quiero contratar personal para un día a la semana, como resolver la falta de seguro, que hace el min para ayudar

Enviado por miguel angel dueñas el Vie, 04/10/2013 - 08:16

¿Qué le preguntarías al Ministro Rafael Pardo sobre formalización de trabajadoras del servicio doméstico?

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Rafael Pardo, Ministro de Trabajo responderá tus preguntas sobre el proceso de formalización de trabajadoras del servicio doméstico en Urna de Cristal TV este domingo 6 de octubre a las 8:00 p.m. por Canal Institucional. Déjanos todas tus preguntas, opiniones y comentarios sobre este tema. 

quiero contratar personal para un día a la semana, como resolver la falta de seguro, que hace el min para ayudar
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>A continuaci&oacute;n le transcribo la norma con respecto a su pregunta. Se establece por parte del art&iacute;culo 171 de C&oacute;digo Sustantivo de Trabajo, lo siguiente:</p>
<p>ART&Iacute;CULO 171.&nbsp;VINCULACI&Oacute;N LABORAL POR PER&Iacute;ODOS INFERIORES A UN MES O POR D&Iacute;AS.&nbsp;La afiliaci&oacute;n a la Seguridad Social Integral de los trabajadores dependientes que se encuentren vinculados laboralmente por periodos inferiores a un mes o por d&iacute;as, y que por dicha situaci&oacute;n perciban un ingreso mensual inferior a un SMMLV, se realizar&aacute; mediante su cotizaci&oacute;n de acuerdo con el n&uacute;mero de d&iacute;as laborados y sobre un monto no inferior a un salario m&iacute;nimo legal diario vigente, de conformidad con los l&iacute;mites m&iacute;nimos que se establezcan por el Gobierno Nacional, teniendo en cuenta los costos de administraci&oacute;n y recaudo del Sistema de la siguiente manera:</p>
<p>a) Al r&eacute;gimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud: Si el trabajador es elegible para el subsidio en salud, el aporte ser&aacute; realizado exclusivamente por el empleador y equivaldr&aacute; al 8,5% del ingreso percibido, con destino a la subcuenta de solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garant&iacute;a, Fosyga, de conformidad con los l&iacute;mites m&iacute;nimos que establezca el Gobierno Nacional. En caso de no ser elegible para el subsidio en salud por tener capacidad de pago, el trabajador deber&aacute; adem&aacute;s realizar su aporte correspondiente al 4% del ingreso base de cotizaci&oacute;n sobre el cual est&eacute; realizando el empleador las cotizaciones;</p>
<p>b) Al Sistema de Beneficios Econ&oacute;micos Peri&oacute;dicos: El empleado y el empleador deber&aacute;n cotizar a este Sistema, sobre el mismo ingreso base de cotizaci&oacute;n reportado para salud, en los porcentajes establecidos para realizar aportes al Sistema General de Pensiones. El Gobierno Nacional reglamentar&aacute; las condiciones para el traslado y reconocimientos entre el Sistema de Beneficios Econ&oacute;micos Peri&oacute;dicos y el Sistema General de Pensiones.</p>
<p>PAR&Aacute;GRAFO.&nbsp;Cuando estos trabajadores quieran pertenecer al Sistema General de Pensiones o al R&eacute;gimen Contributivo del Sistema de Seguridad Social en Salud (SGSSS), deber&aacute;n cotizar sobre un monto no inferior a un salario m&iacute;nimo legal mensual vigente.&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Le informo que todos los trabajadores del servicio dom&eacute;stico, deben estar afiliados al sistema de&nbsp;<a href="http://www.gerencie.com/seguridad-social.html">seguridad social</a>.</p>
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