Quiero saber si le pueden dejar a los hombres y mujeres la edad de pensión a los 58 años.

Enviado por 1049623443 el Sáb, 18/07/2015 - 12:29

Déjanos preguntas sobre la gestión de Gobierno

Imagen Miniatura Vista
Imagen de EJERCICIO

Del 21 de julio hasta el 7 de agosto cada sector del Gobierno te rinde cuentas sobre su gestión. Te invitamos a participar con tus preguntas para cada sector sobre la labor desempeñada. 

La gira “Estamos Cumpliendo” tiene como objetivo principal visibilizar la gestión sectorial del Gobierno nacional a través de un diálogo directo entre el Presidente, sus ministros y la comunidad en todo el territorio.

Quiero saber si le pueden dejar a los hombres y mujeres la edad de pensión a los 58 años.
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>En primer lugar agradecerle por la propuesta presentada. Es muy loable de parte suya proponer que los hombres y mujeres se pensionen a la edad de 58 a&ntilde;os.</p>
<p>Sin embargo le informamos que la ley 100 de 1993, establece:</p>
<p><strong>ART&Iacute;CULO 33. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSI&Oacute;N DE VEJEZ.</strong> &lt;Art&iacute;culo modificado por el art&iacute;culo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#9">9</a> de la Ley 797 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:&gt; Para tener el derecho a la Pensi&oacute;n de Vejez, el afiliado deber&aacute; reunir las siguientes condiciones:</p>
<p>1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) a&ntilde;os de edad si es mujer o sesenta (60) a&ntilde;os si es hombre.</p>
<p>A partir del 1o. de enero del a&ntilde;o 2014 la edad se incrementar&aacute; a cincuenta y siete (57) a&ntilde;os de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) a&ntilde;os para el hombre.</p>
<p>2. Haber cotizado un m&iacute;nimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo.</p>
<p>A partir del 1o. de enero del a&ntilde;o 2005 el n&uacute;mero de semanas se incrementar&aacute; en 50 y a partir del 1o.de enero de 2006 se incrementar&aacute; en 25 cada a&ntilde;o hasta llegar a 1.300 semanas en el a&ntilde;o 2015 (&hellip;&hellip;&hellip;&hellip;&hellip;)</p>
<p>Se debe tener en cuenta estimado ciudadano, que si se pretende modificar la ley, este tipo de propuesta debe ser presentada al &oacute;rgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y C&oacute;digos en todos los ramos de la Legislaci&oacute;n.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p>&nbsp;</p>

Comentarios