcialmente por el decreto nacional 600 de 2012</a> <strong>dicta normas para la protección de personas con discapacidad mental y establece el régimen de la representación legal de incapaces emancipados</strong></p>
<p><strong>Artículo 1°. Objeto de la presente ley:</strong> La presente ley tiene por objeto la protección e inclusión social de toda persona natural con discapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad.</p>
<p>La protección de la persona con discapacidad mental y de sus derechos fundamentales será la directriz de interpretación y aplicación de estas normas, el ejercicio de las guardas y consejerías y de los sistemas de administración patrimonial, tendrán como objetivo principal la rehabilitación y el bienestar del afectado.</p>
<p>Artículo 13. Derecho al trabajo: el derecho al trabajo de quienes se encuentren con discapacidad mental incluye la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo estable, libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles en condiciones aceptables de seguridad y salubridad.</p>
<p>El estado garantizará los derechos laborales individuales y colectivos para los trabajadores con discapacidad mental.</p>
<p>Los empleadores están obligados a adoptar procesos de selección, formación profesional, permanencia y promoción que garanticen igualdad de condiciones a personas con discapacidad mental que cumplan los requisitos de las convocatorias.</p>
<p>Parágrafo: la remuneración laboral no hará perder a una persona con discapacidad mental su derecho a los alimentos o a la asistencia social, a menos que esta remuneración supere los cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>MINISTERIO DEL TRABAJO</p>
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