¿Qué quieres preguntarle al Gobierno sobre pensiones?
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Rafael Pardo, Ministro de Trabajo y Mauricio Olivera, Presidente de Colpensiones, junto a su equipo de trabajo respondieron tus preguntas en vivo por Canal Institucional. Atendiendo a la gran cantidad de inquietudes que aún quedan en la ciudadanía, manetenemos abierta la temática para que aclares tus dudas.
Por qué a pesar de tener sentencia ejecutoriada no me pagan la pensión mi c.c. 14.965.921 de Cali estoy muy enfermo ..Se
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>
<p>Para el Gobierno Nacional en cabeza del Presidente de La República y en asocio del Ministerio de Trabajo, cuya entidad Colpensiones se encuentra vinculada a este, ha sido motivo de gran preocupación las deficiencias presentadas en materia de seguridad social y especialmente en la parte de pensiones, la cual afecta directamente al ciudadano especialmente a aquellos que ya han cumplido su ciclo laboral y esperan gozar de un merecido descanso disfrutando de una pensión.</p>
<p>Para Colpensiones la aceptación de la Corte Constitucional del Plan de Acción para Corregir el Atraso Estructural del Régimen de Prima Media que presentó esta entidad, es el reconocimiento expreso de la existencia de fallas estructurales, fallas que se gestaron a lo largo de varias décadas, que afectan el efectivo funcionamiento y administración del sistema de seguridad social en pensiones y que se evidencian en las diferentes esferas; por lo anterior, la Corte Constitucional mediante Auto 110 de 2013 (junio 5) dictó una providencia en la cual se establece un Plan de Acción para Corregir el Atraso Estructural del Régimen de Prima Media y se fijan unas metas a 31 de diciembre de 2013Es importante que Usted conozca el Plan de Acción 2013 de Colpensiones donde encontrará toda la información necesaria y requerida con el fin de satisfacer en gran parte su cuestionamiento; para lo cual debe ingresar a la página <a href="http://www.colpensiones.gov.co/">www.colpensiones.gov.co</a> al link nuestra entidad – Plan de Acción 2013.</p>
<p>Las restantes peticiones pensionales o sentencias judiciales que sean producto del proceso de transición del ISS en liquidación a Colpensiones que no hagan parte de alguno de los grupos prioritarios deberán ser respondidas y satisfechas, respectivamente, en la fecha límite asumida por Colpensiones, es decir, el 31 de diciembre de 2013.</p>
<p>Es importante que Usted conozca el Plan de Acción 2013 de Colpensiones donde encontrará toda la información necesaria y requerida con el fin de satisfacer en gran parte su cuestionamiento; para lo cual debe ingresar a la página <a href="http://www.colpensiones.gov.co/">www.colpensiones.gov.co</a> al link nuestra entidad – Plan de Acción 2013.</p>
<p>Para el Gobierno Nacional en cabeza del Presidente de La República y en asocio del Ministerio de Trabajo, cuya entidad Colpensiones se encuentra vinculada a este, ha sido motivo de gran preocupación las deficiencias presentadas en materia de seguridad social y especialmente en la parte de pensiones, la cual afecta directamente al ciudadano especialmente a aquellos que ya han cumplido su ciclo laboral y esperan gozar de un merecido descanso disfrutando de una pensión.</p>
<p>Para Colpensiones la aceptación de la Corte Constitucional del Plan de Acción para Corregir el Atraso Estructural del Régimen de Prima Media que presentó esta entidad, es el reconocimiento expreso de la existencia de fallas estructurales, fallas que se gestaron a lo largo de varias décadas, que afectan el efectivo funcionamiento y administración del sistema de seguridad social en pensiones y que se evidencian en las diferentes esferas; por lo anterior, la Corte Constitucional mediante Auto 110 de 2013 (junio 5) dictó una providencia en la cual se establece un Plan de Acción para Corregir el Atraso Estructural del Régimen de Prima Media y se fijan unas metas a 31 de diciembre de 2013Es importante que Usted conozca el Plan de Acción 2013 de Colpensiones donde encontrará toda la información necesaria y requerida con el fin de satisfacer en gran parte su cuestionamiento; para lo cual debe ingresar a la página <a href="http://www.colpensiones.gov.co/">www.colpensiones.gov.co</a> al link nuestra entidad – Plan de Acción 2013.</p>
<p>Las restantes peticiones pensionales o sentencias judiciales que sean producto del proceso de transición del ISS en liquidación a Colpensiones que no hagan parte de alguno de los grupos prioritarios deberán ser respondidas y satisfechas, respectivamente, en la fecha límite asumida por Colpensiones, es decir, el 31 de diciembre de 2013.</p>
<p>Es importante que Usted conozca el Plan de Acción 2013 de Colpensiones donde encontrará toda la información necesaria y requerida con el fin de satisfacer en gran parte su cuestionamiento; para lo cual debe ingresar a la página <a href="http://www.colpensiones.gov.co/">www.colpensiones.gov.co</a> al link nuestra entidad – Plan de Acción 2013.</p>
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